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Lambayeque, un pueblo mochica en la colonia




Enviado por José Gómez Cumpa



Partes: 1, 2

    1. La ciudad de Lambayeque
      colonial: Siglo XVI
    2. La ocupación del suelo en
      Lambayeque en el siglo XVI
    3. La Visita de Gregorio
      González de Cuenca (1566 – 1567)
    4. El común de indios de
      Lambayeque colonial
    5. La población
      indígena del pueblo de Lambayeque, siglo
      XVIII
    6. Cambios en la
      población de Lambayeque entre 1784 y
      1853
    7. Fuentes y
      bibliografía

    En este trabajo,
    presentamos el proceso de la
    historia del
    común de indios de Lambayeque colonial, tal como es
    posible reconstruir a partir de las fuentes
    disponibles.

    1. La ciudad de
    Lambayeque colonial: Siglo XVI

    La actual ciudad de Lambayeque, se inició como
    simple reducción indígena, fue organizada a
    partir del agrupamiento de algunas parcialidades
    indígenas por el Oidor de la Audiencia de Lima, Doctor
    Gregorio González de Cuenca, en su visita que con
    intenciones de reordenamiento jurídico y administrativo,
    hiciera al norte de la audiencia de Lima, en la segunda mitad
    de los años sesenta del siglo XVI.

    El Oidor Gregorio González de Cuenca fue el
    "fundador" de Lambayeque, aunque estrictamente este adjetivo no
    es correcto en este caso, ya que la "fundación de
    ciudades" es un proceso que tanto ritual como sustancialmente
    es muy diferente a la de creación de una
    reducción o pueblo indígena, como fueron los
    casos de Chiclayo, Lambayeque, Ferreñafe y tantos otros
    antiguos "comunes de indios" del actual departamento de
    Lambayeque.

    Desde mediados del siglo XVI (1566) ya existía
    el fundamento legal de la fundación de los pueblos de
    Lambayeque, por las Ordenanzas de los indios dictadas por el
    Doctor Cuenca en agosto de 1566. Cuando Toledo dicta sus
    Ordenanzas sistematizadoras a partir de 1571, en Lambayeque ya
    estaban estructuradas las poblaciones de Lambayeque,
    Ferreñafe y Chiclayo, probablemente desde 1566 ó
    1567. Así, la población de Jayanca que según
    Sebastián de la Gama estaba dispersa en más de
    200 aldeas y ranchos, fue distribuida y reducida por Cuenca en
    tres grandes centros urbanos indígenas: Jayanca, Pacora,
    Mochumí. Dentro de la lógica de la labor de González de
    Cuenca, y de acuerdo a las órdenes que cumplía en
    su visita, instituyó la
    organización municipal en Chiclayo, dado el éxito
    de modelo
    ensayado en el Valle de Jayanca, y que luego sería
    difundido en el Perú por Toledo.

    El proceso de formación urbana que fuera uno de
    los pilares de la reestructuración de lo que
    sería el sistema
    colonial hispanoamericano, y hoy América
    Latina se realizó por dos formas urbanas
    excluyentes, antagónicas, y sin embargo complementarias
    de acuerdo a la racionalidad colonial: la ciudad de
    españoles y el pueblo de indios. La ciudad es un
    núcleo mixto de población, que reúne al
    europeo, al africano y al aborigen, y tiene una
    tipología fácilmente discernible: funcionalmente
    podían ser centros administrativos, políticos,
    militares; productivamente podían ser ciudades mineras,
    agrícolas o ganaderas; por último, una
    tipología de función
    regional las clasificaría en centros de relación,
    comercio y
    de mercado (Cf.
    GUARDA 1972, HARDOY 1979).

    Las reducciones indígenas o pueblos de indios
    serán el complemento rural que entorne el núcleo
    medular, con la participación de la población
    autóctona, regido por sus propios pobladores a
    través de autoridades elegidas entre ellos, y gozando de
    cierta autonomía. De este modo, desde el siglo XVI se
    instaló en América un ordenamiento espacial y una
    jerarquía urbana que perduraría por varios
    siglos, hasta la actualidad (SIMPSON 1970). Hay, por supuesto
    permanencias de espacios económicos y culturales que en
    alguna medida son recogidos por los conquistadores: la
    presencia de núcleos de población susceptibles de
    ser aprovechados como mano de obra y fuente de tributo es uno
    de los requisitos importante de la instalación de las
    encomiendas.

    Hay varias etapas del proceso urbanizador de la
    población indígena. El primero es el
    período entre 1492-1519
    , caracterizado por una
    intensa actividad desplegada en torno al Mar
    Caribe y por la necesidad del contacto permanente con España y
    Santo Domingo, así como por la incertidumbre por el
    riesgo que
    implicaba el absoluto desconocimiento geográfico,
    obligaron a la fundación de los centros urbanos en las
    costas o cercanos a ellas. Estos centros urbanos representan el
    tránsito de la factoría al propio núcleo
    urbano, pero además son focos desde los que se comienza
    la colonización agrícola, ganadera o/y minera de
    cada zona y sirven de base de aclimatación del europeo,
    de sus animales y
    plantas,
    así como de aprovisionamiento. Ejemplos: Navidad,
    Isabela, Santa María de Urabá, San Germán
    y Caparra, Santo Domingo, Santiago de Cuba, La
    Habana, Nombre de Dios, Panamá,
    entre otras.

    Los sistemas
    tradicionales de cultivo de los aborígenes les llevaba a
    un poblamiento disperso, por lo que se estructuró su
    concentración lo más cercanamente posible a las
    ciudades y villas, por razones económicas y algo que es
    recurrente en la historia colonial de América: La
    necesidad de facilitar la aculturación. Como
    decían las Ordenanzas para el buen tratamiento de los
    indios (Valladolid, 23 de enero de 1513, conocidas como
    "Leyes de
    Burgos").

    "El principal estorbo que tienen los indios para
    enmendar sus vicios y que la doctrina no les aproveche, ni en
    ellos imprima, es tener sus asientos y estancias tan lejos
    como los tienen y apartados de los lugares donde viven los
    españoles".

    Otra disposición dada en Madrid el 13
    de setiembre de 1516 (Instrucción dada a los
    Jerónimos), señala que "debéis mirar la
    disposición de la tierra,
    especialmente la que es cerca de las minas de donde se saca el
    oro".
    Puntualiza esta disposición la manera precisa en que
    deberían estructurarse los pueblos
    indígenas:

    "…débense hacer los pueblos de
    trescientos vecinos, poco más o menos, en el cual se
    haga tantas casas nuevas fueren los vecinos, en la manera que
    ellos las suelen hacer, aunque se aumente la
    familia, como Dios, mediante se aumentará, puedan
    caber todos ellos.

    Que se haga una iglesia,
    lo mejor que pudieren, y plaza y calles en tal lugar. Una
    casa para el cacique, cerca de la plaza, que sea mayor y
    mejor que las otras, porque allí han de concurrir
    todos sus indios, y otra casa para un hospital; (…) en cada
    pueblo, término conveniente apropiado a cada lugar,
    antes más que menos, por el aumento que se espera Dios
    mediante; término que habéis de repartir entre
    los vecinos del lugar, dando de lo mejor a cada uno de ellos
    parte de tierra
    donde pueda plantar árboles y otras cosas y hacer montones
    para él y su familia, y al
    cacique tanto como a cuatro vecinos, lo restante quede para
    el pueblo para tejidos y
    pastos y estancias para ganados".

     Estas disposiciones incluían el mando del
    cacique sobre todo el pueblo, pero eran complementadas con el
    régimen municipal para que los indígenas "vivan y
    estén seguros y de la
    manera que tienen los vecinos de estos Reinos". La
    catástrofe demográfica de la zona del Caribe
    evidentemente rompió todas las expectativas de
    aculturación y organización de las poblaciones
    indígenas, pero aportó elementos importantes de
    experiencia a ser tenidos en cuenta en las siguientes etapas
    del proceso urbanizador en América.

    El segundo período es el de 1520 a 1572.
    Es el período de la urbanización hispana
    netamente continental. En este período los europeos se
    encuentran ya con culturas prehispánicas que han
    conocido un desarrollo
    urbano traducido en algunos casos en estructuras
    ordenadas (casos de los Valles de México, Pátzcuaro, Texcoco,
    Oaxaca, el Altiplano Andino y Costa del Perú: Chan
    Chan). En ciertos casos hallamos trazados de calles y
    densidades comparables a ciudades europeas. En otros casos,
    hallamos más bien un poblamiento disperso, desordenado
    alrededor de centros ceremoniales, con trazados no propiamente
    urbanos, como sucede con el mundo maya, y probablemente el
    reino Sicán o Lambayeque, donde encontramos muchos
    pequeños pueblos ordenados en función del
    control
    teocrático/hidráulico de pirámides o
    huacas significativas políticamente (Cf. SCHAEDEL 1951,
    SHIMADA 1987).

    En ambos casos hay una alta densidad
    demográfica. Así, el patrón urbano
    traído por los europeos y previamente probado en el
    período anterior va a ser modificado y adaptado: Se van
    a constituir las ciudades en los núcleos preexistentes o
    cerca a zonas con una crecida densidad demográfica.
    Ahora casi siempre al interior, sin recursos
    mineros, pero con una importante población aborigen, muy
    valiosa en términos económicos, y cuyo
    adoctrinamiento religioso, vigilancia militar y control
    fiscal
    había que organizar.

    En esta etapa se instalan también centros
    urbanos en zonas poco pobladas, para crear puntos de
    relación y de conexión con España. En
    cualquier caso siempre fue una norma la colaboración de
    la población aborigen. Para ello fue preciso al tiempo que
    se estructuraba la ciudad (Ordenanzas de vecinos,
    formación del cabildo, reparto de solares y tierras,
    delimitación de los bienes
    comunales), seguir con el doble objetivo
    iniciado en la anterior etapa: Concentrar la población
    indígena dispersa y formarla municipalmente.

    Como dice la Real Cédula al Gobernador de
    Guatemala y
    al Obispo don Francisco Marroquín (Madrid, 10 de junio
    de 1540):

    "…porque estando como están ahora, cada
    casa por sí, no pueden ser doctrinados, como
    convendría, ni promulgarles las leyes que se hacen en
    su beneficio, ni gozar de los sacramentos de la
    Eucaristía y otras cosas de que se
    aprovecharían y valdrían, estando en pueblos
    juntos y no derramados."

    Esta política sirve de
    modelo para los otros territorios en proceso de
    colonización, a los que se ordena regularse del mismo
    modo: La Nueva España en 1538, 1540 y 1949;
    Yucatán y Cozumel en 1548; Perú en 1540 y 1551
    (Por Real Cédula al Presidente y Oidores de la Audiencia
    de Lima, Valladolid, 9 de octubre de 1549 (Cedulario Indiano,
    Tomo IV, p. 272), y Tierra Firme. Este modelo de
    urbanización está muy teñido del clima
    ideológico de la primera mitad del siglo XVI, en que
    cristianización y urbanización, religiosidad
    evangélica y "policía" formaban una entidad
    única. Es en esta etapa en que se enmarca el problema de
    la fundación de la ciudad de Chiclayo, objeto de este
    trabajo.

    El tercer período es el de 1573 hasta
    1753
    . Es la última etapa, enmarcada por las Nuevas
    Ordenanzas de 1573, y las Instrucciones sobre composiciones de
    tierras de 1574. Está caracterizado por el fin de la
    conquista y por el clima de estancamiento económico,
    así como, concomitantemente, por el ansia de
    posesión de tierras. Características de esta
    etapa son: El desarrollo ganadero, las pandemias, las crisis
    agrícolas, que provocan una serie de hechos que van a
    dañar la propiedad
    comunal de los pueblos indígenas. Todo ello lleva al
    sostenimiento de una segregación de la población
    indígena para salvaguardarla. Muchas disposiciones
    legislativas provenientes del Consejo de Indias y de las
    autoridades indianas pretenderán corregir estas
    irregularidades y sus defectos, intentando limitar la
    usurpación indebida en diversas ocasiones. Se
    atenderá así a que aumenten los bienes comunales
    y en general a solucionar los problemas y
    las necesidades de la población indígena, tan
    maltratada por la expansión de la propiedad y los
    cultivos hispanos, la contraparte rural de la formación
    urbana antes reseñada.

    2. La
    ocupación del suelo en
    Lambayeque en el siglo XVI
    .

    Desde el punto de vista de la expansión de la
    frontera
    agraria del Perú del Siglo XVI, íntimamente
    vinculada al fenómeno de la expansión urbana, R.
    Mellafe nos plantea tres etapas claramente definidas, cuya
    cronología es interesante contrastarla con las etapas de
    la formación urbana reseñadas más arriba
    (MELLAFE 1972).

    Una primera etapa es la que va entre los años
    1532 y 1548 (con la derrota de Gonzalo Pizarro), período
    de expansión fundamental, con pocos cambios
    estructurales en la sociedad
    indígena y con guerras
    civiles entre los conquistadores.

    Un segundo momento (1548 a 1564), caracterizado por el
    predominio de las actividades tendientes a conocer la cultura y el
    área geográfica que se había conquistado,
    al tiempo que se intenta introducir nuevas estructuras en el
    sustrato aborigen.

    Por último, entre 1564 y 1581 (con el fin del
    gobierno del
    Virrey Toledo, se daría la extensión de los
    anteriores ensayos al
    tiempo que se dan ya cambios profundos en la sociedad
    conquistada.

    Hay algunos hitos que hay que tener en cuenta: Hacia
    1546 ya se habían fundado las principales ciudades
    españolas; hacia 1545 se abría ya el horizonte
    minero de Potosí, junto con su importantísima
    red agraria
    comercial; hacia 1543 y años posteriores el gobierno
    colonial se preocupa por la revitalización y
    reacondicionamiento del sistema vial del territorio. Entre
    1570-1580 se término de organizar el sistema laboral legal
    que aseguraba el aprovechamiento de mano de obra para todas las
    actividades económicas, con un severo control de la
    sociedad indígena, europea, negra y mestiza (MELLAFE,
    op. cit.).

    En el norte del Perú, Lambayeque actual estaba
    en la época prehispánica formando el llamado por
    Waldemar Espinoza, reino de los mochica (ESPINOZA 1975),
    formado por los valles de Jayanca, Túqueme, Cinto,
    Collique y Pacasmayo. Más arriba ya hemos hecho
    mención suficientemente detallada de los rasgos
    sustantivos de la sociedad mochica lambayecana. En el resto del
    siglo XVI se va a potenciar la disminución de la
    población, como refiere Fray Domingo de Santo
    Tomás, que fuera fundador del Convento de Chicama y
    recorriera el norte peruano en afán catequista, en una
    carta al
    príncipe Felipe (1º de junio de 1550), en los
    últimos diez años de su permanencia en estas
    tierras:

    "… no ay al presente la mitad y de muchas cosas
    dellas [se refiere a las gentes , ganados, pueblos,
    edificaciones, etc.] ni aun de tres de partes la
    una…"

    La lógica de la conquista concebía a la
    población indígena y sus propiedades como mero
    botín de guerra, sin
    pensar en asegurar en lo mínimo las condiciones de su
    subsistencia. Frente a esta situación de desorden es que
    surgen un conjunto de alternativas desde el Consejo de Indias y
    la Corona española, incluyen una política de
    población y de protección de las tierras
    indígenas, disposiciones que son compiladas en el
    Cedulario Indiano y en la Recopilación de Leyes de
    Indias, las que son asumidas por la Audiencia de Lima, para
    proteger la supervivencia de la población
    indígena y asegurar su reproducción, así como adecuadas
    condiciones para su control ideológico,
    catequización y aprovechamiento económico y
    laboral (mitas, tributos).

    3. La Visita de
    Gregorio González de Cuenca (1566 – 1567)

    La situación de los indios, caciques y
    principales mereció no solo la atención del Derecho indiano, dictado
    desde la metrópoli española, sino también
    hubieron múltiples disposiciones emanadas de las
    autoridades residentes en el Nuevo Mundo, que conplementaban y
    afinaban el alcance de las disposiciones generales planteadas
    desde el Consejo de Indias. En el Perú, son famosos los
    pareceres y ordenanzas del Doctor Gregorio Gonzáles de
    Cuenca sobre múltiples aspectos, como derechos de los caciques,
    conflictos y
    derechos de aguas, etc., que tendían a ordenar o
    legitimar situaciones más o menos vigentes, desde la
    época prehispánica, siempre adaptando esos
    derechos a la situación colonial y a la herencia
    cultural e histórica peninsular. Posteriormente el
    Virrey Toledo sistematiza, ordena y generaliza el conjunto de
    disposiciones más o menos desordenadas en sus famosas
    Ordenanzas, que dan un modelo definitivo al sistema colonial
    peruano.

    González de Cuenca llega al Perú en
    marzo de 1556 en el séquito que
    acompañaba al Virrey Andrés Hurtado de Mendoza,
    segundo marqués de Cañete. Fue Oidor de la
    Audiencia de Lima, y como tal participó en un conjunto
    de actividades como la visita de las provincias de Trujillo.
    Permaneció como Oidor hasta 1572, luego fue Presidente
    de la Audiencia de Santo Domingo hasta antes de 1576, en que
    había retornado a su original villa de Roa, falleciendo
    en 1576, después de una larga carrera como importante
    funcionario colonial.

    El Oidor Gregorio González de Cuenca
    recibió el encargo del Presidente de la Audiencia de
    Lima, Lope García de Castro, de visitar Trujillo,
    Huánuco, Chachapoyas y Piura. Parte en 1566 a Trujillo y
    en una carta dirigida al rey del 12 de diciembre de 1567,
    manifestaba haber cumplido la visita de Trujillo, así
    como la de Huánuco.

    Alegaba motivos de salud para no continuar
    con la visita, que debía continuar por Piura,
    además que las personas a quienes había aplicado
    justicia se
    quejaban contra él y no se le agradecía el celo
    al servicio del
    rey.

    Las más importantes Ordenanzas, publicadas, a
    nuestro respecto son sus "Ordenanzas sobre Caciques e Indios
    Principales" u "Ordenanzas de los Yndios", que fueron dictadas
    en la villa de Jayanca el 29 de agosto de 1566.

    En estas Ordenanzas, publicadas en 1975 por
    María Rostworowski, a partir del reconocimiento de los
    derechos de los caciques e indios principales, se ordenan el
    funcionamiento de la vida cotidiana de la población
    indígena. Se crea un orden colonial indígena
    sobre la base del modelo de las comunidades de Castilla, con
    sus alcaldes, regidores, oficiales, juez de agua,
    nombrados en el caso de Jayanca por el mismo Oidor
    Gonzáles de Cuenca, pero realmente serían cargos
    elegibles entre los mismos naturales

    "… en cumplimiento de lo que por su magestad me
    ha sido mandado yo visité los yndios del dicho
    repartimiento y moderé los tributos que aveis de pagar
    a vuestro encomendero y los que se an de dar a vos el dicho
    cacique y la comida para los sacerdotes que os an de
    doctrinar y lo que para ello y los demás gastos
    para la comunidad
    cada yndio en particular a de pagar y mande reducir en tres
    pueblos todos los yndios deste repartimiento y por que su
    magestad manda que entre los yndios de cada repartimiento se
    elijan alcaldes y regidores y juez de aguas y los
    demás oficiales necesarios asi para la
    administración de la justicia como para el buen
    recaudo y guarda de los bienes de la comunidad donde se
    recojan los tributos y demas bienes del
    común…"

    "… yo he nombrado los dichos alcaldes y
    regidores y juez de aguas y he dado la horden que para
    adelante se ha de tener en la eleción de los dichos
    oficios y al huso y exercicio dellos y he hecho ordenancas
    que vos el dicho cacique y los alcaldes y regidores y
    demás oficiales aveis de guardar en el huso de los
    dichos oficios y cargos y ordenancas generales y a todos los
    yndios de ese repartimiento…".

    Normaba así cómo se debía elegir
    a los alcaldes y regidores, y otros oficiales que se
    debían elegir cada año; los cargos elegibles iban
    desde escribano, alcaldes, juez de aguas; estos últimos
    podían nombrar sus auxiliares o aguaciles ("cargos de
    confianza"), así como el carcelero y verdugo. Se fijan
    así mismo todo el conjunto de atribuciones la
    jurisdicción y limitaciones del poder de los
    aguaciles, alcaldes, regidores; tendrían un papel muy
    importante en el control ideológico y el cumplimiento de
    las normas
    cristianas, así como en el manejo de, los recursos de la
    comunidad (la caja de Comunidad). Es muy escrupuloso
    también al precisar los derechos y atribuciones del
    Cacique, tratando de que "los caciques y principales, por el
    cargo y mando que tienen sobre los indios a ellos sujetos, no
    les agravien".

    Es entre 1566 y 1567 que González de Cuenca
    estableció el orden urbano a las antiguamente dispersas
    parcialidades o "valles" de esta región. Esto se
    demuestra con toda claridad cuando el 3 de marzo de 1567, en
    las Ordenanzas de Riego del Taimi, el Oidor Gonzáles de
    Cuenca señala que :

    "… en cumplimiento de lo que por su magestad me
    ha sido cometido y mandado, yo he visitado y tasado los
    repartimientos de indios de Chuspo, Reque, Coyque, Sinto,
    Lambayeque y Firriñafe,
    los cuales todos riegan
    sus sementeras y tierras y algodonales con una acequia muy
    antigua del tiempo del Ynga, llamada el Taymi, de la cual se
    sacan acequias y regaderas para los dichos repartimientos…"
    (Cf. BRÜNING 1923).

    Entre agosto de 1566 y marzo de 1567 el doctor
    Gregorio González de Cuenca visitó los
    repartimientos de indios de Chuspo (Monsefú), Reque,
    Coyque y Sinto (Chiclayo), Lambayeque y Ferreñafe, y
    seguramente como eran sus instrucciones señaladas
    explícitamente en las Ordenanzas de los Yndios dictadas
    en Jayanca, redujo varias parcialidades en el pueblo de
    Lambayeque, ya desde 1560 por lo menos.

    Susan Ramírez nos informa además que la
    población de Cinto pasó mayoritariamente al
    pueblo de Lambayeque y San Miguel; parte de Collique al pueblo
    de Eten y el resto de "pueblezuelos" a Chiclayo (RAMIREZ 1981,
    MOGROVEJO 1920).

    4. El común de
    indios de Lambayeque colonial

    De este modo el "Común de indios va a ser la
    institución representativa de la población
    indígena a lo largo de la época colonial, ante la
    cual se tramitaría la solución nativa. Igualmente
    sería la entidad que plantearía los reclamos por
    reivindicaciones de derechos de tierras y aguas ante las
    entidades dominantes en la colonia (Cabildo de Epañoles.
    Corregimiento, Audiencia de Lima. Virrey).

    Dentro del "Comúm de Indios" se expresaba
    también la organización social de la
    población indígena, ya que estaban representandas
    las parcialidades que al parecer agrupaban a los campesinos con
    derechos a determinada porción territorial. Ya hemos
    señalado algunos nombres parcialidades reducidas en el
    pueblo de Lambayeque (Ñan. Corñan, Xacap, Eten,
    Esquén). La situación se complica cuando
    observamos las parcialidades de origen de los feligreses de las
    cuatro parroquias de Lambayeque, como vemos a
    continuación:

    Cuadro 1:

    Parcialidades en parroquias de
    Lambayeque colonial

    Ramadas

    Santa Catalina

    Santa Lucía

    San Roque

    San Pedro

    Parcialidades

    comunes

    Forasteros

    Forasteros

    Forasteros

    Forasteros

    Yanaconas

    Yanaconas

    Yanaconas

    Yanaconas

    Del cacique

    Del cacique

    Del cacique

    Del cacique

    Parcialidades

    Pares

    Yéncala

    Fill

    Fill

    Yéncala

     

    Jacap

     

    Jacap

    Lizeros

    Huerta

    Huerta

    Huicop

    Parcialidades

    Singulares

    Segundos

    Nonchuc

    Xieloc

    Olleros

     

    Chanlobo

    Enec

    Jicloc

     

    Hebsquen

     

    Sensiac

     

    Collocsil

      

    Fuente: Elaborado a partir de información de los libros
    parroquiales de Lambayeque.

    Dejando de lado las parcialidades que se repiten en
    las cuatro ramadas, encontramos que el término
    "parcialidad" se aplica a conocidas toponimias locales
    (Yéncala, Huerta, Chalobo, Collocsil) así como
    apellidos de mandones o nobles yungas locales (Hebsqen o
    Esquén, Huicop, el mismo Huerta, p.ej.); y por
    último se refiere a algunas especialidades laborales muy
    concretas (chicheros, olleros, " lizeros" (sic). Hasta donde
    estas connotaciones del término parcialidad corresponden
    a contenidos o adaptaciones hispanas es algo que no podemos
    responder aquí, pero la evidencia nos sirve para conocer
    algo de la organización interna de nuestro común
    de Indios de Lambayque. Señalemos de paso que las
    parcialidades detectadas en pueblos vecinos como Chiclayo
    Ferreñafe tienen sentido similar.

    En Chiclayo son conocidas las parcialidades se Sinto.
    Collique y Forasteros, mientras en Ferreñafe las de
    Chiclef, Serquén. Falén Chanamé ,
    Siensiec. Calansec, Senseg, Luchfac. (Vinculadas a apellidos de
    mandones indígenas y toponimias locales), así
    como las especializadas de Pescadores, Carpinteros,
    Alcabaleros, al lado de las siempre comunes del Del Cacique,
    forasteros y Segunda Persona..

    El padre Justo Modesto Rubiños y Andrade, quien
    en los años sesenta del siglo XVIII estaba a cargo de
    una de las ramadas de Lambayeque, señalaba que desde la
    época de la gentilidad (prehispánica) fue
    Lambayeque

    "matriz de
    todos los cacicazgos de estos valles que fueron ramos del
    tronco principal, que se plantó en este
    pueblo"
    .

    En efecto, la leyenda de Naymlap contendida en la
    Miscelánea Antárquica de Miguel Cabello
    Valboa -tantas veces citada- recogida dos siglos antes que la
    versión de Rubiños, coincide en señalar
    que al desembarcar estos semimíticos inmigrantes,
    levantaron un templo llamado Chot y fundaron la ciudad de
    "Ñampallec" (CABELLO 1951), a partir de la cual se
    irradiaron los descendientes de Naimlap en un conjunto de
    unidades étnicas que durante la época colonial se
    denominarían como "parcialidades".

    Durante la llegada de los españoles al norte
    peruano, en tránsito hacia Cajamarca, el cacique
    Efquempisan dio buena acogida a los conquistadores,
    supuestamente ya existía Lambayeque como centro poblado
    y con ese nombre, según la versión de Ricardo
    Miranda(MIRANDA 1927). Según el expediante "Querella de
    los indios, caciques y principales contra los encomenderos,
    desde el Callejón de Huaylas al pueblo de Olmos" que se
    formó en 1578 (Cf. ALCOCER 1987), el río que lo
    regaba se llamaba Collique (hoy Lambayeque y antiguamente
    Faquisllanga), hasta que después de la reducción
    de esta unidad étnica en Chiclayo, paulatinamente
    desaparece el nombre antiguo hasta imponerse el de
    Lambayeque.

    De este modo, la fundación española de
    Lambayeque en 1566 por el Oidor Gregorio González de
    Cuenca no sería sino un acto simbólico, muy
    propio de la mentalidad española, que le daría al
    centro urbano una utilidad
    diferente: sede de la fuerza de
    trabajo para la mita y eficaz medio de control de la
    población para el cobro del tributo, así como
    para la catequización de la población
    indígena. La antigua población de Lambayeque
    fundada por el Oidor Gregorio González de Cuenca fue
    destruida, así como muchas otras pueblos, entre los que
    destaca Zaña, por las inundaciones de 1578 causadas por
    las abundantes lluvias de ese verano. Producido el traslado, se
    rehace la economía y se ubica
    la población en el actual Lambayeque.

    A pesar de su importancia hay pocas visitas conocidas,
    lo que hace muy oscura nuestra visión de la
    población colonial. La primera visita que conocemos con
    valor
    demográfico para Lambayeque es la de Toribio de
    Mogrovejo. Antes de él sabemos de la existencia de la
    visita de Cuenca en los años sesenta, que hasta ahora es
    inédita. Para el área vecina, tenemos publicadas
    la de Sebastián de la Gama a Jayanca, de 1540, publicada
    por Waldemar Espinoza en 1975; y la de Ferreñafe,
    publicada por Jorge Zevallos(1.568).

    La importante visita general de Francisco de Toledo
    (1570 – 1575) no ha dejado testimonios para el norte. Queda
    sólo una relación resumida de población
    tributaria hecha por Luis Morales y Figueroa, que se recoge en
    la monografía de Carlos J. Bachmann (1921),
    en que consta que en la encomienda de Lambayeque habían
    1453 tributarios que debían pagar 5396 pesos tributo
    anual y 1079 de quinto real.

    El Arzobispo Toribio de Mogrovejo realizó tres
    visitas pastorales a lo largo de su período pastoral.
    Durante la primera hemos encontrado evidencias
    de su presencia en nuestra región hacia 1.590, aunque no
    hemos hallado la parte correspondiente al pueblo de Lambayeque.
    Ha sido un ligero análisis de laos datos
    demográficos de esta segunda visita de Toribio de
    Mogrovejo, que fuera publicada por el padre Domingo Angulo en
    1.920, tenemos que la población tributaria se
    había reducido desde la época de la visita
    toledana a 1.009 indios de edad de tributar (entre 18 y 50
    años).

    Pagaban efectivamente tasa y tributo 966 indios,
    después de descontar los 23 ausentes fugitivos y
    forasteros en otro pueblo lejano, así como 10 mandones y
    10 pachacas que no pagaban tributo. Además habían
    unos 10 indios que no pagaban tributo, quizá por
    excederse de la edad límite de 50
    años.

    En total la población del pueblo de Lambayeque
    en sus tres ramadas a cargo de los curas Roque Zejuela,
    Francisco Sánchez y Diego Alfonso Gironda, llegaba a
    5.256 "ánimas chicas y grandes", de los cuales 3.170
    eran "ánimas menores". La disminución de la
    población en los seis años siguientes fue muy
    significativa, si tenemos en cuenta los datos que nos
    proporciona el Licenciado Martínez, quien hiciera la
    visita Pastoral de Lambayeque dentro de la tercera Visita
    Pastoral de Toribio de Mogrovejo en 1.599.

    A pesar del evidente carácter estimativo de las cifras de la
    visita de Mogrovejo, se observa una reducción de
    más del 25% de la población en el lapso de 6
    escasos años, lo que no es raro si tenemos en cuenta la
    dinámica de la población en
    sociedades
    arcaicas, en que las epidemias y los fenómenos
    climáticos calamitosos tenían incidencia muy
    fuerte en la elevación brusca de la mortalidad. Otro
    hecho notable en estas dos visitas de la última
    década del siglo XVI es la organización de los
    indígenas en tres " ramadas" o "parroquias que en alguna
    medida responden en su estructura
    interna a la herencia prehispánica, como veremos
    más adelante.

    En fecha posterior, según nos refiere el padre
    Menéndez Rúa, ya se hablaba -antes de 1.606- de
    la existencia de las cuatro ramadas o curatos hoy conocidos de
    Santa Catalina, San Roque, Santa Lucía y San Pedro.
    Debemos recordar que ésta es la época de apogeo
    de Zaña, en que importantes familias trujillanas van a
    ser atraídos por el desembarco de mercancías y la
    exportación de productos
    locales, forma esta expansión y florecimiento de
    Zaña influía negativamente en Trujillo, la que
    exigía continuamente -a través de su cabildo-
    medidas proteccionistas especiales a su actividad comercial y
    agrícola.

    A pesar de que en el siglo XVII han habido varias
    visitas, no hemos hallado datos demográficos relevantes.
    Recién hacia fines del siglo XVII hallamos valiosos
    datos que nos permiten evaluar parcialmente las tendencias de
    la población en el siglo.

    Según una retasa realizada en el repartimiento
    del pueblo de Lambayeque testimoniada por Antonio de Rivas,
    Escribano Público, Unico Registro y Real
    Audiencia de la ciudad de Zaña y sus jurisdicciones,
    tenemos que en Lambayeque había una población de
    2116 indígenas. De los que estaban en edad de tributar
    hay que descontar 18 que no pagaban tasa, ocho de ellos por ser
    caciques (primera y segunda persona a la usanza de la
    época), cuatro por ser cantores de cada parroquia
    respectivamente y el resto por ser maestro de capilla y
    maestros de escuela
    (MENENDEZ RÚA 1935).

    En el auto de esta doctrina, se indican los tributos a
    pagar tanto para el Hospital del pueblo de Lambayeque, como se
    establecen los derechos del Cacique a la tributación de
    sus dependientes. Se señala por ejemplo que

    "les han de sembrar y cojer y cada uno media
    fanega de trigo maíz
    por mitad y darles para su servicio a cada uno un indio
    viejo, un muchacho y una india
    vieja sin sospecha y todo y según y con las cualidades
    expresadas en las partidas de dicho cassique
    principal…"

    5. La
    población indígena del pueblo de Lambayeque,
    siglo XVIII

    De este modo el "Común de indios va a ser la
    institución representativa de la población
    indígena a lo largo de la época colonial, ante la
    cual se tramitaría la solución nativa. Igualmente
    sería la entidad que plantearía los reclamos por
    reivindicaciones de derechos de tierras y aguas ante las
    entidades dominantes en la colonia (Cabildo de Epañoles.
    Corregimiento, Audiencia de Lima. Virrey).

    En Chiclayo son conocidas las parcialidades se Sinto.
    Collique y Forasteros, mientras en Ferreñafe las de
    Chiclef, Serquén. Falén Chanamé ,
    Siensiec. Calansec, Senseg, Luchfac. (Vinculadas a apellidos de
    mandones indígenas y toponimias locales), así
    como las especializadas de Pescadores, Carpinteros,
    Alcabaleros, al lado de las siempre comunes del Del Cacique,
    forasteros y Segunda Persona. Los trabajos que están
    haciendo César Sevilla, Alfonso Samamé y Pedro
    Chimoy en la actualidad, contribuirán a eludicidar la
    naturaleza y
    características de éstas parcialidades y su
    función dentro del orden colonial indigena.

    La población tributaria indígena se
    desenvolvía en actividades agrícolas que eran su
    fuente principal de ingreso, de donde conseguía recursos
    para el pago del tributo.

    La población indígena que residía
    en el pueblo de Lambayeque estaba disponía de cuatro
    parcialidades o "suertes de tierras" llamadas Culpón,
    Chancay, Cadape y Sialup, que en 1712 tenían un total de
    6888 fanegadas, conforme lo establece una visita de deslinde de
    tierras hecho por el Visitador Antonio Sarmiento de Sotomayor
    ese año. Teniendo en cuenta esta extensión de
    tierras este visitador debía asignar la cantidad de
    tierras adecuadas para la población indígena, y
    según sus instrucciones, acordes con la política
    vigente entonces, rematar las tierras sobrantes a los vecinos
    españoles que ofrezcan las sumas adecuadas de dinero.

    Según la información proporcionada por
    los curas de Lambayeque, la que fuera confrontada con el
    padrón de tributarios del pueblo existía una
    población de 1134 indios originarios, de los cuales 596
    eran tributarios por lo que les correspondía, de acuerdo
    a las reales ordenanzas dos fanegadas de tierras a cada uno;
    538 eran indios reservados, a los que les correspondía
    una fanegada a cada uno. De esta manera, se distribuyó
    las tierras, en tal forma que se repartieron 2136 fanegadas de
    tierras a la población indígena, de las 6888
    disponibles en las cuatro parcialidades. Quedaron 4721 tierras
    "vaças o realengas", para las cuales se hizo una
    composición y remate, en que se favorecieron vecinos
    criollos.

    Esta distribución se ejecutó el 5 de
    agosto de 1712 ante el cacique principal Don José
    Bernardino Temoche Farrochumbi, así como ante el
    Procurador y alcaldes, y en presencia del Protector de
    Naturales, quien al requerírsele por los sitios en que
    se les asignaría las 2167 fanegadas para la
    población indígena, en nombre del "común
    de indios" señaló se les asigne en las tierras
    Cadape y Sopillent.

    En estas mismas tierras de Cadape y Sopillent se
    realizó la composición y venta de las
    tierras realengas, las que fueron adjudicadas a los siguientes
    personajes:

    Cuadro 2

    Composición y venta
    de tierras realengas en Lambayeque,
    1712

    Adjudicatario

    Extensión

    Capitán Diego de Soto
    Mayor

    120 fanegadas

    Lic. Don Julián Ternero
    Mingolla

    122 fanegadas

    Lic. Don José de Vera y
    Escobar

    123 "

    Don Sebastián de
    Azabache

    26

    Don Tomás Huycop del
    Risco

    64

    Colegio de la
    Compañía de Jesús

    20

    Don Francisco Antonio
    Infuc

    7

    Mujer de Fco. Antonio
    Infuc

    10

    Herederos de Don Miguel
    Huerta

    8

    Herederos de Miguel de
    Azabache

    66

    Sobrante

    19 fanegadas

    El sobrante sumado a las otras "suertes de tierras"
    vacías suman un total de 4,147 fanegadas de "tierras
    vacas y realengas".

    Un detalle interesante es que varios de los rematistas
    de las tierras realengas fueron caciques indígenas:
    Azabache, Huycop, Infuc y su esposa, los herederos de Huerta,
    lo cual es sumamente interesante y nos demuestra el estatus
    especial que conservaban todavía los herederos de los
    antiguos caciques lambayecanos, ahora seguramente más
    "españolizados", como anunciaba, en los años
    setenta del siglo XVI Fray Reginaldo de
    Lizárraga.

    Como vemos, de haber ocupado antes de la llegada de
    los conquistadores todo el espacio agrícola disponible,
    como lo señalan evidencias histórico
    demográficas y arqueológicas, la población
    indígena de Lambayeque de había visto reducida a
    una "suerte de tierras", a un área geográfica que
    incluso no llegaban a ocupar completamente.

    Es evidente la caída en estos casi doscientos
    años de presencia colonial, de la población
    cíclicamente, así como la sujeción a los
    fenómenos ecológicos, frente a los cuales
    habían perdido mucho de su capacidad resistencia por
    la relativa desarticulación social que implica la
    presencia colonial, que impedía o dificultaba, por
    ejemplo, la limpia y mejora de las acequias existentes, frente
    a lo cual la abundancia de aguas rea fatal y generaba quiebras
    de las acequias y las consiguientes inundaciones y
    pérdidas de las cosechas, con lo que permanentemente se
    sensibilizaba más la población a las
    epidemias.

    Jorge Zevallos señala para el siglo XVIII
    epidemias en los años 1758,1760-66 y 1775, 1784 que
    tuvieron influencia significativa en el estancamiento de la
    población (ZEVALLOS 1959). La explicación
    común a la mortandad era la que daba José Ignacio
    de Lequanda en 1793, quien señalaba que la causa era que
    los indios no se habían desprendido de la
    idolatría, lo que los hacía muy
    infelices,

    "… así se han visto unas pestes que los
    han desolado, naturalmente permitidas por la providencia para
    su castigo" (LEQUANDA 1793)

    A pesar de esto, hacia el último tercio del s.
    XVIII la situación tendía a cambiar, al parecer.
    Según la "Matrícula de Tributarios de la
    Provincia de Lambayeque (Zaña) en 1780"
    hecha
    por la Comisión de la Visita General había habido
    un significativo aumento de la población.

    Frente al evidente incremento de la población
    indígena de Lambayeque que así llegaba a igualar
    al volumen de
    población de fines del quinientos (muy menor, sin
    embargo, del volumen de la población
    prehispánica), el cacique principal Eugenio Victorio
    Temoche Farrochumbi Puiconsoli con fecha 4 de abril de 1781
    pide se haga un deslinde de medida y repartición
    de tierras de Sialupe
    , que se hallaban "vacas y
    realengas", adjudicándoseles a los tributarios de
    Lambayeque. Denunciaba el cacique Temoche la usurpación
    del cura Villada quien, sin derecho alguno, ocupaba Sialupe.
    Fundamentaba el cacique que había habido un considerable
    aumento de la población, que llegaba a 4108 entre
    originales y forasteros, por lo que se requería ampliar
    las tierras asignadas.

    El pedido fue acogido por el señor Juan
    Muñoz y Villegas, juez Comisionado para la Visita
    General de la Provincia de Zaña, cuyo máximo
    director era el hoy famoso José Antonio de
    Areche.

    De acuerdo a las Ordenanzas Reales, a los tributarios
    de tasa entera se les debía asignar dos fanegadas de
    tierras y a los de segunda categoría (media tasa) se les
    asignaba una fanegada, mientras que a los otros grupos no se
    les asignaba cantidad alguna de tierra,

    Para completar los requerimientos de tierras de
    acuerdo a esta nueva dimensión de la población
    eran necesarias 3781 fanegadas (incluidas las tierras del
    cacique y según la persona). Las tierras de Sialupe y
    Cadape sumaban 4,150 fanegadas sobrando 369
    fanegadas.

    Hay que recordar que la parcialidad de Corñian
    o Corñán, la que según algunos testimonios
    estuvo reducida en la ramada de San Roque, y tenía
    algunas peculiaridades por la posesión de algunas
    salinas en sus tierras, lo que le daba a esta parcialidad un
    estatus especial al interior del común de Lambayeque.
    Corñán poseía 61 fanegadas en
    Culpón. Otros indios de Lambayeque poseían 230
    fanegadas en total, lo que significaba que la población
    indígena de Lambayeque poseía 4.441
    fanegadas.

    El reparto de estas tierras en las áreas o
    "suertes de tierras solicitadas", se hizo a cargo del propio
    cacique Eugenio Victorio Temoche Farrochumbi Puiconsoli, previa
    convocatoria del común de indios de las cuatro ramadas
    de Lambayeque. Así, el 25 de noviembre de 1.781, Eduardo
    Uchofan, secretario del Cabildo de los Naturales del Pueblo de
    Lambayeque hizo saber al común de indios del auto de
    Juan Muñoz y de Villegas en que se asignaba las tierras
    mencionadas a la población. Previamente el pregonero
    público Antonio Pisfil hizo la convocatoria para esta
    reunión, en las cuatro ramadas, "donde estaban juntos en
    sus respectivas doctrinas" Así se realizó el
    reparto de tierras dentro de los linderos indicados por Juan
    Muñoz de Villegas en 1.781.

    En esta provisión se señala claramente
    los límites
    de la propiedad de las tierras asignadas en hitos doblemente
    interesantes pues se trataba de huacas que entonces conservaban
    sus nombres originales. Estas tierras no podían
    enajenarse, ni venderse, salvo comunicando a la autoridad
    del Juez Real y "solo para los efectos de pagos de tributos
    ú otras necesidades del común".
    Estas
    operaciones
    no menoscababan el derecho de
    propiedad perteneciente a su Majestad : sólo se
    asignaba el derecho de uso y usufructo a los indios.

    A manera de balance, podemos decir que el siglo XVIII
    fue un siglo de expansión de la población de
    Lambayeque, expansión poblacional que probablemente sea
    un fenómeno colonial en general (SÁNCHEZ-ALBORNOZ
    1985, WACHTEL 1980). En el caso de Lambayeque, este crecimiento
    fue tan notable que motivó a los caciques hacer el
    reclamo que permitió quede documentada una serie de
    informaciones que hemos anotado.

    Este proceso debe haber sido lento, pero sostenido. Se
    habría consolidado a partir de 1720, por razones de
    ordenamiento urbano-político, al convertirse Lambayeque
    en sede regional del poder colonial, por el traslado de
    éste desde la arruinada Zaña, que sufrió
    una catastrófica inundación, que es ilustrada en
    un acta que es transcrita por Carlos J. Bachmann en
    1921.

     

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