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El ABC de los Consejos Comunales (página 2)



Partes: 1, 2

¿Cuál es el mecanismo de
reunión del Órgano Ejecutivo del Consejo?
Hay
que diferenciar claramente el Órgano Ejecutivo de la
Asamblea y la Asamblea Local de Voceros, porque la
confusión radica en que en las dos instancias, sus
integrantes son los mismos vecinos de la comunidad.

La Asamblea Local de Voceros, es la primera instancia
del Consejo Comunal y la conforman todos los Voceros vecinales
(Uno de cada familia) de toda
la comunidad.

El Órgano Ejecutivo de la Asamblea, es la
segunda instancia del Consejo Comunal y la conforman el grupo de
Voceros Titulares y Suplentes elegidos por la Asamblea Local de
Voceros.

Se reúne con mucho más frecuencia que la
Asamblea Local, por ejemplo: todos los lunes a las 4:00 p.m., y
cualquier otro día cuando hay temas o problemas que
lo amerite, porque es el responsable directo de la
formulación de propuestas de inversión ante la Asamblea Local,
así como de la ejecución, evaluación
y control de las
obras civiles, eventos, programas
sociales y servicios
públicos de la jurisdicción.

En cambio, la
Asamblea Local de Voceros, se reúne esporádicamente
cada vez que se necesita tomar decisiones muy importantes, elegir
nuevos miembros, retirar algunos miembros de las instancias por
incumplimiento de funciones,
suscribir convenios nacionales o internacionales, discutir Planes
de Inversión, evaluar proyectos
concluidos, etc.

Lleva un Libro de Actas en el que se anota
minuciosamente todos los temas que se discuten, los acuerdos que
se toman, las decisiones administrativas, los convenios que se
suscriben etc.

Durante la reunión debe respetarse el orden del
programa
establecido, por ejemplo:

  • Conteo de quórum (Siempre la mitad
    más uno). En estas reuniones pueden estar presentes la
    Cooperativa de Ahorro y
    Crédito, los Contralores y los Miembros
    de la Mesa Técnica, pero si no son Voceros del
    Órgano Ejecutivo, no forman parte del quórum.
    Tienen derecho a voz pero no a voto.
  • Lectura y aprobación del Acta
    anterior.
  • Informes
  • Pedidos
  • Orden del Día
  • Cierre

En consecuencia, todas las decisiones y acuerdos que
adopte el Órgano Ejecutivo de la Asamblea, deberá
ser por mayoría de sus miembros.

Se recomienda siempre tomar algunas fotografías
de la reunión para publicarlas en la Cartelera o en el
Boletín del Consejo; asimismo, es bueno grabar la
totalidad del evento, para evitar excusas posteriores u
omisiones en el Acta.

Cooperativa de
Ahorro y Crédito o Unidad de Gestión Financiera

¿Para que sirve la Cooperativa de Ahorro y
Crédito?
La Cooperativa de Ahorro y Crédito
es la entidad que debe manejar todo el dinero
que ingrese al Consejo Comunal, así como llevar un
control minucioso de los gastos que
realiza. Es la tercera instancia del Consejo
Comunal.

También administra los ingresos de
cualquier índole que ingresen al Consejo Comunal,
incluyendo propiedades, terrenos, cesiones, donaciones,
etc.

A través del Comité de Educación,
promoverá la creación de las Cooperativas
que se encargarán de dirigir los proyectos industriales,
agrícolas, pesqueros, turísticos, etc. dando a los
miembros de la comunidad, los talleres necesarios para
ilustrarlos en materia de
cooperativismo, desarrollo
sustentable, desarrollo
humano, desarrollo
endógeno y producción social.

Deberá Impulsar el presupuesto
participativo, jerarquizando las necesidades de la comuna,
utilizando la nueva concepción del Cooperativismo
Revolucionario.

¿Qué es el Cooperativismo
Revolucionario?
El Cooperativismo Revolucionario es un
movimiento
sociopolítico que constituye una vía para el
desarrollo endógeno y de la autogestión de la
nación
para que los medios de
producción, sean de propiedad
colectiva y la economía social sea
un mecanismo de expresión de la democracia
protagónica y participativa. Promueve los intereses
comunes, a través de organizaciones en
las que todos y todas tienen los mismos derechos, sin privilegios ni
jerarquías.

¿Qué otras funciones realiza la
Cooperativa de Ahorro y Crédito?
La Cooperativa debe
realizar las siguientes actividades:

  1. Abrir una Cuenta Corriente en un Banco cercano
    a la comunidad
  2. Abrir una Cuenta de Ahorros en el mismo
    Banco
  3. Diseñar un Programa de otorgamiento de
    créditos a los miembros de la
    comunidad.
  4. Realizar la intermediación financiera
    correspondiente.
  5. Prestar asistencia social.
  6. Llevar la contabilidad de todos los proyectos
    individualmente.
  7. Llevar la contabilidad individual de la
    Cooperativa.
  8. Depositar con exactitud los gravámenes de
    Ley: ahorro
    habitacional, INCE, Seguro
    Social, SENIAT, etc.
  9. Actuar dentro de la comunidad como un minibanco,
    promoviendo el ahorro y las inversiones a corto plazo.
  10. Administrar los todos los recursos
    que ingresen al Consejo Comunal y los del Fondo Nacional de
    los Consejos Comunales.
  11. Se encargará de tramitar, apoyando al
    Órgano Ejecutivo del Consejo Comunal, los documentos
    para la obtención de recursos ante el FIDES, LAEE,
    Minpades, Fondafa, Inapesca, Banco Agrario, Banco Industrial,
    etc.

¿Quiénes conforman la Cooperativa de
Ahorro y Crédito?
La Cooperativa de Ahorro y
Crédito debe formarse con cinco miembros de la comunidad,
que tengan conocimiento
de contabilidad, finanzas y
administración. Si no lo hubieren, el
Órgano Ejecutivo de la Asamblea puede contratar los
servicios de
una Cooperativa de Ahorro y Préstamo o Cooperativa
Financiera, para que realice ese trabajo,
previa selección
por calificación profesional.

¿Cómo funciona la Cooperativa de
Ahorro y Crédito?
Esta Cooperativa administra,
controla y evalúa los proyectos que desarrolla el Consejo
Comunal, a través de un sistema contable
universal.

También lleva la Contabilidad General del Consejo
Comunal y de la propia Cooperativa.

En consecuencia, debe tener una oficina con el
equipo indispensable para ese trabajo. Detallamos lo que
consideramos de utilidad
inicial:

  • Una computadora
  • Software contable y administrativo, con inventario,
    nómina y balances.
  • Dos escritorios
  • Una caja fuerte portátil
  • Libros sociales y libros
    contables debidamente legalizados
  • Material de oficina

En lo referente al software, existen varias
marcas
conocidas como Saint, Cisnes, Galac, Valery, etc., algunos de los
cuales son específicos: Contabilidad, Administración, Inventario, etc.

Hoy otros que vienen en combos administrativo-contable,
administrativo-inventario, nómina-inventario, etc. Cada
cooperativa tiene la opción de escoger el software que
mejor se ajuste a sus necesidades.

¿Cómo se pagan los servicios de la
Cooperativa de Ahorro y Crédito?
Los costos
administrativos y contables de la Cooperativa, deben incluirse en
el paquete presupuestario del proyecto a
desarrollarse.

De esa manera, si el proyecto ha de tener una vida
operativa de 11 meses, debe calcularse el costo de 11 meses
de trabajo de la Cooperativa, más el valor de sus
muebles y equipos básicos.

Órgano de Control o Unidad de
Contraloría Social

¿Qué es un Órgano de
Control?
Es la cuarta instancia del Consejo Comunal, que le
otorga al ciudadano la facultad de controlar la actividad de la
gestión pública y los quehaceres de la
comunidad.

El Artº 259 de la LOPPM señala que "los
ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a organizarse en
contralorías sociales con el objeto del control del
gobierno
local".

¿Qué es el control social? Es un
mecanismo a través del cual todo ciudadano, individual o
colectivamente participa en la vigilancia y control de la
gestión pública municipal, en la ejecución
de programas, planes y proyectos, en la prestación de los
servicios públicos municipales, así como en la
conducta de los
funcionarios públicos, para prevenir, racionalizar y
promover correctivos. Dentro del Consejo Comunal la tarea es
ardua y permanente, porque es el ente encargado de verificar que
los proyectos se realicen tal cual se describen en la
sistematización, metodología y mecanización de los
mismos.

Cuáles son las funciones del órgano de
control del Consejo Comunal?
Las funciones de esta instancia
son extensas y permanentes, aunque las principales
son:

  • Controlar que todas las actividades administrativas
    del Consejo Comunal sean legales y transparentes.
  • Coordinar y aplicar la contraloría social en
    todos los ámbitos de la comunidad.
  • Ejercer el control y vigilancia de la
    ejecución del Plan
    Único de Trabajo o Plan de Desarrollo Intergral de la
    comunidad.
  • Ejercer el control y vigilancia del proceso de
    consulta, planificación, desarrollo,
    ejecución y acompañamiento de todos los proyectos
    comunitarios.

¿Quién controla a los contralores?
Los contralores debidamente organizados, no solo se limitan a
actuar dentro de la geografía del Consejo
Comunal, sino que pueden ejercer sus actividades sobre cualquier
nivel o sector de la
administración municipal y sobre particulares que
cumplan funciones públicas, cuando la seguridad y el
patrimonio de
las comunidades está en riesgo.

Pero, para ello, deben estar inscritas en un registro
sistematizado que, a tal efecto, llevará cada
Alcaldía.

Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación
nacional que regula la participación ciudadana, las organizaciones
contraloras tienen deberes y obligaciones
específicas, que se detallan en el Artº 273 de la
LOPPM.

¿Quién elige a los miembros del
Órgano de Control?
Los miembros de esta instancia son
elegidos por la Asamblea Local de Voceros.

¿Cuáles son los requisitos para ser
miembro del Órgano de Control?
Para ser miembro del
órgano de Control, se requiere:

  • Ser honesto
  • Ser habitante de la comunidad
  • Ser mayor de edad
  • Tener solvencia moral
    acreditada
  • Disposición y tiempo para
    ejercer un control efectivo y oportuno
  • Compromiso con los mandatos del Consejo
    Comunal
  • Conocimiento de control y
    evaluación
  • Capacidad observadora y sentido
    crítico

Comités de
Trabajo

¿Qué es un Comité de
Trabajo?
Es un grupo de personas que conoce el trabajo a
realizarse durante la ejecución de un proyecto. Por
ejemplo: si hablamos de un proyecto industrial apícola, el
Comité debe estar integrado por personas que saben de
apicultura,
cultivo integral, horticultura, viveros, plantas
procesadoras, embotellado, etc.

¿Quiénes integran el Comité de
Trabajo?
El Comité de Trabajo está formado por
los miembros del Consejo Comunal que participan directa o
indirectamente en un determinado proyecto. Sin embargo, pueden
sumarse voluntariamente al Comité, aquellos miembros del
Consejo que, sin participar en el proyecto, conocen la
materia de ese proyecto, por lo que su colaboración es
valiosa. Tal es el caso de profesores y profesionales jubilados,
técnicos, expertos, etc.

¿Cuántos miembros integran un
Comité de Trabajo?
El número de integrantes del
Comité depende de la magnitud del proyecto. Por ejemplo,
para el caso de una planta camaronera, el Comité
deberá tener miembros conocedores de albañilería, pesca,
movimiento de tierras, administración, relatoría,
coordinación, procesamiento de alimentos,
electricidad,
mecánica, biología marina,
tecnología
alimentaria, transcripción, diseño
gráfico, etc.

Como sugerencia, se detallan algunas
especialidades:

  • Comité de Salud
  • Comité de Tierras
  • Comité de Protección
    Social
  • Comité de Economía
    Popular
  • Comité de Cultura
  • Comité de Seguridad Integral
  • Comité de Industrias
    Ligeras
  • Comité de Desarrollo
    Turístico
  • Comité de Desarrollo
    Agrícola
  • Comité de Alimentación
  • Comité de Deportes
  • Comité de Energía
  • Comité de Pesca y acuicultura
  • Comité de Saneamiento Ambiental,
    etc.

¿Qué hacen los Comités de
Trabajo?
El Comité planifica, redacta, sustenta,
controla y realiza un determinado proyecto
comunitario.

Eso significa, que en cuanto la Asamblea Local de
Voceros sugiere un determinado proyecto, inmediatamente debe
formarse un Comité de Trabajo para ese
proyecto.

De ese grupo humano, deberían trabajar en el
proyecto, aquellos que están desocupados, para ir
solucionando de esa manera el problema del desempleo.

¿Cada cuanto tiempo se reúnen los
Comités de Trabajo?

Se reúne cuantas veces sea necesario, para lograr
un verdadero y óptimo control del desarrollo del
proyecto.

¿Cómo se paga el trabajo de los
miembros de un Comité?
La mayoría de los
miembros de un Comité de Trabajo – hay veces la
totalidad -, ejecutan labores directas en el proyecto como
electricistas, plomeros, administradores, técnicos,
contadores, laboratoristas, mecánicos, etc.

Sin embargo, cada proyecto debe presupuestar costos para
uso del Comité de Trabajo, que necesita hacer uso de
Internet
constantemente, papelería, fotocopiado, planos, movilidad,
interconsulta profesional, viáticos, etc.

¿Qué ocurre cuando en una comunidad no
hay especialistas?
Simplemente se convoca a una Mesa
Técnica.

También existe la posibilidad de que cada
Alcaldía cuente con una Mesa Técnica Permanente,
tal como lo anunciara el propio Presidente de la República
en febrero ppdo.

También se puede recurrir a entidades como el
CLPP, Inapesca, UDO, Milco, Minep, PDVSA, Cooperativas de
Asesoramiento Empresarial, Fundacomún, INCE, etc., para la
búsqueda de asesoría.

¿Cómo se convoca una Mesa
Técnica?
De acuerdo a las instrucciones del Ejecutivo
Nacional, debemos evitar los nombramientos a dedo. De tal manera,
que la Asamblea Local de Voceros, debe encomendar al
Órgano Ejecutivo para que aperture un concurso de
profesionales, los mismos que deben presentar sus
currículos para que estos sean cuidadosamente
estudiados.

¿Cuántos integrantes debe tener una
Mesa Técnica?
No es una cantidad rígida, ya que
depende del tipo de proyecto que se aborda; por ejemplo: si se
trata de diseñar una planta procesadora de pescado
ahumado, la Mesa Técnica tendrá un Ingeniero
pesquero, un ingeniero civil, un ingeniero industrial, un
técnico de alimentación y un
Coordinador General. Opcionalmente, las Mesas Técnicas
tienen una transcriptora y un encargado de la búsqueda de
datos en
Internet.

VINCULACIÓN INSTITUCIONAL DE LOS CONSEJOS
COMUNALES

Alcaldía y Consejo Comunal

¿Qué vinculo existe entre
Alcaldía y Consejo Comunal?
La Ley Orgánica del
Poder
Público Municipal, en su Artº 113, señala que
el Alcalde en su carácter de Presidente del Consejo Local de
Planificación Pública, tiene que promover la
conformación de los Consejos Comunales en todas las
parroquias de su Municipio.

Se reafirma en el Artº 4 de la misma Ley: la
Alcaldía debe "impulsar y promover la participación
ciudadana, en el ejercicio de sus actuaciones".

Por tanto, es competencia de la
Alcaldía el gobierno y la administración de los
intereses propios de la vida local, la gestión de las
actividades y servicios que requiera la comunidad.

De la misma manera, tiene la facultad de organizar el
funcionamiento de sus órganos y regular las atribuciones
de las distintas entidades activas en su jurisdicción. En
consecuencia, debe tener una oficina destinada a la atención de los Consejos
Comunales.

Los municipios con vocación turística,
dictarán los planes locales de turismo para promover y
desarrollar esa actividad a través de los Consejos
Comunales. En esos planes se promoverá el desarrollo
turístico de aquellos lugares de interés
histórico, de bellezas naturales, recreativos y de
producción de artesanía, así como cualquiera
otra manifestación de interés
turístico.

El vínculo Alcaldía – Consejo
Comunal debe estimular permanentemente la creación de
empresas de
economía y producción social tales como
cooperativas, medianas empresas, plantas industriales, empresas
autogestionarias y cogestionarias, para crear puestos estables de
empleo bien
remunerado.

Los municipios y demás entidades locales
deberán favorecer – dice la LOPPM, en su Artº 260
– la constitución y desarrollo de las diversas
formas de organización de la sociedad,
destinadas a la defensa de los intereses colectivos.

Consejo Local de Planificación
Pública y Consejo Comunal

¿Qué vinculación existe entre
el Consejo de Planificación Pública y el Consejo
Comunal?
Los Consejos Comunales son instancias del Consejo
Local de Planificación Pública, que tendrán
como función
servir de centro principal para la participación y
protagonismo del pueblo en la formulación,
ejecución, control y evaluación de las políticas
públicas, así como para viabilizar las ideas y
propuestas que la comunidad organizada presente como
solución a sus problemas comunes.

La ordenanza del Consejo Local de Planificación
Pública deberá regular – dice el Artº
114 de la LOPPM – todo lo relativo a la integración, organización y
funcionamiento de los Consejos Comunales.

ALGUNAS DEFINICIONES
ÚTILES

Comunidad

¿Qué es comunidad? Es el grupo
humano que reside habitualmente en un espacio geográfico
determinado.

¿Cuáles son las
características de una comunidad?
En una comunidad,
los miembros que la componen deben:

  • Conocerse entre sí
  • Poder comunicarse fácilmente entre
    todos
  • Reunirse sin depender de transporte
  • Compartir una historia común,
    tradiciones, vivencias, costumbres, etc.
  • Utilizar los mismos servicios públicos;
    y,
  • Compartir problemas de índole
    económico, social, urbanístico, etc.

¿Cuáles son los problemas más
comunes de una comunidad?

  • El lento y desarticulado desarrollo político
    y cultural integral de sus miembros
  • La falta de proyectos para solucionar la escasez de
    vivienda
  • La falta de proyectos para mejorar los servicios
    públicos
  • El desorden social, la delincuencia y la
    corrupción
  • La falta de presupuestos participativos para obras
    colectivas
  • La falta de una contraloría social efectiva
    y organizada
  • El pobre conocimiento sobre Desarrollo
    Endógeno, Desarrollo Competitivo, Desarrollo Humano,
    Trabajo
    Social, Cooperativismo Revolucionario, etc.
  • El desempleo por la falta de industrias de
    transformación
  • La falta de Salas de Lectura,
    Infocentros, Centros de Convención, Laboratorios de
    Investigación, Educación Superior, etc.
  • La falta de educación, capacitación y adiestramiento en
    especialidades técnicas vinculadas a la
    producción pesquera, agraria, turística y
    minera.

Área vecinal

¿Qué entendemos por área
vecinal?
En parroquias grandes, es común la
existencia de los llamados "sectores" o "barrios". Esa
división da lugar a las áreas
vecinales.

Son pequeños espacios pertenecientes a una
parroquia, en los que natural y progresivamente se han ido
arremolinando costumbres, apellidos, fiestas patronales,
vínculos sociales, parentesco, etc. que han fortalecido
una vecindad comunitaria. Pueden ser de muy pocas familias (10,
20, 30), pero son las áreas donde mejor se componen y
funcionan los Consejos Comunales.

Densidad poblacional

La densidad poblacional es la cantidad
de individuos existentes en una población en relación con la
superficie en que habitan. Es un modo de reflejar la
abundancia, lo que, a su vez, nos indica el grado de
concentración de individuos en el territorio.

La densidad de
población tiene conexión con la capacidad de
carga o acogida del medio, ya que éste tiene una
capacidad más o menos concreta para albergar a un cierto
número de individuos sin que éstos sufran las
consecuencias negativas del hacinamiento y de la falta de
recursos. La densidad de población es, por tanto, un
parámetro fundamental en los análisis demográficos.

Espacios Territoriales

Desde el punto de vista territorial y
político-administrativo, la nación se organiza en Estados, Distrito
Capital,
Dependencias Federales y Territorios Federales. El territorio
se organiza en Municipios (Art. 16 de la CRBV)

El Municipio se organiza en parroquias y muchas
parroquias se dividen en sectores y sub sectores según
el número de habitantes. La experiencia muestra, sin
embargo, que la verdadera participación y
protagonismo del pueblo se da en espacios geográficos
menores. La gente ha venido identificando estos espacios
con el término de comunidad.

Mancomunidad

¿Qué es una mancomunidad? Es una
figura asociativa constituida en forma voluntaria por dos o
más municipios para la gestión de materias
específicas de su competencia.

¿Qué tiene que ver la mancomunidad
con los Consejos Comunales?
Cuando por razones de vecindad
– colindantes – dos Consejos Comunales o más
de diferentes Municipios, tienen que desarrollar proyectos
comunes, tienen que recurrir a la mancomunidad de ambos
municipios.

En tal caso, esa mancomunidad tendrá personalidad
jurídica propia y no podrá comprometer a los
municipios que la integran, más allá de los
límites establecidos en el convenio de
los Consejos Comunales suscribientes.

Parroquia

¿Qué es una parroquia? Las
parroquias y las otras entidades locales dentro del territorio
municipal son demarcaciones creadas con el objeto de
desconcentrar la gestión municipal, promover la
participación ciudadana y una mejor prestación de
los servicios públicos municipales.

Poder Popular

El Poder es la capacidad que tiene una persona, grupo
o sector social, para usar y disponer de recursos propios o que
se les ha encomendado.

Es la capacidad para realizar una idea y es el hecho
de tener la fuerza para
concretarla. Debe estar asistida por la conciencia
social, la conciencia política,
conciencia económica, conciencia ambiental y la
conciencia de seguridad y defensa.

EL ABC DE LOS CONCEJOS
COMUNALES

APÉNDICE
1

MODELO DE CITACIÓN PARA LA
PRIMERA CONVOCATORIA

Alcaldía del Municipio
Mariño

Oficina Municipal de Consejos
Comunales

CONVOCATORIA

Se hace saber a la comunidad, que el día
16 de abril próximo, se estará
realizando una Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de la
Parroquia El Paraíso, con el propósito
de darles toda la información necesaria par la
creación de nuestro Consejo
Comunal.

La reunión se llevará a cabo en
la Casa del Sr. Sebastián Madueño
Guerrero,
ubicada en la Calle Bolívar, No. 27, a las 3:00
p.m. (Hora exacta)

Nicolás Avendaño
López – Coordinador Provisorio

 

 

Alcaldía del Municipio
Mariño

Oficina Municipal de Consejos
Comunales

CONVOCATORIA

Se hace saber a la comunidad, que el día
16 de abril próximo, se estará
realizando una Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de la
Parroquia El Paraíso, con el propósito
de darles toda la información necesaria par la
creación de nuestro Consejo
Comunal.

La reunión se llevará a cabo en
la Casa del Sr. Sebastián Madueño
Guerrero,
ubicada en la Calle Bolívar, No.
27,
a las 3:00 p.m. (Hora exacta)

Nicolás Avendaño
López – Coordinador Provisorio

 

APÉNDICE 2

PLANILLA BÁSICA DEL CENSO POR
FAMILIAS

Consejo Comunal de:

1

Vocero responsable de esta planilla:

2

DATOS DE LA FAMILIA
___________________________________________________3

Dirección

Parroquia:

Calle: Casa No.

Sector:

Nombres y apellidos

Mayor de edad

Menor de edad

Manuel Jesús Henríquez
Visancio

X

 

Armenia Luzmila Gallardo Gómez

X

 

Luís Alberto Henríquez
Gallardo

X

 

Melanie Yuribi Henríquez
Gallardo

X

 

Rosaides Angélica Henríquez
Gallardo

 

X

Filomena Adelaida Henríquez
Gallardo

 

X

   
   
   

23

Abril

2006

_____________________________

Firma del Vocero Representante

  1. Nombre del Consejo Comunal, ejemplo: Consejo Comunal
    Mundo Nuevo
  2. Nombres y apellidos del Vocero de la familia, que la
    representará ante la Asamblea Local de
    Ciudadanos
  3. Apellidos de la familia censada, ejemplo: Familia
    Rodríguez Maraví

IMPORTANTE: Si en una casa hay más de una
familia, se llenará una planilla por cada familia
independiente, con Voceros totalmente diferentes.

En consecuencia, no puede un Vocero representar a
más de una familia.

APÉNDICE 3

SOLICITUD DE ASISTENCIA Y
ASESORA

Río Grande Abajo, 18 de abril de
2006

Señor

Luís Manuel Villegas

Alcalde del Municipio Mariño

Estado Sucre

De nuestra mayor consideración:

Para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
Especial de Consejos Comunales y siendo del interés de los
abajo firmantes, crear un Consejo Comunal en el Sector Río
Grande Abajo, recurrimos a usted a fin de solicitarle autorice a
la Oficina Municipal de Consejos Comunales de su Alcaldía,
para que nos preste el asesoramiento y capacitación necesarios en el más
breve plazo.

Para ello, hemos nombrado al ciudadano:

Juan Antonio de la Palma y Rengifo,

Cédula de Identidad No.
8.283.498

Telf. 0414.117.2798

Correo electrónico

como Coordinador de este evento, que será a
partir de este momento el encargado de servir de nexo entre su
Despacho y nuestra comunidad.

Le anticipamos nuestro agradecimiento, en nombre de la
comunidad.

Muy Atentamente,

Apellidos y nombres

C. I.

Firmas

   
   
   
   
   
   
   

 

APÉNDICE 4

Primera Instancia: Asamblea Local de
Voceros

ACTA CONSTITUTIVA DE CONSEJO
COMUNAL

Acta constitutiva del Consejo Comunal ___(Nombre del
Consejo)___________________

Hoy, veinticuatro de marzo del dos mil seis, siendo las
cuatro y treinta de la tarde, los ciudadanos y ciudadanas abajo
firmantes, debidamente identificados, pertenecientes a la
comunidad de Canta Claro, Sector Las Morochas, de la Parroquia El
Morichal, Municipio Mariño, Estado Sucre,
reunidos en Asamblea Local de Voceros, amparados por el
Artículo 70 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela y
considerando los principios de
participación y protagonismo en el Ámbito
Municipal, consagrado en los Artículos 62 y 168 de la
misma Carta Magna;
igualmente por el Artículo 8 de la Ley de Consejos Locales
de Planificación Pública y Artículo 112 de
la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, con el
objeto de conformar el Consejo Comunal (Nombre del Consejo), el
mismo que ha de servir de centro principal para la
participación del pueblo en la formulación,
ejecución, control y evaluación de las
políticas públicas, así como para viabilizar
las ideas y propuestas que la comunidad organizada presente ante
el Consejo Local de Planificación Pública, una vez
verificado el quórum que legitime esta
Asamblea.

Se ha convocado la presencia de veinte (20) Voceros, que
representan a las (20) veinte familias componentes de este
Consejo Comunal, los mismos que conforman la Asamblea Local de
Voceros
de este Consejo, y son los siguientes:

Nombres y Apellidos

C.I.

Familia

Firma

1

Ronald Manuel González Pacheco

8.934.523

González Barrios

 

2

Gregorio Augusto Llanos Matta

12.372.834

Llanos Barriga

 

3

Yuraisy Gilda Valladares
Mariño

11.238.231

Mariño Villegas

 

4

Adelaidis Miroslava Quetepe Villa

13.293.565

Quetepe Villa

 
     
     

18

    

19

    

20

Macaria Priscilia Avendaño
Quijada

9.737.939

Avendaño Rivas

 

APÉNDICE 5

Segunda Instancia: Órgano Ejecutivo del
Consejo Comunal

ACTA DE ASAMBLEA DEL CONSEJO LOCAL DE
VOCEROS

Hoy, veinticuatro de abril del año dos mil seis,
siendo las tres y treinta de la tarde, los ciudadanos y
ciudadanas abajo firmantes, debidamente identificados,
pertenecientes a la comunidad de Canta Claro, Sector Las
Morochas, de la Parroquia El Morichal, Municipio Mariño,
Estado Sucre, reunidos en Asamblea Local de Voceros, decidimos
dar cumplimiento al Punto Único de la Agenda, sobre el
nombramiento del Órgano Ejecutivo del Consejo
Comunal.

Luego de computado el quórum reglamentario, y
siendo éste legal, se acordó publicar el resultado
de las elecciones para Voceros componentes del Órgano
Ejecutivo de este Consejo, el mismo que se detalla a
continuación:

 

Nombres y Apellidos

C.I.

Cargo

1

Ana María Morales Cartujo

3.908.929

Vocera Principal

2

Rosario del Valle Trejo Vivas

 

Vocera Principal Suplente

3

Wenceslao Bello Agurto

 

Vocero Secretario

4

Anibal Aristimuño del Prado

 

Vocero Secretario Suplente

5

Gregoria Pajares de Hurtado

 

Vocera Contralor

6

Melquíades Benjamín Sosa
Ventura

Vocero Contralor Suplente

7

Vocero de Educación y Cultura

8

Vocero de Educación Suplente

9

Vocero Administrador

10

Vocero Administrador Suplente

11

Vocero de RRPP

12

Vocero de RRPP Suplente, etc.

13

14

15

16

No habiendo oposición al acto ni a los
nombramientos anunciados, se da por concluida la Asamblea a las
cinco y cuarenta de la tarde.

APÉNDICE 6

Tercera Instancia: Cooperativa de Ahorro y
Crédito

TAREAS BÁSICAS DE LA
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO

Tareas básicas

1. Solicitar taller de capacitación al
INCE o a la Alcaldía

2. Solicitar la reserva de nombre a Sunacoop
Güiria

3. Elaborar una síntesis curricular de los
asociados

4. Elaborar el Acta Constitutiva Estatutaria,
según formato anexo.

5 Elaborar un registro provisional de los
Aportes de los Asociados.

6. Registrar la Cooperativa en Sunacoop
Güiria

7. Adquirir los Libros Contables y
Sociales

8. Protocolizar los Libros de la
Cooperativa

9. Elaborar el Reglamento Interno

10. Adquirir equipos y muebles de
oficina

11. Reducir y elaborar diez fotocopias del Acta
Constitutiva

12. Obtener el RIF y NIT de la
Cooperativa

13. Solicitar el Balance de Apertura y Dictamen
a un Contador Colegiado

14. Obtener un correo
electrónico en Yahoo.es o Gmail.com

15. Registrarse al Sistema Nacional de
Contrataciones vía Internet

16. Presentar los Libros Contables al
SENIAT

17.Abrir una Cuenta Bancaria

18. Elaborar un Proyecto financiero
específico si es necesario.

19. Elaborar un Manual
de Normas
y Procedimientos

20. Diseñar e imprimir recibos,
papelería y formularios

21. Diseñar y encargar los
sellos

22. Obtener las solvencias del IVSS, INCE,
etc.

23. Emitir los certificados de
aportación

24. Diseñar e implantar el Plan de
Cuentas Contable

25. Registrarse en una Rueda de
Negocios

26. Obtener el Capital de
Trabajo de los proyectos comunitarios que
manejará

27. Presentar al Consejo Comunal el Plan de
Capacitación, etc.

APÉNDICE 7

SOLICITUD DE RESERVA DE
NOMBRE

Irapa, 23 de abril de 2006

Señores:

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE COOPERATIVAS

Presente.-

Por medio de la presente solicito, para su
reservación, la aprobación del nombre de la
siguiente Cooperativa:

  1. Cooperativa de Ahorro y Crédito La
    Financiera de Irapa
  2. Cooperativa de Ahorro y Crédito Los
    Emprendedores de Mariño
  3. Cooperativa de Ahorro y Crédito Los
    triunfadores del Oriente

de conformidad con lo establecido en Art. 14 de la Ley
Especial de Asociaciones Cooperativas, en concordancia con la
Resolución Nº 004, emanada de la Superintendencia
Nacional de Cooperativas en fecha 26/07/02, Publicada en Gaceta
Oficial Nº 37.503 de fecha 12 de Agosto del 2002.

OBJETO DE LA
COOPERATIVA

Ahorro, Crédito y
Financiera

SOCIOS (Nombres y
Apellidos)

C.I.

Firma Socios
Fundadores

1

2

3

4

5

 

 

DOMICILIO DE LA
COOPERATIVA

Calle La Libertad, No.
17, Sector El Pingüino, Monacal, Municipio Mariño,
Estado Sucre

Teléfono 0294 546 7587

Nombres, Apellidos y dirección del Socio
Solicitante

Crisóstomo Nicodemus Alfaro Vargas C.I.
11.231.344

Calle Punta Roma, Sector la
Palometa, Casa 96, Monacal, Municipio Mariño, Edo.
Sucre

Telf. 0414 087 3788

Autorizo a la Superintendencia Nacional de Cooperativas
a asignar un nombre si los anteriormente señalados ya
existen

___________________________________

Firma del Socio Solicitante

APÉNDICE 8

SÍNTESIS CURRICULAR DE LOS
MIEMBROS DE LA

COOPERATIVA DE AHORRO Y
CRÉDITO

Luzmila Desirée Valdespino
Sierra

 

DATOS DE IDENTIFICACIÓN:

Lugar y fecha de Nacimiento Edad

Estado. Civil: Dirección actual:

Cédula No. Teléfono: e-mail:

ESTUDIOS REALIZADOS:

Primaria

Secundaria

Superior

Títulos obtenidos:

COMPETENCIAS Y HABILIDADES:

 

EXPERIENCIA LABORAL

 

OTRAS EXPERIENCIAS

 

 

CURSOS REALIZADOS

 

 

APÉNDICE 9

Cuarta Instancia: Órgano de
Control

ACTA DE ASAMBLEA DEL CONSEJO LOCAL DE
VOCEROS

Hoy, veintinueve de abril del año dos mil seis,
siendo las tres y treinta de la tarde, los ciudadanos y
ciudadanas abajo firmantes, debidamente identificados,
pertenecientes a la comunidad de Miracielos, Sector Las Cucardas,
de la Parroquia Samurai, Municipio Mariño, Estado Sucre,
reunidos en Asamblea Local de Voceros, decidimos dar cumplimiento
al Punto Único de la Agenda, sobre el nombramiento del
Órgano de Control o Unidad de Contraloría Social
del Consejo Comunal.

Luego de computado el quórum reglamentario, y
siendo éste legal, se acordó publicar el resultado
de las elecciones para Voceros componentes del Órgano de
Control de este Consejo, el mismo que se detalla a
continuación:

 

Nombres y Apellidos

C.I.

1

Ana María Morales Cartujo

 

2

Rosario del Valle Trejo Vivas

 

3

Wenceslao Bello Agurto

 

4

Anibal Aristimuño del Prado

 

5

Gregoria Pajares de Hurtado

 

6

Melquíades Benjamín Sosa
Ventura

 

No habiendo oposición al sufragio
realizado y a los nombramientos anunciados, se da por concluida
la Asamblea, a las cuatro y cuarenta de la tarde.

Alcalde: Luís Manuel Villegas

 

 

Autor:

Prof. José Alfredo Ávila Vega

Diagramación, arte y
transcripción:

Prof. José Alfredo Ávila Vega

Edición: Marzo de 2006

Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre,
Venezuela

Impreso en Venezuela

Teléfonos: 0294 4165405

0414 1165439

Correos:

 

LUÍS MANUEL VILLEGAS

PROF. JOSÉ ALFREDO ÁVILA
VEGA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

ALCALDÍA DEL MUNICIPIO
MARIÑO

Centro de Investigación y Publicaciones de la
Alcaldía

IRAPA – ESTADO SUCRE

Partes: 1, 2
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