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Estrategias Para el Comercio Electrónico (página 3)




Enviado por Erika Labastidas



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Estrategias Para el Comercio Electrónico

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El Marco Integrado

El CCI, en colaboración con las otras cinco
agencias centrales del Marco Integrado (FMI, UNCTAD,
PNUD, BANCO MUNDIAL
y OMC),
participa activamente en la aplicación de la iniciativa de
Marco Integrado, que busca tanto el "ordenamiento" del comercio como
vincularlo con la disminución de la
pobreza.

Ejemplos típicos de asistencia técnica
prestados por el CCI en función
del Marco Integrado incluyen las actividades de construcción de capacidad para garantizar
la propiedad del
éste, capacitación en tecnología
de la información, elaboración de información individualizada sobre
tendencias recientes del comercio
exterior, orientada a los productos y
servicios
promisorios, y formulación de estrategias de
desarrollo de
las exportaciones.

Al hacerlo, el CCI intenta construir una capacidad del
lado de la oferta en
sectores de alto potencial exportador, identificados a
través del proceso del
Marco Integrado y reducir la pobreza creando
oportunidades de ingresos para los
más pobres. Por lo tanto, el CCI está revisando, en
colaboración con el sector privado, las oportunidades del
mercado de
exportación y está aconsejando sobre
estrategias específicas de desarrollo de las exportaciones
en sectores mano de obra intensivos.

La contribución del CCI al Marco Integrado ha
sido diseñada de tal manera que permita: 1) mostrar
resultados inmediatos y concretos y promover la
participación del sector privado; 2) utilizar en lo
posible la capacidad localmente disponible para maximizar los
recursos
financieros y aumentar la capacidad local; 3) optimizar el
potencial para formar una coalición, con amplia base, de
asociados al desarrollo.

El Programa
Integrado Conjunto de Asistencia Técnica
(JITAP
)

El Programa Integrado Conjunto de Asistencia
Técnica (JITAP), aplicado por el CCI, la UNCTAD y la OMC,
está destinado a fortalecer la capacidad de algunos
países de África para integrarse al Sistema
Multilateral de Comercio. Su objetivo
primario es construir capacidad para comprender y derivar
beneficios económicos del Sistema Multilateral de
Comercio. El CCI cumple un papel de coordinación que permita una entrega eficaz
y sin tropiezos de la asistencia técnica incluida en el
programa.

El Programa, lanzado a mediados de 1998, se encuentra
operacional en ocho países africanos y, según la
opinión de éstos, ha contribuido a articular las
posiciones consideradas en cuestiones discutidas durante la
Reunión Ministerial de Doha.

Un elemento central del Programa es construir la
capacidad del sector privado para aprovechar los beneficios que
ofrece la creciente liberalización del comercio. A
través de la colaboración de los sectores
público y privado se diseñan estrategias de
exportación destinadas a sectores prioritarios de manera
"invertida", de manera que sean propiedad de los interesados y
consigan aplicarse.

En marzo de 2002, 26 países adicionales
habían presentado una solicitud para incorporarse al
programa. Actualmente, el JITAP está siendo evaluado con
el fin de: i) medir el rendimiento del programa, ii) entregar
recomendaciones claras para cualquier fase futura, y iii) ver
cómo puede hacerse sustentable la capacidad construida en
los ocho países actualmente apoyados por el Programa.
También tratará de analizar cómo impulsar y
racionalizar el Programa.

Leyes
aplicables para el Comercio Electrónico

Algunas de ellas son:

  • Ley General de
    Bancos y otras Instituciones Financieras:
    regula la actividad financiera , la cual consiste en la
    captación de recursos, incluidas las operaciones de
    mesa de dinero, con
    la finalidad de otorgar créditos o financiamientos, e inversiones
    de valores; y
    solo podrá realizarse por los bancos,
    entidades de ahorro y
    préstamo, casa de cambio,
    operadores bancarios fronterizos, empresas
    emisoras y operadoras de tarjetas de
    crédito y demás instituciones
    financieras.
  • Ley de Cajas de
    Valores: La presente Ley tiene como
    objeto regular los servicios prestados por aquellas sociedades
    anónimas que tienen por finalidad exclusiva la
    prestación de servicios de depósito, custodia,
    transferencia, compensación y liquidación de
    valores objeto de oferta pública.
  • Ley de Licitaciones : El
    presente Decreto Ley, tiene por objeto regular las maneras de
    selección de contratistas, por parte de
    los Órganos del Poder
    Nacional, Institutos Autónomos, las Universidades
    Públicas, las asociaciones civiles y sociedades,
    las fundaciones, los Estados, los Municipios, los institutos
    autónomos estadales o municipales y/o los entes que
    reciben subsidios o donaciones para la ejecución de
    obras, la adquisición de bienes
    muebles y la prestación de servicios distintos a los
    profesionales y laborales.
  • Ley Orgánica de
    Ciencia y Tecnología :
    El presente Decreto-Ley tiene por objeto desarrollar los
    principios
    orientadores que en materia de
    ciencia,
    tecnología e innovación; establece la Constitución de la República
    Bolivariana de Venezuela,
    organizar el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e
    Innovación, definir los lineamientos que orientaran las
    políticas y estrategias para la actividad
    científica, tecnológica y de innovación,
    con la implantación de mecanismos institucionales y
    operativos para la promoción, estímulo y fomento de
    la investigación científica, la
    apropiación social del conocimiento
    y la transferencia e innovación tecnológica, a fin de
    fomentar la capacidad para la generación, uso y
    circulación del conocimiento y de impulsar el desarrollo
    nacional.

Plataforma
Legal Venezolana

Los problemas o
vacíos legales que pudieran suscitarse a raíz del
comercio electrónico pueden ser los mismos de cualquier
otro tipo de actividad comercial donde la poca regulación
a través de normas expresas
se justifica en el libre juego de la
oferta y la demanda.

En Venezuela la plataforma normativa para el Comercio
Electrónico está siendo promovida por la
Comisión de Técnica y Modernización de
Fedecámaras que adelanta un proyecto en esta
materia, guiándose por experiencias de derecho
comparado de Colombia,
México
y España.

Asimismo, este proyecto implica el diseño
de los mecanismos, software y soporte
técnico para que la administración
pública (en especial, el Seniat), que viene trabajando
con la empresa
Terabrain en conjunto con el gremio empresarial.

Gaceta Oficial Nº 4.898 Extraordinario de fecha
13 Diciembre de 1995

El Congreso de la República de
Venezuela

Capítulo III

De la Información sobre Precios,
Marcaje, Pesos Medidas

Artículo 31º El Ministerio que tenga
asignada la competencia en
materia de precios y tarifas podrá requerir de los
productores, importadores, comercializadores o prestadores de
servicio,
cuando lo considere necesario, información exhaustiva de
la estructura de
costos;
así como de las condiciones de venta de
cualquier bien que produzcan, importen o comercialicen o de
servicios que presten, sean o no de primera necesidad.

Artículo 32º El Ejecutivo Nacional,
por resolución conjunta y motivada de los Ministerios de
Hacienda y de Fomento podrá excepcionalmente circunscribir
al Territorio Nacional, la comercialización de determinados bienes
declarados de primera necesidad producidos en el
país.

Capítulo IV

De los Tratos Abusivos, Arbitrarios o
Discriminatorios

Artículo 33º Con excepción de
aquellas ofertas, promocionales y otras modalidades, que resulten
ventajosas al consumidor, se
prohíbe condicionar la venta de bienes declarados o no de
primera necesidad, a la compra de otros bienes o a la
prestación de servicios que el comprador no requiera o
solicite.

Se prohíbe condicionar la prestación de
los servicios declarados o no de primera necesidad a la
contratación de otros servicios o a la compra de bienes no
inherentes o indispensables a la prestación del servicio
requerido.

Artículo 34º Los proveedores no
podrán establecer diferencia alguna entre bienes o
servicios que ofrezcan al público, salvo que se trate de
razones de seguridad o
tranquilidad del establecimiento o se fundamenten en
disposiciones legales.

Queda prohibido discriminar de manera alguna a los
adquirientes de bienes o servicios, salvo que lo establezca esta
Ley.

Artículo 35º Los saldos a favor del
consumidor o del usuario en las transacciones de bienes y
servicios deberán ser pagados en moneda nacional. Se
prohíbe imponerle al consumidor la aceptación de
vales, fichas o
mercancías

Artículo 37º Los proveedores no
podrán cobrar un precio
superior al exhibido o al que figure en listas, circulares,
publicidad,
ofertas, presupuestos o
en otros documentos
vigentes.

Capítulo V

De los Bienes y Servicios de Primera
Necesidad

Artículo 43º El Ejecutivo Nacional,
con miras a garantizar el abastecimiento, podrá permitir
modificaciones en las formas de presentación y empaque de los
bienes declarados de primera necesidad, previa solicitud del
interesado o por propia decisión.

Capítulo VI

De la Publicidad y la Oferta

Artículo 48º En cumplimiento de los
objetivos de
esta Ley se prohíbe:

1. Ofrecer bienes o servicios, atribuyéndoles
características, cualidades, comprobaciones, resultados o
certificaciones que no puedan ser verificados de manera
objetiva;

2. Anunciar o vender como nuevos, bienes usados o
reconstruidos;

3. Hacer declaraciones falsas concernientes a los
precios de bienes o tarifas de servicios;

4. Promover bienes o servicios con base a declaraciones
concernientes a desventajas o riesgos de
cualquier otro bien o servicio de la competencia, a menos que
disponga de elementos probatorios para fundamentar lo
declarado;

5. Incumplir con las ofertas de regalos, premios,
muestras u otras entregas gratuitas;

6. Citar certificaciones testimoniales o respaldos sin
Identificar la fuente; y,

7. Atribuir a determinados bienes o servicios
características medicinales o curativas, sin contar con el
correspondiente apoyo científico otorgado por la autoridad
sanitaria nacional correspondiente.

Título III

Del Instituto para la Defensa y Educación del
Consumidor y del Usuario (INDECU)

Artículo 81º El Instituto para la
Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario (INDECU)
conjuntamente con la Superintendencia de Bancos y otras
Instituciones Financieras, conocerá las denuncias que
presenten los compradores o arrendatarios de viviendas u otros
inmuebles, incluso aquellos establecidos en forma de
multipropiedad o tiempo
compartido. En consecuencia, cualquier interesado o perjudicado
en sus derechos o
intereses legítimos podrá acudir a estos organismos
a exponer las irregularidades e ilícitos inmobiliarios y
de otra índole que hubieran cometido las personas
dedicadas a la promoción, construcción,
comercialización, arrendamiento o financiamiento
de viviendas e inmuebles.

Artículo 82º El Instituto para la
Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario (INDECU)
integrará, con los organismos estadales, municipales y
parroquiales de protección al consumidor y con las
asociaciones y federaciones de consumidores, el Sistema Nacional
de Protección al Consumidor.

Artículo 84º No podrán
integrar el Consejo Directivo:

1. Los declarados en quiebra culpable
o fraudulenta y los condenados por delitos contra
la propiedad, la fe pública o el patrimonio
público, así como por los delitos tipificados en la
Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y
Psicotrópicas y en la Ley Penal del Ambiente;

2. Los que tengan con el Presidente de la
República o con el Ministro de adscripción,
parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de
afinidad, o sean cónyuge de alguno de ellos; y,

3. Los miembros de las direcciones de las organizaciones
políticas y empresariales.

Artículo 87º El Consejo Directivo se
reunirá por lo menos una vez al mes o cada vez que el
Presidente lo convoque, o a solicitud de dos de sus miembros, y
sus funciones
serán:

1. Dictar el Reglamento Interno del
Instituto;

2. Asesorar al Presidente del Instituto en las materias
de su competencia;

3. Analizar las medidas, planes y programas
tendentes a la protección legal del consumidor y del
usuario; y la
organización y la marcha de la
administración interna del Instituto y de las oficinas
que de ella dependan, asesorando al Presidente sobre las medidas
a tomar para una mejor administración;

4. Aprobar el Proyecto de Presupuesto;

5. Aprobar o improbar el informe de la
gestión
presidencial; y,

6. Las demás que le señale esta
Ley.

Título VI

De los Procedimientos

Capítulo I

Del Procedimiento
Administrativo Ordinario

Artículo 131º El Presidente del
Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y del
Usuario (INDECU), recibido el Informe de la Junta de
Sustanciación, dictará la decisión a que
haya lugar, siguiendo para su tramitación y
resolución las normas contenidas en el Título III,
Capítulo l, Sección Tercera de la Ley
Orgánica de Procedimientos
Administrativos.

Capitulo VI

De Los Lineamientos de La OCDE (Organización para la Cooperación
Económica y el Desarrollo) Reforma Parcial de la Ley de
Reforma a la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario
13/2/2001

Capítulo V

De la Protección en el Comercio
Electrónico.

Concepto de Comercio
Electrónico

Artículo 31. Se entiende como comercio
electrónico cualquier forma de negocio, transacciones
comerciales o intercambio de información publicitaria con
fines comerciales, que sea ejecutada a través del uso de
tecnologías de información y comunicación. Los alcances de la presente
ley son aplicables únicamente al comercio
electrónico entre proveedor y consumidor o usuario y no en
transacciones de proveedor a proveedor.

Deberes del Proveedor

Artículo 32. Los proveedores de bienes y
servicios dedicados al comercio electrónico deberán
prestar particular atención a los intereses del consumidor o
usuario y actuar de acuerdo a prácticas equitativas de
comercio y la publicidad. En tal sentido, los proveedores no
deberán hacer ninguna declaración, incurrir en
alguna omisión o comprometerse en alguna práctica
que resulte falsa, engañosa, fraudulenta e in
equitativa.

Información Confiable

Artículo 33 Los proveedores que difundan
información acerca de ellos mismos o de los bienes o
servicios que proveen, deberán presentar la
información de manera clara, precisa y
accesible.

Procedimientos

Artículo 34. Los proveedores
deberán desarrollar e implantar procedimientos
fáciles y efectivos que permitan al consumidor o usuario
escoger entre recibir o no mensajes comerciales
electrónicos no solicitados. Cuando un consumidor o
usuario hayan indicado que no quieren recibir mensajes
comerciales electrónicos no solicitados, tal
decisión deberá ser respetada.

Prevención en la Publicidad

Artículo 35. Los proveedores
deberán adoptar especial cuidado en la publicidad dirigida
a los niños,
ancianos, enfermos de gravedad y otras personas que no
estén en capacidad de entender plenamente la
información que se les esté presentando.

Información sobre el Proveedor

Artículo 36. Cuando un proveedor publicite
su pertenencia a algún esquema relevante de
autorregulación, asociación de empresarios,
organismo de solución de controversias o algún
órgano de certificación; el proveedor deberá
suministrar al consumidor la información adecuada y
suficiente para hacer contacto con ellos, así como un
procedimiento sencillo para verificar dicha membresía y
tener acceso a los principales estatutos y prácticas del
órgano de certificación o afiliación
correspondiente.

Privacidad y Confidencialidad

Artículo 37 En las negociaciones
electrónicas, el proveedor deberá garantizarse la
utilización de medios
necesarios que permitan la privacidad de los consumidores o
usuarios que hagan uso de los bienes o servicios ofertados por
cualquier medio electrónico, así como la
confidencialidad de las transacciones realizadas, de forma tal
que la información intercambiada no sea inteligible para
terceros no autorizados que tengan acceso a ella voluntaria o
accidentalmente. A este respecto debe señalarse de manera
suficiente los fines para los cuales el proveedor
utilizará está información a terceros no
relacionados con el negocio, y bajo que circunstancias pudiera
darse este supuesto. Asimismo, los proveedores en las relaciones
comerciales que se lleven a cabo a través de la
utilización de medios
electrónicos, podrán utilizar cualquier
vía para garantizar la privacidad y confidencialidad de
las relaciones, lo cual deberá encontrarse ampliamente a
la disposición de los consumidores o usuarios.

Garantías

Artículo 41. El proveedor de los servicios
electrónicos deberá especificar las
garantías que cubrirán la relación que surja
entre éste y los consumidores y usuarios, las cuales
deberán ser lo suficientemente claras y extensas para
cubrir los inconvenientes que puedan derivarse.

Educación al Consumidor

Artículo 42. El INDECU, los proveedores y
las organizaciones de consumidores y usuarios deberán
trabajar conjuntamente para educar a los consumidores acerca del
comercio electrónico; fomentar en los consumidores que
participan en el mismo, la toma de
decisiones informada; así como incrementar entre los
proveedores y consumidores el
conocimiento del marco legal de protección al
consumidor aplicable a las operaciones en línea. Para ello
harán uso de todos los medios efectivos, incorporando
técnicas innovadoras.

Ámbito de Aplicación

Artículo 43. En caso de inexistencia de
norma expresa sobre comercio electrónico se
aplicará el resto de las normas y procedimientos previstos
en esta Ley.

  • Constitución de la República
    Bolivariana de Venezuela

Publicada en Gaceta Oficial del jueves 30 de
diciembre de 1999, Número 36.860

Capítulo III

De los derechos Civiles

Artículo 48. Se garantiza el secreto e
inviolabilidad de las comunicaciones
privadas en todas sus formas. No podrán ser interferidas
sino por orden de un tribunal competente, con el cumplimiento de
las disposiciones legales y preservándose el secreto de lo
privado que no guarde relación con el correspondiente
proceso.

  • Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas
    Electrónicas
    .

Capítulo II

De los mensajes de Datos.

Artículo 5. Los Mensajes de Datos
estarán sometidos a las disposiciones constitucionales y
legales que garantizan los derechos a la privacidad de las
comunicaciones y de acceso a la información personal.

Artículo 8. Cuando la ley requiera que la
información conste por escrito, ese requisito
quedará satisfecho con relación a un Mensaje de
Datos, si la información que éste contiene es
accesible para su ulterior consulta.

Cuando la ley requiera que ciertos actos o negocios
jurídicos consten por escrito y su soporte deba permanecer
accesible, conservado o archivado por un período
determinado o en forma permanente, estos requisitos
quedarán satisfechos mediante la conservación de
los Mensajes de Datos, siempre que se cumplan las siguientes
condiciones:

  1. Que la información que contengan pueda ser
    consultada posteriormente.
  2. Que conserven el formato en que se generó,
    archivó o recibió o en algún formato que
    sea demostrable que reproduce con exactitud la
    información generada o recibida.
  3. Que se conserve todo dato que permita determinar el
    origen y el destino del Mensaje de Datos, la fecha y la hora en
    que fue enviado o recibido.

Toda persona
podrá recurrir a los servicios de un tercero para dar
cumplimiento a los requisitos señalados en este
artículo.

  • Ley Orgánica de
    Telecomunicaciones
    .

Título I

Disposiciones Generales

En ejercicio de la atribución que le confiere
el artículo 6 numeral 1 del Decreto de la Asamblea
Nacional Constituyente mediante el cual se establece el
Régimen de Transición del Poder Público,
publicado en la Gaceta Oficial No. 36.920 de fecha 28 de marzo
del año 2000

Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto
establecer el marco legal de regulación general de las
telecomunicaciones, a fin de garantizar el derecho
humano de las personas a la
comunicación y a la realización de las
actividades económicas de telecomunicaciones necesarias
para lograrlo, sin más limitaciones que las derivadas de la
Constitución y las leyes.

Se excluye del objeto de esta Ley la regulación
del contenido de las transmisiones y comunicaciones cursadas a
través de los distintos medios de telecomunicaciones, la
cual se regirá por las disposiciones constitucionales,
legales y reglamentarias correspondientes.

Artículo 2. Los objetivos generales de
esta Ley son:

1. Defender los intereses de los usuarios, asegurando su
derecho al acceso a los servicios de telecomunicaciones, en
adecuadas condiciones de calidad, y
salvaguardar, en la prestación de estos, la vigencia de
los derechos constitucionales, en particular el del respeto a los
derechos al honor, a la intimidad, al secreto en las
comunicaciones y el de la protección a la juventud y la
infancia. A
estos efectos, podrán imponerse obligaciones a
los operadores de los servicios para la garantía de estos
derechos.

2. Promover y coadyuvar el ejercicio del derecho de las
personas a establecer medios de radiodifusión sonora y
televisión
abierta comunitarias de servicio público sin fines de
lucro, para el ejercicio del derecho a la comunicación
libre y plural.

3. Procurar condiciones de competencia entre los
operadores de servicios.

4. Promover el desarrollo y la utilización de
nuevos servicios, redes y tecnologías
cuando estén disponibles y el acceso a éstos, en
condiciones de igualdad de
personas e impulsar la integración del espacio geográfico y
la cohesión económica y social

5. Impulsar la integración eficiente de servicios
de telecomunicaciones.

6. Promover la investigación, el desarrollo y la
transferencia tecnológica en materia de
telecomunicaciones, la capacitación y el empleo en el
sector.

7. Hacer posible el uso efectivo, eficiente y
pacífico de los recursos limitados de telecomunicaciones
tales como la numeración y el espectro
radioeléctrico, así como la adecuada
protección de este último.

8. Incorporar y garantizar el cumplimiento de las
obligaciones de Servicio Universal, calidad y metas de cobertura
mínima uniforme, y aquellas obligaciones relativas a
seguridad y defensa, en materia de telecomunicaciones.

9. Favorecer el desarrollo armónico de los
sistemas de
telecomunicaciones en el espacio geográfico, de
conformidad con la ley.

10. Favorecer el desarrollo de los mecanismos de
integración regional en los cuales sea parte la
República y fomentar la participación del
país en organismos internacionales de
telecomunicaciones.

11. Promover la inversión nacional e internacional para la
modernización y el desarrollo del sector de las
telecomunicaciones.

  • Ley Especial Contra los Delitos
    Informáticos


Gaceta Oficial Nº 37.313 del 30 de octubre de
2001

Título I

Disposiciones Generales

Artículo 1  Objeto de la
Ley La presente Ley tiene por objeto la protección
integral de los sistemas que utilicen tecnologías de
información, así como la prevención y
sanción de los delitos cometidos contra tales sistemas o
cualesquiera de sus componentes, o de los cometidos mediante el
uso de dichas tecnologías, en los términos
previstos en esta Ley.

a. Tecnología
de Información: rama de la tecnología que se
dedica al estudio, aplicación y procesamiento de
datos, lo cual involucra la obtención,
creación, almacenamiento,
administración, modificación,
manejo, movimiento,
control,
visualización, transmisión o recepción de
información en forma automática, así como el
desarrollo y uso del "hardware", "firmware",
"software", cualesquiera de sus componentes y todos los
procedimientos asociados con el procesamiento de
datos.

Capítulo III

De los Delitos Contra la Privacidad de las Personas y
de las Comunicaciones

Artículo 20  Violación de la
Privacidad de la Data o Información de Carácter Personal Toda persona que
intencionalmente se apodere, utilice, modifique o elimine por
cualquier medio, sin el consentimiento de su dueño, la
data o información personales de otro o sobre las cuales
tenga interés
legítimo, que estén incorporadas en un computador o
sistema que utilice tecnologías de información,
será penada con prisión de dos a seis años y
multa de doscientas a seiscientas unidades
tributarias.

La pena se incrementará de un tercio a la mitad
si como consecuencia de los hechos anteriores resultare un
perjuicio para el titular de la data o información o para
un tercero.

Artículo 21  Violación de la
Privacidad de las Comunicaciones Toda persona que mediante el uso
de tecnologías de información, acceda, capture,
intercepte, interfiera, reproduzca, modifique, desvíe o
elimine cualquier mensaje de datos o señal de
transmisión o comunicación ajena, será
sancionada con prisión de dos a seis años y multa
de doscientas a seiscientas unidades tributarias.

Artículo 22  Revelación
Indebida de Data o Información de Carácter Personal
Quien revele, difunda o ceda, en todo o en parte, los hechos
descubiertos, las imágenes,
el audio o, en general, la data o información obtenidos
por alguno de los medios indicados en los artículos 20 y
21, será sancionado con prisión de dos a seis
años y multa de doscientas a seiscientas unidades
tributarias.

Si la revelación, difusión o cesión
se hubieren realizado con un fin de lucro, o si resultare
algún perjuicio para otro, la pena se aumentará de
un tercio a la mitad.

Costos
Financieros, Ocultos y Aparentes, del Comercio Electrónico
que Deben Tomarse en Consideración

Debido a que en términos de costos básicos
el comercio electrónico no tiene ninguna diferencia con el
comercio tradicional, no debería tener costos
ocultos.

Sin embargo, como en cualquier negocio, algunos costos
pueden subestimarse. Hasta este momento, el mayor impacto que el
comercio electrónico ha tenido sobre las PyME ha sido en
el mercadeo ya que
les permite a ellas llegar a mercados mucho
más grandes y en los métodos de
pago. En aspectos tales como la producción y el despacho, el comercio
electrónico no se diferencia del comercio tradicional,
salvo en el caso de los productos digitales, que pueden
despacharse electrónicamente.

Los elementos del costo a los
cuales se les debe prestar mayor atención en
relación con el comercio electrónico se describen a
continuación:

Impuestos: Si se vincula al comercio
electrónico, ya sea local o internacionalmente, lo
más seguro es que
tenga que responder por el impuesto de renta
y posiblemente por impuestos
directos sobre el valor de los
bienes o servicios vendidos en el país donde están
ubicadas las instalaciones del negocio y donde se lleva a cabo la
actividad económica generadora de ingresos, usualmente en
el país donde está registrado el negocio. Para las
compañías que tienen negocios no
electrónicos permanentes, los impuestos locales sobre
comercio electrónico no deben ser diferentes, a menos que
existan disposiciones locales específicas para el comercio
electrónico. Las cámaras de comercio o los bancos
locales deben proporcionar asesoría sobre los impuestos
para el comercio electrónico, si es que los hay, y la
forma en que se aplican.

Costo del Crédito: Por lo general,
esto representa gastos por
créditos, tales como el interés sobre
préstamos.

Cargos por Transacciones
Electrónicas
:
Las compañías de
tarjetas de crédito pueden cobrarle una comisión
para registrarlo como comerciante afiliado. Además, debe
recordar que las compañías de tarjetas de
crédito cobran una comisión sobre toda
transacción de venta, usualmente entre 3 % y el 4 % del
valor de la transacción.

Cargos por Garantizar Seguridad y por
Codificación
:
Es posible que tenga que pagar por
el montaje de unas instalaciones de pago seguras para sus
clientes, a
menos que las instalaciones para codificación y autorización de
transacciones con tarjeta de crédito estén
incluidas en los acuerdos con las compañías de este
tipo.

Gastos Bancarios: Es importante comprender
la forma y las circunstancias bajo las cuales se aplican los
costos bancarios. Un ejemplo es el costo bancario sobre toda
transacción en la que un banco tenga que
ver, como los pagos a través de SWIFT (Society for
Worldwide Interbank Financial Telecommunication).

Seguro: La mayoría de las
compañías deben tener la protección de un
seguro para los productos defectuosos, los problemas con los
envíos o la producción, y el fraude de los
clientes en el pago. Si existen empresas locales exportando hacia
los países a los cuales usted desea exportar, es probable
que tengan información acerca de los requisitos
relacionados con la responsabilidad y el seguro. Las cámaras de
comercio de su país y sus mercados objetivos
también deben estar en capacidad de suministrar esta
información.

Partidas de
Costos que Deben Incluirse para Calcular el Precio de

Ventas por
Comercio Electrónico

Los costos que implica establecerse en el comercio
electrónico se tendrán que agregar en el cálculo de
los precios de venta de sus bienes y servicios. Gran parte de
estos costos de instalación deberán realizarse al
comienzo y probablemente sólo puedan recuperarse al cabo
de un período de actividades comerciales. Es necesario
entender cuáles son estos costos y qué tan altos
son, antes de vincularse al comercio electrónico. A
continuación se discuten algunos renglones de costos
estándar.

Costos de Inversión y de
Operación
.
En este rubro se deben incluir los
costos de inversión que se realizan por una sola vez,
tales como el costo de una computadora,
la instalación de un sitio web, y el
software; y los costos continuos como el alquiler de la
línea, el mantenimiento
del sitio web, los pagos al ISP y las tarifas por
anfitrión o por línea. Los costos de
inversión deben prorratearse de manera que puedan
recuperarse en un período de dos o tres
años.

Si quiere ser el anfitrión de su propio sitio
web, lo cual implica tener una computadora conectada las 24 horas
del día, 365 días al año, tendrá que
comparar los costos de tener una línea telefónica
abierta todo el tiempo contra el costo de beneficiarse de un
servicio de anfitrión de sitios web.

Cargos por Transacciones con Tarjeta de
Crédito
.
Si su negocio pretende manejar
transacciones con tarjeta de crédito, su
compañía tendrá que celebrar un acuerdo con
una o más compañías de tarjetas de
crédito. Estas compañías por lo general,
cobran a los comerciantes un porcentaje del valor de cada
transacción con tarjeta de crédito.

Cargos Bancarios. Si usted realiza parte o
todos sus negocios a través de bancos, es importante
entender cuándo y cómo se aplican los cargos
bancarios, y tener en cuenta los mismos al momento de fijar los
precios de sus bienes y servicios.

Seguro. Si sus bienes pueden devolverse
para ser reemplazados o para hacer un reembolso al cliente, es
necesario cubrir los costos de esta eventualidad con una
póliza de seguro. Se le debe informar a los clientes las
circunstancias bajo las cuales pueden devolverse los bienes y la
declaración de política de
devoluciones debe incluir detalles tales como el período
de tiempo durante el cual se puede hacer la devolución, la
forma en que se debe realizar la devolución de los bienes,
quien debe pagar por los gastos de embarque y manejo,
etc.

Derechos Aduaneros en el Punto de Salida
(si los hay). Debido a que los derechos aduaneros del
lugar de destino se le cobran generalmente al comprador, es muy
raro que el vendedor tenga que pagar derechos de aduana en el
lugar de salida. Sin embargo, es posible que usted tenga que
reclamar los derechos ya pagados si los bienes que está
vendiendo no se originan en el país desde el cual los
está distribuyendo. Esto depende del destino de la
exportación y del tipo de bienes. Una cámara de
comercio local o una oficina de
aduanas deben
estar en capacidad de informarle si los derechos de aduana
están vencidos o son reembolsables. Los bienes despachados
dentro del mismo país o área comercial no
están sujetos a derechos de aduana.

Impuestos. La creencia actual es que los
impuestos se deben cobrar en el punto de venta (esto no es tan
claro para el software, libros, etc.,
debido a que la entrega puede hacerse por Internet). Hasta este
momento no existe un conjunto de normas aplicables a nivel
internacional; sin embargo, la Organización Mundial
del

Comercio (OMC) esta trabajó con una serie de
gobiernos y organizaciones comerciales para organizar un poco
esta situación. Los miembros de la OMC tienen una
estructura tan abierta como sea posible para evitar la
penalización de los países que pueden beneficiarse
al máximo del comercio electrónico. Los bienes
enviados dentro del mismo país o área comercial,
pueden estar sujetos al cobro del IVA. En este
caso, las normas son exactamente iguales a las que se aplican
para las compras
realizadas por un medio diferente a Internet.

Embalaje. Esto puede constituir un costo
adicional si se requiere de un embalaje especial para proteger
los bienes durante el transporte.

Transporte de los Bienes hasta el Punto de
Despacho
, si es necesario (los costos se basan en la
distancia, el tamaño y el peso del objeto). Si usted vende
bienes que tengan que enviarse físicamente desde un punto
de almacenamiento hasta un sitio de distribución, el costo tendrá que
cubrirse localmente. Este costo se debe incluir en el precio de
venta.

Gastos de Envío Estándar. Si
un transportista internacional o una compañía de
servicios de entrega inmediata deben cobrarle estos gastos al
comprador en el punto de entrega, usted debe informarle al
comprador que los gastos de envío no están
incluidos en el precio de venta. También tendrá que
cerciorarse si el transportista acepta recibir su pago en el
punto de entrega. Si decide incluir los gastos de envío en
el precio de venta, asegúrese de utilizar la escala de cobros
adecuada para cada cliente y para cada lugar de destino. Los
principales transportistas tienen sitios web en los cuales se
puede encontrar el punto de cobro más cercano y alguna
información sobre precios. Algunas de estas
compañías ofrecen servicios de logística compleja, los cuales abarcan toda
la cadena de
suministro.

Estas compañías también le
suministrarán información sobre precios, la cual
puede ser útil para ofrecérsela a los compradores
que deseen beneficiarse de este servicio.

Medios para
Obtener Información sobre Procedimientos de Pago e
Impuestos en los Diferentes Países

Los procedimientos de pago son los medios por los cuales
se recibe el pago de los bienes o servicios vendidos. Estos
procedimientos dependerán de la infraestructura bancaria
en su país y en los países de sus
clientes.

Se puede obtener la información sobre los
procedimientos de pago en otros países de las siguientes
fuentes:

  • El sistema bancario de su país. En la
    mayoría de los bancos centrales tienen un departamento
    de investigación que debe tener información sobre
    la banca y las
    finanzas de
    otros países. Alternativamente, un banco local con
    conexiones internacionales o un banco internacional debe estar
    en capacidad de darle información sobre los
    procedimientos de pago y tributación de su mercado
    objetivo, o debe saber donde obtener la información que
    usted necesita.
  • Es posible que la embajada local de su mercado
    objetivo tenga una oficina comercial que suministre esta
    información.
  • Las cámaras de comercio de su mercado objetivo
    pueden proporcionar información directamente o pueden
    remitirlo a usted a una fuente apropiada.
  • Los socios comerciales potenciales, las asociaciones
    de importadores y las agencias de promoción comercial de
    su mercado objetivo pueden suministrarle información o
    ayudarlo a encontrarla.
  • Los departamentos o ministerios de comercio de los
    principales países industrializados, tales como el
    Departamento de Comercio de los Estados Unidos
    y el Ministerio Francés de comercio exterior,
    también pueden recopilar información sobre
    aspectos relacionados con el pago y la tributación del
    comercio en los países extranjeros. Podría serle
    útil comunicarse con los departamentos relevantes de
    dichos países con el fin de recibir información,
    especialmente si tienen grandes flujos comerciales con su
    mercado objetivo.

Los principales métodos de pago que probablemente
están disponibles son los siguientes:

  • Transferencias interbancarias, que pueden ser
    manejadas por cualquier banco con conexiones internacionales.
    El banco debe estar en capacidad de suministrarle
    información acerca de lo que debe hacer para utilizar
    este servicio, al igual que los impuestos, aranceles y
    gastos bancarios en los que pueda incurrirse.
  • Tarjetas de crédito internacionales, las
    cuales constituyen el procedimiento de pago más
    sencillo, siempre y cuando se tenga acceso al sistema de
    compensación de tarjetas de crédito pertinente y
    se pueda establecer un acuerdo con las compañías
    de tarjetas de crédito. Sin embargo, las transacciones
    con tarjetas de crédito no siempre son consideradas como
    la mejor solución por todos clientes o mercados
    potenciales debido a una percepción más o menos arraigada,
    a pesar de los avances en la tecnología de
    codificación, de que el pago con tarjeta de
    crédito en Internet representa un riesgo
    considerable para el dueño de la tarjeta.
  • Pago contra entrega, por parte del comprador al
    entregador (generalmente una oficina de correos), quien luego
    le paga al vendedor.

Para obtener información sobre impuestos, puede
contactarse con las autoridades fiscales del país
objetivo. Sin embargo, como suele suceder, es difícil
acceder a la autoridad para tratar asuntos de negocios
internacionales, usted debe utilizar las fuentes enumeradas
anteriormente para obtener información.

A continuación se suministra información
general relacionada con los impuestos que se aplican usualmente
al comercio exterior, incluyendo el comercio exterior
electrónico.

  • Los impuestos de importación o los aranceles aduaneros
    usualmente se cobran en el puerto (aeropuerto) de destino; por
    lo general, la persona que recibe los bienes es la responsable
    del pago, y el cobro lo realiza la agencia de envío. Hoy
    en día existe un consenso general, por medio de la
    Organización Mundial del Comercio, para que no se cobren
    impuestos sobre bienes digitales, es decir, aquéllos que
    se entregan por Internet. Sin embargo, la Unión
    Europea está revisando actualmente si existe la
    necesidad de crear impuestos específicos para el
    comercio electrónico.
  • Un impuesto sobre el valor añadido (IVA) puede
    ser aplicado en el lugar de destino; este impuesto lo paga
    normalmente el comprador. Para los bienes que no son
    importados, se debe agregar el IVA al precio de los bienes y
    declararlo a las autoridades fiscales igual a como se hace para
    las transacciones de compra tradicionales. Si usted necesita
    información específica sobre de este tema, una
    cámara de comercio local o una asociación de
    comercio en el país objetivo debe suministrarle la
    información que usted requiera.

¿Cómo Debe Cotizarse los Precios de
Venta: en Moneda Local, Moneda del País Objetivo, en
Euros, Dólares Americanos o Yenes?

Cotizar los precios en la moneda local sirve como
protección frente a las fluctuaciones del tipo de
cambio, que se presentan entre la moneda local y una moneda
comercial diferente. Sin embargo, su moneda local puede que no
sea la mejor opción desde un punto de vista promocional.
Puede que exista una ventaja comercial en cotizar y aceptar pagos
en la moneda del país en el cual le gustaría vender
o en una moneda aceptable para sus socios comerciales
extranjeros. La elección de la moneda se debe basar en los
riesgos que el vendedor esté dispuesto a asumir en
relación con las fluctuaciones en el tipo de
cambio.

Una forma aceptable es cotizar precios y aceptar los
pagos en la moneda local y al mismo tiempo cotizar los precios,
exclusivamente para efectos de comparación, en otra moneda
ampliamente conocida, tal como dólares de los Estados
Unidos, y dar noticia del tipo de cambio aproximado que se
utiliza. Esto permite a los compradores pagar en su moneda local
(la moneda del vendedor) y a la vez tener una buena idea de la
relación entre su precio y el precio de bienes similares
en el mercado local de los compradores. Es su responsabilidad,
como vendedor, dejar claro que el pago sólo se acepta en
su moneda local, y utilizar una aproximación justa a la
tasa de cambio, para no desorientar al comprador. Usted debe
estar enterado de que si utiliza aproximaciones de tasas de
cambio que difieran mucho del tipo de cambio real, está
sujeto a procedimientos jurídicos por fraude. (Un tipo de
cambio, de 1:1,615 puede aproximarse a 1:1,6 pero no a 1:1,5). Si
quiere evitar el uso de aproximaciones en los tipos de cambio,
puede ofrecer un vínculo directo de su página de
precios a un calculista de tipos de cambio en la Web, como el
Universal Currency Converter™ (convertidor universal de
divisas), ubicado
en http://www.xe.net/.

Debe tener en cuenta los siguientes aspectos al momento
de decidir la forma de cotizar los precios:

  • Algunos países, como Suiza, tienen
    restricciones jurídicas que evitan que las
    compañías facturen en monedas diferentes a la
    moneda local. En este caso, utilizar un precio local y un
    precio de comparación equivalente en otra moneda, como
    el dólar de los Estados Unidos, el euro, o el yen, puede
    ser la mejor forma de presentar los precios en línea
    para los artículos de exportación. Su
    cámara de comercio o una asociación comercial
    local le debe suministrar información acerca de la
    aplicación de leyes de este tipo en su
    país.
  • El dólar de los Estados Unidos es la moneda
    que se utiliza frecuentemente para pagos internacionales y se
    acepta en la mayoría, pero no en todos los
    países. Si realiza negocios en una moneda diferente de
    su moneda local, no sólo corre el riesgo de las
    fluctuaciones en el tipo de cambio, sino que también
    deberá pagar gastos bancarios por las conversiones de
    moneda. Es recomendable obtener una confirmación de su
    banco sobre cuál es la moneda más apropiada para
    realizar negocios con un mercado objetivo
    específico.
  • Con respecto a la moneda única de la
    Unión Europea, el euro es una moneda física desde el
    1º de enero del 2002. Si sólo realiza negocios
    dentro de la zona del euro, es mejor utilizar el euro para
    cotizar los precios (y para aceptar los pagos, si así lo
    desea). Sin embargo, el euro no es aceptado en todos los
    países europeos, sin mencionar los países no
    europeos. Fuera de la zona del euro, los exportadores
    deberán considerar su moneda local en relación
    con las monedas utilizadas en su mercado objetivo.
  • El pago mediante tarjeta de crédito
    internacional permite que los compradores en otros
    países le paguen en la moneda en la que usted promociona
    su producto. En
    este caso, usted como receptor del pago, asume el riesgo de las
    fluctuaciones en el tipo de cambio. Si usted piensa que
    ésta es su mejor opción, sería conveniente
    considerar la posibilidad de abrir una cuenta de tarjeta de
    crédito para comerciantes.
  • Los sitios web con múltiples monedas son
    difíciles de construir y requieren un manejo continuo de
    los tipos de cambio vigentes y pasados, lo que significa que
    existen muy pocos sitios de este tipo. Adicionalmente, si usted
    cotiza y acepta pagos en diferentes monedas, existe la
    posibilidad de que los compradores elijan pagar en la moneda
    que les represente el mejor tipo de cambio, en un momento dado.
    Como se mencionó anteriormente, es mejor trabajar en una
    sola moneda, ya sea en la moneda local o, si es posible, en una
    internacional.

Diferentes
Métodos de Pago que Pueden Utilizarse en el Comercio
Electrónico, y Cuáles Son los más Sencillos
o Seguros

Los métodos de pago más comunes
disponibles para el comercio basado en

Internet se describen a continuación. Todos estos
métodos son seguros. En
especial para el comercio entre empresa y
consumidor (E y C), algunos son más rápidos que
otros, y los usuarios de Internet generalmente consideran que la
velocidad de
la transacción es el factor más importante
después del precio a la hora de decidir a quien
comprarle.

Métodos de pago utilizado en el comercio
B2C

Tarjetas de Crédito. El pago con
tarjeta de crédito tiene la ventaja de ser sencillo y
rápido, además de permitirle al vendedor recibir
confirmación del pago antes de enviar los bienes o prestar
el servicio. Para ofrecer este servicio es necesario registrarse
como comerciante afiliado. Todas las compañías de
tarjetas de crédito suministran en los bancos y en sus
sitios web.

Los pagos con tarjetas de crédito en Internet son
mucho más seguros de lo que la mayoría de las
personas piensan. El 1º de febrero de 1996, Visa
International y MasterCard International anunciaron, en
compañía de otros industriales, el desarrollo de
una sola norma técnica para salvaguardar el pago de las
compras realizadas con tarjeta de crédito en redes
abiertas. La norma, llamada Transacción electrónica segura (Transacción
electrónica segura™ o SET), implica el uso de
certificados digitales para verificar la identidad de
todas las partes comprometidas en la transacción. Cuando
un consumidor realiza una compra utilizando el protocolo SET, se
envía un certificado digital simultáneamente del
consumidor al comerciante y del comerciante al consumidor. El
certificado del consumidor verifica la identidad del consumidor y
le garantiza al comerciante que la tarjeta de crédito no
se está utilizando fraudulentamente. El certificado del
comerciante verifica la identidad del comerciante y le garantiza
al consumidor la recepción de los bienes comprados. El
protocolo SET también garantiza la confidencialidad e
integridad (no puede ser interferido) de la información
transmitida y recibida.

También hace que ambas partes se hagan
responsables de la transacción, lo que significa que ni el
consumidor puede negar que haya realizado una orden, ni el
comerciante puede negar que ha recibido la orden.

Aunque la norma SET no ha sido adoptada tan ampliamente
como sus creadores esperaban, debido en parte a las dificultades
que implica el suministro de identidades digitales a los
consumidores, la facilidad con la que los comerciantes pueden
certificarse y el uso de protocolos de
codificación le han dado a los consumidores una
garantía sobre la seguridad de la información de
sus tarjetas de crédito.

Pago Contra Entrega. El pago de los bienes
se recibe en el punto de entrega. Este es un método
conocido para bienes pequeños enviados a través del
servicio postal. Este método permite realizar el
envío tan pronto se confirma la orden. Sin embargo, con
este medio, es más difícil garantizar que el
comprador es genuino, y puede presentarse un retraso
significativo entre el pago (al que entrega) y el pago al
vendedor.

Métodos de Pago para el Comercio
B2B

La mayoría de las transacciones B2B actuales
utilizan sistemas de cobro tradicionales, tales como los que se
describen a continuación. Sin embargo, esto puede ir
cambiando.

Pago Anticipado. Aquí, el comprador
paga por los bienes antes de realizar el envío. Aunque
este método de pago es ideal para los vendedores, es
difícil encontrar compradores que lo acepten, a
excepción de algunas transacciones B2B entre
especialistas. Parece que una variación del pago
anticipado, el uso de servicios en custodia por Internet,
muestra que
está ganando popularidad. Estos servicios (como los que
ofrece www.iescrow.com) le notifican a
los proveedores el envío del producto sólo
después de haber verificado el pago a su cuenta de
fideicomiso
por parte del comprador. Una vez que el comprador ha recibido y
ha manifestado la aceptación de los bienes, el depositario
de la custodia le libera los fondos al vendedor.

Cartas de Crédito. Muy utilizadas
en las exportaciones. Al presentar una carta de
crédito garantizada por el banco de un comprador
extranjero, los exportadores pueden recibir un anticipo del monto
adeudado según el contrato de
venta, incluyendo la financiación del pre-envío.
Los exportadores deben verificar con el banco local comprometido
en la transacción (el banco que realiza el pago),
cuáles son los documentos requeridos para el pago de
la carta de
crédito, debido a que no recibirán el pago si no
están en capacidad de presentar la documentación respectiva. Los exportadores
pueden protegerse contra el riesgo por incumplimiento insistiendo
en una carta de crédito confirmada (una carta de
crédito confirmada por otro banco).

Pagos de Facturas. Probablemente la
mayoría de las transacciones entre empresa y empresa se
realizan entre compañías que periódicamente
realizan negocios entre sí. En estos casos, los sitios
electrónicos B2B pueden expedir facturas idénticas
a las facturas utilizadas en el comercio no electrónico.
Algunas empresas ofrecen descuentos a sus clientes por realizar
órdenes electrónicas debido a que las transacciones
electrónicas son menos costosas para el
proveedor.

Las
PyMES
(Pequeñas y Medianas Empresas)

Hoy en día, las nuevas empresas emprendedoras y
las PyMES pequeñas y medianas industrias, son
las impulsoras de la economía global. En
las cuales las pequeñas industrias cuentan con un
número de 50 empleados y las medianas 250 empleados, en
los cuales a primera tiene un promedio de ingreso anual de 2
millones y la segunda 8 millones.

Muchos de estos negocios sólo tienen presencia en
Internet, con lo que consiguen evitar muchos de los gastos de las
empresas tradicionales. Los estudios estiman que el número
de pequeños comerciantes en la red alcanzará los
2.750.000 en el año 2005 un aumento de casi el 40% desde
el año 2000.

El comercio electrónico, sin lugar a dudas, ha
permitido ampliar los canales tradicionalmente usados para
proveer de bienes y servicios a un mercado de consumidores en
crecimiento. Esto no puede ser obviado por quienes intenten
competir por captar parte de estos consumidores y colocar sus
productos.

Explorando en la estructura económica de
distintos países, se pueden encontrar sectores más
dinámicos que otros, actividades que cuentan con ventajas
comparativas frente a otros países. Pero en todos se
encontrarán empresas pequeñas, medianas y
grandes.

Por otro lado en la actual economía mundial se
observa claras tendencias hacia la internacionalización de
los negocios y de los mercados. La liberización del
comercio, el intercambio entre grandes bloques
económicos regionales.

Dentro de este proceso se entiende que las PyMES deben
cumplir un papel destacado. Debido a la nueva concepción
de la competencia, cobra especial relevancia el criterio de
"especialización flexible" que contempla la capacidad de
las empresas para responder en la forma adecuada a los cambios en
el mercado internacional, adaptándose a los tipos de
bienes producidos, cantidad y calidad de mano de obra, insumos,
etc. Hasta el mismo proceso productivo debe
replantearse.

La Importancia
de las PyMES.

La importancia de las PyMES en la economía se
basa en que:

  • Asegurar el mercado de trabajo
    mediante la descentralización de la mano de obra
    cumple un papel esencial en el correcto funcionamiento del
    mercado laboral.
  • Tienen efectos socioeconómicos importantes ya
    que permiten la concentración de la renta y la capacidad
    productiva desde un número reducido de empresas hacia
    uno mayor.
  • Reducen las relaciones sociales a términos
    personales más estrechos entre el empleador y el
    empleado favoreciendo las conexiones laborales ya que, en
    general, sus orígenes son unidades
    familiares.
  • Presentan mayor adaptabilidad tecnológica y
    menor costo de infraestructura.
  • Obtienen economía de escala a través de
    la cooperación ínter empresaria, sin tener que
    reunir la inversión en una sola firma.

La importancia de las PyMES como unidades de
producción de bienes y servicios, en nuestro país y
el mundo justifica la necesidad de dedicar un espacio a su
conocimiento.

Debido a que desarrollan un menor volumen de
actividad, las PyMES poseen mayor flexibilidad para adaptarse a
los cambios del mercado y emprender proyectos
innovadores que resultaran una buena fuente generadora de
empleo, sobre todo profesionales y demás personal
calificado.

En la casi totalidad de las economías de mercado
las empresas pequeñas y medianas, incluidos los micro
emprendimientos, constituyen una parte sustancial de la
economía.

 

La PyMES en
Venezuela

La situación de crisis
económica generalizada por la que ha atravesado el
país, ha obligado a que las instituciones, tanto
públicas como privadas, se transformen y tengan una
visión más articulada en su conjunto, abriendo
espacio para la concertación. Como una de las herramientas
del Gobierno Nacional
en su estrategia de
apoyo a las pequeñas y medianas empresas, el Ministerio de
Industria y
Comercio implementa programas y plantea proyectos
dirigidos a la Pequeña y mediana
empresa.

Históricamente, la PyME se ha visto afectada por
la carencia de fondos propios, aunado a los obstáculos que
se le presentan para la obtención de créditos a
largo plazo y a su misma capacidad para negociar condiciones
favorables con la Banca. Esta situación, conjuntamente con
la crisis por la cual viene atravesando Venezuela en los
últimos años, ha provocado su estancamiento, el
cual se refleja en el incremento de la tasa de desempleo y la
comparecencia de fuentes alternas para la generación de
ingresos; básicamente a través de la
economía informal. Por otra parte, en el contexto
económico mundial se ha demostrado que la PyME posee
ciertas ventajas que le permiten adaptarse favorablemente a los
cambios estratégicos relacionados con su desarrollo, lo
cual justifica que cualquier inversión que realicen los
gobiernos en proyectos de apoyo dirigido a este sector, tiene la
mayor justificación económica y social.

Por todo esto se puede decir que en Venezuela existe la
necesidad de propiciar condiciones técnico-financieras que
favorezcan la capacidad de competir de las pequeñas y
medianas empresas PyMES, así como un mercado de servicios
de consultoría, que es necesario poner a
disposición de las PyMES para orientar y asesorar al
empresario, en
la identificación de necesidades organizacionales y en la
conversión de éstas en requerimientos de servicios
de consultoría para el mejoramiento de la
empresa.

Las PyMES industriales tienen la necesidad de
transformar y modernizar sus sistemas de gerencia,
administración y producción para enfrentar la
competencia en el nuevo contexto de apertura externa y de
liberación de los precios y mercados. En estas condiciones
sus posibilidades de desarrollo dependen de la creación de
ventajas competitivas, que a su vez estén en
función del conocimiento tecnológico incorporado al
proceso de gestión y producción de la
empresa.

La finalidad de los créditos a las PyMES es
atender las necesidades de financiamiento de los pequeños
y medianos empresarios tanto en el sector formal como informal
incentivando la inversión en las actividades comerciales,
productivas y servicios; orientado a la financiación de
capital de
trabajo o activo fijo.

Fondo Nacional
de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana
Empresa

La creación del Fondo Nacional
de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
("FONAPYME"), tiene como objeto realizar aportes de capital y
brindar financiamiento para inversiones productivas a las
empresas y formas asociativas comprendidas en el artículo
1º de la Ley de Estímulo y Desarrollo de la Micro,
Pequeña y Mediana Empresa, bajo las modalidades que
establezca la reglamentación.

Para esto se constituirá un fideicomiso
financiero, por el cual, el Poder
Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de
Producción y Comercio, como fiduciante, encomendará
al Banco Central de Venezuela, que actuará como
fiduciario, la emisión de certificados de
participación en el dominio
fiduciario del FONAPYME, dominio que estará constituido
por las acciones y
títulos representativos de las inversiones que realice. El
Ministerio de Producción y Comercio remitirá para
aprobación del Poder Ejecutivo Nacional el respectivo
contrato de fideicomiso.

El Banco Central de Venezuela y el Ministerio de
Finanzas, deberán asumir el compromiso de suscribir
certificados de participación en el FONAPYME por hasta la
suma total de cien millardos de bolívares
(Bs.100.000.000.000) en las proporciones y bajo las condiciones
que determine la reglamentación de Ley de Estímulo
y Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa .
Podrán además suscribir certificados de
participación del FONAPYME, organismos internacionales,
entidades públicas y privadas nacionales o extranjeras,
gobiernos provinciales o municipales, en la medida en que
adhieran a los términos generales del fideicomiso
instituido por el artículo 3º de la Ley mencionada.
El Ministerio de Finanzas, estará facultado para suscribir
los certificados subordinados que emita el FONAPYME.

La elegibilidad de los proyectos a financiar con
recursos del FONAPYME estará a cargo de un Comité
de Inversiones compuesto por tantos miembros como se establezca
en la reglamentación, los cuales serán designados
por el Poder Ejecutivo Nacional, y cuya presidencia estará
a cargo del Viceministro de Industria del Ministerio de
Producción y Comercio o del representante que éste
designe.

En el Comité de Inversiones deberán estar
representadas las asociaciones empresariales más
representativas del sector en el ámbito nacional. Las
funciones y atribuciones del Comité de Inversiones
serán establecidas por la reglamentación de la Ley
de Estímulo y Desarrollo de la Micro, Pequeña y
Mediana Empresa, incluyendo entre otras la de fijar la
política de inversión del FONAPYME, establecer los
términos y condiciones para el otorgamiento del
financiamiento que brinde y actuar como máxima autoridad
para la aprobación de los emprendimientos en cada caso. El
Banco Central de Venezuela, como fiduciario del FONAPYME,
deberá prestar todos los servicios de soporte
administrativo y de gestión que el Comité de
Inversiones le requiera para el cumplimiento de sus
funciones.

La duración del FONAPYME. Está dada por un
plazo de extinción general de veinticinco años, a
contar desde la fecha efectiva puesta en funcionamiento. No
obstante de ello, el fiduciario conservará los recursos
suficientes para atender los compromisos pendientes, reales o
contingentes, que haya asumido el FONAPYME hasta la fecha de
extinción de esas obligaciones. El Poder Ejecutivo
Nacional tiene la facultad de extender la vigencia del FONAPYME
por períodos adicionales de veinticinco años, en
forma indefinida.

El Estado
Nacional será el destinatario final (fideicomisario) de
los fondos integrantes del FONAPYME en caso de su
extinción o liquidación.

Fondo de
Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
(FOGAPYME)

El Fondo de Garantía para la Micro,
Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME) creado con el objeto
de otorgar garantías en respaldo de las que emitan las
Sociedades de Garantía Recíproca y ofrecer
garantías directas a las entidades financieras acreedoras
de las MIPYMES y formas asociativas comprendidas en el
artículo 1º de la Ley de Estímulo y Desarrollo
de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a fin de mejorar
las condiciones de acceso al crédito de las
mismas.

Asimismo, este fondo podrá otorgar
garantías en respaldo de las que emitan los fondos
regionales constituidos por el gobierno respectivo, siempre que
cumplan con requisitos iguales o equivalentes a los de las
Sociedades de Garantía Recíproca.

A medida que se vaya expandiendo la creación de
Sociedades de Garantía Recíproca, el FOGAPYME se
irá retirando progresivamente del otorgamiento de
garantías directas a los acreedores de MIPYMES en aquellas
regiones que cuenten con una oferta suficiente por parte de
dichas sociedades. El otorgamiento de garantías por parte
del FOGAPYME será a título oneroso.

El Ejecutivo Nacional a través de sus organismos
encargados del fomento industrial, implementará programas
y destinará recursos específicos para el
fortalecimiento y modernización de las instituciones de
apoyo al sector en sus diferentes ámbitos:

  • Creación, organización y
    coordinación de los órganos del poder
    público con competencia sobre la PyME.
  • Gremios y cámaras empresariales de las PyMES,
    con especial énfasis en el desarrollo y promoción
    de la actividad, capacitación empresarial, acceso y
    mejora de los canales de comercialización y desarrollo
    de sistemas de
    información adecuados.
  • ONG y otras organizaciones de la
    Sociedad
    civil de apoyo a las PyMES.

Régimen De Compensación De Tasas Existe un
régimen de compensación de tasas de
interés para las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas, tendiente a disminuir el costo del crédito. El
monto de dicha compensación será establecido en el
artículo 23º de la Ley de Estímulo y
Desarrollo de las Micro, pequeñas y medianas
Empresas:

"…Se favorecerá con una compensación
especial a las MIPyMES nuevas o en funcionamiento localizadas en
los ámbitos geográficos que reúnan alguna de
las siguientes características:

  1. Regiones en las que se registren tasas de crecimiento
    de la actividad económica inferiores a la media
    nacional;
  2. Regiones en las que se registren tasas de desempleo
    superiores a la media nacional."

El Ejecutivo Nacional es quien creará los
mecanismos e instrumentos necesarios para la aplicación de
éste régimen, cuya aplicación será de
obligado cumplimiento para los entes financieros y crediticios
públicos.

Las entidades financieras participantes deberán
comprometerse a brindar un tratamiento igualitario para todas las
empresas, hayan sido o no previamente clientes de ellas, y no
podrán establecer como condición para el
otorgamiento de los préstamos a tasa bonificada la
contratación de otros servicios ajenos a
aquellos.

Las PyMES y el
Comercio Electrónico

Cada vez son más las PyMES que entran en el
competitivo mundo del Internet donde el interesado en un producto
puede comparar costos y calidades en cuestión de segundos.
La microempresa por
el escaso presupuesto con el que cuenta no tiene muchas
posibilidades de llevar a cabo un proyecto como poner su propia
web y así de esa manera ampliar su mercado. Las
pequeñas empresas tienen más posibilidades de
triunfar en este mundo más competitivo pues cuenta con un
presupuesto mayor y un personal calificado. Las mas grandes
empresas ya tiene en su mayoría una presencia en Internet,
según cifras de la revista
virtual http://www.opinamos.com,
las empresas Latinoamericanas gastaron en el 99 unos 5
millones de dólares en Internet y en el 2005 prevén
gastar unos 164 millones de dólares una cifra nada
despreciable que nos muestra un buen augurio para el
fortalecimiento del Internet.

Actualmente más del 80% en transacciones
comerciales en Latinoamérica excluyendo a Estados Unidos
la realizan Brasil,
México y Argentina. Estados unidos es un caso aparte este
país prevé vendió en su comercio
electrónico en el 2003 casi 3 trillones de dólares,
mientras que el resto del mundo solo venderá de esta
manera 1.8 trillones de dólares.

¿Cuáles Servicios Encontrados en
Internet Brindan Asistencia a las PyME con Respecto al Comercio
Electrónico?

Se han desarrollado diversos programas y servicios en
línea para ayudar a las pequeñas y medianas
empresas a vender electrónicamente sus productos y
servicios localmente y en el extranjero. A continuación se
citan algunos de ellos:

  • Diseño de sitios web. Access
    Accounting lanzó un paquete de software de diseño
    de sitios web su producto Exporters Web Starter Pack (paquete
    para los exportadores que se inician en la Web).
  • Manejo de datos y automatización de transacciones de
    exportación. Permite a los usuarios manejar
    información internacional y automatizar cotizaciones,
    pedidos y facturas directamente a través de un sitio
    web.
  • Obtención de cotizaciones de fletes
    aéreos. Webfreight.com es el primer sitio web
    especializado en el transporte aéreo de carga de
    exportación. Los usuarios obtienen cotizaciones con base
    en el peso de la mercancía, su destino y la
    documentación requerida.
  • Servicios de cambio de divisas. La mesa de cambio
    virtual de Thomas Cook ofrece un servicio en línea de
    cambio de divisas y comentarios sobre el mercado.
  • Software multilingüe. Intershop ofrece software
    en varios idiomas que sirve para traducciones de palabras en
    forma básica.
  • Enlace de productos a subastas en línea. Lycos
    ofrece este servicio en www.lycos.com.
  • Vinculación a una gran comunidad de
    pequeñas empresas. (http://www.hypermart.net/index.gsp)
    sirve de anfitrión a unas 360.000 pequeñas
    empresas. Esto les permite a dichas empresas hacer uso del
    comercio electrónico sin tener que establecer sus
    propios sitios web seguros, ni carritos electrónicos de
    compras.
  • Participación en un catálogo y
    almacenamiento de productos en línea.

MyShopNow.com (http://myshopnow.com) permite que los
usuarios creen mini-tiendas sin tener que preocuparse por
inventarios ni
embarques.

Beneficios que
Ofrece Internet a las PyMES

Sin lugar a dudas el mayor beneficio es la
comunicación e información. Internet es una
herramienta de trabajo, con la llegada del e-mail y los programas
de mensajes instantáneos, los empleados pueden enviar y
recibir documentos a través de Internet agilizando los
procesos y
mejorando su flujo de trabajo bajando los costos de teléfono o correo convencional. Tiene
información disponible todos los días, las 24
horas, las noticias de
todo el mundo, lo que hace la competencia, oportunidades
comerciales, proyectos de
inversión, licitaciones y así podría
seguir una infinita lista. También mediante las tan
mencionadas páginas web o sitios web se pueden obtener
otros beneficios. Promocionar globalmente sus productos, llegar a
mercados inalcanzables por otros medios, la posibilidad de llegar
a los clientes de un modo interactivo e individualizado y otras
tantas dependiendo del tipo de empresa y cuál sea su
producto o servicio a ofrecer.

Pero de nada sirve todo esto si no se tiene una
estrategia de negocio que le permita gestionar su empresa de
manera eficiente. Por desgracia es mucho más fácil
diseñar un sitio web y darle buen aspecto qué
integrarlo con eficacia a la
empresa. Uno de los errores frecuentes radica en que las empresas
se apresuran a diseñar un sitio antes de decidir que
quieren lograr con el. Diseñar un sitio es creativo, pero
fijar objetivos y acordar las medidas para determinar si esos
objetivos se logran, exige análisis y mucho trabajo. Internet es una
vidriera para los productos al mundo, pero también es un
arma de doble filo si no se está preparado para enfrentar
ese desafío.

Se debe tener en cuenta, ¿qué pasa si en
su empresa reciben un e-mail en algún idioma que no sea el
suyo?, entonces puede estar dentro de esas empresas que
aún no están preparadas para dar respuesta a los
e-mails que reciben en otras lenguas. Internet es una excelente
herramienta para hacer negocios, solo se tiene que estar atentos
a todo lo que esto implica.

CAPÍTULO III

MARCO
METODOLÓGICO

Tipo de
Investigación

La investigación fue desarrollada bajo las
directrices de un marco
teórico y legal que permitió estudiar las
estrategias aplicables al comercio electrónico sus
ventajas y desventajas, como utilizar este medio para
exportaciones de productos pertenecientes a las pequeñas y
medianas industrias (PyMES). El trabajo fue
del tipo documental, lo cual es "tarea propia del investigador" y
debe "establecer la veracidad de todos los datos que extrae de
fuentes documentales". (Best. 1979 P. 75). Este tipo de
investigación es la que se realiza, como su nombre lo
indica, apoyándose en fuentes de carácter
documental, esto es, en documentos de cualquier
especie.

Como subtipo de esta investigación encontramos la
investigación bibliográfica la cual
es, en un sentido
amplio, el sistema que se sigue para obtener información
contenida en documentos. En sentido más específico,
el método de investigación bibliográfica es
el conjunto de técnicas y estrategias que se emplean para
localizar, identificar y acceder a aquellos documentos que
contienen la información pertinente para la
investigación.

Por ser una investigación del tipo documental
– bibliográfica, la cual se realiza en forma
ordenada y con objetivos precisos, con la finalidad de ser base a
la construcción de conocimientos, no existe población y muestra.

Instrumento de
Recolección de Datos

La recolección de los datos en el proceso de la
investigación es una de las etapas más delicadas.
De ella va ha depender los resultados que se obtenga en dicha
investigación.

Cuando hablamos de recolección
de datos nos estamos refiriendo a información
empírica abstraída en conceptos. La
recolección de datos se tiene que hacer con el concepto de
medición, proceso mediante el cual se
obtiene el dato, valor o respuesta para el problema que se
investiga. En el proceso de recolección de datos la
medición es una pre condición para obtener el
conocimiento
científico.

El instrumento de recolección de datos
está orientado a crear las condiciones para la
medición. Los datos son conceptos que expresan una
abstracción del mundo real, de lo sensorial, susceptible
de ser percibido por los sentidos de
manera directa o indirecta.

Para recolectar nuestros datos utilizamos como medio la
información obtenida en bibliotecas,
Internet, y la Cámara Venezolana de Comercio
Electrónico (CAVECOM), la Asociación Venezolana de
Exportadores (AVEX) las cuales sirvieron como instrumento para la
elaboración de nuestro proyecto.

CAPÍTULO IV

ESTRATEGIAS PARA EL COMERCIO
ELECTRÓNICO

Estrategias

El concepto de estrategia ha sido objeto de
múltiples interpretaciones, de modo que no existe una
única definición. No obstante, es posible
identificar cinco concepciones alternativas que si bien compiten,
tienen la importancia de complementarse.

Estrategia como Plan

Un curso de acción
conscientemente deseado y determinado de forma anticipada, con la
finalidad de asegurar el logro de los objetivos de la empresa.
Normalmente se recoge de forma explícita en documentos
formales conocidos como planes.

Estrategia como Táctica

Una maniobra específica destinada a dejar de lado
al oponente o competidor.

Estrategia como Pauta

La estrategia es cualquier conjunto de acciones o
comportamiento, sea deliberado o no. Definir la
estrategia como un plan no es
suficiente, se necesita un concepto en el que se acompañe
el comportamiento resultante. Específicamente, la
estrategia debe ser coherente con el comportamiento.

Estrategia como Posición

La estrategia es cualquier posición viable o
forma de situar a la empresa en el entorno, sea directamente
competitiva o no.

Estrategia como Perspectiva

La estrategia consiste, no en elegir una
posición, sino en arraigar compromisos en las formas de
actuar o responder; es un concepto abstracto que representa para
la organización lo que la
personalidad para el individuo.

Estrategia
& E-Estrategia

Las estrategias de Comercio Electrónico no
están desligadas de la estrategia general de la
compañía y viceversa. Como todas las
compañías que participan en el mercado tienen
acceso a las diferentes tecnologías disponibles, la
adquisición de las mismas no genera por sí sola
ventajas competitivas. Es lo que cada compañía esta
en capacidad de hacer y el máximo retorno que pueda
obtener de estas inversiones, lo que hace la diferencia. En la
práctica estas dos estrategias se fusionan de tal manera,
que es difícil diferenciar claramente lo que corresponde a
la estrategia de Comercio Electrónico y a la estrategia
global de negocio.

Adicionalmente, el hecho de que la estrategia de negocio
involucre a las diferentes áreas de la organización
y la estrategia de Comercio Electrónico ofrezca
oportunidades de mejora para cada una de ellas; indica un alto
grado de cohesión.

¿Qué se Necesita Hacer Antes de que
Su Compañía se Proponga Desarrollar una Estrategia
de Comercio Electrónico?

El desarrollo de una estrategia de comercio
electrónico requiere una planificación cuidadosa y un compromiso
total. El comercio electrónico debe visualizarse como una
operación de largo plazo, y no como una oportunidad de
obtener un lucro a corto plazo. La preparación de una
estrategia de comercio electrónico confirmará si
una presencia en Internet es conveniente para la
compañía y cuándo, le permitirá usar
de manera más eficaz esta poderosa herramienta
empresarial.

Una estrategia de comercio electrónico no difiere
fundamentalmente de cualquier otro plan de
negocios, y antes de diseñarla usted debe asegurarse
que su compañía:

  • Comprenda las características del mercado en
    línea, tales como la naturaleza
    global de la competencia, los requisitos técnicos y
    reglamentarios que se aplican a las ventas en línea, y
    el papel que desempeña la información en el
    comercio electrónico.
  • Tenga la capacidad técnica y de suministro
    para la venta de productos y servicios en un mercado
    global en línea.
  • Establezca procesos de producción y de ventas
    que permitan atender un aumento significativo en el
    negocio.

Se debe cerciorar que la decisión de entrar en el
comercio electrónico cuente con el apoyo de todos los
niveles de la gerencia, hacer claros los pasos de todo el proceso
de compra y escogencia electrónica, e identificar el
personal que posiblemente va a participar en el proceso. Antes de
diseñar la estrategia podría ser conveniente crear
una conciencia en el
personal acerca del potencial que ofrece el comercio
electrónico y darle la capacitación sobre aspectos
específicos del mismo.

¿Cuáles son los Elementos
Esenciales de una Estrategia de Comercio Electrónico
de
una
Empresa?

Una estrategia bien preparada debe contener una evaluación
de las posibilidades de ventas a través de Internet del
producto o de los productos involucrados, un estimado del monto
de las inversiones necesarias para establecer y desarrollar el
negocio, un plan para operar el negocio y para medir su progreso,
y un indicativo del retorno esperado sobre la inversión.
Debe incluir la opción de solicitar
financiamiento.

Los elementos esenciales de una estrategia de negocios
de comercio electrónico son los siguientes:

  • Resumen Ejecutivo.

Este es una parte muy importante del plan. Debe
redactarse después de completar el resto del plan.
Probablemente los inversionistas potenciales leerán
solamente esta parte en los primeros contactos con ellos. Este es
el lugar indicado para una presentación breve directa y
precisa. Si el resumen ejecutivo atrae el interés de los
inversionistas, habrá posteriormente numerosas
oportunidades para que se demuestre el entusiasmo por el
proyecto. Señale los factores de éxito
de su empresa y luego se debe enumerar las ventajas que se tiene
sobre los competidores que ya cuentan con una presencia en
Internet.

  • Objetivos.

Definir las metas de largo plazo y determinar
cómo el comercio electrónico ayudará a
alcanzar esas metas.

  • Orientación.

Señalar cómo se quiere usar la
Internet.

  • Situación Actual.

Identificar los productos de la empresa que se
venderán bien por Internet y explicar por
qué.

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