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Guía ciudadana para el control social de la gestión pública con enfoque de Derechos humanos (página 4)



Partes: 1, 2, 3, 4, 5

Así las cosas, el control social no
es solo sobre la cobertura, la calidad o los
costos de
la
educación. Contempla una serie de elementos como los
que hemos señalado anteriormente y que la comunidad debe
evaluar y hacer los pronunciamientos correspondientes para que
las autoridades los tengan en cuenta.

Algunas acciones a desarrollar en el marco del
control social de la gestión
pública

  • Constituir grupos
    sociales de control o veedurías ciudadanas
    especializadas para hacer seguimiento al cumplimiento d
    este derecho. Las asociaciones de padres de familia, los sindicatos de profesores, y los
    Personeros estudiantiles, pueden sumarse a esta
    importante tarea, que puede desarrollar los entre
    otros, los aspectos que se señalan a
    continuación.

Instar a las autoridades a:

  • Promover la ampliación de la cobertura
    y gratuidad de la educación
    básica.
  • Propiciar el desarrollo de acciones encaminadas a la
    construcción, ampliación,
    remodelación, dotación y mantenimiento de Instituciones Educativas; Así
    como el otorgamiento de subsidios y apoyo a la población con necesidades
    educativas especiales.
  • Desarrollar programas tendientes a la
    formación permanente del personal docente y administrativo; a la
    innovación tecnológica y
    la financiación de estudios en nivel
    superior.
  • Atender a los niños y niñas desplazados
    por la violencia, dentro de una perspectiva de
    atención integral.
  • Implementación de Programas de
    aceleración del aprendizaje como mecanismos de
    nivelación educativa, dirigido a la
    población rural y urbana
    desescolarizada.
  • Evaluación, acompañamiento y
    fortalecimiento del rendimiento escolar de los
    estudiantes de educación básica y media
    en las Instituciones escolares, buscando el apoyo de
    las universidades y de las experiencias de otras
    regiones.
  • Buscar el apoyo público y privado para
    la creación de "telecentros comunitarios"
    facilitando el acceso a las tecnologías de
    información y comunicación a los estudiantes y
    a la comunidad en general.
  • Apoyo a la educación para
    adultos.
  • Promover y evaluar la oferta de capacitación y
    actualización de los docentes, de acuerdo con los desarrollos
    curriculares y pedagógicos y facilitar el acceso
    a la capacitación de los docentes
    públicos vinculados a los establecimientos
    educativos del área de su
    jurisdicción.
  • Ejercer la inspección y vigilancia y
    la supervisión y evaluación de los servicios educativos
    estatales.
  • Incorporar a las estructuras y a las plantas Distritales las Oficinas de
    Escalafón, los Fondos Educativos Regionales,
    Centros Experimentales Piloto y los Centros Auxiliares
    de Servicios Docentes.
  • Ejercer la inspección y vigilancia, y
    la supervisión y evaluación de los
    servicios educativos estatales.

10.  La libertad de
enseñanza, aprendizaje, investigación y
cátedra 
 

Frente a siglos de oscurantismo y persecución de
aquellas ideas que contradecían los postulados religiosos,
surgió la necesidad de contar con espacios y libertades
para poder
difundir, investigar, divulgar y discutir los avances que iba
alcanzando la civilización en los diversos campos del
conocimiento.
Es así como de los movimientos revolucionarios del siglo
XVIII y XIX, se llega a la consagración de los derechos de la libertad de
enseñanza, aprendizaje, investigación y
cátedra. Esto con el fin de impedir la sujeción de
la investigación y el
conocimiento a postulados distintos a los de la
razón. 

Este derecho cobra especial énfasis en Colombia, donde
se debe velar porque los docentes, estudiantes y comunidades
académicas puedan difundir libremente sus ideas y se les
proteja ante cualquier presión
por parte de los grupos armados.
De igual forma este derecho se relaciona directamente con el
derecho a la educación y a la libertad de
expresión y conciencia.
 

Algunas acciones a desarrollar
en el marco del control social de la gestión
pública

  • Velar porque se facilite el acceso a la
    educación y a la objeción de conciencia
    en los establecimientos educativos, procurando dirimir
    las diferencias a través del diálogo y el debate abierto de los puntos de
    vista.
  • Propender porque se garantice
    información a la ciudadanía sobre las diferentes
    alternativas educativas existentes en el territorio
    nacional.
  • Garantizar el acceso y la permanencia en el
    sistema
    educativo de los niños y niñas, con
    especial atención a las poblaciones
    indígenas y afrocolombianas.
  • Velar porque el
    Estado asuma funciones de vigilancia y control
    de calidad, costos y cobertura de la
    educación.
  • Propender porque se adelanten acciones para
    proteger a los docentes perseguidos por ejercer la
    libertad de cátedra y sancionar a los
    responsables.
  • Velar porque se destinen presupuestos y se motive la
    investigación e innovación
    científica.

11. Derecho a la vivienda.
 
 

Todas las personas tienen derecho a una vivienda
adecuada, lo cual significa disponer de un lugar con espacio
digno, seguridad,
iluminación y ventilación, una
infraestructura básica y una situación adecuada en
relación con el trabajo y
los servicios básicos, además de ser un espacio
para ejercer el derecho a la intimidad y donde poder aislarse si
se desea. Todas estas características a un costo razonable.
 

Algunos factores que los grupos sociales de control o
las veedurías ciudadana deben tener en cuenta para vigilar
que una vivienda sea digna y cumpla con los estándares
internacionales son: 

Seguridad jurídica de la tenencia: Sea
cual fuere el tipo de tenencia, todas las personas deben gozar de
cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una
protección legal contra el desahucio, el hostigamiento u
otras amenazas.  

Disponibilidad de servicios, materiales,
facilidades e infraestructura:
Una vivienda adecuada debe
contener ciertos servicios indispensables para la salud, la seguridad, la
comodidad y la nutrición; Agua potable,
energía para la cocina, calefacción y alumbrado,
instalaciones sanitarias y de aseo, almacenamiento de
alimentos,
eliminación de desechos, drenaje y servicios de
emergencia.  

Gastos soportables: Los gastos personales
o del hogar que entraña la vivienda deberían ser de
un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la
satisfacción de otras necesidades básicas.
 

Habitabilidad: Una vivienda adecuada debe ser
habitable, en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus
ocupantes y de protegerlos del frío, la humedad, el
calor, la
lluvia, el viento u otras amenazas para la salud, de riesgos
estructurales y de vectores de
enfermedad. Debe garantizar también la seguridad física de los
ocupantes.  

Asequibilidad: Debe concederse a los grupos en
situación de desventaja un acceso pleno y sostenible a los
recursos
adecuados para conseguir una vivienda. Debería
garantizarse cierto grado de consideración prioritaria en
la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como las
personas de edad, los niños, los incapacitados
físicos, los enfermos
terminales, los individuos VIH positivos, las personas con
problemas
médicos persistentes, los enfermos mentales, las
víctimas de desastres
naturales, las personas que viven en zonas en que suelen
producirse desastres, y otros grupos de personas.
 

Lugar: La vivienda adecuada debe encontrarse en
un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo, los
servicios de atención de la salud, centros de
atención para niños, escuelas y otros servicios
sociales. De manera semejante, la vivienda no debe construirse en
lugares contaminados ni en la proximidad inmediata de fuentes de
contaminación que amenazan el derecho a la
salud de los habitantes.  

Adecuación cultural: La manera en que se
construye la vivienda, los materiales de construcción
utilizados y las políticas
en que se apoyan deben permitir adecuadamente la expresión
de la identidad
cultural y la diversidad de la vivienda. Las actividades
vinculadas al desarrollo o la modernización en la esfera
de la vivienda deben velar por que no se sacrifiquen las
dimensiones culturales de la vivienda y por que se aseguren,
entre otros, los servicios tecnológicos
modernos. 

Algunas acciones a desarrollar
en el marco del control social de la gestión
pública

  • Denunciar el patrocinio, tolerancia o apoyo por parte del
    Estado a la práctica de los
    desalojos forzosos y/o la demolición o
    destrucción de las casas o viviendas como medida
    punitiva.
  • Seguimiento a las empresas prestadoras de servicios públicos cuando nieguen
    sistemáticamente ciertos servicios
    básicos como: el suministro de agua, calefacción o electricidad a algunos sectores de la
    sociedad, pese a la capacidad demostrada
    para ofrecerlos.
  • Controlar la discriminación en el acceso a la
    vivienda.
  • Denunciar la adopción de leyes o políticas claramente
    incompatibles con las obligaciones emanadas del derecho a la
    vivienda, en particular cuando éstas provocan
    problemas a personas sin hogar, un aumento del
    número de viviendas inadecuadas, la incapacidad
    para pagar la vivienda, etc.
  • Denunciar el favorecimiento de intereses de
    grupos de ingresos superiores en materia de vivienda, cuando sectores
    importantes de la sociedad viven sin haber logrado
    satisfacer este derecho.
  • Exigir que el Estado controle la
    construcción de viviendas en lugares poco
    seguros o contaminados que representen
    una amenaza para la vida y la salud de los futuros
    ocupantes.
  • Instar al Estado a intervenir en el mercado de la vivienda, en particular
    por lo que respecta al nivel de alquileres, subsidios
    de alquiler, seguridad de la ocupación y
    prevención de una especulación excesiva,
    y control de la calidad de las
    edificaciones.
  • Velar porque el Estado promueva la
    protección especial a personas en
    situación de debilidad manifiesta, por medio de
    planes y programas permanentes de vivienda de interés social o de diseño de sistemas de
    financiación a largo plazo.
  • Instar a las autoridades competentes para que
    controlen y sancionen a los "urbanizadores
    piratas". 

También se puede instar al Estado a:
 

  • Mejorar las zonas construidas en vivienda con
    deficiencias en espacios públicos, redes
    de infraestructura o equipamientos
    colectivos.
  • Fomentar programas de autoconstrucción
    en alianza con los sectores sociales y entidades e
    instituciones de comprobada experiencia.
  • Establecer programas de mejoramiento integral
    en las zonas de asentamientos humanos
    subnormales.
  • Generar mecanismos que permitan la
    gestión asociada entre el sector
    público y el sector privado, de proyectos urbanísticos integrales que satisfagan el desarrollo
    de programas de Vivienda de Interés Social en el
    suelo de expansión sobre el
    sector norte de la ciudad.
  • Establecer y dar prioridad a los programas de
    reubicación de las familias localizadas en zonas
    de alto riesgo no mitigable por
    inundación, deslizamiento y/o fallas
    geológicas identificadas.
  • Desarrollar planes de mejoramiento de la
    vivienda urbana donde sea necesario y fortalecer la
    vivienda del área rural.
  • Detección de nuevas zonas para
    construcción de vivienda, de conformidad con el
    Plan
    de Ordenamiento Territorial y otros estudios que se
    hagan necesarios.
  • Promover estudios para identificar la
    factibilidad de la legalización y
    titulación de predios.
  • A través de la ley
    9 de 1989 por la cual se dictan normas sobre los planes de desarrollo
    municipal, compraventa y expropiación de
    bienes, y a través de donaciones
    del sector privado, consolidar un banco de tierra desde el cual se pueden promover
    proyectos integrales de vivienda que aseguren formas de
    vida amables y económicas para las comunidades
    de bajos ingresos.

12.  Derecho a la recreación, la práctica del deporte y el aprovechamiento del
tiempo
libre 
 

La recreación es definida como todas las cosas
que una persona decide
hacer para hacer de su tiempo de ocio más interesante,
más agradable y personalmente más satisfactorio. La
Recreación incluye deportes, recreación
física, actividades artísticas, creativas,
culturales, sociales e intelectuales;
es una necesidad humana fundamental para los ciudadanos de todas
de las ciudades y esencial para el bienestar psicológico,
social y físico del hombre.

La recreación es un servicio
social y, de la misma manera que la salud y la educación,
su propósito es "asistir al desarrollo de los individuos y
de la comunidad; para mejorar la calidad de
vida y el funcionamiento social".  

Es necesario que los grupos sociales de control o las
veedurías ciudadanas entiendan que la recreación es
una necesidad fundamental del ser humano que estimula su
capacidad de crecimiento, posibilitando el encontrar otras
estrategias
pedagógicas, sociales y culturales, para la convivencia
del individuo
dentro de un marco de valores y que,
en respuesta a ello, permite garantizar unas condiciones
mínimas que tengan como propósito fundamental y
como fin último, alcanzar el desarrollo
humano.  

Algunas acciones a desarrollar
en el marco del control social de la gestión
pública

  • Velar porque se estimule la creación y
    funcionamiento de organizaciones deportivas, escuelas
    deportivas, programas recreativos escolares y Programas
    especiales para personas discapacitadas.
  • Fomentar la creación y
    habilitación de infraestructura para el deporte,
    la recreación y el uso del tiempo
    libre.
  • Promover el desarrollo social, económico y
    cultural, a través de actividades que permitan
    la recreación y el aprovechamiento del tiempo
    libre, tales como sitios de esparcimiento, clubes,
    centros comerciales, etc.
  • Promover actividades de sano esparcimiento en
    el que el tiempo libre se pueda optimizar y sea una
    opción de descanso merecido para las
    personas.

13. Derecho a la cultura
 
 

La cultura comprende todo que es propio de la
creación humana y que se sustenta en el conocimiento
heredado de generación en generación. Así,
la cultura comprende esferas como la creación literaria y
su preservación gracias a la escritura, el
idioma, el arte, etc. Los
hábitos y usos que damos a las cosas que nos rodean
están impregnados por la cultura.  

Por tratarse de un valor
intangible pero inherente a nuestra condición humana, la
cultura se manifiesta tanto en las obras como en maneras
particulares en que concebimos el mundo y que nos diferencia de
otros pueblos. Por patrimonio
cultural se entienden aspectos como las obras materiales
realizadas por pueblos ancestrales como también la
pervivencia de tradiciones como la música, la religión, la
organización social, la economía, el idioma y
hasta el vestuario, cuando tales manifestaciones no han sido
borradas por tradiciones occidentales, habitualmente como
consecuencia del colonialismo.  

Algunas acciones a desarrollar
en el marco del control social de la gestión
pública

  • Promover que se adelante la constitución y puesta en marcha
    de los Consejos Municipales de
    Cultura. 
  • Instar la formación artística
    como una forma de incidir positivamente en los
    jóvenes.
  • Velar por la protección del patrimonio
    cultural de la nación evitando el saqueo
    arqueológico y la desidia frente a los lugares
    históricos de la nación.
  • Fomentar la etnoeducación como una
    forma de reconocimiento a las tradiciones culturales
    presentes en el país.
  • Propiciar la implementación de la
    cátedra de estudios afrocolombianos en las
    instituciones educativas.
  • Planeación participativa del Plan del
    sector cultural, donde se promuevan las manifestaciones
    culturales tradicionales.
  • Adelantar proyectos como la expedición
    por el territorio. Encuentro con las raíces
    históricas locales, la geografía y el
    folclore.
  • Creación y operación de Casas
    de la Cultura.
  • Promoción de la cultura ciudadana y de
    la convivencia pacífica.

  

Cuarta parte: 

Los
derechos colectivos y del ambiente.
 

Como lo hemos señalado, los derechos humanos
defienden la dignidad del
ser humano y forman un todo indivisible; cada derecho implica a
todos los demás. Sin embargo, son las circunstancias
históricas y sociales las que permiten ir profundizando en
el conocimiento del ser humano y descubriendo en él nuevos
aspectos, nuevas exigencias que se van traduciendo en la
creación de nuevos derechos. Si el reconocimiento de los
derechos de primera generación -los derechos asociados a
la vida y la libertad-, llevó a descubrir los derechos de
segunda generación -derechos económicos, sociales y
culturales-, éstos han llevado a plantear los derechos de
tercera generación, cuyo valor fundamental de referencia
es la solidaridad.

Los derechos humanos de tercera generación parten
de la totalidad de necesidades e intereses del ser humano. Si el
titular de los derechos de primera generación era el ser
humano aislado, y los protagonistas de los derechos de segunda
generación eran los seres humanos en grupos, las
circunstancias actuales exigen que la titularidad de los derechos
corresponda, solidaria y universalmente a todos los seres humanos
que habitamos el planeta. El individuo y los grupos resultan
insuficientes para responder a las agresiones actuales que
afectan a toda la humanidad, tales como la degradación
medioambiental, la división de las sociedades
entre ricos y pobres, la manipulación genética
de las especies, o el acceso a ciertos bienes
públicos.

En este acápite nos referiremos a algunos de
estos derechos colectivos, y la manera como la comunidad mediante
el ejercicio del control social de la gestión publica,
puede contribuir a su defensa, protección y promoción. Es necesario tener en cuenta que
por tratarse de derechos colectivos, el control social no es solo
una acción
comunitaria reivindicativa o de exigencia del cumplimiento de los
derechos por parte de las autoridades, sino que impone el
ejercicio de tareas proactivas y de protección por parte
de la misma comunidad.

1. Los derechos de los
consumidores. 
 

Son los derechos que tienen las personas de conocer
ampliamente las características de los productos que
consumen y de contar con el respaldo del fabricante de los
mismos, quien deberá certificar la calidad y garantizar
que tales productos no lesionan la salud de los consumidores.
 

Para el ejercicio del control social es necesario tener
en cuenta que en Colombia, la Superintendencia de Industria y
Comercio
determina las condiciones que debe reunir el registro de
calidad e idoneidad de bienes y servicios, según la
naturaleza y
clase de
éstos. En ausencia de esta determinación, el
productor o importador podrá efectuar el registro sin
limitación o condicionamiento, pero con sujeción a
las nociones de calidad e idoneidad.

El registro de calidad e idoneidad constituye el
documento auténtico proveniente del productor de un bien o
servicio, con base en el cual se podrá establecer la
responsabilidad por la calidad e idoneidad del
bien o servicio, por la garantía mínima presunta
del productor y por las marcas, las
leyendas y la
propaganda
comercial de los bienes y servicios. La calidad e idoneidad
efectivas de los bienes y servicios que ofrezcan al
público deberán corresponder con las registradas, o
con las contenidas en los registros o
licencias legalmente obligatorios o con las señaladas en
las normas técnicas
oficializadas. La falta de dicha correspondencia dará
lugar a la aplicación de las sanciones. 

Algunas acciones a desarrollar
en el marco del control social de la gestión
pública

  • Constituir ligas de usuarios y asociaciones
    de defensa del consumidor.
  • Instar al Estado para que fortalezca los
    organismos y las políticas de control,
    vigilancia y sanción frente a los fabricantes de
    productos alimenticios y medicamentos.
  • Propender porque la Superintendencia de
    Industria y Comercio fomente los derechos de los
    consumidores y atienda eficazmente los reclamos de los
    usuarios.
  • Denunciar y hacer seguimiento a la publicidad falsa y
    engañosa.
  • Propender porque el Estado garantice la
    calidad de la oferta y la demanda de bienes y
    servicios.
  • Promover en los productores, proveedores y expendedores, el deber de
    informar a los ciudadanos.
  • Hacer alianzas con Universidades y Centros de
    Investigación, para hacer seguimiento a la
    calidad de los bienes y servicios que son prestados a
    la ciudadanía.
  • Promover que en los establecimientos
    comerciales se dispongan urnas para decepcionar las
    quejas y los reclamos de los ciudadanos y hacerle
    seguimiento a su adecuada atención.
  • Promover acciones de aislamiento y boicot
    pacifico de aquellas marcas y productos que de manera
    abierta violen los derechos de los
    consumidores.
  • Promover acciones de responsabilidad social empresarial,
    donde la iniciativa privada se vincule de manera
    creativa y propositiva a la defensa y protección
    de los derechos humanos.

2. Derechos de los usuarios de servicios
públicos   
 

Los servicios públicos son los que satisfacen
necesidades colectivas y presentan indivisibilidades y
economías de escala que
conducen a la constitución de monopolios naturales, tales
como los servicios de provisión de agua potable, energía
eléctrica, gas domiciliario
y transporte
público".  Como derechos colectivos los servicios
públicos genéricamente entendidos cumplen un papel
central en la construcción del Estado Social de Derecho.
La Corte Constitucional lo ha expresado así: "Los
servicios públicos son el medio por el cual el Estado
realiza los fines esenciales de servir a la comunidad, promover
la prosperidad general y garantizar la efectividad de los
principios,
derechos y deberes constitucionales (C.P., art. 2)" (Sentencia
T.092/95).
 

Estos servicios son el acueducto y el alcantarillado, el
aseo y la disposición final de las basuras, energía
eléctrica, telefonía fija pública básica
y conmutada y telefonía local móvil, distribución de gas, servicios de
Internet y de telecomunicaciones.

Para el ejercicio del control social, es muy importante
tener en cuenta que la Constitución política y el
régimen de los servicios públicos domiciliarios han
establecido unos derechos y unos deberes de los usuarios de
servicios públicos asi: 

Derechos: 

  • Cada municipio del país tiene el deber de
    asegurar a todos los habitantes de su región, a
    prestación eficiente y continua de los servicios
    públicos domiciliarios.
  • El derecho a que se cobre una
    tarifa proporcional al consumo
    más los costos que demande la prestación del
    servicio.
  • El derecho a la estratificación para efectos
    de facturación y subsidio, de acuerdo con el nivel
    socioeconómico a que pertenezca el
    usuario. 
  • Derecho a presentar peticiones, quejas, reclamos, y
    recursos ante las empresas prestadoras de servicios
    públicos domiciliarios, con relación a la
    prestación del servicio o la ejecución del
    contrato de
    servicios públicos.
  • El derecho a solicitar a los prestadores del servicio
    y obtener de estos la información completa, precisa y
    oportuna sobre todas las actividades y operaciones que
    se realicen para la prestación de los servicios
    públicos.
  • El derecho a elegir libremente el prestador del
    servicio, en el caso que existan dos o más empresas que
    presten el mismo servicio.
  • El derecho a que las condiciones de prestación
    del servicio sean iguales para todos los usuarios.

Deberes: 

  • Pagar oportunamente los servicios públicos
    dentro de los plazos y en la forma que indique la factura de
    cobro correspondiente.
  • Usar racionalmente los servicios públicos
    evitando el desperdicio y el uso desmedido de los mismos.
     
  • Informar a las empresas prestadoras del servicio
    sobre daños en las redes y en otros bienes utilizados
    para la prestación del servicio que se encuentren
    deteriorados para contribuir a que se mejore el
    servicio. 

Algunas acciones a desarrollar
en el marco del control social de la gestión
pública

  • Constituir y poner en marcha los mecanismos
    de participación ciudadana previstos
    en la ley 142 y 689, tales como los Comités de
    Desarrollo, los Comités de
    estratificación y control social y la
    participación de los Usuarios en las Juntas
    directivas de las Empresas de servicios
    públicos.
  • Exigir que se asegure la cobertura y la
    calidad en los servicios públicos
    domiciliarios. 
  • Acompañar la gestión de las
    entidades reguladoras y de la Superintendencia de
    Servicios Públicos, haciendo las denuncias
    respectivas y exigiendo resultados
    oportunos.
  • Instar para que se divulguen los derechos de
    los usuarios y que se atiendan oportunamente las quejas
    y reclamos.
  • Promover la aplicación de los
    mecanismos de defensa de los usuarios y en los casos
    pertinentes, acudir a la protesta ciudadana dentro del
    marco de la constitución y la ley, cuando no
    queden otros caminos para hacer valer las quejas y los
    reclamos.
  • Buscar mantener toda la infraestructura de
    las redes de los servicios públicos como tapas,
    canales, cables, alumbrado, etc., Denunciando el saqueo
    y adelantando acciones para que las personas respeten
    estos bienes públicos.
  • Fomentar y participar en la
    conformación de los comités de desarrollo
    y control social, los cuales son organizaciones que
    aseguran la participación ciudadana en la
    vigilancia de la gestión y en la
    fiscalización de las empresas que prestan uno o
    varios servicios públicos
    domiciliarios.

3. Derecho al medio ambiente
 
 

El daño
ambiental afecta el uso y goce de los derechos humanos. Esto no
sólo es un hecho sino que ha sido reconocido por la
comunidad internacional en reiteradas oportunidades. La
Declaración sobre Ambiente Humano de Naciones Unidas
en 1972 (Declaración de Estocolmo), la Declaración
de La Haya de 1989, la Declaración sobre Ambiente y
Desarrollo de Naciones Unidas (Río de Janeiro 1992), el
informe de la
relatora especial en derechos humanos y ambiente de la
Subcomisión de derechos humanos de Naciones Unidas
(Informe Ksentini 1994), son algunos ejemplos del reconocimiento
del vínculo entre derechos humanos y medio ambiente por
parte de la comunidad mundial. 

En Colombia, la jurisprudencia
reiterada de la Corte Constitucional ha manifestado que las
conductas que atentan contra el medio ambiente sano (Inc. 1 art.
49, CP) se tratan de manera concurrente con los problemas de la
salud, la calidad de vida y hasta de la propia
intimidad. 

Para el ejercicio del control social, es necesario tener
en cuenta algunas obligaciones del Estado frente al medio
ambiente: 

  • Garantizar el derecho a un ambiente sano y adoptar
    medidas encaminadas a obtener el mejoramiento de la calidad de
    vida de la población y el aseguramiento del bienestar
    general, a fin de evitar que se causen daños
    irreparables a la persona.
  • Aplicación eficiente de estrategias para la
    prevención y el control del deterioro ambiental, por
    ejemplo: el otorgamiento, delegación o
    cancelación de licencias ambientales.
  • Planificación del manejo y aprovechamiento de
    los recursos
    naturales para garantizar el desarrollo
    sostenible, su conservación, restauración o
    sustitución.
  • Prestar eficientemente los servicios públicos,
    la salubridad y los recursos naturales como un deber de mejorar
    la calidad de vida de los ciudadanos.
  • Acatamiento de las normas ambientales y de salud
    necesarias para garantizar una adecuada gestión de los
    residuos.
  • Armonía entre la producción económica y el entorno
    ecológico que le sirve de sustento, de forma tal que la
    actividad económica comprometa la capacidad de la
    generación futura para satisfacer sus propias
    necesidades.
  • Mantener el medio ambiente y los recursos naturales
    renovables libres de contaminación, por ejemplo los
    ríos y las cuencas hidrográficas.
  • Respetar la diversidad étnica y cultural de la
    nación, por ejemplo proteger un modelo
    económico de subsistencia de las comunidades
    indígenas, o proteger integralmente a la
    población indígena y su entorno
    natural.
  • Consultar y participar a las comunidades
    indígenas cuando se trata de la explotación de
    los recursos naturales en sus territorios.
  • Fomentar la educación
    ambiental.
  • No permitir la construcción de viviendas en
    lugares contaminados o próximos a una fuente de
    contaminación, así como buscar medidas para que
    las personas que habitan en estas áreas puedan
    trasladarse.
  • No permitir la construcción de plantas o
    industrias
    altamente contaminantes en lugares cercanos o que pueden tener
    un efecto en poblaciones o núcleos urbanos.
  • No permitir la contaminación del agua, el suelo o el
    aire, cuando
    ésta produzca efectos negativos en la salud de los
    habitantes de una comunidad, población o
    región.
  • No interferir en el derecho de las personas a buscar,
    recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole,
    sobre los efectos que la actividad de una empresa o
    industria puede tener en un individuo, colectivo o grupo de
    personas.
  • No permitir que la
    contaminación y la degradación del medio
    ambiente constituyan una amenaza persistente a la vida y salud
    del ser humano.
  • Tomar las medidas necesarias para responder cuando
    las personas han sido lesionadas en su salud.
  • No permitir el tráfico de especies
    faunísticas y sancionar a quienes exploten o menoscaben
    los recursos naturales.

 El control social en el tema medioambiental no es
solo una acción ciudadana de control y vigilancia al
actuar de las autoridades pertinentes o de realización de
las denuncias respectivas, ya que impone también el
ejercicio de responsabilidades de protección y de
prevención. Esto quiere decir, que el control social no es
solo una actuación reivindicatoria, sino que
también exige el compromiso de los ciudadanos en el
cuidado del medio ambiente.

Algunas acciones a desarrollar
en el marco del control social de la gestión
pública

  • Constituir y poner en marcha veedurías
    ciudadanas o grupos sociales de control sobre todos los
    proyectos de inversión publica y
    privada que contemplen componentes medioambientales o
    que en su implementación puedan llegar a afectar
    el medio ambiente.
  • Constitución de grupos juveniles y
    escolares ecologistas, que se dediquen a conocer el
    medio ambiente local, regional, nacional y mundial de
    cara a fomentar una cultura de respeto y defensa de este
    derecho.
  • Exigir a las Corporación
    Autónomas Regionales el suministro de
    información sobre sus planes y proyectos,
    así como rendición periódica de
    cuentas. De la misma manera, exigir que
    creen y operen de manera eficiente Oficinas de
    atención a la comunidad, donde se le brinde
    información y capacitación a los
    ciudadanos.
  • Adelantar alianzas con Universidades y
    centros de investigación para cualificar los
    pronunciamientos ciudadanos y complementarlos con
    conceptos y argumentos técnicos y
    científicos.
  • Diseñar indicadores sociales que peritan
    visibilizar y argumentar el impacto del deterioro de la
    calidad medioambiental en el entorno físico,
    social y cultural de los habitantes del respectivo
    territorio. La constitución de líneas de
    base, es un buen método para saber los avances y
    retrocesos de las políticas
    medioambientales.
  • Proponer la educación ambiental en
    escuelas y colegios, así como a la comunidad en
    general de cara a evitar la degradación del
    medio ambiente y el tráfico de especies y.
    Ilustrar a la comunidad la manera como debe hacer las
    denuncias respectivas e interponer los recursos
    pertinentes tales como la acción de tutela, la acción de
    cumplimiento, y las acciones
    populares. (ver la ultima parte de esta guía
    ciudadana) 
  • Adelantar acciones de protección y
    cuidado de los animales, para lo cual pueden fomentarse
    asociaciones protectoras y defensoras del maltrato de
    especies como los perros y demás mascotas
    domesticas, así como de animales utilizados para
    el trabajo como los caballos y las
    mulas.
  • Propender por el control de la
    contaminación (auditiva, atmosférica,
    visual, de los recursos hídricos, etc.) en
    centros urbanos. Para ello pueden constituirse alianzas
    con las autoridades competentes para contribuir al
    monitoreo y a la prevención.
  • Hacer las denuncias y el seguimiento a los
    casos de explotación fraudulenta de los recursos
    naturales (lavaderos de autos mediante el saqueo de aguas
    subterráneas, canteras, minas,
    etc.).

4. La protección del espacio
público.
 

La Constitución nacional establece en su
artículo 82 que "Es deber del Estado velar por la
protección de la integridad del espacio público y
por su destinación al uso común, el cual prevalece
sobre el interés particular. Las entidades públicas
participarán en la plusvalía que genere su
acción urbanística y regularán la
utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en
defensa de su interés común." 

De acuerdo con la Corte constitucional, la integridad
del espacio público y su destinación al uso
común, son conceptos cuya protección se encuentra a
cargo del Estado, precisamente por la necesidad de asegurar el
acceso de todos los ciudadanos al goce y utilización
común e indiscriminada de tales espacios colectivos.
 

En consecuencia, los ciudadanos deben sujetarse a los
mandamientos constitucionales y legales que regulan el debido
aprovechamiento del espacio público, como parte de su
responsabilidad con la comunidad y de sus deberes
constitucionales. Son entonces legítimas las conductas
tendientes a tratar de proteger el espacio público y el
interés de las ciudades, de proteger los derechos y los
intereses de la colectividad y en especial de los
peatones. 

Dependiendo del tamaño de cada población,
el espacio público tiene diversos componentes que en
muchos casos son ignorados por la propia administración, por lo cual es muy
importante que los servidores
públicos en primer lugar, y también todos los
ciudadanos los conozcan y hagan buen uso de ellos. Por
considerarlo de importancia para el ejercicio del control social,
a continuación haremos mención de algunos de
ellos:

a) Elementos constitutivos naturales:

  • Áreas para la conservación y
    preservación del sistema
    orográfico o de montañas, tales como: cerros,
    montañas, colinas;
  • Áreas para la conservación y
    preservación del sistema hídrico, conformado por:
    Elementos naturales, relacionados con corrientes de agua tales
    como: cuencas y microcuencas, manantiales, ríos,
    quebradas, arroyos, rondas hídricas, zonas de manejo, y
    protección ambiental, y relacionados con cuerpos de
    agua, tales como lagos, lagunas, pantanos, humedales, rondas
    hídricas, zonas de manejo y protección ambiental;
    elementos artificiales o construidos, relacionados con
    corrientes de agua, tales como: canales de desagüe,
    alcantarillas, aliviaderos, diques, presas, represas, rondas
    hídricas, zonas de manejo y protección ambiental,
    y relacionados con cuerpos de agua tales como: embalses, lagos,
    rondas hídricas, zonas de manejo y protección
    ambiental.
  • Áreas de especial interés ambiental,
    científico y paisajístico, tales como: Parques
    naturales del nivel nacional, regional, departamental y
    municipal; y Áreas de reserva natural, santuarios de
    fauna y
    flora.

b) Elementos constitutivos artificiales o
construidos:
 

  • Áreas integrantes de los sistemas de
    circulación peatonal y vehicular, constituidas por: Los
    componentes de los perfiles viales tales como: áreas de
    control ambiental, zonas de mobiliario urbano y
    señalización, ductos, túneles peatonales,
    puentes peatonales, escalinatas, bulevares, alamedas, rampas
    para discapacitados, andenes, malecones, paseos
    marítimos, camellones, sardineles, cunetas, ciclopistas,
    ciclovías, estacionamiento para bicicletas,
    estacionamiento para motocicletas, estacionamientos bajo
    espacio público, zonas azules, bahías de
    estacionamiento, bermas, separadores, reductores de velocidad,
    calzadas, carriles; Los componentes de los cruces o
    intersecciones, tales como: esquinas, glorietas, orejas,
    puentes vehiculares, túneles y viaductos;
  • Áreas articuladoras del espacio público
    y de encuentro, tales como: parques urbanos, zonas de
    cesión gratuita al municipio o distrito, plazas,
    plazoletas, escenarios deportivos; escenarios culturales y de
    espectáculos al aire libre;
  • Áreas para la conservación y
    preservación de las obras de interés
    público y los elementos urbanísticos,
    arquitectónicos, históricos, culturales,
    recreativos, artísticos y arqueológicos, las
    cuales pueden ser sectores de ciudad, manzanas, costados de
    manzanas, inmuebles individuales, monumentos nacionales,
    murales, esculturas, fuentes ornamentales y zonas
    arqueológicas o accidentes
    geográficos;
  • Son también elementos constitutivos del
    espacio público las áreas y elementos
    arquitectónicos espaciales y naturales de propiedad
    privada que por su localización y condiciones
    ambientales y paisajísticas, sean incorporadas como
    tales en los Planes de Ordenamiento Territorial y los
    instrumentos que lo desarrollen, tales como cubiertas,
    fachadas, paramentos, pórticos, antejardines,
    cerramientos;
  • De igual forma se considera parte integral del perfil
    vial, y por ende del espacio público, los antejardines
    de propiedad privada.

 c) Elementos complementarios

  • Componentes de la vegetación natural e
    intervenida.
  • Elementos para jardines, arborización y
    protección del paisaje, tales como: vegetación
    herbácea o césped, jardines, arbustos, setos o
    matorrales, árboles o bosques;
  • Componentes del amoblamiento urbano tales como
    mapas de
    localización, planos de inmuebles, informadores de
    temperatura,
    contaminación ambiental, decibeles y
    mensajes, teléfonos, carteleras locales, pendones,
    pasacalles, y buzones; bolardos, paraderos, tope llantas y
    semáforos; luminarias peatonales, luminarias
    vehiculares, protectores de árboles, rejillas de
    árboles, materas, bancas, relojes, pérgolas,
    parasoles, esculturas y murales; juegos para
    adultos y juegos infantiles; parquímetros, bicicleteros,
    surtidores de agua, casetas de ventas,
    casetas de turismo, muebles de
    emboladores; baños públicos, canecas para
    reciclar las basuras; barandas, pasamanos, cámaras de
    televisión para seguridad, cámaras
    de televisión para el tráfico,
    sirenas, hidrantes, equipos contra incendios.
  • Elementos de señalización como nomenclatura
    domiciliaria o urbana; elementos de señalización
    vial para prevención, reglamentación,
    información, marcas y varias.  

Algunas acciones a desarrollar
en el marco del control social de la gestión
pública

  • Constituir veedurías ciudadanas o
    grupos sociales de control especialmente dedicados a la
    vigilancia y control del buen uso del espacios publico
    y al adecuado ejercicio de las responsabilidades de los
    servidores públicos encargados de esta función. A esta tarea pueden
    concurrir diversas organizaciones comunitarias ya
    existentes, tales como las asociaciones o juntas de
    vecinos, las administraciones de los conjuntos residenciales, las sociedades
    de mejora y ornato, etc.
  • Vigilar que las autoridades garanticen la
    construcción y el mejoramiento de las
    infraestructuras viales, de servicios públicos
    domiciliarios, áreas de recreación y
    equipamientos sociales para la adecuación de
    asentamientos urbanos en condiciones de desarrollo
    incompleto o inadecuado. Se trata de vigilar la
    prioridad que en los planes de desarrollo debe
    dársele al mejoramiento del hábitat de los barrios
    subnormales o ilegales cuyo espacio público es
    precario o en muchos casos inexistente.
  • Propender porque se ejecuten proyectos y
    obras de recreación, parques y zonas verdes y
    expansión y recuperación de los centros y
    equipamientos que conforman la red del
    espacio público urbano.
  • Velar porque se garantice el financiamiento de infraestructura vial y
    de sistemas de transporte masivo de interés
    general.
  • Exigir el pago o indemnizaciones por acciones
    de adquisición voluntaria o expropiación
    de inmuebles, para programas de renovación
    urbana.
  • Fomentar la creación cultural y el
    mantenimiento del patrimonio cultural, mediante la
    mejora, adecuación o restauración de
    bienes inmuebles catalogados como patrimonio cultural,
    especialmente en las zonas de las ciudades declaradas
    como de desarrollo incompleto o inadecuado.
  • Exigir a las autoridades el control de los
    establecimientos o personas que con motivo de sus
    actividades comerciales o promocionales usen sistemas
    de amplificación de audio, altoparlantes o
    perifoneo en la vía pública.
  • Buscar que el Estado regule y controle el
    desarrollo urbano mediante la adopción de
    políticas y medidas, en especial de
    rehabilitación de hábitats degradados o
    marginales, promoviendo la integración y la equidad.
  • Propender porque las personas presenten para
    su recolección los residuos únicamente en
    los lugares, días y horas establecidos por los
    reglamentos y por el prestador del servicio. (No
    presentar para su recolección los residuos con
    más de 3 horas de anticipación ni dejarla
    en separadores, parques, lotes y demás espacios
    públicos).
  • Dar a conocer y promover la
    preservación de los elementos del espacio
    público.
  • Incidir en los planes de desarrollo
    territorial propendiendo por garantizar el derecho al
    especio público.
  • Propender por la construcción y
    mejoramiento de andenes, el amoblamiento y
    arborización del espacio público y que se
    hagan campañas de concientización
    ciudadana frente al uso del espacio
    público.
  • Propiciar campañas educativas de
    cultura ciudadana. 

5. El derecho al desarrollo. 
 
 

 A partir de 1985, el derecho al desarrollo se
configura como un derecho humano inalienable al desarrollo
entendido como un proceso global
económico, social, cultural y político, que tiende
al mejoramiento constante de toda la población y los
individuos sobre la base de su participación activa, libre
y significativa en el proceso de desarrollo y en la
distribución de los beneficios que de él derivan.
Se conforma también como un derecho que implica la plena
realización del derecho a la libre determinación y
plena soberanía de los Estados sobre sus riquezas
y recursos naturales, que entra en el concierto de la
interdependencia e indivisibilidad de los derechos humanos y
libertades fundamentales, y que sienta sus bases sobre el
principio de cooperación internacional consagrado en
la Carta de
las Naciones Unidas (artículos 1.3, 55 y 56). El principal
responsable del derecho al desarrollo es el Estado que es quien
debe crear las condiciones favorables al desarrollo de los
pueblos y de los individuos. 

De cara al ejercicio del control social de la
gestión pública es muy importante tener en cuenta
que la Constitución Política de Colombia de 1991 en
varios de sus artículos hace explícito el derecho
al desarrollo: 

  • En el artículo 44 establece respecto al
    desarrollo humano que la familia,
    la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir
    y proteger al niño para garantizar su desarrollo
    armónico e integral y el ejercicio pleno de sus
    derech
    os. Cualquier persona puede exigir de la autoridad
    competente su cumplimiento y la sanción de los
    infractores.
  • Igualmente en los artículos 69 y 70 estipula
    respecto al desarrollo educativo y cultural acciones que
    conllevan a facilitar condiciones por parte del Estado para el
    ejercicio de tales derechos, entre ellas la
    investigación, la ciencia,
    el desarrollo y la difusión de los valores
    culturales de la Nación.
  • Igualmente el artículo 80 de la Carta
    Política manifiesta que "El Estado planificará el
    manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para
    garantizar su desarrollo sostenible, su conservación,
    restauración o sustitución."

 El ejercicio del control social sobre este derecho
es la sumatoria del control social sobre todos los derechos
humanos en particular de los derechos económicos, sociales
y culturales, así como sobre la calidad de la democracia.
Por tal razón, todas las acciones que se adelanten en
materia de veeduría ciudadana deben siempre contemplar de
manera global, la forma como se afecta el derecho al
desarrollo.

Algunas acciones a desarrollar
en el marco del control social de la gestión
pública

  • Promover la organización de Observatorios de
    desarrollo humano, que muestren los avances y retrocesos
    en esta materia y se conviertan en un insumo para la
    formulación y evaluación de las de
    políticas públicas. En el Departamento
    Nacional de Planeación y en el Programa de las Naciones Unidas para el
    Desarrollo, PNUD, las comunidades pueden encontrar apoyo
    y asistencia técnica para estos
    efectos.
  • Hacer alianzas con Universidades y centros de
    estudio para cualificar la opinión y los
    pronunciamientos de la comunidad.
  • Exigir que en la rendición de cuentas
    por parte de las autoridades, se informe la manera como
    sus acciones están contribuyendo a la vigencia de
    este derecho.
  • Interponer recursos tales como las acciones de
    cumplimiento y las acciones populares, cuando se perciba
    que el derecho esta siendo vulnerado.

6. El derecho a la paz  

La paz es el derecho que tienen las personas a estar
libres del flagelo de la guerra y de la
solución violenta de los conflictos
sociales y personales, que únicamente conducen a la
anulación del ser humano y a la destrucción de las
sociedades.  

Sin embargo, cabe anotar que la legitimidad de las
soluciones
pacíficas a los conflictos que puedan presentarse en la
sociedad está en relación directa con el adecuado
debate y consenso que se logre en un ambiente democrático.
Desde una perspectiva constitucional, la paz no debe ser
entendida como la ausencia de conflictos sino como la posibilidad
de tramitarlos pacíficamente. 

El logro de la convivencia pacífica en una
sociedad no sólo es una cuestión de medios
institucionales y personales para contrarrestar la violencia; es
también un asunto cultural. La paz no es simplemente el
resultado de la eliminación de los conflictos,
también es la consecuencia de la convicción
ciudadana en la conveniencia de los métodos
jurídicos de solución de conflictos. Una sociedad
que centre sus esperanzas de convivencia pacífica en los
métodos de disuasión por medio de las armas de fuego es
una sociedad fundada en un pacto frágil y
deleznable.

Las relaciones
interpersonales estarían construidas en el temor y la
desconfianza recíprocas, de tal manera que la ausencia de
cooperación, entendimiento y confianza como bases del
progreso social serían un obstáculo insalvable para
el crecimiento individual y colectivo.  

El control social en materia de derecho a la paz implica
una especie de doble militancia: vigilar el actuar de las
autoridades públicas para garantizar este derecho, y
ejercer una vida cotidiana pacifista y condenatoria de todas las
formas de violencia y de agresión a la dignidad de las
personas.

Algunas acciones a desarrollar
en el marco del control social de la gestión
pública

  • Buscar soluciones pacíficas a los
    conflictos entendiendo que los métodos violentos
    no son alternativas y sólo traen funestas
    consecuencias.
  • Promover el fortalecimiento al sistema
    judicial como medio para devolver al ciudadano la
    confianza en las instituciones y evitar así el
    uso de medios de hecho en la resolución de los
    conflictos.
  • Hacer seguimiento a las políticas
    nacionales y locales para garantizar alternativas a la
    solución al conflicto armado.
  • Fomento a programas educativos que propendan
    por la convivencia ciudadana y el respeto a los
    derechos de los demás. Vigilar que en los
    manuales de convivencia en los planteles
    educativos, se contemplen mecanismos alternativos de
    tramite pacifico de los conflictos.
  • Denunciar cualquier actor armado que atenten
    contra la población civil, así como
    propender por la promoción de eventos de movilización ciudadana
    contra la guerra.
  • Seguimiento y sanción ciudadana a todo
    tipo de acción gubernamental o privada que
    promueva o apoye la guerra o las acciones
    bélicas injustificadas.
  • Velar por la existencia y eficacia de los programas de control al
    tráfico de armas y programas de
    desarme.
  • Adelantar acciones de resistencia civil.

Quinta parte: 
Los Objetivos de
desarrollo del Milenio. 
 

Los ocho objetivos de desarrollo del Milenio, que abarcan
desde la reducción a la mitad la pobreza
extrema hasta la detención de la propagación del
VIH/SIDA y la
consecución de la enseñanza primaria universal para
el año 2015, constituyen un plan convenido por todas las
naciones del mundo y todas las instituciones de desarrollo
más importantes a nivel mundial. Los objetivos han
galvanizado esfuerzos sin precedentes para ayudar a los
más pobres del mundo y Bogotá los ha asumido como
una de sus prioridades a alcanzar en el marco del plan de
desarrollo Bogotá sin indiferencia. 

Esos objetivos son: 

Objetivo 1

Erradicar la pobreza extrema y el hambre

Meta 1. Reducir a la mitad,
entre 1990 y 2015, el porcentaje de personas cuyos
ingresos sean inferiores a 1 dólar por
día

Meta 2. Reducir a la mitad,
entre 1990 y 2015, el porcentaje de personas que padezcan
hambre

Objetivo 2

Lograr la enseñanza primaria
universal

Meta 3. Velar por que, para
el año 2015, los niños y niñas de
todo el mundo puedan terminar un ciclo completo de
enseñanza primaria

Objetivo 3

Promover la igualdad entre los sexos y la
autonomía de la mujer

Meta 4. Eliminar las
desigualdades entre los géneros en la
enseñanza primaria y secundaria, preferiblemente
para el año 2005, y en todos los niveles de la
enseñanza antes del fin del año
2015

Objetivo 4

Reducir la mortalidad infantil

Meta 5. Reducir en dos
terceras partes, entre 1990 y 2015, la mortalidad de los
niños menores de 5 años

Objetivo 5

Mejorar la salud materna

Meta 6. Reducir, entre 1990
y 2015, la mortalidad materna en tres cuartas
partes

Objetivo 6

Combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras
enfermedades

Meta 7.Haber detenido y
comenzado a reducir, para el año 2015, la
propagación del VIH/SIDA

Meta 8. Haber detenido y
comenzado a reducir, para el año 2015, la
incidencia del paludismo y otras enfermedades graves

Objetivo 7

Garantizar la sostenibilidad del medio
ambiente

Meta 9. Incorporar los
principios del desarrollo sostenible en las
políticas y los programas nacionales e invertir la
pérdida de recursos del medio ambiente

Meta 10. Reducir a la mitad,
para el año 2015, el porcentaje de personas que
carezcan de acceso sostenible a agua potable

Meta 11. Haber mejorado
considerablemente, para el año 2020, la vida de
por lo menos 100 millones de habitantes de
tugurios

Objetivo 8

Fomentar una asociación mundial para
el desarrollo a desarrollo

Meta 12. Desarrollar
aún más un sistema comercial y financiero
abierto, basado en normas, previsible y no
discriminatorio Se incluye el compromiso de lograr una
buena gestión de los asuntos públicos y la
reducción de la pobreza, en cada país y en
el plano internacional

Meta 13. Atender las
necesidades especiales de los países menos
adelantados.   Se incluye el acceso libre de
aranceles y cupos de las exportaciones de los países menos
adelantados; el programa mejorado de alivio de la deuda
de los países pobres muy endeudados y la
cancelación de la deuda bilateral oficial, y la
concesión de una asistencia para el desarrollo
más generosa a los países que hayan
expresado su determinación de reducir la
pobreza

Meta 14. Atender las
necesidades especiales de los países sin litoral y
de los pequeños Estados insulares en
desarrollo(mediante el Programa de Acción para el
desarrollo sostenible de los pequeños Estados
insulares en desarrollo y los resultados del
vigésimo segundo período de sesiones de la
Asamblea General)

Meta 15. Encarar de manera
general los problemas de la deuda de los países en
desarrollo con medidas

Meta 16. En
cooperación con los países en desarrollo,
elaborar y aplicar estrategias que proporcionen a los
jóvenes un trabajo digno y productivo

Meta 17. En
cooperación con las empresas farmacéuticas,
proporcionar acceso a los  medicamentos esenciales
en los países en desarrollo

Meta 18. En
colaboración con el sector privado, velar por que
se puedan aprovechar los beneficios de las nuevas
tecnologías, en particular de las
tecnologías de la información y de las
comunicaciones

 Para efectos del control social de la
gestión publica, el acudir al análisis de los compromisos adquiridos por
Colombia y todas sus autoridades con la comunidad internacional
para cumplir con los Objetivos de Desarrollo del Milenio, es
complementar la argumentación sobre la importancia del
cumplimiento de las responsabilidades nacionales con los derechos
humanos.

Sexta parte. 

Instituciones
encargadas de velar por los derechos humanos.

En principio y como un mandato constitucional, es
responsabilidad de todas las autoridades y como un fin mismo del
Estado consagrado en el articulo segundo de la
Constitución que establece: " Son fines esenciales del
Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y
garantizar la efectividad de los principios, deberes y derechos
consagrados en la Constitución; facilitar la
participación de todos en las decisiones que lo afectan y
en la vida económica, política, administrativa y
cultural de la Nación; defender la independencia
nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la
convivencia pacifica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la Republica están instituidas
para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su
vida, honra y bienes, creencias y demás derechos y
libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes
sociales del Estado y de los particulares."

De este mandato constitucional se deriva una
responsabilidad directa de todas las ramas del poder publico
(judicial, legislativa, organismos de control y vigilancia, la
organización electoral y las entidades territoriales),
así como las diversas instancias del gobierno
Distrital y Nacional en procura de la protección,
promoción y defensa de los derechos humanos. Sin embargo,
algunas instancias tienen una mayor incidencia en determinados
derechos por su especificidad en algunos temas.

Un ejemplo es el Ministerio de la Protección
Social, quien tiene la función de procurar la defensa de
los derechos de los trabajadores y los derechos asociados a la
salud básica y la Seguridad Social, como también
tiene la obligación el ministerio de educación por
procurar la defensa al derecho a la educación y libertad
de cátedra, objetivos a los que también concurren
en el nivel distrital las secretarias de salud y educación
y el departamento administrativo de bienestar social
respectivamente.  

Existen también instancias de control y
vigilancia, que propenden porque el Estado a través del
Gobierno Distrital y Nacional y de las de más remas del
poder publico cumplan efectivamente con sus funciones y ofrezcan
a los ciudadanos todas las condiciones necesarias para hacer un
uso efectivo de sus derechos. Entre estas instancias tenemos
organismos en el ámbito nacional como la Defensoría
del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación. A
nivel de los municipios y Distritos están las
Personerías. En el caso de Bogota, existe también
la Veeduría Distrital, que vela porque los empleados
públicos cumplan cabalmente sus funciones, lo cual
garantiza directa e indirectamente que se garanticen los derechos
humanos.  

1. La Defensoría del
Pueblo
 

La Defensoría del Pueblo es un organismo que
forma parte del Ministerio Público, ejerce sus funciones
bajo la suprema dirección del Procurador General de la
Nación y le corresponde esencialmente velar por la
promoción, el ejercicio y la divulgación de los
Derechos Humanos. Son tres las áreas prioritarias de
acción de la Institución: 

En primer lugar, Educar a los colombianos en la
autonomía, la igualdad, el pluralismo y el respeto al
otro. Esta función educativa, la Defensoría la
cumple de manera formal, con la producción de material
educativo, libros,
cartillas, audiovisuales; y, de manera informal, con los
pronunciamientos permanentes sobre los hechos cotidianos, que
ayudan al ciudadano común y corriente, entender y
reflexionar sobre la vigencia de los derechos fundamentales como
una responsabilidad tanto de los funcionarios públicos,
como de los mismos particulares.  

En segundo lugar, adelantar una amplia campaña de
promoción de los derechos, que a diferencia del
énfasis educativo, se trata de promover que el Estado
implemente las acciones necesarias para garantizar derechos que
como los económicos y sociales, los cuales en Colombia
tienen hasta ahora más un valor prescriptivo y
programático que de aplicación real. Esto ocurre
porque el Estado no tiene los medios suficientes para hacer
efectivos la totalidad de los derechos.  

La tercera función de la Defensoría es la
defensa del ciudadano. A través de la Defensoría
del Pueblo, el ciudadano se potencia, el
ciudadano se fortalece. Se asume que si un ciudadano es la
categoría más importante de una democracia, que si
en él radica el origen político del poder
democrático de las instituciones, que si el ciudadano es
no solamente el origen sino el beneficiario directo de la
función pública, el debe ser el receptor final de
la actuación de los distintos órganos en los que se
manifiesta el poder público.  

Corresponde también a la Defensoría en las
actuales circunstancias, adelantar una ardua tarea de
formación de la opinión pública en los
derechos humanos y sobre la situación de los mismos en el
país. La opinión
pública es esencial en cualquier democracia. La
Defensoría del Pueblo tiene la tarea permanente de
orientar y formar esa opinión pública, a
través de actos, de informes, de
posiciones defensoriales, etc. Eso contribuye a la
formación de los ciudadanos, potencia a la opinión
pública, la habilita para tomar mayor participación
en la defensa de los Derechos Humanos y en la vida
democrática del país. 

 2. La Procuraduría General de la
Nación 

La Procuraduría General de la Nación es el
máximo organismo del Ministerio Público, es decir,
representa a la sociedad colombiana, supervigila la conducta de los
servidores públicos, y defiende el orden jurídico y
los derechos fundamentales. 

La función preventiva: Considerada la
principal responsabilidad de la Procuraduría que esta
empeñada en "prevenir antes que sancionar", vigilar el
actuar de los servidores públicos y advertir cualquier
hecho que pueda ser violatorio de las normas vigentes, sin que
ello implique coadministración o intromisión en la
gestión de las entidades estatales. 

La función de intervención: En su
calidad de sujeto procesal, interviene ante las jurisdicciones
Contencioso Administrativa, Constitucional y ante las diferentes
instancias de las jurisdicciones penal, penal militar, civil,
ambiental y agraria, de familia, laboral, ante el
Consejo Superior de la Judicatura y las autoridades
administrativas y de policía. Su facultad de
intervención no es facultativa sino imperativa y se
desarrolla de forma selectiva cuando el Procurador General de la
Nación lo considere necesario y cobra trascendencia
siempre que se desarrolle en defensa de los derechos y las
garantías fundamentales. 

La función disciplinaria: La
Procuraduría General de la Nación es la encargada
de iniciar, adelantar y fallar las investigaciones
que por faltas
disciplinarias se adelanten contra los servidores públicos
y contra los particulares que ejercen funciones públicas o
manejan dineros del estado, de conformidad con lo establecido en
el Código
Único Disciplinario ó Ley 734 de
2002. 

3. Las Personerías Municipales y
Distritales.

El Personero cumple funciones como defensor del pueblo,
es agente del Ministerio Público y es Veedor del Tesoro.
Como veedor ciudadano le ha correspondido representar a la
comunidad, vigilar y fiscalizar la gestión que cumplen las
diversas autoridades administrativas de carácter local y la conducta oficial de los
empleados municipales, y velar por el cabal ejercicio del derecho
de petición. Como agente del Ministerio Público
lleva la vocería de la sociedad para garantizar el
cumplimiento de la Ley y la justicia

Funciones como defensor de los derechos
humanos.
 

Son atribuciones del Personero, que cumple como defensor
de los derechos humanos, las siguientes: 

  • Recibir las quejas y reclamos que cualquier individuo
    o institución le hagan llegar, referentes a la
    violación por parte de funcionarios del Estado, o
    agentes ajenos al Gobierno, de los derechos civiles o
    políticos y de las garantías
    sociales.
  • Solicitar informaciones que al respecto considere
    necesarias, para lo cual tendrá acceso a las
    dependencias de carácter nacional, departamental y
    municipal de su jurisdicción.
  • Todas las autoridades que realicen capturas o
    retenciones, allanamientos o actos que limiten la libertad de
    los ciudadanos, deberán notificar tales acciones, su
    motivo y el lugar de su realización al personero
    municipal de la respectiva jurisdicción en un
    término no superior a las 24 horas siguientes a la
    realización de dichos eventos, so pena de constituir
    causal de mala conducta que será sancionada por la
    destitución del empleo.
  • Solicitar a los funcionarios de la Rama
    Jurisdiccional los informes que considere necesarios, sobre los
    hechos investigados que se relacionen con la violación
    de los derechos humanos y que hubieren sido cometidos en el
    respectivo municipio, sin que para tales efectos exista reserva
    del sumario, previo el cumplimiento de las formalidades
    previstas en el Código de Procedimiento
    Penal para tales efectos.
  • Promover la acción jurisdiccional en los casos
    en que exista fundamento para ello.
  • Poner en conocimiento de las autoridades competentes
    los hechos que a su juicio impliquen situaciones irregulares, a
    fin de que sean corregidas o sancionadas por la
    administración.
  • Presentar informe anual al Concejo Municipal y a las
    Procuradurías regionales sobre la situación de
    los derechos humanos en su municipio y recomendar las medidas
    pertinentes.

 Funciones como Agente del Ministerio
Público 

El Personero ejerce en el municipio, bajo la
dirección suprema del Procurador General de la
Nación, las funciones del Ministerio Público,
además de las que determinen la Constitución, la
ley, los acuerdos, y las siguientes: 

  • Vigilar el cumplimiento de la Constitución,
    las leyes, las ordenanzas, las decisiones judiciales y los
    actos administrativos, promoviendo las acciones a que hubiere
    lugar, en especial las previstas en el artículo 87 de la
    Constitución.
  • Vigilar el ejercicio eficiente y diligente de las
    funciones
    administrativas municipales.
  • Ejercer la vigilancia de la conducta oficial de
    quienes desempeñan funciones públicas
    municipales; ejercer preferentemente la función
    disciplinaria respecto a los servidores públicos
    municipales; adelantar las investigaciones correspondientes
    acogiéndose a los procedimientos
    establecidos para tal fin por la Procuraduría General de
    la Nación, bajo la supervigilancia de los procuradores
    provinciales a las cuales deberán informar de las
    investigaciones.
  • Intervenir eventualmente y por delegación del
    Procurador General de la Nación en los procesos y
    ante las autoridades judiciales o administrativas cuando sea
    necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio
    público o de los derechos y garantías
    fundamentales.
  • Intervenir en los procesos civiles y penales en la
    forma prevista por las respectivas disposiciones
    procedimentales.
  • Intervenir en los procesos de policía, cuando
    lo considere conveniente o cuando lo solicite el contraventor o
    el perjudicado con la contravención
  • Velar por la efectividad del derecho de
    petición con arreglo a la ley.
  • Exigir a los funcionarios públicos municipales
    la información necesaria y oportuna para el cumplimiento
    de sus funciones, sin que pueda oponérsele reserva
    alguna, salvo la excepción prevista por la
    Constitución o la ley.
  • Defender el patrimonio público interponiendo
    las acciones judiciales y administrativas
    pertinentes.
  • Interponer la acción popular para el
    resarcimiento de los daños y perjuicios causados por el
    hecho punible, cuando se afecten intereses de la comunidad,
    constituyéndose como parte del proceso penal o ante la
    jurisdicción civil.
  • Divulgar los derechos humanos y orientar e instruir a
    los habitantes del municipio en el ejercicio de sus derechos
    ante las autoridades competentes o entidades de carácter
    privado.
  • Cooperar en el desarrollo de las políticas y
    orientaciones propuestas por el Defensor del Pueblo en el
    territorio municipal.
  • Interponer por delegación del Defensor del
    Pueblo las acciones de tutela en nombre de cualquier persona
    que lo solicite o se encuentre en situación de
    indefensión.

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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