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El concepto de pena (Cuba)



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    Bajo el término general "Teoría de la
    pena"
    la dogmática penal engloba y debate
    tradicionalmente tres cuestiones relacionadas con la pena, su
    concepto, su fin y su justificación,
    pero de ellas, la más controvertida, es, sin dudas, la de
    los fines de la pena, llevando a la escisión de los
    tratadistas en diferentes tendencias (retribución vs.
    prevención; prevención general vs.
    prevención especial, prevención general negativa
    vs. prevención general positiva, etc.) sin que pueda
    alguno de ellos erigirse con argumentos suficientes que deje
    zanjados de una vez y por todas los enconados debates. Por otra
    parte, ninguno vence su verificación o comprobación
    en la práctica social en razón a que, por ejemplo:
    la concepción retributiva se contrapone a la propia
    naturaleza del
    pensar humano: actuar siempre con arreglo a fines, es imposible
    que exista una sola institución creada por el hombre que
    no responda a un fin determinado por sus propias necesidades; la
    teoría
    de la prevención especial en su pretensión de
    resocialización del transgresor entró en crisis frente
    a la desocialización que generan la gran mayoría de
    las cárceles hacinadas y, por su parte, las pretensiones
    preventivo general que se expresan aumentando la pena ante el
    incremento del delito, en la
    práctica han acarreado más problemas de
    saturación del sistema penal que
    el desaliento a la trasgresión penal.

    Soy de la opinión que el origen de tales
    controversias abstractas y errores práctico con la pena
    obedecen, entre otras razones, a una conformación errada
    del concepto de pena, en no tener una idea clara o
    terminada de qué es la pena en sí; en consecuencia,
    si no sabemos o tenemos una idea tergiversada de un objeto o
    fenómeno de la realidad no seremos libre de
    hacerlos actuar con arreglo a nuestras necesidades; nuestro
    desconocimiento nos hace esclavo de esa realidad que se
    impone con arreglo a sus leyes; como
    advirtió Kopnin, "El hombre
    necesita conocer las leyes de la naturaleza y de la sociedad para
    que su actividad práctica sea eficiente… El
    conocimiento de la ley, de la
    esencia de los fenómenos se manifiesta en forma de
    conceptos…"

    Por esas razones, elegimos el concepto de pena
    como el objeto de nuestro análisis. Sabemos que un estudio que
    pretenda abarcar toda la problemática que engloba este
    "pacífico" tema nos obligaría a comenzar por una
    concienzuda mirada al concepto en sí, a su papel en
    las ciencias, a su
    conformación, a su naturaleza particular (ciencias
    naturales o ciencias
    sociales), etc. pero una empresa tal
    rebasa las propuestas de un artículo, no obstante, en aras
    de la claridad en lo que abordamos, haremos giros puntuales al
    problema del concepto en sí.

    Partimos por entender que los conceptos son el fruto y
    reflejo de un devenir histórico concreto, en
    consecuencia, para comprenderlos en toda su profundidad, deben
    ser expuestos en este acontecer, asimismo, los conceptos que
    atienden aspectos generales del ser social (como es la pena), se
    nutren o conforman a partir de la interpretación de la experiencia social no
    de referentes empíricos como la errónea
    concepción positivista de la sociedad ha tratado de
    imponer en el pensamiento.
    Tomando en cuenta que lo social es un fenómeno complejo o
    un todo han de viajar a los abstracto, y, de este, a lo
    concreto teniendo en cuenta que ese ser social solo existe
    dividido en parte en lo abstracto, pero en lo concreto esas parte
    se expresan en el todo siendo necesario, por
    último, que se refrende en la práctica
    social.

    El análisis de nuestro concepto (en el
    devenir histórico) vamos a hacerlo desde la
    aparición del capitalismo
    para acá; la elección del período
    histórico obedece a dos razones fundamentales; primera, es
    cierto que con anterioridad a esta etapa hubo un indiscutible
    desarrollo del
    pensamiento, sobre todo en la antigua Grecia, pero
    este saber era ingenuo, por razones puramente objetivas: la
    sociedad, como objeto del conocimiento,
    fruto de su propio desarrollo, le impedía a sus estudiosos
    llegar a la esencia de sus fenómenos; no es hasta la
    llegada del capitalismo en que, simplificada, revela de una
    manera más clara los nexos que rigen su desarrollo,
    segunda, si bien fue cierto ese desarrollo del pensamiento en el
    mundo antiguo, con el advenimiento del feudalismo, el
    conocimiento se sumergió en la escolástica,
    lastrada por la fe divina y absolutamente contraria a revelar la
    esencia de los fenómenos sociales –no sólo
    desapareció la necesidad de conocer esa esencia sino que
    se oponía fervientemente a ello–, con el
    advenimiento del capitalismo estas condiciones cambian, se
    imponen entonces la férrea e imperiosa necesidad de
    revelar la esencia de los fenómenos sociales.

    Se daba allí, al unísono, la posibilidad
    objetiva de saber y la necesidad de conocer. Carrara, aun cuando
    no dominó tales razones materiales, al
    apreciar el desarrollo de la ciencia
    penal en su época afirmó: "También, aun en
    la antigüedad, no faltaron filósofos que, en tanto que los pueblos
    obedecían en el castigo el sentimiento de la venganza,
    buscaran una razón más elevada y verdadera que la
    de un sentimiento feroz y vicioso. Pero estas ideas no fueron
    más que fulgores pasajeros; era al siglo XVIII a quien
    estaba reservado organizar el derecho penal en
    una teoría filosóficamente especial."

    Una vez elegido el período histórico,
    haremos al análisis
    Histórico–lógico a través del
    estudio de la obra de varios autores seleccionados -por su
    época y representación de una corriente determinada
    del pensamiento-, a partir de la obra del profesor
    René Quirós Pírez: "El pensamiento
    jurídico–penal burgués: exposición
    y crítica" en la cual, justamente, este autor
    recrea toda esta fase de la historia del pensamiento
    penal, pero no amontonándola cronológicamente sino
    con su singular vínculo a una corriente del pensamiento
    determinado que da soporte necesario a los conceptos de la
    ciencia.

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