- La demanda.
Concepto - Requisitos
- Tratamiento
procesal de los requisitos de la demanda - Documentos
que han de acompañar la demanda - Admisión de la
demanda - La
litispendencia
1) La
demanda
1.1) Concepto.
En sentido jurídico-procesal, el término
demanda tiene
dos significados:
- La demanda es el acto de parte que inicia el
proceso, - La demanda es el acto en el que el actor
ejercita su derecho a la tutela judicial
efectiva, afirma la acción que ejercita y solicita una tutela
jurisdiccional concreta.
1.2)
Requisitos
Los requisitos impuestos en el
art.399 de la LEC para el juicio ordinario son de
aplicación a todo tipo de proceso declarativo e incluso a
todo tipo de proceso, a salvo de las especialidades que en cada
caso disponga la ley. Cualquier
demanda que cumpla dichos requisitos deberá ser admitida.
A tenor del art.399 la demanda debe contener los siguientes
extremos:
- Identificación y localización del
acto y del demandado. - Mención del nombre y apellidos del
procurador y del abogado, cuando
intervengan. - Exposición numerada y separada de los
hechos, que se narrarán de forma ordenada y
clara. Con igual orden y claridad se expresarán
los documentos y
medios e
instrumentos que se aporten en relación con los hechos
que fundamenten las pretensiones y, finalmente, se
formularán valoraciones o razonamientos sobre
éstos, si parecen convenientes para el derecho de los
litigantes. - Exposición numerada y separada de los
fundamentos de derecho, tanto de los referidos al fondo
del asunto como los relativos a la concurrencia de los presupuestos
procesales y, en su caso, a la inexistencia de óbices
procesales. - Fijación con claridad y precisión
de lo que se pida. En la petición, cuando sean
varios pronunciamientos que se pretendan, se expresarán
con la debida separación. Las peticiones formuladas
subsidiariamente se harán constar por su orden y
separadamente.
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