1.-Introducción:
La privatización de la salud puede estarnos conduciendo a una casi absoluta mercantilización de la salud, la enfermedad y la vida humana. Ejemplo de ello, entre otros, es el relativamente reciente fenómeno de surgimiento de un mercado de órganos y sangre humana. En el mundo actualmente han comenzado a surgir poderes compradores de órganos humanos. Hay muchas ciudades donde desaparecen niños por algunos días y posteriormente reaparecen pero con señales visibles de haber sido sometidos a alguna forma de cirugía que les ha extraído algún tipo de órgano. De esto se sabe por aquellos que reaparecen, pero cuántos casos habrá de los cuáles ni siquiera se sabe porque los niños no reaparecen. Si esto ocurre, es porque existen compradores y consumidores de ese tipo de productos: ¡órganos humanos robados a otros seres humanos, en particular niños!
Obviamente dada la gravedad legal y moral de este tipo de actos, alguien debe estar pagando muy bien para que haya quienes corran el riesgo de realizar la extracción (cirugía) y el tráfico de órganos humanos.
2.-¿Qué hace viable el mercado de trasplante de órganos?
El pilar fundamental para desarrollar con éxito un programa de trasplante de órganos, es la existencia paralela de un sistema efectivo de Generación de Donantes. El Desarrollo de los diferentes programas de Tx de órganos depende fundamentalmente de la disponibilidad suficiente de donantes en los centros hospitalarios, a lo cual se suman dos aspectos que hacen a su viabilidad: la demanda de órganos y la infraestructura física y técnica adecuada.
*En el mercado de el trasplante de órganos es viable por :
1. La Solidaridad de
la población
2. La existencia del Banco Nacional
de Órganos y Tejidos.
3. La existencia del Fondo Nacional de Recursos que
financia desde el momento en que el órgano va a ser
trasplantado a los pacientes que así lo necesiten.
4. La existencia de equipos clínicos
capacitados.
*La infraestructura física y técnica adecuada tiene una limitante, que es el costo económico a que de lugar: sin embargo existen dos claras motivaciones que las pueden solucionar:
3.1 Argumentos éticos: El argumentario ético de los neoinquisidores es más bien variado y casuístico. No existe un auténtico corpus teórico –más allá de ancestrales prejuicios– que justifique la prohibición de la venta de órganos. Ya hemos visto que tanto la Ley como Cruz Roja señalan que la donación no puede estar sometida al ánimo de lucro. Pero no se explica ni se razona por qué. Yo, por mi parte, intentaré explicar y reconsiderar las, a mi juicio, tres grandes líneas argumentales en contra de la venta de órganos.
La primera señala que el ser humano no es plenamente propietario de su cuerpo, por lo que no estaría legitimado para vender partes del mismo. Podemos denominarla "tesis religiosa": la vida –y por tanto nuestro cuerpo– procede de Dios y resulta indisponible a los seres humanos.
La segunda apunta que vender órganos mancilla el acto puramente caritativo de la donación voluntaria y solidaria. Podríamos denominarla "tesis virgiliana", pues considera inmoral en sí mismo el ánimo de lucro –la auri sacra fames–. La donación de sangre y órganos vendría a ser una decisión tan trascendente e importante que no puede pedirse contraprestación por ella.
El último argumento se correspondería con la tesis socialista. Para el socialismo, los órganos de todos los individuos de la sociedad pertenecen a la colectividad. Así, resulta inmoral que alguien cobre un precio por algo que realmente no le pertenece. Por lo demás, un mercado de órganos podría suponer que los ricos se adelantaran a los pobres en la recepción, cuando todos los seres humanos tienen un igual derecho a aquellos.
3.2 Argumentos económicos: Agotados los pretextos éticos, los neoinquisidores recurren a los económicos. Primero sostienen que nadie estará especialmente interesado en vender órganos vitales, dado que una condición para poder disfrutar de la contraprestación es estar vivo. Esto es simplemente falso. Una persona podría contratar con otra (o con una empresa) la venta de sus órganos para el momento de su fallecimiento.
En ese sentido, cabrían dos opciones: entregar el montante pactado a la familia (para ayudarle a sobreponer las cargas de la muerte) o adquirir el valor presente de la suma de dinero futuro esperada por la venta del órgano en el momento de la muerte, esto es, una especie de mercado de futuros de órganos (en concreto, se trataría de un contrato sometido a término).
Pero los beneficios serían incluso más espectaculares en el caso de la sangre o de órganos no vitales, como los riñones. Casi todo el mundo puede prescindir de un riñón, o vender sangre regularmente. Las variaciones de precios conseguirían una completa satisfacción de las necesidades. No en vano muchos consideraron pertinente incluir el esperma entre las "res extra commercium"; afortunadamente no se hizo, y hoy nadie puede hablar de desabastecimiento en los bancos de semen. Lo mismo ocurriría con la sangre y el resto de órganos.
En segundo lugar, los neoinquisidores argumentan que la venta de órganos desataría un alud de criminalidad encaminada a hacerse con los órganos de los menores del Tercer Mundo. Los niños, sostienen, serían mutilados por sus órganos. La entidad de este argumento es equivalente a señalar que la existencia de la propiedad privada estimula el robo. Un delito es siempre un delito, por tanto tales acciones deberían ser rápidamente perseguidas (a no ser que hubiera mediado consentimiento por parte del niño para vender alguno de sus órganos no vitales).
Además, hay que tener presente que, paradójicamente, si semejante mercado pudiera existir los incentivos serían mucho mayores en la actualidad. De hecho, se calcula que el precio medio de un órgano en el mercado negro ronda los 125.000 dólares. Una despenalización de la venta posibilitaría una reducción sustancial del precio y una reducción de los incentivos. Sólo es necesario recordar que la abolición de la Ley Seca terminó casi por completo tanto con las mafias como con la corrupción policial.
Pero es que resulta materialmente imposible acudir al Tercer Mundo con un bisturí y arrancar órganos de manera criminal. Tales operaciones necesitan de centros médicos especializados y de numerosas medidas de conservación del órgano. Ninguna empresa adquiriría órganos en mal estado traídos desde la lejana África o Sudamérica. Estamos ante leyendas urbanas de escasa sustancia.
La cirugía ha sufrido una evolución, que comenzó con la extracción de los tumores (tipo cardiovascular, tipo reparador), y finalmente llega aquella que ha generado tantos problemas, sobre todo a nivel tanto jurídico como ético y que se denomina sustitutiva
4.1 Antecedentes históricos: La realización de transplante de órgano mas antigua lo tiene el doctor Cartee, quien en 1902 invento la sutura vascular, aplicándola después al transplante de órganos, y unos años después el profesor Stich expuso en una conferencia el tema "transplante de Órganos mediante la sutura vascular
Este fue el primer peldaño de lo que se avecinaba, a saber el progreso científico y aplicación en otros órganos, esto se hizo evidente cuando en el año 1954 los cirujanos del Hospital "Ben Brigham de la ciudad de Boston, se realizo el primer transplante de riñón a tres gemelos esto para su tiempo, fue lo fue el primer paso para que se genere la inquietud de los juristas por dotar a la sociedad de leyes aplicables a tan delicado tema.
4.2 Antecedentes legislativos: La primera nación que redacto una ley especifica sobre trasplante de órganos fue África del sur, en 1952, la cual autorizaba los trasplantes de órganos de donantes con vida. Han seguido esta actitud Dinamarca, Checoslovaquia e Italia
El primer dispositivo legal que se dio en los EEUU fue el del estado de Massachussets, por el cual todas persona mayor de 21 años puede firmar, ante 3 testigos, una declaración, por medio de la cual hace donación de su cadáver y sus órganos, eliminando toda comercialización, y la posible creación de un mercado negro.
Ni los herederos ni los parientes mas cercanos podrán derogar esta voluntad escrita.
5.-Demanda y Oferta de Órganos:
Alrededor de un millón de personas esperan en todo el mundo un trasplante de órgano, aunque las intervenciones que se realizan anualmente sólo rondan las 80.000, según expuso el director de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT), Rafael Matesanz, con motivo de la clausura del simposio internacional Trasplante Global, celebrado en Madrid.
Esta "desproporción" entre la oferta y la demanda es especialmente patente en Asia donde, a pesar de albergar el 60% de la población, las donaciones de personas fallecidas sólo alcanzan el 2% y la donación entre vivos es la práctica imperante.
Esta cuestión, así como las nuevas líneas de trabajo que se desarrollan en Estados Unidos para solventar la escasez de órganos, el papel del xenotrasplante, la lucha contra el tráfico ilegal de órganos y la colaboración de España con el resto de países, han sido algunos de los asuntos que se han abordado en el encuentro, en el que se han dado cita expertos de los cinco continentes en materia de donación y trasplantes.
Asimismo se analizó la cooperación de España con Latinoamérica, o la nueva ley sobre trasplantes promulgada en China hace unos días, que intenta detener en ese país la venta de órganos procedentes de personas vivas o ejecutados. También se ha estudiado el caso iraní, que ha instaurado un sistema de pago a los donantes vivos de riñón, regulado por el Estado, en hospitales previamente autorizados y canalizado a través de organizaciones no gubernamentales, explicó el Dr. Matesanz, para quien estas prácticas "chocan con nuestra mentalidad y concepción ética, pero en determinados países funcionan".
En cuanto a las medidas adoptadas por la OMS para frenar el tráfico ilegal, destacó que trata de evitar el llamado "turismo del trasplante" y añadió que la transparencia es una palabra clave en este campo. El Dr. Matesanz añadió que "si no se ayuda a desarrollar programas de donación altruista, al modo de España, el peligro de comercialización de órganos es real y se puede ir extendiendo". "Es un problema global que requiere soluciones globales", añadió y destacó la importancia de que la OMS se haya implicado en este tema.
El coordinador de la ONT advirtió que los avances científicos también han abierto la puerta a la comercialización de órganos, ya que tan solo es necesaria la compatibilidad del grupo sanguíneo para garantizar la buena evolución del trasplante. En cuanto a los asesinatos para conseguir órganos, dijo que se trata de "un mito urbano" y añadió que "no hay un solo caso demostrado".
6.1 La ONT:
La Organización Nacional de Trasplantes (O. N.
T) es un organismo coordinador de carácter técnico, perteneciente al
Ministerio de Sanidad y Consumo,
encargado de desarrollar las funciones
relacionadas con la obtención y utilización
clínica de órganos, tejidos y células.
Su estructura se
basa en una organización reticular a tres niveles:
Coordinación Nacional, Coordinación
Autonómica y Coordinación Hospitalaria.
Para llevar a cabo dichas funciones actúa como una unidad
técnica operativa, que siguiendo los principios de
cooperación, eficacia y
solidaridad, cumple con su misión de
coordinar y facilitar las actividades de donación,
extracción, preservación, distribución, intercambio y trasplante de
órganos, tejidos y células en el conjunto del
Sistema Sanitario Español.
La ONT actúa como agencia de servicios para
el conjunto del Sistema Nacional de Salud, promoviendo el
incremento continuado de la disponibilidad de órganos,
tejidos y células para el trasplante. Garantiza la
más apropiada y correcta distribución de acuerdo al
grado de conocimientos técnicos y a los principios
éticos de equidad que
deben presidir la actividad trasplantadora.
Su principal objetivo es
por tanto la promoción de la donación altruista
con el único fin de que el ciudadano español que
necesite un trasplante tenga las mayores y mejores posibilidades
de conseguirlo.
6.2 La OMS:
La Organización Mundial de la Salud, el organismo de las Naciones Unidas especializado en salud, se creó el 7 de abril de 1948. Tal y como establece su Constitución, el objetivo de OMS es que todos los pueblos puedan gozar del grado máximo de salud que se pueda lograr. La Constitución de la OMS define la salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.
La 192 Estados Miembros de la OMS gobiernan la Organización por conducto de la Asamblea Mundial de la Salud. La Asamblea está compuesta por representantes de los Estados Miembros de la OMS. Los principales cometidos de la Asamblea Mundial de la Salud son aprobar el programa y el presupuesto de la OMS para el siguiente bienio y decidir las principales cuestiones relativas a las políticas.
6.3 La OPS:
La Organización Panamericana de la Salud (OPS) es un organismo internacional de salud pública con 100 años de experiencia dedicados a mejorar la salud y las condiciones de vida de los pueblos de las Américas. Goza de reconocimiento internacional como parte del Sistema de las Naciones Unidas, y actúa como Oficina Regional para las Américas de la Organización Mundial de la Salud. Dentro del Sistema Interamericano, es el organismo especializado en salud.
La OPS promueve la estrategia de atención primaria de la salud como una manera de extender los servicios de salud a la comunidad y aumentar la eficiencia en el uso de los escasos recursos. Colabora con los países en la lucha contra enfermedades que han reaparecido, tales como el cólera, el dengue y la tuberculosis, y enfermedades nuevas como la epidemia del sida que se está propagando. Para ello presta cooperación técnica que incluye actividades educativas y de apoyo a la comunicación social, al tiempo que promueve el trabajo con organizaciones no gubernamentales y respalda los programas de prevención de enfermedades transmisibles. La Organización también participa en la prevención de enfermedades crónicas como la diabetes y el cáncer, que afectan cada vez más a la población de los países en desarrollo en las Américas.
Al incrementarse la demanda, la recolección de órganos humanos, movilizada por la falta de dinero o la compasión, plantea dilemas éticos
8.-Compraventa de Órganos Humanos:
Los contratos
corporales a título gratuito no presentan mayores
problemas de aceptación en el ámbito legislativo y
doctrinario, los negocios
jurídicos sobre componentes anatómicos en los que
medie algún tipo de contraprestación
económica por el órgano cedido, representan un
punto sobre el cual las opiniones se encuentran divididas.
Un sector importante de la doctrina se opone radicalmente a que
haya retribución económica en este tipo de
contratos, argumentando que el ser humano, vivo o muerto, es res
extracommercium, razón por la cual no existe un derecho de
propiedad tradicional, ni sobre los órganos en vida,
ni sobre el cadáver. En consecuencia, cualquier contrato
corporal en el que se estipule una compensación
patrimonial por el órgano cedido, será declarado
nulo y sin efectos civiles por estar fundado en objeto
ilícito, en la medida en que las prestaciones
que de él se derivan son prohibidas por la ley, y
adicionalmente porque el cuerpo humano
está fuera del comercio.
Según Alvarez Correa , "por razones de orden
público se considera fuera del comercio la persona y su
integridad física, aunque son lícitos los contratos
de lactancia".
Otro sector doctrinario estima que se deben considerar
jurídicamente válidos los contratos corporales a
título oneroso, en los cuales el objeto de la
prestación sean órganos o miembros que no
imposibiliten ni menoscaben el normal, pleno e interrumpido
funcionamiento del organismo humano para llevar una vida normal.
De esta forma el hombre
podría vender adecuada y racionalmente parte de su sangre,
de sus tejidos o un riñón porque, aunque reciba un
beneficio económico, con ello está contribuyendo a
mitigar el dolor de otro ser humano, lo cual legitima el acto.
Cuando los negocios jurídicos de disposición sobre
el cuerpo entrañen una disminución permanente de la
integridad física o sean de otro modo contrarios a la ley,
al orden público o a las buenas costumbres, serán
declarados absolutamente nulos y por lo tanto no exigibles
jurídicamente.
Los contratos corporales onerosos sobre cadáveres
también deben permitirse, según esta teoría,
ya que socialmente es mucho más importante la posibilidad
de salvar una vida humana que los conceptos atávicos de
sacralidad de la muerte o intangibilidad del cuerpo humano sin
vida.
"En síntesis,
esta doctrina señala que las transacciones onerosas sobre
órganos deben ser consideradas lícitas, siempre que
tengan como finalidad salvar una vida ; porque cualquier cosa que
se haga en este sentido, debe ser jurídicamente
viable".
Personalmente compartimos esta última posición,
aunque sin dejar de reconocer que son los matices culturales e
históricos de cada colectividad los que en un momento dado
ensanchan o reducen el radio de validez
de los negocios jurídicos corporales a título
oneroso.
9.-Actividad Económica –Ilegal de Órganos:
Lo que hace posible pensar en actividades
ilícitas alrededor del trasplante de órganos es la
antigua pero creciente diferencia de posibilidades entre los
ricos y los pobres. Esta es la opinión de R. Matesanz,
conocido en todo el mundo como el padre del exitoso "Modelo
Español" de donación y trasplantes. Según
él, tres condiciones se encuentran en el origen y las
consecuencias del comercio de órganos:
• una creciente demanda de órganos para
trasplante,
• unas posibilidades científicas en constante
desarrollo,
• una comunidad global cada vez menos propensa al acto
solidario de donar,
• y unas tasas de procuración de órganos en
franca declinación
Esta situación es actualmente conocida como penuria de órganos para trasplante. "No hay órganos para todos -dice el español- luego los ricos hacen todo lo posible por conseguirlos a costa de lo que sea." (*) Esto, sumado a la desconfianza de la gente en los mercados, hace el resto para que la donación decline. Se desconfía que "el probablemente mayor acto de generosidad de un ser humano (la donación de su cuerpo) vaya a contribuir al mantenimiento de un sistema injusto e inhumano", redondea Matesanz.
El comercio con órganos y tejidos, si bien
existen y no pueden negarse actividades reñidas con la
legalidad y la
solidaridad, hay que deslindar muy bien los términos y los
conceptos. Bajo el nombre genérico de tráfico
de órganos se agrupan hechos reales y ficticios, que
han pasado a componer un mito social. Una construcción de sentido negativo en la
conciencia de la
comunidad, que a muchos les impide dar curso a una natural
tendencia a ayudar a otros, donando sus órganos para luego
de su muerte. De toda esa mitología el español rescata como
posible -y a veces comprobable- tres actividades ilegales:
• Compraventa de riñones
• Obtención criminal de órganos
• Tráfico de tejidos
En todos los casos, su posibilidad depende de la existencia o no de legislaciones nacionales fuertes y claras. En la Argentina, por ejemplo, la Ley Nacional 24193, sobre donación e implantes, constituye un verdadero resguardo para impedir, en especial, la primera de estas actividades ilegales. El avance de la ciencia ha hecho que los riñones puedan ser donados en vida e implantados a una persona enferma. En ese país como en casi todos, esto sólo puede darse entre personas que tengan un vínculo familiar estrecho, lo cual hace imposible el comercio.
El mayor de todos los miedos -y mitos- sociales es el del rapto de personas y posterior ablación de los órganos de la víctima, en especial de niños. Pero, ¿por qué especialmente los niños? Es un hecho que varios miles de pequeños desaparecen de su entorno familiar cada año, sin que se sepa luego su destino. Sin embargo, estas desapariciones responden en realidad a otras formas del delito, efectivamente denunciadas y a veces comprobadas, y no al tráfico de órganos. Se trata más bien de ventas a familias de países desarrollados que de otra manera no pueden obtener un pequeño para la adopción. La transacción puede ser directa, es decir, realizada por los padres de los pequeños. O pueden intervenir bandas criminales en las cuales frecuentemente participan funcionarios judiciales.
Según Matelanz "nunca, en ningún lugar del mundo, ha podido demostrarse un solo caso ejemplificador" de aquella forma criminal de obtener órganos por rapto.
9.1.-Características del Mercado Ilegal de Órganos:
Existe un notorio incremento de la demanda en el mercado ilícito de órganos vitales, en el cual la oferta es escasa por que no es recurso fácil de conseguir, debido a esta situación los ofertantes aprovechan la necesidad de los demantantes para ofrecer precios elevados por que es un mercado donde hay pocos vendedores.
Mientras se incrementen los donantes de órganos vitales , la demanda en el mercado ilícito se reducirá considerablemente y se evitaran vender estos órganos a costa de persona inocentes tales como niños y adultos asesinados y secuestrados con fines despreciables.
Evitemos que se siga lucrando con la vida humana.
11:-Bibliografia:
Shiomara Venegas Gutierrez
UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES
Facultad de Ciencias Administrativas y Relaciones Industriales
Escuela de Negocios Internacionales
Curso : Microeconomía
Ciclo: 2006 – III
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