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Amparo leyes constitucionales de abogados (México)



Partes: 1, 2

    H. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO

    PRESENTE.

    Lic. José Luis Gonzalez Rodriguez
    mexicano, con domicilio legal de mi parte para oir y
    recibir notificaciones el despacho marcado con el numero 131 de
    la calle casimira arteaga del fraccionamiento jose lopez portillo
    de esta ciudad, y autorizando para que en nuestro nombre y
    representación reciban y recojan toda clase de
    notificaciones a la c. Lic. Aurora Rebeca Avitia Torres
    ante usted con el debido respeto
    comparezco y expongo:

    Que vengo por medio del presente escrito a demandar el
    amparo y
    protección de la justicia
    federal contra los actos de las autoridades que mas adelante
    señalare por violación de garantías
    individuales.

    Para los efectos del artículo 116 de la ley de amparo
    manifestamos el siguiente:

    SUMARIO

    I.- Quejoso.- han quedado señalados en el
    proemio del libelo de demanda.

    II.-Tercero perjudicado.- no existe

    III.-Autoridad
    señalada como responsable.-

    Autoridad ordenadora.-

    -el c. Gobernandor constitucional del estado de
    Aguascalientes

    -el c. Secretario general de gobierno del
    estado de Aguascalientes.

    -la dirección general de reeducaccion social en
    el
    estado.

    AUTORIDAD EJECUTORA

    -El pleno del poder judicial en
    el Estado

    -La dirección del centro de readaptacion social
    para varones del estado, como del llano, y de mujeres en el
    estado de Aguascalientes.

    -El director del consejo tutelar para menores del
    estado.

    -El c. Procurador de justicia en el estado.

    Todas con domicilio bien conocido en esta entidad
    federativa.

    IV.-ACTO RECLAMADO.-de la autoridad
    señalada como ordenadora reclamo la aplicación de
    la circular que contiene la orden en base al reglamento que
    regula la ejecución de penas y medidas de seguridad,
    impedir el libre ejercicio de la profesión de lic. En
    derecho y/o postulante y/o litigante en los centros de
    reclusión y/o de readaptacion social en el estado violando
    lo ordenado por el articulo 20 constitucional fracción
    novena de fecha de 25 mes de noviembre del año
    2005.

    Reclamamos de las ordenadoras, la creación,
    aprobación, publicación, difusión, vigencia,
    aplicación y ordenación, cumplimiento de la
    circular que impide el libre ejercicio de la profesión de
    lic. En derecho y/o postulante y/o litigante en los centros de
    reclusión en el estado.

    De las demás autoridades ejecutoras reclamamos el
    cumplimiento de dicha resolución y como sus efectos y
    consecuencias.

    V.-GARANTIAS VIOLADAS.-artículos 5, 13,
    14, 8, 14, 16, 18,20, 21, 102, 133 De La Constitución Política De México,160
    De La Ley De Amparo, 1, 2, 6, 7, 8, 9,10, De Las Reglas
    mínimas De Las Naciones Unidas
    Sobre Medidas De La Libertad(
    Reglas De Tokio), De Los Instrumentos Vinculantes De Las Reglas
    En Cita Emandas De Los Artículos 1,2, 9, 10, 14, 15, 16,
    44, 47, 51 Del Pacto Internacional De Los Derechos Civiles Y
    Políticos, Convención Contra La Tortura Y Otros
    Tratos O Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes, Que Entraron En
    Vigor Los Dias 23 De Junio Del Año 1981 Y 22 De Julio Del
    Año 1987, Convención Americana Sobre Derechos
    Humanos.

    VI.- FUNDAMENTO LEGAL.-los que se indican en el
    parrafo V.

    VII.-COMPETENCIA.-Han quedado señalados en
    el punto IV.

    PROTESTA.-Los hechos y abstenciones son ciertos y
    así lo declaramos bajo protesta de decir
    verdad.

    Partes: 1, 2

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