La investigación administrativa en Venezuela. Normas y Procedimientos para Realizar Investigaciones Administrativas
- Procedimiento
Previo al Inicio de la Investigación
Administrativa - Formación
del Expediente - Obtención
de Evidencias - Prueba
Testimonial - Normas
Relativas al Informe del Investigador - Indicios
de Responsabilidad Civil y Penal - Bibliografía
- Instrumentos
Jurídicos
1. 1. Requisitos que debe reunir un Investigador
Administrativo
La realización de una investigación administrativa, exige para
quien la ejecuta, amplios conocimientos en esta materia, como
fórmula para el desenvolvimiento irrefutable de la
actuación. La formación profesional y el
conocimiento de las técnicas
de la investigación son requisitos necesarios que debe
reunir un investigador administrativo al servicio de un
órgano de control fiscal.
Generalmente la investigación resulta exitosa aplicando un
buen criterio, sentido común y reserva, amparado por la
persistencia y destreza de aplicar técnicas de la
investigación.
La labor del investigador administrativo consiste en
comprobar la transgresión de una norma legal o sublegal,
determinar el monto de los daños causados al patrimonio
público, si fuere el caso, así como la
determinación de las acciones
fiscales tales como reparos, imposición de multas y
declaratoria de responsabilidad administrativa.
Después de demostrar plenamente la irregularidad
o el ilícito cometido, tendrá que identificar
quién, que, cuándo, dónde y cómo se
cometió, y en ocasiones, por que y en que circunstancias.
Para encontrar las respuestas a estas preguntas, el investigador
administrativo debe ejercer sus funciones con el
debido esmero profesional durante todo el proceso
investigativo. Esta condición significa aplicar
adecuadamente sus conocimientos, habilidades y juicio profesional
que le permitan alcanzar con éxito
la calidad de la
actuación. La capacitación constante y la práctica
continua desarrollan las destrezas necesarias que exige su
labor.
El investigador administrativo está habilitado,
conforme a la Constitución Nacional, las Leyes y las
Ordenanzas para ejercer actividades como: recibir y procesar
denuncias, practicar y ordenar pruebas
técnicas, interrogar a testigos, proveer la
identificación de un imputado por medios
legales, determinar los elementos que se hayan utilizado para
ejecutar el hecho administrativo irregular y rendir
informes
Es imperioso que las actividades practicadas se
efectúen con fundamento a la totalidad de los
requerimientos y exigencias legales, en concordancia con las
normas y
procedimientos
vigentes, cuidando de no sobrepasarse en sus funciones y teniendo
claro el papel rector del órgano de control fiscal que
realiza la investigación. Únicamente así sus
actuaciones tendrán plena validez legal y avalarán
el éxito de la labor en la determinación de los
hechos irregulares y sus autores.
1.2. Órganos Competentes para Realizar
Investigaciones
Administrativas
La Contraloría General de la República, la
Contraloría de los Estados, de los Distritos, Distritos
Metropolitanos y de los Municipios; la Contraloría General
de la Fuerza Armada
Nacional y las Unidades de Auditoría
Interna, son órganos de control fiscal con competencia para
realizar investigaciones administrativas cuando a su juicio,
existan suficientes elementos para ello. De esta forma
podrán realizar las actuaciones que consideren necesarias,
a objeto de comprobar el incumplimiento de una norma legal o
reglamentaria, establecer el monto de los daños causados
al patrimonio público, si fuere el caso, así como
determinar el ejercicio de acciones fiscales tales como reparos,
imposición de multas y declaratoria de responsabilidad
administrativa.
Cuando se practica una investigación y se
requiera tomar declaración a cualquier persona, o
ampliar las ya prestadas, el órgano de control fiscal le
ordenará comparecer mediante oficio que se
notificará a quien deba rendir la declaración. Los
funcionarios públicos o los particulares podrán
también ofrecer la declaración, la cual debe ser
aceptada de inmediato, siempre que guarde relación con el
sumario o la investigación.
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