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Gestión Ambiental Pública y Privada en el Paraguay



Partes: 1, 2, 3

    1. Instituciones involucradas en
      la gestión ambiental
    2. Instituciones
      gubernamentales
    3. Universidades
    4. Entidades
      binacionales
    5. Instituciones
      no gubernamentales
    6. Agencias y
      fundaciones de cooperación
      internacional
    7. MERCOSUR
      y medio ambiente
    8. SGS Paraguay
      S.A.
    9. Conclusiones
    10. Bibliografía

    INTRODUCCIÓN

    Impactos mundiales de importancia a través del
    siglo, promovieron el desarrollo de
    una conciencia
    ambiental que ha permitido realizar a nivel mundial, determinadas
    acciones que
    gradualmente contribuyeron y contribuyen a la
    concienciación de la población acerca de la importancia de la
    protección ambiental.

    Los procedimientos de
    Gestión
    Ambiental, permiten alcanzar los objetivos
    establecidos en una política ambiental,
    promoviendo la
    organización y manejo de los espacios, recursos
    naturales y humanos, respetando las condiciones ambientales
    del área establecida y su área de
    influencia.

    El marco internacional regional y nacional de Medio Ambiente
    ha cambiado, surgiendo nuevas instituciones
    y estableciéndose nuevas legislaciones
    ambientales.

    Así mismo, se han concretado nuevos esfuerzos de
    la cooperación internacional permitiendo avances en la
    descentralización de la Gestión
    Ambiental. La reforma del estado
    Paraguayo, presenta nuevos retos a la Gestión Ambiental
    obligando a tener un estado mas eficiente en el uso de los
    recursos
    naturales y dirigiendo los esfuerzos hacia el logro de Políticas
    de desarrollo
    sostenible en el contexto de la integración regional.

    El estado de los recursos naturales en nuestro
    país esta modelado o por las presiones de las diversas
    actividades humanas en sectores tales como: la agricultura,
    la industria, el
    transporte y
    la energía, así como por las tendencias socio
    demográficas.

    El estado ambiental del Paraguay y
    el estado de
    la economía
    están estrechamente relacionados; las actividades humanas
    ejercen presión
    sobre el ambiente y los
    recursos naturales (ejemplo: contaminación producida por efluentes
    líquidos y residuos
    sólidos) pero ellas dependen de los recursos
    naturales. Además, el estado ambiental depende de su
    gestión y de las políticas ambientales. Estas
    últimas están basadas hasta hoy en reglamentaciones
    nacionales y en el progreso tecnológico y tienen
    dimensiones internacionales y económicas.

    Esperar el desarrollo sostenible a nivel nacional,
    implica cambios estructurales en la economía y en la
    Gestión Ambiental, ya que esta ultima es incipiente y que
    realmente se ha iniciado con la apertura del Paraguay a la
    democracia.

    A continuación se describe las funciones,
    objetivos y gestiones de las principales instituciones
    públicas y privadas que tienen relación con la
    Gestión Ambiental en nuestro país.

    INSTITUCIONES
    INVOLUCRADAS EN LA GESTIÓN AMBIENTAL

    Están involucradas en la Gestión Ambiental
    de nuestro país Instituciones gubernamentales y no
    gubernamentales.

    El conjunto de órganos y entidades
    públicas del gobierno
    nacional, departamentales y municipales, con competencia
    ambiental, y las entidades privadas creadas con igual objeto, a
    los efectos de actuar en forma conjunta, armónica y
    ordenada, en la búsqueda de respuestas y soluciones a
    la problemática ambiental constituye el Sistema
    Nacional del Ambiente SISNAM.

    El Sistema se
    encuentra así definido en la Ley 1561/00 para
    evitar conflictos
    interinstitucionales, vacíos o superposiciones de
    competencia, y para responder con eficiencia y
    eficacia a los
    objetivos de la Política Ambiental. Además, es
    función
    del SISNAM, garantizar el aporte permanente de los
    múltiples y diversos beneficios ambientales, sociales y
    económicos, como parte de una estrategia
    nacional de desarrollo sostenible.

    El SISNAM está conformado por las entidades
    públicas centralizadas y descentralizadas, de los
    gobiernos, nacional, departamental y municipal así como
    las entidades privadas y organismos no
    gubernamentales.

    1)
    INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES

    1.1 Consejo Nacional del
    Ambiente

    La Ley 1561/00 establece que el Consejo Nacional del
    Ambiente – CONAM- será una instancia deliberativa,
    consultiva, definidora y evaluadora de la Política
    Nacional Ambiental. El CONAM estará constituido entre
    otros, por las secretarías y departamentos ambientales de
    los gobiernos departamentales y municipales; por representantes
    de entidades gremiales, sectores productivos y por ONG s
    ambientalistas.

    Las funciones del CONAM son:

    Definir, supervisar y evaluar la política
    ambiental nacional

    Proponer normas,
    criterios, directrices y patrones en las cuestiones sometidas a
    su consideración por la SEAM

    Cooperar con el Secretario Ejecutivo de la
    Secretaría del Ambiente (SEAM) para el cumplimiento de
    ésta Ley y sus reglamentos.

    Debido a que el primer Decreto de Septiembre de 2000 que
    organizaba al CONAM limitaba mucho su representatividad, la SEAM
    planteó al Ejecutivo en Octubre de 2000, aumentar el
    número de miembros así como también su
    diversidad, incluyéndose a organizaciones
    indígenas, ambientalistas de comunicación especializada en el sector
    ambiental y de la producción primaria e industrial.
    Además se aseguró la representación de las
    Municipalidades y de las Secretarías Ambientales de todos
    los departamentos.

    El acto de constitución del CONAM se realizó el
    3 de noviembre de 2001 en el Palacio de Gobierno.

    En el Consejo se constituyeron las siguientes
    Comisiones Técnicas
    (CT) a fines de preparar la política ambiental
    nacional:

    CT de Biodiversidad
    y Áreas Protegidas.

    CT de Recursos Hídricos.

    CT de Salud Ambiental.

    CT de Tecnologías y Producción más
    Limpia.

    CT de Sector Forestal.

    CT de Educación
    Ambiental, Cultura y
    Sociedad.

    CT de Desarrollo
    Sustentable y Convenios Internacionales.

    CT de Ordenamiento Urbano y Territorial.

    CT de Suelos y Lucha
    contra la Desertificación.

    CT de Pesca.

    1.2) Secretaría del
    Ambiente – SEAM creada por Ley 1561/00

    Funciones de la Secretaría del
    Ambiente

    La Secretaría del Ambiente (SEAM),
    es una entidad que tiene como función o propósito
    la formulación de políticas, la coordinación la supervisión y la ejecución de las
    acciones ambientales y de los planes, programas y
    proyectos
    enmarcados en el Plan Nacional de
    Desarrollo y referentes a la preservación y la
    conservación, la recomposición y el manejo de los
    recursos naturales; el ordenamiento ecológico y del
    ambiente en general, propendiendo a un mejoramiento permanente de
    las condiciones de vida de los distintos sectores de la sociedad
    paraguaya para garantizar condiciones de crecimiento
    económico, equidad social
    y sustentabilidad ecológica a largo plazo.

    La SEAM tiene por funciones, atribuciones, y
    responsabilidades, las siguientes:

    • Elaborar la política ambiental nacional,
    en base a una amplia participación ciudadana, y elevar las
    propuestas correspondientes al CONAM;

    • Formular los planes nacionales y regionales de
    desarrollo
    económico y social, con el objetivo de
    asegurar el carácter de sustentabilidad de los procesos de
    aprovechamiento de los recursos naturales y el mejoramiento de la
    calidad de
    vida;

    • Formular, ejecutar, coordinar y fiscalizar la
    gestión y el cumplimiento de los planes, programas y
    proyectos, referentes a la preservación, la
    conservación, la recuperación, recomposición
    y el mejoramiento ambiental considerando los aspectos de equidad
    social y sostenibilidad de los mismos;

    • Determinar los criterios y/o principios
    ambientales a ser incorporados en la formulación de
    políticas nacionales;

    • Elaborar anteproyectos de legislación
    adecuada para el desarrollo de las pautas normativas generales
    establecidas en esta ley, así como cumplir y hacer cumplir
    la legislación que sirva de instrumento a la
    política, programas, planes y proyectos indicados en los
    incisos anteriores;

    • Participar en representación del Gobierno
    Nacional, previa intervención del Ministerio de Relaciones
    Exteriores, en la suscripción de convenios
    internacionales, así como en la cooperación
    regional o mundial sobre intereses comunes en materia
    ambiental;

    • Coordinar y fiscalizar la gestión de los
    organismos públicos con competencia en materia ambiental y
    en el aprovechamiento de recursos naturales;

    • Proponer planes nacionales y regionales de
    ordenamiento ambiental del territorio, con participación
    de los sectores sociales interesados;

    • Proponer al CONAM niveles y estándares
    ambientales; efectuar la normalización técnica y ejercer su
    control y
    monitoreo en materia ambiental;

    • Definir las técnicas de valuación
    del patrimonio
    ambiental y de los recursos naturales, a los efectos, de
    determinar los costos
    socioeconómicos y ambientales;

    • Proponer, y difundir sistemas
    más aptos para la protección ambiental y para el
    aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el
    mantenimiento
    de la biodiversidad;

    • Suscribir convenios interinstitucionales,
    organizar y administrar un Sistema Nacional de Información Ambiental, en
    coordinación y cooperación con organismos de
    planificación o de investigación, educacionales y otros que
    sean afines, públicos o privados, nacionales o
    extranjeros;

    • Organizar y administrar un sistema nacional de
    defensa del patrimonio ambiental en coordinación y
    cooperación con el ministerio público;

    • Promover el control y fiscalización de las
    actividades tendientes a la explotación de bosques, flora,
    fauna silvestre y
    recursos hídricos, autorizando el uso sustentable de los
    mismos y la mejoría de la calidad
    ambiental;

    • Participar en planes y organismos de
    prevención, control y asistencia en desastres
    naturales y contingencias ambientales.

    • Concertar y apoyar la acción
    de asociaciones civiles y organismos no gubernamentales, con las
    de carácter publico nacional, en materias ambientales y
    afines.

    • Apoyar y coordinar programas de educación,
    extensión e investigación relacionados con los
    recursos naturales y el medio ambiente;

    • Organizar y participar en representación
    del Gobierno Nacional, en congresos, seminarios, exposiciones,
    ferias, concursos, campañas publicitarias o de
    información masiva, en foros nacionales, internacionales y
    extranjeros;

    • Administrar sus recursos
    presupuestarios;

    • Preparar el proyecto de
    presupuesto anual
    de la Secretaría y someterlo a consideración del
    Poder
    Ejecutivo;

    • Efectuar operaciones
    bancarias que sean necesarias para el mejor cumplimiento de los
    objetivos;

    • Ejecutar los proyectos y convenios nacionales e
    internacionales; y

    • Imponer sanciones y multas conforme a las
    leyes vigentes
    a quienes cometan infracciones a los reglamentos respectivos.
    Respecto a la aplicación de penas e infracciones no
    económicas, se estará sujeto a la
    legislación penal, debiendo requerirse la
    comunicación y denuncia, a la justicia
    ordinaria del supuesto hecho punible.

    Esta Ley define la Autoridad
    Nacional que preparará la política ambiental del
    país, el control y monitoreo de los recursos
    naturales.

    Se debe resaltar como gran avance las posibilidades de
    realizar la descentralización de las funciones y
    responsabilidades de la SEAM hacia los gobiernos sub- nacionales,
    a través de un convenio entre las partes (SEAM,
    gobernaciones, municipalidades) para el cumplimiento de algunas
    responsabilidades tales como el control, fiscalización,
    monitoreo y evaluación
    conjunta de los EIA, autorizaciones, etc.

    A todas las Direcciones Generales de la SEAM, la ley les
    define atribuciones y responsabilidades tales como en el Art. 23
    que establece que la Dirección General de Control de la Calidad
    Ambiental es la autoridad en el control, fiscalización y
    monitoreo de la gestión ambiental.

    El Art. 25 define: La Dirección General de
    Protección y Conservación de los Recursos
    Hídricos deberá formular, coordinar y evaluar
    políticas de mantenimiento y conservación de los
    recursos hídricos y sus cuencas, asegurando el proceso de
    renovación, mantenimiento de caudales básicos de
    las corrientes de agua, la
    capacidad de recarga de los acuíferos, el cuidado de los
    diferentes usos y el aprovechamiento de los recursos
    hídricos, preservando el equilibrio
    ecológico.

    Otros artículos regulan las funciones y
    responsabilidades de otras dos Direcciones Generales: de
    Gestión, la cual promueve entre otros la educación
    ambiental y realiza las gestiones tendientes a descentralizar la
    gestión ambiental y de Protección y
    Conservación de la Biodiversidad.

    Para preservar del deterioro ambiental y reducir los
    riesgos para
    la salud humana, la ley define que la SEAM está facultada
    para determinar los límites de
    tolerancia
    para la emisión o descarga de contaminantes en la atmósfera, el agua y el
    suelo, para
    establecer las normas a que deben ajustarse las actividades
    industriales, comerciales y transporte, para promover programas
    encaminados a la previsión y control de la contaminación ambiental y para realizar
    controles periódicos del medio para detectar el eventual
    deterioro de la atmósfera, el suelo y las
    aguas.

    Además, la Ley 1561/00 autoriza en el Art. 13 la
    descentralización de las atribuciones y funciones hacia
    los gobiernos departamentales y municipales, con el objeto de
    mejorar el control ambiental y conservación de los
    recursos naturales.

    La Comisión Nacional de Implementación
    Conjunta y la Oficina Paraguaya
    de Implementación Conjunta (OPIC):

    Fueron creadas el 15 de diciembre de 1999, por Decreto
    N° 6754. En octubre 2000 por otro Decreto, la Oficina y la
    Comisión fueron transferidas a la SEAM. La misión
    principal de la Comisión, es la de otorgar el marco
    técnico, jurídico e Institucional al Mecanismo de
    Desarrollo Limpio (MDL) previsto en el artículo 12 del
    Protocolo de
    Kyoto.

    Proyectos y programas desarrolladas por OPIC:

    Preparación del proyecto "Estudio
    estratégico nacional para la reducción de emisiones
    de carbono en
    Paraguay".

    Directrices y procedimientos para la preparación
    y presentación de proyectos de captura-reducción de
    carbono en Paraguay.

    Proceso de Sensibilización para tomadores de
    decisión, con relación al mercado de
    certificados de reducción de emisiones en
    Paraguay.

    Simposio "La Fijación de Carbono, Oportunidad y
    Potencialidades para Paraguay".

    Curso de entrenamiento
    "Principios de carbonometría para la preparación de
    proyectos de captación- reducción de
    carbono".

    Programa Paraguayo del Carbono.

    Preparación de la posición paraguaya, y
    participación en la 13ra Reunión Técnica
    (SSBSTA) de la CMCC

    Entrenamiento intensivo "Curso Mecanismo de Desarrollo
    Limpio en el Sector Forestal", en "Negociación en Cambio
    Climático" y "Mecanismo de Desarrollo Limpio en Colombia".

    Diseño preliminar de una instancia nacional para
    la gestión financiera de recursos provenientes de los
    mecanismos del Protocolo de Kyoto.

    Primer proyecto privado de reducción de carbono
    en el Chaco paraguayo.

    1.3) Ministerio de Agricultura
    y Ganadería

    La Ley N° 81 de 1992 establece la estructura
    orgánica y funcional del Ministerio de Agricultura y
    Ganadería.
    Como parte de la reforma del sector ambiental por imperio de la
    Ley 1561/00 el Servicio
    Forestal Nacional sigue bajo la autoridad del Ministerio. La
    Dirección de Defensa Vegetal y la Dirección de
    Control de Productos y
    Subproductos de Origen Animal y Dirección de
    Protección Pecuaria son órganos importantes que
    regulan o realizan monitoreos de la presencia de
    agrotóxicos u otras substancias orgánicas en
    productos agropecuarios.

    A través del Decreto 15685/96 se aprueba el
    Programa
    Nacional de Control de Residuos en carnes y derivados y establece
    como responsable de la implementación de dicho programa al
    Ministerio de Agricultura y Ganadería por medio del
    Gabinete de la Subsecretaría de Estado de
    Ganadería. Esta la ejecuta a través de la
    Dirección de Control de Productos y Subproductos de Origen
    Animal y Dirección de Protección
    Pecuaria.

    Proyectos que se están llevando a cabo
    actualmente

    El MAG, actualmente esta desarrollando tres proyectos
    de Gestión Ambiental en el Paraguay con la ayuda de
    organismos internacionales y son:

    PARN: Proyecto de Administración de Recursos Naturales
    que busca establecer el marco institucional necesario para
    resolver problemas
    agrícolas y de recursos naturales. Intenta asistir a los
    pequeños productores agrícolas y a las comunidades
    para crear sistemas de
    producción sustentable.

    Este proyecto esta financiado por el Banco Mundial
    e implementado con la colaboración técnica del
    PNUD.

    PMRN: Proyecto de Manejo Sostenible de los
    Recursos Naturales con la financiación del CFW e
    implementación Técnica de la GTZ.

    PMCS: Manejo de Conservación de Suelos,
    desarrollado en la Dirección de Extensión
    Agrícola del MAG.

    1.4) Servicio Forestal
    Nacional

    Es dependiente del MAG y sus atribuciones y funciones
    son las siguientes:

    1. Formular y proponer la política forestal en
      coordinación con los organismos del estado que
      actúen en el campo del desarrollo económico del
      país.
    2. Administrar el fondo, los bienes e
      instalaciones de su patrimonio.
    3. Realizar el inventario de
      los bosques y recursos naturales renovables del
      país.
    4. Crear viveros forestales.
    5. Manejar determinar y administrar los bosques del
      estado y las zonas de reserva forestal.
    6. Proteger los bosque contra incendios
      enfermedades y
      plagas
    7. Desarrollar estudios tecnológicos y de
      normalización de productos forestales con el instituto
      de tecnología y
      normalización.
    8. Aplicar las sanciones de esta ley.

    1.5) Ministerio de
    Salud
    Pública y Bienestar Social.

    El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
    (MSPyBS) fue creado inicialmente tan sólo con el nombre de
    Ministerio de Salud Pública, por el Decreto Ley N°
    2000 del 15 de junio de 1936, con la función básica
    de definir y dirigir la política sanitaria del gobierno
    central.

    En la misma fecha se promulgó la Ley
    Orgánica de Salud Pública para el funcionamiento de
    dicho Ministerio que fue establecida por medio del Decreto Ley
    N° 2001.

    La Ley N° 1032/96 que crea el Sistema Nacional de
    Salud define la creación de instancias regionales y
    locales de gobierno, en el sector de salud pública
    planteando la transferencia de poder desde el
    nivel central del Gobierno hacia las Gobernaciones y
    Municipios.

    Programas que desarrolla
    actualmente

    Para cumplir con su tarea el MSPBS desarrolla a la
    fecha de varios programas sanitarios, incluyendo servicios
    públicos, saneamiento ambiental, erradicación
    de vectores,
    ciencia y
    tecnología.

    1.6) Servicio de Saneamiento
    Ambiental (SENASA)

    La Ley N° 369/72 crea el Servicio de Saneamiento
    Ambiental (SENASA), siendo éste un organismo
    técnico del Ministerio de Salud Pública y Bienestar
    Social, el cual promueve la creación y asiste
    técnicamente a Juntas de Saneamiento, para la
    ejecución de programas de saneamiento ambiental
    relacionadas con la provisión de agua potable,
    desagüe en zonas rurales y en poblaciones urbanas de hasta
    10.000 habitantes.

    Debido a su éxito
    la Juntas de Saneamiento han sido propuestas como un Modelo de
    Gestión Sostenible por el Banco
    Mundial.

    SENASA tiene proyectos de control ambiental que se
    llevaron a cabo con el apoyo del Banco Mundial (BIRF-IV) durante
    los años 1999 y 2001.

    Como tenemos por ejemplo el proyecto de Agua Potable
    Rural y Saneamiento Ambiental, donde SENASA actúa como
    ente promotor.

    Es una entidad autárquica dentro del Ministerio
    de Salud y Bienestar Social que, a pesar de la joven democracia
    que se vive en la nación,
    no ha cambiado su estructura ni su forma de hacer. El SENASA es
    una institución bajo la cual recae la ambigua responsabilidad de:

    Funciones

    • proveer agua potable y alcantarillado a la
      población rural e indígena,
    • vigilar la calidad del agua abastecida en las
      áreas urbanas,
    • proteger a la salud pública de los riesgos
      ambientales y
    • proteger al ambiente de la
      contaminación producida por los diferentes sectores
      de la sociedad (OPS/OMS, 1994).

    Habida cuenta que desde su origen se trataba de una
    entidad para el saneamiento básico, cuando en el Paraguay
    comenzó la preocupación por la contaminación
    y el deterioro de su entorno, se consideró lógico
    responsabilizar de la gerencia
    ambiental al SENASA. En la actualidad, aproximadamente el 95% del
    personal del
    SENASA atiende el área de saneamiento básico rural,
    mientras que el restante 5% se enfoca al área de calidad
    ambiental.

    El 98% de su personal se concentra en la capital de la
    República y su trabajo, hacia
    el interior del país, lo efectúa mediante el
    envío de brigadas sanitarias o de inspecciones
    ambientales.

    1.7) Secretaría
    Técnica de Planificación (STP)

    Funciones

    La Secretaría Técnica de
    Planificación
    formula la planificación
    económica nacional, planifica la cooperación
    internacional para proyectos de desarrollo y medio ambiente

    así como debe asegurar una correcta coordinación
    entre ministerios y
    secretarías.

    Sin embargo, en la actualidad existen dificultades
    financieras lo cual impide que las políticas de corto,
    mediano y largo plazo no se implementen, aunque éstas
    políticas ya hayan sido formuladas. Se enfoca en el
    planeamiento
    de proyectos unianuales.

    Cuenta con una Dirección de Políticas
    Sociales y Desarrollo Sostenible.

    1.8) ERSSAN /
    ESSAP.

    La Ley N° 244 del 26 de octubre de 1954 creó
    la Corporación de Obras Sanitarias, hoy ESSAP con el
    objetivo de elaborar y ejecutar proyectos, construcción, explotación exclusiva
    y administración de las obras y servicios de
    agua potable y alcantarillado sanitario en Asunción. Dicha
    ley fue implicada por la Ley N° 1095 del 9 de marzo de 1966,
    que extendió las funciones de CORPOSANA para incluir a
    todas las ciudades del país con más de 4000
    habitantes, con los mismos objetivos. Nuevamente fue modificada
    por la Ley 1615/00 que establece el Marco Regulador y Tarifario
    de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento.

    Actualmente están bajo la responsabilidad de
    CORPOSANA los habitantes del Gran Asunción y 57 cabeceras
    de distritos de la más de 10.000 habitantes. CORPOSANA
    actúa en coordinación con diversas municipalidades
    del país, a través de convenios en los aspectos de
    suministro de alcantarillado sanitario y agua potable.

    En el sector ambiental la Institución tiene un
    Departamento Ambiental que se encarga de la coordinación y
    fiscalización de los estudios de impacto ambiental
    y otros estudios ambientales de las obras que involucran aspectos
    ambientales de consideración.

    Proyectos Actuales

    Actualmente está en proceso la gestión de
    un crédito
    de 90 millones de dólares americanos para el Plan de 8
    Ciudades del Interior el cual incluye la construcción de
    los sistemas de alcantarillado y su correspondiente
    tratamiento.

    El proyecto del Plan Maestro de Alcantarillado Sanitario
    de Asunción, Cuenca del Itay que contará con
    financiamiento
    del Banco Mundial, fue suspendido por el Ejecutivo,
    previéndose su conclusión a través de la
    participación del sector privado. En el aspecto de
    gestión de los recursos hídricos
    subterráneos se está trabajando conjuntamente con
    SENASA, el Proyecto SARO-SEAM/BGR, la Dirección de
    Recursos Hídricos del Chaco y el Organismo Internacional
    de Energía Atómica para realizar estudios
    ambientales de los acuíferos en todo el
    país.

    El suministro de agua potable esta regulado, a partir
    de la promulgación de la Ley N° 1.614/2000, que
    establece el Marco Regulatorio y Tarifario del Servicio
    Público de Provisión de Agua Potable y
    Alcantarillado Sanitario de la República del Paraguay. En
    la misma se crea el Ente Regulador de Servicios Sanitarios
    – ERSSAN de alcance Nacional.

    El ERSSAN tiene como finalidad regular la
    prestación del Servicio, supervisar el nivel de calidad y
    la eficiencia del Servicio. De igual forma, proteger los
    intereses de la comunidad y de
    los Usuarios, controlar y verificar la correcta aplicación
    de las disposiciones vigentes en lo que corresponda a su
    competencia.

    Por otro lado hay que destacar y diferenciar la
    regulación de servicios y del recurso, responsabilidad que
    recae directamente sobre la Dirección General de
    Protección y Conservación de los Recursos
    Hídricos, organismo dependiente de la Secretaría
    del Ambiente, creada por la Ley N°. 1.561/2000.

    La distribución de Agua Potable se realiza en
    el Paraguay a través de Prestadores diversos. La principal
    empresa
    Prestadora de servicios la constituye la ESSAP – en proceso
    de privatización, con un porcentaje estimado
    del 20 % en su área de competencia, por otro lado se
    encuentran las Juntas y Comisiones de Saneamiento- en numero de
    871 -, entidades formadas, promovidas y organizadas por el
    Servicio Nacional de Saneamiento Ambiental – SENASA, con
    una cobertura del 30 % del área de su competencia. La
    diferencia restante en valores de
    suministro de agua potable es cubierta por: los Prestadores
    privados de servicios conocidos como aguateros, algunas cooperativas y
    asociaciones de usuarios de urbanizaciones. La cantidad de los
    primeros se estima en numero de 450 – según encuesta
    realizada por la Cámara Paraguaya del Agua – CAPA –
    institución que los nucléa – a diferencia de los
    números antes mencionados se encuentran registrados en el
    ERSSAN solamente 292 prestadores del servicio.

    1.9) Instituto Nacional de
    Desarrollo Rural y de la
    Tierra
    (INDERT)

    El Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra
    (INDERT), fue creada en sustitución del Instituto de
    Bienestar Rural (IBR) y esta encargada de la Política de
    Reforma
    Agraria Integral

    Esta política descansa en la aplicación
    del nuevo Estatuto Agrario con

    Medidas destinadas a:

    a) Adecuar la estructura agraria, mediante la
    formación de asentamientos coloniales integrales,
    titulación definitiva de todas las tierras otorgadas por
    el Gobierno y otorgamiento de mayor cantidad de lotes a
    campesinos sin tierra.

    b) Incorporación progresiva de latifundios
    improductivos al proceso de consolidación del arraigo
    campesino en
    el medio rural, en base a estudios adecuados sobre la
    potencialidad de los suelos y el manejo sustentable del medio
    ambiente. Destinar los impuestos
    selectivos a las tierras improductivas para ejecutar proyectos de
    consolidación del desarrollo rural de pequeños y
    medianos productores (Fondo de desarrollo rural).

    c) Organizar a los beneficiarios de la reforma
    agraria en Comités y Cooperativas permanentes, para
    atender los proyectos de producción, comercialización y de recepción de
    servicios de asistencia técnica del Gobierno. Fortalecer
    la conformación de fincas familiares diversificadas y
    equilibradas en rubros de consumo, de
    venta al mercado,
    cría de animales de
    granja y producción de especies forestales de
    rápida renta y protección del equilibrio
    ambiental.

    d) Crear y fortalecer el Bansocial Rural para
    apoyar los primeros esfuerzos de producción y
    capitalización de las fincas familiares constituidas en
    asentamientos coloniales creados por el INDERT,
    extendiéndolo a todo el país.

    e) Capacitar en forma acelerada y continua a los
    colonos en los temas prioritarios para su modernización e
    incorporación efectiva a la economía de mercado, en
    el menor tiempo
    posible.

    f) Incorporar las prácticas de
    recuperación de los suelos degradados y
    fertilización equilibrada, en las fincas de los
    pequeños productores asociados en comités y
    cooperativas, mediante el apoyo combinado de asistencia
    técnica, crédito y provisión de insumos a
    precios
    razonables, en colonias y asentamientos antiguos.

    1.10) Ministerio de Defensa
    Nacional

    El instituto Geográfico
    Militar:

    Se encarga de la preparación de cartas
    topográficas de país así como del
    relevamiento aerofotométrico nacional.

    La dirección General de Medio
    Ambiente:

    Es una dependencia recientemente creada del Ministerio
    de Defensa la cual se encarga de planificar la actividad de la
    FIFAA en relación a la gestión ambiental interna y
    externa a ellas y participa de la planificación ambiental
    nacional a través del CONAM

    La Dirección General de
    Meteorología:

    Realiza la colecta, en procesamiento e interpretación de datos
    meteorológicos, los datos hidrológicos son
    colectados por la
    Administración Nacional de Navegación y Puertos
    y la interpretación es llevada a cabo por la
    Dirección de Meteorología e
    Hidrología

    La Defensa, además de tener bajo su
    responsabilidad el servicio de meteorología e
    hidrología y el servicio de información
    geográfica, se hace cargo de los parques nacionales y los
    monumentos históricos; de hecho, la región del
    Chaco Boreal, que constituye dos terceras partes del Paraguay, es
    territorio militar (Ortíz Persichino et al.,
    op.cit.).

    1.11) Ministerio de Obras
    Públicas y Comunicaciones

    El Ministerio de Obras Públicas y comunicaciones
    realiza gestiones en el área ambiental a través de
    la Unidad Ambiental y el Departamento de Recursos
    Hídricos.

    Unidad ambiental:

    Unidad orgánica dependiente del Vice Ministro de
    Obras Públicas. Se encarga del estudio ambiental de obras
    viales y de la coordinación de actividades de
    fiscalización de planes de mitigación.

    La UA se creó en 1991 basado en la necesidad de
    incorporar la temática ambiental en la ejecución de
    obras viales

    Responsabilidades

    Realizar estudios de impacto ambiental (EIA) a
    consecuencia de la implementación de proyectos de obras
    públicas; coordinar acciones del MOPC para mitigar efectos
    directos e indirectos de éstas obras.

    Reglamento Interno

    Para delinear las acciones de la UA se preparó
    un Reglamento Interno
    . Este Reglamento Operativo
    Organizacional de la Unidad Ambiental
    , fue adoptado por
    Resolución N° 443 del MOPC el 19 de mayo de 1994, a
    más de tres años de la creación de la UA. El
    preámbulo de ésta Resolución (como
    así también la Resolución que creó la
    UA) indica que los requisitos contractuales de convenios
    suscritos con el BID son los que impulsan éstas
    resoluciones
    . Este hecho demuestra que el BID ha influenciado
    de manera positiva en la implantación de políticas
    ambientales a nivel del MOPC pero también demuestra que no
    es una necesidad sentida por reconocimiento propio de dicho
    ministerio sino una suerte de imposición para acceder a lo
    que necesitan para la concreción de sus planes de obras
    viales.

    El reglamento delimita las funciones y los objetivos
    específicos de la UA como también de organización de la UA. Varios
    capítulos se refieren a las relaciones con otras
    dependencias del MOPC, otros ministerios y con contratistas
    (tanto de construcción de obras como también de
    fiscalización y supervisión ambiental). Un punto
    muy importante también de ésta resolución se
    refiere a que la UA debe contar con todos los recursos
    financieros y materiales
    para el cumplimiento efectivo de sus
    responsabilidades.

    Relativo a sus funciones básicas se citan dos
    tipos de responsabilidades: los concernientes a impactos directos
    y los que se refieren a impactos indirectos de las obras
    viales.

    Básicamente la UA tiene las mismas
    responsabilidades para los dos tipos de impactos; planificar,
    contratar, fiscalizar, monitorear y evaluar las medidas para
    mitigar impactos. Se hace hincapié, sin embargo con
    relación a impactos indirectos, en la necesidad del
    seguimiento ex – post de los estudios de impactos
    ambientales y de los planes de protección al medio
    ambiente y comunidades indígenas.

    ESPECIFICACIONES TÉCNICAS AMBIENTALES
    GENERALES (ETAGs)

    La Resolución 422 también aprobó el
    documento denominado, Normas Técnicas Ambientales para
    Obras Viales", en el cual se establecen las pautas a seguir para
    mitigar y evitar impactos negativos y en lo posible generar
    impactos positivos en la construcción de obras
    viales.

    Dichas Normas Técnicas Ambientales para obras
    Viales fueron actualizadas recientemente y fueron aprobadas por
    la Secretaría del Ambiente (SEAM) en setiembre del
    año 2004 y se denominan Especificaciones Técnicas
    Ambientales Generales (ETAGs).

    Se debe asegurar que los fiscales ambientales lean y
    entiendan bien las ETAGs y las ETAP (Especificaciones
    Técnicas Ambientales Particulares) y exigir el
    cumplimiento de las acciones ambientales en su papel de
    fiscales.

    Legales

    LA Ley Nacional 294/93 es la que establece la
    obligación de preparar evaluaciones de Impacto Ambiental
    (EIA) para la mayoría de las obras privadas y
    públicas incluyendo las obras viales. La autoridad de
    aplicación de ésta Ley es la SEAM.

    Dicha Ley ha sido reglamentada el 31 de julio de 1996 a
    través del Decreto N° 14281 y por la misma se
    establecen una serie de documentos como
    instrumentos de evaluación y de gestión ambiental.
    La EIA y el denominado relatorio de Impacto Ambiental (RIMA) son
    instrumentos técnicos que presentan los impactos de la
    obra propuesta (o ya siendo ejecutada, lo cual es una falencia
    del lenguaje de la
    presente ley permitiendo evaluaciones ex post facto).

    Estos documentos contienen el llamado programa o plan de
    gestión ambiental (PGA) que incluye los instrumentos de
    fiscalización, monitoreo y control de las obras y detalles
    de las medidas de mitigación de los impactos.

    Tanto el EIA, RIMA y PGA son elementos importantes en
    los proyectos bajo responsabilidad de la UA, guiando la
    planificación, ejecución y monitoreo de las obras
    viales. Típicamente los componentes de mitigación
    sugeridas en los EIA son incluidas dentro de los paquetes de
    préstamos otorgados por las Instituciones Financieras
    Internacionales.

    Las obras con financiamiento del PNG
    prácticamente no han utilizado estos mecanismos aunque
    están obligadas a realizarlos posiblemente por la poca
    cantidad de vías realizadas enteramente a través de
    éste mecanismo. Se anexa como ejemplo, un Plan de
    Gestión de Mantenimiento de una obra Vial.
    (Anexo
    No 1)

    El Departamento de Recursos
    Hídricos

    Dependiente del Vice Ministro de Minas y Energía
    se ocupa actualmente de realizar un inventario del potencial
    hídrico del País, ejecutar un programa de monitoreo
    Hidrológico del Río Paraguay y de participar en la
    preparación de la Políticas encargadas de la
    explotación de los recursos hídricos en especial
    del Acuífero Guaraní.

    1.12) Ministerio de Industria
    y Comercio

    El Ministerio de Industria y Comercio es la
    institución de competencia sustantiva en los proyectos de
    carácter industrial y promotor de los programas de
    financiamiento para el sector productivo, de la inversión de Capital Nacional y Extranjero
    a través del Régimen de Incentivos
    Fiscales y del Componente de Desarrollo Industrial; y del
    Componente de Asistencia Técnica dentro del Programa
    Global de Crédito a la Microempresa y
    del Fondo de Desarrollo Industrial

    Unidad Técnica Ambiental

    Tiene a su cargo asesorar a los solicitantes de
    préstamos de inversión los aspectos ambientales a
    ser considerados en los proyectos. Examinar los cuestionarios
    ambientales, estudios ambientales de proyectos industriales y
    coordinar con SENASA los procedimientos de revisión de
    Estudios de Efluentes Industriales y ambientales.

    Además se encuentra impulsando desde 1996, las
    actividades tendientes a difundir la utilización de
    tecnologías limpias en la producción. Trabaja
    coordinadamente con el Centro de Capacitación Empresarial -CEPAE- en la
    capacitación de pequeños y medianos empresarios en
    el
    conocimiento de las tecnologías limpias.

    Misión:

    Es misión de la Unidad Técnica Ambiental
    fomentar y promover el desarrollo industrial sustentable a
    través de:

    – la incorporación del componente industria-medio
    ambiente en las políticas sectoriales

    – la participación en la adecuación y
    definición de la legislación ambiental y

    – la generación de programas de asistencia a la
    industria en la temática ambiental, en coordinación
    con otras instituciones involucradas, contribuyendo así al
    aumento de la competitividad
    de las empresas.

    Visión:

    Ser un organismo referente en el tema Industria –
    Medio Ambiente en la Región que promueva el desarrollo
    industrial ambientalmente sustentable, mediante la
    búsqueda constante de soluciones innovadoras a la
    problemática ambiental y facilitar su
    implementación en las industrias,
    contribuyendo así al aumento de la competitividad de las
    empresas y al mejoramiento de la calidad de vida de la
    comunidad.

    Principales Actividades:

    a) Brindar informaciones y orientaciones a
    industriales, inversionistas

    y consultores sobre las reglamentaciones ambientales
    vigentes.

    b) Orientar y asesorar a inversionistas y
    consultores sobre los procedimientos a seguir para adecuar sus
    proyectos a las exigencias legales en materia
    ambiental.

    c) Coordinar con las instituciones
    administradoras de las leyes ambientales, los componentes
    exigidos con relación al impacto ambiental de actividades
    industriales.

    d) Impulsar la promulgación del PIMA, como
    herramienta legal para la adecuación ambiental gradual
    considerando la Producción más limpia

    e) Acompañar el proceso de
    integración al MERCOSUR
    participando activamente en las reuniones del Subgrupo de Trabajo
    Nº 6 "Medio Ambiente"

    f) Coordinar técnicamente el Proyecto
    GTZ-MERCOSUR "Competitividad y Medio Ambiente"

    g) Apoyar los trabajos tendientes a concretar la
    donación del KfW a ser utilizado para el financiamiento de
    proyectos ambientales.

    h) Colaborar activamente con el Proyecto MIC/GTZ
    "Producción Industrial Limpia Competitiva

    i) Coordinar en forma conjunta con la
    Dirección de Política Industrial, el Grupo de
    Trabajo "Aspectos Legales y Diseño
    de Política Industrial" Proyecto MIC/GTZ

    j) Evaluar el resultado del trabajo Control y
    Gestión Ambiental en la Microempresa realizado en el marco
    del Convenio DTA-MIC / UTEP-BCP, y gestionar apoyo
    económico para darle continuidad

    k) Apoyar la Adecuación Ambiental de las
    Industrias, impulsando la modificación del marco legal,
    promoviendo apoyo técnico y financiero para proyectos
    ambientales y desarrollando Campañas de
    Sensibilización para los involucrados.

    l) Gestionar a través de los Organismos de
    Cooperación Internacional apoyo económico para
    impulsar los programas establecidos.

    m) Articular en forma conjunta entre
    instituciones públicas y privadas la formulación de
    políticas ambientales realistas y eficientes,
    principalmente en aquella que afectan a las actividades
    industriales

    n) Representar a sus superiores en reuniones,
    comisiones y foros en la materia de su especialidad.

    Plan de Adecuación Ambiental para industrias,
    llevada a cabo por el MIC (Anexo No 2)

    1.13) Ministerio Público
    (FISCALIA)

    A nivel central, los fiscales se encuentran bajo una
    Unidad Técnica de Investigación que forma parte de
    la Dirección Ambiental del Ministerio Público la
    cual mantiene su jurisdicción hasta 60 Km de
    Asunción. Existen cinco fiscales con cinco jurisdicciones
    respectivas a su cargo y con amplia experiencia que se encuentran
    en la Unidad Penal Ambiental. Cuando los fiscales del interior de
    la República lo solicitan, el Fiscal General
    del Estado nombra a alguno de los cinco fiscales como
    coadyuvantes de los fiscales locales.

    En el seno del CONAM los secretarios de medio ambiente
    de las Gobernaciones y los representantes de los municipios han
    solicitado, en reiteradas ocasiones, la designación de
    fiscales ambientales en los Departamentos o Distritos en sus
    respectivas regiones. Esto es a causa de la falta de
    acción a nivel local de los fiscales locales de los fueros
    ordinarios del Ministerio Público debido
    básicamente al desconocimiento de la legislación
    ambiental y su falta de experiencia

    Los miembros de la Unidad Penal Ambiental trabajan
    coordinadamente con autoridades nacionales y sub-nacionales
    siguiendo un programa anual y actuando de forma
    sistemática (WWF-Convenio para la protección del
    BAI).

    Con relación a la desconcentración se
    implemento a partir del año fiscal 2002, un programa de
    creación de Direcciones Ambientales locales. El mayor
    impedimento para el fortalecimiento de los recursos locales es la
    falta de medios
    presupuestarios para dotar de tecnología adecuada para la
    investigación de los delitos
    (cámaras filmadoras, toma de muestras, etc.).

    1.14) Contraloría
    General de la República

    Dirección General de Control de la
    Gestión Ambiental

    La Dirección General de Control de la
    Gestión Ambiental tiene por funciones controlar la
    gestión ambiental, verificar la administración de
    las políticas, proyectos y programas estatales, y la
    observación del marco jurídico, para
    optimizar el manejo de los recursos ambientales, naturales y
    culturales del país

    Además realiza la vigilancia, el control y la
    fiscalización de los entes públicos con competencias en
    el área del medio ambiente, así como la auditoria
    de gestión de la situación ambiental del
    territorio, del patrimonio cultural y la biodiversidad y el
    control de la aplicación de leyes ambientales en proyectos
    de desarrollo nacional

    La Dirección General de Control de la
    Gestión Ambiental, fiscaliza, controla y vigila la
    gestión ambiental en los entes públicos y la
    gestión de los entes públicos de control
    ambiental

    La fiscalización es la verificación de las
    acciones que fueron realizadas y los resultados obtenidos por un
    Ente

    El control es la inspección o intervención
    de un Ente para analizar lo que se está realizando, con el
    objeto de verificar el correcto cumplimiento de sus funciones y
    atribuciones

    La vigilancia es el cuidado y atención de las acciones a ser realizadas
    por un ente, analizando el resultado que se obtendrá para
    evitar que ocurran impactos negativos

    1.15)
    Municipios

    En el Paraguay existen 224 municipios de diversas
    categorías, clasificados en base al número de sus
    habitantes. Los mismos se rigen por la Ley Orgánica
    Municipal de 1987; el Artículo 166 de la
    Constitución Nacional de 1992 les otorga autonomía
    propia, aunque el Gobierno Central puede intervenirlos, cuando
    exista una causa que lo justifique

    El sistema administrativo de todas las municipalidades
    del área de estudio es básicamente el mismo; es
    decir, un consejo municipal, un intendente y sus secretarios
    nombrados, siendo el Secretario General el más importante.
    Las municipalidades muestran grandes diferencias en fuerza y
    capacidad de acuerdo al tamaño, población,
    tendencias de uso de suelo y presupuesto

    Esta situación se refleja en la estructura
    administrativa de estas municipalidades; algunas está muy
    desarrolladas con varios Departamentos, Divisiones, Secciones,
    etc. y otras limitadas a estructuras
    consistentes en el Secretario General y menos de cinco empleados
    permanentes

    En Asunción, la función municipal en
    materia de Saneamiento y Medio Ambiente, se ejerce a
    través del Departamento Central de Contaminación
    Ambiental, que pertenece a la Dirección de Medio Ambiente
    de la Municipalidad

    Hasta hoy, pocos municipios han establecido
    reglamentaciones específicas respecto a la Gestión
    Ambiental: Asunción en ruidos y emisiones gaseosas y
    Pirapó en, administración de parques y jardines, y
    desinfección y control de áreas urbanas, monitoreo
    de contaminación de arroyos y de niveles de contaminantes
    atmosféricos y de ruidos. Se puede mencionar
    también en control de algunas zoonosis, como
    la rabia canina y el control de alimentos

    1.16)
    Gobernaciones

    Las gobernaciones fueron creadas con la
    Constitución actualmente en vigencia, en su
    artículo 161. Las Gobernaciones comenzaron sus funciones
    el 15 de Agosto de 1993, sin contar con el presupuesto aprobado.
    Actualmente están en proceso de organización
    institucional con la creación de la Secretarías de
    Medio Ambiente, como por ejemplo: Central, Cordillera y Pilar
    Bajo las facultades que le otorga la Ley 484/94 algunas
    Gobernaciones establecieron innovadoras herramientas
    de gestión mando y control tales como una ordenanza de la
    Gobernación de Concepción la cual regula las
    explotaciones de especies maderables comerciales.

    Esta Ordenanza fue muy criticada por los productores
    madereros como también por las autoridades del gobierno
    Central en su momento. También, la Gobernación de
    Guiará ha establecido en el año 1998 una Ordenanza
    que regula las actividades relacionadas con la Salud
    Ambiental

    1.17) Congreso
    Nacional

    La Comisión Nacional de
    Defensa de los Recursos Naturales fue conformada en momentos en
    que era sensible la indiferencia con que se encaraba todo lo
    concerniente a la preservación ambiental, a pesar de su
    progresivo deterioro. Era imprescindible dar tratamiento integral
    al tema, mediante la creación de un órgano de
    coordinación interinstitucional, que involucrara
    también, a la
    sociedad
    civil.

    Ante esa
    situación, el Senado tomó la iniciativa de
    proyectar dicho órgano que se estableció mediante
    la Ley N°40, y promulgada en el año 1990. Según
    la Ley de creación, la Comisión tiene la finalidad
    de velar por la preservación del medio ambiente, orientar
    y coordinar la actividad de los organismos encargados de
    idénticas funciones, y elaborar proyectos de
    legislación ambiental.

    De acuerdo con lo que se pretendía, se dispuso
    que el nuevo órgano que depende directamente del Congreso
    Nacional, esté integrado por representantes de ambas
    Cámaras Legislativas, de los Ministerios involucrados en
    la problemática ambiental, así como de
    instituciones privadas como la Asociación Rural del
    Paraguay, la Unión Industrial Paraguaya, las cooperativas
    agrícolas, las organizaciones indígenas y las
    organizaciones no gubernamentales.

    La comisión
    Nacional tiene como misión contribuir en la
    concienciación de los habitantes del país en cuanto
    al respecto del ambiente.

    La participación
    ciudadana en la tarea de proteger sus recursos naturales es hoy
    la garantía más eficiente para contrarrestar la
    negligencia y a veces incluso la complicidad, de algunos
    funcionarios públicos, así como la acción
    irresponsable de quienes solo miran el lucro
    inmediato.

    La gestión de la
    Comisión Nacional de Defensa de los Recursos Naturales en
    ese aspecto puede ser apreciada y evaluada en el programa de
    capacitación que ha implementado desde el año 1999
    con las gobernaciones, municipios, instituciones educativas,
    entre otros en la modalidad de jornadas ambientales y simposios
    sobre temas tales como legislación ambiental, áreas
    protegidas, contaminación ambiental,
    productividad
    sostenible, biodiversidad, bioseguridad, etc.

    El Congreso Nacional como uno de los actores principales
    en el cumplimiento de los compromisos adoptados en la Agenda 21
    en el marco de la Conferencia de
    las Naciones Unidas
    sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo ha sancionado leyes
    ambientales, elaboradas en el seno del Poder Ejecutivo, de la
    Cámara de Senadores o Diputados y por iniciativa
    popular.

    Es así que contamos con un sistema
    jurídico ambiental, expresado en un conjunto de normas ,
    que permite regir a la sociedad, posibilitando el
    desenvolvimiento de la vida en forma organizada, que busca el
    equilibrio entre las personas , cosas y acciones mediante la
    colaboración y aporte de toda la ciudadanía , con base en los valores de
    justicia, equidad y sostenibilidad.

    Como muestra del
    involucramiento del Congreso Nacional con la temática
    ambiental se destaca la iniciativa de crear una
    institución encargadas de formular, coordinar, ejecutar y
    fiscalizar la política ambiental nacional al presentar el
    proyecto de ley que "Crea el Ministerio del Ambiente" que
    instaló el debate sobre
    el tema y motivo la presentación de otros proyectos de
    ley, que posteriormente fue sancionada como Ley N° 1561 "Que
    crea el Sistema Nacional, el Consejo Nacional del Ambiente y la
    Secretaria del Ambiente".

    Para generar compromiso
    en los diferentes estamentos de la sociedad a través
    del
    conocimiento
    de las leyes ambientales en el año 1998 se ha publicado la
    primera COMPILACIÓN DE LEGISLACIÓN AMBIENTAL en
    tomos, que incluye leyes, decretos y convenios internacionales
    ratificados.

    Asimismo en el
    año 1999 se publico el Cuaderno I de Legislación
    Ambiental con el comentario a las principales
    leyes.

    Cabe señalar que
    ya ha sido presentado el Cuaderno II Legislación Ambiental
    con las compilación de leyes ambientales aplicada a
    delitos contra el medio ambiente, a ser distribuido en el marco
    de la <<Conferencia- Taller el Rol de la Policía
    Nacional en el cumplimiento de las leyes ambientales
    vigentes>> organizada por la Comisión con el apoyo
    del Ministerio de Interior, la Comandancia de la Policía
    Nacional, la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio
    Público, el Ministerio de Agricultura y Ganadería a
    través del Servicio Forestal Nacional, el Colegio de
    Policía <<Gral. José E. Díaz>> y
    la Organización Panamericana de Salud y
    Organización Mundial de la Salud y dirigida a jefes de
    Policía Departamental, a los efectivos de la
    Agrupación de Protección Ecológica y Rural,
    Cadetes y Oficiales de los Institutos de Enseñanza Policial.

    Para la
    compilación mencionada se extrajo capítulos de la
    Constitución Nacional y del
    Código
    Penal que tienen relación con el tema, y se incluyo el
    texto de la
    ley en cuya aplicación tiene un rol preponderante la
    Policía Nacional como auxiliar de la justicia y
    órgano de prevención de delitos contra el medio
    ambiente.

    Para la
    publicación de este Cuaderno II se contó con el
    apoyo de la Secretaría del Ambiente, la Dirección
    de Publicaciones Oficiales de la presidencia de la
    República y la Cooperación Alemana
    GTZ.

    1.18) Instituto Nacional de
    Tecnología y Normalización
    (INTN)

    El Instituto Nacional de Tecnología y
    Normalización (INTN) es esencialmente una
    organización que suministra servicios tecnológicos
    a organismos oficiales o a entidades privadas:
    investigación tecnológica; difusión de
    conocimientos tecnológicos; elaboración de normas
    técnicas; metrología; certificación; etc.
    Además, mantiene vínculos con organizaciones
    similares, nacionales o extranjeras.

    Desde el punto de vista jurídico, el INTN es una
    entidad autárquica, creada por la Ley 862, sancionada y
    promulgada el 26 de junio de 1963. Se fundó en la ciudad
    de Asunción, capital de la República del Paraguay,
    en abril del año 1965.

    A través de la Ley 937 del 13 de septiembre de
    1982, y de su correspondiente Decreto Reglamentario 1.988 del 16
    de febrero de 1999, el INTN fue designado como responsable de la
    implementación y funcionamiento del Laboratorio
    Metrológico Nacional.

    Además, por medio del Decreto 15.552 del Poder
    Ejecutivo de la Nación
    del 26 de noviembre de 1996, el INTN fue constituido en el
    Organismo Nacional de Certificación, mediante lo cual
    puede actuar directamente en la certificación de
    productos, sistemas y servicios.

    Las relaciones del INTN con el Poder Ejecutivo de la
    Nación se realiza a través del Ministerio de
    Industria y Comercio.

    Visión

    Ser la Institución reconocida nacional e
    internacionalmente en el campo científico y
    tecnológico por la excelencia de sus servicios, por la
    calidad profesional y humana de su gente, y por su
    contribución a la sociedad.

    Misión

    Apoyar a la sociedad: consumidores, industria, comercio
    y servicios, mediante la asistencia en la investigación
    aplicada, desarrollo, innovación y servicios tecnológicos,
    normalización, certificación y
    metrología.

    Objetivos

    Lograr la satisfacción plena de los clientes; lograr
    el bienestar general de nuestra gente; participar activamente en
    el desarrollo nacional.

    Compromiso

    • Elaborar normas técnicas nacionales, a pedido
      de los sectores interesados, con participación de todas
      las partes y colaborar impulsando el aporte paraguayo para la
      homologación de normas de la región ( Mercosur) e
      internacional.
    • Certificar productos, procesos, servicios y personal,
      y Sistemas de Gestión de la Calidad de las empresas
      agregando un valor
      competitivo diferencial que contribuya a favorecer los
      intercambios comerciales y a cooperación
      internacional.
    • Garantizar la uniformidad en todos los procesos de
      medida que se realizan en los distintos laboratorios
      públicos y privados, así como en las diversas
      actividades productivas.
    • Establecer el control metrológico del Estado
      sobre los instrumentos de medida a fin de garantizar la
      protección al consumidor, la salud y la
      seguridad de
      los ciudadanos.
    • Orientar la gestión a la satisfacción
      de nuestros clientes y la participación activa de
      nuestros recursos
      humanos, con criterios de gestión total de la
      calidad y obtener resultados que garanticen un desarrollo
      competitivo.
    • Impulsar la difusión de una cultura que nos
      relacione y nos identifique como apoyo a quienes buscan la
      excelencia.
    • Implementar mejoras continuas en los servicios de
      análisis y ensayos de
      productos, insumos, subproductos y residuos industriales, para
      garantizar la calidad en el ámbito voluntario u
      obligatorio.
    • Promocionar y fortalecer la asistencia técnica
      orientada a apoyar el mejoramiento de la calidad y la
      productividad de las empresas industriales del país,
      mediante la transferencia de conocimientos
      técnicos.
    • Apoyar los procesos de innovación,
      adaptación y desagregación
      tecnológica.
    • Mantener activa la formación y
      capacitación permanente de los recursos humanos del
      INTN, a fin de contar con funcionarios técnicos
      calificados y motivados, para atender y dar satisfacción
      a los clientes.
    • Asegurar que el funcionario cuente con los recursos
      necesarios para la realización de sus actividades en un
      ambiente de armonía y respeto.
    • Realizar Peritajes en toma de muestras de los
      Fiscales Ambientales y Público en
      General.

    Medio Ambiente –Programas que se llevan
    actualmente a cabo

    El INTN, posee un Departamento de Medio Ambiente que
    realiza diversas Gestiones en el Ámbito Ambiental, a
    través del CYTED (Ciencias y
    Tecnología para el Desarrollo) tales como:

    • Subprograma XII. Diversidad
      Biológica
    • Subprograma XV. Corrosión/Impacto Ambiental sobre
      Materiales
    • Subprograma XVIII. Tecnologías
      de Previsión y Evaluación de Desastres
      Naturales
    • Subprograma XVII. Aprovechamiento y
      Gestión y Recursos Hídricos

    1.19) Ministerio de
    Educación y Cultura (MEC)

    A través de su Departamento de Educación
    Ambiental coordina los programas para las instituciones
    Públicas y Privadas. Recientemente elaboró y
    publicó el documento "Bases para el Plan Nacional de
    Educación Ambiental".

    1.20) Ministerio de Hacienda
    (MH)

    Está a cargo de las finanzas del
    Estado, por tanto, esta cartera ministerial es la que tiene la
    función de considerar los proyectos e Inversión
    Pública en cualquiera de sus aspectos incluido el de la de
    Gestión Ambiental.

    1.21) Administración
    Nacional de Navegación y Puertos (ANNP)

    Administración Nacional de Navegación y
    Puertos (ANNP), que es una entidad autarquíca de servicio
    Público creada por ley número 1066, del 23 de
    agosto de 1.965, cuyos objetivos son:

    1- Administrar y operar todos los puertos de la
    Republica.

    2- Mantener la navegabilidad de los
    Ríos.

     

    Partes: 1, 2, 3

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