Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Sistemas Jurídicos (Perú)



Partes: 1, 2

    1. Sistemas procesales en materia
      Procesal civil
    2. Sistemas
      notariales
    3. Sistemas del
      Procesal penal
    4. Derecho
      constitucional comparado
    5. Sistema
      presidencialista y sistema parlamentarista
    6. Sistema de
      organización del Parlamento
    7. Sistemas
      registrales
    8. Sistemas
      registrales declarativos y sistemas registrales
      constitutivos
    9. Sistemas
      registrales convalidantes y sistemas registrales no
      convalidantes
    10. Sistema del
      folio real y sistema del folio personal
    11. Sistemas de
      inscripción y sistemas de
      trascripción
    12. Sistemas
      registrales con archivo de títulos y sistemas
      registrales sin archivo de títulos
    13. Sistemas
      registrales de publicidad completa y sistemas registrales de
      publicidad incompleta
    14. Sistemas
      registrales con fe pública registral y sistemas
      registrales sin fe pública registral
    15. Sistemas
      registrales con legitimación y sistemas registrales sin
      legitimación
    16. Sistemas
      registrales con doble venta y sistemas registrales con una
      venta
    17. Sistemas
      registrales de registro de Derechos y sistemas registrales de
      registro de documentos
    18. Sistemas
      registrales
    19. Sistema registral
      peruano
    20. Sistemas de
      traslación de dominio
    21. Sistema causal
      -Sistema abstracto

    1.
    INTRODUCCIÓN

    Existen en la actualidad tantos sistemas
    jurídicos como estados existen, en tal sentido podemos
    hablar de sistema
    jurídico peruano, de sistema jurídico español,
    de sistema jurídico argentino, de sistema jurídico
    alemán, de sistema jurídico inglés,
    entre otros sistemas jurídicos.

    Además de estos sistemas jurídicos existen
    criterios para agrupar a los sistemas jurídicos de los
    diferentes estados, entre los cuales podemos mencionar los
    sistemas procesales, los sistemas notariales, los sistemas
    registrales, los sistemas de gobierno, entre
    otros sistemas, dejando constancia que en muchos casos se
    consagran no sólo sistemas opuestos sino también
    sistemas mixtos.

    Luis Diez Picazo precisa que el conjunto normativo no
    debe considerarse como inarmómico y heterogéneo.
    Además precisa aunque muchas veces dentro del entero
    conjunto no existe una total racionalidad entedendida como una
    lógica
    precisa, pues muchas de las normas preceden
    de momentos históricos distintos y han obedecido a
    impulsos o motivaciones de signo diferente, el conjunto normativo
    debe integrarse o tratar de integrarse en un sistema. Aunque no
    sea un sistema a priori, por que todas sus diferentes partes no
    se encuentren enlazadas entre si desde el punto de vista de la
    logica estricta, debemos entender que lo es en la medida que
    todas sus partes deben estar impregnadas por una interna
    coherencia y ser solidarias entre si, de manera que el conjunto
    pueda considerarse como lo que modernamente se ha llamado una
    estructura.
    Pero si el sistema no es un dato a priori, puede pensarse como
    una labor a posteriori. De alguna manera podríamos decir
    que hay que construir el sistema o sistematizar el conjunto
    normativo para su mejor entendimiento y
    aplicación.

    En esta definición de sistema jurídico de
    Luis Diez Picazo se aprecia que todas las normas conforman una
    estructura a la cual se le denomina sistema
    jurídico.

    2.
    SISTEMAS PROCESALES EN MATERIA
    PROCESAL CIVIL

    El jurado es una característica de algunos
    sistemas procesales que son doce y la diferencia entre jueces de
    hecho y jueces de derecho es clara en dichos sistemas procesales
    en los cuales el jurado es un juez de hecho mientras que los
    Magistrados son jueces de derecho. En estos Sistemas Procesales
    el jurado tiene el veredicto y el Magistrado es el que redacta la
    sentencia. El sistema procesal peruano no admite la existencia
    del jurado.

    Es decir, en los sistemas procesales que admiten la
    existencia del jurado el jurado es el que decide el proceso. El
    juez no decide quien tiene la razón sino que sólo
    redacta la sentencia.

    Para Juan Monroy Galvez en el derecho
    procesal civil los sistemas jurídicos existentes son
    los siguientes:

    1. SISTEMAS PUBLICISTAS.
    2. SISTEMAS PRIVATISTICOS

    El Código
    Procesal Civil sigue un sistema publicista a diferencia del
    Código
    de Procedimientos
    Civiles que seguía un sistema
    privatístico.

    En el derecho
    comparado es de vital importancia el estudio de los principios por
    que gracias al estudio de los principios pueden efectuarse con
    mayor precisión estudios de derecho comparado. Por ejemplo
    en el derecho procesal civil los principios del procedimiento se
    clasifican en principios del procedimiento que orientan un
    sistema privatístico y principios del procedimiento que
    orientan un sistema publicístico. Es decir, gracias al
    estudio de los principios del procedimiento se clasifica a los
    sistemas procesales en sistemas publicísticos y sistemas
    privatísticos.

    El sistema procesal civil peruano es un sistema procesal
    publicístico.

    Juan Monroy clasifica los principios del procedimiento
    que orientan cada uno de estos dos sistemas, es decir, clasifica
    los principios del procedimiento que orientan el sistema procesal
    privatístico y el sistema procesal
    publicístico.

    PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO QUE ORIENTAN UN
    SISTEMA PRIVATISTICO

    Los principios del procedimiento que orietan un
    sistema privatístico son los siguientes:

    1. Principio de Iniciativa de parte.
    2. Principio de defensa privada.
    3. Principio de congruencia.
    4. Principio de impugnación privada.

    PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO QUE ORIENTAN UN
    SISTEMA PUBLICISTICO

    Los principios del procedimiento que orietan un
    sistema publicístico son los siguientes:

    1. Principio de dirección judicial del
      proceso.
    2. Principio de impulso oficioso.
    3. Principio de inmediación.
    4. Principio de concentración.
    5. Principio de la buena fe y de la lealtad
      procesales.
    6. Principio de economía
      Procesal.
    7. Principio de celeridad procesal.
    8. Principio de socialización del proceso.
    9. Principio de integración del derecho
      procesal.
    10. Principio de vinculación y elasticidad.
    11. Principio de adquisición.
    12. Principio de preclusión.

    Es decir, mas principios del procedimiento orientan un
    sistema procesal publicístico en relación a los
    principios que orientan un sistema procesal
    privatístico.

    Los sistemas procesales son sistemas mixtos en tal
    sentido el sistema procesal civil peruano si bien es un sistema
    procesal publicístico, también es orientado por
    el sistema procesal privatístico.

    Para Jorge Urquizo Perez los sistemas procesales se
    clasifican en sistemas procesales inquisitivos y sistemas
    procesales dispositivos.

    Jorge Urquizo Perez precisa que el sistema procesal
    inquisitivo se caracteriza por que el Juez de oficio inicia la
    investigación y realiza toda la actividad
    procesal orientado a reconstruir los hechos y llegar a la verdad.
    Con este objeto utiliza todos los medios
    probatorios que le está permitido, impulsa el proceso de
    oficio, dirige en forma personal y
    directa todas las diligencias y actuaciones
    judiciales.

    Este sistema se caracteriza por las amplias facultades y
    poderes que goza el juez como director del proceso, para lograr
    la reconstrucción artificial de los hechos en el proceso y
    establecer quien tiene la razón llegando a la verdad real
    procesal.

    Hugo Alsina afirma que el sistema procesal dispositivo
    se caracteriza por que el juez no puede iniciar de oficio el
    proceso solo tiene en cuenta los medios probatorios aportados por
    las partes, tiene por ciertos los hechos en los que están
    de acuerdo las partes, la sentencia debe pronunciarse sobre la
    base de lo probado y alegado, por lo tanto, el juez no puede ir
    mas allá de la demanda. En
    este sistema procesal las partes ejerciendo el poder de
    acción,
    proponen la pretensión que debe ampararse por la autoridad
    jurisdiccional, actúan todas las pruebas que
    consideren convenientes, el juez permanece al margen del proceso,
    ya que no se le permite realizar actividad procesal para
    establecer quien tiene la razón y el derecho, el juez de
    acuerdo a lo que aparece del proceso y en base a la prueba
    producida y aportada por las parte cuya verdad procesal
    podría ser o no la que concuerda con la verdad real
    procesal.

    Para Jorge Urquizo Perez el nuevo Código Procesal
    Civil ha adoptado principios de los dos sistemas procesales pero
    se inclina por el sistemas procesal inquisitivo.

    Para Adolfo Alvarado Velloso el sistema acusatorio o
    dispositivo se caracteriza por lo siguiente:

    1. El proceso se inicia sólo por acción
      del interesado.
    2. El impluso procesal lo efectúan los
      interesados, no el juez.
    3. El acusado o demandado sabe desde el comienzo quien y
      por que se lo acusa o demanda.
    4. Las partes saben quien es el juez.
    5. El proceso es público, lo que elimina
      automáticamente la posibilidads del
      tormento.

    Para el mismo autor el sistema inquisitivo se
    caracteriza por lo siguiente:

    1. El proceso se inicia por acción
      (acusación) denuncia o de oficio.
    2. El impulso procesal es efectuado por el
      juez.
    3. El acusado o demandado no sabe desde el comienzo
      quien ni por que se lo acusa o demanda.
    4. El acusado puede no saber quien es el
      juez.
    5. El proceso es secreto, lo que posibilita el
      tormento.

    Partes: 1, 2

    Página siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter