Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Introducción a la teoría del delito



Partes: 1, 2

    1. El Delito,
      noción
    2. La
      Teoría del delito. La construcción lógica
      mediante la subdivisión de
      categorías
    3. Las
      categorías: Acción. Tipicidad. Antijuridicidad.
      Culpabilidad. Análisis de cada categoría y
      mención de sus factores excluyentes

    1.
    EL DELITO,
    NOCIÓN.

    Como expresa Zaffaroni, el delito es en primer lugar una
    conducta humana
    descripta en el libro segundo
    del Código
    Penal (a partir del artículo 79°), donde se indican
    las conductas prohibidas a las que se asocia con una pena.
    Técnicamente se llaman "tipos" a esos elementos de la
    ley penal que
    individualizan la conducta que se prohíbe con relevancia
    penal. Cuando una conducta se adecua a alguno de los tipos
    legales, se trata de una conducta típica (presenta
    características de tipicidad). De este modo se obtienen
    dos características del delito: una genérica
    (conducta) y otra específica (tipicidad), es decir, la
    conducta típica es una especie del género
    conducta.

    Pero no toda conducta típica es delito, ya que
    según indica el artículo 34° del Código
    Penal, existen supuestos en que existen permisos o causas de
    justificación, que permiten realizar acciones
    típicas, como los casos de estado de
    necesidad (artículo 34° inciso 3), de legítima
    defensa (artículo 34° inciso 6 y 7) y, en general, de
    supuestos de "legítimo ejercicio de derecho
    (artículo 34° inciso 4).

    Cuando la conducta típica no está
    permitida se dice que es contraria al orden jurídico y,
    por lo tanto, antijurídica. En consecuencia para que haya
    delito, además de la tipicidad, debe presentarse la
    característica de antijuridicidad.

    En doctrina se denomina a una conducta típica y
    antijurídica como injusto penal.

    Pese a esto, tal como indica el artículo 34°
    del Código Penal, existen supuestos en los que no toda
    conducta típica y antijurídica es delito, como
    acaece cuando el autor por su incapacidad psíquica no
    puede comprender la antijuridicidad de su hacer. Esto significa
    que para que el injusto penal sea un delito ha menester serle
    reprochable al autor en razón de que tuvo la posibilidad
    exigible de actuar de otra manera. A esta característica
    de reprochabilidad del injusto penal al autor es la culpabilidad,
    que constituye el tercer carácter específico del
    delito.

    De esta manera se puede definir el concepto de
    delito como conducta típica, antijurídica y
    culpable.

    Como indica Zaffaroni, esta definición de delito
    nos indica el orden en que debemos formular las preguntas para
    determinar si hubo delito en un caso concreto:

    1. Debemos preguntar si hubo conducta, ya que si falta
      el carácter genérico del delito nos encontramos
      ante el supuesto de falta de conducta y, consecuentemente, no
      corresponde continuar con el estudio.
    2. Luego debemos inquirir si la conducta está
      individualizada en un tipo penal, pues en caso contrario nos
      encontraremos con una conducta atípica.
    3. Si la conducta es típica, cabe preguntar si es
      antijurídica.
    4. Cuando se tiene una conducta típica y
      antijurídica (un injusto penal) cobra sentido preguntar
      si es reprochable al autor, es decir, si es culpable ya que en
      los supuestos de inculpabilidad el injusto no es
      delito.

    Diferentes enfoques del concepto de
    delito

    En la definición del delito se refleja el fin
    perseguido y el objeto fijado, ya que esta palabra desde el punto
    de vista ontológico (ontología: parte de la metafísica
    que trata del ser en general y de sus propiedades
    trascendentales) se emplea para denominar cosas diferentes.
    Podemos entonces reunir las definiciones en dos grandes grupos:

    • Definiciones pre-jurídicas o condicionales de
      las legislaciones, dentro de las cuales se pueden
      distinguir:
      • las que tienen una fundamentación
        filosófico-jurídica y,
      • aquellas que responden a un enfoque
        sociológico o naturalista del delito.
    • Definiciones dogmáticas referidas a la
      legislación positiva.

    Partes: 1, 2

    Página siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter