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Tesis: Diversificación de la administración financiera para la gestión óptima de la Policía Nacional del Perú (página 3)



Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6

  • DIAGNOSTICO Y PRONOSTICO DE LA GENERACION DE
    RECURSOS
    DIRECTAMENTE RECAUDADOS EN LA PNP.
  1. DIAGNOSTICO

La Policía Nacional del Perú capta
recursos propios a través de dos órganos
institucionales: la Dirección de Economía y Finanzas
(DIECOF)
y el Fondo de Bienestar (FONBIEPOL). La
Dirección de Economía y Finanzas
recauda los ingresos
generados por los procedimientos y
los servicios
administrativos y técnicos establecidos en el Texto
Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior. El Fondo
de Bienestar de la Policía Nacional, es la dependencia
encargada de producir ingresos económicos mediante la
suscripción de convenios con entidades públicas y
privadas , así como la creación de empresas o
entidades económico-financieras que permitan generar
recursos propios.

Ambos órganos funcionan en forma independiente,
con organización, funciones ,
administración , naturaleza y
finalidades diferenciadas.

DESCRIPCIÓN DE LA ESTRATEGIA DE
LA DIECOF:

La Dirección de Economía de la
Policía Nacional, se circunscribe a la recaudación
de los ingresos generados por la venta de bienes y tasas
policiales, establecidas en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior,
aprobado por Decreto Supremo Nro.002-2002-IN de 23MAR2002, en el
cual se consignan las actividades y servicios que se detallan a
continuación :

  • Certificado de Domicilio y/o Certificado de
    Supervivencia
  • Copia Certificada de Denuncia Policial
  • Copia de Actuados Policiales
  • Certificado de Mudanza Domiciliaria o
    Comercial
  • Seguridad a Entidades Bancarias, Custodia de Dinero,
    Valores y
    Explosivos
  • Admisión a la Escuela de
    Oficiales
  • Admisión a la Escuela de
    Suboficiales
  • Admisión a la Escuela de Suboficiales
    Femenina
  • Admisión a la Escuela de Enfermería y Laboratorio
  • Expedición de Licencia de Armas( Retiro,
    Disponibilidad)
  • Examen Médico Canje o Revalidación de
    Licencia de Conducir
  • Examen Médico Postulante a Policía de
    Vigilancia Privada
  • Examen de Dosaje Etílico
  • Examen para Concesionarios en las UU.OO
  • Examen Psicosomático para Reingresar a la
    PNP
  • Examen Toxicológico Cualitativo
  • Certificado de Antecedentes
  • Expedición de Ficha de Canje
    Internacional
  • Peritaje Criminalístico
    Pelmatoscópico
  • Odontograma
  • Constatación de Daños en
    Vehículos por Accidentes
  • Autorización de Uso de Lunas Oscuras en
    Vehículos
  • Expedición de Certificados de
    Identificación Vehicular
  • Expedición de Gravamen Vehicular
    Policial
  • Acta de Verificación a Productores de Insumos
    Químicos
  • Análisis de ADN
    (Bio-molecular)

Las multas por infracciones al Código
Administrativo de Contravenciones de Policía, no se
ejecutan en razón que el indicado cuerpo normativo no ha
entrado en vigencia; asimismo, la prestación de servicios
individualizados o localizados se encuentra en similar
situación al no disponerse de los instrumentos legales
complementarios que posibiliten la captación de un
porcentaje de la renta de tales servicios a favor del Estado-Policía Nacional.

Esta recaudación constituye fuente de financiamiento
del presupuesto de la
Policía Nacional y está sujeta a lo prescrito en la
Directiva Nro.003-97-IN-OSPI/P , aprobada con Resolución
Ministerial N° 0305-97/IN de 09 ABR 97, sobre la
Ejecución de Presupuestos
financiados con Recursos Directamente Recaudados y Donaciones, en
la cual se establece que éstos deben ser destinados a
satisfacer necesidades urgentes, orientándose el 30% de
los mismos para Gastos
Corrientes(Bienes y Servicios) y el 70% para Gastos de Capital(Inversiones y
otros gastos de capital).

DESCRIPCIÓN DE LA ESTRATEGIA DEL
(FONBIEPOL).

El Fondo de Bienestar de la Policía Nacional del
Perú, creado mediante Resolución Ministerial N°
0041-98-IN/PNP de 08ENE98, es un ente económico financiero
de Derecho
Público Interno con autonomía administrativa,
económica y financiera, dependiente de la Dirección
General de la Policía Nacional, que tiene los objetivos
siguientes:

  • Captación y generación de Recursos
    Propios para el financiamiento de los proyectos de
    bienestar de la PNP.
  • Ejecución de proyectos, planes y programas de
    inversión social a favor de los miembros
    de la PNP y sus respectivos familiares.
  • Optimización en la
    administración de los recursos económico
    financieros provenientes de subvenciones, donaciones,
    convenios.
  • Prestación a terceros y otros que de hecho o
    de derecho le favorezca por ley.
  • Desarrollar proyectos de
    Inversión y constituir empresas para la
    captación de recursos propios.
  • Explotar convenios suscritos por Unidades Policiales
    con empresas públicas y privadas, con
    participación porcentual para el FONBIEPOL.

Actualmente, la generación de recursos de este
organismo institucional está basada en la
suscripción de cinco convenios con instituciones
del sector
público y privado, así como por la
conformación de un ente empresarial, de acuerdo al detalle
siguiente :

  • Convenio con la Asociación de Bienestar
    Seis de Agosto
    , renovado anualmente, del cual se capta el
    50% de los recursos económicos generados por el concepto de
    toma de fotografías para la expedición de
    Certificados de Antecedentes Policiales; actualmente opera en
    Lima y algunas provincias, teniendo proyección para
    concretarse a nivel nacional.
  • Convenio con la empresa
    telefónica,
    del cual se percibe el 5% del monto
    recaudado por teléfonos monedero ubicados en
    instalaciones policiales.
  • Convenios por la prestación de servicios
    individualizados suscritos con la VII Región PNP, ENAPU
    y ESSALUD.
  • Renta producida por la empresa de
    servicios de limpieza y mantenimiento SERVIGEN SMP-FSRL, perteneciente
    al FONBIEPOL.

Los recursos captados desde la creación del fondo
hasta la actualidad, sólo han sido destinados a la
remodelación de instalaciones sanitarias y
adquisición de equipo médico, mobiliario y materiales
para los Hospitales Augusto B. Leguía y Central de la
Policía Nacional, en un monto de 1.5 Millones de Nuevos
Soles aproximadamente, durante los años 2000-2001 y montos
similares los años 2002 a 2004.

2.2.1.2.2. PRONOSTICO DE LOS RECURSOS PROPIOS EN LA
PNP:

Al respecto se propone la implementación de un
Plan
Estratégico de Generación de Recursos Propios
para la Institución y para el Bienestar del Personal PNP, en
el cual se plantea las estrategias
siguientes :

      1. Realizar las coordinaciones para la
        modificación de la Ley N° 27238 (Ley de la
        PNP), del DS N° 008-IN-2000 (Reglamento de la Ley
        PNP) y la Promulgación del Reglamento de
        Servicios Individualizados y proyectos financieros
        que obran en el presente……."
        (06meses);
      2. Llevar a cabo los Proyectos que tiene en
        cartera el Fondo de Bienestar, además de
        repotenciar los que están en ejecución
        (06 meses);
      3. En un plazo de seis meses, recopilar la
        información con respecto a los
        recursos propios que viene generando la PNP a nivel
        nacional y de aquellos que falten explotar, para
        realizar proyectos que concreten los objetivos
        trazados para la captación de
        recursos;
      4. Realizar estudios mediante entrevistas grupales (Focus Group) en
        todos los segmentos de la PNP, para conocer y evaluar
        las necesidades con el fin de priorizar las
        actividades de bienestar en forma colectiva, para
        permitir una adecuada distribución de recursos
        propios.
    1. DE CARÁCTER
      GENERAL:
    2. DE CARÁCTER
      ESPECIFICO:

    (a) INVERSIONES

    Realizar una selección a fin de priorizar los
    proyectos para ser ejecutados a corto plazo, teniendo en
    cuenta las fortalezas (intangibles de la PNP) y
    oportunidades que posee para captar recursos
    económicos a través de gestiones
    empresariales.

    (b) REALIZACION DE ALIANZAS:

    Realizar una alianzas estratégica, mediante
    la firma de un Contrato de
    Colaboración Empresarial del tipo
    Asociación en Participación para la
    fabricación de puertas, ventanas y otros productos relacionados con este giro que en
    la actual coyuntura tiene gran apogeo interno como externo.
    A este respecto se presenta proyecto
    con todos sus detalles.

    También se podría realizar un
    Joint Venture con la empresa española
    "LIDERCON SRL", o con otras, expertas en
    implantación y puesta en marcha de módulos de
    Inspecciones Técnicas Vehiculares (llave en mano).
    Las actividades del proyecto se distribuirán
    porcentualmente entre el Municipio, la empresa privada y la
    Policía Nacional (10%).

    (c) REMOLQUE DE VEHÍCULOS
    (GRUAS):

    Las Municipalidades de Lima y Callao requieren del
    servicio
    de grúas para el remolque de vehículos
    infractores al Reglamento General de Tránsito, con
    la misma modalidad del proyecto anterior y con la misma
    empresa extranjera, la cual invertirá en
    infraestructura, recursos
    humanos, tecnológicos y económicos para
    su implementación y ejecución, se puede
    facilitar dicho servicio en las mejores condiciones para la
    PNP.. Este proyecto requiere suscribir convenios. Las
    utilidades se distribuirán porcentualmente entre el
    Municipio, la empresa privada y la Policía
    Nacional(10%).

    (d) SISTEMAS DE ALARMAS Y
    TELEVIGILANCIA:

    La Policía Nacional del Perú,
    mediante convenio con la empresa privada y con la
    Municipalidad se comprometería a montar, equipar y
    mantener una sala de operaciones
    en las sedes de las Comisarías, con los medios
    tecnológicos necesarios para la ejecución de
    proyectos y equipos de comunicación u otros, para la
    planificación, ejecución,
    supervisión y control
    de las actividades operativas del proyecto destinado a
    brindar seguridad ciudadana, permitiendo una
    comunicación oportuna y eficiente con las unidades
    móviles de auxilio inmediato. El financiamiento de
    la inversión del sistema
    de alarmas y televigilancia que se instalarán en los
    diferentes inmuebles o lugares considerados como "puntos
    críticos", correrá a cargo de la empresa
    privada, así como de los respectivos cobros a los
    usuarios para el funcionamiento óptimo del proyecto
    a través del Municipio. Las utilidades del programa se
    distribuirán porcentualmente entre el Municipio, la
    empresa privada y la Policía Nacional
    (10%).

    (e) PRESTACIÓN DE SERVICIOS
    INDIVIDUALIZADOS CON PERSONAL EN ACTIVIDAD EN
    SITUACIÓN DE FRANCO Y VACACIONES:
    .

    Existe mercado
    para la prestación de servicios individualizados a
    las empresas mineras, industriales, comerciales y banca,
    entre otras, tanto públicas como privadas con
    personal de la PNP, uniformado y con su armamento. Las
    Regiones PNP a través de sus Jefes de Región
    firmarán convenios para este servicio imponiendo
    dentro de sus cláusulas un porcentaje de 20% para
    FONBIEPOL, sin afectar el ingreso económico del
    efectivo policial…..".

  1. CORTO PLAZO

    (1) DE CARÁCTER GENERAL

    En el mediano plazo proyectar la creación
    de un Centro de Instrucción de Seguridad Privada, para la formación
    y capacitación del personal de
    seguridad en todos su niveles y con valor
    oficial.

    (2) DE CARÁCTER
    ESPECIFICO

    El Reglamento de Seguridad Privada, aprobado
    mediante DS 005-94-IN de fecha 12MAY94, establece en sus
    artículos 64, 65 y 66 que las actividades de
    formación, capacitación y reentrenamiento del
    personal que desempeña actividades de vigilancia
    privada deben ser impartidas en un " Centro de
    Instrucción ", que proponga el perfil ocupacional,
    requisitos para alcanzar la calificación de la
    formación, capacitación y reentrenamiento y
    sus respectivos planes para su aprobación por la
    DISCAMEC, incluyendo la acción promovedora de esta entidad
    para realizar convenios con instituciones nacionales y
    extranjeras legalmente constituidas.

    Actualmente no existe en el ámbito nacional
    un Centro de Instrucción de Seguridad Privada,
    siendo una actividad controlada por la DISCAMEC y regulada
    por ley, pero es el caso que se desarrolla informalmente en
    nuestro medio, siendo necesario su control por parte de la
    Policía Nacional e incorporar la actividad de
    vigilancia privada en los niveles de educación(profesionalización ), para que
    ésta desarrolle un mejor servicio a la comunidad
    con una preparación eficiente tanto en seguridad
    como en salvamento. Es necesaria la suscripción de
    un convenio entre la DISCAMEC y la PNP, para que a
    través del FONBIEPOL se realice esta gestión…..".

  2. MEDIANO PLAZO
  3. LARGO PLAZO

Debe preverse que a largo plazo, los proyecto de corto y
mediano plano los deben haber sido aplicados y por tanto la
institución estaría recibiendo los resultados de
las gestiones efectuadas; por tanto para efectos de darles
continuidad se proyecta lo siguiente :

Ampliar la cobertura a nivel nacional de los proyectos
de Revisión Técnica, Grúas y Sistemas de
Alarmas y Televigilancia, con los Gobiernos Regionales, empresa
privada y Policía Nacional, lo que permitirá el
desarrollo de
la Región respectiva con respecto a la generación
de recursos económicos y fuentes de
trabajo.

Con respecto al Proyecto de
Inversión de creación de una Escuela de
Vigilancia Privada, se logrará ampliar su cobertura a
nivel nacional con el propósito de crear doctrina en el
servicio de vigilancia privada y evitar que esta ocupe el espacio
de la Policía Nacional.

Otras Inversiones que se proyecten. "

EL FONBIEPOL Y SUS ESTRATEGIAS PARA GENERAR
INGRESOS:

FONBIEPOL tiene a la fecha pendientes de
implementación las estrategias particulares que se
enuncian a continuación :

  1. Proyecto de Seguridad Ciudadana, a
    través del cual se suscribirán convenios con el
    Gobierno
    local o Municipios, para recaudar recursos a través de
    los recibos de los servicios(agua,
    luz,
    arbitrios, etc);
  2. Creación de la Escuela de Vigilantes
    Privados
    , especializada en la formación de cuadros
    especializados para la vigilancia y protección de
    instalaciones e infraestructura empresarial, así como
    para la seguridad de los ejecutivos privados;
  3. Creación de una empresa
    especializada en el control del combustible
    utilizado por
    el parque vehicular de la PNP, lo que permitiría
    controlar el uso de los carburantes y a la vez racionalizar
    su distribución;
  4. Creación de una empresa para el servicio
    de grúas y guardianía de
    vehículos(cochera),
    con una capacidad inicial de
    500 vehículos. Para ello puede utilizarse los
    depósitos de vehículos de propiedad
    de la PNP.;
  5. Creación de una Fábrica de
    Ataúdes
    , para prestar el servicio correspondiente
    tanto al servicio funerario PNP, como al mercado
    externo;
  6. Creación de la Universidad de la PNP, destinada a brindar
    servicios educativos al personal policial y sus familiares,
    así como también a la misma comunidad. Cabe
    indicar, que contando solamente con el mercado interno, se
    podrían proyectar importantes ingresos.
  7. Creación e implementación de
    supermercados sobre la base de los bazares policiales
    , en
    donde se expenderían productos alimenticios,
    especialmente al personal policial, con lo que se tiene
    asegurado el mercado de clientes.

ACCIONES QUE DEBERIA REALIZAR EL ESTADO MAYOR
GENERAL:

  1. Designar una Comisión Ejecutiva para formular
    el Nuevo Plan
    Institucional de Captación y Generación de
    Recursos Propios en la PNP;
  2. Continuar con la gestión de derogación
    explícita del Decreto Ley Nº 21859 de 07JUN1977,
    por contravenir la legislación actualmente
    vigente;
  3. Gestionar la modificación del artículo
    51º de la Ley de la PNP? Ley Nº 27238 y su Reglamento
    incluyendo el numeral 8.4 sobre la prestación
    individualizada de servicios de protección y seguridad
    policial que presta la Policía Nacional del Perú,
    conforme al texto siguiente : "8.4 Las personas jurídicas públicas
    o privadas y/o personas naturales, que realicen actividades con
    fines de lucro cualquiera sea su naturaleza, que requieran la
    prestación de servicios policiales, no previstos o que
    excedan el Presupuesto de la Policía Nacional,
    deberán sufragar el costo de los
    mismos de conformidad a los procedimientos establecidos en el
    Texto Único de Procedimientos Administrativos del
    Ministerio del Interior en lo relativo a la Dirección
    General de la Policía Nacional del
    Perú";
  4. Los nuevos convenios a suscribir por la
    Policía Nacional del Perú para la
    prestación de servicios individualizados de seguridad y
    protección policial y los actualmente vigentes que se
    renueven no deberán afectar el monto que actualmente
    percibe el personal ni la forma de pago directo que realizan
    las entidades públicas, personas jurídicas
    privadas o personas naturales contratantes. Considerando que
    del total pactado, el 70% sea entregado al personal policial
    que presta el servicio y el 30% sea entregado a la
    Policía Nacional del Perú, para su administración de acuerdo a la
    legislación de la materia;
  5. Conformar una Comisión Especial para la
    formulación del Reglamento de Administración de Personal y Reglamento
    de Régimen Económico de la PNP con la finalidad
    de dar cumplimiento al Capítulo 3 del Régimen
    Económico de la Ley Orgánica de la PNP – Ley
    Nº 27238;
  6. Aprobar el proyecto de Convenio Marco para la
    suscripción de convenios entre la Policía
    Nacional del Perú y entidades públicas y privadas
    para la prestación de servicios individualizados de
    seguridad y protección policial;
  7. Modificar los derechos de pago que se
    abonan por los servicios técnicos que presta la PNP
    aprobados por RM Nº 1620-2001/IN/PNP del 30DIC2001.
    Asimismo, se incluyan nuevos servicios
    técnicos;
  8. Modificar, mediante Decreto Supremo, el Derecho de
    tramitación de los procedimientos y servicios
    administrativos considerados en el Texto Único de
    Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior
    relativo a la Dirección General de la Policía
    Nacional del Perú.
  9. Actualizar el Texto Único de Procedimientos
    Administrativos del Ministerio del Interior relativo a la
    Dirección General de la Policía Nacional del
    Perú incorporando nuevos procedimientos y servicios
    administrativos;

DESCRIPCIÓN DE LAS
TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTOS DE DISEÑO E
IMPLEMENTACION DE LAS ESTRATEGIAS DE GENERACIÓN
DE
RECURSOS PROPIOS EN LA POLICIA
NACIONAL:

  1. DIRECCIÓN DE ECONOMIA Y FINANZAS DE LA PN
    P.

La Dirección de Economía de la
Policía Nacional, tiene en su estructura un
Departamento de Recursos Propios, que desde el enfoque
administrativo, ha carecido y carece de instrumentos que le fijen
una clara orientación de su quehacer organizacional, tales
como Planes de Desarrollo, Plan Estratégico, Planes
Institucionales, Planes Operacionales de corto, mediano y largo
plazo u otros que constituyan herramientas
básicas que guíen la gestión del personal de
los niveles estratégico, táctico u operativo que
presta servicios en dicha dependencia y armonice el empleo de
otros recursos para el desarrollo de su actividad funcional en
forma coherente y eficiente ; mantiene una estructura y
desarrolla su actividad en forma rutinaria, que desde la integración de las Fuerzas Policiales en el
año 1991 hasta la fecha, sólo ha tenido variaciones
de forma que no han significado impacto sustancial para elevar
sus niveles de eficiencia y
eficacia
administrativa. La actividad funcional es y ha sido desarrollada
sin una visión de futuro, sin objetivos y metas claras, y
consecuentemente con una estrategia que no obedece a criterios
técnicos ni a necesidades y expectativas organizacionales,
independientemente de la existencia de un gran número de
normas
enmarañadas y contradictorias que dificultaban y
dificultan la generación o captación de dichos
recursos o que propiciaban y propician actos de corrupción. La oportunidad de
captación o generación de recursos propios a
través de los recursos humanos, logísticos y
económico-financieros proporcionados por el Estado para
el desempeño de la función
policial, ha sido un fenómeno de tentaciones y apetitos
ilegales e ilegítimos de enriquecimiento personal,
habiéndose considerado las dependencias de esta naturaleza
como " puestos expectantes " para Oficiales, Suboficiales,
Especialistas y Empleados Civiles que tenían tales
propósitos.

2. FONDO DE BIENESTAR PNP

El Fondo de Bienestar de la Policía Nacional, por
ser un órgano institucional debe encargarse la Gerencia
General a personal calificado y para que utilice algunas
herramientas de la administración moderna, como Plan
Estratégico de Desarrollo que muestre la voluntad e
intención del empleo de los conocimientos de vanguardia que
ofrece la ciencia y
tecnología en la administración de las organizaciones de
negocios,
aplicables tanto para las instituciones u empresas de la
administración pública como privada. A pesar de
existir en la Resolución Ministerial de creación,
objetivos que muestran con meridiana claridad los
propósitos organizacionales y de contarse desde su
creación con su correspondiente Reglamento de
Organización y Funciones, así como su respectivo
Manual de
Procedimientos, no se ha formulado hasta el año 2005,
Plan alguno de corto, mediano o largo plazo que establezca con
precisión los objetivos, políticas,
metas y estrategias que direcciones y guíen el accionar
del personal asignado a dicha dependencia y que armonicen el uso
de los recursos disponibles, habiéndose actuado
sólo en base a buenas intenciones y sin una
dirección definida, careciéndose también de
instrumentos que hayan posibilitado medir los niveles de
eficiencia a través de indicadores de
desempeño que permitan determinar los logros, carencias,
deficiencias y limitaciones, para la adopción
de procesos de
retroalimentación que implementen las
medidas de corrección pertinentes.

  1. Las corrientes de pensamiento más evolucionadas,
    concluyen que el
    hombre encuentra plena realización existencial,
    cuando orienta su vivir al servicio de los demás,
    con moral y
    ética.

    Lo que es válido para el individuo, lo es también para las
    instituciones, máxima cuando éstas han sido
    concebidas para el servicio a la comunidad.

    Tal es el caso de las instituciones policiales,
    cuya razón de existir es precisamente el servicio a
    la sociedad, la moral
    y la ética.

    Si nos remontamos a la historia,
    encontramos que la policía surge de la necesidad de
    contar con un instrumento que vele por la protección
    y seguridad de los demás miembros de la
    sociedad.

    Los cuerpos policiales, han sido moldeados de
    acuerdo a la tradición, organización social y
    política, así como a las
    características peculiares de cada pueblo, por lo
    que cada institución policial tiene una personalidad propia.

    La Policía Nacional del Perú, como
    entidad que representa el sumun de la institucionalidad
    policial peruana, contiene en parte lo que significa el
    alma
    nacional.

    En tal sentido, el pensamiento guía de la
    Policía Nacional, no puede ser otro que un
    auténtico compromiso de servicio a la nación peruana.

    En suma, una sólida base democrática
    y el respeto
    a los Derechos
    Humanos conforman también el marco
    filosófico, en el cual se desenvuelve la
    Policía Nacional.

    FUNDAMENTOS ETICOS Y MORALES:

    El Código de Etica Profesional y el
    Reglamento de Régimen Disciplinario de la
    Policía Nacional del Perú establecen normas
    precisas del comportamiento y procedimientos, esenciales
    para el accionar de los miembros de la Institución
    Policial.

    Del referido Código, destacamos algunos
    principios:

    L a persona
    humana es el fin supremo de la Sociedad y el Estado. El
    Policía tiene la obligación de respetarla y
    protegerla sin establecer diferencias por razones de
    sexo,
    raza, religión, opinión, idioma,
    condición económica o de otra
    índole.

    El Policía conoce profundamente la
    importancia del rol que cumple en la Institución y
    el papel que la Institución cumple en la sociedad
    obligándolo a observar una permanente conducta
    moral.

    Las virtudes individuales del policía son:
    la moral profesional, el
    trabajo, la obediencia, la prudencia, la
    abnegación, la entereza, la honestidad, la puntualidad, la responsabilidad, la superación y el
    tino.
    Del Reglamento Disciplinario, mencionamos las siguientes
    normas:

    El
    ejercicio de la profesión policial exige el
    cumplimiento de los deberes bajo el imperio de la ley y las
    buenas costumbres, con honor, sacrificio y acendrada
    vocación de servicio a la sociedad.

    La función policial exige de todos los
    policías una sólida y permanente
    práctica de los valores
    morales.

    En el ejercicio de sus funciones el Policía
    debe ejercer autoridad con el consentimiento que encierra
    la majestad de la Ley; para ello, hará uso de la
    reflexión, el buen juicio y de preferencia la
    persuasión.
    La moral policial es el fundamento ético que orienta
    la actividad y comportamiento individual y colectivo de los
    miembros de la Policía Nacional.

  2. MORAL Y ETICA POLICIAL
  3. PRUDENCIA Y TRANSPARENCIA
    INSTITUCIONAL

La diversificación de la administración financiera de la
Policía Nacional del Perú, tiene que tener la
prudencia y transparencia del caso. Por tanto debe concretarse en
el marco de la Administración Financiera del Sector
Público
, regulada por la Ley Nº 28112, del
(28/11/2003), así como por otras normas como las leyes de los
sistemas que la conforman (Presupuesto, Tesorería,
Endeudamiento y Contabilidad),
por sus normas complementarias y supletoriamente por la Ley
Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.

La Administración Financiera del Sector
Público está constituida por el conjunto de
derechos y obligaciones
de contenido económico financiero cuya titularidad
corresponde al Estado, a través de las entidades y
organismos encargados de su administración conforme a Ley,
como es el caso de la Policía Nacional del
Perú.

La Administración Financiera del Sector
Público está orientada a viabilizar la
gestión de los fondos públicos, conforme a las
disposiciones del ordenamiento jurídico, promoviendo el
adecuado funcionamiento de sus sistemas conformantes,
según las medidas de política
económica establecidas, en concordancia con la Ley
de Responsabilidad y Transparencia Fiscal
y el Marco
Macroeconómico Multianual
.

Son principios que enmarcan la Administración
Financiera del Estado la transparencia, la legalidad,
eficiencia y eficacia
; por tanto las propuestas de
diversificación de la administración financiera de
la Policía Nacional del Perú, debe estar
circunscrita a importantes preceptos de gestión

En el contexto de la Administración Financiera,
el Presupuesto
Público asigna los fondos públicos de acuerdo
con las prioridades de gasto determinadas para el cumplimiento de
los objetivos y metas previstos en el marco del Planeamiento
Estratégico
y la disponibilidad de ingresos
programada. En Tanto la PNP, sólo puede ejecutar ingresos
y realizar gastos conforme a Ley. Cualquier demanda
adicional no prevista se atiende únicamente con cargo a
las asignaciones autorizadas en el respectivo Presupuesto
Institucional.

La Tesorería de la PNP, centraliza, custodia y
canaliza los fondos y valores de la
institución.

Si fuera el caso, el Endeudamiento Público
permite obtener financiamiento externo e interno para atender
parte de los requerimientos establecidos en el Presupuesto
Institucional, acorde con la capacidad de pago del país o
de la entidad obligada.

La dependencia de Contabilidad de la PNP, consolida la
información presupuestaria y patrimonial para mostrar el
resultado integral de la gestión del Institucional a
través de los Estados
financieros y presupuestarios de la Institución
policial.

Además la Diversificación de la
Administración Financiera de la Policía Nacional
del Perú se sujeta a la regla de la centralización normativa y descentralización operativa en un marco de
integración de los sistemas que la conforman.

    1. PRESUPUESTO INSTITUCIONAL
  1. ADMINISTRACION FINANCIERA DE LA
    PNP

La Policía Nacional del Perú, pertenece al
Sector Interior.

Para efectos presupuestarios, Sector, es el conjunto de
organismos con propósitos comunes que realizan acciones
referidas a la gestión.

La PNP, es un pliego para efectos
presupuestarios.

De acuerdo con la Ley, un Pliego es una entidad del
Sector Público a la que se le aprueba una
asignación en el presupuesto anual para el cumplimiento de
las actividades y/o proyectos a su cargo.

La PNP, está compuesto de varias Unidades
Ejecutoras. Para efectos presupuestarios, Unidad ejecutora es la
instancia orgánica con capacidad para desarrollar funciones
administrativas y contables. Es la responsable de informar
sobre el avance y/o cumplimiento de las metas.

De las varias fuentes de financiamiento que tiene el
Sector Público en su conjunto, la PNP, hace uso
primordialmente de las siguientes: Recursos ordinarios, Recursos
directamente recaudados, Donaciones y Transferencias. Los
recursos ordinarios son ingresos provenientes del Tesoro
Público que a su vez tienen su origen en la
recaudación tributaria y otros conceptos. Los Recursos
directamente recaudados, son ingresos generados y administrados
por las Unidades Ejecutoras, en nuestro caso de la PNP, provienen
de rentas de la propiedad, tasas, venta de bienes,
prestación de servicios y otros. Las donaciones y
transferencias, son recursos financieros no reembolsables
recibidos por la PNP de agencias internacionales de desarrollo,
gobiernos, instituciones y organismos internacionales, así
como de otras personas naturales y jurídicas domiciliadas
o no en el pais.

En este marco, tenemos que referirnos al Planeamiento
Estratégico Sectorial Multianual (PESEM), el mismo que
consiste en determinar los objetivos estratégicos de
mediano plazo, definir cursos de acción en un esquema
multianual, partiendo de la visión, misión, en
coordinación con las unidades ejecutoras.
Asimismo se debe considerar las acciones permanentes y temporales
que debe realizar la institución. Por otro lado, se deben
ponderar los indicadores de desempeño, impacto y resultado
para efectos de tener un panorama completa del planeamiento
estratégico.

El presupuesto institucional, es su concepción
moderna es un importante instrumento de programación económica y social al
posibilitar la identificación de los objetivos que la PNP
quiere alcanzar. El presupuesto de la PNP, está conformado
por ingresos y gastos.

En general el rubro ingresos está compuesto por
Ingresos corrientes, Ingresos de capital, transferencias y
financiamiento. En cambio los
gastos pueden ser gastos corrientes y gastos de
capital.

El presupuesto de la PNP, se concreta en el marco del
sistema de gestión presupuestaria y comprende las
siguientes fases: Programación, Formulación,
Aprobación, Ejecución, Control y Evaluación.

En la programación se establecen los objetivos
institucionales a lograr durante un año fiscal
determinando la demanda global de los gastos que implicará
la prestación de los servicios por parte del pliego de la
PNP.

En la fase de formulación, se defines la
estructura funcional programática y metas presupuestarias
en función a los objetivos institucionales establecidos en
la fase de programación.

En la aprobación, el presupuesto institucional es
remitido al Sector Interior y de allí a la
Dirección General de Presupuesto público para su
consolidación y remisión por el Presidente de la
República al Poder
Legislativo para su aprobación.

En la fase de ejecución del presupuesto, se
concreta el flujo de ingresos y gastos, dentro del marco de la
Asignación Trimestral de Gastos, los Calendarios de
Compromisos y las modificaciones presupuestarias
aprobadas.

En la fase del control del presupuesto, está
comprendido el seguimiento de los niveles de ejecución de
los ingresos y de los gastos respecto al presupuesto autorizado y
sus modificatorias. El control puede comprender el control
previo, concurrente y posterior.

La evaluación del presupuesto, que es la
última fase de esta actividad, determina los resultados de
la gestión presupuestaria del pliego, sobre la base del
análisis y medición de la ejecución
presupuestaria de ingresos, gastos y metas.

Otro aspecto muy importante en la ejecución
responsable del presupuesto, está constituida por las
disposiciones de austeridad, racionalidad y disciplina
presupuestaria. La Ley Anual del Presupuesto, contiene las
disposiciones de obligatorio cumplimiento por los pliegos
presupuestarios del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales con el objeto de mantener el equilibrio
presupuestario a que se refiere la Norma de la Ley Nº 27209
-Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; Ley de
Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2005 y las reglas fiscales establecidas
en la Ley Nº 27245 -Ley de Responsabilidad y Transparencia
Fiscal, modificada por la Ley Nº 27958.

Las Disposiciones de Austeridad, constituyen reglas para
mantener el equilibrio fiscal, independientemente de la fuente de
financiamiento, que deben ser aplicadas durante la
ejecución del presupuesto y comprende en forma
específica disposiciones: en materia de personal, en
materia de ingresos personales, en materia de bienes y
servicios.

Otro aspecto a considerar son las Disposiciones de
Racionalidad. Al respecto la Ley Anual de Presupuesto establece
que el Titular del Pliego dentro de los sesenta (60) días
de publicada la Ley de Presupuesto, deberá aprobar
mediante la resolución la correspondiente directiva que
contenga medidas de racionalidad a ser aplicadas durante el
Año Fiscal 2005. Dicha directiva se publicará en la
página
web de la entidad o a través de un medio de
comunicación masiva.

Las medidas de racionalidad deben contemplar,
según corresponda, entre otros lo siguiente:

  1. Priorizar y determinar las acciones necesarias que
    permitan el cumplimiento de los objetivos del pliego al menor
    costo posible;
  2. Identificar la duplicidad de funciones en la
    entidad y proponer la reestructuración que corresponda
    según la Ley Marco de Modernización de la
    Gestión del Estado
    -Ley Nº 27658 y del
    Decreto Supremo Nº 062-2003-EF de fecha 15 de mayo de
    2003;
  3. Evaluar y mejorar los procesos internos con la
    finalidad de simplificarlos;
  4. Evaluar las planillas del personal activo y cesante
    para efecto de depurar y evitar pagos a personas y
    pensionistas inexistentes;
  5. Adoptar medidas de ahorro
    efectivo en el consumo de
    los servicios de energía, agua y teléfono;
  6. Adoptar medidas de ahorro efectivo en el gasto por
    el consumo de combustible;
  7. Optimizar la utilización de los espacios
    físicos disponibles de las entidades en el marco de su
    gestión institucional;
  8. Evaluar y prior izar las transferencias de recursos
    a personas jurídicas privadas, en función de
    los objetivos institucionales trazados para el Año
    Fiscal 2005;
  9. Restringir al mínimo indispensable la
    contratación y adquisición de bienes y
    servicios para la adecuación y remodelación de
    ambientes de sedes administrativas, alquiler de locales,
    así como la adquisición de mobiliario de
    oficina,
    alfombras, tabiquerías y otros de igual
    naturaleza;
  10. Restringir al mínimo indispensable los
    viajes
    dentro del país en comisión de
    servicios;
  11. Restringir al mínimo indispensable los
    viajes fuera del país en comisión de servicios
    que irroguen gastos al Estado;
  12. Asimismo, toda unidad ejecutora y entidad
    pública en general, no podrá otorgar suma de
    dinero alguna con cargo a su Presupuesto Institucional, en
    beneficio del servidor
    público, por concepto de viáticos por
    comisión de servicios en el exterior,
    capacitación, instrucción o similares, cuando
    éstos sean cubiertos por la entidad internacional
    organizadora o auspiciante del evento, independientemente de
    la norma que regula la asignación de sus
    viáticos o conceptos similares, bajo responsabilidad
    del Titular de la Entidad y del funcionario que autorice el
    viaje;
  13. Conducir procedimientos orientados a una adecuada
    racionalización de los recursos humanos, teniendo en
    cuenta su ubicación y distribución en el
    territorio nacional conforme a las necesidades del
    servicio.
  1. TESORERIA DE LA PNP

La Tesorería de la PNP, constituye la síntesis
de la gestión financiera gubernamental; por ser la que
administra y regula el flujo de fondos de la entidad e interviene
en su equilibrio económico y monetario.

El sistema de Tesorería aplicado en la PNP, tiene
a su cargo la responsabilidad de: determinar la cuantía de
los ingresos (programación financiera); captar fondos
(recaudación); pagar a su vencimiento las obligaciones de
la entidad policial (procedimiento de pago); otorgar fondos o
pagar la adquisición de bienes y servicios de la entidad;
y, recibir y custodiar los títulos y
valores pertinentes.

En el sistema de tesorería, se denomina Unidad de
caja al principio que se aplica para centralizar la totalidad de
los recursos financieros y ponerlos a cargo de la
tesorería de la entidad policial. Este concepto no se
opone a la implementación de mecanismos descentralizados
de los procesos de pago. La unidad de caja permite distribuir
racionalmente los fondos, en función a las prioridades del
gasto o cuando no exista liquidez suficiente. Su
aplicación hace posible que los fondos puedan ser
colocados donde más se necesitan y ser retraídos,
cuando el proceso de
gestión muestre insuficiente capacidad de
gasto.

La Tesorería PNP, se organiza y gestiona en base
a las siguientes normas generales: Ley de Administración
Financiera del Sector público, Ley de Gestión
Presupuestaria del Estado, Ley Anual del Presupuesto
Público, Normas Técnicas de Control
Interno para el Sector Público.

La Tesorería, como parte de la
Administración financiera, también dispone de
normas generales propias del sistema:

NORMAS GENERALES DEL SISTEMA DE TESORERIA
(NGT):

Con Resolución Directoral No. 026-80-EF/77.15, se
aprobaron las Normas Generales del Sistema de Tesorería,
estas normas son las siguientes:

NGT- 01 : Unidad de Caja

NGT- 02 : Manejo de Fondos del Tesoro
Público a través de subcuentas

NGT- 03 : Facultad para el manejo de cuentas y
subcuentas bancarias

NGT- 04 : Apertura de cuentas y subcuentas
bancarias

NGT- 05 : Uso del Fondo para pagos en
efectivo

NGT- 06 : Uso del Fondo fijo para caja
chica

NGT- 07 : Reposición oportuna del fondo para
pagos en efectivo y del

Fondo para caja chica.

NGT- 08 : Arqueos sorpresivos

NGT- 09 : Transferencias de fondos

NGT- 10 : Medidas de seguridad para el giro de
cheques y
traslado de

fondos.

NGT- 11 : Cheques a nombre de la entidad

NGT- 12 : Cambio de cheques personales

NGT- 13 : Uso de sello fechador
« pagado »

NGT- 14 : Conciliaciones de subcuentas del Tesoro
Público

NGT- 15 : Finanzas de servidores.

Por otro lado, los procedimientos así como los
aspectos técnico normativos para efectos de la
ejecución financiera y demás operaciones de
tesorería, está normado por la Directiva de
Tesorería para el año Fiscal 2005
aprobada por
la Dirección Nacional del Tesoro Público.
También el Sistema de Tesorería anualmente aprueba
la Directiva de Tesorería para el Cierre del año
Fiscal 2005
, en este caso.

De acuerdo con las normas antes indicadas, el gastos
fiscal se sujeta al proceso de la ejecución presupuestal y
financiera, y es competencia y
responsabilidad de la respectiva Unidad Ejecutora; se desarrolla
a través de las siguientes etapas: COMPROMISO,
DEVENGADO y el PAGO.

La atención del Gasto Devengado con cargo a
los recursos administrados por la Dirección Nacional del
tesoro Público se sujeta a las Autorizaciones de Giro y de
Pago que son aprobadas por dicha Dirección, conforme al
procedimientos establecidos en las normas de tesorería.
Las Autorizaciones de Giro constituyen el monto límite
para proceder al giro del cheque,
emisión de Carta ? Orden, o
transferencias electrónicas, con cargo a la cuenta
bancaria correspondiente, respecto del gasto devengado por parte
de la Unidad Ejecutora.

En el marco de la Tesorería, para el pago de
remuneraciones y
pensiones es obligatorio el uso de la modalidad de pago mediante
abonos en cuentas bancarias individuales, sea a través del
Banco de la
Nación
o de cualquier otra institución financiera del Sistema
Financiero Nacional.

Para el pago a proveedores,
una vez aprobado el registro del
Gasto Comprometido, que debe incluir el Código de Cuenta
Interbancario (CCI) DEL PROVEEDOR, LA Unidad Ejecutora
registrará en el Sistema de
Información Financiera del Sector Público (
SIAF-SP), el Gasto Devengado según la normatividad
aplicable y la fase del Gasto Girado se sujetará a las
reglas específicas del sistema.

Con la finalidad de asegurar un adecuado y oportuno
cierre de las operaciones de tesorería de cada año,
la Dirección General del Tesoro Público, ha
considerado pertinente establecer condiciones y fijar los plazos
a ser aplicados por las Unidades ejecutoras, así como
establecer precisiones en cuanto a la vigencia de las cuentas
bancarias de las Unidades Ejecutoras para efectos de su
continuidad en el año siguiente. Todas estas normas
están contenidas en la Directiva de Tesorería para
el Cierre del año, por tanto la Policía Nacional
del Perú para evitar retrasos y problemas en
la ejecución del ingreso y gastos debe cumplir todas las
normas pertinentes.

    1. PROCESO DE GESTION
      INSTITUCIONAL
  1. GESTION OPTIMA DE LA PNP

El Proceso de gestión institucional comprende la
planeación de las actividades y recursos,
la
organización adecuada de los procesos y procedimientos
de las actividades institucionales, la dirección
táctica y estratégica de los recursos para los
fines propuestos y la evaluación y control
institucional.

En la medida que este proceso sea conducido, ejecutado y
evaluado convenientemente, estará orientado hacia la
optimización del proceso de gestión de la
PNP.

En el proceso de gestión juega un papel
importante la diversificación de la administración
financiera de la Policía Nacional del Perú, en la
medida que aporta otras alternativas, otras fuentes, de generar
recursos para que sena utilizado por la Gestión
Institucional. Las Instituciones no pueden permanecer sólo
a expensas de los recursos ordinarios, por el contrario, deben
utilizar todos sus recursos con el propósito de generar
nuevas fuentes de ingresos, que permitan cumplir con creces las
metas, objetivos y misión institucional.

ESTRATEGIAS PARA UNA GESTION
EFECTIVA:

Las tareas de la administración son crear,
implementar y ejecutar las estrategias de una entidad.

Al respecto tenemos la opinión de Thompson,
Arthur A. & Strickland, A. J.
(2000), quienes dicen :"La
estrategia de una entidad es el "plan de acción" que tiene
la administración para posicionar a la
compañía en la arena de su mercado, competir con
éxito,
satisfacer a los clientes y lograr un buen desempeño del
negocio"

Es por ello que la estrategia consiste en toda una
variedad de medidas competitivas y enfoques de negocios que
emplean los administradores en el manejo de una entidad". Por
consiguiente, una estrategia implica elecciones administrativas
entre varias alternativas y señala el compromiso
organizacional con mercados
específicos, enfoques competitivos y formas de
operar.

También los administradores idean las estrategias
de la entidad debido a dos necesidades apremiantes: Una es la
necesidad de modelar en forma proactiva cómo se
llevarán a cabo las operaciones de la entidad. El hecho de
permitir pasivamente que la estrategia vaya a la deriva, como el
producto
secundario de enfoques de actividades progresivas, de propuestas
ocasionales para el mejoramiento y de ajustes periódicos
para el desarrollo de los acontecimientos, es un boleto seguro para
acciones estratégicas inconsistentes, la mediocridad
competitiva y resultados de negocios deficientes.

Por ello, es responsabilidad de la administración
ejercer un liderazgo
emprendedor y comprometer a la entidad para que lleve a cabo sus
negocios en una forma astuta y calculada para producir un buen
desempeño. Una estrategia proporciona un mapa de rutas
conforme al cual debe operar, una prescripción para hacer
negocios, un plan de acción para crear la lealtad del
cliente y ganar
una ventaja competitiva sustentable sobre los rivales. Otra
necesidad es modelar las decisiones y acciones independientes
iniciadas por las dependencias, los jefes y los empleados que no
cuentan con un marco de referencia para entretejer las
iniciativas diferentes para la acción en un todo
coherente, ni con un plan para unir las operaciones entre los
departamentos en un esfuerzo de equipo.

Es de esta manera que la creación, la
implementación puesta en práctica y la
ejecución de la estrategia son funciones administrativas
esenciales. Entre todas las cosas que hacen los administradores,
no hay nada que afecte de manera más radical el
éxito de una entidad que la forma en que su equipo
administrativo traza la dirección que ésta
seguirá a largo plazo, desarrolla medidas
estratégicas y enfoques de operaciones competitivamente
efectivas y pone en práctica lo que es necesario hacer
internamente para producir una buena ejecución de la
estrategia, día tras día. Así que una buena
estrategia y una adecuada ejecución de la misma son las
señales
más confiables de una buena
administración.

Por tanto, los administradores no obtendrán un
premio por el diseño
de una estrategia potencialmente brillante, si no logran
establecer los medios organizacionales para llevarla a cabo en
una forma eficaz, es decir, si la puesta en práctica y la
ejecución son débiles, ello disminuirá el
potencial de la estrategia y la satisfacción del cliente y
el desempeño de la compañía. También
la ejecución competente de una estrategia mediocre
difícilmente merece un aplauso por los esfuerzos de la
administración. Para calificar una entidad como
administrada en forma eficaz, esa entidad debe exhibir una
excelente ejecución de una buena estrategia. De lo
contrario, debemos desconfiar de cualquier afirmación
sobre una administración talentosa.

De hecho, reconocer que una buena estrategia, combinada
con una elevada ejecución no garantiza que una entidad
evitará periodos de desempeño mediocre o incluso
inferior. En ocasiones se requieren varios años para que
los esfuerzos de la administración en la creación
de la estrategia y la puesta en práctica de la estrategia
muestren buenos resultados. Algunas veces las organizaciones de
primera, con prácticas superiores y administradores de
reputación intachable, tienen problemas de
desempeño debido a cambios sorprendentemente bruscos en
las condiciones del mercado o a desaciertos internos. Pero ni la
razón de "necesitamos más tiempo" ni la
continuidad de los acontecimientos imprevistos son excusas para
un desempeño mediocre. Una de las responsabilidades del
equipo administrativo es ajustarse a las condiciones
inesperadamente difíciles, iniciando defensas
estratégicas y enfoques de negocios que puedan vencer la
adversidad.

De esta manera, la esencia de la creación de una
buena estrategia es desarrollar una posición de mercado o
en la sociedad suficientemente poderosa y una organización
capaz de producir un desempeño exitoso, a pesar de
acontecimientos imprevistos, de la poderosa competencia y de las
dificultades internas. Por consiguiente, la razón
fundamental para el empleo de estándares gemelos en la
creación de una buena estrategia y una buena
ejecución para determinar si una compañía
está bien administrada, es muy precisa: mientras mejor
concebida esté la estrategia de una compañía
y mientras mejor se ejecute, más probabilidades hay de que
tendrá un desempeño sólido y un éxito
competitivo en el mercado.

Por tanto el proceso de creación de la estrategia
y la puesta en práctica de ésta se compone de cinco
tareas administrativas correlacionadas:

  1. Desarrollar una visión estratégica de
    lo que será la configuración de la entidad y de
    allí hacia dónde se dirige la
    organización, con el fin de proporcionar una
    dirección a largo plazo, delinear en qué clase de
    entidad está tratando de convertirse la
    compañía e infundir en la organización el
    sentido de una acción con un propósito
    determinado;
  2. Determinar objetivos, es decir, convertir la
    visión estratégica en resultados
    específicos del desempeño que deberá
    lograr la entidad;
  3. Crear una estrategia, con el fin de lograr los
    resultados deseados;
  4. Poner en práctica y ejecutar la estrategia
    elegida de una manera eficiente y efectiva;
  5. Evaluar el desempeño e iniciar ajustes
    correctivos en la visión, la dirección a largo
    plazo, los objetivos, la estrategia o la puesta en
    práctica, en vista de la experiencia real, de las
    condiciones cambiantes, de las nuevas ideas y de las nuevas
    oportunidades.

OBJETIVOS ESTRATEGICOS:

Según Villajuana (2003), los
objetivos estratégicos vienen a ser el conjunto de
pretensiones a alcanzarse con relación al crecimiento,
posicionamiento, rentabilidad,
sobrevivencia o desarrollo de la organización o unidad
estratégica, expresado cualitativamente, como resultado
principalmente, del análisis estratégico, de la
visión del futuro y de la creatividad de
los estrategas. Responde a la pregunta ¿Qué
queremos lograr?. Por su parte, las metas estratégicas son
la afinación del objetivo
estratégico, pues es la cuantificación y
ubicación en el tiempo de los objetivos
estratégicos. Responde a la pregunta ¿Cuánto
queremos lograr y para cuando?.

El proceso de conversión de las metas en
estrategias, es el siguiente:

  • Determinar los factores explicativos de la meta
    estratégica
    , que consiste en descomponer las metas
    en los elementos de los cuales depende. Estos elementos vienen
    a ser los factores que repercuten de manera favorable o
    desfavorable sobre la consecución de la meta, y por
    tanto explican las condicionantes para alcanzarla. Para
    responder a esta pregunta es recomendable recurrir a las
    conclusiones y aportes de la etapa de análisis externo y
    diagnóstico interno, así como a la
    creatividad de los integrantes del equipo
    estratega.
  • Identificar las alternativas o cursos de
    acción que se desprenden de la combinación de los
    factores anteriores.
    Es responder a la pregunta ¿
    Qué caminos combinados o cursos de acción se
    tienen para alcanzar la meta estratégica?
  • Elegir la alternativa, camino o curso de
    acción más viable y consistente
    . La pregunta
    pertinente es ¿Cuál es la alternativa, camino o
    curso de acción más viable y más
    consistente?. La viabilidad de cada uno de los cursos de
    acción deberá evaluarse en función de la
    aceptabilidad del mercado y de las reales posibilidades
    internas e la organización o unidad estratégica.
    Una metodología práctica para elegir
    el curso de acción más viable, es la del
    "descarte" de alternativas; esto es, por el desecho de aquellas
    alternativas imposibles de ser aceptadas por el mercado o
    inalcanzables por la organización. La evaluación
    de la consistencia de los cursos de acción con la meta
    entraña estimar la posibilidad de cada una para hacer
    posible el logro de la meta.
  • Identificar los subfactores o variables
    involucrados
    . En esta etapa deberá atenerse a que
    subfactores o variables incluye cada factor anterior? o
    ¿de que subfactores o variables depende cada factor?.
    Cada uno de los factores de la alternativa elegida,
    deberá ser desmenuzado y expresado en términos de
    sus variables componentes . El nivel a alcanzarse en esta tarea
    de desagregación es la operatividad en el manejo de las
    variables; en tras palabras , debe llegarse a la fase de
    acción.
  • Descubrir las restricciones. En esta parte
    corresponde satisfacer la interrogante ¿Cuáles
    son las restricciones que limitan el manejo de cada
    factor-acción a favor de la meta? o
    ¿Cuáles son los factores "cuellos de botella" que
    impiden mejorar la meta?.Dependiendo de cuán posible es
    actuar rápidamente, la limitante pude ser uno o
    más de los factores identificados, o hallarse
    detrás de éstos. En otras palabras, para
    desentrañar los "cuellos de botella " será
    necesario analizar las relaciones causa-efecto existentes entre
    los factores involucrados y determinar los factores causales
    que están detrás de cada factor explicativo
    identificado en los pasos anteriores.
  • Formular estrategias. Aquí tenemos que
    contestar dos preguntas en una : ¿Qué hacer y
    como superar las restricciones y qué hacer y cómo
    manejar las variables involucradas? . En esta etapa, de lo que
    se trata es de trazar estrategias que se desprendan de lo
    realizado en los dos pasos anteriores. Aquí es donde se
    deberá echar mano a los modelos
    planteados por reconocidos y connotados estrategas, así
    como recurrirse a un serio liderazgo para explotar las
    potencialidades cerebrales y creatividad del personal clave de
    la organización8.

GESTION EFICIENTE CON RECUERSOS
DIRECTAMENTE RECAUDADOS (RECURSOS PROPIOS):

Los recursos directamente recaudados o también
llamados recursos propios, son aquellos que están
constituidos por el dinero u
otros medios de naturaleza económico-financiera,
logístico o de otro tipo que se originan mediante el
empleo directo o indirecto del personal, infraestructura y
demás medios que proporciona el Estado a los organismos de
la Administración
Pública.

Para efectos de este trabajo, es la captación de
dinero o de recursos generados en el marco de la
diversificación financiera, obtenidos por un Convenio,
Servicio prestado o producto vendido, los cuales estarán
destinados a la mejora los bienes y servicios que presta la
Policía Nacional del Perú con el presupuesto del
Tesoro Público.

Para la Policía Nacional del Perú, la
normatividad vigente establece que constituyen recursos
directamente recaudados (ingresos propios) la venta de bienes,
tasas policiales, multas por infracciones al Código
Administrativo de Contravenciones de Policía, la
prestación de servicios individualizados o localizados y
otros, en cuya formación u origen intervienen recursos
humanos, financieros y materiales asignados a la
institución, conforme a lo dispuesto en la Ley
Orgánica Art. 51 y su Reglamento Art. 66 y 67.

  1. La eficiencia está referida a la
    relación existente entre los servicios entregados
    por la Policía Nacional del Perú y los
    recursos utilizados para ese fin (productividad), en comparación con un
    estándar de desempeño establecido.

    La utilización adecuada de los recursos que
    dispone la Policía Nacional del Perú, va a
    ser factible disponer de Recursos Directamente Recaudados,
    los que pueden ser utilizados para dotar de eficiencia a
    los servicios que presta la institución y
    especialmente en beneficio del personal.

    Dice Koontz/O¨Donnell (2003), una
    institución es eficiente si facilita el logro de los
    objetivos con el mínimo de costos o
    consecuencias imprevistas.

  2. EFICIENCIA INSTITUCIONAL

    Analizando los conceptos de Koonntz &
    O´Donnell
    (2003), cuando un plan de
    generación de recursos directamente recaudados
    está completo- habiéndose realizado adecuadas
    asignaciones y comprendido las tareas básicas- y
    entra a la fase en la cual se debe evaluar la
    ejecución real, la función del Jefe Policial
    se convierte en una de control. Pero, como se insistido
    repetidas veces, en la práctica estas funciones
    administrativas se mezclan en una sola. El cambio a la
    función de control puede ser imperceptible. La
    formulación del presupuesto de recursos directamente
    recaudados consiste en planear, mientras que la
    gestión del presupuesto- el seguimiento y
    evaluación de la planeación- es el control.
    Para alcanzar eficacia institucional, aún en el
    curso de la planeación, se requiere de algún
    seguimiento; los jefes de cualquier nivel de la
    organización policial deben cerciorarse de que sus
    subordinados formulen e integren planes derivados.
    Obviamente, la coordinación de los planes debe
    preceder a su adecuada ejecución. Del mismo modo, la
    planeación debe siempre tener en cuenta las
    contingencias. No hay nada más tonto que seguir un
    plan inoperante o mantener un plan que no refleje las
    variables- internas o externas- de una situación
    dada.

    Interpretando a Terry (2003), la eficacia
    se refiere al grado en el cual la Policía Nacional
    del Perú logra sus objetivos y metas u otros
    beneficios que pretendía alcanzar, previstos en la
    legislación institucional o fijados por el
    Ministerio del Interior y la Presidencia de la
    República.

  3. EFICACIA INSTITUCIONAL
  4. ECONOMIA INSTITUCIONAL

Adecuando la opinión de Van Horne (2003),
la economía está relacionada con los
términos y condiciones bajo los cuales la Policía
Nacional del Perú adquiere recursos, sean éstos
financieros, humanos, físicos o tecnológicos,
obteniendo la cantidad requerida, al nivel razonable de calidad, en la
oportunidad y lugar apropiado y al menor costo
posible.

La economía en la gestión institucional de
la Policía Nacional del Perú, se va a concretar en
la medida que se cumplan las DISPOSICIONES DE AUSTERIDAD,
RACIONALIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA
:

Disposiciones de Austeridad: Constituyen reglas
para mantener el equilibrio presupuestal del Pliego de la
Policía Nacional del Perú, independientemente de la
fuente de financiamiento, que deben ser aplicadas durante la
ejecución del presupuesto

1. En materia de personal

  1. Sólo podrán ingresar al servicio del
    Estado, cuando se cuente con la plaza presupuestada.
    Entiéndase por plaza presupuestada al cargo
    contemplado en el Cuadro para Asignación de Personal
    (CAP) que cuente con el financiamiento debidamente previsto
    en el Presupuesto Institucional dentro del Grupo
    Genérico de Gasto 1. "Personal y Obligaciones
    Sociales", conforme al Presupuesto Analítico de
    Personal
    (PAP) de la entidad;
  2. La modalidad de nombramiento en plaza
    presupuestada, sólo procede cuando se trate de
    magistrados del Poder
    Judicial, fiscales del Ministerio Público,
    docentes
    universitarios, profesionales y asistenciales de la salud, docentes del
    magisterio nacional, del personal egresado de las
    Escuelas de las Fuerzas Armadas y Policía
    Nacional
    y de la Academia
    Diplomática.

2. En materia de ingresos personales

  1. Suspéndase la aprobación de escalas
    remunerativas hasta que se apruebe el nuevo Régimen de
    la Carrera Administrativa y el nuevo Sistema de
    Remuneraciones del Estado, salvo la aprobación de
    escalas remunerativas a favor de las entidades
    públicas que no cuenten con ella, las cuales deben
    sujetarse a los montos aprobados en el presupuesto del
    pliego, según corresponda;
  2. Los pliegos presupuestarios no podrán
    aprobar disposiciones que incrementen remuneraciones,
    así como aumentar cualquier tipo de asignaciones,
    emolumentos, primas, bonificaciones, comisiones, rentas
    vitalicias, dietas, racionamiento y/o movilidad (o conceptos
    de similar naturaleza al racionamiento y/o movilidad) y
    beneficios de toda índole, incluidos los provenientes
    del CAFAE, salvo los incrementos y/o reajustes que se
    aprueben mediante el procedimiento señalado en el
    artículo 52º de la Ley Nº 27209 -Ley de
    Gestión presupuestaria del Estado, siempre y cuando
    cuenten con los recursos debidamente presupuestados y
    disponibles para el efecto;
  3. Prohíbanse los pagos de remuneraciones,
    retribuciones, dietas o cualquier bonificación,
    asignación y beneficio en moneda extranjera o indexada
    a ésta, incluidos los que provengan de Convenios de
    Administración de Recursos, Costos Compartidos,
    Convenios de Cooperación Técnica o Financiera y
    similares. No se encuentran comprendidos en los alcances del
    presente literal el personal del Ministerio de Relaciones
    Exteriores, Fuerzas Armadas y Policía Nacional que
    cumple servicio en el extranjero;
  4. Prohíbase la recategorización y/o
    modificación de plazas, que se orienten al incremento
    de remuneraciones, por efecto de la modificación del
    Cuadro para Asignación de Personal- CAP y/o del
    Presupuesto Analítico de Personal – PAP. El
    incumplimiento de lo dispuesto en el presente numeral genera
    la nulidad de la acción de personal efectuada, sin
    perjuicio de la responsabilidad del funcionario del pliego
    que autorizó tales actos, así como del Titular
    del Pliego;
  5. Prohíbase efectuar gastos por concepto de
    horas extras, independientemente del régimen laboral que
    las regule, pudiendo la entidad, según lo requiera,
    establecer turnos u otros mecanismos para mantener el
    adecuado cumplimiento de sus funciones;
  6. Prohíbase efectuar pagos al personal activo
    y cesante que no se ciñan a la normatividad vigente
    bajo responsabilidad administrativa, civil y penal del
    titular de la unidad ejecutora, del jefe de
    administración y del jefe de personal o de quien haga
    sus veces.

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6
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