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Situación penitenciaria venezolana (página 7)



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Aún cuando hechos que publicaba la prensa
ocurrían, y el Ministerio hacia poco para evitarlos, el
Ministro señalaba "Aplicamos soluciones
reales en este campo, empezando por asumir que se trataba de una
porción dolorosa del país, afectada por terribles
problemas;
pero que son seres humanos, por lo tanto, poseedores de todos los
derechos que
derivan de la dignidad
esencial de la persona humana y
de la Constitución de la República, por lo
que nadie tenía la potestad de ignorarlos, pasarlos por
alto, ultrajarlos o eliminarlos", sin embargo las situaciones
violentas publicadas en los diarios reflejaron que tal
filosofía se quedaba en muy buenas intenciones; pero en la
realidad no lograba lo que se proponía, lo cual se refleja
en la actualidad igualmente."

Lo lamentable es, que mentiras similares fueron
utilizadas durante esa gestión
como modo de operar: Revisando una comunicación del mes de octubre de 1.998,
del Despacho del Ministro de Justicia al
Ministro a la Secretaría de la Presidencia, para dar
respuesta sobre las actividades realizadas en el Ministerio de
Justicia en procura de la garantía de los Derechos Humanos
de la población reclusa. En su encabezamiento
señala: " cumplo con informarle que durante mi
gestión, desde marzo de 1.997, se han realizado las
siguientes actividades? EN EL SECTOR PENITENCIARIO.

1.- Se mejoraron y perfeccionaron las áreas de
salud, educación, alimentación y
trabajo,
mediante la dotación de equipos y personal
idóneo?

2.- Se elaboró un plan de
necesidades y prioridades en materia de
infraestructura penitenciaria y se ejecutaron los siguientes
proyectos:

a.- reparación de 20 establecimientos
penales.

b.- construcción de 03 centros de
reclusión?

3.- Se concretó la reordenación de la
población reclusa a nivel nacional, contemplando la
separación de procesados y penados y su subsiguiente
clasificación conforme a la normativa que rige la
materia y a los criterios técnicos
aplicables?"

Resulta totalmente obvia la falsedad de la información presentada en la
comunicación referida. Se presume que sólo
pretendía cumplir con una formalidad, pues tal
recuperación de las instalaciones no se materializó
en su totalidad. Con relación a las obras de mantenimiento
culminadas ni en ese momento ni en la actualidad, se han tomado
previsiones definiendo estrategias para
garantizar que las mismas no sean nuevamente deterioradas por los
reclusos.

La construcción de los tres centros en referencia
se venía realizando desde hacia más de diez
años, correspondiendo a esa gestión la
última parte de los trabajos, mucho menos pudo hablarse de
reordenamiento, clasificación y separación de
procesados y penados; de haber sido cierto, las condiciones
carcelarias hoy día fueran otras, de tal manera que tales
planteamientos sólo formaban parte del sub-realismo
mágico existente en la mente de las autoridades
carcelarias del momento.

El Proyecto Bolívar
2.000, denominado " Justicia 2.000".

El Plan Justicia 2.000, en sus recomendaciones para la
ejecución, planteaba que el régimen penitenciario
sea practicado; controlado y supervisado por las autoridades
tanto civiles como militares de los centros de reclusión;
donde el Director de la cárcel cumpla funciones
administrativas, y el comandante de la Guardia Nacional de la
Unidad acantonada en el establecimiento funciones
operacionales, con responsabilidad en los asuntos administrativos y
de seguridad en lo
interno y externo; es decir, planteaba claramente la
militarización del sistema como
supuesto medio de control.

Entre sus objetivos
principales, pretendía desarrollar el pleno empleo de la
población reclusa, con la participación del
I.N.C.E., la empresa
privada, Gobernaciones y Alcaldías; acondicionar y mejorar
las medidas pasivas de los penales, a través de la
reparación de las cercas perimétricas, alarmas,
alumbrado, implementando el uso de circuitos
cerrados de televisión
en todas las áreas de los penales, y hacer uso de equipos
de rayos "X" e instalación de equipos para
detección de metales.

Entre otras acciones,
estimaba remodelar las infraestructuras de los penales; capacitación y mejoramiento de la
vigilancia interna; Otorgar en concesión el contrato del
suministro de la alimentación a la población
reclusa; Aplicar la clasificación real de los reclusos;
Disminuir el hacinamiento combatiendo el retardo procesal; a
través de la facilitación efectiva de los traslados
a los juzgados y habilitando tribunales en las
cárceles.

Aspiraba mejorar la prestación de servicios de
medicina
integral; el uso racional de los beneficios previstos en la
Ley; Atender a
la familia de los
internos a través de servicios educativos de pre-escolar;
Búsqueda de trabajo e instrumentando servicios
vico-sociales
como: Matrimonios, bautizos y comuniones, con todo lo planteado
se pretendía garantizar los Derechos Humanos de los
reclusos.

Con la ejecución de las acciones señaladas
se lograría efectos como: Aumentar el control; Mejora de
la imagen del
Sistema Penitenciario; Garantía de la vida del recluso;
Confianza en el sistema; Aumento del autoestima de
los reos y sus familiares y compromiso con el sistema;
disminución del hacinamiento; y las alteraciones del orden
público; Mejorar las relaciones entre el interno y el
sistema, evitar la desnutrición de los reos, y evitar la
corrupción
entre otros.

El proyecto tenía alto contenido político
y militarista; copia algunas bondades de las estrategias
instrumentadas por la Gobernación del Estado
Miranda, en la ejecución del programa de apoyo
al Sistema Penitenciario regional a través de la
Fundación para el Desarrollo
Integral de los Servicios Penitenciarios de la Entidad Federal
(FUNSEPEM), sobre todo, en lo referido a la
tecnificación de la seguridad con equipos de vídeo
y el control computarizado de ingreso de visitantes en las
cárceles del Rodeo II y Yare I.

Contradictoriamente, los equipos dotados por FUNSEPEM,
fueron deteriorados en muy poco tiempo y las
autoridades de la
administración penitenciaria impulsoras del Proyecto
Justicia 2.000, fueron incapaces de garantizar que se mantuvieran
y que no les destruyeran, mucho menos, extender la experiencia a
todo el Sistema Penitenciario.

Al igual que los planes anteriores, el Justicia 2.000
fue bastante ambicioso, pero se quedó en puras
aspiraciones, debido a que no tenía previstos los recursos
financieros para la ejecución, no logró el
compromiso del alto gobierno ni de
los distintos actores del Sistema Penitenciario.

No se observó la identificación de los
equipos de trabajo con los objetivos y metas del plan,
indudablemente resultó imposible lograrlas, por su alto
contenido militarista y porque no le fueron asignados recursos
para la ejecución..

Se efectuó la militarización de algunos
penales, que como ya se sabe, en todos los casos la
militarización ha resultado un fracaso, desde su propio
ofrecimiento como alternativa para mejorar el sistema, por
contradecir principios y
recomendaciones de la O.N.U. y nuestra legislación
interna.

Aunado a esto, operativamente la Guardia Nacional no
está preparada para el contacto permanente con la
población reclusa, ni para intervenir en el tratamiento;
dado ello, lo que generalmente ocurre es el uso de la
arbitrariedad, comprometiendo seriamente la garantía de
los Derechos Humanos de la población reclusa, y
obstaculizan las iniciativas de las Organizaciones
civiles que desarrollan actividades a favor del tratamiento de
los internos.

Con esta experiencia se profundizó el atraso del
sector, entre otras acciones desatinadas, se atacó la
descentralización como alternativa de
solución.

El Plan Justicia 2.000, preveía alcances hasta el
año 2.001; pero sus ejecutorias demostraron ser muy
deficientes, los objetivos no se lograron, por el contrario, la
crisis se
agudizó y la corrupción se presume que
comprometió hasta altas autoridades.

Para el periodo 2.001 ? 2.002. La planificación dejaba ver en términos
estratégicos su alto contenido político, donde
subliminalmente inclusive, se planteó la creación
de agrupaciones de reclusos y familiares con fines
políticos, esta iniciativa logró sus adelantos en
la cárcel de la Planta en la ciudad de Caracas y en la
cárcel de la ciudad de Mérida.

Entre otros objetivos preveía la
designación de las comisiones de elaboración del
nuevo Proyecto de Código
Penitenciario y de Ente Autónomo Penitenciario; el
reemplazo de los Directores de los establecimientos
penitenciarios; el incremento del personal de custodios; apoyo a
la descentralización; construcción de una nueva
cárcel y reparación de la infraestructura
carcelaria a través del Fondo Nacional de Edificaciones
Penitenciarias ( F.O.N.E.P.).

En los objetivos también se planteaba proyectar
la eliminación del Instituto Autónomo Caja de
Trabajo Penitenciario; fortalecimiento de la ejecución de
los convenios nacionales e internacionales con el Instituto
Nacional de Cooperación Educativa (I.N.C.E.), Consejo
Nacional de Cultura
(C.O.N.A.C.), Instituto Nacional del Deporte (I.N.D.), Universidad
Nacional Abierta (U.N.A.), la Unión
Europea, la Embajada Británica y el Banco
Interamericano de Desarrollo (B.I.D.).

Sumado a las iniciativas descritas, para ese periodo, se
estimaba la privatización de la alimentación a
la población reclusa a través del sistema utilizado
por las Fuerzas Armadas; Fortalecer el Instituto Universitario
Nacional de Estudios Penitenciarios, y mejorar los salarios del
personal de vigilancia penitenciaria.

Las actividades previstas en el plan de este periodo
eran para atender la emergencia, sobre todo de carácter organizativo, no se contaba con
los recursos necesarios para ejecutarlas como en los casos
anteriores.

Se nombraron distintas comisiones conformadas por
funcionarios de la administración penitenciaria para darles
viabilidad, en tal sentido, se crearon las comisiones para la
elaboración de los Proyectos de Código
Orgánico Penitenciario y Ente Autónomo
Penitenciario, las cuales presentaron los proyectos elaborados y
se produjo el reemplazo de los Directores de las
cárceles.

En el marco de la ejecución del plan, se
realizaron varios cursos para vigilancia penitenciaria; se
definieron estrategias para fortalecer el I.U.N.E.P., destinando
recursos financieros para reparaciones a realizarse en el
año 2.003 aunque limitados; se entregó el primer
piso del edificio donde funciona ese Instituto para que se
utilizara en la implementación de cursos de custodia; se
eliminó la Escuela de
formación de Custodios, se le entregaron los locales donde
funcionaba y se le delegó la competencia al
I.U.N.E.P.

El personal de vigilancia se incrementó
aproximadamente en doscientos (200) efectivos, para ocupar el
mismo número de vacantes; pero no se crearon cargos
nuevos; se adelantaron gestiones para proyectar la
privatización de la alimentación; se tomaron
iniciativas aunque muy débiles para reactivar los
convenios con organismos nacionales y se intentó
fortalecer la ejecución de los convenios
internacionales.

En materia de descentralización se obtuvo pocos
logros, se mantuvo el trabajo de
la unidad encargada de la elaboración de la propuesta;
pero se le dio poca importancia a la misma, razón por la
cual no se logró materializar ni un sólo convenio
en ese periodo. Como se señaló las medidas
previstas perseguían sobre todo organizar; pero no
constituían una respuesta contundente para la
superación de la crisis, por lo que la situación se
mantuvo sumamente difícil.

El reemplazo de los Directores de cárcel de forma
masiva implicaba la generación de todo un proceso de
alteraciones en los centros de reclusión, se
presumía que eran provocados por funcionarios; aunados a
los hechos violentos que se producían como resultado de
las deficiencias. Todo significaba crear muchos frentes para
tratar de atender la crisis, además las autoridades
encargadas para el momento adolecían de conocimientos,
actuaban bajo estados emocionales; se cometían graves
errores y excesos contra funcionarios capaces, en razón a
que las autoridades tendían a dar un manejo domestico al
asunto y se incurría en falta de objetividad.

El periodo estuvo sesgado por los intereses
políticos, y ello prevalecía antes que el
conocimiento, al momento de definir programas,
objetivos y metas. Todo se desarrollaba en un contexto
político, social y económico que caracterizaba al
País como sumamente difuso.

A la crisis penitenciaria del momento se sumaban los
eventos
políticos ocurridos en el mes de abril de 2.002, donde se
produjeron hechos transcendentales que pasaron a la historia, en los cuales se
involucraron las máximas autoridades del Ministerio del
Interior y del área de prisiones.

Los acontecimientos políticos generaron
consecuencias a corto plazo en las autoridades de la Dirección General de Rehabilitación
y Custodia, que fueron reseñados por los medios de
comunicación en el momento, de muchas formas
incidió y continúa incidiendo en el sector
penitenciario, apreciándose actualmente alta
politización del sistema.

Para el año 2.003, como en el resto de la
Administración Pública la
situación se presentó difusa, los problemas
presupuestarios sufrieron incremento; la prevalencia de lo
político descuidaba las iniciativas al sector y la crisis
se agudizó recrudeciéndose la violencia,
mientras que el Ministerio del Interior y Justicia como respuesta
señalaba alternativas que ofrecían poca respuesta,
se evadía responsabilidades e incurría en grave
violación de los Derechos Humanos de los
reclusos.

La situación del País incide
significativamente sobre el sector de prisiones, debido a que
precisamente el Ministerio que tiene a cargo la responsabilidad
del sistema, es el Ministerio del Interior, que también
tiene a cargo entre otras cosas, la seguridad interna del
país y el manejo de las estrategias políticas.

En la actualidad se observa que se hacen gestiones para
la ejecución de convenios con organismos nacionales; se
está ejecutando los acuerdos con organismos
internacionales con múltiples limitaciones; la actividad
ordinaria se desarrolla; pero existen enormes fallas a nivel de
planificación, organización e inversión, que identifican las prisiones
como un sector residual.

3.- LA REFORMA Y PROMULGACIÓN DE NUEVAS
LEYES, CAUSAS
Y CONSECUENCIAS

Al hacer referencia a la promulgación y reforma
de las Leyes que rigen el funcionamiento del Sistema
Penitenciario, se recuerda una afirmación de la Dra.
Nigdoris Villalobos, Fiscal del
Ministerio Público en materia de régimen
penitenciario, quien para inicios de los años noventa
manifestaba en la cárcel de Maracaibo, "las reformas
legales penitenciarias siempre son y serán impulsadas por
los reclusos".

Desde principios de los años ochenta, los
conflictos
carcelarios produjeron como respuesta la promulgación de
la Ley de Sometimiento a Juicio y Suspensión Condicional
de la Pena (derogada), hasta la misma promulgación del
Código Orgánico Procesal Penal (C.O.P.P.), terminan
siendo en parte, el resultado de las protestas de los internos y
una alternativa para atender la crisis.

De igual forma se ha legislado para atender la coyuntura
violenta de las cárceles al momento de elaborar y dar
vigencia a la Ley de Libertad
Provisional Bajo Fianza (derogada), la Ley de Beneficios en el
Proceso Penal (derogada) y la Ley de Redención Judicial de
las Penas por el Trabajo y el Estudio.

Inclusive responde a la crisis, la reforma del C.O.P.P.,
cuyo instrumento legal con su vigencia permitió el egreso
de aproximadamente diez mil (10.000) reos, que de alguna manera
incidió en el incremento de la inseguridad en
las comunidades al no haber actualizado el Estado la
infraestructura para atender los egresados del sistema, en vez de
hacerlo, se optó por imponer en la reforma del C.O.P.P. el
rigor penal entre otras razones, para evitar los egresos de los
presos de las cárceles.

Ciertamente la experiencia viene afirmando que gran
parte de la legislación en esta delicada materia ha
respondido en el tiempo a la crisis, en oportunidades se ha
acertado con la promulgación de algunas leyes, en otras se
ha errado; pero en definitiva la legislación es abundante,
aunque en muchos casos se queda en letra muerta, dado que el
Estado no ha cumplido con lo que le corresponde en cuanto a la
facilitación de los medios para
que las Leyes se cumplan.

Un ejemplo reciente de ello, lo constituye la mora que
existe actualmente con la Constitución Nacional, al no
observarse la verdadera disposición para adaptar el
Sistema Penitenciario a los principios establecidos en el
artículo 272 de la Constitución, que tal como lo
dice su propio autor, el Dr. Èlio Gómez Grillo,
contiene los principios rectores de funcionamiento del Sistema
Penitenciario.

La normativa constitucional venezolana dedicada a la
materia penitenciaria pudiera ser única en el mundo, pues
en ella se especifica claramente y se establecen principios que
constituyen directrices para el sector.

4.- LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL EN
EL SECTOR PENITENCIARIO Y LOS DERECHOS HUMANOS

DE LOS RECLUSOS

La sociedad civil
ha querido participar en la búsqueda de alternativas de
solución de las necesidades de las cárceles
venezolanas desde hace muchos años. La inquietud se ha
materializado en el pasado con la participación de
ésta desde instituciones
religiosas, de Derechos Humanos y todo tipo de organizaciones con
fines benéficos y filantrópicos.

En la actualidad además de continuar
interviniendo el tipo de organizaciones mencionadas, con los
adelantos logrados en el mundo y en nuestro País,
relativos a la
organización y participación ciudadana en los asuntos del
Estado, se han venido sumando al trabajo carcelario un variado
número de asociaciones civiles, donde resaltan las
asociaciones pro Derechos Humanos, tanto nacionales como
internacionales.

Entre las últimas experiencias encontramos a la
Iglesia
Católica a través del I.N.C.E. Iglesia, y los
religiosos Mercedarios con el Proyecto INVECAPI, la Iglesia
Evangélica en sus diferentes modalidades como Pentayuda;
entre otras, las religiosas del Buen Pastor encargadas del Hogar
para niños
de las reclusas del Instituto Nacional de Orientación
Femenina (INOF) en San Antonio
Estado Miranda, y la Asociación Damas
Salecianas.

La intervención de las diferentes Universidades
del País se ha materializado de formas como:
Ejecución de programas de Pasantías y Practicas Profesionales,
voluntariado de Estudiantes de la Universidad Católica
Andrés
Bello, de la Universidad Central de Venezuela,
Universidad del Zulia, de la Universidad Santa María, del
Instituto Universitario Nacional de Estudios Penitenciarios
(I.U.N.E.P.). Los gremios profesionales han estado presentes a
través de diferentes Colegios como el de Abogados,
Médicos, etc.

Con propósitos similares han contribuido varias
fundaciones como la Fundación Flor Isaba, la cual ha
ejecutado un programa muy importante en el área deportiva
desde hace aproximadamente diez años, además
existen otras experiencias en algunas Entidades Federales como:
Mérida, Falcón, la Región Capital,
Carabobo, Trujillo, y Lara, entre otras.

Mención especial merece el trabajo que vienen
realizando la Fundación Penitenciaria del Estado
Mérida, Las Organizaciones de Carabobo y la
participación destacada de la Asociación Damas
Salecianas en la atención de las internas del Instituto
Nacional de Orientación Femenina I.N.O.F., implementando
desde hace años un programa importante en
materia de tratamiento, donde además asisten a los hijos
de las reclusas en la Casa Hogar de ese establecimiento. Este
equipo de abnegadas mujeres Salecianas, liderizadas por Fronilde
Scull, Elizabet Manzanilla, Elide Silva y Ana Julia Cardenas,
muestran con hechos su genuina vocación de servicios y
elevado amor al
prójimo.

Con respecto a las Organizaciones No Gubernamentales de
defensa de los Derechos Humanos, en los últimos tiempos
han intervenido significativamente: Justicia y Paz de Petare, La
Red de Apoyo por
la Justicia y la Paz, CO.FA.VIC., Fundación de Derechos
Humanos (FUN.DE.HU.), Pro-Vive, Comités de Familiares de
Reclusos, Una Ventana a la Libertad, entre otras, y recientemente
creada, con una participación destacada en los
últimos conflictos, El Observatorio Venezolano de
Prisiones viene haciendo un trabajo de lucha por la defensa de
los derechos de los reclusos, que merece atención y
reconocimiento.

Del ámbito Internacional han estado presentes,
sobre todo, Amnistía Internacional y Human Rights Watch;
todas han hecho sus aportes para que se mejore el Sistema
Penitenciario Nacional, y mantienen la denuncia sobre violaciones
de los Derechos Humanos de los reclusos.

Todas las organizaciones mencionadas han encontrado
grandes limitaciones para acceder al sistema, e inclementes
ataques de parte de las autoridades penitenciarias en diversas
oportunidades. Muy pocas veces se les facilita el trabajo; pero
han constituido un valuarte en cuanto a la denuncia, defensa y
promoción de los Derechos Humanos,
superando los organismos del Estado en esta materia, de quienes
inclusive también han recibido en el pasado y
continúan recibiendo en la actualidad
agresiones.

La Experiencia del Voluntariado Penitenciario de
Falcón.

Me correspondió cumplir funciones de Director del
Internado Judicial de Coro, Estado Falcón, entre los
años 1.992 y 1.997, resultó una experiencia
sumamente motivadora y positiva en mi carrera profesional. En ese
establecimiento, con fines estratégicos, se convocó
la participación de las fuerzas vivas del Estado, para
instrumentar un proyecto de participación ciudadana para
atender las limitaciones que se presentaban en la
prestación de los diferentes servicios.

Para cubrir el objetivo, se
constituyó y registro la
Asociación Civil "Voluntariado Penitenciario del Estado
Falcón". La Fundación, estaba integrada por
estudiantes y docentes de la
Universidad Francisco de Miranda, representantes de la
Dirección de Educación para Adultos de la Zona
Educativa, de la Iglesia Católica, Gobernación del
Estado, Alcaldía del Municipio Miranda, Tribunales,
Defensoría Pública, Fiscalía del Ministerio
Público y de las Organizaciones Vecinales.

Todos los integrantes manifestaban el verdadero
propósito de contribuir en el mejoramiento de los
servicios de asistencia a los reclusos y, hacer que estos
participaran masivamente en las actividades que se programaran en
un Plan Operativo anual, lográndose rebasar las metas
trazadas por varios años.

La organización civil, estaba apoyada en el
Internado de Falcón por una asociación de internos
denominada "Sociedad Bolivariana", la cual fungía como
facilitadora del proceso, contribuyendo enormemente a la
captación, motivación
de los internos y superación de los conflictos.

Con propósitos estratégicos, la "Sociedad
Bolivariana", tenía comunicación directa con el
Gobernador Aldo Cermaño, el Alcalde Rodolfo "Popo"
Barraez, la Juez Rectora Dra. María Guadalupe
Sánchez, la Juez Segunda Penal Dra. Nadeska Torrealba, La
Juez Primera Penal Dra. Dexy García, Dra. Gloria Lizcano
Médico voluntario, Monseñor Roberto Lücker,
Obispo de Falcón, Lic. Carmen Morillo de la Zona
Educativa, y Lic. Nelly Riera de la Unidad de Extensión de
la Universidad Francisco de Miranda y la Lic. Zoraida
Ferrér de Prevención del Delito.

La comunicación directa permitía el
contacto con la comunidad y, de
esta manera, conjuntamente se lograba alcanzar los objetivos
planteados en el plan previamente concebido, donde la
rehabilitación tenía importancia preponderante. La
experiencia del Internado Judicial de Falcón obtuvo muy
buenos resultados, al punto generar la atención nacional,
e inclusive, fue presentada como ejemplo en los medios de
comunicación en programas especiales como Venezuela en
Positivo y En Exclusiva.

Constituyó una experiencia atípica, en el
Sistema Penitenciario venezolano, donde destacaba la
participación permanente de los Jueces, Defensores,
Fiscales del Ministerio Público, representantes de
Educación para Adultos, la Universidad Francisco de
Miranda, la Alcaldía del Municipio Miranda,
Prevención del Delito y la Gobernación del Estado,
a quienes se les permitió que implementaran en el
Internado una modalidad de tratamiento diferente, con la
participación de la comunidad a través de sus
instituciones y asociaciones. Con esta iniciativa se obtuvo muy
buenos resultados al incorporar masivamente la población
reclusa a los programas de rehabilitación, donde los
oficiales de la Guardia Nacional cumplían funciones
docentes, lográndose constituir inclusive una Junta de
Tratamiento Pospenitenciario con profesionales de las
instituciones mencionadas.

Sobresalía la colaboración de la
Médico Gloria Lizcano, actual Directora encargada del de
anexo femenino de la Cárcel Nacional de Maracaibo, la Dra.
Nadeska Torrealba, Dra. Dexi García, Lic. Zoraida Ferrer.,
Lic. José Casares, Dr. Julio Vivas, Dra. María
Guadalupe Sánchez, Dr. Henry Nelson Ferrer, Dr. Virgilio
Chavez, Rodolfo Barraez, Edgar Ramos, Ramón
Tobón Araujo (dif.), Felix Meza (dif.), Lic. Barbara
Cadenas, Lic. Esperanza Arias, Lic. José Casares,
Lic. Zoraida Madrid, Lic.
Carmen Morillo, la Lic. Nelly Riera y sus destacados estudiantes,
todos apoyados coordinadamente por el excelente equipo de
funcionarios del Internado Judicial de Coro, donde se apreciaba
el gran esfuerzo de los funcionarios Antonio Chirínos,
Jenny Henriquez, Nancy Garaban, Euro Isea, Eddy Hernández,
José Mujíca, Gregorio Méndez, Elsa
Martínez , Mery Sálas, Betzabe García,
Maricela Colmenares y Aléjo Ríjo.

5.- LA REMOCIÓN DE LAS AUTORIDADES Y EL
PERSONAL SUBALTERNO DE LOS CENTROS DE
RECLUSIÓN

Como se mencionó en el capítulo anterior,
una de las alternativas que se han manejado para controlar las
irregularidades que se presentan en el Sistema Penitenciario
nacional, en repetidas oportunidades ha sido la remoción,
la destitución o solicitar la renuncia a funcionarios, lo
cual pareciera obvio si se trata de que éstos estén
incursos en irregularidades.

Las medidas han involucrado desde Ministros, Directores
Generales, Directores de Prisiones, Directores de Cárcel,
Empleados Administrativos, Técnicos Profesionales hasta
los funcionarios de vigilancia de más baja escala.

Las decisiones en muchos casos son efectistas, pues en
ocasiones se utilizan para dar respuesta a la opinión
pública sobre la responsabilidad del Estado en el
control del asunto; pero, poco responden a un programa coherente
de revisión del desempeño o a investigaciones
que hayan producido resultados serios, puesto que generalmente, y
sobre todo en épocas recientes, las medidas son
sustentadas legalmente en los Decretos Presidenciales que
clasifican al personal penitenciario como de libre nombramiento y
remoción.

Frecuentemente los empleados removidos por la vía
de la aplicación de esos Decretos, demandan al Ministerio
del Interior ante los Tribunales Laborales, y los jueces terminan
ordenando la reincorporación de los funcionarios al
sistema, motivado a que las decisiones tomadas en el marco de
esta fundamentación, violentan los derechos de los
trabajadores.

En los casos en que se inician las averiguaciones
administrativas, los funcionarios de investigación, cuentan con pocos
conocimientos para hacer los procedimientos,
por lo cual, el proceso se vicia de nulidad, se violentan los
lapsos procesales ó el derecho a la defensa privando la
arbitrariedad.

Todo trae como resultado que se retire del sistema en
oportunidades funcionarios valiosos, o por las deficiencias
referidas, los Tribunales ordenan la reincorporación de
personas de conducta
irregular, ya que los hechos (pruebas) que
motivan las remociones no se sustentan en los expedientes
administrativos; en ocasiones se actúa arbitrariamente,
motivado a que los asuntos son tratados con
criterios personalistas antes que legales, donde inclusive el
manejo de la información y el comportamiento
es hasta muy domestico.

En pocas oportunidades las remociones responden a la
necesidad de incorporar en el sistema personas capaces, que hayan
sido seleccionadas, previo proceso coherente de reclutamiento,
selección y formación para atender
el área.

En el tiempo, la experiencia ha demostrado que estas
medidas generalmente han respondido a intereses personales y de
otra índole, su instrumentación legal ha sido pésima
y en muy pocos casos se ejecuta para mejorar el sector, puesto
que al no responder a procesos de
evaluación del desempeño, las
medidas no son ejemplarizantes, ni inciden significativamente en
el funcionamiento de los recintos penitenciarios.

6.- LOS CURSOS DE FORMACIÓN PARA EL PERSONAL
PENITENCIARIO CON EL APOYO DE LA SOCIEDAD CIVIL Y ORGANISMOS
INTERNACIONALES

En el pasado el Estado Venezolano recibió apoyo
externo para la formación de los recursos
humanos que trabajaban en el área de prisiones, de
éste apoyo se recuerdan los cursos de Criminología en la Universidad Complutence
de Madrid y otras experiencias.

En varias oportunidades, el Ministerio del Interior y
Justicia ha enviado funcionarios a prepararse en Instituciones
Universitarias extranjeras, recientemente se cuentan los aportes
realizados por los Gobiernos de Argentina, Inglaterra, la
Unión Europea y Estados Unidos,
entre otros.

Entre las experiencias recientes encontramos un acuerdo
con la Embajada de los Estado Unidos para implementar un programa
de formación de diez años, a través del cual
podía remitirse un grupo de
trabajadores del sector anualmente a ese País con fines
formativos en aspectos inherentes al tratamiento y la seguridad
penitenciaria.

El primer curso se realizó en el Centro de
Detenciones de Miami Florida, en el año 1.997, al cual
asistieron un grupo de cinco empleados del Ministerio del
Interior y Justicia, arrojando resultados de importancia; pero al
programa no fue posible darle continuidad por razones atribuibles
al Ministerio del Interior y Justicia.

Durante los años 2.001 y 2.002 se ejecutaron los
cursos para personal de custodia auspiciados por el convenio con
la Embajada de Gran Bretaña, que es posible reactivar en
el futuro. La instrumentación estuvo a cargo de una
Escuela de Formación de Custodios que fuera habilitada con
esos fines y cesó funciones al culminar la
ejecución del proyecto.

También es importante la programación ejecutada por la Unidad de
Gestión del Proyecto de Reinserción
Social de Delincuentes y Menores en Situación
Irregular del convenio con la Unión Europea, donde se han
realizado actividades formativas al personal de custodia,
administrativo y técnico profesional.

Con este propósito la referida Unidad
trasladó algunos de los trabajadores del área de
prisiones hacia Cartagena de Indias para asistir a cursos; hacia
España
a recibir capacitación en el mismo sentido, lo cual ha
sido significativo, aun cuando estuvo limitado por la
selección de los participantes y la alta rotación
de los funcionarios.

Sumado a estas iniciativas, se prevé que con la
ejecución del convenio de cooperación acordado con
el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.), se
efectuaría a partir del año 2.004 toda una
programación de adiestramiento,
formación y capacitación de los recursos humanos
del Sistema Penitenciario, ya que se dispone de financiamiento
con este propósito, por lo que se espera que se mejoren
los mecanismos de selección para evitar la perdida de
recursos financieros.

Desde la Sociedad Civil a través de sus
diferentes representaciones, se conoce de los aportes realizados
en la materia por CO.FA.VIC., en el programa de formación
en Derechos Humanos para Directores de Cárcel, las
actividades implementadas por la Organización Una Ventana
a la Libertad, Reforma Penal Internacional, Justicia y Paz de
Petare, Asociación Damas Salecianas, y otras asociaciones
de Derechos Humanos.

7.- LOS PROYECTOS DE APOYO INTERNACIONAL PARA MEJORAR
EL SECTOR PENITENCIARIO NACIONAL

Con el propósito de lograr recursos
técnicos y financieros para la ejecución de
programas destinados al mejoramiento del Sector Penitenciario y
la superación de la crisis que adolece, el Estado
Venezolano en varias oportunidades ha solicitado apoyo
internacional; entre los más recientes se encuentran los
aportes realizados por la Unión Europea, el Banco
Interamericano de Desarrollo, los gobiernos de Gran
Bretaña, Estados Unidos y España entre
otros.

Además existen experiencias de apoyo
técnico – financiero en materias de mantenimiento,
formación de personal, construcción y equipamiento,
en cuyas actividades situaremos la observación y análisis por ser las más recientes,
sin dejar de reconocer que en el pasado han sido múltiples
los aportes recibidos de otros entes internacionales para la
atención del sector.

7.1.- LA UNIÓN EUROPEA – PROYECTO DE
REINSERCIÓN SOCIAL DE DELINCUENTES Y MENORES EN
SITUACIÓN IRREGULAR

Durante los últimos 10 años, la
Unión Europea se ha preocupado por la situación
penitenciaria venezolana. En tal sentido, ha desarrollado dos
proyectos de apoyo al sector, que han implicado la
designación de representantes del Ejecutivo Nacional y de
la Unión Europea para encargarse de la
planificación, ejecución y supervisión de los convenios.

El primero dirigió su acción
hacia las cárceles de Valencia, Lara y Maracaibo, donde se
lograron avances en materia de dotación, mantenimiento,
construcción y apoyo al tratamiento de los reclusos. Los
programas desarrollados, contribuían significativamente a
facilitar el funcionamiento de las instituciones intervenidas por
el convenio. La continuidad de las iniciativas no se
logró, motivado a la falta de compromiso y seguimiento por
parte de la Dirección de Prisiones.

En corto tiempo se produjo serio deterioro sobre las
instalaciones recuperadas; no se terminaron de poner en
funcionamiento los talleres de producción y capacitación laboral, y lo
más lamentable, se produjo perdida y deterioro en gran
escala de los equipos aportados. Sobre los hechos, se desconoce
si se han establecido responsabilidades administrativas ó
penales para los funcionarios de prisiones encargados de los
centros de reclusión que intervino el primer
convenio.

En la búsqueda de alternativas a las grandes
necesidades presupuestarias, en el año 1.997, por
iniciativa de la Fundación para el Desarrollo Integral de
los Servicios Penitenciarios del Estado Miranda (FUN.SE.PEM.),
dependiente de la Gobernación de ésa Entidad
Federal, se presentó un proyecto el cual me
correspondió elaborar conjuntamente con el Dr. José
Regardie, a fin de solicitar apoyo financiero ante la
Unión Europea.

En el referido proyecto se planteaban actividades de
capacitación para el personal penitenciario;
capacitación laboral para reclusos; actividades de
mantenimiento y construcción de instalaciones en los
centros de intervención del posible convenio; apoyo a los
programas de atención integral a los reclusos, y
equipamiento. Todo dirigido a las cárceles del INOF, Yare
I, Maracaibo y Barquisimeto.

A este proyecto se agregó una propuesta de los
Servicios de Atención a Niños y Adolescentes
del Estado Miranda(SEPINAMI.), elaborada por la Lic. Rosario
Carranza de Reyes y su equipo de trabajo, la cual contenía
una solicitud de financiamiento con una programación
destinada a superar limitaciones para el tratamiento de
niños y adolescentes.

Ambos proyectos fueron presentados ante el Ministerio de
Justicia, donde se realizó toda la tramitación ante
la Unión Europea y la Cancillería, resultando
aprobado el Convenio que contenía el programa de "Apoyo a
la Reinserción Social de Delincuentes y Menores en
Situación Irregular", durante el año
1.997.

El convenio, previó una inversión de once
(11) millones de Euros, de los cuales el Estado Venezolano
debía aportar seis (06) millones y la Unión Europea
cinco (05) millones de Euros, sin obligación de reembolso
por parte del Estado Venezolano.

Atendiendo a la propuesta original, el Convenio
debía contener actividades de formación para el
personal penitenciario, capacitación laboral de los
reclusos, apoyo a los programas de tratamiento, equipamiento,
mantenimiento y construcción.

El Proyecto de Apoyo a la Reinserción Social de
Delincuentes y Menores en Situación Irregular, inicia su
fase de ejecución en febrero del año 2.000. Para el
13/07/03, cuando se realizaba esta parte del estudio,
tenía dos años y seis (06) meses de
ejecución luego de haberse otorgado una prorroga, hasta
esa fecha, el convenio no había logrado los objetivos
trazados a plenitud.

Se observó que la implementación de las
diferentes actividades del proyecto, encontraron serios
adversarios en el Ministerio del Interior y Justicia, lo que
motivó la intervención de la Comisión de
Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, la
Fiscalía General de la República, la
Defensoría del Pueblo e inclusive, hasta de la
Vicepresidencia de la República, la cual fue solicitada
por la Defensoría del Pueblo en cuya actuación el
suscrito ejerció influencia.

Otra limitación para la ejecución del
convenio, la significó el retardo en la
materialización de los aportes correspondientes al Estado
Venezolano, presentándose situación similar con los
de la Unión Europea sobre todo en la etapa final,
además, tuvo poco apoyo de la Dirección General de
Rehabilitación y Custodia, y aún cuando se
acordó una prorroga de seis meses para culminar la
ejecución, las obras de mantenimiento y
construcción que estaban a cargo del Fondo Nacional de
Edificaciones Penitenciarias no se culminaron incumpliendo el
convenio.

Debe reconocerse los logros obtenidos con
relación a la formación del personal y
capacitación de la población reclusa, aún
cuando se sufrió de muchas limitaciones derivadas del
poco compromiso de la Dirección General de
Rehabilitación y Custodia.

Las referidas limitaciones se originaban de la mala
selección de los funcionarios que debían participar
en los cursos, la rotación del personal era muy alta, los
directores y demás funcionarios que se capacitaban
ó readiestraban, eran removidos (destituidos) al poco
tiempo con facilidad, lo que indicaba que no se seleccionaban
personas aptas que garantizaran un mínimo de permanencia
en el sector.

La ejecución de las actividades del Proyecto
encontraba múltiples obstáculos, en ocasiones
motivados por la falta de organización de las dependencias
de la Dirección General de Rehabilitación y
Custodia; en otras, por incumplimiento de instrucciones que se
emitían hacia los centros que intervenía el
convenio; por falta de apoyo de las autoridades de los centros de
reclusión, por aversión de algunos funcionarios
hacia el Proyecto, por negligencia u omisión de las
autoridades.

Sumado a las limitaciones señaladas para la
ejecución, también se presentaban las derivadas de
la actuación tan poco efectiva de algunos de los
Codirectores venezolanos, en cuanto a los aportes que
debían hacer; por indisposición; falta de
compromiso y una débil participación en la toma de
decisiones, por tal motivo, en repetidas oportunidades
recaía gran parte del trabajo en el representante de la
Unión Europea.

Por otro lado, se realizaron modificaciones de
última hora, con relación a iniciativas importantes
como la creación de módulos de tratamiento en las
áreas de talleres en la cárcel de Yare, y otras
obras previstas para las otras cárceles que resultaban
imprescindibles para lograr los objetivos del mismo.

Las obras señaladas no se culminaron, entre otras
cosas motivado a que el Ministerio del Interior le quitó
la competencia en materia de mantenimiento y construcción
a la Unidad de Gestión del Convenio y la delegó al
Fondo Nacional de Edificaciones Penitenciarias, retardando
ése organismo significativamente la ejecución,
habiéndose logrado muy pocos avances, entre otros, la
recuperación de algunas áreas administrativas del
I.N.O.F., como la enfermería, los servicios técnicos y
otros de importancia en éste y otros centros de
intervención del convenio.

Las dotaciones resolvieron medianamente algunas
necesidades; pero la ultima licitación, que
contenía el mayor aporte de equipos, no fue aprobada por
la Unión Europea, por lo que los locales habilitados tanto
en el SEPINAMI. ( Servicios de Atención a Niños y
Adolescentes del Estado Miranda), como en las cárceles
atendidas por el proyecto, definitivamente no se dotaron
totalmente, limitándose seriamente el logro del
objetivo.

El Proyecto contenía iniciativas interesantes y
muy importantes, planteaba soluciones innovadoras para la
realidad venezolana. En materia organizativa pretendía la
implementación de procedimientos validamente
instrumentados. Su contenido general ciertamente ofrecía
significativos aportes para superar necesidades y limitaciones
que se observan en el funcionamiento de los reclusorios del
País.

La posibilidad de dar continuidad a las actividades y a
las recomendaciones aportadas por los ejecutores,
dependerá de las autoridades penitenciarias. Se estima que
esto resultará muy difícil de lograr, porque como
se ha dicho, no se observó el compromiso y la
identificación de éstas con el Proyecto.

Llamó poderosamente la atención que los
ejecutores de la Unidad de Gestión del Proyecto, no
contrataran en mayor porcentaje los servicios de especialistas de
Venezuela para la ejecución de actividades de
formación y capacitación tanto de reclusos como de
funcionario, siendo que en el País se dispone de valiosos
profesionales que son localizables en la diferentes Universidades
e instituciones, que conocen la teoría
y la practica sobre lo que sucede en el sector.

Pareciera que se les desestimó y no se les
permitió participar adjudicándoles posible
responsabilidad en la problemática del sector, sin tomar
en cuenta que en el País por años se han destacado
un gran número de profesionales que han dedicado bastante
tiempo en la lucha por la mejora del sistema; pero las
autoridades han hecho caso omiso de sus propuestas. En su defecto
se optó por la contratación de técnicos
extranjeros, a quienes se les reconoce los méritos; pero
no conocían a profundidad la realidad local y esto
además, limita la posibilidad de dar continuidad a los
objetivos logrados en el proyecto.

El hecho de no permitir la participación de
técnicos venezolanos, el no haber involucrado
efectivamente a dependencias nacionales que tienen competencia en
la problemática del sector penitenciario, y no haberse
planteado la definición de estrategias y el diseño
de un programa de capacitación que pudiera ser insertado y
ejecutado en alguna institución de educación del
País, no posibilita la continuidad y
permanencia.

El Proyecto culminó en el mes de Agosto del
año 2.003, sin lograr ejecutar gran parte del total de
once (11) millones de Euros previstos en el convenio, se
destinó un porcentaje importante de los recursos
financieros a programas de capacitación del personal de
los centros y de los internos. Se implementaron más de
cien (100) cursos donde participaron un porcentaje importante de
reclusos, de funcionarios del Ministerio del interior y Justicia,
de los Servicios de Atención a Niños y
Adolescentes, la Fiscalía del Ministerio Público,
los Tribunales y otras instituciones. Se desarrollaron
actividades para mejorar la organización y el
funcionamiento de los reclusorios que intervenía el
convenio y se realizaron algunas dotaciones y aportes de diversos
materiales y
equipos

Como la ejecución del Proyecto planteaba
además, la intervención en las dependencias de
atención a niños y adolescentes en el Estado
Miranda y el Zulia, en condiciones similares se desarrollaron
actividades para contribuir a la superación de necesidades
presentes en el funcionamiento de las mismas.

Lastimosamente los aportes restantes previstos en el
convenio posiblemente no se ejecuten, siendo que los mismos
serían dirigidos a la dotación de equipos
médicos, de seguridad y para el funcionamiento de
servicios indispensables en el funcionamiento de los centros de
atención tanto de niños y adolescentes como de
reclusos.

Lo ocurrido con relación a la ejecución de
este convenio, debe llamar a la reflexión, sobre todo,
porque pretendía contribuir en la solución de
necesidades que día a día se observan en la
prestación de servicios de atención, que deben
tener como fin la garantía de los Derechos Humanos, y
precisamente era el objetivo principal de la Unión Europea
cuando decidió hacer el aporte.

7.2.- LAS EMBAJADAS

En el pasado y en el presente, consecutivamente el
Estado Venezolano ha solicitado apoyo de otros gobiernos para
superar la problemática penitenciaria.

Este apoyo se ha materializado en oportunidades en
acciones como: Dotaciones de computadoras
para implementar el programa de registro y control de la
población reclusa donado por la Embajada Americana; cursos
de criminología para profesionales del sector
penitenciario venezolano en Universidades Españolas,
cursos en los Estados Unidos de América, visitas de trabajo de funcionarios
venezolanos hacia Argentina, Cuba, Costa
Rica, España, etc.

Han sido múltiples las experiencias que en este
sentido se registran. Se han destacado unas más que otras;
pero dejan constancia cierta de la disposición que la
comunidad internacional viene mostrando para la atención
de la problemática.

Recientemente se logró un convenio con la
Embajada Británica, por una duración de diez (10)
meses, con un aporte del gobierno Británico de treinta y
dos millones cincuenta y cinco mil doscientos noventa
bolívares (Bs.32.055.290), el cual planteó como
objetivo formar durante el año 2.001, un total de
doscientos (200) custodios para la seguridad civil interna de los
centros de reclusión.

El proyecto se logró en el tiempo previsto,
rebasando inclusive la meta, ya que
en siete cursos de formación egresaron doscientos treinta
y nueve (239) custodios con un desembolso hasta el 01/03/2.002 de
30.655.290; para ello, el Ministerio del Interior y Justicia,
creó temporalmente la Escuela de Formación de
Custodios la cual obtuvo sus éxitos; posteriormente en el
año 2.002 los programas de formación de personal
que llevaba ésa Escuela, fueron delegados al Instituto
Universitario Nacional de Estudios Penitenciarios I.U.N.E.P.,
donde actualmente se ejecuta la formación de
custodios.

Con relación a la asistencia de los reclusos
extranjeros de parte de los representantes consulares, se aprecia
que eventualmente los funcionarios de las Embajadas de
España, Francia,
Holanda e Italia en
oportunidades visitan los centros de reclusión para
atender a ciudadanos de ésas nacionalidades, pero se
destaca la solidaridad que
demuestran las representaciones consulares de la República
de Colombia en la
asistencia de sus connacionales, donde se ha observado la
abnegación permanente del Dr, Jesus Piña por muchos
años.

7.3.-EL BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO

Con el fin de cooperar en la búsqueda de
solución a las necesidades del Sistema de Administración de Justicia Nacional, del
cual forma parte el sector penitenciario, el Banco Interamericano
de Desarrollo, desde el año 1,997 inició un proceso
de diagnostico de todo el Sistema de Administración de
Justicia.

En la actividad, intervinieron expertos nacionales y
extranjeros, donde participaron el Dr. David Beltrán
Catalá, Dr. Fernando Fernández, y Dra. Mirna Yepez,
entre otros, en aspectos relativos a la elaboración del
diagnostico donde abordaron la situación de las
instituciones como: Los Tribunales, la Fiscalía del
Ministerio Público, la Policía Técnica
Judicial, la Defensoría Pública y el Sector
Penitenciario.

De este estudio se tomaron en cuenta las variables que
motivaron la celebración de un convenio de
cooperación a través de un préstamo de
aproximadamente ochenta millones de dólares ($ 80.000.000)
ejecutables en cinco años, para atender las necesidades
apremiantes de las instituciones referidas y así
fortalecer el Sistema de Administración de Justicia en
general.

En el caso del Sistema Penitenciario, el convenio
comenzó a ejecutarse en Enero de 2.003, previendo para ese
año sólo el área de capacitación
de personal penitenciario el cual se pretendía iniciar
a través de cursos de formación de
vigilantes.

Para dar factibilidad al
convenio, se realizaron los estudios sobre las instalaciones del
antiguo Internado El Junquito y los pisos superiores del
Instituto Universitario Nacional de Estudios Penitenciarios
I.U.N.E.P., a fin de someterlos a recuperación y
habilitarlos como posible Escuela con espacios para dormitorios,
comedores, cocina, aulas de clase,
biblioteca y
salón de entretenimiento o descanso.

Los resultados de la evaluación, dependían
de las apreciaciones técnicas
del Fondo Nacional de Edificaciones Penitenciarias F.O.N.E.P., y
de las posibilidades de recuperar los locales durante el
año 2.003 lo cual no se realizó. Por lo planteado,
la posibilidad de comenzar los referidos cursos, se
decidirá improvisando espacios en las dependencias del
I.U.N.E.P., u otros locales del Ministerio del Interior, por lo
que pudiera incumplirse el convenio a corto tiempo de iniciada su
ejecución.

Además del área de capacitación a
funcionarios y reclusos, el convenio prevé abordar
aspectos de recuperación de instalaciones, dotaciones de
los servicios de atención integral a los reclusos en
varios centros como Yare I, la Penitenciaría General de
Venezuela (P.G.V.) y el Rodeo I; actualización informática; y la construcción de
aproximadamente veinticinco (25) centros de tratamiento
comunitario para régimen abierto, lo cual sería muy
importante.

La ejecución del convenio con el B.I.D (Banco
Interamericano de Desarrollo), se realizará a
través de Unidades de Gestión por cada sector de
intervención como: La Fiscalía del Ministerio
Público, Defensoría Pública, Instituto
Universitario de Policía I.U.POL., Fondo Nacional de
Edificaciones Penitenciarias F.O.N.E.P., Prisiones, etc., bajo la
supervisión del B.I.D., previendo la culminación
para el año 2.007.

El logro de los objetivos planteados para el año
2.003, que consistían en la formación del personal
de custodios y otros funcionarios penitenciarios no fue posible,
por no contar con los locales apropiados, tampoco se ha asignado
la responsabilidad al I.U.N.E.P.

Resulta pertinente que el uso de los recursos
financieros provenientes de prestamos logrados ante Organismos
Multilaterales, sean destinados a satisfacer necesidades reales
del sector, debiendo establecerse orden de prioridad de
necesidades y permanente vigilancia sobre cada actividad
programada y el logro alcanzado, en cuya tarea deben participar
expertos en la materia, a los fines de evitar que los
funcionarios que recién inician labores en el Ministerio
tomen decisiones que pudieran resultar dañinas para la
institución.

De igual manera es pertinente que la Contraloría
Interna del Ministerio del Interior y Justicia, realice estricta
y permanente supervisión sobre el uso de estos recursos,
con el propósito de descartar la intervención de
otros intereses, además, debería permitirse la
participación de funcionarios expertos y mantener
informados a los interesados en la problemática sobre los
alcances y limitaciones de los proyectos, a los fines de evitar
la improvisación y que prevalezca el personalismo en un
asunto que es de carácter técnico.

Durante los meses de julio y agosto 2.004 se ha
observado en los medios de comunicación escrita, que la
Unidad de Gestión del convenio, viene convocando empresas privadas
locales e internacionales a un proceso de licitación, para
que presenten ofertas de servicios en materia de
capacitación para personal penitenciario.

La ejecución de este tipo de proyectos,
debería manejarse de manera tal, que permita la
continuidad y permanencia de programas en el tiempo, para no
incurrir en experiencias del pasado, donde no se han logrado
avances en el sector aun cuando se ha contado con altas sumas de
dinero.

La poca previsión para dar continuidad a los
programas que se deriven de estos convenios, genera perdida de
recursos importantes, debido a que se deja en manos de agentes
externos decisiones que afectan aspectos de vitales para el
sector, con una participación muy débil de actores
del sistema, en algunos casos porque se les desestima, y en otros
porque no muestran disposición para participar.

Aunado a esto, los planes no han contenido el
diseño y determinación de espacios, equipos
profesionales y programas que permitan la continuidad y
permanencia desde el seno de la administración
penitenciaria.

Por tales razones resulta imprescindible lograr antes
que todo, el compromiso cierto de las autoridades, e involucrar
efectivamente en la ejecución de cualquier convenio a las
distintas dependencias de la administración penitenciaria
que tengan competencia en la materia que se atiende.

8.- LA CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO
UNIVERSITARIO NACIONAL DE ESTUDIOS PENITENCIARIOS (I. U. N. E.
P.)

El Instituto Universitario Nacional de Estudios
Penitenciarios, constituyó una iniciativa concebida por el
Criminólogo Èlio Gómez Grillo, apoyada por
el Dr. Luis Beltrán Guerra,
Ministro de Justicia para el momento de la creación,
representaba una alternativa válida, y sigue siendo
así, en la formación de los recursos humanos para
la administración penitenciaria nacional.

La creación se inspiró en criterios
científicos y teóricos enmarcados en la
criminología y el penitenciarismo moderno. Es una
experiencia poco repetida en América
Latina, ya que generalmente las instituciones para este tipo
de formación son militares o paramilitares, siendo el
I.U.N.E.P. una dependencia civil.

Esta Institución Universitaria contó para
la elaboración de los contenidos académicos y el
inicio de la actividad docente, con eminentes profesionales de
destacada trayectoria e importancia en el País, tanto en
el área académica como en las diferentes
especialidades que contenía la propuesta curricular y de
la criminología, los cuales hoy día algunos
permanecen en la actividad, otros están jubilados,
retirados o fallecidos en algunos casos.

El Instituto Universitario Nacional de Estudios
Penitenciarios, fue creado según Decreto Presidencial
Nº 1.313, publicado en Gaceta Oficial Nº 36.506, de
fecha 30 de noviembre de 1.990, teniendo como objetivo
fundamental la formación del personal que debe ingresar al
sistema, y el mejoramiento de los recursos humanos que se
encuentran cumpliendo funciones en las diferentes dependencias de
prisiones.

La estructura
curricular del instituto ofrece un cúmulo de contenidos
académicos en el proceso de formación, que sirven
de herramientas
para el desempeño de técnicos penitenciaristas,
cuya incorporación al área indudablemente debe
mejorar significativamente los centros de reclusión, dada
la preparación específica en la materia,
constituyendo éstos, mejor opción para atender la
situación penitenciaria, antes que cualquier otro
profesional.

Para fines de preparación, y atendiendo la
especificidad de las dependencias de reclusión, el
I.U.N.E.P. ofrece desde hace tiempo menciones en las áreas
de Seguridad, Administración, Gerencia y
Educación, donde se plantean los contenidos especiales
dada la especificidad de las menciones.

El objetivo de formación se cumple, aunque
indudablemente, dada la dinámica del acontecer social, la
complejidad del asunto penitenciario, la constante
promulgación de Leyes que deben regular la materia, y los
avances del conocimiento
penitenciario, resulta necesario que de la misma manera se
actualicen los contenidos curriculares y el funcionamiento
general de esa institución.

Hasta el año 2.003, el I.U.N.E.P. había
egresado más de cuatrocientos Técnicos Superiores
en Penitenciarismo en las diferentes menciones, escasamente
cuarenta se encuentran incorporados formando parte de los
equipos de
trabajo de las cárceles.

La participación de los egresados del I.U.N.E.P.,
viene siendo negada por las autoridades penitenciarias, motivado
al desprestigio a que han sido sometidos por parte de los
funcionarios penitenciarios, quienes actúan con mucho
recelo ante los penitenciaristas por temor a ser desplazados; en
el tiempo, el descrédito ha logrado influenciar hasta las
autoridades penitenciarias en todos los niveles de mando, quienes
se han hecho parte del problema y no de las
soluciones.

En las ocasiones en que se ha logrado la
incorporación de los Técnicos egresados a los
equipos de trabajo de prisiones, reciben variadas agresiones, de
los funcionarios del sector quienes continuamente apuestan al
fracaso.

Aun cuando no se descarta la participación de
algunos egresados del I.U.N.E.P., en situaciones irregulares, no
es menos cierto, que esto ocurre en cualquier tipo de
profesión, considerando que además del proceso de
formación es necesario el contenido ético en la
personalidad,
el cual se adquiere en todo el proceso de socialización y no sólo en la
universidad.

Dado que se han producido hechos irregulares donde se
han visto involucrados egresados del I.U.N.E.P., los funcionarios
de prisiones además de maximizarlos, promueven
escándalos, explotando la información con fines
dañinos muy amañados, de allí las pocas
posibilidades de acceso a los mismos.

Tal situación ha venido generando rechazo y
oposición hacia esta Institución Universitaria.
Cuando son cambiadas las autoridades superiores e ingresan otras,
los funcionarios subalternos del sistema continúan con el
descrédito por la razón señalada y otros
intereses subalternos; todo ello ha propiciado que los recursos
destinados al Instituto han sido siempre sumamente limitados,
inclusive, nunca ha tenido independencia
para manejar su presupuesto y
éste se administra desde el Ministerio del Interior y
Justicia, donde se le ha dado otra utilidad en
ocasiones, presentándose permanentemente falta de recursos
elementales para funcionar.

La situación de ingreso de los egresados del
I.U.N.E.P. al sector ha sido sumamente limitada. Para el
año 2.002, por iniciativa del Vice Ministerio de Seguridad
Ciudadana, se permitió la contratación de
aproximadamente veinticinco Técnicos en diferentes
menciones, para incorporarlos en algunos centros.

Como estrategia, para
evitar que como individualidades fueran descalificados y
desplazados por los funcionarios viciados, se decidió
ubicarlos preferiblemente en pequeños grupos por
establecimiento. Hasta la fecha se ha logrado significativamente
la permanencia de estos, y se espera que sean incorporados otro
tanto en el futuro cercano.

En el año 2.003, se ejecutaron obras de
mantenimiento en pequeña escala para mejorar la apariencia
y funcionamiento de las instalaciones físicas del
I.U.N.E.P. Aún cuando no cubren las necesidades reales,
constituyen una respuesta aunque sea a medias, porque en el
Instituto se observa grave deterioro de las instalaciones,
motivado a que en el edificio donde funciona se encuentran
funcionando además, centros de Régimen Abierto y
Destacamento de Trabajo, que albergan más de trescientos
condenados en los pisos superiores, los cuales han generado
deterioro extremo, donde inclusive, se lanzan excrementos a las
áreas verdes de movilización de los
estudiantes.

Las limitaciones presupuestarias continúan
imposibilitando la realización de actividades
fundamentales para el funcionamiento. Permanentemente se retrasan
los pagos del personal docente; se desconoce su condición
profesional negando la posibilidad de clasificarles; no se
reconocen como empleados del Ministerio del Interior aunque
algunos tienen varios años prestando servicios, hasta diez
años cumpliendo la función
docente; por tal razón, no se les paga vacaciones, otras
reivindicaciones y bonificaciones que sí son canceladas al
resto del personal del Ministerio.

El funcionamiento de las Instituciones Universitarias
está regulado por la legislación vigente, en el
caso del I.U.N.E.P., administrativamente tiene dependencia del
Ministerio del Interior y Justicia, y académicamente del
Ministerio de Educación
Superior.

Ambos Ministerios
tienen obligaciones
con ese Instituto Universitario, mientras que el I.U.N.E.P. debe
rendir cuenta según sus competencias a
ambos Ministerios y acatar una serie de normas, donde lo
concerniente a la parte académica como estructura
curricular, evaluaciones, otorgamiento de títulos, etc.,
es coordinado con el Ministerio de Educación.

Con relación al Ministerio del Interior y
Justicia, debe atender los requerimientos relativos a la
formación de los recursos humanos del sector
penitenciario, a través de los programas ordinarios para
Técnicos Superiores y los dirigidos al adiestramiento de
custodios civiles y demás personal de planta, todo ello
enmarcado en la legislación vigente.

Conforme a la dependencia administrativa con el
Ministerio del Interior y Justicia, la Dirección de
Personal debe nombrar las autoridades Directivas, el personal
administrativo y el docente, según la recomendación
del I.U.N.E.P., ya que se trata de una Institución
Universitaria. Entre las obligaciones de la Institución se
encuentra, la formación de los recursos humanos para el
sector penitenciario, desde los Directores Generales, de
Cárcel, personal administrativo, inducción del personal técnico,
formación de Delegados de Prueba y el de vigilancia en
todas sus escalas, ya que es este el objetivo de la
Institución, aunque en oportunidades no se quiera
reconocer.

La desorganización del sector penitenciario, se
ha venido trasladando al I.U.N.E.P. lesionándole
seriamente. Con excepción del Dr. Èlio Gómez
Grillo, creador del Instituto y Titular del cargo de Director,
algunos Directivos que se han encargado, mientras se encuentra de
permiso no remunerado ejerciendo el cargo de Presidente de la
Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del
Sistema Judicial, han sido asignados sin tener en
consideración elementos fundamentales para el ejercicio
del cargo de directivo de una Institución Universitaria,
sin atender la normativa legal.

Esos profesionales, aunque realicen esfuerzos, de la
misma manera arbitraria les cambian de ocupación ó
los remueven, colocando otra persona como encargada. Las
últimas experiencias constituyen un atropello bestial que
raya en lo obsceno.

Bajo estos criterios se maltrata con facilidad a los
directivos, como ejemplo pueden citarse las vejaciones a que
fueron sometidas las ciudadanas Dra. Irene González, Lic.
Carmen Teresa Gudiño y Soc. Yadira Muziota, las dos
primeras Directoras y la última Subdirectora, quienes
venían desempeñando su trabajo, y por no
corresponder a los caprichos de funcionarios de prisiones fueron
transferidas y destituidas sin causales claras de
justificación, donde inclusive ha intervenido lo
político.

En ocasiones, los directivos son removidos, y en su
lugar son colocados otros profesionales, que inclusive, en el
pasado han asumido posiciones muy desconsideradas y
reñidas frente a los egresados y al proyecto educativo del
I.U.N.E.P., además se oponían injustificadamente al
ingreso de Técnicos egresados del Instituto al Sistema
Penitenciario.

Desde su inauguración hasta la fecha, el
I.U.N.E.P. viene programando actividades formativas tanto al
personal de seguridad como el técnico profesional,
sobresaliendo recientemente la participación de la Lic.
Carmen Teresa Gudiño y su equipo de trabajo, profesionales
de nutrida experiencia en la materia, que tienen años
tratando de hacer aportes al sector.

Dada la poca continuidad administrativa del sector de
prisiones, la administración de la Lic. Gudiño fue
sustituida por otra directiva en el año 2.003, que
debía asumir la continuidad del programa de
capacitación de personal, previsto para los equipos de
trabajo de las áreas de seguridad y
tratamiento.

Además esa nueva gestión, debía
seguir efectuando las diligencias necesarias ante el Ministerio
de Educación para la aprobación del proyecto de
diseño curricular presentado por el Consejo
Académico del I.U.N.E.P. durante el año 2.002;
pero, la experiencia demostró que privó la
arbitrariedad, el irrespeto a los trabajadores, profesionales del
equipo administrativo y docente, se apreciaba falta de
objetividad y se imponía sobre todo caprichos
personales.

Se evidenciaba falta de conocimiento real de las
diferentes variables que intervienen en el proceso penitenciario,
y de las necesidades de formación de los recursos humanos
para el sector, inclusive, se paralizaron las diligencias sobre
la reforma curricular para imponer criterios personales bastante
peregrinos

Lo narrado anteriormente constituye un ejemplo de la
manera arbitraria como se ha pretendido manejar esa
institución. En oportunidades, se ha llegado a los
extremos de delegar la supervisión del Instituto a
dependencias de la Dirección General Rehabilitación
y Custodia de bajo nivel, desconociéndole la
condición de Institución Universitaria, cuya
creación fue aprobada por el Consejo Nacional de
Universidades al haber cumplido con los requisitos.

En la situación frecuentemente priva el capricho
personal de las autoridades de prisiones, los vicios, los
intereses y la mala intención, habiéndose planteado
hasta su eliminación. El exceso es tal, que se han
ordenado procedimientos arbitrarios donde se ha intervenido la
Institución por vigilantes de prisiones totalmente
ignorantes; se ha removido los docentes desconociendo derechos
fundamentales, incurriendo en total ilegalidad, todo motivado a
la aversión que se ha creado, y a los intereses que han
estado de por medio, actuando frente al I.U.N.E.P., como si se
tratara de una cárcel más.

Pareciera que en la actualidad la situación se
pretende mejorar, y se plantea la posibilidad de convertir al
I.U.N.E.P. en una Universidad que otorgue títulos de
licenciatura; sin embargo, la negativa de asignarle recursos
financieros tanto del presupuesto ordinario como los provenientes
de los convenios internacionales, colocan en duda tales
intenciones y, sobre todo cuando no se considera la
participación real de ésta dependencia educativa,
en los programas ordinarios de capacitación de recursos
humanos del sector y los estimados en los convenios con
organismos multilaterales.

9.- LOS CONVENIOS DE ENCOMIENDA Y DE
DESCENTRALIZACIÓN

DE LOS CENTROS PENITENCIARIOS CON GOBERNACIONES DE
ESTADO

El tema de los Convenios de Encomienda de los
Establecimientos Penitenciarios del País como alternativa
previa a la descentralización, se remonta a principios de
los años 90. Desde sus inicios esta alternativa ha
encontrado grandes tropiezos, donde siempre han estado presentes
intereses subalternos de los funcionarios del sector
penitenciario.

Se han conocido grandes esfuerzos de algunas autoridades
desde el Gobierno provisorio del Dr. Ramón J. Velasquez,
posteriormente durante el Gobierno del Dr. Rafael Caldera, donde
se destacó la actuación y disposición en
esta materia, de la gestión del Ministro de Justicia Dr.
Ruben Creixen y su equipo asesor, liderizado por la Dra. Mirna
Yepez.

Durante esa gestión se logró la firma y
ejecución de quince (15) Convenios de Encomienda con
diferentes Gobernaciones del País, cuyo proceso no
culminó satisfactoriamente debido a incumplimientos tanto
del Ministerio de Justicia como de algunas
Gobernaciones.

Una experiencia exitosa en cuanto a
administración de los Convenios de Encomienda, la
representó la Gobernación del Estado Zulia durante
el Gobierno de la Dra. Lolíta Aniyar de Castro, apoyada
por el Instituto de Criminología de la Universidad del
Zulia y el Dr. Giancarlos D´ Martino, quien asumió
la Dirección de la cárcel. A este le
correspondió el diseño, ejecución y
supervisión de acciones de emergencia, planes y proyectos,
para modificar el funcionamiento de la Cárcel Nacional de
Maracaibo en condiciones extremadamente difíciles, sin
embargo, prevalecen aspectos importantes de esa
administración.

Personalmente acompañé el proceso de
Encomienda del Internado Judicial de Barinas, la negociación del acuerdo en el Internado
Judicial de Coro y en la misma Cárcel de Maracaibo. Puedo
afirmar que los aportes de las gobernaciones de los Estados, al
Sistema Penitenciario local resultan de vital importancia; pero
lamentablemente, los intereses y el personalismo se convirtieron
en un obstáculo a los Convenios de Encomienda y aun cuando
se encuentran vigentes nadie los cumple.

Ciertamente los gobiernos locales tienen mayores
posibilidades de prestar servicios en las cárceles y
ejercer control permanente sobre el funcionamiento; resulta obvio
que al encontrarse las instituciones penitenciarias en el
ámbito de gobernabilidad de las autoridades regionales es
más factible el auxilio y el suministro de recursos
materiales, humanos y variados servicios como: salud,
educación, cultura, deportes, trabajo, etc.

Cuando se promovió la iniciativa estaba vigente
la Constitución Nacional de 1.961, que establecía
como competencia exclusiva del Gobierno Nacional la
administración de los servicios penitenciarios. No estaba
previsto en la Ley de Descentralización la transferencia
del servicio a las
Gobernaciones, lo que constituía una traba para ese
momento. En la actualidad la Constitución de 1.999, ordena
la descentralización penitenciaria a las gobernaciones y
alcaldías; pero el proceso sigue consiguiendo trabas
motivadas a múltiples razones.

Sobre el proceso de descentralización y
encomienda de los establecimientos penitenciarios, como
referí, ha evidenciado una destacada actuación la
Dra. Mirna Yepez, ex Directora General de Defensa y
Protección Social del Ministerio de Justicia, a quien le
solicité colaboración para incluir en este trabajo
una ponencia que ella hiciera durante el año 1.999, con
fundamento en la Constitución de 1.961.

En el trabajo la Dra. Yepez analiza la
fundamentación jurídica del proceso, y las
alternativas que se manejaron para lograr los Convenios de
Encomienda, textualmente la Doctora señala:

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10
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