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ZOFRATACNA. Una idea audaz o un error político




Enviado por Bruno Reyes Pires



    1. ¿Qué es
      ZOFRATACNA?
    2. Historia
    3. Base Legal
    4. El sistema de gestión de
      calidad de ZOFRATACNA ISO9001:2000
    5. Aspectos
      generales
    6. ¿Más beneficios
      para ZOFRATACNA?
    7. Bibliografía

    INTRODUCCION

    La Zona Franca de Tacna, ZOFRATACNA, es la parte del
    territorio nacional perfectamente delimitada en la que las
    mercancías que en ella se internen se consideran como si
    no estuviesen en el territorio aduanero para efectos de los
    derechos e
    impuestos de
    importación, bajo la presunción de
    extraterritorialidad aduanera, gozando de un régimen
    especial en materia
    tributaria.

    La ZOFRATACNA está constituida sobre el
    área física del actual
    CETICOS de Tacna.

    La Zona Comercial de Tacna corresponde a la actual Zona
    de Comercialización de Tacna y comprende el
    distrito de Tacna de la provincia de Tacna, así como el
    área donde se encuentran funcionando los mercadillos en el
    distrito del Alto de la Alianza de la provincia de
    Tacna

    Zona Franca

    1. ¿QUE ES
    ZOFRATACNA?

    La Zona Franca de Tacna ZOFRATACNA es una gran
    plataforma de servicios para
    realizar en forma óptima actividades de comercio
    exterior, cuenta con más de 13 años de
    experiencia y pone a disposición de la comunidad
    empresarial una moderna infraestructura que ha ido evolucionando
    a lo largo de los años, también ofrece muchos
    beneficios tributarios y aduaneros.

    ZOFRATACNA constituye la única zona franca que
    opera en el territorio del Perú, comprende dos unidades
    estratégicas: la Zona Franca y la Zona
    Comercial.

    La Zona Franca es un recinto cerrado que comprende una
    gama de servicios a las empresas
    instaladas en él, estos servicios incluyen almacenamiento,
    distribución, telecomunicaciones, bancos, aduanas, agencia
    de aduana, agencias
    navieras, empresas verificadoras.

    La Zona Comercial es una zona delimitada dentro de la
    ciudad de Tacna que comprende varios centros comerciales, que
    ofrecen productos
    liberados de todos los impuestos a precios
    altamente atractivos.

    2. HISTORIA

    La Zona Franca de Tacna tiene un historial que data del
    año 1989 cuando el gobierno crea la
    ZOTAC empezando a operar en el año 1990, La zona de
    Tratamiento Especial Comercial, o Zona Franca Comercial de Tacna,
    se creó con la intención de combatir el contrabando y
    reducir la gran influencia económica que en esta ciudad
    fronteriza ejercía la vecina ciudad de Arica,
    estableciendo un régimen aduanero especial para los
    artículos ingresados por el puerto de Ilo y el aeropuerto
    de Tacna, que pagaban un arancel de sólo 10% en lugar del
    usual 25%.

    Los comerciantes, además, gozarían de la
    exoneración del impuesto general
    a las ventas
    18 % (hoy 19%) para los artículos comercializados dentro
    de Tacna. La Zotac tuvo tal acogida que, al cumplirse el primer
    año de su establecimiento, los comerciantes
    ariqueños ya expresaban su preocupación porque el
    volumen normal
    de sus ventas se había reducido en un 50%; asimismo, en
    Tacna se había recaudado para entonces más de ocho
    millones de dólares por concepto del
    arancel del 10%.

    La Zotac no sólo redujo radicalmente el
    contrabando proveniente del eje Iquique-Arica, sino que
    generó importantes ingresos
    aduaneros, con los que se construyó la recientemente
    terminada carretera costanera Tacna-Ilo.

    La ley de
    creación de la Zotac preveía que este
    régimen preferencial duraría 15 años; pero,
    debido a limitaciones en el desarrollo de
    las actividades industriales, En el año 1995 se
    cambió la ley de ZOTAC por la de CETICOS Tacna (Centros de
    Exportación, Transformación,
    Industria,
    Comercialización y Servicios) que planteaba el desarrollo
    de Ilo-Matarani-Tacna, y otorgaba a las industrias
    establecidas en la zona las mismas facilidades que ofrecía
    la ZOTAC (exoneración del Impuesto a la Renta y Arancel
    Cero), pero con la condición de exportar como
    mínimo el 90% de la producción; si el industrial quería
    introducir parte de su producción en el mercado nacional,
    debería pagar todos los impuestos vigentes.

    Estos sistemas no
    tuvieron la repercusión esperada por el pueblo de Tacna,
    finalmente a partir del mes de diciembre de 2002 entro en
    vigencia la Ley Nº 27688 la Zona Franca y Comercial de Tacna
    – ZOFRATACNA, sobre la base de las organizaciones
    creadas por las dos leyes anteriores,
    para la realización de actividades industriales,
    agroindustriales, de maquila y de servicios, y de la zona
    comercial de Tacna, que tiene como finalidad contribuir al
    desarrollo socioeconómico sostenible del departamento de
    Tacna, a través de la promoción de la inversión y desarrollo tecnológico.
    Esta reglamentación permite que el turista compre
    mercaderías por un valor de hasta
    US $ 1 000 por viaje, con un máximo de tres viajes al
    año.

    3.
    FILOSOFIA

    3.1 VISION
    "Lograr que ZOFRATACNA, como
    centro de distribución física internacional y de
    producción, se constituya en el eje del desarrollo
    socioeconómico de la región".
    3.2 MISION
    "Ofrecer una plataforma de servicios
    competitiva, que facilite y promueva la inversión privada
    nacional y extranjera orientada a actividades productivas y de
    comercio
    exterior"
    3.3 OBJETIVOS
    ESTRATEGICOS:
    1. Incrementar nuestra cartera de
    clientes
    2. Mantener una gestión
    institucional sólida y autosostenida
    3. Mejorar la calidad de
    servicios reduciendo tiempo de
    procesos y su
    adecuación a estándares internacionales
    4. Implementar proyectos de
    desarrollo institucional y regional directamente orientados a la
    consolidación de ZOFRATACNA.
    5. Fortalecer la cultura de
    servicio al
    cliente, basada en el desarrollo de su potencial humano.
    6. Promover la adecuación del marco legal orientado a la
    consolidación de ZOFRATACNA.

    4. BASE
    LEGAL

    • Ley Nº 27688, Ley de Zona Franca y Zona
      Comercial de Tacna, publicada el 28.3.2002, y norma
      modificatoria (en adelante, la Ley).
       Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de
      Tacna, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
      011-2002-MINCETUR, publicado el 17.12.2002 (en adelante, el
      Reglamento).

    4.1 ANÁLISIS:

    1. El artículo 1° de la Ley declaró de
      interés nacional el desarrollo de la Zona
      Franca de Tacna -ZOFRATACNA- para la realización de
      actividades industriales, agroindustriales, de maquila y de
      servicios, y de la Zona Comercial de Tacna, con la finalidad de
      contribuir al desarrollo socioeconómico sostenible del
      departamento de Tacna, a través de la promoción
      de la inversión y desarrollo
      tecnológico.

    El Título II de la citada Ley establece un
    régimen tributario especial para la ZOFRATACNA
    (Capítulo I del referido Título) y otro para la
    Zona Comercial de Tacna (Capítulo II).

    Por su parte, el artículo 40° de la aludida
    Ley dispone que se considera "usuario" a toda persona natural
    o jurídica, nacional o extranjera, que celebra contrato de
    cesión en uso oneroso de espacios físicos y/o
    usuario con el Operador, para desarrollar cualquiera de las
    actividades establecidas en los artículos 7° y
    18° de dicha Ley, según corresponda.

    De otro lado, la Segunda Disposición
    Transitoria y Complementaria de la Ley señaló que
    mediante Decreto Supremo refrendado por los Ministros de
    Economía
    y Finanzas y
    de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales
    Internacionales en un plazo de 90 días se
    dictarían las normas
    reglamentarias y complementarias para la mejor
    aplicación de la Ley, en el cual se fijarían los
    plazos de adecuación del CETICOS de Tacna y de la Zona
    de Comercialización al nuevo tratamiento fijado por la
    aludida Ley.

    Es así que, para dar cumplimiento a lo antes
    señalado, se emite el Reglamento, el cual, entre otras
    regulaciones, establece que para gozar de los beneficios
    establecidos en los artículos 7° y 8° del
    aludido Reglamento, los usuarios de la ZOFRATACNA
    deberán cumplir con los requisitos que en el mismo se
    señalan (artículo 9°).

    Cabe indicar que el Capítulo I del
    Título II del aludido Reglamento (artículos
    7° a 9°) contiene disposiciones aplicables al
    régimen tributario de la ZOFRATACNA y el Capítulo
    II del citado Título (artículos 10° a
    14°), las disposiciones correspondientes al régimen
    tributario de la Zona Comercial de Tacna.

    Como fluye de las normas glosadas, la condición
    de usuario de la ZOFRATACNA es distinta de la de usuario de la
    Zona Comercial de Tacna.

    Asimismo, las normas del Capítulo I del
    Título II del Reglamento, entre las que se encuentra la
    norma objeto de la presente consulta (artículo 9°),
    son aplicables únicamente a los usuarios de la
    ZOFRATACNA, no así a los que tienen la condición
    de usuarios de la Zona Comercial de Tacna
    exclusivamente.

    Por lo tanto, los requisitos establecidos en el
    artículo 9° del Reglamento para gozar de los
    beneficios señalados en los artículos 7° y
    8° del aludido Reglamento, no son exigibles a los sujetos
    que únicamente tienen la condición de usuarios de
    la Zona Comercial de Tacna.

    5. EL SISTEMA DE
    GESTIÓN DE CALIDAD DE ZOFRATACNA ISO
    9001:2000

    5.1 EL SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD DE
    ZOFRATACNA

    El Sistema de Gestión de
    Calidad tiene como objetivo que
    los servicios brindados dentro de ZOFRATACNA, se realicen de
    manera planeada y ordenada en todas sus etapas, para obtener
    resultados de Calidad consistentes, demostrables y que cumplan
    con los requerimientos de los clientes y con la
    norma ISO
    9001:2000.

    5.2 PROCESOS DEL SISTEMAS DE GESTION DE
    CALIDAD

    Dentro de los Requisitos Generales del SGC que establece
    la norma ISO 9001:2000, se señala que: "La
    Organización debe identificar los procesos necesarios
    para el SGC y su aplicación…", en este sentido, la
    Entidad ha identificado los siguientes procesos:

    • PROCESO PRINCIPAL.
    • PROCESOS ESTRATEGICOS.
    • PROCESOS DE SOPORTE Y/O APOYO.

    5.3 EL ALCANCE DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE
    CALIDAD DE ZOFRATACNA

    El ámbito de aplicación corresponde a los
    procesos relacionados a la

    "Plataforma de Servicios para la atención del Ingreso y Salida de
    Mercancías desde y hacia Depósitos Francos e
    industria".

    5.4 POLITICA DE LA CALIDAD

    La Política de la
    Calidad establecida en Zofratacna, es la siguiente:

    "ZOFRATACNA, plataforma de servicios al
    comercio exterior, se compromete a cumplir con los requisitos
    de sus clientes, de acuerdo la legislación aplicable y a
    mejorar continuamente"

    5.5 ¿CÓMO SE HA ORGANIZADO
    ZOFRATACNA PARA IMPLEMENTAR SU SISTEMA DE GESTIÓN DE
    CALIDAD?

    Para implementar el proceso se
    constituyeron equipos multidisciplinarios de todas las
    áreas para diseñar los procesos a certificar,
    implementarlos y medirlos.

    Todo el personal se
    integró al proceso a través de un Programa de
    Sensibilización, efectuando múltiples aportes y
    sugerencias que permitieron mejorar nuestro Sistema de
    Gestión de la Calidad.

    Además, el personal ha sido entrenado en diversos
    aspectos de implementación de la Norma ISO 9001:2000,
    tales como la Norma Internacional ISO 9001:2000, Auditores
    Internos de Calidad, Realización del Producto,
    Seguimiento y Medición, Determinación de
    Requisitos del Cliente, Control del
    Producto No Conforme, Auditores Líderes de Calidad,
    Indicadores de
    gestión, entre otros.

    6. ASPECTOS
    GENERALES

    6.1 UBICACION GEOGRAFICA

    CETICOS – Tacna se encuentra ubicado en el Km. 1,303 de
    la Carretera Panamericana Sur, y está constituida por el
    Complejo de Depósitos Francos ahí ubicado con un
    área de 394.5 Hectáreas

    LA ZONA DE COMERCIALIZACIÓN DE TACNA comprende el
    distrito de Tacna de la provincia de Tacna, así como el
    área donde funcionan los "Mercadillos" en el distrito Alto
    de la Alianza de la provincia de Tacna, con exclusión del
    área de CETICOS – Tacna.

    6.2 REGIMEN TRIBUTARIO ADUANERO APLICADO A LA
    ZOFRATACNA

    1. El ingreso de mercancías extranjeras a la
    ZOFRATACNA, no está afecto al pago de los Derechos
    Arancelarios, Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo
    al Consumo,
    Impuesto de Promoción Municipal y demás tributos que
    gravan la importación.

    2. La exportación definitiva de mercancías
    provenientes del resto del territorio nacional hacia la
    ZOFRATACNA otorga el derecho a gozar de los beneficios
    establecidos en los regímenes de Restitución
    Simplificada de Derechos Arancelarios y Reposición de
    Mercancías en Franquicia,
    siempre que se cumplan los requisitos y las formalidades exigidas
    para estos regímenes. Igualmente, regulariza total o
    parcialmente los regímenes de Admisión e
    Importación Temporal.

    3. La nacionalización al resto del territorio
    nacional del producto final elaborado con mercancías
    nacionales que fueron exportadas definitivamente a la ZOFRATACNA
    y de mercancías provenientes del exterior sometidas a las
    actividades 01 y 02 de la sección VI literal A, numeral 9,
    se encuentra afecta al pago de los derechos y demás
    impuestos de importación que corresponda, la misma que se
    efectúa por la Intendencia de Aduana de Tacna.

    4. La nacionalización de las mercancías
    provenientes del exterior almacenadas en la ZOFRATACNA sin haber
    sufrido transformación o reparación, así
    como de las mermas, residuos, desperdicios y/o subproductos con
    valor comercial, resultante de los procesos de
    transformación y/o elaboración en la ZOFRATACNA se
    encuentra afecta al pago de los derechos y demás impuestos
    de importación que corresponda, la misma que se
    efectúa por la Intendencia de Aduana de Tacna.

    5. Las mercancías nacionales que se exporten
    definitivamente a la ZOFRATACNA para ser utilizadas directamente
    en la actividad a desarrollarse, están impedidas de
    reingresar al resto del territorio nacional. Sin embargo, el
    producto final puede nacionalizarse siempre que se encuentre
    clasificado en una subpartida nacional distinta a la de sus
    insumos, componentes, partes o piezas y se cancelan los derechos
    y demás impuestos de importación que
    corresponda.

    6. En caso de la nacionalización de
    mercancías indicada en el numeral anterior, los tributos
    de importación se calculan sobre el valor agregado
    incorporado a éstas, para lo cual se requiere la
    presentación de un Cuadro de Coeficientes Insumo –
    Producto (CIP), con carácter de declaración jurada. El
    pago de los tributos correspondientes debe efectuarse en la
    Intendencia de Aduana de Tacna, previo a la salida de la
    mercancía de la ZOFRATACNA.

    7. El retorno en el mismo estado al
    resto del territorio nacional de las mercancías que
    ingresaron temporalmente a la ZOFRATACNA para ser utilizadas en
    un fin determinado, no está gravado con tributo
    alguno.

    8. Las mercancías que ingresen a la Zona
    Comercial de Tacna provenientes de la ZOFRATACNA, que se
    encuentran comprendidas en la relación aprobada por
    Decreto Supremo Nº 124-2003-EF, están afectas
    únicamente a un arancel especial del 8%,
    considerándose nacionalizadas sólo respecto a dicha
    zona. Dicho arancel se aplica sobre el valor CIF aduanero o sobre
    el valor de adquisición de los bienes por el
    usuario de la Zona Comercial de Tacna, el que resulte
    mayor.

    7. ¿MÁS
    BENEFICIOS PARA ZOFRATACNA?

    7.1 GENERANDO DISTORSIONES

    Se ha incorporado a las actividades de ensamblaje y la
    reparación, reacondicionamiento o mantenimiento
    de maquinaria, motores y equipos
    para la actividad minera. Además, la ley ofrece la
    posibilidad de incluir otras actividades por decreto
    supremo.

    Asimismo, para determinar los bienes que pueden
    comercializarse en la Zona Comercial de Tacna ahora se
    requerirá la opinión del Comité de Administración de la ZOFRATACNA; es decir,
    de los propios interesados en mantener la zona franca. Con ello
    sería más probable que se incremente el
    número de bienes aptos para la comercialización en
    la zona señalada… y para el contrabando.

    Por si fuera poco, la nueva ley permite a los usuarios
    de la Zona Comercial almacenar la mercadería proveniente
    de la ZOFRATACNA en un almacén
    ubicado fuera de dicha zona, administrado por el Comité ya
    mencionado. ¿Más facilidades para el contrabando?
    También podría incrementarse la cantidad de bienes
    adquiridos en la Zona Comercial sin pagar impuestos, pues ya no
    se condiciona dicha exoneración a que el comprador sea
    turista, sino a que adquiera los productos sin fines comerciales
    o empresariales.

    Pero nada garantiza que lo haga .Por otro lado, con la
    nueva ley el requisito de exportación exigido a las
    empresas establecidas en ZOFRATACNA para gozar de sus beneficios
    desaparece por completo. Se ha dicho que con ello se cumple con
    lo dispuesto por la OMC;
    pero

    si al Gobierno realmente le preocupa cumplir,
    debería eliminar la zona franca y no ampliar las
    distorsiones que genera. La OMC permite estos mecanismos para
    zonas desfavorecidas… ¿acaso Tacna lo es? Parece
    que no, pues según cifras del INEI su PBI per
    cápita incluso supera el promedio nacional (en el 2001 fue
    45% mayor).

    7.2 ¿COMERCIO ILEGAL PARA DESARROLLAR A
    TACNA?

    La evidencia ha dejado claro el fracaso de las zonas
    francas e instrumentos similares. Gracias a sus ayuditas, las
    empresas no tienen motivos para ser más productivas y
    competitivas; es decir, todo lo contrario a su objetivo: impulsar
    el desarrollo industrial y exportador del territorio donde se
    encuentra. Es más, entre los logros de ZOFRATACNA se
    encuentra el establecimiento de talleres de reparación o
    reacondicionamiento de autos usados y
    el haberse convertido en una de las principales fuentes de
    contrabando en nuestro país.

    Así, los principales productos ingresados a ella
    en el 2004 fueron vehículos y en ese mismo año se
    exportó apenas el 5% de las mercancías de
    salida.

    Por otro lado, el contrabando se da porque las importaciones que
    ingresan a la Zona Comercial de Tacna solo tienen que pagar un
    arancel especial de 8%. Supuestamente, estos productos deben
    pagar todos los impuestos que dejaron de pagar si se dirigen al
    resto del país; no obstante, la realidad es otra: buena
    parte entra de contrabando. Algunos vergonzosos ejemplos: en el
    2003 ZOFRATACNA registró importaciones de whiskey por US$
    10.9 millones cuando a nivel nacional las importaciones de dicho
    producto solo alcanzaron los US$ 7.3 millones. Algo similar
    sucedió con la cerveza de malta:
    US$ 1.5 millones importados por ZOFRATACNA vs. US$ 1.3 millones
    registrados a nivel nacional. Estas son cifras oficiales; es
    decir, las autoridades saben lo que pasa ¿qué hacen
    al respecto? ¿Creerán que en Tacna el consumo de
    whisky por persona -incluyendo niños
    alcanza los US$ 37 anuales mientras que a nivel nacional es de
    US$ 0.27? Y la lista continúa: radios, relojes, abrigos y
    licores de cremas, entre otros. El resultado: competencia
    desleal para las empresas en el resto del país, lo que
    puede llevar a la pérdida de puestos de trabajo.

    7.3 TRATANDO DE ARREGLAR LOS "HORRORES" DE
    ZOFRATACNA

    La zona franca de Tacna se creó con el
    propósito de desarrollar la industria y fomentar las
    exportaciones. El
    fin es positivo; sin embargo, los medios que se
    adoptaron para conseguirlo fueron los errados, pues ilusamente se
    pensó lograrlo a través de exoneraciones
    tributarias para las empresas ubicadas en la zona.

    La idea era convertir a Zofratacna en un centro
    logístico del comercio; es decir, se pretendía que
    las importaciones de bienes finales entraran y salieran
    inmediatamente a otros países y que las importaciones de
    materias primas se utilizaran en el proceso productivo de las
    empresas exportadoras. Para ello, el Estado le
    otorga beneficios arancelarios a los importadores que reexportan
    y le da un arancel especial equivalente al 8% a aquellas empresas
    que importen hacia la zona comercial de Tacna, a diferencia de
    las empresas que internan mercancías en el resto del
    país, pues ellas sí tienen que pagar el arancel
    completo.

    No obstante, lo que se ha logrado ha sido fomentar el
    contrabando. De hecho, menos del 5% de las mercancías que
    salen de Zofratacna se ha exportado, mientras que la gran
    mayoría ha sido comercializada al resto del país. Y
    lo mismo se ha dado en los Ceticos. En otras palabras, en lugar
    de promover las exportaciones, lo único que se ha logrado
    ha sido promover la evasión tributaria.

    El Ministerio de la Producción ha presentado un
    proyecto para
    reconvertir a Zofratacna en una zona logística compatible con las normas de la
    OMC. Para ello, el primer paso es la eliminación de la
    exoneración del IR para todas las empresas exportadoras de
    Tacna -incluida Zofratacna-, las que tendrían que realizar
    un pago único a fin de año. Sin embargo,
    también propone bonificar la capacitación con un bono de 1.5% sobre los
    gastos realizados
    en formación
    laboral tan solo para las empresas ubicadas en la zona
    industrial de Zofratacna, lo cual mantiene el espíritu de
    la norma original, pues sigue siendo un tratamiento
    diferencial.

    El tema de fondo no se ha comprendido. ¿Por
    qué seguir apoyando este tipo de regímenes?
    ¿Por qué seguir privilegiando a un grupo de
    empresas a costa de las demás? No se puede conseguir mayor
    producción ni exportación con subsidios, sean o no
    tributarios. Estos sirven para redistribuir riqueza, más
    no para generarla.

    No obstante, Zavala Lombardi de Economía y
    Finanzas afirmó que la zona comercial tacneña no es
    la única herramienta de desarrollo para la región,
    y se refirió a la experiencia exitosa de la
    exportación de páprika, por lo que recomendó
    identificar más productos con potencialidad de
    exportación a otros mercados.

    "Tenemos que empezar a pensar qué proyectos de
    inversión necesitamos hacer para desarrollarlos,
    qué producto se puede exportar", dijo.

    Manifestó que Tacna tiene una nueva oportunidad,
    ya que por concepto de transferencias recibirá un ingreso
    adicional de S/. 247 millones, provenientes del canon y
    regalías mineras. "Contamos con recursos
    adicionales que tenemos que ver e invertirlos correctamente, es
    trabajo de todas las municipalidades y el gobierno regional",
    puntualizó.

    7.4 CON FIRMA DEL TLC
    COMPRADORES YA NO VISITARÍAN LA ZOFRATACNA

    La firma del Tratado de Libre
    Comercio (TLC) con los Estados Unidos
    afectaría a la ZofraTacna, ya que al no existir
    gravámenes (aranceles) con
    el país del norte los productos que lleguen a nuestro
    sistema sí pagarían impuestos y no serían
    atractivos para los compradores.

    Según explicó el directivo del Banco Central de
    Reserva del Perú (BCRP) Gonzalo García
    Núñez, la ZofraTacna no desaparecería
    legalmente, pero si un producto cuesta menos puesto en Lima
    obviamente los usuarios preferirán adquirir los
    artículos que provengan por el TLC y ya no asumir los
    gastos de trasladarse a Tacna, pagar los aranceles y llevarlos
    hasta su lugar de origen.

    García indicó que este tema de la
    desgravación comercial se conocerá cuando se
    informe sobre los
    detalles del tratado.

    «Habrá que examinar en qué parte hay
    superposición con la legislación existente en
    materia de zonas especiales y zonas francas»,
    anotó.

    El funcionario alertó sobre este problema que
    surgiría en Tacna y en el cual las autoridades locales
    deberían requerir la información sobre el TLC al Ministerio de
    Comercio Exterior y Turismo.

    Expresó que los negociadores del tratado con
    Estados Unidos deberían aclarar si han considerado en su
    agenda a la Zona Franca de Tacna.

    Lo que ocurriría en Tacna con la firma del TLC,
    por el que se preferiría comprar en Lima u otra ciudad
    artículos de los Estados Unidos o procesados en dicho
    mercado y no preferir una compra en ZofraTacna debido a un mayor
    costo, se llama
    «desviación de comercio», apuntó
    García. De esta forma, en el corto plazo deja de ser
    atractivo para los compradores y puede llegar a sobrevivir,
    refirió el funcionario sobre el panorama sombrío
    para la ZofraTacna.

    «Si a usted le venden en un supermercado un
    producto a diez soles y en otro a cuarenta soles,
    ¿cuál prefiere?», cuestionó
    García.

    BIBLIOGRAFIA

    • www.zofratacna.com
    • www.mincetur.gob.pe
    • www.comex.com.pe
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    Bruno Reyes Pires

    Estudiante de tercer ciclo

    Universidad de San Martín de Porres

    Facultad de Ciencias
    Administrativas y Relaciones Industriales

    Abril – 2006

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