- Conceptos generales de
Administración de acuerdo a la Ley General de la
Administración Pública- Costa
Rica - Análisis
de la ley general de la Administración
Pública - Conceptos
Jurídicos Determinados e
Indeterminados - La
relación entre la Administración justicia y el
Principio de Auto tutela - La
Potestad - Deberes de la
Administración - Derechos
Originarios
DERECHO ADMINISTRATIVO
Conceptos generales
de Administración de acuerdo a la Ley General de la
Administración
Pública- Costa Rica
1-49
Administración pública:
en la gestión
de servicio para
servicio. En la acción
del gobierno de
dictar y aplicar disposiciones para conservar los intereses
públicos. Siempre ante un interés
particular prevalece el interés público, El
término administrar significa servir manejo o
gestión, significa la acción del gobierno de dictar
y aplicar disposiciones que vayan en beneficio de la comunidad o del
interés público.
Jurisdicción: puede ser de dos formas:
subjetiva (es el sujeto sobre cuáles va emanar el acto
administrativo, se valora al sujeto orgánicamente) y
objetiva (por medio de sus órganos atiende intereses
públicos En otras palabras desde este criterio, la
administración en la actividad
práctica que desprecia el estado a
través de sus órganos para atender los sistemas
públicos como propios)
En la actividad administrativa el estado se
convierten sujeto de la actividad y utilizan medios propios
para lograr los fines cuya consecución considera debe
preservar a su acción directa satisfaciendo de forma
inmediata las necesidades colectivas. Las actividades del
gobierno quedan excluidas dentro de la actividad administrativa
por ser un ente político.
Por ejemplo el estado y los demás entes
públicos están regidos por la ley LGAP pero poseen
autonomía jurídica es el derecho
público quien regula la
organización y actividades de los entes
públicos, salvo norma que exprese lo contrario.
Personalidad del estado el estado es un ente
público mayor y se caracteriza por ser un grupo de
personas, poseer territorio y organización política estos tres
puntos anteriores son necesarios para que se dé un estado
con la sección del estado palestino la capacidad de actuar
del estado se manifiesta tanto a nivel de derecho público
como privado. La importancia de esta personalidad
radica en aliarse sujeto a su propio orden interno y al orden
jerárquico constitucional.
Funciones del estado: ejecutiva, legislativa,
judicial, Tribunal Supremo elecciones, y administrativa
(CGR).
Entes públicos: son entidades con
personería jurídica y en incapacidad de actuar en
nombre y por cuenta propia. En la
administración pública tiene potestad de
imperio y en la privada tienen al sujeto de igualdad. El
ente público se rige bajo la directriz que mana el
poder
ejecutivo.
Los entes públicos serían por el derecho
público, por las potestad imperio pero en algunas
acepciones sería por el derecho privado por que impera lo
que se llama la igualdad
*Personalidad jurídica del
administración pública: existe una serie de
entidades públicas menores que confirman que la
administración pública descentralizadas van
paralelas unas de otras características de la
personería del administración pública: a
– personería jurídica mayor, pues quería y
aplicar derecho del territorio estatal, B- es soberana, no se
haya subordinada a ente alguno, C- posee capacidad de derecho
público y derecho privado, D- posee personalidad
jurídica originaria o sea no por ningún otro sujeto
jurídico y se basa en la constitución.
Servicios públicos satisfacen las
necesidades colectivas a través de la creación de
servicio público
La suministración presta este servicio
través de dos formas, directamente o indirectamente (como
las comisiones o licitaciones)
Los principios
fundamentales de la AP. Son continuidad, eficiencia,
igualdad, aceptabilidad o mutabilidad.
Bloque de legalidad
es el que reglamenta la actividad administrativa por medio de
normas
escritas y fuentes
escritas
*Centralización: Se caracteriza por ser
la concentración total de competencias
públicas en un centro de acción constituido por el
estado. Los órganos dependen de un órgano
superior
*Descentralización: Se caracteriza por
que contempla la creación de un sujeto de derecho con su
competencia de
acción, se da por región o por servicios. Las
tres modalidades de descentralización se da por:
región, servicio, colaboración.
*Elementos de la descentralización
administrativa:
A- personalidad jurídica (, la capacidad
de actuar la obtiene el ente publico a través de
la
personalidad jurídica)
B- competencia propia (, a través de la
autonomía funcional, el ente esta provisto de la
potestad de regular su organización interna para el
desempeño de sus funciones).
C- autonomía económica (se
manifiesta a través de la autonomía
económica Autonomía patrimonial, Autonomía
financiera, Autonomía presupuestaria
La tutela
administrativa: Es el conjunto de poderes limitados
determinados por la ley a una autoridad
superior.
Intervención del estado sobre el ente: El
estado se haya imposibilitado de girar ordenes al ente, no puede
revocar ni reformar sus actos
La desconcentración: Es la transferencia
jurídica de competencia de un órgano jerarca
órganos inferiores
La delegación: Es la transferencia de una
competencia administrativa o de su ejercicio de un órgano
superior a otro inferior a través de un acto
administrativo. La de la creación se da entre
órganos y no entre entes y el órgano delegado es
parte del órgano superior. O sea es la posibilidad del
superior de transferible al inmediato inferior jerárquico
parte la competencia, se necesita de un superior para
transferible a un jerarca, el órgano superior debe de ser
de la misma clase o
competencia y debe respetarse el orden administrativo. El
superior delega funciones serán dos tipos de
delegación:
No jerárquicos (como superior puede negar
pero necesita de la norma porque si no se viera el principio de
legalidad, deben indicar en esta norma que puede hacer la
delegación) de diverso grado (es cuando de diversas
competencias queremos meternos, violando el principio de
legalidad)
Responsabilidad de la delegación: es de
dos tipos de responsabilidad,
- In vigilando (tiene la responsabilidad de
vigilar hasta que termine aquélla respuesta de funciones
o casos) - In eligento (no se da mucho la
administración porque si la persona puede
demostrar que tenía que delegar y quien existía
norma y para evitar que ésta se violara)
La descentralización administrativa: Se
clasifican en dos categorías, 1. Instituciones
autónomas y 2. Entes autónomos
El órgano y su doctrina: ese instrumento
que tiene como objeto explicar porque la organización
administrativa continúa atender del tiempo de
forma permanente a pesar del cambio de
personas físicas. No es un sujeto de derecho y carece
personalidad jurídica
Personalidad del órgano: el órgano
en este caso la administración será responsable por
los actos ilícitos y por su funcionamiento normal cuando
los mismos causen daño a
los administrados o a sus derechos
Elementos del órgano Son 2:
- el elementos subsistido (son medios definidos
legalmente a través de los cuales el órgano
ejecuta en nombre del estado los fines para los cuales ha sido
creado, y sus tareas) - el elemento subjetivo (el estado y sus
órganos los funcionarios públicos quienes son
depositarios de la autoridad y no pueden a robarse facultades
que la ley no les concede).
Responsabilidad del estado: es objetiva y
subjetiva.
*Clasificación de los órganos:
órganos constitucionales, órganos de relevancia
constitucional, órgano colegiado, y órgano
individual. Se deben detener las herramientas
para poder ejecutar
las responsabilidades mismas que no debe proporcionar la
administración.
Legitimidad: es cuando el órgano
está legitimado a hacer hasta dónde está
permitido, por ejemplo el ministerio de salud no puede meterse en el
MOPT
Funcionarios públicos son las personas que
prestan servicios al administración hubo un hombre o por
cuenta de éste como parte su organización en virtud
de un acto válido y eficaz investidura con carácter independiente, el imperativo
representativo y remunerado permanente o público de la
actividad respectiva
*Clasificación de los actos
administrativos: son de cuatro tipos:
- acto interno
- acto externo "es lo que vamos a dar a ser
administrado, una carretera una escuela
etc., - acto concreto va dirigido a un sujeto
determinado por ejemplo un nombramiento, - actos generales son dirigidos hacia la
colectividad, a ser sujeto, ejemplo voy expropiar este terreno
para construir una carretera.
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