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Teoría de Mercados Oligopólicos y Economías de Escala (página 2)



Partes: 1, 2

Bienes
homogéneos

Las AFP proveen un servicio
homogéneo. Todas se dedican únicamente a la
administración de cuentas de
capitalización individual. Todas se rigen por criterios de
inversión similares, dentro de los límites de
inversión establecidos por la Superintendencia de Banca y Seguros y el
Banco Central
de Reserva. Debido a la presencia de estos límites y el
pequeño tamaño del mercado de
valores doméstico, las diferencias entre las carteras
administradas por las AFP deberían ser
mínimas.

De manera similar, existe poca dispersión entre
las rentabilidades que exhiben los fondos administrados por cada
una de estas instituciones.
Un factor que contribuye a ello, son las regulaciones de rentabilidad
mínima a las que están sujetas.

Finalmente, el retardo en la implementación del
esquema de multifondos, es un factor por el cual aún no es
posible diferenciar significativamente el servicio brindado por
una u otra administradora.

Inexistencia de barreras a la
entrada

A diferencia de lo que ocurrió en Bolivia, donde
la provisión del servicio Pre-visional fue licitada y
otorgada en exclusividad a dos AFP, en Perú las
autoridades no fijaron un límite al número de
instituciones que podían participar en el mercado. La
única regulación importante en relación a
este tema es que las AFP deben tener como único objeto
social administrar el Fondo de Pensiones. El objeto de esta
disposición es proteger al Fondo de Pensiones de los
conflictos de
intereses que pueden presentarse en el ámbito comercial o
en el manejo de la cartera. Así, una AFP no puede ser
una empresa
filial de un banco o de otro intermediario financiero, sin
embargo, los accionistas de una entidad financiera pueden
constituir una AFP.

Información completa y
vigente

Las AFP están obligadas a reportar a la SBS la
siguiente información de publicación mensual:
número de afiliados activos,
número de cotizantes, número de pensionistas (por
modalidad de jubilación, incluidos los montos de
pensión), solicitudes de traspaso (presentadas, aprobadas
y traspasos efectivos), composición de la cartera
administrada (por instrumento financiero, emisor,
categoría de riesgo
equivalente,

etc), rentabilidad obtenida por el Fondo (nominal, real,
acumulada y anualizada), balance
general del Fondo de Pensiones, balance general de las AFP,
estados de ganancias y pérdidas de las AFP, comisiones y
primas cobradas, etc. Como se ve, tanto los trabajadores como los
empresarios interesados en entrar al sistema tienen
acceso a información sobre las variables
claves para la toma de
decisiones.

Bajos costos de
búsqueda

Los costos de búsqueda son bajos, la
información es accesible tanto para los afiliados como
para los inversionistas interesados en el SPP.

Interacción
frecuente

La interacción entre AFP y afiliado que puede
llevar a disciplina en
precios se
encuentra regulada. Los afiliados no pueden movilizarse con total
libertad entre
las distintas administradoras que proveen el servicio. Existe un
requisito mínimo de permanencia de 6 meses para poder
solicitar el traspaso de una AFP a otra. Aunque esta
regulación no puede considerarse exageradamente
restrictiva sí es

entorpecedora.10 Los trabajadores realmente interesados
en traspasarse pueden hacerlo, sin embargo su capacidad de
reacción se ve rezagada.

Existencia de rigideces en los
precios y rentabilidades

Existe un rezago entre el momento en que se decide bajar
las comisiones y la entrada en vigencia de los menores precios.
El artículo 102 del Reglamento de la

Ley del Sistema Privado de Pensiones establece que las
AFP deben informar a la

SBS la tasa de comisión, su estructura y
modalidad de cobro, las cuales entran en vigencia a los ochenta
días de dicha información.

Como se ve, no nos encontramos en un mercado que sea
perfectamente competitivo, tampoco nos encontramos en un mercado
que tienda a exhibir conductas y resultados similares a un
monopolio.
Estamos hablando de un mercado que presenta una
configuración industrial oligopólica, donde se
distinguen algunos elementos de competencia
(bienes
homogéneos, información perfecta, ausencia de
barreras), sin embargo, otros están ausentes o son
débiles (costos del menú altos, interacción
infrecuente). La tarea de las autoridades debería estar
orientada a promover o potenciar los elementos que contribuyen a
la disciplina en precios.

Con todo, todavía quedan algunas preguntas por
responder. ¿Realmente es posible encontrar competencia en
un mercado oligopólico? ¿Qué tan competitivo
puede ser este?

¿Qué factores limitan el resultado en
precios que exhiba este mercado? ¿Cómo operan los
incentivos de
los productores y consumidores? ¿Existen riesgos
asociados a la presencia de un número reducido de
participantes? ¿Siempre habrá
colusión?

Por el momento, podemos señalar que en el caso
que en un mercado compuesto por unas pocas empresas,
existirá un alto grado de dependencia, las decisiones de
una de ellas afectará a los demás. Un mercado
reducido, puede exhibir incentivos para la colusión y la
concertación de precios elevados que permitan obtener
mayores utilidades Sin embargo, también puede exhibir
incentivos para una fuerte competencia en precios. ¿De
qué depende cuál sea el resultado? En la siguiente
sección veremos algunos modelos que
nos ayudarán a entender cómo operan los incentivos
en la determinación de precios dentro del
mercado

oligopólico.

2. ¿Es
posible la competencia en precios en un mercado
oligopólico como el de las AFP?

2.1 El modelo de
Bertrand:

Nos señala que un mercado oligopólico
puede exhibir un precio
competitivo si se cumplen las siguiente condiciones:

• Las n firmas que participan
en el mercado ofrecen bienes idénticos (no
diferenciables).

• Las empresas presentan costos de
producción constantes
de c por
unidad. Asimismo, exhiben retornos constantes a escala.

• Existe un solo periodo de
tiempo
en
que las empresas interactúan.

No existen restricciones de
capacidad
. Cualquiera de las empresas puede abastecer a toda
la demanda del
mercado.

Para empezar, la primera condición implica que,
desde el punto de vista del consumidor los
bienes producidos por las distintas empresas de esta industria sean
considerados sustitutos perfectos. Por tanto, el
consumidor simplemente comprará al productor que cargue el
precio más bajo.

Supongamos que la demanda del mercado es una función
del precio tal como q=D(p) . En una situación en
que las n empresas carguen el mismo precio (sea cual fuera
el nivel de este), se repartirán la demanda del mercado en
igual proporción. Es decir cada una enfrentará una
demanda 1/n D(p).

Sin embargo, las empresas conocedoras de que ofrecen un
bien homogéneo y sabiendo que el consumidor
trasladará su consumo a
aquella que cargue el menor precio, tendrán incentivos a
fijar un precio inferior al que podrían fijar sus pares.
Así ellas lograrían llevarse toda la demanda del
mercado D(p), mientras sus competidoras que exhiben un
precio superior perderían por completo el mercado, es
decir enfrentarían una demanda igual a
cero.

Para simplificar el análisis supongamos que existen sólo
2 empresas. La demanda que captarían estas dos empresas
ante diferentes escenarios de precios se resume de la
siguiente

manera.

Los beneficios que podrían obtener dichas
empresas están expresados por:

 

El beneficio agregado de las empresas que
componen este mercado nunca será mayor al beneficio
que obtendría un monopolista
(
Πm).

La explicación está en el hecho que las
firmas escogen sus precios óptimos (p1*, p2*) de forma tal
que maximizan sus beneficios dado el precio adoptado por la otra
empresa. En el
caso de un mercado como el descrito, en un intento por obtener
toda la demanda, ambas empresas reducirán sus precios lo
más posible para ganarle el mercado a la otra.

Finalmente, ambas terminarán cargando
simultáneamente el mismo precio, que será igual al
costo de
producción del bien en cuestión: p1* = p2* = c.
Es decir, sin proponérselo, ambas firmas terminarán
cobrando el precio competitivo, que corresponde al equilibrio de
Nash.11

Para probar la veracidad de esta afirmación
veamos que es lo que pasa en algunas situaciones distintas a este
equilibrio.

Si p1*>p2*>c la empresa 1 se
quedaría sin demanda, por lo tanto su beneficio
sería Π1=0.

Mientras que si c<p1*<p2* la empresa 1
capturaría toda la demanda del mercado y su beneficio
sería Π1=(P1-C).D(p1) puesto
que tiene un margen de ganancia positivo igual a

(p1*-c)>0. Queda claro entonces que existe un
incentivo a cargar el menor precio y obtener beneficios
positivos.

Ahora supongamos que p1*=p2*>c ambas empresas se
repartirían el mercado equitativamente, con lo cual la
empresa 1 obtendría un beneficio de
Π1=(P1-c).½ D(p*). Sin embargo, si
la empresa 1 cargase un precio ligeramente menor
p1*-ε sus beneficios
serían

Π1=
(P1-ε-c).D(p1-ε),
mayores a los del caso anterior. Mientras tanto, la firma 2
obtendría beneficios Π2=0.
Por tanto, la empresa 2 estaría interesada en reducir su
precio. Sin embargo existe un límite inferior para la
reducción en los precios. El precio debe por lo menos
cubrir el costo de
producción del bien transado. Por tanto ambas firmas
cargarán exactamente p*=c.

Las conclusiones de este modelo son

1) Las empresas cobran un precio igual al costo marginal
de producción.

2) Las empresas no obtienen beneficios
económicos.

Estas conclusiones sugieren que basta con que exista un
duopolio para que se restaure la competencia. Por ello, este
resultado recibe el nombre de paradoja de Bertrand.

Sin embargo, es difícil creer que en una
industria que cuenta con pocas empresas, éstas no tengan
éxito
en manipular el precio del mercado con el objetivo de
obtener beneficios. En el caso de las AFP uno podría
preguntarse ¿Por qué habrían de entrar al
mercado si no van a obtener beneficios?

Existe una serie de factores que van a alterar los
resultados de este juego, entre
ellas se encuentran las restricciones de capacidad de
producción. En el caso de las AFP, la ausencia de retornos
decrecientes a escala y el rezago con el cual una empresa puede
modificar sus precios son dos factores que desalentarán la
colusión. Debido a que las AFP tienen retornos crecientes
a escala, ellas podrán recortar los precios si aumentan
significativamente el volumen de
afiliados. El incentivo para disminuir los precios se verá
reforzado si con ello es posible robar mercado a las otras, que
solo pueden modificar precios de manera rezagada.

2.2 Las
restricciones de capacidad y retornos de escala en la
producción

La literatura existente que
analiza el problema de costos de los sistemas
pre-visionales señala que las AFP no han podido reducir
sus costos debido a que aún no presentan economías
(crecientes) de escala o por el contrario sustentan que los
costos se verán reducidos conforme los sistemas
pre-visionales alcancen dichas economías de escala.
Pero

¿a qué se refieren con el término
economías (crecientes) de escala y cómo
éstas se relacionan con los costos?

Economías de escala es el término
utilizado para referirse a la forma en que varía la
producción al incrementar los factores que intervienen en
la función de producción de todos los bienes. Las
empresas que requieren incrementar sus insumos productivos en
cada vez mayores proporciones para mantener un incremento
constante en sus niveles de producción presentan retornos
a escala decrecientes. Por el contrario, aquellas que necesitan
contratar cada vez menos factores para incrementar la
producción a un ritmo constante presentan retornos a
escala decrecientes. En términos de costos, las primeras
empresas exhibirán costos marginales crecientes mientras
las segundas incurrirán en costos marginales
decrecientes.

Estudios efectuados sobre la industria pre-visional y el
sistema de capitalización individual a nivel regional,
revelan que las AFP presentan retornos decrecientes a escala.
Debido a esto, conforme presten servicios a un
mayor número de afiliados y administren un
fondo

Pre-visional mayor, podrán cobrar comisiones
menores para los afiliados.

No obstante, nos interesaría saber qué tan
bajas podrán llegar a ser estas comisiones.
¿Las

AFP que presentan estas características de
producción realmente fijarán precio (comisiones)
excesivos similares al precio que impondría un
monopolista? ¿Las comisiones podrán llegar a ser
tan bajas como el precio que exhibiría un mercado
perfectamente competitivo?

En términos del modelo de competencia de precios
en un mercado oligopólico, se puede dar respuestas a todas
estas preguntas una vez que incorporemos restricciones a la
capacidad dentro de un modelo de competencia en precios para un
mercado oligopólico.

Las restricciones de capacidad que presentan las
empresas vienen definidas por el tipo de economías de
escala que exhiben las firmas.

De hecho, a diferencia de lo contemplado por el modelo
de Bertrand, en el mundo real las empresas enfrentan
restricciones de capacidad. Las empresas no pueden producir una
cantidad infinita de bienes incurriendo en un costo marginal
constante. Por el contrario, es mucho más común
encontrar empresas que presentan costos marginales crecientes
(rendimientos decrecientes a escala) o, que como las AFP,
presentan costos marginales decrecientes (rendimientos crecientes
a escala). Analicemos las implicancias que tendrán estas
características de la producción sobre el nivel de
precios que exhibirá el mercado de

AFP.

2.2.1 Las AFP y los rendimientos crecientes a
escala

Como habíamos mencionado, el equilibrio de
Bertrand descrito en la sección anterior tiene
limitaciones, especialmente cuando consideramos un mercado que,
como el SPP, transa un bien homogéneo. Precisamente una de
las mayores dificultades es que con bienes homogéneos o
sustitutos cercanos, el equilibrio de Bertrand similar al
competitivo p*=CMg no existirá una vez que se remueva el
supuesto de costos marginales constantes.

En cambio, un
mercado oligopólico como el SPP, donde las AFP exhiben
rendimientos crecientes a escala, tendrá como resultado
precios menores a los de monopolio pero mayores a los de competencia
perfecta (P*<P<Pm). Las estrategias que
siguen los participantes de dicho mercado al determinar los
precios y la dinámica por la cual se llega al equilibrio
es mucho más compleja que en el simple modelo de
Bertrand.

Empecemos analizando las características de las
funciones de
costo de este mercado. El que las AFP presentan retornos
crecientes a escala en la producción significa que los
costos totales de producción (de brindar el servicio de
administración de fondos previsionales)
aumentan a un ritmo menor conforme el número de unidades
producidas es mayor (conforme se atiende a un mayor número
de afiliados y se administra un fondo más
grande).

Debido a estas características de la
producción, la función de costo total de las
administradoras CT= Ci(qi) será creciente y
cóncava. Ello implica que los costos marginales
CMg=Ci’(qi) (el costo asociado a la última CIC
administrada) y los costos promedio (el costo unitario)
CMe=Ci(qi)/qi disminuyen conforme se atiende a un nuevo
afiliado.

Costos totales CT= Ci(qi) Costos marginales
CMg=Ci’(qi)

Ci’(qi)>0 Ci’’(qi)<0 Costos
medios
CMe=Ci(qi)/qi

Específicamente en el caso de empresas que
presentan retornos crecientes a escala, la teoría
señala que se dará una competencia destructiva en
precios que los reducirá al nivel de los costos
marginales.14 Nótese que una empresa que cuenta con CMg
decrecientes, puede obtener ahorros significativos de costos si
opera a gran escala. Por ello será capaz de reducir
precios significativamente si produce en grandes
volúmenes. Habrá por tanto un incentivo a reducir
precios para asegurar el abastecimiento a una gran porción
del mercado.

Sin embargo, p=C’(q) (el nivel de precios de
competencia perfecta) no podrá ser un equilibrio en el
mercado oligopólico ya que a dicho nivel las empresas no
cubrirán sus costos medios e incurrirían en
pérdidas. (Ver gráfico anterior). Debido a que esta
situación va a producirse siempre, llama la atención que las empresas participen en el
mercado. Así, el modelo de Bertrand con economías
crecientes de escala falla al no señalar un
equilibrio.

Debido a que la teoría de los oligopolios es
más relevante en el caso de mercados con
economías de escala significativas, esta falta de
existencia de equilibrio es un serio inconveniente. Sin embargo,
el problema de no existencia es resuelto una vez que se
reinterpreta el momento en que se produce y eligen los precios.
En la literatura ello se discute en la literatura de mercados
contestables. Como veremos a continuación, la clave es que
la empresa no necesita incurrir en los costos fijos a menos que
realmente tenga éxito en capturar el mercado.

2.2.2 Lecciones de la teoría de mercados
contestables

El modelo de mercados contestables pertenece a la familia de
modelos que analizan industrias que
presentan barreras naturales a la entrada. De acuerdo a estos
modelos, los rendimientos crecientes a escala exhibidos por
industrias como el SPP explican la estructura de mercado
imperfectamente competitiva. Debido a que este tipo de industrias
requiere de grandes costos fijos para la producción del
bien ofrecido, los participantes potenciales se ven desalentados
de entrar. No obstante, la existencia de restricciones naturales
a la entrada no es sinónimo de la existencia de los
beneficios supranormales de los que se acusa a las
AFP.

Por un lado, Bain (1956) señala que si bien las
economías crecientes a escala implican altos costos fijos
de inicio de operaciones que
desalientan el ingreso de nuevos participantes, también
implican que las empresas tendrán incentivos a producir en
gran escala de manera que los costos fijos se diluyan entre el
número de unidades producidas. En consecuencia, si la
escala mínima eficiente implica producir para una
porción significativa de la demanda, el mercado
podrá estar compuesto de sólo unas pocas
firmas.

Sin embargo, Baumol, Panzar y Willig (1982) argumentan
que la existencia de una o de un número limitado de firmas
no significa que no haya competencia en precios y que tan solo el
hecho de que potencialmente exista competencia (es decir solo la
amenaza de entrada de nuevos participantes) serviría para
disciplinar a las firmas ya establecidas. Veamos por qué
ocurre esto.

Consideremos una industria compuesta por n
empresas que ofertan un bien homogéneo.

Digamos AFP que ofrecen servicios de administración de fondos de pensiones.
Todas las

AFP tienen la misma tecnología y exhiben
la misma función de costos C(q). Supongamos además
que si la producción es nula, los costos son cero.
Separemos las empresas en dos grupos: (i) las
cuatro AFP que ya se encuentran operando y (ii) n-4 AFP
aspirantes que estarían interesadas en entrar al mercado
en algún momento. Supongamos además que la
configuración del mercado es tal que a un precio p, las 4
AFP se dan abasto para atender a todo el mercado. Este supuesto
es bastante cercano a la realidad ya que existe la obligatoriedad
de afiliación al sistema para los trabajadores formales, y
el volumen de afiliados a las AFP incluso supera en número
a los trabajadores que operan en dicho segmento del mercado de
trabajo. Los
trabajadores informales no participan en este mercado pues para
ellos no existe obligatoriedad.

Dados los niveles de comisión vigentes p, el
nivel de producción alcanzado en conjunto por las AFP
iguala a la demanda de mercado que existe por dicho servicio
q1+q2+q3+q4=D(p).

Además, a dicho precio cada una de las AFP
obtiene beneficios positivos pqi≥C(qi).

La teoría económica predice que dichos
beneficios serán sostenibles si no existe la posibilidad
de que alguna aspirante entre al mercado y obtenga beneficios
dado el nivel de comisiones vigente. Es decir, si las aspirantes
a AFP saben que no existe oportunidad de que, cobrando comisiones
menores a las vigentes pe<p y produciendo una
cantidad

qe≤D(pe), puedan obtener beneficios peqe>C(qe) en
el mercado del SPP.

Por el contrario, en caso de que la amenaza de nuevos
participantes fuese creíble (si

peqe>C(qe)), la competencia potencial introducida por
las aspirantes sería suficiente para imponer una
disciplina sobre los precios y sobre los beneficios que obtienen
aquellas AFP que se encuentran operando en el mercado.

Así, la teoría de los mercados
contestables señala que en mercados oligopólicos
(incluso en los monopólicos) la competencia no
está en el número de firmas que operan
sino en
la facilidad con la cual firmas nuevas pueden entrar (y
salir) al (del) mercado y desafiar una participación del
mercado.

Para ilustrar estas ideas supongamos el siguiente
ejemplo de tecnologías con retornos crecientes a
escala.

C(q)=fq-cq2

C’(q)=f-c/2q

C’(q)/q= f-cq

Dejemos que ΠM=max
P(q)q-C(q) represente los máximos beneficios que puede
obtener el monopolista. La figura muestra la
única configuración sostenible en esta
industria.

Como habíamos señalado anteriormente al
precio competitivo p*=C’(q) las AFP estarían
obteniendo pérdidas. Las AFP que operan en el mercado
cargarán un precio pc y ofrecerán una cantidad como
qc. El par (pc, qc) es obtenido de la intersección de la
curva de costo medio con la curva de demanda. A ese nivel de
precio los beneficios que obtendrá la AFP
serán:

Π= pc D(pc) –
C(qc) = 0

Pc es el precio contestable. A dicho precio no existe la
amenaza del ingreso de nuevos participantes al mercado. Una
aspirante a AFP que cobrase un precio menor a pc y produjera una
cantidad positiva perdería dinero debido
a que su precio no alcanzaría para cubrir los costos
marginales de producción C’(qc). Por otro lado, del
gráfico se desprende que el precio contestable va a ser
siempre menor al precio de monopolio pm.

Uno podría sostener que las AFP van a aprovechar
de su estructura de mercado para cargar precios superiores a
p>pc para un nivel de producción qc y así
obtener beneficios. Sin embargo ello no podría ser una
estrategia
sostenible. Una aspirante podría recortar este precio
ligeramente y obtener beneficios positivos, quitándole a
las otras parte del mercado.

La teoría de los mercados contestables
concluiría por tanto, que las firmas que operan en la
industria son tecnológicamente eficientes y que obtienen
un beneficio económico nulo15.

Además, la teoría predice que las empresas
fijarán un precio igual al costo medio. Este resultado es
el más eficiente que se puede obtener dado que no existe
un subsidio que les permita producir a un precio como P*=CMg sin
producir pérdidas.

Dado que en el transcurso de los 10 años de
funcionamiento del SPP hemos observado una tendencia hacia la
fusión
de administradoras y no al ingreso de nuevas AFP, podemos intuir
que las AFP están operando con un nivel de precios como
pc=CMe(qc), que es el precio mínimo que pueden cargar
dadas las características de la función de
producción.

Si fuese verdad que las AFP cobran precios elevados
(p>pc) y obtienen utilidades excesivas, existirían
grandes incentivos para el ingreso de nuevas administradoras al
mercado. Como ello no ha ocurrido, la teoría
económica nos diría que dichas acusaciones carecen
de fundamento.

Así, podemos señalar que el solo hecho de
que exista la posibilidad de entrada de nuevas administradoras16
debería estar ejerciendo un efecto disciplinario en el
comportamiento
de las AFP que se encuentran operativas. Las AFP se comportan de
una manera competitiva dentro de los límites impuestos por su
estructura de costos.

Si tal industria se comportara como un mercado
perfectamente contestable, estaría mucho más cerca
de cobrar el precio competitivo p*=C’(q). Sin embargo, en
la ausencia de competencia real, las posibilidades de que surja
competencia son bastante efectivas para disciplinar el
mercado.

Como se ve, el desarrollo de
la teoría de los mercados contestables ha tenido un gran
impacto en el análisis económico. Durante un largo
tiempo se creyó que una industria que exhibía
considerables retornos crecientes a escala no podía operar
competitivamente y por tanto tenía que ser nacionalizada o
severamente regulada. Hoy sabemos que ello no es cierto. La
presencia de industrias con retornos crecientes a escala es menos
problemática de lo que podría parecer a primera
vista.

Resumen

Las lecciones desprendidas del análisis pueden
ser resumidas en lo siguiente:

El número de participantes es determinado por
la combinación de la tecnología de
producción y el tamaño de la demanda
. El hecho
de que el SPP haya experimentado fusiones de las empresas
participantes, con lo cual paso de tener 8 a 4 administradoras,
no responde a "estrategias" para concentrar el poder de mercado
sino a causas naturales.

Suponiendo que las AFP están operando con
eficiencia en
costos, la teoría económica predice que en un
mercado que enfrenta una demanda potencial de 2.7 millones de
trabajadores no hay espacio para mas de 4 participantes que
obtienen beneficios económicos nulos, es decir, que no
generan rentabilidades superiores a otras alternativas de
inversión existentes.

El sistema de incentivos para la competencia tiene
componentes que van más allá del número de
participantes.
Si bien el mercado de AFP tiene una
composición oligopólica, el grado de competencia
que presente el mercado va a depender de la combinación de
esta característica y la existencia de barreras a la
entrada, rigideces en los precios, información completa,
etc.

Un mercado oligopólico puede exhibir el mismo
resultado de competencia perfecta
. De acuerdo a la
teoría económica, es incorrecto afirmar que en un
mercado oligopólico como el de las AFP no existe
competencia en precios. De hecho, la teoría
económica predice que en un mercado oligopólico que
exhibe costos marginales constantes, donde pocas empresas ofrecen
un bien que sustituye perfectamente a los que producen sus
adversarias, la única señal que distingue a una
empresa de otra es el nivel de precios que carga por sus productos. Por
tanto, en un esfuerzo por abarcar un mayor segmento de la
demanda, termina desencadenándose una competencia en
precios.

Ante la existencia de economías de escala, el
precio exhibido por el mercado oligopólico

no podrá igualar al de competencia perfecta,
pero ello no es sinónimo de ausencia de competencia en
precios.
Dadas las características de la
función de producción con economías de
escala que exhiben las AFP, el menor precio que puedan cargar
estas empresas no podrá ser similar a los niveles que se
observaría en un mercado competitivo.

Mientras el mercado competitivo carga un P=CMg el
mercado oligopólico con economías de escala
cobrará P=CMe>CMg. Sin embargo, las AFP enfrentan
competencia dentro del mercado oligopólico y
tendrán incentivos a cobrar el menor precio posible, en
este caso su costo medio. Este hallazgo tiene implicancias en
términos de regulación. Bajo el supuesto que las
AFP operan eficientemente, la única manera de reducir los
precios es permitiéndoles reducir sus costos medios. Ello
podría lograrse, por ejemplo, fomentando la
ampliación de la base de afiliados.

Los grandes costos fijos de operar en el mercado
constituyen una barrera natural a la entrada, pero ello no
implica la existencia de beneficios supranormales.
Si las AFP
estuvieran generando utilidades excesivas, existirían
grandes incentivos para el ingreso de nuevas administradoras al
mercado. Como ello no ha ocurrido, es probable que dichos
incentivos no existan.

Sin embargo, la sola amenaza de entrada de nuevos
participantes, lleva a que las empresas participantes cobren el
menor nivel de precios que les permite mantenerse en el mercado.
El grado de competencia no se debe medir por el número de
administradoras existentes, sino por la facilidad con que AFP
nuevas podrían entrar.

 

David Andrade Valladares

 

Partes: 1, 2
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