Primera parte: Introducción y teoría de la Ley Penal
- Sistema Penal y control social.
Concepto y formas - El Derecho
penal. Concepto, caracteres y funciones - Derecho
penal subjetivo. La potestad punitiva del
Estado - Derecho
penal objetivo. Derecho penal sustancial, procesal y
penitenciario - La pena.
Concepto. Teorías - El estudio
científico del fenómeno penal: la
dogmática penal, la política criminal y la
criminología
Unidad 1
El Derecho penal.
Conceptos fundamentales
1. SISTEMA PENAL Y
CONTROL SOCIAL.
CONCEPTO Y
FORMAS.
El delito como
"construcción" y como "realidad". Lo
común entre conductas como entregar cheque sin
fondo y matar a una persona es que
ambas están previstas en la ley penal,
conforme al cual sus autores pueden ser privados de la libertad en
una cárcel.
El "delito" sociológicamente no existe si
prescindimos de la solución institucional común. En
la realidad social existen conductas, acciones,
comportamientos, que importan conflictos que
se resuelven de un modo común institucionalizado pero que
aisladamente tienen significados sociales diferentes.
Esas conductas que generan conflictos son soluciones
institucionales idénticas, las instituciones
operan de un modo diferente: en la inmensa mayoría de los
casos la solución común institucional no tiene
lugar.
Si cada ciudadano practicase un somero examen de
conciencia,
comprobaría que varias veces en su vida infringió
las normas
penales.
En el panorama general del mundo la máxima
cantidad de daño
causado al mayor número de personas no proviene de quienes
son destacados y señalizados como "criminales" o
"delincuentes", sino por agencias de los Estados, en guerra o fuera
de ella.
Llama también la atención que en la gran mayoría de
los casos, quienes son señalados como "delincuentes",
pertenecen a los sectores sociales de menores recursos. Casi
todas las cárceles del mundo están pobladas de
pebres. Hay un proceso de
selección de las personas a las que
califican como "delincuentes".
Acciones inmorales y conflictivas hay muchas: tener
relaciones sexuales con una prostituta y no pagarle el precio
convenido; no pagarle el salario al
empleado; no pagar la cuenta de la luz; etc.. En el
primer caso no se puede buscar ninguna solución por
vía institucional (Art. 953 Cod. Civ.); en el segundo la
solución debe procurarse mediante una demanda
laboral y en
el tercero el proveedor procede unilateralmente a interrumpir el
suministro. No todas las acciones inmorales o indeseables y
conflictivas abren la posibilidad de una solución
penal.
Las diferentes soluciones son: punitiva, reparatoria,
terapéutica y conciliatoria.
La solución punitiva reconoce dos variables: la
eliminatoria y la retributiva.
Acciones conflictivas de diferente gravedad y
significado social se resuelven por vía punitiva
institucionalizada, no todos sufren esa solución,
únicamente una minoría infinita de ellos, y casi
siempre selecciona a los más pobres; otras acciones
conflictivas se resuelven por otras vías
institucionalizadas y otras carecen de solución; la
solución punitiva es una alternativa que excluye la
posibilidad de las formas de resolver conflictos. Las acciones
que abren la posibilidad de solución penal de mayor
gravedad, son cometidas por los mismos Estados que
institucionalizan tales soluciones.
En estas condiciones, "el delito" es una
construcción destinada a cumplir cierta función
sobre algunas personas y respecto de otras y no una realidad
social individualizable.
Concepto y formas de control social. El hombre
aparece en sociedad
interactuando con otros, en cuyo contexto los conflictos entre
grupos se
resuelven en forma tal que, si bien siempre es dinámica, logra una cierta
estabilización configurando la estructura de
poder de una
sociedad, que en parte es institucionalizada en parte
difusa.
Toda sociedad presenta una estructura de poder, con
grupos que dominan, y grupos dominados, con sectores más o
menos alejados a centro de decisión. Conforme a esta
estructura, se "controla" la conducta de los
hombres, control que no sólo se ejerce sobre los grupos
más alejados del centro del poder, sino también
sobre los grupos más cercanos al mismo, se les impele
controlar su propia conducta para no debilitarse.
Esto implica que en toda sociedad hay centralización y marginación del
poder, tejiéndose una maraña de múltiples
formas de "control social". Esto significa que el ámbito
del control social es amplísimo y su configuración
no siempre es evidente.
Cualquier institución social tiene una parte de
control social que es inherente a su esencia, puede ser
instrumentada mucho más allá de esa
esencia.
El control social se vale desde medios
más o menos "difusos" y encubiertos hasta
específicos y explícitos, como es el sistema penal.
La enorme extensión y complejidad del fenómeno del
control social demuestra que una sociedad es más o menos
autoritaria o democrática, según se oriente en uno
y otro sentido la totalidad del fenómeno y no
únicamente la parte del control social institucionalizado
o explícito.
Para valorar el control social debe observarse la letra
de la ley penal, la estructura familiar, la educación, la
medicina y
otros aspectos.
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