El presente trabajo contiene en primer lugar aspectos conceptuales, tanto en lo que se refiere a las Personas Jurídicas, Asociaciones en general y a los Sindicatos en particular, en cuanto a su constitución, composición de su patrimonio, entre otros temas relacionados.
Posteriormente, realizamos un análisis de la situación de éstas ante un proceso falencial y las consecuencias que el mismo acarrea tanto para sus miembros como para la Asociación en si misma.
En el segundo capítulo se comentan principalmente dos fallos referentes a Sindicatos declarados en quiebra, llegando por último a nuestra conclusión sobre el tema en cuestión.
La personalidad jurídica es el presupuesto de la actuación de los grupos humanos dentro de la sociedad, es decir, que no mediando la personificación, ciertas actividades serían imposibles o muy difíciles de realizar.
Ello explica el auge de la personalidad jurídica, no sólo en el Derecho Privado, sino también en el Derecho Público.
A principios del siglo XVII aparecieron las sociedades anónimas, han completado a la fecha una evolución enorme, que las ha convertido en la forma jurídica ideal para la gran empresa capitalista, en los terrenos de la industria, el comercio, la banca y los seguros, la informática, la investigación, lo mismo que las comunicaciones.
Pero el fenómeno de la personalidad jurídica en la sociedad actual no se agota con las sociedades anónimas, sino que, por lo contrario, existen también las agrupaciones sin fines de lucro, tales como, las asociaciones en las cuales los individuos realizan todo tipo de actividades, y que actúan inclusive a nivel internacional.
Existen también, entidades intermedias fundamentales en el Derecho Público interno, como los partidos políticos, las asociaciones gremiales, las obras sociales, y demás entes públicos no estatales, que actúan en la sociedad, y sin los cuales serían inconcebibles nuestras actuales instituciones.
Según Rivera (1), son elementos constitutivos "materiales" de las personas jurídicas, las personas físicas que las constituyen, integran y representan, y las cosas que están destinadas a la consecución de los fines previstos.
Los seres humanos individuales aparecen en todas las personas jurídicas.
Las asociaciones son agrupaciones de hombres tendientes a la obtención de fines comunes. En ellas, pues, el hombre aparece primero como fundador, en el acto constitutivo; actúa luego como miembro, es decir, internamente, en los órganos de la asociación; y puede también aparecer como beneficiario de ésta, cuando los fines tienden a ello.
Es el conjunto de bienes afectados a la consecución de los fines de las personas jurídicas.
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