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Normas Contables Adecuadas en el Uruguay. Decreto 162/2004. Su impacto en el trabajo del auditor (página 5)




Enviado por Dyana Fari�a



Partes: 1, 2, 3, 4, 5

Partes: 1,
2, , 4, 5

 

 

NIC 15

INFORMACIÓN PARA REFLEJAR
LOS

INFORMACIÓN PARA REFLEJAR
LOS EFECTOS DE

EFECTOS DE LOS CAMBIOS EN
LOS

LOS CAMBIOS EN LOS
PRECIOS

PRECIOS

No se Aplica

Obligatoria vigente 2004

Se aplica para reflejar el efecto de los cambios
de precios
sobre

la determinación del resultado de la
empresa y su poción

financiera. Se aplica a empresas
donde los niveles de ingresos,

activos, personal
empleado, sean significativos en el entorno

económico. Enfoque del poder
adquisitivo general: supone la

reexpresión de las partidas de los Estados
Contables en función

de los cambios en el nivel general de
precios.

Enfoque de costo
corriente: se usa el costo de reposición
como

base principal de medición.

Principal modificación vigente para los
ejercicios

Iniciados a partir del 01.01.05: Se deroga
la NIC
15.

 

 

 

 

 

 

 

NIC 16

CONTABILIZACIÓN DE
PROPIEDAD

PROPIEDADES PLANTA Y
EQUIPO

PLANTA Y EQUIPO

Obligatoria vigente 2004

Obligatoria vigente 1993

Propiedad planta y equipo son activos
tangibles de una empresa

Propiedad planta y equipo son activos tangibles
de

una empresa
para usar en la producción o

suministro de bienes y
servicios, para rentar a otros

o para propósitos administrativos, puede
incluir partidas

para mantenimiento o reparación de dichos
bienes.

El valor en
libros
debe ser su costo histórico o su

reevaluación.
Costo histórico: comprende precio
de compra y

cualquier otro costo atribuible a poner el activo
en

condiciones de uso.

Si el importe recuperable es menor que su valor
neto,

el valor neto en libro
debe reducirse a su importe

recuperable.
Cuando la propiedad planta y equipo se
revalúan,

debe hacerse sobre una base sistemática y
la misma

debe revelarse.

para usar en la producción o suministro de
bienes y servicios, para

arrendarlos a terceros o para propósitos
administrativos y se esperan

usar durante más de un período
contable.

Debe ser reconocido cuando es probable que se
obtengan beneficios

económicos futuros y su costo pueda ser
medido confiablemente.

Todo elemento que cumpla con las condiciones para
ser reconocido

debe ser medido inicialmente por su costo.
Medición posterior:

Tratamiento punto de referencia: debe ser
contabilizado a su costo de

adquisición menos la depreciación acumulada y el
importe

acumulado de pérdidas por deterioro del
valor que haya sufrido.

Tratamiento alternativo permitido: debe ser
contabilizado a su valor

revaluado (valor razonable en el momento de la
reevaluación) menos

la depreciación y el importe acumulado de
las pérdidas por deterioro.

La base depreciable debe ser distribuida de forma
sistemática sobre

los años que componen su vida
útil.

Se incorporan SIC 14 y SIC
23.

Principal modificación vigente para los
ejercicios iniciados

a partir del 01.01.05: Nueva
definición de valor razonable

(condición para su
registración)

 

NIC 17

 

CONTABILIZACIÓN DE LOS
ARRENDAMIENTOS

ARRENDAMIENTOS

Obligatoria vigente 1993

Obligatoria vigente 2004

 

La clasificación de arrendamientos se basa
en el

grado de en que los riesgos
y beneficios que se

derivan de la propiedad del activo arrendado
recaen

sobre el arrendador o el arrendatario.

Financiero: transfiere sustancialmente todos
los

riesgos y los beneficios de tener un activo, ya
sea

que ésta sea o no transferida.

Operativo: Cualquier arrendamiento que no
sea

financiero.
Se definen los tratamientos contables para los

diferentes tipos de arrendamientos, tanto
para

arrendador como para arrendatario. Se define
la

información mínima a revelar en las
notas.

Se agregan indicadores adicionales de
clasificación para

permitir mejorar el proceso
de identificación de cada tipo de

arrendamiento.
Se sustituye el concepto de
"vida útil" por el de "vida

económica", teniendo en cuenta que un
activo puede ser

usado más de un usuario a lo largo de su
vida.

Se hace referencia a la necesidad de evaluar la
posibilidad

que los activos hayan sufrido
deterioro.

Se incorporan SIC 15 y SIC
27.

Principal modificación vigente para lo
ejercicios iniciados

A partir del 01.01.05

Exige reconocer por separado los arrendamientos de
terceros

y construcciones conjuntos cuando sea posible

NIC 18

 

RECONOCIMIENTO DE
INGRESOS

INGRESOS
ORDINARIOS

Obligatoria vigente 1993

Obligatoria vigente 2004

 

Bases para el reconocimiento de ingresos que
se

originan en el curso de las actividades
ordinarias:

venta de bienes, prestación de servicios y
uso por

terceros de bienes de la empresa que
producen

intereses, regalías, dividendos. La
venta de
bienes

se considera realizada cuando el vendedor
transfiere

al comprador los mas importantes riesgos y
beneficios

identificados con la propiedad. La
realización de la

prestación de un servicio
se mide mediante el método

del contrato
terminado o del grado de avance.

Intereses en base proporcional al tiempo
tomando

en cuenta al capital
y la tasa, Regalías en base a su

acumulado devengado de conformidad con los
términos

del contrato que le da origen y Dividendos cuando
el

derecho del accionista quede
establecido.

La empresa debe revelar información relativa a las

circunstancias en que haya diferido el
reconocimiento

de ingresos hasta que las incertidumbres
importantes

se hayan resuelto.

La norma no trata ingresos derivados de: contratos
de

arrendamiento financiero, dividendos producto
de inversiones

llevadas por el método de
participación, contratos de seguros

por compañías aseguradoras, cambios
en el valor razonable

de activos y pasivos financieros, cambios en el
valor de otros

activos corrientes, reconocimiento inicial y
cambio
en el valor

razonable de activos biológicos
reconocimiento inicial de los

productos agrícolas y extracción de
minerales
en yacimientos.

La medición de los ingresos ordinarios debe
hacerse

utilizando el valor razonable de la contrapartida,
recibida o

por recibir, derivada de los mismos.

A las condiciones ya vistas para el reconocimiento
de los

ingresos se agrega que los mismos puedan ser
medidos

confiablemente y que es probable que los
beneficios

económicos derivados de la
transacción fluyan hacia la empresa.
Se elimina el método del grado de avance para la
prestación de serv.

Se incorporan SIC 27 y SIC
31.

NIC 19

 

 

BENEFICIOS A LOS
EMPLEADOS

Obligatoria vigente 2004

 

 

La norma se aplica por los empleadores al
contabilizar

los beneficios de los empleados. Los beneficios de
los

empleados comprende los siguientes: beneficios
corto

plazo (sueldos, vacaciones), beneficios post
empleo

(pensiones, beneficios por retiro), beneficios
largo plazo

(ausencias remuneradas), beneficios por
terminación de

contratos, beneficios de compensación en
instrumentos

de capital.

Se obliga a la empresas a reconocer: un pasivo
cuando

el empleado ha prestado los servicios a cambio de
los cuales

se le crea el derecho de recibir pagos futuros y
un gasto

cuando la empresa ha consumido el
beneficio

económico procedente del servicio prestado
por el empleado

a cambio de los beneficios en
cuestión.

NIC 20

 

 

CONTABILIZACIÓN DE LAS
SUBVENCIONES DEL

GOBIERNO E INFORMACIÓN A
REVELAR SOBRE

AYUDAS
GUBERNAMENTALES

Obligatoria vigente 2004

 

 

Las subvenciones del gobierno, incluyendo las no
monetarias

por su valor razonable, no deben ser reconocidas
hasta que

no exista una prudente seguridad que la empresa
cumplirá

las condiciones asociadas a su disfrute y que se
recibirán

las subvenciones.

Cuando se relacionan con activos deben presentarse
en el

balance o como ingresos diferidos o como
deducciones del valor

de los activos con los que se
relacionan.

Se incorpora SIC 10

 

NIC 21

 

 

EFECTO DE LAS VARIACIONES EN LAS
TASAS DE

CAMBIO DE LA MONEDA
EXTRANJERA

Obligatoria vigente 2004

 

 

En cada fecha de balance las partidas monetarias
se valoran a

tipo de cambio de cierre, las partidas no
monetarias que se

contabilicen a su costo histórico deben ser
valoradas utilizando

el tipo de
cambio de la fecha de la transacción y las
partidas

no monetarias contabilizadas por su valor
razonable deben ser

valoradas utilizando el tipo de cambio del momento
que se

determinó el valor razonable.

Tratamiento punto de referencia: las diferencias
de cambio

surgidas en el momento de la liquidación de
los activos

monetarios o bien de la fecha de balance, se
reconocen como

ingresos o gastos
del período.

Tratamiento alternativo: si las diferencias de
cambio surgen por

una fuerte devaluación contra la que no hubo
cobertura,

afectando pasivos que no pueden ser liquidados y
que han surgido

de la compra de activos en moneda extranjera,
deben ser

incluidas como parte del importe en libros del
activo

correspondiente.

Se incorporan SIC 7 , 11, 19
y30

Principal modificación vigente para los
ejercicios iniciados

A partir del 01.01.05:

No se pueden activar diferencias de cambio
(elimina tratamiento

alternativo).

 

NIC 22

 

 

 

 

COMBINACIÓN DE
NEGOCIOS

 

 

Remplazada por la IFRS 3

Requiere que todas las combinaciones de negocios
se contabilicen

por el método de la compra. (se elimina el
método unión de

intereses).
El valor llave se deja de amortizar y se somete a test
de

desvaloración.

Se incorporan SIC 9, 22 y 28

NIC 23

 

 

COSTOS POR
INTERESES

Obligatoria vigente 2004 (Revisada en
1998)

 

 

Tratamiento punto de referencia: los costos
por intereses

deben ser reconocidos como gastos del
período en que se

incurre en ellos.

Tratamiento alternativo permitido: deben ser
reconocidos

como gastos del período en que se incurre
en ellos, salvo los

intereses que sean directamente atribuibles a la
adquisición,

construcción o producción de activos
que cumplan las condiciones

para su calificación (requiere
necesariamente de un

período sustancial de tiempo antes de estar
listo para su uso o

venta) que deben ser activados al costo de dichos
activos.

Se incorpora SIC 2.

NIC 24

 

 

INFORMACIONES A REVELAR SOBRE
PARTES

RELACIONADAS

Obligatoria vigente 2004 (reordenada en
1994)

 

 

Partes Relacionadas: empresa controlante,
controlada, control

conjunto empresas asociadas, individuos que posean
alguna

participación en el en el poder de voto de
la empresa que

informa de manera que puedan tener influencia
significativa,

personal clave de la gerencia, empresas en las que las

personas descritas anteriormente tengan
participación

sustancial en el poder de voto.

Si existe control
la identidad de las partes relacionadas
se

debe revelar aunque no se hayan producido
transacciones

entre las mismas.

Si se producen transacciones, la empresa que
informa debe

revelar la naturaleza de las relaciones, los tipos de
transacciones

y elementos necesarios para una comprensión
cabal de los

Estados Financieros.

Principal modificación vigente para los
ejercicios

iniciados a partir del 01.01.05:

Se amplía la definición de partes
relacionadas.

NIC 25

 

 

 Derogada y Sustituida por NIC 39 y NIC
40.

NIC 26

 

 

CONTABILIZACIÓN E
INFORMACIÓN FINANCIERA

SOBRE PLANES DE BENEFICIO POR
RETIRO

Obligatoria vigente 2004

 

 

Trata sobre el contenido de la información
contable a suministrar

por los planes de beneficio por retiro (planes de
pensiones,

sistemas complementarios de prestaciones por jubilación)
cuando

ésta se elabora y se presenta.

Planes de aportaciones: las cantidades a pagar
como beneficio

se determinan en función de las
cotizaciones del fondo y de

los rendimientos que el mismo haya
generado.

Planes de beneficios: las cantidades a pagar por
concepto de

beneficio se determinan por medio de una formula,
normalmente

basada en los salarios
de los empleados, años de servicio, o
ambas.

Información a revelar en planes de
beneficios: estado
de cambios

en los activos netos para atender beneficios,
resumen de las

políticas contables significativas y una
descripción del efecto

de cualesquiera cambios habidos en el plan
durante el período.

 

 

NIC 27

 

 

ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS
Y

CONTABILIZACIÓN DE
INVERSIONES EN SUBSIDIARIAS

Obligatoria vigente 2004

Toda controladora debe presentar Estados
Financieros

Consolidados.

 

 

Excepción: controladora que a su vez sea
subsidiaria participada

en su totalidad o prácticamente en su
totalidad por otra

controladora (en este ultimo caso siempre que
obtenga

consentimiento de los intereses minoritarios).
Deben revelar

las razones por las que no
consolidaron.

La controladora que confeccione Estados
Financieros

consolidados deberá incluir todas sus
subsidiarias ya sea

nacionales o extranjeras (se excluye cuando el
control es

temporal porque se ha adquirido y se mantiene con
vistas a su

venta en un futuro próximo, u opera bajo
fuertes restricciones

a largo plazo que menoscaban su capacidad de
transferir fondos

a la controladora).

Los intereses minoritarios deben presentarse en
los Estados

Consolidados separado de los pasivos del grupo y
del patrimonio

neto correspondiente a los propietarios de la
controladora.

También deben presentarse por separado en
la ganancia

neta consolidada.

Incorpora SIC 12 y 33.

NIC 28

 

 

CONTABILIZACIÓN DE
INVERSIONES EN

EMPRESAS
ASOCIADAS

Obligatoria vigente 2004

Método de la participación: la
inversión se registra
inicialmente

al costo, incrementando posteriormente su importe
en libros

para reconocer la parte que le corresponde al
inversionista en

las pérdidas o ganancias obtenidas, por la
empresa participada.

Método del costo: el inversionista registra
la inversión al costo de

adquisición y reconoce ingresos solo en la
medida que los recibe.

La inversión en una
empresa asociada debe contabilizarse en

los Estados Consolidados siguiendo el
método de la

participación salvo cuando el control es
temporal porque se ha

adquirido y se mantiene con vistas a su venta en
un futuro

próximo, u opera bajo fuertes restricciones
a largo plazo que

deterioran su capacidad de transferir fondos a la
inversora

(deben contabilizarse de acuerdo a NIC
39).

La inversión en una empresa asociada
contabilizada por el

método de participación deben
clasificarse como activos
fijos

y presentarse por separado en el
Estado de Situación. La
porción

del inversionista en las ganancias y
pérdida de tales inversiones

debe presentarse como partida separada en el
Estado de

Resultados.

 

 

Se incorpora SIC 3, 20 y
33.

NIC 29

 

 

INFORMACIÓN FINANCIERA EN
ECONOMÍAS

HIPERINFLACIONARIAS

Obligatoria vigente 2004

Ajuste integral a los Estados Financieros en
economías

Hiperinflacionarias.

Economía hiperinflacionaria: la población prefiere
mantener

su riqueza en activos no monetarios o en M/E, la
población

considera los importes monetarios en
términos de la M/E,

ventas y compras
a crédito con sobreprecio, tasa de
interés,

salarios y precios atados a un índice de
precios, tasa acumulada

de inflación de 3 años >
100%.

La reexpresión de los estados financieros
exige el uso de un

índice general de precios que refleje los
cambios en el

poder adquisitivo general de la moneda.

 

 

Se incorpora SIC 19 y 30.

NIC 30

 

 

INFORMACIÓN A REVELAR EN
LOS ESTADOS

FINANCIEROS DE BANCOS E
INSTITUCIONES

FINANCIERAS
SIMILARES

Obligatoria vigente 2004

 

 

El término banco
incluye a todas las entidades financieras que

tienen como actividad principal tomar
depósitos con el

objetivo de dar créditos o préstamos y
realizar inversiones, y

se encuentran bajo el ámbito de la
legislación bancaria.

Los bancos usan diferentes métodos contables para

reconocimiento y medición de los elementos
incluidos en sus

estados financieros.

Es necesario revelar las políticas contables relativas a
las

siguientes partidas: reconocimiento de ingresos,
valoración

de los títulos de la cartera de
inversión y de la cartera para la

venta, distinción entre transacciones que
dan fugara a

reconocimientos de activos y pasivos exigibles y
los que dan

lugar a contingencias y compromisos,
etc.

Todo banco debe presenta un estado de
resultados que agrupe

los ingresos y gastos por naturaleza, y que se
revele información

sobre los importes de los principales tipos de
productos y gastos.

Todo banco debe presenta un balance que agrupe los
activos y

los pasivos según su naturaleza, debiendo
ordenarlos de manera

que refleje su liquidez relativa.

NIC 31

 

 

INFORMACIÓN FINANCIERA DE
LOS INTERESES EN

NEGOCIOS
CONJUNTOS

Obligatoria vigente 2004

Los negocios conjuntos: tienen dos o mas
participantes ligados

por un convenio contractual y éste estable
el control conjunto.

Pueden tomar 3 formas: operaciones
controladas conjuntamente,

activos controlados conjuntamente, y
entidades

controladas conjuntamente.

 

 

Se incorpora SIC 13.

NIC 32

 

 

INSTRUMENTOS FINANCIEROS:
PRESENTACIÓN E

INFORMACIÓN A
REVELAR

Obligatoria vigente 2004

 

 

Instrumento financiero: contrato que da lugar
simultáneamente,

a un activo financiero en una empresa y a un
pasivo financiero

o instrumento de capital en otra
empresa.

Activo Financiero: efectivo, derecho contractual a
recibir

efectivo u otro activo financiero, derecho a
intercambiar

instrumento financieros con otra empresa en
condiciones

potencialmente favorables, o un instrumento de
capital de

otra empresa.

Pasivo Financiero: compromiso que supone
obligación

contractual de entregar dinero u
otro activo financiero a otra

empresa o de intercambiar instrumentos financieros
con otra

empresa en condiciones potencialmente
desfavorables.

Clasificación de instrumentos financieros
como componentes

del pasivo o del patrimonio neto, así como
clasificación

correspondiente de intereses, dividendos,
ganancias y pérdidas

relativas a los mismos.

Cuando puede darse compensación entre
activos y pasivos

financieros.
Revelación de información acerca de
instrumentos financieros.

Se incorpora SIC 5, 16 y
17.

NIC 33

 

 

GANANCIAS POR
ACCIÓN

Obligatoria vigente 2004

Se aplica por empresas cuyas acciones
cotizan públicamente,

 

 

o que están en proceso de emitir acciones o
potenciales

acciones ordinarias en mercados
públicos de valores.

También se aplica para empresas que no
tengan acciones

que coticen en mercados públicos pero
revelan en su

información financiera las cifras de
ganancia por acción.

Ganancia por acción básica:
ganancias o perdías atribuibles a

los accionistas ordinarios sobre numero medio
ponderado de

acciones en circulación.

Ganancia por acción diluida: importe de la
ganancia neta

atribuible a los accionistas ordinarios sobre
numero medio de

acciones en circulación ajustados por todos
los efectos dilusivos

inherentes a las acciones potenciales
ordinarias.

La empresa debe presentar la ganancia por
acción tanto en su

versión básica como diluida en el
cuerpo principal del estado

de resultados, para cada clase de
acción ordinaria que

tengan diferentes derechos en
lo que se refiere al reparto de

la ganancia neta.

Se incorpora SIC 24.

 

 

INFORMACIÓN FINANCIERA
INTERMEDIA

 

Obligatoria vigente 2004

 NIC 34

 

 

Define el contenido mínimo de la
información financiera

intermedia incluyendo tanto estados contables
como

información a revelar y se describen los
principios
contables

relativos al reconocimiento y a la medición
que deben aplicarse

en la información financiera
intermedia.

Contenido mínimo: balance. condensado,
estado de

resultados condensado, estado de flujos de
efectivo condensado,

estado de cambios en el patrimonio condensado y
notas

explicativas seleccionadas.

Las notas a la información intermedia
incluirán

fundamentalmente una explicación de los
sucesos y

variaciones significativas para la
comprensión de los cambios

en la posición financiera y en el
rendimiento de la empresa.

 

 

OPERACIONES EN
DISCONTINUACIÓN

 

Obligatoria vigente 2004

NIC 35

 

 

La norma no establece ningún criterio nuevo
para decidir

cuando y como reconocer y medir los ingresos,
gastos, flujos

de efectivo y cambios en activos y pasivos que se
relacionen

con una operación en
discontinuación. Exige que la empresa

siga las políticas de otras
NIC's.

La información a revelar incluye:
descripción de la operación

en discontinuación, segmentos del negocio
en que esté incluida

la información correspondiente a la misma,
fecha y naturaleza

del suceso que ha provocado la
discontinuación, valores contables

de los activos y pasivos que serán
enajenados a terceros,

calendario en que se espera concluir la
interrupción.

 

 

 

DETERIORO DEL VALOR DE LOS
ACTIVOS

 

Obligatoria vigente 2004

NIC 36

 

 

Se debe evaluar en cada cierre de balance , si
existe algún indicio

de deterioro del valor de los activos (activo
individual o

unidad generadora a la que pertenece)

Se deben considerar las siguientes
circunstancias:

Fuentes externas: si el valor de mercado
ha disminuido, si tuvo

lugar o tendrán en el futuro cambios
significativos al entorno

legal, económico, tecnológico o del
mercado. Si hay cambios

en las tasas que afecten la tasa de descuento
utilizada para calcular

el valor de uso del activo, si el importe en
libros es mayor.

Fuentes internas: Evidencias sobre la obsolescencia o
deterioro

físico del activo, cambios en la manera que
se usa, rendimiento

económico del activo.

 

NIC 37

 

 

PROVISIONES, ACTIVOS
CONTINGENTES Y

PASIVOS
CONTINGENTES.

Obligatoria vigente 2004

 

 

Provisión: pasivo en el que existe
incertidumbre acerca de su

cuantía o vencimiento. Se debe reconocer
una provisión cuando:

la empresa tiene una obligación presente
como resultado de un

suceso pasado, es probables que la empresa tenga
que

desprenderse de recursos
y puede hacer una estimación fiable

del importe de la obligación.

Reconocimiento: la obligación no tiene que
tener una forma legal

para ser reconocida, esta prohibida la
provisión para futuras

pérdidas operativas salvo excepciones,
provisión por costos

de reestructuración solo se puede reconocer
si se cumplen

ciertas condiciones.

Pasivos contingentes de deben revelar
únicamente y no se

reconocen activos contingentes.

NIC 38

 

 

ACTIVOS
INTANGIBLES

Obligatoria vigente 2004

 

 

Condiciones para su reconocimiento: controlado por
la

empresa, beneficio económico futuro para la
entidad,

costo del activo medido en forma fiable,
generalmente

adquirido a terceros.

No admitidos como activos: generados
internamente,

gastos de investigación, gastos de puesta en
marcha,

gastos de formación del personal,
desembolsos de publicidad

o promoción, gastos de
reorganización.

La vida útil de un intangible no puede
superar los 20 años.

Se incorpora SIC 32

NIC 39

 

 

INSTRUMENTOS FINANCIEROS:
RECONOCIMIENTO

Y MEDICIÓN

Obligatoria vigente 2004

 

 

Todos los activos y pasivos financieros deben ser
reconocidos

en el balance, incluyendo los instrumentos
derivados.

Deben ser medidos inicialmente según el
costo (valor

razonable de la contrapartida entregada al
momento

de la adquisición).

Con posterioridad al reconocimiento inicial deben
ser revaluados

en función del valor razonable, sujetos a
la comprobación

por deterioro del valor.

Se incorpora SIC 33.

NIC 40

 

 

PROPIEDADES DE
INVERSIÓN

Obligatoria vigente 2004

 

 

Son propiedades (terrenos o edificios, en su
totalidad o parte)

que se tienen para ganar rentas o
plusvalías o ambas.

Permite que la empresa elija entre dos
opciones:

Modelo de valor razonable: la propiedad de
inversión se mide

por su valor realizable y los cambios en dicho
valor

deben reconocerse en el estado de
resultados.

Modelo del Costo: es el tratamiento punto de
referencia de la

NIC 16

Se mide por su costo menos depreciación y
cualquier eventual

pérdida por deterioro (la empresa que elija
este modelo
debe

revelar el valor razonable de su propiedad de
inversión).

Principal modificación vigente para los
ejercicios iniciados a

Partir del 01.01.05:

Define el tratamiento contable de los inmuebles
mantenidos

En régimen de arrendamientos financieros
clasificados como

Una inversión inmobiliaria

NIC 41

 

 

AGRICULTURA

Obligatoria vigente 2004

 

 

Contempla: activos biológicos (árboles plantas
y ganados),

productos agrícolas en el punto de su
cosecha (leche,

cebada cosechada, madera
en rolo), subvenciones del

gobierno relacionada con activos
biológicos

Medición: fair value menos costos estimados
hasta punto de venta.

Jerarquía en la determinación del
fair value: precio de cotización

en mercado activo, si no hay, precio de
transacciones mas

reciente, precio de mercado de activos similares,
referencia

del sector, flujo de
caja descontados.

Fuente: Manual de uso
interno Moores Rowland (Uruguay)

Anexo IV: Interpretaciones de las Normas
Internacionales de Contabilidad (SIC) y Normas
Internacionales de Información Financiera
(NIIF).

SIC-1

Uniformidad — Diferentes fórmulas
para el cálculo del coste de las
existencias

NIC 2

SIC-2

Uniformidad — Capitalización de los
costes por intereses

NIC 23

SIC-3

Eliminación de pérdidas y
ganancias no realizadas en transacciones con
asociadas

NIC 28

SIC-4

(No existe, el Proyecto fue retirado)

 

SIC-5

Clasificación de Instrumentos
Financieros- Cláusulas de Pago
Contingentes

NIC 32

SIC-6

Costes de modificación de los programas informáticos
existentes

Marco
Conceptual

SIC-7

Introducción del euro

NIC 21

SIC-8

Aplicación, por primera vez, de las NIC
como base de contabilización

NIC 1

SIC-9

Combinaciones de negocios —
Clasificación como adquisiciones o como
unificación de intereses

NIC 22

SIC-10

Ayudas públicas — Sin
relación específica con actividades de
explotación

NIC 20

SIC-11

Variaciones de cambio en moneda extranjera
— Capitalización de pérdidas derivadas de devaluaciones muy
importantes

NIC 21

SIC-12

Consolidación — Entidades con
cometido especial

NIC 27

SIC-13

Entidades controladas conjuntamente —
Aportaciones no monetarias de los
partícipes

NIC 31

SIC-14

Inmovilizado material — Indemnizaciones
por deterioro del valor de las partidas

NIC 16

SIC-15

Arrendamientos operativos —
Incentivos

NIC 17

SIC-16

Capital en Acciones – Recompra de Instrumentos
de Capital Emitidos por la Empresa Acciones Propias en
Cartera

NIC 32

SIC-17

Costo de las Transacciones con Instrumentos de
Capital Emitidos por la Empresa

NIC 32

SIC-18

Uniformidad — Métodos
alternativos

NIC 1

SIC-19

Moneda de los estados financieros —
Valoración y presentación de los estados
financieros según las NIC 21 y 29

NIC 21,
NIC 29

SIC-20

Método de la participación —
Reconocimiento de pérdidas

NIC 27

SIC-21

Impuesto sobre las ganancias —
Recuperación de activos no depreciables
revalorizados

NIC 12

SIC-22

Combinaciones de negocios — Ajustes
posteriores de los
valores razonables y del fondo de comercio informados
inicialmente

NIC 22

SIC-23

Inmovilizado material — Costes de
revisiones o reparaciones generales

NIC 16

SIC-24

Ganancias por acción — Instrumentos
financieros y otros contratos que pueden ser cancelados
en acciones

NIC 33

SIC-25

Impuesto sobre las ganancias—Cambios en la
situación fiscal
de la empresa o de sus accionistas

NIC 12

SIC-26

(No existe, el Proyecto fue retirado)

 

SIC-27

Evaluación del fondo económico de
las transacciones que adoptan la forma legal de un
arrendamiento

NIC 1,
NIC 17 y NIC 18

SIC-28

Combinación de negocios — Fecha de
intercambio y valor razonable de los instrumentos de
capital

NIC 22

SIC-29

Información a revelar — Acuerdos de
concesión de servicios

NIC 1

SIC-30

Moneda en la que se informa —
Conversión de la moneda de valoración a la
moneda de presentación

NIC 21 y
NIC 29

SIC-31

Ingresos ordinarios — Permutas que
comprenden servicios de publicidad

NIC 18

SIC-32

Activos Inmateriales— Costes de Sitios
Web

NIC 38

SIC-33

Consolidación y método de la
participación — Derechos de voto potenciales
y distribución de participaciones en
la propiedad

NIC 27,
NIC 28 y
NIC 39

Fuente: AUDITORÍA INTERNA DE LA NACIÓN,
<http://www.ain.gub.uy>

Título

Comentarios

NIFF-1

Adopción por primera vez de las
NIFF

Bajo esta norma, las empresas deben explicar la
transición a las normas del IASB, afecta su
posición financiera y flujos de fondos. Establece
el reconocimiento de determinados activos y pasivos, el
no reconocimientos de otros y la reclasificación
de algunas partidas

NIFF-2

Pagos basados en acciones

Trata la contabilización de transacciones
que implican pagos basados en acciones, incluyendo la
concesión de opciones de compra de acciones a
empleados. El objetivo es exigir a que la empresa
reconozca los gastos asociados independientemente de la
forma de remuneración que se utilice.

NIFF-3

Combinaciones de negocios

Sustituye la NIC 22. De acuerdo a esta norma,
todas las combinaciones de negocios se contabilizan por
el método de la compra y se prohíbe el
método de unión de intereses.

NIFF-4

Contratos de Seguros

La norma requiere de un análisis de adecuación de
los pasivos por seguros reconocidos y test de deterioro
para los activos de reaseguro. A su vez, los pasivos por
aseguramiento no pueden compensarse con los seguros de
reaseguramientos asociados.

NIIF-5

Activos no corrientes para la venta de
operaciones discontinuadas

Sustituye la NIC 25. Los activos para la venta
se valúan al menor de su valor contable y su valor
razonable menos los costos de venta. Una línea de
negocios principal se clasifican como discontinuadas si
sus activos se clasifican como disponibles para su
venta.

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    1993.
  • Decreto Nº 240/993, 25 de mayo de
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  • Decreto Nº 162/004, Aplicación de las
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    Contabilidad,
    12 Mayo de 2004.
  • Decreto Nº 222/004, Modificación del
    Decreto Nº 162/004,
    30 de Junio de
    2004.
  • Decreto Nº 90/005, Determinación de
    Normas Internacionales de Contabilidad vigentes,
    25 de
    Febrero de 2005.

Agradecimientos:

Agradecemos en primer término al profesor tutor
Cr. Jorge Gutfraind que brindó desde el comienzo su
colaboración y apoyo, siendo fundamental en la
definición de los objetivos del
trabajo y
corrección de los principales aspectos.

En segundo término, a todos los profesionales que
amablemente accedieron a participar de nuestra entrevista,
representando un invalorable aporte para la confección de
este trabajo: Alejandro Barboni, Ernesto Bartesaghi, Omar Cabral
y Álvaro Castagneto.

Agradecemos también a nuestras familias por su
incondicional apoyo.

Finalmente, a todos aquellos que de una forma u otra
colaboraron en la realización de este trabajo.

 

Dyana Fariña

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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