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La Auditoría socio-laboral (página 2)



Partes: 1, 2

VI. El Contrato o
Carta de
Encargo

El auditor laboral
deberá acordar por escrito con su cliente el
objetivo del
chequeo de la situación jurídico-laboral y de
seguridad
social de la propia empresa
contratante del servicio y
alcance del trabajo, bien
es general o parcial sobre sus objetivos,
así como sus honorarios o los criterios para su cálculo.

En el contrato o carta de encargo se deberá
indicar el total número de horas estimado para la
realización del trabajo.

Antes de aceptar el encargo, el auditor debe considerar
si existe alguna razón que aconseje su rechazo por razones
éticas o técnicas

La formalización del contrato o carta de encargo,
aparte de formar parte de las normas técnicas
sobre ejecución de trabajo, tiene trascendencia en cuanto
se establece la responsabilidad ante la auditoría y la de pago por el
mismo.

VII. Normas Técnicas de Auditoría
Socio Laboral

Las normas técnicas de auditoría
constituyen los principios y
requisitos que debe observar necesariamente el auditor laboral en
el desempeño de su función y
sobre las que deben basarse las actuaciones necesarias para
expresar una opinión técnica
responsable.

En la actualidad no existen normas técnicas en
una auditoría laboral, por lo que se aconseja recurrir a
las normas técnicas de auditoría contable regulado
en la Ley 19/1988 de 12
julio o el Reglamento Real Decreto 1636/1990 de 20 de diciembre
que desarrolla dicha Ley.

Las normas técnicas de auditoría laboral
versarán sobre las siguientes cuestiones:

Normas técnicas de carácter general.

Normas técnicas sobre la ejecución del
trabajo.

Normas técnicas sobre informes.

Son normas técnicas de carácter
general

Afectan a las condiciones que debe reunir el auditor
laboral y a su comportamiento
en el desarrollo de
la actividad de auditoría socio laboral, habrán de
referirse, al menos, a las siguientes cuestiones:

Formación técnica y capacidad
profesional

Independencia,
integridad y objetividad

Diligencia y responsabilidad profesional

Secreto Profesional

Honorarios Profesionales

Publicidad

Normas técnicas sobre la ejecución del
trabajo.

Las normas técnicas sobre la ejecución del
trabajo que hacen referencia a la preparación y
ejecución del trabajo a realizar por el auditor laboral,
regularán el conjunto de técnicas de investigación e inspección
aplicables a documentos socio
laborales (Contratos,
nominas,
seguros
sociales, demandas etc.) sujetos a examen, mediante los cuales el
auditor fundamenta su opinión responsable e independiente,
y en concreto
harán referencia a:

Los trabajos necesarios para conocer, con
carácter previo y de forma completa, los sistemas de
control interno de la Empresa
o

Entidad auditada cuya evaluación
servirá de base para determinar la extensión de las
pruebas
objetivas a efectuar.

La planificación y programación de los trabajos.

La ejecución de los trabajos, incluyendo los
métodos y
pruebas adecuados para la obtención de la evidencia,
determinando los posibles procedimientos a
aplicar, en función de la naturaleza y
contenido de la Empresa o Entidad sobre la que se realizan los
trabajos. En la medida de lo posible, las normas técnicas
desarrollarán los métodos y procedimientos de
particular aplicación

El contenido, custodia y principios referentes a la
documentación justificativa de los trabajos
desarrollados.

El control que todo
auditor laboral de auditoría debe establecer para la
supervisión de sus propios
trabajos.

Normas técnicas sobre informes.

Las normas técnicas sobre preparación de
informes regularán los principios que han de ser
observados en la elaboración y presentación del
informe de
auditoría socio laboral estableciendo la extensión
y contenido de los diferentes tipos de informe, así como
los criterios que fundamenten el modelo de
informe a utilizar en cada caso.

A El titulo de la auditoría, el destinatario y la
sociedad
auditada.

B El alcance de la auditoría, los documentos
auditados, los procedimientos aplicados y las pruebas
realizadas

C La opinión del auditor sobre la
situación real jurídico-laboral y de seguridad social
de la sociedad auditada

D Las restricciones que han existido por parte de la
empresa, así como la negativa a la entrega de
documentación o información solicitada.

E Nombre del auditor fecha y firma.

De todo lo anteriormente expuesto habría que
destacar varios desarrollos o principios que se concreta
en:

VIII. Desarrollo de las normas
técnicas

Planificación

La primera norma es:

El trabajo se planificará
apropiadamente

La planificación de la auditoría comporta
el desarrollo de una estrategia global
en base al objetivo y alcance del encargo y la forma en que se
espera que responda la
organización de la entidad.

El alcance con que se lleve a cabo la
planificación varía según el tamaño y
la complejidad de la entidad, de la experiencia que el auditor
tenga de la misma, del conocimiento
del tipo de la empresa se desenvuelve, de la calidad de la
organización y del control interno de la
entidad.

Al planificar su trabajo, el auditor debe considerar,
entre otras cuestiones, las siguientes:

a) Una adecuada comprensión de la de la entidad,
del sector en que ésta opera, el producto o
servicio que comercializa y la situación económica
y de mercado

b) Los procedimientos y principios socio laborales que
sigue la entidad y la uniformidad con que han sido aplicados,
así como los sistemas
normativos utilizados en su desarrollo.

c) el grado de eficacia y
fiabilidad inicialmente esperado de los sistemas de control
interno.

El auditor deberá documentar adecuadamente el
plan de la
auditoría.

A través de la planificación de su examen,
el auditor debe determinar, entre otros aspectos, la naturaleza,
alcance y momento de ejecución del trabajo a realizar y
preparar un programa de
auditoría escrito.

El programa de auditoría facilita un control y
seguimiento más eficaz del trabajo realizado y se
utilizará para trasmitir instrucciones a los miembros del
equipo del auditor en cuanto al trabajo a realizar.

Debe indicar con suficiente detalle las pruebas de
auditoría que el auditor considera necesarias para
conseguir los objetivos del examen.

Al aplicar el programa, el auditor debe guiarse por los
resultados obtenidos en los procedimientos y consideraciones de
la fase de planificación.

Conforme al examen avanza, es posible que se produzcan
cambios respecto de las condiciones esperadas, que hagan
necesario modificar los procedimientos de auditoría
inicialmente previstos. Tales modificaciones deberán
documentarse adecuadamente y comunicarlo.

Consideraciones sobre el tipo de la
Entidad.

El auditor debe llegar a un nivel de conocimiento del
tipo de la entidad que le permita planificar y llevar a cabo su
examen siguiendo las Normas Técnicas de Auditoría.
Ese nivel de conocimiento debe permitirle tener una
opinión de la estructura
general de la empresa, normativa laboral aplicable, Estructura
del personal y
contratación, Sistemas retributivos, Sistemas de trabajo y
jornada, Modificaciones suspensiones y extinción de
contratos Representación legal de los trabajadores y
Seguridad Social y prácticas que puedan tener a su juicio
un efecto significativo en la auditoría socio laboral.
El
conocimiento del desarrollo de la entidad ayuda al auditor a,
entre otras, las siguientes identificaciones:

a) Identificar aquellas áreas que podrían
requerir consideración especial.

b) Identificar el tipo de condiciones bajo las que la
información laboral se produce, se procesa, se revisa y se
compila dentro de la organización.

c) Identificar la existencia de normativa de control
interno.

d) Evaluar la razón habilidad de los comentarios
y manifestaciones hechas por la gerencia.

e) Evaluar si los principios y normas laborales
utilizados son apropiados y si guardan uniformidad con los
aplicados.

El auditor debe conocer la naturaleza de la entidad, su
organización y las características de su forma de
actuar. Ello comporta analizar, entre otros aspectos, los
siguientes:

a) La estructura mercantil en el ámbito de la
relaciones laborales, fundamentalmente tratándose de
grupo de
empresas y su
encuadramiento a efectos de seguridad social.

b) Normas reguladoras de las relaciones
laborales tipo de convenio y su aplicación y
vigencia.

c) Ver si la contratación utilizada por la
empresa se adecua a la legislación vigente, profundizando
en las relaciones laborales especiales y las bonificaciones en la
seguridad social.

d) Revisar los conceptos retributivos de los
trabajadores a su adecuada legislación y convenio de
aplicación.

e) Las modificaciones contractuales, suspensiones de
contrato de trabajo e extinciones contractuales

f) Analizar si la representación legal de los
trabajadores es la adecuada determinando sus facultades deberes y
derechos de
dichos representantes y si corresponde las secciones sindicales
funcionamiento y facultades

g) Se estudiara la cotización a la seguridad
social aplicación de las deducciones y reintegro de
prestaciones y
bonificaciones

h) Sus relaciones con otras empresas del mismo grupo y
terceras vinculadas

i) El manual de
políticas y procedimientos.

Consideraciones sobre el sector de negocio de la
entidad.

El auditor debe también considerar aquellos
aspectos que afectan al sector en el cual se desenvuelve la
entidad, tales como:

a) Condiciones económicas.

b) Regulaciones y controles gubernamentales.

c) Cambios de tecnología.

d) La práctica social normalmente seguida por el
sector.

e) Nivel de competitividad.

Desarrollo de un plan global relativo al
ámbito y realización de la
auditoría.

El auditor desarrollará un plan global que
deberá documentarse y que comprenderá, entre otros
aspectos, los siguientes:

a) Los términos del encargo de auditoría y
responsabilidades correspondientes.

b) Principios y normas legislativas, Normas
Técnicas de Auditoría, Convenio de
aplicación, leyes y
reglamentaciones aplicables.

c) La identificación de las transacciones o
áreas significativas que requieran una atención especial.

d) La determinación de niveles o cifras de
importancia relativa y su justificación.

e) El grado de fiabilidad que espera atribuir a los
sistemas de contabilidad y
al control interno.

f) La naturaleza de las pruebas de auditoría a
aplicar y el sistema de
determinación y selección
de las muestras.

g) El trabajo de
los auditores internos y su grado de participación, en su
caso, en la auditoría externa.

h) La participación de otros auditores en la
auditoría de filiales y/o sucursales de la
entidad.

i) La participación de expertos.

Preparación del programa de
auditoría.

El auditor deberá preparar un programa escrito de
auditoría en el que se establezcan las pruebas a realizar
y la extensión de las mismas para cumplir los objetivos de
auditoría. El programa debe incluir los objetivos de
auditoría para cada parcela o área y será lo
suficientemente detallado de forma que sirva como documento de
asignación de trabajos a los profesionales del equipo que
participen en la auditoría, así como medio de
control de la adecuada ejecución del mismo.

En la preparación del programa de
auditoría, el auditor habiendo obtenido cierto
conocimiento del sistema de social y de los correspondientes
controles internos, puede considerar oportuno confiar en
determinados controles internos a la hora de determinar la
naturaleza, momento de realización y amplitud de los
procedimientos de auditoría. El auditor puede decidir
confiar en determinados controles internos como un medio eficaz y
eficiente para la realización

de la auditoría. Sin embargo, el auditor puede
decidir no basarse en controles internos cuando existan otros
medios
más eficientes de obtención de pruebas o evidencia
suficiente y adecuada en auditoría. El auditor
deberá considerar también el momento de realizar
los procedimientos, la coordinación de cualquier ayuda que se
espera de la entidad, la disponibilidad de personal, y la
participación de otros auditores o expertos.

El plan global y el correspondiente programa
deberán revisarse a medida que progresa la
auditoría. Cualquier modificación se basará
en el estudio del control interno, la evaluación del mismo
y los resultados de las pruebas que se vayan
realizando.

Estudio y evaluación del sistema de control
interno.

La segunda Norma es:

Deberá efectuarse un estudio y evaluación
adecuada del control interno como base fiable para la
determinación del alcance, naturaleza y momento de
realización de las pruebas a las que deberán
concretarse los procedimientos de auditoría".

A tal efecto es preciso distinguir entre el estudio
destinado a evaluar y mejorar el sistema de control interno de
una entidad, realizado por el auditor en su calidad de experto y
en virtud de mandato específico, del estudio y
evaluación de control interno que se realiza en el
contexto de una auditoría, y al que se refiere estas
Normas Técnicas.

Definiciones y conceptos
básicos

El control interno comprende el plan de
organización y el conjunto de métodos y
procedimientos que aseguren que los temas sociales están
debidamente protegidos, que la documentación son
fidedignos y que la actividad de la entidad se desarrolla
eficazmente y se cumplen según las directrices marcadas
por la Dirección.

Esta definición es, posiblemente, más
amplia que el significado que normalmente se atribuye al
término, ya que las implicaciones de un sistema de control
interno, se extienden más allá de las materias que
lo relacionan con el departamento de recursos
humanos.

Por definición, el control interno confiere una
seguridad razonable, pero no absoluta de que los objetivos del
mismo se cumplirán. La implantación y mantenimiento
de un sistema de control interno es responsabilidad de la
Dirección, que debe someterlo a una continua
supervisión para determinar que funciona según
está prescrito, modificándolo si fuera preciso, de
acuerdo con las circunstancias.

Todo sistema de control interno tiene unas limitaciones.
Siempre existe la posibilidad de que al aplicar procedimientos de
control surjan errores por una mala comprensión de las
instrucciones, errores de juicio, falta de atención
personal, fallo humano, etc. Además de aquellos
procedimientos cuya eficacia se basa en la segregación de
funciones
pueden eludirse como consecuencia de existir colusión de
los empleados implicados en el control interno. Igualmente los
procedimientos basados en el objetivo de asegurar que las
contrataciones se ejecutan según los términos
autorizados por la Dirección, resultarían
ineficaces si las decisiones de ésta se tomaran de una
forma errónea o irregular.

Estudio y evaluación del sistema de control
interno.

El estudio y evaluación del control interno
incluye dos fases:

a) La revisión preliminar del sistema con objeto
de conocer y comprender los procedimientos y métodos
establecidos por la entidad. En particular el conocimiento y
evaluación preliminar de los sistemas de control interno
de la entidad, incluyendo los sistemas informáticos,
constituye un requisito mínimo de trabajo que sirve de
base a la planificación de la auditoría.

b) La realización de pruebas de cumplimiento para
obtener una seguridad razonable de que los controles se
encuentran en uso y que están operando tal como se
diseñaron.

Revisión del sistema.

La revisión del sistema es principalmente un
proceso de
obtención de información respecto a la
organización y a los procedimientos establecidos, con
objeto de que sirva como base para las pruebas de cumplimiento y
para la evaluación del sistema. La información
requerida para este objetivo se obtiene normalmente a
través de entrevistas
con el personal apropiado del cliente y mediante el estudio de
documentos tales como manuales de
procedimientos, instrucciones al personal,
etcétera.

La información relativa al sistema será
documentada en forma de cuestionarios, resúmenes de
procedimientos, flujo gramas o cualquier otra forma de descripción de un circuito administrativo y
adaptándose a las circunstancias o preferencias del
auditor.

Con objeto de verificar la información obtenida,
a veces se adopta el procedimiento de
seguir el ciclo completo de una o varias transacciones a
través del sistema. Esta práctica, además de
ser útil para el propósito indicado, permite que
las áreas seleccionadas puedan ser consideradas como parte
de las pruebas de cumplimiento.

Pruebas de cumplimiento.

La finalidad de las pruebas de cumplimiento es
proporcionar al auditor una seguridad razonable de que los
procedimientos relativos a los controles internos están
siendo aplicados tal como fueron establecidos. Estas pruebas son
necesarias si se va a confiar en los procedimientos descritos.
Sin embargo, cuando los procedimientos de control no son
satisfactorios, el auditor no debe confiar en los
mismos.

El auditor podrá omitir parte o toda la
comprobación de los sistemas de control interno cuando ese
trabajo no fuese efectivo en términos de viabilidad,
siempre que las pruebas alternativas, de naturaleza substantiva,
le permitan satisfacerse razonablemente de las afirmaciones de la
Dirección sobre las áreas que se vean afectadas por
esta decisión. A tal efecto debe tomarse en
consideración la naturaleza o número de
documentación, los métodos de procesamiento de
datos que se estén usando y los procedimientos de
auditoría que puedan ser aplicados al realizar las pruebas
substantivas.

La naturaleza de los procedimientos de control interno y
la evidencia disponible sobre su cumplimiento determinan,
necesariamente, la naturaleza de las pruebas de cumplimiento e
influyen sobre el momento de ejecución y extensión
de tales pruebas. Las pruebas de cumplimiento están
íntimamente interrelacionadas con las pruebas substantivas
y, en la práctica, los procedimientos de auditoría
suministran, al mismo tiempo,
evidencia de cumplimiento de los procedimientos de control
interno contable, así como la evidencia requerida de las
pruebas substantivas.

Período en que se desarrollan las pruebas y su
extensión.

La determinación de la extensión de las
pruebas de cumplimiento se realizará sobre bases estadísticas o sobre bases subjetivas. El
muestreo
estadístico es, en principio, el medio idóneo para
expresar en términos cuantitativos el juicio del auditor
respecto a la razón habilidad, determinando la
extensión de las pruebas y evaluando su resultado. Cuando
se utilicen bases subjetivas se deberá dejar constancia en
los papeles de trabajo de las razones que han conducido a tal
elección, justificando los criterios y bases de
selección, y determinando el grado de confianza a
depositar en el control interno.

Las pruebas de cumplimiento deberán aplicarse a
las transacciones ejecutadas durante el período que se
está revisando, de acuerdo con el concepto general
de muestreo, que implica que las áreas que vayan a ser
examinadas deben seleccionarse del conjunto de datos a los
cuales deben aplicarse las conclusiones resultantes.
Deberá dejarse constancia en los papeles de trabajo del
criterio utilizado en la selección de la muestra.

Los auditores independientes podrán realizar las
pruebas de cumplimiento durante su trabajo preliminar.

Cuando éste sea el caso, la aplicación de
tales pruebas a todo el período restante puede no ser
necesaria. Los factores que deben considerarse a este respecto
incluyen:

a) Los resultados de las pruebas durante el
período preliminar.

b) Las respuestas e indagaciones concernientes al
período restante.

c) La extensión del período
restante.

d) La evidencia del cumplimiento, dentro del
período restante, que puede obtenerse de las pruebas
substantivas realizadas por el auditor independiente o de las
pruebas realizadas por los auditores internos.

e) Otros puntos que el auditor puede considerar de
interés.

Evaluación del sistema de control
interno.

Una función de control interno, desde el punto de
vista del auditor independiente, es la de suministrar seguridad
de que los errores o irregularidades se pueden descubrir con
prontitud razonable, asegurando así la fiabilidad e
integridad de los registros
contables.

El planteamiento conceptualmente lógico de la
evaluación que hace el auditor del control interno,
consiste en aplicar a cada tipo significativo de transacciones y
a los respectivos activos
involucrados en la auditoría, los siguientes
criterios:

a) Considerar los tipos de errores e irregularidades que
puedan ocurrir.

b) Determinar los procedimientos de control interno
social que puedan prevenir o detectar errores o
irregularidades.

c) Determinar si los procedimientos necesarios
están establecidos y si se han seguido
satisfactoriamente.

d) Evaluar cualquier deficiencia, es decir, cualquier
tipo de error o irregularidad potencial no contemplada por los
procedimientos de control interno existentes, para
determinar:

La naturaleza, momento de ejecución o
extensión de los procedimientos de auditoría a
aplicar, y 2.las sugerencias a hacer al cliente.

En la aplicación práctica del enfoque
antes descrito, los dos primeros apartados se realizan
principalmente por medio de cuestionarios, resúmenes de
procedimientos, flujo gramas, instrucciones o cualquier otro tipo
de material de trabajo utilizado por el auditor. Sin embargo, se
requiere el juicio profesional para la interpretación, adaptación o
extensión de dicho material de trabajo, para que resulte
apropiado a cada situación particular. El tercer apartado
se lleva a cabo durante la revisión del sistema y la
realización de las pruebas de cumplimiento y, el
último, se logra al ejercer el juicio profesional en la
evaluación de la información obtenida en los
apartados precedentes.

La revisión que haga el auditor del sistema de
control interno y sus pruebas de cumplimiento deben relacionarse
con cada uno de los objetivos que se pretenden alcanzar mediante
la evaluación del sistema.

Los controles y deficiencias que afecten a cada una de
las afirmaciones de la Dirección de la entidad y tipos de
transacciones deben ser evaluados independientemente y no son
compensatorios en su efecto.

La evaluación de los controles internos contables
hecha por el auditor para cada tipo significativo de
transacciones, debe dar lugar a una conclusión respecto a
si los procedimientos establecidos y su cumplimiento son
satisfactorios para su objetivo. Los procedimientos y su
cumplimiento deben considerarse satisfactorios si la
revisión del auditor y sus pruebas no revelan ninguna
situación que se considere como una deficiencia importante
para su objetivo.

Comunicación de las debilidades significativas
de control interno.

El auditor comunicará a la Dirección de la
entidad las debilidades significativas identificadas en las
pruebas de auditoría realizadas, con el alcance que haya
considerado necesario para su trabajo.

Métodos de obtener evidencia

La evidencia de auditoría se obtiene, a
través de pruebas de cumplimiento y substantivas, mediante
uno o más de los siguientes métodos:

a. Inspección.

b. Observación.

c. Preguntas.

d. Confirmaciones.

e. Cálculos.

f. Técnicas de examen
analítico.

Los datos sociales y, en general, toda
información interna, no puede considerarse por sí
mismo, evidencia suficiente y adecuada. El auditor debe llegar a
la convicción de la razón habilidad de los mismos
mediante la aplicación de las pruebas
necesarias.

La inspección consiste en la revisión de
la coherencia y concordancia de las áreas, así como
en el examen de documentos. La inspección proporciona
distintos grados de evidencia según sea la naturaleza de
la fuente y la efectividad de los controles internos. Las tres
categorías más importantes de evidencia documental,
que proporcionan al auditor distinto grado de confianza,
son:

a. Evidencia documental producida y mantenida por
terceros.

b. Evidencia documental producida por terceros y en
poder de la
entidad.

c. Evidencia documental producida y mantenida por la
entidad.

La observación consiste en ver la
ejecución de un proceso o procedimiento efectuado por
otros. Por ejemplo, el auditor puede observar como el personal de
la entidad realiza horas extras.

Las preguntas consisten en obtener información
apropiada de las personas de dentro y fuera de la entidad que
tienen los conocimientos. Las preguntas abarcan desde las
formuladas por escrito a terceros ajenos a la entidad a las
hechas oralmente al personal de la misma. Las respuestas a estas
preguntas pueden corroborar evidencia obtenida anteriormente o
proporcionar información que no se poseía, sin
perjuicio de su posterior contraste si el auditor lo considera
necesario.

Documentación del trabajo

Los papeles de trabajo comprenden la totalidad de los
documentos preparados o recibidos por el auditor, de manera que,
en conjunto, constituyen un compendio de la información
utilizada y de las pruebas efectuadas en la ejecución de
su trabajo, junto con las decisiones que ha debido tomar para
llegar a formarse su opinión.

El propósito de los papeles de trabajo es ayudar
en la planificación y realización de la auditoria,
en la supervisión y revisión de la misma y en
suministrar evidencia del trabajo llevado a cabo para respaldar
la opinión del auditor.

Los auditores deben conservar todos los documentos de
trabajo que puedan constituir las debidas pruebas de su
actuación, encaminadas a formar su
opinión.

El archivo
permanente de papeles de trabajo es un conjunto coherente de
documentación conteniendo información de
interés permanente y susceptible de tener incidencia en
auditorias
sucesivas.

Los papeles de trabajo deben:

a) Recoger la evidencia obtenida en la ejecución
del trabajo así como de los medios por los que el auditor
ha llegado a formar su opinión.

b) Ser útiles para efectuar la supervisión
del trabajo del equipo de auditoria, que el auditor debe
efectuar.

c) Ayudar al auditor en la ejecución de su
trabajo.

d) Ser útiles para sistematizar y perfeccionar,
por la experiencia, el desempeño de futuras
auditorias.

e) Hacer posible que cualquier persona con
experiencia pueda supervisar en todos sus aspectos, la
actuación realizada.

Puede decirse, en términos generales, que los
papeles deben prepararse a medida que se completa el trabajo de
la auditoria, y han de ser lo suficientemente claros para
permitir a un auditor sin previo conocimiento de la
auditoría en cuestión seguir las incidencias del
trabajo y comprobar que la auditoría se ha realizado
conforme a lo establecido en las Normas
Técnicas.

NORMAS TÉCNICAS SOBRE INFORMES

Introducción

El informe de auditoría socio laboral es un
documento que muestra el alcance del trabajo efectuado por el
auditor, así como su opinión profesional sobre la
situación jurídico-laboral y de seguridad social de
la entidad, disposiciones que se dicten en su desarrollo,
legislación y las presentes Normas
Técnicas.

En la preparación de su informe el auditor ha de
tener presente y cumplir las siguientes normas:

El auditor debe manifestar en el informe si las
distintas áreas de trabajo contienen la información
necesaria y suficiente para su interpretación y
comprensión adecuada y han sido formuladas de conformidad
con principios y normas legales generalmente
aceptados.

Son principios y normas del Procedimiento Laboral
generalmente aceptados los establecidos en:

Estatuto de los Trabajadores

Ley de Procedimiento Laboral.

.Ley General de Seguridad Social

.La demás legislación que sea
específicamente aplicable.

Convenio Colectivo

El auditor expresará en el informe su
opinión en relación con las áreas de trabajo
tomadas en su conjunto, o una afirmación de que no se
puede expresar una opinión, y en este caso, las causas que
lo impidan. Cuando se exprese una opinión con salvedades o
desfavorable sobre las áreas de trabajo, se deberán
exponer las razones que existan para ello.

Elementos básicos del Informe de
auditoría socio-laboral independiente

El informe de auditoría deberá contener
los elementos básicos que se detallan a
continuación:

Título o identificación del
informe.

Identificación de los destinatarios y de las
personas que efectuaron el encargo.

El informe de auditoría deberá identificar
a la persona o personas a quienes vaya dirigido (normalmente los
accionistas o socios). También se hará
mención de la persona que efectuó el nombramiento,
cuando esta última no coincida con el
destinatario.

Identificación de la entidad auditada.

El informe del auditor contendrá el nombre o
razón social completos de la entidad objeto de la
auditoria.

Párrafo de alcance de la
auditoria.

Este párrafo, que será el primero del
informe, incluirá los siguientes aspectos:

Identificación de los documentos que comprenden
el objeto de la auditoria que se adjuntan al informe.

Referencia sintetizada y general a las Normas
Técnicas de Auditoria aplicadas en el trabajo
realizado.

Una indicación de aquellos procedimientos
previstos en las citadas Normas Técnicas que no hubieran
podido aplicarse como consecuencia de limitaciones al alcance del
examen del auditor. Si el auditor no incluyera limitaciones en
este párrafo, se entenderá que ha llevado a cabo
los procedimientos de auditoria requeridos por las Normas
Técnicas.

Párrafo de opinión.

El auditor manifestará en este párrafo de
forma clara y precisa su opinión sobre los siguientes
extremos:

a) Si las áreas de trabajo consideradas en todos
los aspectos significativos expresan la imagen fiel de la
empresa y aplicados durante el ejercicio, de conformidad con
principios y normas laborales generalmente aceptados, así
como si las mismas contienen la información necesaria y
suficiente para su interpretación y comprensión
adecuada.

b) Si dichos principios y normas laborales generalmente
aceptados han sido aplicados uniformemente.

De la misma forma, el auditor hará constar en
este párrafo de opinión la naturaleza de cualquier
salvedad significativa sobre la situación
jurídico-laboral y seguridad social. Cuando se diera esta
circunstancia, es preciso que se incluya la expresión
"excepto por". Cuando la salvedad o salvedades fueran muy
significativas, el auditor deberá denegar su
opinión o expresar una opinión
desfavorable.

Párrafo de salvedades.

Cuando el auditor exprese una opinión con
salvedades, desfavorable o denegada, deberá exponer las
razones justificativas de forma detallada. Para ello,
utilizará un párrafo o párrafos intermedios
entre

el de alcance y el de opinión, detallando su
efecto en las cuentas anuales
cuando éste sea cuantificable o la naturaleza de la
salvedad si su efecto no fuese susceptible de ser estimado
razonablemente.

Párrafo de "énfasis".

En circunstancias excepcionales, el auditor debe poner
énfasis en su informe sobre algún asunto
relacionado con la situación jurídico-laboral y
seguridad social, pero sin que ello suponga ningún tipo de
salvedad en su opinión.

Al no tratarse de una salvedad, el auditor no
deberá hacer referencia a este párrafo de
"énfasis" en su párrafo de "opinión". Sin
embargo, un párrafo de salvedad, en ningún caso,
debe ser sustituido por un párrafo de
énfasis.

Nombre, dirección y datos regístrales del
auditor.

Con independencia del nombre del auditor o de la
sociedad de auditoria, el informe debe mostrar, la
dirección de su despacho y su número de
inscripción en el Registro de
Auditores Socio Laborales.

Firma del auditor.

El informe deberá ser firmado por el auditor
socio laboral que hubiera dirigido el trabajo. En el caso de
sociedades de
auditoria, la firma deberá corresponder a uno o varios
socios auditores socio laborales.

Fecha de emisión del informe.

El informe de auditoria deberá contener la fecha
de emisión, a fin de determinar claramente hasta
qué momento el auditor es responsable de realizar
procedimientos de auditoria relativos a hechos posteriores que
pudieran afectar a las cuentas examinadas. Esta fecha
coincidirá con la de terminación del trabajo en las
oficinas de la entidad auditada, y en ningún caso
podrá ser anterior a la fecha de formulación de
dicho informe

Hechos posteriores a la fecha de emisión del
informe de auditoria y antes de su entrega.

La fecha del informe representa la fecha en que el
auditor ha completado sus procedimientos de auditoria para
formarse su opinión sobre las cuentas, por lo tanto, el
auditor no tiene obligación alguna de extender sus
procedimientos para identificar hechos que pudieran haber
acaecido con posterioridad a la fecha de emisión del
informe de auditoria. No obstante, si en el intervalo entre la
fecha de emisión del informe y la de entrega al
destinatario llegase a conocimiento del auditor, alguna
información significativa y fiable, a su buen criterio,
referida a hechos ocurridos con posterioridad a la fecha de
terminación de su trabajo en las oficinas de la entidad,
que hubiera analizado de encontrarse aún realizando la
auditoria, deberá investigar el hecho , y en el caso de
que requiera, el auditor deberá incluir una salvedad en su
informe de auditoria.

En estos casos, el auditor deberá modificar la
fecha original de su informe mediante una de las dos siguientes
alternativas:

a) Usar dos fechas para el informe. La primera fecha
correspondería a la fecha de terminación del
trabajo de auditoria, mientras que la segunda haría
referencia específica al hecho concreto posterior
desglosado en la nota explicativa. De esta forma, el auditor
limitaría expresamente su responsabilidad en cuanto a
hechos posteriores a aquél o aquéllos incorporados
en el Informe.

b) Fechar su informe en la última de las fechas,
es decir, la que corresponde al hecho posterior. En este segundo
caso, la responsabilidad del auditor incluye el extender sus
procedimientos de auditoria sobre hechos posteriores ocurridos
hasta esta última fecha.

La opinión del auditor

Tipos de opinión

El informe de auditoria socio laboral debe contener uno
de los siguientes tipos de opinión:

a) Favorable.

b) Con salvedades.

c) Desfavorable.

d) Denegada.

Opinión favorable

En una opinión favorable, el auditor manifiesta
de forma clara y precisa que la situación
jurídico-laboral y de seguridad social, expresan en todos
los aspectos significativos, la imagen fiel de la

empresa y de la situación y contienen la
información necesaria y suficiente para su
interpretación y comprensión adecuada, de
conformidad con principios y normas laborales generalmente
aceptados. Este tipo de opinión sólo podrá
expresarse cuando concurran las siguientes
circunstancias.

– El auditor haya realizado su trabajo, sin
limitaciones, de acuerdo con las Normas Técnicas de
Auditoria.

Opinión con salvedades

Este tipo de opinión es aplicable cuando el
auditor concluye que existen una o varias de las circunstancias
que se relacionan en el apartado siguiente, siempre que sean
significativas en relación con la situación
jurídico-laboral y seguridad social tomadas en su
conjunto. Tratamiento distinto requieren aquellos casos en los
que este tipo de circunstancias por ser muy significativas
impidan que el informe presente la imagen fiel o no permitan al
auditor formarse una opinión sobre las mismas.

Las circunstancias que pueden dar lugar a una
opinión con salvedades, en caso de que sean significativas
en relación con la situación
jurídico-laboral y seguridad social, son las
siguientes:

– Limitación al alcance del trabajo
realizado.

– Errores o incumplimiento de los principios y normas
legales generalmente aceptadas, incluyendo omisiones de
información necesaria.

– Incertidumbres cuyo desenlace final no es susceptible
de una estimación razonable.

Al emitir un informe con salvedades, el auditor
deberá utilizar en el párrafo de "opinión"
la expresión "excepto por" para presentar las mismas y se
hará referencia a otro párrafo "intermedio" entre
el de alcance y el de opinión en el que se
describirán claramente la naturaleza y las razones de la
salvedad .Este párrafo intermedio no será necesario
en el caso de salvedad por falta de uniformidad en la
aplicación de principios y normas, donde bastará
expresar la conformidad o no del auditor con el cambio
acaecido y hacer referencia a una nota explicativa en el Informe
Final

Opinión desfavorable

La opinión desfavorable supone manifestarse en el
sentido de que la situación jurídico-laboral y
seguridad social tomadas en su conjunto no presentan la imagen
fiel de la empresa. Para que el auditor llegue a expresar una
opinión como la indicada, es preciso que haya identificado
errores, incumplimiento de principios y normas laborales
generalmente aceptados, incluyendo defectos de
presentación de la información, que, a su juicio,
afectan a la legalidad en
una cuantía o concepto muy significativo o en un
número elevado de áreas que hacen que concluya de
forma desfavorable.

Cuando un auditor emite una opinión desfavorable,
debe exponer todas las razones que le obligan a emitirla en un
párrafo "intermedio" de su informe, describiendo el efecto
y los motivos por los que ha alcanzado este tipo de
conclusión.

Si además de las circunstancias que originan la
opinión desfavorable, existen incertidumbres o cambios de
principios y normas laborales generalmente aceptados, el auditor
detallará estas salvedades en su informe.

Opinión denegada

Cuando el auditor no ha obtenido la evidencia necesaria
para formarse una opinión sobre la situación
jurídico-laboral y seguridad social tomadas en su
conjunto, debe manifestar en su informe que no le es posible
expresar una opinión sobre las mismas.

La necesidad de denegar la opinión puede
originarse exclusivamente por:

– Limitaciones al alcance de la auditoria,
y/o

– Incertidumbres, de importancia y magnitud muy
significativas que impidan al auditor formarse una
opinión.

Siempre que el auditor deniegue su opinión debido
a una o varias limitaciones significativas al alcance de su
auditoria, ya fueran impuestas por el cliente o por las
circunstancias, deberá adoptar en su informe la redacción de sus causas. Aunque por las
razones apuntadas el auditor no pudiera expresar una
opinión, habrá de mencionar, en párrafo
distinto al de opinión, cualquier salvedad que por error o
incumplimiento de los principios y normas laborales generalmente
aceptadas o cambios en los mismos hubiese observado durante la
realización de su trabajo.

Opinión parcial no permitida

En un Informe de Auditoria no se permite la
expresión de una opinión sobre alguna o varias
áreas cuando se esté expresando una opinión
desfavorable o se esté denegando ésta sobre dichas
cuentas anuales en su conjunto.

Publicidad del informe de auditoria de la
situación jurídico-laboral y seguridad
social

Salvo aprobación expresa de la entidad auditada,
el auditor no podrá facilitar a tercero alguno copia de su
informe de auditoria. Es responsabilidad de los Administradores
de la entidad facilitar a los accionistas copias de la
situación jurídico-laboral y seguridad social y del
informe de auditoria.

El informe de auditoria no podrá publicarse
parcialmente ni en extracto. El auditor no deberá emitir
su informe, ni autorizar a la entidad que lo publique, si no va
acompañado de la totalidad de la situación
jurídico-laboral y seguridad social y desgloses que
requiere el objetivo de imagen fiel.

Los auditores socio laborales no darán su
autorización a que su nombre sea asociado a la
situación jurídico-laboral y seguridad social de
modo que implique la creencia de que han actuado como tales,
salvo que realmente hayan llevado a cabo la auditoria, mediante
la aplicación de las Normas Técnicas de
Auditoria.

IX.
Las Áreas Objeto de la Auditoria
Socio-Laboral

a) Copia de los estatutos de la sociedad y de cualquier
otro documento de naturaleza jurídica en relación
con su regulación y funcionamiento legal.

b) Organigrama
general de la empresa, con indicación de la
categoría correspondiente a cada trabajador y
departamento.

c) Listado de todos los centros de trabajo de la entidad
y sus correspondientes comunicaciones
legales de apertura.

d) Una copia de las cuentas anuales auditadas y del
informe de auditoría o Balance fiscal del
ultimo año.

Normativa Aplicable a la Empresa

a) El convenio colectivo de aplicación en la
empresa y centros de trabajo.

b) Los acuerdos o pactos existentes o pactos no
escritos

c) Las actas del Comité de Empresa o Delegados de
Personal.

Estructura de Personal de la Empresa.
Contratación

Listado de todo el personal con relación laboral
común y relación especial.

Contratos de trabajo ordinarios.

Contratos de trabajo temporales.

Contratos de trabajo con empresas de trabajo
temporal

Contratos de trabajo con personal
autónomo

Contratos de obra o servicio determinado.

Contratos de personal directivo

Contratos de trabajo con extranjeros.

Contratos de trabajo con minusvalidos

Contratos de agencia.

Estructura Salarial

Nominas de los últimos 12 meses.

Listado de pagos efectuados de las nominas.

Listado de pagos efectuados fuera de nomina.

Listado de los trabajadores con datos personales y
categorías

Listado incluyendo coste total por mes y año de
los trabajadores.

Listado y documentos de las mejoras sociales a favor de
los trabajadores (seguros, bonus, guarderías,
becas,…etc.)

Hojas declarativas situación familiar a efectos
del IRPF.

Sistemas y Tiempo de Trabajo

Calendario Laboral y turnos de trabajo

Listado de horas extras realizadas en el ultimo
año

Documentación de supuestos movilidades
geográficas y modificaciones sustanciales.

Comunicaciones de promoción interna.

Suspensiones y Extinciones de contratos y
Contenciosos

Listado de los contratos suspendidos indicando sus
causas

Listado de las bajas del personal fijo y sus
causas.

Documentos varios de finiquitos.

Listado de los contenciosos pendientes de la empresa,
con indicación del objeto y riesgo
económico para la empresa.

Representación Legal de los
Trabajadores

Listado que se indique los representantes legales de los
trabajadores y plazo de mandato.

Actas de las últimas elecciones
sindicales.

Seguridad Social

Listado de RED de todos los
trabajadores en alta.

Documentación de asociación a una mutua de
Accidentes de
Trabajo y enfermedades
profesionales.

Libro de visita

Listado de costes a la seguridad social empresa del
ultimo año

Boletines de cotización 6 últimos
meses.

Certificado negativo de descubierto por
cuotas.

X.
Informe Final

a) Conclusiones alcanzadas por el auditor en
relación con los aspectos significativos de la
auditoría, incluyendo cómo han ido siendo resueltos
o tratados los
asuntos excepcionales y las salvedades puestas de manifiesto a
través de la auditoría.

b) Constancia de la naturaleza, momento de
realización y amplitud de las pruebas efectuadas,
incluyendo los criterios utilizados para la selección y
determinación de las muestras, el detalle de las mismas y
los resultados obtenidos.

c) Confirmaciones o certificados recibidos de
terceros.

d) Indicación de quien realizó los
procedimientos de auditoría y cuando fueron
realizados.

e) Constancia de que el trabajo realizado por los
ayudantes ha sido supervisado y revisado.

Los papeles de trabajo son susceptibles de normalización, lo cual mejora la eficacia
de su preparación y revisión.

Los papeles de trabajo del auditor deben indicar las
verificaciones efectuadas, el resultado obtenido y las
conclusiones a las que se hubiera llegado.

Es indispensable que los papeles de trabajo se preparen
con un adecuado sistema de referencias, que permita al usuario
encontrar el origen de la información
utilizada.

Los papeles de trabajo pertenecen al auditor. Deben
tomarse las medidas adecuadas para garantizar la seguridad en su
conservación. No deben destruirse antes de haber
transcurrido el tiempo preciso para satisfacer las exigencias
legales y las necesidades de la práctica
profesional.

Supervisión

La supervisión implica dirigir los esfuerzos de
los profesionales del equipo de auditoría para lograr los
objetivos del examen y comprobar que se lograron esos objetivos.
La supervisión comporta, entre otros, los siguientes
procedimientos:

a) Proporcionar instrucciones a los profesionales del
equipo de auditoría.

b) Mantenerse informado de los problemas
importantes que se presenten.

c) Revisar el trabajo efectuado.

d) Variar el programa de trabajo de acuerdo con los
resultados que se vayan obteniendo.

e) Resolver las diferencias de opinión entre los
profesionales que participen en la auditoría.

El grado de supervisión depende, entre otros
factores, de la complejidad del trabajo y de la capacitación de los profesionales del
equipo de auditoría.

Los profesionales del equipo de auditoría deben
tener un claro conocimiento de sus responsabilidades y de los
objetivos que se persiguen a través de los procedimientos
de auditoría que han de ejecutar. Asimismo, el auditor
debe asegurarse de que dichos profesionales conocen
suficientemente la naturaleza de la entidad en lo que tiene que
ver con el trabajo de auditoría que se puedan
plantear.

Dicho conocimiento debe permitir que se puedan detectar
asuntos conflictivos que, de producirse, deberán ponerse
en conocimiento del auditor para que éste pueda ponderar
su importancia y tomar las decisiones pertinentes.

El trabajo de cada profesional del equipo de
auditoría debe ser revisado al objeto de determinar si se
ha ejecutado adecuadamente y si, como resultado del mismo, pueden
alcanzarse las conclusiones inicialmente esperadas al
diseñar el procedimiento en cuestión.

    1. Antecedentes y Cuestiones Previas
    2. Iniciativa de la Auditoría.
    3. Objetivos perseguidos.
  1. INTRODUCCIÓN.

    1. Alcance y Ámbito.
    2. Limitaciones al alcance.
    3. Metodología.
    4. Período analizado.
    5. Normativa legal aplicable.
    6. Actuaciones practicadas y documentación
      examinada.
    7. Colaboraciones obtenidas.
    8. Estructura del Informe.
    9. Evaluación del Control Interno de la
      Gestión Personal y R.H.
    10. Trámite de información
      previa.
  2. ASPECTOS GENERALES.
    1. Examen de la Regularidad Formal.

      1. Constitución y Legalización
        mercantil.
      2. Sucesiones de empresa y cambios
        de
      3. Titularidad.
      4. Legalización Fiscal.
      5. Legalización Laboral y de Seguridad
        Social.
      6. Legalización
        Administrativa.
      7. Otras Legalizaciones.
      8. Documentación de custodia
        obligatoria.
      9. Protección de Datos.
    2. Obligaciones formales de la Empresa.

      Examen de la Regularidad Formal.

      1. Documentación de
        Identificación personal.
      2. Documentación
        contractual.
      3. Documentación de Salud
        Laboral.
      4. Documentación Fiscal.
      5. Documentación de Registro y Control
        Interno.
    3. Obligaciones Formales del
      Trabajador.
  1. RESULTADOS GLOBALES DE LA COMPROBACIÓN Y
    CONTROL.

3.3 Contratación Laboral

  1. Relación laboral común.
  2. Comunicación de elementos esenciales del
    contrato.

    Representantes de Comercio, Autónomos, Alta
    Dirección, etc.

  3. Relaciones laborales especiales:
  4. Contratación de Extranjeros y
    Comunitarios.
  5. Contratación de Discapacitados.
  6. Contratos de Agencia.
  7. Contratos de puesta a disposición
    (ETT).
  8. Contratos de Arrendamientos Servicios:
    Transporte, limpieza, vigilancia,
    mantenimiento, traducciones, etc.
  9. Contratas y Subcontratas.
    1. Sistema de clasificación
      profesional.
    2. Asignación de categorías y
      Grupos
      Profesionales.
    3. Funciones y cometidos prevalentes.
    4. Polivalencia y Multifuncionalidad.
    5. Ascensos y promociones.
  1. Clasificación Profesional
  2. Movilidad Funcional.
  1. Movilidad funcional ordinaria.
  2. Movilidad funcional extraordinaria.
      1. Semana, mes, trimestre,
        año.

      2. Cómputo Periodificado:
      3. Jornadas ordinarias.
      4. Jornadas Especiales.
      5. Horario, Turnos y Descansos.
      6. Calendario Laboral.
    1. Jornada Ordinaria.

      1. Limitaciones Legales.
      2. Motivadas por Fuerza Mayor.
      3. Recargos, forma de pago y
        Liquidaciones.
      4. Compensaciones en tiempo libre.
    2. Horas Extraordinarias.

      1. Vacaciones
      2. Permisos Retribuidos.
      3. Licencias y Excedencias.
    3. Vacaciones, Permisos, Licencias y
      Excedencias.
  1. Tiempo de Trabajo.
  1. Salarios y Retribuciones.
  1. Percepciones Salariales.
  1. Salario Base
  2. Complementos Salariales.
  3. Gratificaciones Extraordinarias y bonus
  4. Retribuciones en Especie.
    1. Dietas, gastos, indemnizaciones y
      suplidos
    2. Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad
      Social

      Suspensiones y despido.

    3. Indemnizaciones por traslado,
    4. Otras percepciones No Salariales.
  1. Percepciones No Salariales.
  2. Liquidación y Pago.
  1. La Nómina.
  2. Firma del Recibo Individual de salarios
  3. Certificación-notificación de
    retribuciones
  4. Retenciones de IRPF.
  5. Liquidación y pago de incentivos,
    Horas extras, comisiones, etc

3.7.3.6 Modalidad y forma de pago.

    1. Desplazamientos.
    2. Traslados.
    3. Otros Supuestos.
  1. Movilidad Geográfica

    1. Jornada de trabajo y horario.
    2. Régimen de trabajo a turnos.
    3. Sistemas de remuneración.
    4. Sistemas de trabajo y rendimiento.
    5. Cambio de funciones del artº 39.5 del
      E.T.
  2. Modificaciones Sustanciales

3.10 Suspensiones.

  1. Motivadas por la Empresa.
  2. Motivadas por el trabajador.
  3. Mutuo acuerdo.
  4. Expediente Regulación Empresa.
    1. Voluntad unilateral del empresario.
    2. Voluntad unilateral del trabajador.
    3. Voluntad concurrente de ambas
      partes.
    4. Desaparición o incapacidad de las
      partes.
    5. Documento extintivo: liquidación de
      cuentas y finiquito de la relación
      laboral.
  1. Extinciones
    1. Premios y Menciones.
    2. Faltas y Sanciones.
    3. Notificaciones y Expedientes
      previos.
  1. Derecho Disciplinario Laboral.
  1. Salud y Seguridad en el Trabajo.

3.13.1 Documentos Asociación Mutua Accidentes
Trabajo:

Contingencias Comunes y Profesionales.

  1. Concierto Servicio Prevención
    Ajeno.
  2. Evaluación de Riesgos:
    Inicial/Continuada.
  3. Planes de Prevención de Riesgos.
  4. Ejecución de Planes de
    Prevención.

    Trabajo.

  5. Documentación Técnico-Administrativa
    de Acctes.
  6. Planes de emergencia.
  7. Adecuaciones de maquinaria.
  8. Otros Controles.

3.13.10Aseguramiento de la Responsabilidad
Civil por daños los trabajadores.

3.13.11Aseguramiento de las indemnizaciones por
muerte,

Invalidez, etc. Pactadas en Convenio Colectivo
o

Contrato individual.

    1. Representación Unitaria: Delegados de
      Personal, Comités de Empresa, Comité
      Intercentros y Comité Europeo.
    2. Representación Sindical: Delegados
      Sindicales y Secciones Sindicales.
    3. Elecciones Sindicales: Centro de Trabajo, Censo
      Electoral, etc.
    4. Obligaciones de Información y
      Consulta.
  1. Derecho Sindical.
  1. Regímenes Especiales.

    1. Representantes de Comercio, Autónomos,
      etc.
    2. Inscripción de Empresa y Afiliación
      de Trabajadores en los Regímenes
      Especiales.

      Régimen General

    3. Exclusiones.
    4. Inscripción de Empresa.
    5. Afiliación, altas bajas y variaciones de
      trabajadores.
    6. Trabajadores Asimilados al Régimen
      General.
    7. Concierto Gestión telemática por Sistema
      Red.
    8. Cotejo bases de
      datos trabajadores: Empresa/TGSS
    9. Certificaciones situación corriente de
      pago.
  2. Seguridad Social.

3.15.10 Compulsa liquidaciones Seg. Soc./nóminas.

3.15.11 Comprobación cálculo bases de
cotización y conceptos exentos.

3.15.12 Comprobación tipos de
cotización.

3.15.13 Control epígrafes accidentes de
trabajo.

3.15.14 Verificación bonificaciones y
deducciones.

3.15.15 Supuestos especiales.

3.15.16 Pluriempleo, Pluriactividad, salarios
retroactivos, etc.

3.15.17 Verificación plazos de
ingreso.

3.15.18 Suspensiones y aplazamientos.

3.15.19 Descubiertos, Prescripciones, Devoluciones y
Compensaciones.

  1. Infracciones y Sanciones.
    1. Inspecciones, denuncias y
      reclamaciones.
    2. Conflictos y Demandas.
    3. Infracciones y Sanciones.
  1. Procedimientos Judiciales y
    Administrativos.
  2. Conclusiones.
  3. Recomendaciones.

3.19 Anexos.

 

Jesús García Munguira

Auditor Socio Laboral

Partes: 1, 2
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