Derecho Sancionador (Perú)


Partes: 1, 2

  1. Definición
  2. Antecedentes doctrinarios
  3. No debe confundirse la sanción con el derecho sancionador
  4. Ubicación
  5. Motivación para elaborar el presente trabajo de investigación
  6. Normas legales aplicables
  7. Derecho codificado y Derecho no codificado
  8. Derecho público, Derecho privado y Derecho social
  9. Medios impugnatorios
  10. Impugnación de acto o resolución administrativa
  11. Ramas del Derecho sancionador
  12. Área de conocimiento
  13. Objetivo del presente trabajo
  14. Conclusiones
  15. Sugerencias
  16. Propuestas legislativas
  17. Fuentes de información-Normas peruanas consultadas

1. DEFINICIÓN

Como primera parte en todo trabajo de investigación resulta conveniente desasrrollar la definición, a fin de tener una idea mas clara del tema estudiado o investigado.

El derecho sancionador es la rama del derecho que estudia las sanciones que se imponen a los sujetos de derecho. Además estudia los eximentes, atenuantes, faltas y delitos.

Esta rama del derecho se caracteriza por estar conformada por varias ramas del derecho.

2. ANTECEDENTES

En todo trabajo conviene estudiar los antecedentes a fin de poder ubicar en la historia la institución, tema o tópico estudiado.

Los principales antecedentes del derecho sancionador se encuentran contenidos en el derecho romano, por lo cual a continuación nos referiremos a el.

2.1. DERECHO ROMANO

Cuando se estudia cualquier tema jurídico resulta importante estudiar derecho romano. Dejando constancia que para algunas autores el derecho romano es derecho muerto o no vigente y para otros es derecho vivo o vigente que puede estudiarse al estudiar el derecho actual de la familia romano germánica y del common law.

El derecho sancionador si existió en el derecho romano. En el mismo se estudió los cuasi delitos y algunos delitos.

3. ANTECEDENTES DOCTRINARIOS

Resulta conveniente el estudio de los antecedentes doctrinarios, a fin de que los resultados que se alcancen tengan mayor grado de certeza o exactitud, por que son confrontados con otros estudios jurídicos.

El derecho sancionador no ha merecido estudios que agrupen todas sus ramas, lo cual motiva el presente trabajo, en tal sentido es malinterpretado.

4. NO DEBE CONFUNDIRSE LA SANCIÓN CON EL DERECHO SANCIONADOR

El derecho sancionador es la disciplina jurídica y la sanción es el remedio o castigo frente a la acción antisocial.

Muchos abogados confunden la sanción con el derecho sancionador, en tal sentido corresponde distinguirlas.

La sanción aparece primero en la historia y posteriormente después de muchos siglos el derecho sancionador.

5. UBICACIÓN

El derecho se divide en tres ramas del derecho que son: derecho público, derecho privado y derecho social, por lo cual conviene para este estudio determinar la ubicación del derecho sancionador

Ninguna de estas tres ramas del derecho se encuentra al margen del derecho sancionador.

El derecho sancionador no se ubica sólo en una rama del derecho, sino que se ubica en las tres ramas del derecho, por tanto, se ubica en el derecho público, derecho privado y derecho social.


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