Monografias.com > Administración y Finanzas > Contabilidad
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Organizaciones ? Contabilidad (Argentina)




Enviado por Román Román



Partes: 1, 2

    1. Conceptos
    2. Atributos de la persona
      Jurídica
    3. Clases de
      Uniones Sociales
    4. Sociedad
      civil
    5. Sociedades
      Cooperativas
    6. Asociaciones
      Civiles
    7. Fundaciones
    8. Sociedades
      Comerciales
    9. Bibliografía

    Introducción

    Actualmente hay consenso en afirmar que las
    Organizaciones se forman para que los integrantes de una
    comunidad
    alcancen objetivos que
    no podrían alcanzar de manera aislada ya que los hombres
    son ángeles con una sola ala y para volar necesitan
    abrazarse.

    Podemos definirlas, entonces, como sistemas de
    actividades coordinadas, formadas por un grupo de
    personas cuya colaboración es esencial.

    Son unidades sociales o agrupaciones humanas
    intencionalmente construidas para lograr objetivos
    específicos.

    Ahora nuestro interrogante es: ¿Cuál es
    nuestra responsabilidad al pasar a formar parte de una de
    ellas?

    Concepto
    de Persona

    El artículo 30 del Código
    Civil define a la persona como
    "todos los entes susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones".

    Concepto de Personería
    Jurídica

    Las personas que deciden constituir una sociedad dan
    lugar a la creación de una nueva persona que
    desarrollará sus actividades conforme a la voluntad de los
    socios que la han constituido.

    La sociedad o nueva persona creada actúa con una
    personalidad
    distinta de las personas que la componen o representan; dicha
    personalidad puede definirse como ideal o
    jurídica,
    para distinguirla de las personas
    físicas.

    Pero es necesario destacar que para la ejecución
    de actos que importen la adquisición de de derechos o
    contraer obligaciones, esa personalidad ideal debe ser reconocida
    públicamente por la autoridad
    competente dando nacimiento a la personería
    jurídica
    .

    En su artículo 31, nuestro Código
    Civil efectúa la distinción comentada diciendo que
    las personas son de una existencia ideal o de una existencia
    visible.

    Reafirma tal clasificación cuando dice que todos
    los entes susceptibles de adquirir derechos o contraer
    obligaciones, que no son personas de existencia visible, son
    personas de existencia ideal, o personas
    jurídicas.

     

    Atributos de la
    persona Jurídica

    De acuerdo con el Código Civil, estos entes
    tienen sus propios atributos, que son distintos de los de cada
    una de las personas físicas que las integran.

    Como las personas físicas, las personas
    jurídicas poseen nombre, domicilio, capacidad y
    patrimonio
    ; pero no tienen Estado civil
    por razones obvias: el estado
    civil sólo es propio de las personas físicas o
    individuos.

    Las personas jurídicas pueden adquirir derechos y
    contraer obligaciones que corresponden a dichas personas
    jurídicas y no a sus miembros
    individuales.

    El nombre de las personas jurídicas debe
    respetar las normas
    establecidas por la Inspección General de Justicia.
    Este organismo del Estado nacional ha resuelto que, entre otras
    cosas, los nombres de las personas jurídicas:

    • No deben confundirse con el nombre de alguna otra
      persona jurídica ya existente.
    • Las personas jurídicas privadas no pueden
      incluir en su denominación la expresión
      "nacional", reservada a los entes del Estado nacional. Por
      ejemplo, Dirección Nacional de
      Vialidad.
    • Los nombres no pueden incluir expresiones
      contrarias a la moral y
      a las buenas costumbres.

    El domicilio de las personas jurídicas es
    el que fijen sus estatutos.

    Si dichos estatutos no prevén ese atributo, se
    entiende que el domicilio de la persona jurídica en
    cuestión es el lugar donde está situada su
    dirección o administración. En caso de poseer
    sucursales, éstas poseen un "domicilio especial" en el
    lugar de dichas sucursales, sólo para la ejecución
    de las obligaciones allí contraídas por los
    representantes locales de la sociedad.

    Partes: 1, 2

    Página siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter