- ¿Qué es
ZOFRATACNA? - Historia
- Base Legal
- El sistema de gestión de
calidad de ZOFRATACNA ISO9001:2000 - Aspectos
generales - ¿Más beneficios
para ZOFRATACNA? - Bibliografía
La Zona Franca de Tacna, ZOFRATACNA, es la parte del
territorio nacional perfectamente delimitada en la que las
mercancías que en ella se internen se consideran como si
no estuviesen en el territorio aduanero para efectos de los
derechos e
impuestos de
importación, bajo la presunción de
extraterritorialidad aduanera, gozando de un régimen
especial en materia
tributaria.
La ZOFRATACNA está constituida sobre el
área física del actual
CETICOS de Tacna.
La Zona Comercial de Tacna corresponde a la actual Zona
de Comercialización de Tacna y comprende el
distrito de Tacna de la provincia de Tacna, así como el
área donde se encuentran funcionando los mercadillos en el
distrito del Alto de la Alianza de la provincia de
Tacna
Zona Franca
La Zona Franca de Tacna ZOFRATACNA es una gran
plataforma de servicios para
realizar en forma óptima actividades de comercio
exterior, cuenta con más de 13 años de
experiencia y pone a disposición de la comunidad
empresarial una moderna infraestructura que ha ido evolucionando
a lo largo de los años, también ofrece muchos
beneficios tributarios y aduaneros.
ZOFRATACNA constituye la única zona franca que
opera en el territorio del Perú, comprende dos unidades
estratégicas: la Zona Franca y la Zona
Comercial.
La Zona Franca es un recinto cerrado que comprende una
gama de servicios a las empresas
instaladas en él, estos servicios incluyen almacenamiento,
distribución, telecomunicaciones, bancos, aduanas, agencia
de aduana, agencias
navieras, empresas verificadoras.
La Zona Comercial es una zona delimitada dentro de la
ciudad de Tacna que comprende varios centros comerciales, que
ofrecen productos
liberados de todos los impuestos a precios
altamente atractivos.
La Zona Franca de Tacna tiene un historial que data del
año 1989 cuando el gobierno crea la
ZOTAC empezando a operar en el año 1990, La zona de
Tratamiento Especial Comercial, o Zona Franca Comercial de Tacna,
se creó con la intención de combatir el contrabando y
reducir la gran influencia económica que en esta ciudad
fronteriza ejercía la vecina ciudad de Arica,
estableciendo un régimen aduanero especial para los
artículos ingresados por el puerto de Ilo y el aeropuerto
de Tacna, que pagaban un arancel de sólo 10% en lugar del
usual 25%.
Los comerciantes, además, gozarían de la
exoneración del impuesto general
a las ventas –
18 % (hoy 19%) para los artículos comercializados dentro
de Tacna. La Zotac tuvo tal acogida que, al cumplirse el primer
año de su establecimiento, los comerciantes
ariqueños ya expresaban su preocupación porque el
volumen normal
de sus ventas se había reducido en un 50%; asimismo, en
Tacna se había recaudado para entonces más de ocho
millones de dólares por concepto del
arancel del 10%.
La Zotac no sólo redujo radicalmente el
contrabando proveniente del eje Iquique-Arica, sino que
generó importantes ingresos
aduaneros, con los que se construyó la recientemente
terminada carretera costanera Tacna-Ilo.
La ley de
creación de la Zotac preveía que este
régimen preferencial duraría 15 años; pero,
debido a limitaciones en el desarrollo de
las actividades industriales, En el año 1995 se
cambió la ley de ZOTAC por la de CETICOS Tacna (Centros de
Exportación, Transformación,
Industria,
Comercialización y Servicios) que planteaba el desarrollo
de Ilo-Matarani-Tacna, y otorgaba a las industrias
establecidas en la zona las mismas facilidades que ofrecía
la ZOTAC (exoneración del Impuesto a la Renta y Arancel
Cero), pero con la condición de exportar como
mínimo el 90% de la producción; si el industrial quería
introducir parte de su producción en el mercado nacional,
debería pagar todos los impuestos vigentes.
Estos sistemas no
tuvieron la repercusión esperada por el pueblo de Tacna,
finalmente a partir del mes de diciembre de 2002 entro en
vigencia la Ley Nº 27688 la Zona Franca y Comercial de Tacna
– ZOFRATACNA, sobre la base de las organizaciones
creadas por las dos leyes anteriores,
para la realización de actividades industriales,
agroindustriales, de maquila y de servicios, y de la zona
comercial de Tacna, que tiene como finalidad contribuir al
desarrollo socioeconómico sostenible del departamento de
Tacna, a través de la promoción de la inversión y desarrollo tecnológico.
Esta reglamentación permite que el turista compre
mercaderías por un valor de hasta
US $ 1 000 por viaje, con un máximo de tres viajes al
año.
3.1 VISION
"Lograr que ZOFRATACNA, como
centro de distribución física internacional y de
producción, se constituya en el eje del desarrollo
socioeconómico de la región".
3.2 MISION
"Ofrecer una plataforma de servicios
competitiva, que facilite y promueva la inversión privada
nacional y extranjera orientada a actividades productivas y de
comercio
exterior"
3.3 OBJETIVOS
ESTRATEGICOS:
1. Incrementar nuestra cartera de
clientes
2. Mantener una gestión
institucional sólida y autosostenida
3. Mejorar la calidad de
servicios reduciendo tiempo de
procesos y su
adecuación a estándares internacionales
4. Implementar proyectos de
desarrollo institucional y regional directamente orientados a la
consolidación de ZOFRATACNA.
5. Fortalecer la cultura de
servicio al
cliente, basada en el desarrollo de su potencial humano.
6. Promover la adecuación del marco legal orientado a la
consolidación de ZOFRATACNA.
- Ley Nº 27688, Ley de Zona Franca y Zona
Comercial de Tacna, publicada el 28.3.2002, y norma
modificatoria (en adelante, la Ley).
Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de
Tacna, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
011-2002-MINCETUR, publicado el 17.12.2002 (en adelante, el
Reglamento).
4.1 ANÁLISIS:
- El artículo 1° de la Ley declaró de
interés nacional el desarrollo de la Zona
Franca de Tacna -ZOFRATACNA- para la realización de
actividades industriales, agroindustriales, de maquila y de
servicios, y de la Zona Comercial de Tacna, con la finalidad de
contribuir al desarrollo socioeconómico sostenible del
departamento de Tacna, a través de la promoción
de la inversión y desarrollo
tecnológico.
El Título II de la citada Ley establece un
régimen tributario especial para la ZOFRATACNA
(Capítulo I del referido Título) y otro para la
Zona Comercial de Tacna (Capítulo II).
Por su parte, el artículo 40° de la aludida
Ley dispone que se considera "usuario" a toda persona natural
o jurídica, nacional o extranjera, que celebra contrato de
cesión en uso oneroso de espacios físicos y/o
usuario con el Operador, para desarrollar cualquiera de las
actividades establecidas en los artículos 7° y
18° de dicha Ley, según corresponda.
De otro lado, la Segunda Disposición
Transitoria y Complementaria de la Ley señaló que
mediante Decreto Supremo refrendado por los Ministros de
Economía
y Finanzas y
de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales
Internacionales en un plazo de 90 días se
dictarían las normas
reglamentarias y complementarias para la mejor
aplicación de la Ley, en el cual se fijarían los
plazos de adecuación del CETICOS de Tacna y de la Zona
de Comercialización al nuevo tratamiento fijado por la
aludida Ley.
Es así que, para dar cumplimiento a lo antes
señalado, se emite el Reglamento, el cual, entre otras
regulaciones, establece que para gozar de los beneficios
establecidos en los artículos 7° y 8° del
aludido Reglamento, los usuarios de la ZOFRATACNA
deberán cumplir con los requisitos que en el mismo se
señalan (artículo 9°).
Cabe indicar que el Capítulo I del
Título II del aludido Reglamento (artículos
7° a 9°) contiene disposiciones aplicables al
régimen tributario de la ZOFRATACNA y el Capítulo
II del citado Título (artículos 10° a
14°), las disposiciones correspondientes al régimen
tributario de la Zona Comercial de Tacna.
Como fluye de las normas glosadas, la condición
de usuario de la ZOFRATACNA es distinta de la de usuario de la
Zona Comercial de Tacna.
Asimismo, las normas del Capítulo I del
Título II del Reglamento, entre las que se encuentra la
norma objeto de la presente consulta (artículo 9°),
son aplicables únicamente a los usuarios de la
ZOFRATACNA, no así a los que tienen la condición
de usuarios de la Zona Comercial de Tacna
exclusivamente.
Por lo tanto, los requisitos establecidos en el
artículo 9° del Reglamento para gozar de los
beneficios señalados en los artículos 7° y
8° del aludido Reglamento, no son exigibles a los sujetos
que únicamente tienen la condición de usuarios de
la Zona Comercial de Tacna.
5. EL SISTEMA DE
GESTIÓN DE CALIDAD DE ZOFRATACNA ISO
9001:2000
5.1 EL SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD DE
ZOFRATACNA
El Sistema de Gestión de
Calidad tiene como objetivo que
los servicios brindados dentro de ZOFRATACNA, se realicen de
manera planeada y ordenada en todas sus etapas, para obtener
resultados de Calidad consistentes, demostrables y que cumplan
con los requerimientos de los clientes y con la
norma ISO
9001:2000.
5.2 PROCESOS DEL SISTEMAS DE GESTION DE
CALIDAD
Dentro de los Requisitos Generales del SGC que establece
la norma ISO 9001:2000, se señala que: "La
Organización debe identificar los procesos necesarios
para el SGC y su aplicación…", en este sentido, la
Entidad ha identificado los siguientes procesos:
- PROCESO PRINCIPAL.
- PROCESOS ESTRATEGICOS.
- PROCESOS DE SOPORTE Y/O APOYO.
5.3 EL ALCANCE DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE
CALIDAD DE ZOFRATACNA
El ámbito de aplicación corresponde a los
procesos relacionados a la
"Plataforma de Servicios para la atención del Ingreso y Salida de
Mercancías desde y hacia Depósitos Francos e
industria".
5.4 POLITICA DE LA CALIDAD
La Política de la
Calidad establecida en Zofratacna, es la siguiente:
"ZOFRATACNA, plataforma de servicios al
comercio exterior, se compromete a cumplir con los requisitos
de sus clientes, de acuerdo la legislación aplicable y a
mejorar continuamente"
5.5 ¿CÓMO SE HA ORGANIZADO
ZOFRATACNA PARA IMPLEMENTAR SU SISTEMA DE GESTIÓN DE
CALIDAD?
Para implementar el proceso se
constituyeron equipos multidisciplinarios de todas las
áreas para diseñar los procesos a certificar,
implementarlos y medirlos.
Todo el personal se
integró al proceso a través de un Programa de
Sensibilización, efectuando múltiples aportes y
sugerencias que permitieron mejorar nuestro Sistema de
Gestión de la Calidad.
Además, el personal ha sido entrenado en diversos
aspectos de implementación de la Norma ISO 9001:2000,
tales como la Norma Internacional ISO 9001:2000, Auditores
Internos de Calidad, Realización del Producto,
Seguimiento y Medición, Determinación de
Requisitos del Cliente, Control del
Producto No Conforme, Auditores Líderes de Calidad,
Indicadores de
gestión, entre otros.
6.1 UBICACION GEOGRAFICA
CETICOS – Tacna se encuentra ubicado en el Km. 1,303 de
la Carretera Panamericana Sur, y está constituida por el
Complejo de Depósitos Francos ahí ubicado con un
área de 394.5 Hectáreas
LA ZONA DE COMERCIALIZACIÓN DE TACNA comprende el
distrito de Tacna de la provincia de Tacna, así como el
área donde funcionan los "Mercadillos" en el distrito Alto
de la Alianza de la provincia de Tacna, con exclusión del
área de CETICOS – Tacna.
6.2 REGIMEN TRIBUTARIO ADUANERO APLICADO A LA
ZOFRATACNA
1. El ingreso de mercancías extranjeras a la
ZOFRATACNA, no está afecto al pago de los Derechos
Arancelarios, Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo
al Consumo,
Impuesto de Promoción Municipal y demás tributos que
gravan la importación.
2. La exportación definitiva de mercancías
provenientes del resto del territorio nacional hacia la
ZOFRATACNA otorga el derecho a gozar de los beneficios
establecidos en los regímenes de Restitución
Simplificada de Derechos Arancelarios y Reposición de
Mercancías en Franquicia,
siempre que se cumplan los requisitos y las formalidades exigidas
para estos regímenes. Igualmente, regulariza total o
parcialmente los regímenes de Admisión e
Importación Temporal.
3. La nacionalización al resto del territorio
nacional del producto final elaborado con mercancías
nacionales que fueron exportadas definitivamente a la ZOFRATACNA
y de mercancías provenientes del exterior sometidas a las
actividades 01 y 02 de la sección VI literal A, numeral 9,
se encuentra afecta al pago de los derechos y demás
impuestos de importación que corresponda, la misma que se
efectúa por la Intendencia de Aduana de Tacna.
4. La nacionalización de las mercancías
provenientes del exterior almacenadas en la ZOFRATACNA sin haber
sufrido transformación o reparación, así
como de las mermas, residuos, desperdicios y/o subproductos con
valor comercial, resultante de los procesos de
transformación y/o elaboración en la ZOFRATACNA se
encuentra afecta al pago de los derechos y demás impuestos
de importación que corresponda, la misma que se
efectúa por la Intendencia de Aduana de Tacna.
5. Las mercancías nacionales que se exporten
definitivamente a la ZOFRATACNA para ser utilizadas directamente
en la actividad a desarrollarse, están impedidas de
reingresar al resto del territorio nacional. Sin embargo, el
producto final puede nacionalizarse siempre que se encuentre
clasificado en una subpartida nacional distinta a la de sus
insumos, componentes, partes o piezas y se cancelan los derechos
y demás impuestos de importación que
corresponda.
6. En caso de la nacionalización de
mercancías indicada en el numeral anterior, los tributos
de importación se calculan sobre el valor agregado
incorporado a éstas, para lo cual se requiere la
presentación de un Cuadro de Coeficientes Insumo –
Producto (CIP), con carácter de declaración jurada. El
pago de los tributos correspondientes debe efectuarse en la
Intendencia de Aduana de Tacna, previo a la salida de la
mercancía de la ZOFRATACNA.
7. El retorno en el mismo estado al
resto del territorio nacional de las mercancías que
ingresaron temporalmente a la ZOFRATACNA para ser utilizadas en
un fin determinado, no está gravado con tributo
alguno.
8. Las mercancías que ingresen a la Zona
Comercial de Tacna provenientes de la ZOFRATACNA, que se
encuentran comprendidas en la relación aprobada por
Decreto Supremo Nº 124-2003-EF, están afectas
únicamente a un arancel especial del 8%,
considerándose nacionalizadas sólo respecto a dicha
zona. Dicho arancel se aplica sobre el valor CIF aduanero o sobre
el valor de adquisición de los bienes por el
usuario de la Zona Comercial de Tacna, el que resulte
mayor.
7. ¿MÁS
BENEFICIOS PARA ZOFRATACNA?
7.1 GENERANDO DISTORSIONES
Se ha incorporado a las actividades de ensamblaje y la
reparación, reacondicionamiento o mantenimiento
de maquinaria, motores y equipos
para la actividad minera. Además, la ley ofrece la
posibilidad de incluir otras actividades por decreto
supremo.
Asimismo, para determinar los bienes que pueden
comercializarse en la Zona Comercial de Tacna ahora se
requerirá la opinión del Comité de Administración de la ZOFRATACNA; es decir,
de los propios interesados en mantener la zona franca. Con ello
sería más probable que se incremente el
número de bienes aptos para la comercialización en
la zona señalada… y para el contrabando.
Por si fuera poco, la nueva ley permite a los usuarios
de la Zona Comercial almacenar la mercadería proveniente
de la ZOFRATACNA en un almacén
ubicado fuera de dicha zona, administrado por el Comité ya
mencionado. ¿Más facilidades para el contrabando?
También podría incrementarse la cantidad de bienes
adquiridos en la Zona Comercial sin pagar impuestos, pues ya no
se condiciona dicha exoneración a que el comprador sea
turista, sino a que adquiera los productos sin fines comerciales
o empresariales.
Pero nada garantiza que lo haga .Por otro lado, con la
nueva ley el requisito de exportación exigido a las
empresas establecidas en ZOFRATACNA para gozar de sus beneficios
desaparece por completo. Se ha dicho que con ello se cumple con
lo dispuesto por la OMC;
pero
si al Gobierno realmente le preocupa cumplir,
debería eliminar la zona franca y no ampliar las
distorsiones que genera. La OMC permite estos mecanismos para
zonas desfavorecidas… ¿acaso Tacna lo es? Parece
que no, pues según cifras del INEI su PBI per
cápita incluso supera el promedio nacional (en el 2001 fue
45% mayor).
7.2 ¿COMERCIO ILEGAL PARA DESARROLLAR A
TACNA?
La evidencia ha dejado claro el fracaso de las zonas
francas e instrumentos similares. Gracias a sus ayuditas, las
empresas no tienen motivos para ser más productivas y
competitivas; es decir, todo lo contrario a su objetivo: impulsar
el desarrollo industrial y exportador del territorio donde se
encuentra. Es más, entre los logros de ZOFRATACNA se
encuentra el establecimiento de talleres de reparación o
reacondicionamiento de autos usados y
el haberse convertido en una de las principales fuentes de
contrabando en nuestro país.
Así, los principales productos ingresados a ella
en el 2004 fueron vehículos y en ese mismo año se
exportó apenas el 5% de las mercancías de
salida.
Por otro lado, el contrabando se da porque las importaciones que
ingresan a la Zona Comercial de Tacna solo tienen que pagar un
arancel especial de 8%. Supuestamente, estos productos deben
pagar todos los impuestos que dejaron de pagar si se dirigen al
resto del país; no obstante, la realidad es otra: buena
parte entra de contrabando. Algunos vergonzosos ejemplos: en el
2003 ZOFRATACNA registró importaciones de whiskey por US$
10.9 millones cuando a nivel nacional las importaciones de dicho
producto solo alcanzaron los US$ 7.3 millones. Algo similar
sucedió con la cerveza de malta:
US$ 1.5 millones importados por ZOFRATACNA vs. US$ 1.3 millones
registrados a nivel nacional. Estas son cifras oficiales; es
decir, las autoridades saben lo que pasa ¿qué hacen
al respecto? ¿Creerán que en Tacna el consumo de
whisky por persona -incluyendo niños–
alcanza los US$ 37 anuales mientras que a nivel nacional es de
US$ 0.27? Y la lista continúa: radios, relojes, abrigos y
licores de cremas, entre otros. El resultado: competencia
desleal para las empresas en el resto del país, lo que
puede llevar a la pérdida de puestos de trabajo.
7.3 TRATANDO DE ARREGLAR LOS "HORRORES" DE
ZOFRATACNA
La zona franca de Tacna se creó con el
propósito de desarrollar la industria y fomentar las
exportaciones. El
fin es positivo; sin embargo, los medios que se
adoptaron para conseguirlo fueron los errados, pues ilusamente se
pensó lograrlo a través de exoneraciones
tributarias para las empresas ubicadas en la zona.
La idea era convertir a Zofratacna en un centro
logístico del comercio; es decir, se pretendía que
las importaciones de bienes finales entraran y salieran
inmediatamente a otros países y que las importaciones de
materias primas se utilizaran en el proceso productivo de las
empresas exportadoras. Para ello, el Estado le
otorga beneficios arancelarios a los importadores que reexportan
y le da un arancel especial equivalente al 8% a aquellas empresas
que importen hacia la zona comercial de Tacna, a diferencia de
las empresas que internan mercancías en el resto del
país, pues ellas sí tienen que pagar el arancel
completo.
No obstante, lo que se ha logrado ha sido fomentar el
contrabando. De hecho, menos del 5% de las mercancías que
salen de Zofratacna se ha exportado, mientras que la gran
mayoría ha sido comercializada al resto del país. Y
lo mismo se ha dado en los Ceticos. En otras palabras, en lugar
de promover las exportaciones, lo único que se ha logrado
ha sido promover la evasión tributaria.
El Ministerio de la Producción ha presentado un
proyecto para
reconvertir a Zofratacna en una zona logística compatible con las normas de la
OMC. Para ello, el primer paso es la eliminación de la
exoneración del IR para todas las empresas exportadoras de
Tacna -incluida Zofratacna-, las que tendrían que realizar
un pago único a fin de año. Sin embargo,
también propone bonificar la capacitación con un bono de 1.5% sobre los
gastos realizados
en formación
laboral tan solo para las empresas ubicadas en la zona
industrial de Zofratacna, lo cual mantiene el espíritu de
la norma original, pues sigue siendo un tratamiento
diferencial.
El tema de fondo no se ha comprendido. ¿Por
qué seguir apoyando este tipo de regímenes?
¿Por qué seguir privilegiando a un grupo de
empresas a costa de las demás? No se puede conseguir mayor
producción ni exportación con subsidios, sean o no
tributarios. Estos sirven para redistribuir riqueza, más
no para generarla.
No obstante, Zavala Lombardi de Economía y
Finanzas afirmó que la zona comercial tacneña no es
la única herramienta de desarrollo para la región,
y se refirió a la experiencia exitosa de la
exportación de páprika, por lo que recomendó
identificar más productos con potencialidad de
exportación a otros mercados.
"Tenemos que empezar a pensar qué proyectos de
inversión necesitamos hacer para desarrollarlos,
qué producto se puede exportar", dijo.
Manifestó que Tacna tiene una nueva oportunidad,
ya que por concepto de transferencias recibirá un ingreso
adicional de S/. 247 millones, provenientes del canon y
regalías mineras. "Contamos con recursos
adicionales que tenemos que ver e invertirlos correctamente, es
trabajo de todas las municipalidades y el gobierno regional",
puntualizó.
7.4 CON FIRMA DEL TLC
COMPRADORES YA NO VISITARÍAN LA ZOFRATACNA
La firma del Tratado de Libre
Comercio (TLC) con los Estados Unidos
afectaría a la ZofraTacna, ya que al no existir
gravámenes (aranceles) con
el país del norte los productos que lleguen a nuestro
sistema sí pagarían impuestos y no serían
atractivos para los compradores.
Según explicó el directivo del Banco Central de
Reserva del Perú (BCRP) Gonzalo García
Núñez, la ZofraTacna no desaparecería
legalmente, pero si un producto cuesta menos puesto en Lima
obviamente los usuarios preferirán adquirir los
artículos que provengan por el TLC y ya no asumir los
gastos de trasladarse a Tacna, pagar los aranceles y llevarlos
hasta su lugar de origen.
García indicó que este tema de la
desgravación comercial se conocerá cuando se
informe sobre los
detalles del tratado.
«Habrá que examinar en qué parte hay
superposición con la legislación existente en
materia de zonas especiales y zonas francas»,
anotó.
El funcionario alertó sobre este problema que
surgiría en Tacna y en el cual las autoridades locales
deberían requerir la información sobre el TLC al Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo.
Expresó que los negociadores del tratado con
Estados Unidos deberían aclarar si han considerado en su
agenda a la Zona Franca de Tacna.
Lo que ocurriría en Tacna con la firma del TLC,
por el que se preferiría comprar en Lima u otra ciudad
artículos de los Estados Unidos o procesados en dicho
mercado y no preferir una compra en ZofraTacna debido a un mayor
costo, se llama
«desviación de comercio», apuntó
García. De esta forma, en el corto plazo deja de ser
atractivo para los compradores y puede llegar a sobrevivir,
refirió el funcionario sobre el panorama sombrío
para la ZofraTacna.
«Si a usted le venden en un supermercado un
producto a diez soles y en otro a cuarenta soles,
¿cuál prefiere?», cuestionó
García.
- www.zofratacna.com
- www.mincetur.gob.pe
- www.comex.com.pe
- www.adexperu.org.pe
- www.larepùblica.com.pe
- www.elcomercioperu.com.pe
Bruno Reyes Pires
Estudiante de tercer ciclo
Universidad de San Martín de Porres
Facultad de Ciencias
Administrativas y Relaciones Industriales
Abril – 2006