2.2. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL MINISTERIO DE SALUD Y DE LA OFICINA DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
2.2.1. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL MINISTERIO DE SALUD

Fuente: Dirección de Planificación y Presupuesto / Dirección
de Organización y Métodos.
2.2.2. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA OFICINA DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO

Fuente: Dirección de Planificación y Presupuesto
/ Dirección de Organización y Métodos.
2.3. DESCRIPCIÓN DE LAS OFICINAS DONDE SE DESARROLLÓ EL CRONOGRAMA
DE PASANTÍA
El Reglamento Interno del Ministerio de Salud y Desarrollo
Social, publicado mediante Resolución Nº 161 del 11/04/2000, Gaceta Oficial
Nº 36.935, de fecha 18/04/2000, describe las competencias de cada una de las
unidades que conforman el ente Ministerial, del mismo modo en este se reflejan
las unidades donde se llevo a cabo Cronograma de las Actividades.
Es importante mencionar las competencias de la Oficina de Gestión
Administrativa, en virtud que las unidades de mayor relevancia dentro del contexto
administrativo se encuentran adscritas a esta Oficina, por lo que se considera
elemental describir las atribuciones de la citada unidad lo cual permitirá
vincular los procesos con el resto de lo componentes que conforman el aparato
administrativo del Ministerio de Salud.
2.3.1. Corresponde a la Oficina de Gestión Administrativa:
- Apoyar técnicamente la formulación, ejecución y evaluación
de la planificación presupuestaria, estructural y funcional del Despacho
en correspondencia con lo establecido por el Consejo de Planificación.
- Participar como parte del Consejo de Planificación en la evaluación
del cumplimiento de las políticas de salud y desarrollo social.
- Coordinar la formulación, ejecución y supervisión de
las políticas, normas y procedimientos que en materia de reclutamiento
y selección, clasificación y remuneración, jubilaciones
y pensiones, registro y control, bienestar social y prestaciones sociales
se desarrollen en el Ministerio.
- Coordinar, supervisar y evaluar las actividades de seguridad, vigilancia
y protección de los bienes, estructura, instalaciones y equipos de
las Dependencias administrativas del Ministerio.
- Las demás que le atribuyan las leyes y reglamentos.
La Oficina de Gestión Administrativa para el cumplimiento
de sus funciones contará con la organización estructural siguiente
con rango de Direcciones de Línea: la Oficina de Planificación
y Presupuesto, la Oficina de Presupuesto, la Oficina de Recursos Humanos y la
Oficina de Administración y Servicios.
2.3.2. Corresponde a la Oficina de Planificación y Presupuesto:
- Coordinar la formulación, ejecución y evaluación
de la planificación presupuestaria, estructural y funcional del Despacho.
- Asesorar, coordinar y promover las acciones dirigidas a desarrollar y
perfeccionar métodos de planificación y criterios técnicos
para el diseño de políticas, lineamientos y elaboración
de programas y proyectos en las áreas de salud y desarrollo social.
- Diseñar los instrumentos y métodos apropiados que permitan
asignar y organizar los recursos destinados a la ejecución de las
metas, contempladas en los Programas de los servicios de salud y desarrollo
social a nivel regional y local.
- Recolectar, tabular, analizar e interpretar sistemáticamente la
información referente a la ejecución física de metas,
a fin de cumplir con las disposiciones legales establecidas.
- Analizar el grado de cumplimiento de metas físicas de los distintos
programas, así como mantener actualizado los inventarios físicos
en el área de salud y desarrollo social.
- Coordinar, formular, ejecutar y evaluar el programa de subsidios institucionales
que otorgue el Ministerio.
- Elaborar anualmente los objetivos de la organización en salud y
desarrollo social de conformidad con el Plan Nacional de Salud y Desarrollo
Social.
- Supervisar y evaluar conjuntamente con las entidades territoriales y la
Oficina de Coordinación Intergubernamental e Intersectorial en Salud
y Desarrollo Social, la programación y coordinación operativa
de los objetivos anuales del Presupuesto Nacional y del Plan Coordinado
de Inversiones de la Organización Pública en Salud y Desarrollo
Social.
- Elaborar, controlar y evaluar el Anteproyecto del Presupuesto, adaptado
a la normativa legal vigente, en coordinación con los distintos responsables
de los programas, entidades regionales y organismos adscritos, de conformidad
con lo establecido en Ley Organica de Regimen Presupuestario y las Normas
establecidas por la Oficina Nacional de Presupuesto de la Presidencia de
la Republica.
- Determinar en coordinación con las dependencias correspondiente
y Servicios Autonomos sin personalidad juridica, los aportes que deberan
incluirse anualmente en la Ley de Presupuesto.
- Analizar la ejecución fisica y financiera del presupuesto trimestralmente
o en cualquier fecha que sea requerida por los Organismos competentes, de
acuerdo a lo establecido a la Ley Organica de Regimen Presupuestario.
- Realizar estudios analiticos que determinen desviaciones presupuestarias
entre lo programado y lo ejecutado.
- Diseñar, coordinar, analizar y controlar La Ejecución Presupuestaria
del Despacho.
- Realizar estudios de costos de proyectos e incidencias de creditos presupuestarios,
derivados de las firmas de convenios con los diferentes gremio adscritos
al sector salud y desarrollo social.
- Asesorar en materia presupuestaria a las direcciones regionales, sobre
la ejecución y control de creditos presupuestarios asignados.
- Velar por el uso de las asignaciones presupuestarias de gastos corrientes
o de capital, acorde con los procedimientos y criterios establecidos.
- Las demás que le atribuyan las leyes y reglamentos.
2.3.3. Corresponde a la Oficina de Administración y
Servicios:
- Planificar y desarrollar el proceso de adquisiciones y mantenimiento de
bienes, materiales y servicios que requieran las diferentes dependencias del
Ministerio.
- Coordinar el mantenimiento, seguridad, vigilancia y protección de
los bienes, estructura, instalaciones y equipos de las dependencias administrativas
del Ministerio.
- Dirigir, coordinar y supervisar las actividades relacionadas con los procesos
de pago que por diferentes compromisos ha adquirido el Ministerio.
- Desarrollar mecanismos para mejorar los sistemas administrativos del Ministerio.
- Coordinar y supervisar los procesos previstos en la Ley de Licitaciones
para la ejecución de obras, adquisición de bienes y prestación
de servicios.
- Establecer sistemas y procedimientos que permitan la prestación eficiente
de servicios administrativos.
- Velar porque se cumplan las leyes de la Hacienda Pública Nacional
y demás disposiciones sobre adscripción, registro y control
de los bienes nacionales.
- Coordinar, asesorar y elaborar todo lo relacionado con la ordenación
de pagos.
2.3.4. Corresponde a la Oficina de Recursos Humanos:
- Asesorar al Ministerio en la fijación de objetivos, políticas,
normas y procedimientos en administración de personal y a sus diferentes
dependencias en esta materia.
- Diseñar políticas de personal que modernicen el manejo de
los recursos humanos en el Ministerio y asesorar a los niveles estadales en
la aplicación y cumplimiento de las disposiciones legales.
- Diseñar y desarrollar programas de administración de personal
relacionados con el reclutamiento y selección, clasificación,
remuneración, ascenso, transferencia, suspensiones, renuncias, permisos,
vacaciones, jubilaciones, pensiones, evaluación de actuación
en el cargo, reconocimiento de méritos, prestaciones sociales y disciplinarias,
así como, dirigir y aplicar dichos programas.
- Llevar el registro de expedientes de funcionarios adscritos al Ministerio,
y aplicar el régimen de concursos de conformidad con las leyes, reglamentos,
resoluciones y convenios vigentes.
- Coordinar con la Consultora Jurídica, todas las reclamaciones laborales
y el proceso de las mismas, e instruir cuando sea procedente, los expedientes
a los funcionarios del Ministerio, que hayan incurrido en faltas que dieran
lugar a la aplicación de las sanciones previstas en las leyes y reglamentos.
- Actuar como órgano regulador entre el Ministerio y las organizaciones
sindicales y gremiales, así como administrar y velar por el cumplimiento
de los contratos colectivos suscritos por el Ministerio.
- Procesar y remitir al Ministerio de Hacienda la documentación relacionada
con las indemnizaciones laborales establecidas en la Ley del Trabajo y su
Reglamento, así como, los contratos colectivos, previa autorización
escrita del Despacho.
- Desarrollar los perfiles ocupaciones del Ministerio y establecer los lineamientos
de políticas generales en cuanto a la normalización de técnicas
y procedimientos de capacitación, adiestramiento y desarrollo para
el personal.
- Las demás que le atribuyan las leyes y reglamentos.
2.3.5. Corresponde a la Oficina de Cooperación Técnica
y Relaciones Internacionales:
- Asesorar y coordinar la formulación y elaboración de políticas,
acuerdos y convenios en materia de salud y desarrollo social con la comunidad
de países y organismos internacionales.
- Definir y evaluar las políticas, lineamientos y acciones en materia
de gestión de operaciones de financiamiento y cooperación técnica
dentro de los sectores de salud y desarrollo social con países y organismos
internacionales en coordinación con las instancias correspondientes.
- Promover y difundir la producción de información y conocimientos
y el intercambio de experiencias en salud y el desarrollo social dentro del
contexto internacional y sobre las actividades en materia de financiamiento,
cooperación y políticas de carácter internacional donde
interviene el Ministerio.
- Las demás que le atribuyan las leyes y reglamentos.
La Oficina de Cooperación Técnica y Relaciones
Internacionales para el cumplimiento de sus funciones contará con la
organización estructural siguiente: Coordinación de Políticas,
Acuerdos y Convenios Internacionales y la Coordinación de Cooperación
Internacional.
2.3.5.1. Corresponde a la Coordinación de Políticas,
Acuerdos y Convenios Internacionales:
- Asesorar al Ministro y a las unidades responsables de los sectores de salud
y desarrollo social, en la delimitación de prioridades, formulación
de políticas, planes y acciones o medidas en los ámbitos de
desarrollo internacional, así como en procesos de negociación,
suscripción y modificación de acuerdos, convenios y compromisos
internacionales.
- Coordinar las políticas, planes y actividades de los sectores de
salud y desarrollo social en el marco de acuerdos, convenios y relaciones
con organismos internacionales, conjuntamente con el Ministerio de Relaciones
Exteriores.
- Fomentar la generación de redes de cooperación entre la comunidad
de países dirigidas a fortalecer y consolidar capacidades en áreas
prioritarias de desarrollo nacional, así como difundir las políticas
y acciones de los sectores de salud y desarrollo social a nivel internacional.
- Ejercer funciones de relaciones diplomáticas y representación
del Ministerio y del país, en el campo de la salud y el desarrollo
social a nivel internacional, por instrucciones del Ministro.
- Gestionar reuniones y eventos de carácter político o técnico,
con autoridades, funcionarios y equipos extranjeros, dentro y fuera del país.
- Velar por el cumplimiento de acuerdos y compromisos suscritos entre países
y con organismos internacionales.
- Las demás que le atribuyan las leyes y reglamentos.
2.3.5.2. Corresponde a la Coordinación de Cooperación
Internacional:
- Coordinar las acciones de los sectores salud y desarrollo social en materia
de gestión de cooperación internacional, conjuntamente con los
órganos competentes del gobierno central.
- Asesorar y prestar asistencia técnica al Ministerio y a las diferentes
instancias intergubernamentales de los sectores de salud y desarrollo social
en políticas, demandas y gestión de la cooperación internacional,
así como en políticas, demandas y gestión técnica
de programas y proyectos de crédito público y financiamiento
multilateral o bilateral.
- Establecer lineamientos, normas y procedimientos en materia de políticas
y gestión de la cooperación internacional, así como métodos
para la formulación, ejecución, evaluación y seguimiento
de programas, proyectos en este campo.
- Coordinar la movilización de recursos técnicos y financieros
a través de organismos internacionales para apoyar las políticas
y acciones de los sectores de salud y desarrollo social a nivel central, estadal
y municipal.
- Evaluar y dar seguimiento a los planes, programas y proyectos de cooperación
internacional en los sectores de salud y desarrollo social.
- Prestar servicios de información, promover la producción de
conocimientos y el intercambio de experiencias y apoyar la formación
de recursos humanos y la investigación en salud y desarrollo social,
mediante fuentes de cooperación y financiamiento internacional, a través
del Centro de Información Internacional en Salud y Desarrollo Social
(CISAI).
- Las demás que le atribuyan las leyes y reglamentos.
CAPÍTULO III
ACTIVIDADES DESARROLLADAS EN EL PERÍODO
DE PASANTÌAS
3.1. ACTIVIDADES DESARROLLADAS DURANTE EL PERÍODO DE PASANTÍAS
- Inicio de las pasantías: Inducción general para conocer todas las normas generales del Ministerio de Salud.
- Entrevista con el Director de Organización y Método: para conocer los requerimientos necesarios para realizar las actividades programadas en el Cronograma de actividades y las evaluaciones semanales.
- Inducción a las Actividades de las Direcciones por donde se hizo el recorrido de las pasantías: Conocimientos en el área de trabajo, inducción sobre lineamiento y directrices establecidas por el Ministerio de Planificación y Desarrollo (MPD), Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE), Ministerio de Finanzas y Vicepresidencia Ejecutiva de la República, para la metodología, formulación, ejecución, seguimiento y evaluación del presupuesto, según la programación y los resultados de las metas físicas y metas financiera.
- Elaboración de Informe de Pasantías. Las actividades fueron desarrolladas de acuerdo al cronograma de trabajo establecido por la institución, en los diferentes departamentos como se refleja a continuación:
3.2. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

CAPÍTULO IV
CRONOGRAMA DE TRABAJO
- DIRECCIÓN DE ORGANIZACIÓN Y MÉTODO / DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO:
Como parte del diseño del cronograma de actividades, la Dirección de Organización y Método fue un pilar fundamental en la definición de las unidades por donde dio inicio al desarrollo de las pasantías.
En dicha Dirección se revisó el material bibliográfico, antecedentes históricos, la estructura organizativa y Filosofía Institucional así como la base jurídica, que sustentan al ente ministerial como son el Reglamento Orgánico y el Reglamento Interno.
Este punto de partida es importante para un gerente de finanzas en una organización, en virtud que el mismo debe conocer ante todo la estructura de una empresa, su organización, políticas y funciones elementos indispensables para gerenciar con eficiencia y eficacia y en consecuencia tomar las decisiones mas viables ante un hecho fortuito; de tal manera que la empresa continúe el desarrollo de sus objetivo y el alcance de las metas.
La Dirección de Organización y Métodos constituye el pilar fundamental para la organización, diseño y formulación de las competencias de los Despachos, Direcciones Generales, Organismos Adscritos y sus dependencias con el propósito de desarrollar la estructura funcional adecuada al Reglamento Orgánico del Ministerio, diseño de instrumentos metodológicos, de Manuales de Norma y Procedimientos, de medir el Nivel de la Cultura organizacional así como de los valores institucionales, todos estos vinculados con las unidades que conforman el Sistema Público Nacional de Salud.
Como parte de la revisión bibliográfica podemos conocer algunos antecedentes históricos del Ministerio de Salud:
Año 1999: Creación del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, producto de la fusión de los extintos Ministerios de Sanidad y Asistencia Social y el Ministerio de la Familia.
Año 2000: Publicación de Resolución mediante la cual se dicta el Reglamento Interno del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, según Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 36.935, de fecha 18/04/2000.
Año 2005: Decreto Nº 3.753, mediante el cual se dicta la reforma parcial del Decreto sobre organización y funcionamiento de la Administración Pública Central, momento en que el Despacho del Viceministro de Desarrollo Social pasa a ser el Ministerio de Participación Popular y Desarrollo Social quedando sólo entonces el Ministerio de Salud.
Desde entonces el nuevo Ministerio de Salud contaba con un organigrama funcional.
Año 2006: Decreto Nº 4.595 mediante el cual se dicta el Decreto sobre la organización y funcionamiento de la Administración Pública Nacional.
En la actualidad la Estructura Organizativa, el Reglamento Orgánico y la Filosofía Institucional que regirá al nuevo órgano ministerial se encuentra aprobado por el Ministerio de Planificación y Desarrollo y la Procuraduría General de la República, quedando solo a la espera de su publicación en Gaceta Oficial.
A modo de conclusión esta Dirección obedece a los cambios administrativos y a las reformas parciales que dicte el Ejecutivo Nacional, a través de los Decretos publicados en Gaceta Oficial.
En al ámbito financiero representa para el gerente de la organización diseñar una planificación para la reorganización y construcción de los nuevos departamentos y la definición de las políticas que garanticen el buen desempeño para el logro de satisfacer las necesidades mediante el ofrecimiento de los bienes y servicios.
En el Ministerio de Salud es importante que los actores responsables en la definición de las competencias de las unidades fijen su atención en una visión horizontal, de proyección a largo plazo, de manera integral, donde las funciones están a la mano con otras unidades, permitiendo realizar un trabajo en conjunto y en equipo.
- DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN / DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO:
La actividad asignada en esta Dirección, es la de conocer los procesos de elaboración del Plan Operativo Anual (POAN) y El Plan Operativo Institucional (POIN); de los Proyectos Nacionales, Estadales y Organismos Adscritos, sobre el Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control de los POAN y POIN a nivel nacional.
La Dirección de Planificación es una Dirección de Línea adscrita a la Dirección General de Planificación y Presupuesto, con un área de trabajo distribuida por proyectos de la siguiente manara:
- Nivel Central.
- Direcciones Estadales de Salud.
- Organismos Adscritos.
El trabajo principal está orientado sobre el Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social de Venezuela 2001 – 20074, El Mapa Estratégico de la Nueva Etapa establecido por el Ejecutivo Nacional, las Políticas Institucionales del Ministerio, la directrices establecidas por el Ministerio de Planificación y Desarrollo (MPD) en materia de planificación, de la oficina de Nacional de Presupuesto (ONAPRE), en materia de presupuesto y de la Vicepresidencia Ejecutiva de la República, para efectos del Seguimiento, Evaluación y Control de los Proyectos en la ejecución física y financiera de los POAN y POIN.
Para el año 2006, el presupuesto asignado corresponde a los Programas elaborados, ahora la nueva directriz es la formulación de Proyectos y Acciones Centralizadas para la asignación de los gastos.
En consecuencia se pueden establecer las siguientes diferencias:
Cuadro 1
DIRERENCIAS RELATIVAS ENTRE PROGRAMASS Y PROYECTOS
|
Programas |
Proyectos |
- Imputación presupuestaria total de los egresos de la acción por el concepto del gasto (en Bs.)
|
Programación financiera del proyecto (en Bs.) |
|
El desarrollo de las acciones especificas en detalles, están distribuidas por acciones específicas. |
Consolidado presupuestario.
|
En cuanto al Sistema de Seguimiento y Evaluación de Proyectos, estos están relacionado con:
- Recopilar información cuantitativa de los proyectos del Plan Operativo.
- Realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución de los planes estratégicos e institucionales, por nivel Central, Estados y Organismos Adscritos al ente ministerial.
Es importante mencionar la responsabilidad que tiene esta Dirección en cuanto a la formulación de los Proyectos, por cuanto al número que representa la estimación de los recursos financieros para la ejecución de los programas parten de la Formulación de los proyectos y de los recursos estimados para el logro de los objetivos trazados por el ejecutivo nacional.
- DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO / DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO:
La actividad asignada en está Dirección se basó en conocer la asignación de los recursos presupuestarios a los proyectos y a las acciones centralizadas; del presupuesto de los Organismos Adscritos, Estados Centralizados y Descentralizados, y de los compromisos presupuestarios y disponibilidad presupuestaria por proyectos y acciones centralizadas.
Esta es una Dirección de línea, adscrita a la Dirección General de Planificación y Presupuesto, cuya área de trabajo están distribuidas de la siguiente manera:
- Nivel Central.
- Organismos Adscritos.
- Estados Centralizados.
- Estados Descentralizados.
El trabajo central está orientado en la preparación del Anteproyecto del Presupuesto, las Modificaciones Presupuestarias (Rectificaciones, Créditos Adicionales, Traspasos Internos-Externos, Insub-sistencias) y el presupuesto del ejercicio fiscal correspondiente (asignación definitiva y recursos financieros), basado en los principios contemplados en la Ley de Presupuesto para el ejercicio fiscal vigente y el Reglamento de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, sobre el Sistema Presupuestario.
La asignación de los recursos presupuestarios a los Proyectos y Acciones Centralizadas obedece al siguiente patrón:
- Realización del Anteproyecto.
- Análisis del Anteproyecto y definición de la cuota. Entendiéndose por Cuota los recursos presupuestarios asignados a las unidades que conforman la estructura presupuestaria del Ministerio (Direcciones Generales, de Línea, Direcciones Estatales, Organismos Adscritos)
- Fuente de los recursos presupuestarios provenientes de la Ley de Presupuesto vigente.
- Reglamento Nº 1, describe como se va a trabajar el presupuesto para el ejercicio fiscal correspondiente.
Una vez presentado en Anteproyecto se define el monto y los proyectos a ser ejecutados en el ejercicio fiscal correspondiente, se establece el reglamento que refleja las condiciones de las posibles modificaciones presupuestarias que han de tener lugar tanto en los Proyectos como las Acciones Centralizadas.
ESQUEMA:
FEDOR ESQUEMATIZA ESTO EN GRÁFICOS DE PRESENTACION YA QUE NO ESTA BIEN VINCULADO Y PRESTA A CONFUSION.
Para la distribución del Presupuesto se utiliza el Clasificador de Partidas Presupuestario, el cual es un instrumento establecido por el Ministerio de Finanzas a través de la Oficina Nacional de Presupuestarios (ONAPRE) y el cual contiene codificados todos los conceptos que se utilizan para la distribución de los recursos a nivel de la Administración Pública Nacional. A continuación se describe las Partidas Genéricas contentivas del instrumento antes mencionado:
Cuadro 2
DESCRIPCIÓN DEL CODIFICADOR DE PARTIDAS DEL MINISTERIO DE FINANZAS / ONAPRE
|
PARTIDA |
DESCRIPCION |
|
4.01.00.00.00 |
Gasto de Personal.
|
|
4.02.00.00.00 |
Materiales, Suministros y Mercancías.
|
|
4.03.00.00.00 |
Servicios no Personales.
|
|
4.04.00.00.00 |
Activos Reales.
|
|
4.07.00.00.00 |
Transferencias y Donaciones.
|
|
4.11.00.00.00. |
Disminución de Pasivo.
|
Fuente: Dirección de Presupuesto / ONAPRE
Para el caso del los Organismos adscritos al Ministerio de Salud el Instructivo Nº 4 y Nº 12 da la ONAPRE, establecen la Rendiciones de Cuentas que deben efectuar por el gasto del presupuesto, basado en la Ley de Administración Pública y la Ley de la Administración Financiera.
A continuación y a manera de ilustración se representan a continuación:
INSTITUTOS:
- Instituto Autónomo Hospital Universitario de Caracas.
- Instituto Nacional de Nutrición (INN)
- Instituto Nacional de Higiene "Rafael Rangel".
SERVICIOS AUTÓNOMOS:
- Servicio Autónomo de Elaboraciones farmacéuticas (SEFAR).
- Sociedad Civil para el Control de Enfermedades Endémicas y Asistencia al Indígena – Bolívar.
- Servicio Autónomo Hospital Universitario de Maracaibo (SAHUM).
- Servicio Autónomo Instituto de Biomedicina.
- Servicio Autónomo Instituto de Altos Estudios Salud Pública.
FUNDACIONES:
- Fundación "José Félix Ribas".
- Fundación Misión Barrio Adentro.
- Fundación del Estado, Fundación Hospital Cardiológico Infantil Latinoamericano "Dr. Gilberto Rodríguez Ochoa".
- Fundación del Estado, Fundación de Edificaciones y Equipamiento Hospitalario (FUNDEEH).
En cuanto a los compromisos presupuestarios y la disponibilidad presupuestaria son trámites gestionados ante la ONAPRE y el Ministerio de Finanzas:
- Compromiso: cuota presupuestaria (ONAPRE)
- Desembolso: financiero (Ministerio de Finanzas).
El desembolso no debe ser mayor que el compromiso.
Las programaciones presupuestarias son trimestrales, no son efectivas si no cuenta con disponibilidad presupuestaria.
La cuota de desembolso y de compromiso fenece al terminar cada trimestre correspondiente.
El instructivo Nº 4 de la ONAPRE, relacionado a la solicitud de información de ejecución mensual de presupuesto de los Entes Descentralizados sin fines de lucro, se aplica la siguiente fórmula para la variación de los resultados:
FÓRMULA:
- Ejecutado – Programado = Valor Absoluto.
- Valor Absoluto / Programado = Variación Relativa ó %
- Por Trimestre o Acumulado.
4.4. OFICINA DE ADMINITRACIÓN Y SERVICIOS
4.4.1. DIRECCIÓN DE FINANZAS:
La actividad asignada en esta Dirección, implica conocer el proceso de elaboración de órdenes de pago y su relación con el Sistema Integrado de Gestión de las Finanzas Públicas (SIGECOF).
Es una Dirección de línea adscrita a la Dirección General de Administración y Servicios, la cual está conformada por las siguientes Divisiones:
- División de Ejecución Presupuestaria
- División de Habilitaduría
- División de Contabilidad Fiscal