- Remuneración
- Salario
mínimo - Fijación de las
remuneraciones mínimas - Cobertura
del salario mínimo - Efectos del
salario mínimo - El nivel del
salario mínimo - Evolución del
salario mínimo - Conclusiones
del Estudio - Bibliografía
Introducción:
Uno de los elementos esenciales en toda relación
de trabajo es la
remuneración .la trascendencia de este tema a requerido
una detallada y necesaria intervención tanto legislativa y
económica para poder ser
regulado además de requerir del reconocimiento
constitucional e internacional de este derecho que no se limita
solo a convenios con la OIT si no que alcanza a instrumentos como
la declaración universal de los derechos humanos
en nuestro país tenemos el articulo 23 de la constitución de 1933 en el que
señala que nadie esta obligado a prestar trabajo sin
retribución mientras que el articulo 24 dice que el
trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y
suficiente que procure para el y su familia bien
estar material
como es posible darse cuenta la dimensión
económica recae precisamente en el poder de compra y la
demanda pues
de los salarios depende
lo mencionado pero la composición de este pasa por un
sueldo mínimo
Resumen:
1.-Remuneración:
Constituye remuneración el íntegro de lo
que el trabajador recibe por sus servicios, en
dinero o en
especie, cualesquiera sean la forma o denominación que se
le dé, siempre que sea de su libre disposición. Tal
concepto es
aplicable para todo efecto legal, tanto para el cálculo y
pago de los beneficios previstos en la presente Ley, cuanto para
impuestos,
aportes y contribuciones de la seguridad
social y similares que gravan las remuneraciones,
con la única excepción del Impuesto a la
renta que se rige por sus propias normas.
2.-SALARIO
MÍNIMO:
Remuneración mínima vital es la cantidad
menor fijada con arreglo a ley a que tiene derecho todo
trabajador que labora una jornada ordinaria de trabajo completa.
Se entiende por tal la que se cumple usualmente en la empresa o
centro de trabajo.
En caso de jornada inferior o de trabajo por horas, la
remuneración mínima se abona en forma directamente
proporcional al tiempo
efectivo trabajado.
Cuando la remuneración es variable, debe garantizarse una
cuantía no inferior a la remuneración mínima
vital, en una jornada ordinaria de trabajo.
En el Perú La Remuneración Mínima
Vital (que así se llama exactamente) asciende a la fecha a
la suma de S/. 460.00 mensuales ó S/.15.33 diarios,
según sea el caso; de acuerdo a lo establecido por el
Decreto de Urgencia Nº 022-2003 (13/09/2003).
3.-Fijación de
las remuneraciones mínimas
Las remuneraciones mínimas son fijadas y
reajustadas, a propuesta del Consejo Nacional del Trabajo,
mediante decreto supremo, el cual no puede modificarla cuando es
adoptada en forma unánime en el caso del
Perú.
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