- Tipos de
herederos - Tipos o clases de
sucesión - Elementos de la
sucesión - Causas para
excluir de la herencia a los herederos
forzosos - Petición
de herencia - Casos del sujeto
pasivo en esta acción - Características del
testamento - Capacidad
- Testamento en
escritura pública (abierto) - Testamento
cerrado - Testamento
ológrafo - Testamento
militar - Testamento
marítimo
La sucesión es la transmisión de los
bienes,
derechos y
obligaciones,
que constituye la herencia, los
cuales son heredados a los sucesores desde el momento de la muerte de
una persona (a.
660).
Inter Vivos: es la transmisión
patrimonial que se transmite en vida, Ej. Compra venta, permuta,
etc.
Mortis Causa: relación muerte
causante, que implica la transmisión de la masa
hereditaria a los herederos.
TIPOS
DE HEREDEROS
Herederos forzosos: son aquellos que
necesariamente tienen que estar incluidos en la herencia,
Ej. Hijos (por parentesco consanguíneo),
cónyuge (por parentesco de afinidad).
Herederos voluntarios: son aquellos que no
siempre están incluidos en la herencia, ya que es facultad
del testador, hacerlos sus herederos, Ej. Hermanos,
tíos, primos, sobrinos.
Legatarios: son las personas nombradas por
el causante o testador para la
administración de la masa hereditaria.
TIPOS O CLASES DE
SUCESIÓN
Sucesión testamentaria: solo se
puede dar por vía notarial.
Sucesión intestada: puede ser en
vía notarial o judicial (el proceso para
estas sucesiones es
seguido por vía no contenciosa).
ELEMENTOS DE LA SUCESIÓN
Elementos necesarios:
son.-
* Causante: es la persona fallecida es importante
por que sin ella no hay transmisión sucesoria.
Elementos Personales: son los sucesores o
herederos, que puede ser los llamados por ley (herederos
forzosos), o aquellos que el causante ha designado antes de
su muerte, a estos herederos se llama causas habientes,
Ej. Hijos alimentista y conviviente.
Elementos reales: son aquellos que
comprenden a los herederos y legatarios.
Elementos formales: están
constituidos por.-
* La apertura de la sucesión.
* La vocación del sucesor.
* Aceptación por parte de los
herederos.
Página siguiente |