En casi todos los
países de Europa y América, la democracia que
se practica, está asociada a la forma representativa de
gobierno; no
debemos tener ninguna duda que el sistema de
representación ha garantizado el derecho al sufragio; por
medio de él se ha asegurado el ejercicio de las libertades
políticas y civiles y no hay que dudarlo,
también se ha garantizado la igualdad de
oportunidades para las diversas ideologías que pudieran
entrar en el debate.
Sin embargo, es
imprescindible hacer una revaloración de nuestras instituciones
representativas, tomando en cuenta que estamos viviendo un
renacer del espíritu democrático; hoy, la
consolidación de la democracia involucra nuevos retos al
sistema representativo.
Esa
revaloración dentro del sistema de representación
exige implementar modificaciones sustanciales a través de
la adopción
de mecanismos de participación directa del
pueblo.
Las consultas
libres y auténticas a los gobernados son los instrumentos
mejor logrados para explicar y obtener el sentimiento colectivo
de participación de la gestión
de los gobernantes.
En los
países con un alto índice de conciencia
democrática, como Suiza, Alemania,
Francia,
Italia, Japón,
Republica de China
(Formosa) y España,
entre otros y en muchos de los estados de Estados Unidos de
América, se ha dotado a la sociedad del
referéndum y el plebiscito, que les permite un mayor
control y
dirección de los gobernantes, dentro del
sistema representativo.
Si deseamos
establecer una verdadera democracia funcional en el país,
debemos encontrar las alternativas, para adecuar a ésta, a
un mundo cambiante, en donde la sociedad sea la
protagónica de su propio destino, que participe de las
decisiones de sus gobernantes, natural, dentro de las
limitaciones que debe tener la democracia, para que no se
traduzca en anarquía y los elementos más indicados
de esa participación, son el Referéndum y el
Plebiscito.
El
Referéndum y el plebiscito son realmente las instituciones
que dan una verdadera manifestación de democracia
participativa y un modo de ejercicio de la soberanía y podemos definirlos bajo los
siguientes conceptos:
El
Referéndum es el sometimiento de un proyecto o de una
disposición lega, a la aprobación o
improbación del pueblo, por medio de una votación
popular y directa, pudiendo canalizarse a través de dos
vías, por medio del Congreso Nacional, de Elecciones
formule la convocatoria correspondiente.- Este proceso debe
ser regulado y reglamentado en la ley. La
convocatoria o el llamamiento debe efectuarse cuando se den las
siguientes condiciones:
- Cuando el poder
Legislativo o el Presidente de la República
consideren que una ley, por su trascendencia política, social o
económica, debe ser consultada al pueblo, antes de ser
aprobada por el Congreso Nacional de la Republica. - El sometimiento de una ley
vigente a consideración popular, para que el pueblo
decida y determine si se deroga o no la ley
consultada.
El
Referéndum es una verdadera participación
ciudadana, obligando a los poderes del Estado a
someter al pueblo, reformas legales que inciden en decisiones
trascendentales para la vida de la nación.
El plebiscito es
una concepción más general, el pueblo se limita a
aprobar un acto de los poderes del Estado, como otorgar confianza
al régimen o al presidente de la Republica o Jefe de
Estado, autorizándolos al ejercicio de determinados actos,
u otorgándoles poderes especiales.
Algunos
tratadistas consideran que el plebiscito es siempre un acto
excepcional y extraordinario, VINCULADO A PROBLEMAS DE
HECHO que no suele tener por objeto de medidas legislativas,
sino actos políticos de gran trascendencia. Después
de la primera y segunda Guerra
Mundial, fue el mecanismo o el sistema para decidir la suerte
de algunos territorios y su incorporación a una nación
determinada.
Una vez definidos
los conceptos sobre el Referéndum y el plebiscito,
analicemos bajo el concepto de
representatividad, la clasificación de las formas de
gobierno, según el modo de ejercicio de la
soberanía señalando al efecto tres escalas de
gobierno representativo.
- La representación
puta - La representación
atenuada - La representación de
participación con iniciativa popular.
En el gobierno
representativo puro, los funcionarios electos tienen a su
cargo la fijación de las líneas de acción
a seguir por los poderes públicos.
En el gobierno
de representación atenuada, también son los
gobernantes electos quienes toman la mayoría de las
decisiones políticas, pero se introducen elementos de
participación directa, aún cuando su
utilización depende de la voluntad de los órganos
del poder
público.
El ejemplo
clásico de la representación atenuada la establece
el artículo once (11) de la constitución de la República puede a
proposición del Gobierno, durante las sesiones del
parlamento o a proposición de ambas Cámaras,
publicados en la Gaceta Oficial, someter a Referéndum
cualquier proyecto de la ley que concierna a la organización de las autoridades
públicas, la aprobación para ratificar un tratado
que no siendo contrario a la Constitución,
afectaría el funcionamiento de las instituciones
públicas existentes".
En el Gobierno
representativo de participación con iniciativa
popular, los órganos de representación siguen
siendo el lugar donde se toman la mayor parte de las decisiones
políticas, pero la población tiene la facultad de asumir por
si misma esta función, a
través de la iniciativa popular, a lo que se llama el
"Referéndum" abrogativo".
La diferencia
entre la representación atenuada y la
representación de participación con iniciativa
popular, es que en la segunda, los electores están
facultados para poner en funcionamiento por si mismos, el proceso
de la participación directa.
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