La Formación Investigativa de los alumnos de Derecho de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. Propuesta de Perfeccionamiento
El presente trabajo, se desarrolla en
torno a la formación
investigativa de los estudiantes de la Licenciatura en Derecho de
la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
(BUAP).
En la actualidad el Componente Investigativo dentro del
proceso de enseñanza aprendizaje toma gran importancia
en la formación de los estudiantes del Derecho y hoy
constituye una problemática la formación investigativa
de los alumnos; en tal sentido el presente tiene como objetivo el señalar la
necesidad de perfeccionar la formación investigativa,
mediante la elaboración de una propuesta metodológica
que contribuya a la formación y el desarrollo de las competencias investigativas de
los alumnos a través de la asignatura de Métodos y Técnicas de la Investigación.
Se utilizaron los métodos teóricos de análisis y síntesis, inducción y deducción y el
histórico-lógico para el estudio y valoración de
las fuentes bibliográficas
necesarias para su desarrollo y los métodos y técnicas
empíricas para la realización del estudio diagnóstico de la
situación existente de dicha problemática.
En tal sentido se propone una propuesta de
perfeccionamiento que a través de una
metodología contribuya a la
formación y desarrollo de competencias investigativas en los
alumnos, sustentando el aporte práctico de este trabajo en
la innovación de una
metodología que puede ser implementada al proceso de
enseñanza aprendizaje de la asignatura de Métodos y
Técnicas de la Investigación.
En los últimos siglos los Estados han sido los
principales rectores en las políticas educacionales,
logrando la innovación y vigencia en la preparación de
estudios, programas, clases, la
impartición de estas y de dinámicas que busquen
interactuar entre profesores y alumnos hasta llegar a la introducción de toda la
nueva tecnología de
información y comunicación.
Destacando la importancia de la investigación, como
una de las tareas más importantes dentro de la educación partiendo de las
necesidades y problemas que presenta esta y
el resultado que se pretende obtener del proceso de
enseñanza en la evolución de cualquier
sociedad, el Sistema Educativo Mexicano
contempló dentro de su marco jurídico, Ley General de Educación, en la cual se establece en
su Capitulo I, Disposiciones Generales (artículo 7,
fracciones I, II y VII) que la educación que imparte
el Estado mexicano tendrá
entre otros como fin el :
I.- Contribuir al desarrollo integral del
individuo, para que ejerza
plenamente sus capacidades humanas;
II.- Favorecer el desarrollo de facultades para
adquirir conocimientos, así como la capacidad de observación,
análisis y reflexión críticos;
VII.- Fomentar actitudes que estimulen la
investigación y la innovación científicas y
tecnológicas.
Resulta objetivo que se señale: Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su
artículo 3, fracción VII otorga autonomía a la
universidades e instituciones de educación superior;
teniendo la facultad y responsabilidad de gobernarse
así mismos. La Ley General de Educación y la Ley de
Educación del Estado de Puebla, excluyen la
función educativa de las
universidades e instituciones de educación superior, al
determinar que las mismas deberán regularse por sus propias
leyes; sin embargo dichos
ordenamientos en sus artículos 9 y 14 respectivamente apoyan
e impulsan la investigación
científica y tecnológica en todos los tipos y
modalidades educativos incluyendo la educación
superior.
Por lo que en este momento se enfoca el presente trabajo
en la educación superior, es decir; en la universidad y en
específico en el área del derecho, ya que la
importancia de este trabajo se centra en la necesidad de dotar al
estudiante del área del Derecho no sólo de una
preparación teórica, sino que se despierte en él
un desarrollo integral que sea capaz de observar, analizar y
hacer reflexiones críticas; ya que las personas que se
inician en el estudio jurídico necesitan fuentes de información
especializada para desarrollar sus estudios, cultivando así
la investigación, paso que ayudará en la verdadera
formación y desarrollo de su vocación y habilidades
para más tarde desarrollarse en el campo laboral.
Tal y como lo señala el maestro Gabriel
Álvarez, al señalar que "En los últimos años
se intenta complementar el estudio de la investigación
dogmática y documental, con las posibilidades emergentes de
la investigación empírica o de campo con el objetivo de
conocer la eficiencia de la norma
jurídica, es decir, estudiar la realidad jurídica en
las fuentes directas".
Para enfrentar dicha situación es necesario que
dentro del proceso educativo se analice y señale; si en la
formación universitaria que se les está ofreciendo a
los estudiantes se está desarrollando en ellos la habilidad
investigativa como parte de esa formación, ya que la misma
Ley General de Educación señala que dentro de los
planes y programas de estudio deberán de establecerse la
adquisición de habilidades y destrezas; o sólo se trata
de obtener los conocimientos básicos teniendo como base la
doctrina y la legislación.
En la actualidad, resulta cierto que la
investigación jurídica es sólo de interés de una minoría
en las universidades y demás centros del conocimiento; encasillando al
estudiante de derecho a ser litigante o funcionario público,
pero se a olvidado dotarlo de la preparación desde el nivel
básico de la carrera a desarrollar en él la habilidad
de la investigación y ver en ellas el desarrollo del Derecho
como ciencia misma. Sin embargo
existen diversos autores que se han dedicado a trabajar y
enfocarse a la formación investigativa de los alumnos,
buscando el que se desarrollen y formen en los estudiantes
habilidades y competencias investigativas sobre los nuevos
paradigmas que las ciencias de la educación
han permitido, así se pueden observar los trabajos de Honore
(1980), Kellinger (1985), Canales (1986), Sánchez Puentes
(1987), Arredondo (1989), Rojas Soriano (1992), Díaz Barriga
(1993), Barbier (1993), Tunnerman (1997), Fuentes (2000),
Gallardo (2003), Bermejo 2005, entre otros.
Pocos son los casos en los que se enfrenta al estudiante
a dejar el papel de alumno receptor y convertirse en alumno
investigador; en donde se desarrollen lo que tûnnerman
denomino como las "Competencias básicas; las cuales
sintetizan el ser, saber y el hacer del profesional
universitario". Y aunque algunos programas de licenciatura
incluyen la asignatura de Metodología de la
Investigación; como la materia que inicie al
estudiante dentro de esta tarea; ésta sólo resulta ser
un curso aislado, quedando en el olvido entre todas las materias
cursadas a lo largo de la carrera debido a que no se le
enseña al estudiante a hacer de ella una fuente de información y una
herramienta de trabajo, tal y como lo señala el maestro
Álvarez ya que debería de ser en los primeros años
de la formación del estudiante, cuando se estimule "la
capacidad heurística y de reflexión al buscar la
información relevante del fenómeno jurídico
estudiado… y en los últimos años de la carrera …
los alumnos apliquen los conocimientos obtenidos en su
formación, elaborando el proyecto de investigación
jurídica y su memoria…".
Dentro de este contexto, se ubica la vigencia del tema,
debido a que observa que es en la transición de "estudiante
a profesionales"; cuando el alumno es obligado a convertirse en
investigador de la noche a la mañana; careciendo de las
bases investigativas en el momento en que éste se ve en la
necesidad de realizar el trabajo de
investigación que deberá presentar y defender ante un
jurado para poder otorgarle el grado
académico; lo cual, los centros del conocimiento han hecho a
un lado sin tomar en cuenta que es una parte fundamental en la
formación de los egresado con la que deben de contar, debido
a que a su paso por la universidad no se le inició en ello o
se hizo de forma muy débil, lo cual acarrea consecuencias no
tan solo en su tesis, sino después de
realizada esta, en el desarrollo de su profesión se deja al
olvido cuando debería de ser el comienzo de ella.
Considerando los aspectos antes señalados este
trabajo se enfocó a conocer en forma muy general la
opinión de diez egresados del área del Derecho con
respecto a su formación investigativa en su desarrollo
universitario mediante una encuesta (anexo 1).
De acuerdo a los resultados obtenidos de la
aplicación de dicha encuesta, el 80% de los encuestados
contestó que su formación investigativa en su
desarrollo universitario había sido regular, mientras que el
20% restante respondió que había sido buena.
Por lo que respecta a las causas que dieron origen a esa
formación, se encierran en cuatro puntos:
- A la falta de aplicación práctica de los
Métodos y Técnicas de la
Investigación. - A que los profesores son sólo abogados, que
carecen de herramientas para la
enseñanza. - No existe una vinculación de la
investigación del estudiante con las materias
especializadas que se van cursando. - Resultaba aburrida la materia de Metodología
de la Investigación.
Tomando en cuenta diagnóstico realizado y a partir
de las vivencias de la autora, se ha planteado como problema
científico el siguiente: La insuficiencia en la
formación investigativa de los alumnos de la Licenciatura en
Derecho de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la BUAP;
teniendo como objeto de investigación: El proceso de
enseñanza aprendizaje de la asignatura de Métodos y
Técnicas de la Investigación y estableciendo como
campo de acción:
La formación investigativa de los
estudiantes.
La hipótesis planteada en la
investigación es la siguiente: Si en el proceso de
formación de los estudiantes de la Licenciatura en Derecho,
se aplica una metodología para la formación y el
desarrollo de las habilidades investigativas de los alumnos
mediante la asignatura de Métodos y Técnicas de la
Investigación, basada en la contradicción entre los
Métodos de
Investigación Jurídica y los Métodos
Didácticos; se contribuirá a la formación
investigativa de los estudiantes.
La educación debe ser un proceso dinámico, de
renovación constante, debiendo evolucionar a la par de la
sociedad; partiendo de este hecho, la investigación
científica es una tarea primordial en la vida académica
de cualquier estudiante, ya que brinda la oportunidad de contar
con la información de las fuentes directas del Derecho positivo lo que a su vez
les permite ser parte activa y responsable del proceso de
enseñanza-aprendizaje.
El proceso de investigación es muy complejo; ya que
se relacionan varios componentes entre si para el desarrollo de
habilidades investigativas. Partiendo del análisis de la
naturaleza dialéctica de
los mismos se obtiene como consecuencia la dinámica del proceso; en
donde al entrelazarse unos con otros, resulta cierto; que al
faltar uno de estos o ser deficiente, el proceso será
ineficaz.
Por lo que para analizar las tendencias históricas
de la formación investigativa de los estudiantes de Derecho
de la BUAP, mediante la asignatura de Métodos y
Técnicas de la Investigación se han tenido en cuenta
los siguientes indicadores:
- Modificación a los planes y/o programas de
estudio. - El papel del alumno en el proceso docente
educativo. - El papel del profesor en el proceso
docente educativo y - La metodología de la enseñanza
Desprendiéndose del análisis de dichas
tendencias que la formación investigativa de los alumnos de
derecho ha atravesado por el conjunto de etapas que
son:
1972 – 1982. Etapa de enfoque
teoricista.
1983 – 1991. Etapa de comprensión
científica del Derecho
1992 – 2001. Etapa de vinculación de
investigación-desempeño.
2002 – 2005. Etapa de formación investigativa
general.
Etapa de enfoque teoricista. (1972 –
1982).
El principal antecedente histórico de la asignatura
en cuestión, se desarrolla en el Plan de Estudios de 1972 en el
cual se impartía las materias de Preseminario de Metodología Jurídica
y Seminario de Aplicación
de la Metodología Jurídica en primer y segundo semestre
respectivamente, hasta el mes de septiembre del año de 1977
cuando se realiza el segundo Congreso de la Escuela de Derecho de la BUAP con
carácter resolutivo, en
el cual se discutió y se aprobó un nuevo plan de
estudios, orientado hacia los métodos y contenidos de la
enseñanza y la investigación. Aprobando bajo esas
directrices el Plan de Estudios de 1978, Se señala que
dichos programas carecían de cartas descriptivas de los
cursos, de objetivos y algunos eran
incompletos; es decir, un porcentaje significativo carecía
de programas de estudio debidamente requisitados.
Este plan tenía una falta total de propósitos
generales y una completa ausencia de objetivos terminales.
Consideraba dos niveles, el primero estaba comprendido por los
primeros cuatro semestres los cuales buscaban hacer al estudiante
apto cultural y científicamente para manejar la teoría del derecho y la
técnica jurídica, en clases de tres horas; dentro de
este se ubicaba la materia de Metodología Jurídica
Teórica Práctica; como resultado de la fusión de las asignaturas de
Preseminario de Metodología Jurídica y Seminario de
Aplicación de la Metodología Jurídica contempladas
en el anterior Plan de estudios.
El programa de la asignatura de
Metodología Jurídica Teórica Práctica estaba
comprendida por nueve unidades en donde se es notorio observar
que no existió congruencia entre los objetivos
específicos a cumplir en la unidad y las actividades a
realizar; así por ejemplo en la primera unidad mientras en
sus objetivos específicos se encontraba el expresar porque
es el trabajo de investigación, en las actividades a
realizar se encontraba que se tenía que investigar que era
una memoria y lo que era una obra básica. Por lo tanto en
este programa prevalecía la falta de concordancia entre los
objetivos y el contenido de los mismos, teniendo temas que
correspondían a uno de filosofía y su desarrollo era
totalmente teórico, cursando dicha asignatura en el primer
año de la carrera.
Por lo que respecta al papel del alumno dentro de esta
etapa se señala que resultaba nulo el trabajo
científico de los estudiantes, en donde rara vez se les
pedía que realizaran trabajos de investigación durante
los cursos, haciéndose notoria la inexistencia de la
investigación en los alumnos y por consecuencia en la
formación y desarrollo de sus habilidades investigativas; ya
que ni siquiera se tenia claro lo que era una
investigación.
Dentro de esta etapa del proceso los profesores
enfocaban sus esfuerzos para que los alumnos desarrollaran en la
práctica los conocimientos adquiridos de las materias
jurídicas de ahí se deriva que muchos abogados, por no
decir que todos, se encasillaron en prepararse para ser
litigantes y pocos volvieron su rostro a la docencia e investigación.
los maestros no establecían siquiera la relación
teoría – práctica durante el curso,
limitándose a la impartición exegética de la
clase; quienes sólo
repetían los patrones de conducta sobre los cuales ellos
mismos habían aprendido.
En cuanto a la metodología de la enseñanza,
esta se señalaba de manera dogmática, donde la
formación del criterio jurídico no existía al
igual que la investigación integrada. Lo cual pone en
evidencia la separación de dicho plan y las funciones de la Universidad que
postulaba el Movimiento de Reforma
Universitaria, que eran: la docencia, investigación y la
extensión universitaria, que armonizadas íntimamente
tenían el objeto de formar profesionistas críticos y
comprometidos. Sólo se daba realce a las asignaturas que
abrían posibilidades a nuevas opciones de trabajo
profesional para los egresados; asumiéndose el método tradicional, y donde
los recursos didácticos que se
empleaban no eran más que la pizarra, el libro de texto y el dictado de apuntes,
sumándose a estos cátedras magistrales.
Etapa de comprensión científica del Derecho
(1983 – 1991)
Por lo que respecta a los Planes y Programas de Estudio
dentro de esta etapa; se llevó a cabo en noviembre de 1983,
el Foro de Planes y Programas de
Estudio, el cual tenía como objetivo la mejora de los mismos
mediante el análisis critico al plan 78 que era el vigente
hasta ese momento; con el fin de incorporar a los programas y al
proceso de enseñanza una correcta conceptualización de
lo científico y técnico, como de lo práctico y
teórico.
Teniendo como resultado en la actualización del
plan de estudios la substitución del curso de
Metodología Jurídica Teórico y Práctica por
el Taller de Metodología y Técnicas de
Investigación Jurídica, dándole la validez como un
curso de formación para una correcta comprensión
científica del derecho; partiendo del criterio integral para
interrelacionar los cursos de formación con los
jurídicos, en donde se reafirmaba su importancia. Ya que de
nada servía tener toda la teoría comprendida en un
curso sino se le daba aplicación; así los mismos
alumnos demandaron un curso donde pudieran desarrollar dichos
conocimientos motivo por el cual se convierte en un taller, que
sería cursado en el tercer o cuarto semestre ya que se
tuviera un nivel básico de conocimientos jurídicos;
además de establecer un seminario para la elaboración
de la tesis que se debía cursar en el último año
escolar debido a la ausencia del nivel científico del
trabajo de investigación, que se puede señalar como
consecuencia de la falta de aplicación de la materia de
Metodología y Técnicas de la
Investigación.
Dichos puntos resolutivos del foro sólo llegaron
hasta ahí, debido a la falta de aplicación como
consecuencia de que la academia sólo actuó como
instancia revisora dejando en el olvido su papel de órgano
ejecutor.
Logrando un retroceso enorme, ya que se sabía una
deficiencia y se tenía el remedio pero simplemente no se
hizo uso de él, y decidieron quedarse como estaban, y en el
quinto congreso celebrado en el año de 1985 se aprobó
el plan de estudios nuevamente con la misma materia sólo que
cambió su nombre por el de Métodos y Técnicas de
Investigación Jurídica, ubicándose en el área
Jurídico Instrumental del nivel básico;
estructurándola a través de cuatro unidades
temáticas, lo cual tenia como objetivos la información
y formación que permitiera a los estudiantes identificar el
proceso del conocimiento científico y
el proceso de la investigación jurídica; la
explicación y justificación de la importancia de las
técnicas de investigación documental y
de campo y adquirir los conocimientos suficientes sobre los
elementos fundamentales de la investigación jurídica de
carácter científico. Por lo que se puede señalar
que los mismos objetivos de esta asignatura limitaban el proceso
de enseñanza-aprendizaje, al hacer de estos un listado a
nivel de conocimientos sin buscar convertir ese
conocer
El papel de los alumnos y maestros continuaban siendo
los mismos de la etapa anterior; ya que los docentes seguían
impartiendo su cátedra mediante el discurso clásico del
aprendizaje en donde sólo se transmitía el conocimiento doctrinal sin
propiciar que los alumnos se desarrollara la investigación,
donde la práctica que se llevaba a cabo era una consecuencia
lógica para la
aplicación de los conocimientos que se les había
impartido con respecto al área jurídica, pero no a la
científica.
En el mismo sentido, la metodología de la
enseñanza dentro de esta etapa se señalaba en torno a
la motivación del proceso de
enseñanza-aprendizaje, no cambio mucho ya que continuaba
impartiéndose bajo el esquema tradicionalista, enteramente
como una materia teórica sin ninguna aplicación, en
donde la formación y desarrollo de habilidades
investigativas resultaban nulas y no se encontraba
vinculación alguna con el resto de las
asignaturas.
Esto se podría señalar como consecuencia de la
deficiente estructuración de la materia dentro del plan de
estudios y los objetivos que se perseguían con la
impartición de la misma. Aunado a que sus recursos
didácticos utilizados eran la pizarra, lecturas, uso de
libro, lecturas comentadas, laminas y rotafolio entre
otros.
Etapa de vinculación de
investigación-desempeño. (1992 –
2001)
Dentro de esta etapa, los planes y programas de estudio
de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales fueron
evaluados por la Comisión Coordinadora del Proceso de
estructuración del nuevo plan de estudios para el desarrollo
del proyecto académico de la
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la BUAP (1992), la
cual al revisar dichos programas, elaboró un
diagnóstico del mismo en el que se revela en primera
instancia que el plan de estudios de la materia de Métodos y
Técnicas de la Investigación Jurídica no se
evaluó debido a que el presidente de la academia no
cooperó con dicha comisión6, se hace un
paréntesis para señalar en este punto que si ese era el
interés y apoyo que se obtenía del presidente de la
academia ante una comisión revisora, se deja clara la idea
de la "importancia que se tenía de la asignatura" para el
presidente de la academia y los demás integrantes de la
misma.
Sin embargo, como resultado de dicha revisión al
Plan de estudios, se elaboró uno nuevo(1995) basado en el
sistema de créditos, señalando
entre sus objetivos curriculares:
Impulsar la investigación jurídica como
una actividad especializada no necesariamente divorciada de la
práctica jurídica; sino al contrario, íntimamente
relacionada a ella como su fuente inmediata, pero a su vez como
factor del desarrollo de esa práctica.
Propiciar la formación de un egresado,
altamente informado en lo científico acerca del Derecho
Positivo……. prepararse específicamente para dar su
concurso efectivo como … un investigador especializado en la
materia jurídica.
Se estructura el plan de estudios
en cinco áreas: Técnico Jurídica Fundamental,
Jurídica Social, Jurídica Filosófica,
Jurídica Instrumental y Cultura Universitaria,
comprendiendo dentro del área Jurídico Instrumental la
asignatura de Métodos y Técnicas de la
Investigación; como una materia de carácter informativo
que permitiera una visión integral del campo científico
por medio de la combinación de actividades de
investigación y aplicación para su desempeño
creativo, coadyuvando a la facilitación del aprendizaje y su
formación, que en conjunto con el resto de los cursos
comprendidos en esta área correspondiesen a la praxis profesional, definiendo
el quehacer humanístico/científico/técnico,
facilitando la investigación y orientación al campo del
ejercicio profesional.
Estableciéndola dentro del nivel básico en el
mapa curricular con tres horas de teoría semanal con un
total de seis unidades de créditos, sin requisito previo
para ser cursada. Logrando tener un plan de estudios estudiado y
completamente reestructurado.
Por lo que respecta al papel que desempeñaban
alumnos y maestros; la comisión señaló que la
situación que imperaba en la planta de maestros a nivel
general en la escuela tornaba más difícil la
situación, ya que se detectó un alto índice acerca
del incumplimiento en los programas de estudio por parte de los
profesores y estudiantes, haciéndose notorio el elevado
nivel que existía de corrupción de alumnos y de
maestros que no impartían el tiempo completo de la
cátedra y otros más que eran sustituidos por pasantes
en la impartición de clases; no existía ninguna
dinámica entre el profesor y el alumno, en donde se pudieran
desarrollar trabajos científicos en los cuales se aplicaran
dichos conocimientos. Sin embargo dicha comisión
señaló tareas inmediatas a cumplir de donde se
desprende la aplicación por parte de la planta docente del
método científico y
la necesidad de aplicar nuevas técnicas pedagógicas e
incrementar la investigación como punto de apoyo de la
docencia.
El proceso de enseñanza aprendizaje al inicio de
esta etapa se destacaba por ser verdaderamente informativo y
repetitivo de conceptos y doctrinas y aunque se logra tener un
plan de estudios reestructurado, se señala que la
cátedra de dicha materia se vuelve a concentrar en la
teoría, resultando inexistente la formación y
desarrollo de competencias investigativas y encasillando a la
cátedra a ser una serie de conferencias semanales. Quedando
estancado el proceso de investigación en esta materia ya que
se argumenta que se debe al método exegético utilizado
en la enseñanza.
Etapa de formación investigativa general. (2002
– 2005)
Cinco años más tarde, los miembros de la
Comisión de Seguimiento y Evaluación Curricular
presentan el plan de estudios del año 2001, el cual se
encontraba sustentado en el de 1995 y se encuentra vigente hasta
estos días; ubicando a la asignatura de Métodos y
Técnicas de la Investigación Jurídica en el mismo
lugar; dando su descripción; como la materia
que "Proporciona a los estudiantes los conocimientos,
habilidades y destrezas necesarias que les permiten obtener una
información adecuada sobre los métodos y técnicas
de Investigación jurídica más usuales."
7 y modificándola respecto al número de
créditos, dejándola con cuatro en total y con una hora
de teoría y dos de práctica, sin embargo aún no
logró el balance total entre estas dos cuestiones, ya que
este plan con relación al anterior sólo restó dos
horas a la teoría para otorgárselas a la práctica,
lo cual no garantizó que se formen habilidades en los
alumnos, mucho menos se desarrolle una práctica correcta; ya
que sólo describe a la asignatura como la materia que
permite hacerse llegar de información sobre métodos y
técnicas de investigación; más no a desarrollar
habilidades, ni que decir de las competencias que otros autores
del tema señalan y que se analizaran más adelante en el
cuerpo del presente trabajo.
No obstante, en cuanto al papel que desempeñaban
alumnos y maestros disminuyo la corrupción señalada
en la etapa anterior dándose aunque en un menor grado la
dinámica entre el profesor y el alumno para desarrollar
trabajos, pero aun el número de docentes que se han
comprometido con el cambio pedagógico es poco, ya que si
bien ahora ya les dejan trabajos para investigar, los alumnos
señalan que son generales y no reciben una valoración
profunda por parte de los maestros; en donde esto se torna en una
corriente de solo cumplir con hacer la investigación para la
obtención de una calificación; lo cual permite en un
muy pequeño parámetro favorecer el desarrollo integral
de los alumnos, involucrando a estos y haciéndolos
corresponsables de su propio aprendizaje.
Además, se debe señalar que dicha reforma hizo
obligatorio a los docentes de la Universidad el que se prepararan
y actualizaran mediante estudios de Maestrías y Doctorados
elevando así su nivel académico y el desarrollo frente
a los grupos.
El proceso de enseñanza aprendizaje cambia un poco
con la metodología sugerida, ya que el profesor, aunque
sigue dando su exposición facilitadora,
permite en menor grado la participación de los alumnos en
exposiciones y buscando iniciar dinámicas grupales en
algún momento y aunque el plan de estudios se encuentra
reestructurado, los contenidos de la materia se vuelve a
concentrar en la teoría, resultando inexistente la
formación y desarrollo de competencias investigativas; en
donde la clase es una serie de conferencias semanales con
orientaciones para iniciar a los alumnos en trabajos por equipos
eventual y esporádicamente.
Siendo dicho proceso de investigación en esta
materia limitado, donde no se motiva a la utilización de la
nuevas tecnologías de la
investigación y centrándolo minimamente en la
solución de problemas reales y nulamente en problemas
jurídicos mediante la ciencia. Logrando que esta
etapa sólo forme en investigación en forma muy
general.
Resulta evidente que el tema de la formación y el
desarrollo de las habilidades investigativas de los alumnos a
través de la asignatura de Métodos y Técnicas de
la Investigación es de suma importancia para los estudiantes
de la carrera de Derecho y Ciencias Sociales, ya que el tema se
fundamenta a partir de que no sólo se trata de formar a un
profesional con determinadas competencias en la práctica
jurídica forense; sino de que además ese profesional
contribuya a su crecimiento personal y al desarrollo en todos
los ámbitos de la sociedad con los cuales interactúan
las instituciones educativas, en lo cual incide la formación
en el contexto escolar de manera fundamental.
Así se señala como conclusión de las
tendencias históricas del tema de investigación
abordado en éste trabajo que:
En la Etapa de Etapa de enfoque teoricista. (1972
– 1982). Al ingresar la asignatura de Metodología
Jurídica Teórica Práctica al plan de estudios de
1978, se contemplaba la necesidad de brindarle al estudiante de
Derecho las herramientas necesarias para desarrollarse como un
estudioso de esta área desde el origen de las
cosas.
Mientras que en la Etapa de comprensión
científica del Derecho (1983 – 1991), se tenia
como objetivos la información y formación que
permitiera a los estudiantes identificar el proceso del
conocimiento científico y el proceso de la
investigación jurídica; aunque continuaba dejando por
completo fuera del alcance del estudiante el desarrollo de
competencias investigativas.
La tercera etapa llamada de vinculación de
investigación-desempeño (1992 – 2001),
permitió dar coherencia entre los programas de estudio de
cada asignatura y la planta docente junto con los alumnos, en
donde se dio un nuevo aire a la materia de Métodos
y Técnicas de la Investigación en específico, al
desarrollar como uno de sus fines el impulso a la
investigación, además de encerrar dentro del perfil del
egresado la faceta de investigador. Sin embargo, no fue
observable una formación investigativa en los alumnos del
área del Derecho de la BUAP.
En la cuarta etapa denominada de formación
investigativa general. (2002 – 2005), permite eso; la
formación muy general de los alumnos en la cuestión
investigativa donde la clase es una serie de conferencias
semanales con orientaciones para iniciar a los alumnos en
trabajos por equipos eventualmente, pero sin que esta actividad
halle un desarrollo aunado a la práctica jurídica,
buscando sólo que los alumnos obtengan una formación
investigativa en forma muy general.
Lo antes descrito; sugiere la conclusión del
presente trabajo con la proposición de desarrollar una
propuesta de perfeccionamiento mediante la elaboración de
una metodología para la formación y el desarrollo de
competencias investigativas en los alumnos de Derecho mediante la
asignatura de Métodos y Técnicas de la
investigación.
Ya que al desarrollar competencias, no tan sólo se
desarrollarían habilidades en sí mismas, sino que se
estaría en una mejor postura de fomentar y propiciar la
investigación en las universidades en donde el estudiante
sería capaz de buscar y construir su conocimiento dando una
mayor significación entre la educación y las demandas
sociales; ya que el establecimiento del desarrollo de
competencias adquiere un mayor significado entre el "ser y saber
cómo" sobre el "saber y hacer qué".
Por lo que en la opinión de la autora, la propuesta
metodológica para la formación investigativa mediante
el desarrollo de competencias en los estudiantes de Derecho a
través de la asignatura de Métodos y Técnicas de
la Investigación Jurídica; tiene que basarse en la
contradicción que se manifiesta entre los Métodos de
Investigación Jurídica y los Métodos
Didácticos. "ya que sin la propiciación de la
búsqueda y creación de conocimiento nuevo; no
sería una universidad moderna" (Bunge 1987).
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Datos de la autora:
Andrea Castillo Duran
Licenciada en Derecho y Ciencias Sociales por la
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla; México.
2002.
Actualmente cursante de la Maestría en Ciencias de
la Educación con especialidad en la enseñanza del
derecho por la Universidad de Camagüey, Cuba. Con sede en la
Facultad de Derecho de la B.U.A.P.