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Derechos Humanos de El Salvador (página 2)




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Partes: 1, 2

3.0
Historia de los
Derechos
Humanos

Podemos decir que los derechos humanos, son tan
antiguos como la existencia del ser humano sobre la
tierra.

  1. Porque en la antigüedad ya se hablaba de la
    justicia y
    la paz, de la dignidad, la
    igualdad
    entre las personas y la libertad.
  2. Esto fue hace 2,000 años y ya distintas
    culturas se habían paliado conocer y poseer ciertos
    valores del
    ser humano.
  3. Cuando nació Cristo se proclamaba de manera
    clara ciertas ideas en defensa de los derechos
    humanos.
  4. El Cristianismo proclamaba la igualdad, la
    fraternidad entre las personas, la justicia social, condenaba
    la violencia
    y promovía la convivencia pacifica.

    Con el
    renacimiento se rompen esta estructura
    medieval y surgen en Europa
    corrientes políticas, jurídicas,
    filosóficas, y religiosas favorables para los derechos
    humanos

  5. La edad media
    de casi 800 años de duración, representa la etapa
    en que menos se desarrollaran los derechos humanos.
  6. Y hacen unos 500 años, cuando los
    españoles invadieron a América , trajeron a mucho esclavos de
    África, luego, negros e indígenas se revelaron en
    la búsqueda de los derechos humanos

En el siglo XVIII se producen las revoluciones francesas
y norte americanas, lo cual influyo mucho tanto en Europa como en
América y en el mundo entero.

En esta etapa fueron reconocidos formalmente por los
estados, los derechos civiles y políticos (derechos
individuales) o

Derechos de la Primera
Generación
.

Se adoptaron importantes declaraciones de derechos,
entre ellas:

A la declaración de independencia,
4 de Julio 1776, Estados
Unidos.

B La declaración de Virginia, 1776 Estados
Unidos.

C La declaración de los derechos del hombre y del
ciudadano, 1789 Francia.

Las declaraciones reconocían, entre otros, los
siguientes derechos:

  • Derecho a la vida
  • Derecho a la propiedad
    privada
  • Derecho al voto
  • Derecho a las personas detenidas
  • Libertad de palabra y prensa
  • Libertad religiosa y otros derechos
    individuales

En conclusión, Las dos revoluciones coincidieron
en las declaraciones, al reconocer solamente derechos
individuales (civiles y políticos)

En el siglo XIX en el Salvador la primera constitución -constitución Federal
en centro América – reconoció por primera vez
los derechos humanos (1824).

En nuestro país han existido 13 constituciones,
de las que podemos destacar como las mas importantes la de 1886,
la 1950, y la de 1983, reformada por los acuerdos de paz
1992.

En el siglo XIX con el auge y desarrollo del
capitalismo se
iniciaron las luchas reivindicativas de los obreros del mundo que
desembocan en las revoluciones de México y
Rusia,
reconociéndose formalmente los derechos económicos
sociales y culturales o derechos de la segunda
generación.

En este marco surge la constitución Mexicana de
1917 y la declaración de los derechos del pueblo
trabajador y explotado de la URSS (unión de republicas
socialistas soviéticas) las que reconocían el
derecho social al trabajo.

En el siglo XX, en 1945, finaliza la segunda guerra
mundial y con este acontecimiento surge la concepción
democrática de los derechos humanos y queda conformado el
mundo bajo otros patrones de organización internacional.

A partir de este periodo son reconocidos los derechos de
los pueblos o DERCHOS DE LA TERCERA GENERACION, que son los
derechos de las colectividades y hacen referencias a intereses
comunes de la humanidad.

Entre los derechos de la tercera generación
tenemos:

  • Derecho a la auto determinación o libre
    determinación de los pueblos.
  • Derechos a los pueblos al desarrollo (
    económico y social)
  • Derecho de los pueblos a que se proteja el patrimonio
    común de la humanidad (patrimonio arqueológico,
    etc.)
  • Derecho de protección al medio
    ambiente
  • Derecho a la paz

Los siguientes derechos son los que están
reconocidos por la constitución de la
Republica.

4.0
Derechos civiles y políticos

Derechos civiles._

  • Derechos de la vida ( articulo 1 y 2 )
  • Derecho a la integridad personal ( Art.
    2)
  • Derecho a la libertad personal _( Art.1,2
    y5)
  • Derecho a la seguridad
    jurídica ( Art.2)
  • Derecho al honor y a la integridad personal (
    Art.2)
  • Derecho a la igualdad ante la ley (Art.
    3)
  • Derecho a la inviolabilidad del domicilio ( Art.5 y
    20)
  • Derecho a la documentación personal (
    Art.5)
  • Derecho a la libertad de
    expresión ( Art.6)
  • Derecho a la rectificación o respuesta (Art.
    6)
  • Derecho a la libertad de asociación (
    Art.7)
  • Derecho a la libertad de reunión
    (Art.7)
  • Derecho a la inviolabilidad de la correspondencia (
    Art.24)
  • Derecho a la NO intervención y NO
    interferencia de las comunicaciones telefónicas (
    Art.24)
  • Derecho a la libertad de religión (
    Art.25)
  • Derecho de asilo ( Art.28)
  • Derecho al nombre (Art.36)
  • Derecho a la nacionalidad
    ( Art.90)

Derecho de las victimas y de las personas detenidas a
estar protegidas por los tribunales de justicia , derechos a
las garantías judiciales o garantías del debido
proceso (
Art.2,11,12,14,15,18,27,35,172,181,182,193,244,247)

Derechos Políticos.

Son los que le corresponde al hombre y a la mujer en
calidad de
ciudadanos al cumplir 18 años de edad, y promueven la
participación política en la
toma de
decisiones nacionales.

Derecho al sufragio o
voto. (Art. 72)

Derecho de asociarse para formar un partido
político o afiliarse a los que ya están formados
(Art.72)

Derecho a optar a cambios públicos.
(Art.72)

5.0 Derechos de la mujer

La constitución establece la IGUALDAD entre
el hombre y la
mujer y otorga a
la misma, derechos como:

Educación, Cultura,
acceso al desarrollo al crédito, a la tierra, a la
no violencia etc.

Y para garantizar estos derechos se han creado
instrumentos de protección.

Por ejemplo:

A._ En 1967 la
organización de las naciones unidas
(ONU)
aprobó la declaración sobre la eliminación
de la discriminación, la cual proclamaba la
IGUALDAD de derechos entre hombre y la mujer.

B._ En 1979 La naciones Unidas aprobaron la
convención en cual entro en vigor en 1981 (LEY DE EL
SALVADOR) La convención le otorga a la mujer los
siguientes derechos.

  • Desarrollo ( Art.3)
  • Educación (Art.5)
  • Participación Política
    (Art.7)
  • Trabajo (Art.11)
  • Salud (Art.12)
  • Crédito (Art.13)
  • Propiedad (Art.14)
  • Igualdad (Art.15)
  • Matrimonio Y Familia
    (Art.16)

B. Mas reciente en 1993, la ONU aprobó la
declaración sobre la eliminación de la violencia
contra la mujer, que es un instrumento que viene a fortalecer el
proceso que busca mejorar la condición de la mujer ante la
sociedad

C. En El Salvador, se aprueba un instrumento legal muy
importante que viene a respaldar el derecho de la
protección a la familia que
es EL CODIGO DE
FAMILIA aprobado por la asamblea legislativa el 22 de noviembre
de 1993 y entro en vigencia el 01 de octubre de 1994.

6.0 Derechos de la Niñez

Los derechos de la niñez constituyen el centro de
preocupación de uno de los organismos de las naciones
unidas UNICEF (fondo de las naciones unidas para la infancia) que
trabaja los niños
cuenten con lis servicios
básicos para su desarrollo.

Es decir salud, educación, agua potable,
alimentación etc.

La UNICEF realiza su trabajo en el marco de la
Declaración

de los Derechos Humanos de niño aprobada por la
ONU en 1959 la cual estipula que los niños deberán
de gozar de la protección especial, oportunidades y
servicios para el desarrollarlos de forma saludable y
natural.

La declaración de 1959 reconoce 10 derechos
básicos que fueron incorporados en la Convención de
1989, estos son:

  1. Facultad de gozar de sus derechos sin discriminación
  2. Derecho de gozar de protección y cuidados
    especiales
  3. El principio del interés
    superior del niño
  4. Derecho al nombre y nacionalidad
  5. Derecho a crecer y desarrollarse con buena
    salud
  6. Derecho de protección prenatal y
    postnatal
  7. Derecho a la alimentación, vivienda recreo y
    otros servicios
  8. Derecho al amor y
    comprensión
  9. Derecho a la no explotación, abandono y
    crueldad

En 1979 la comisión de derechos humanos de las
naciones unidas comenzó a elaborar el proyecto de
CONVENCION SOBRE DERECHOS DEL NIÑO, la cual fue aprobada
en 1989 por la asamblea general de naciones unidas

La convención sobre los derechos de los
niños se convirtió en ley para El Salvador, ya que
fue firmada por el gobierno y
ratificada por la asamblea legislativa el 27 de abril de 1990 y
enero en vigencia el 18 de mayo del mismo año.

La protección de los derechos de la niñez
se inicia desde el momento que se produce el embarazo hasta
que se cumple los 18 años, no importa el lugar ni las
circunstancia en que se encuentre.

En agosto de 1992, 120 estados entre ellos El Salvador
habían ratificado la convención, la cual
estableció el comité sobre derechos del
niño, que se reúne regularmente para vigilar el
progreso hecho por los estados en el cumplimiento de sus obligaciones.

El comité también puede hacer sugerencias
y recomendaciones a los gobiernos y a la asamblea general de la
ONU sobre la manera como alcanzar los objetivos de
la convención.

Por lo tanto los hijos nacidos dentro o fuera del
matrimonio
tienen los mismos derechos.

La actual constitución de 1983 reconoce los
derechos de igual forma que la constitución de
1950.

A diferencia que aquella reconoce la igualdad de los
derechos entre hijos, no importando la naturaleza de
los padres.

Otras Leyes Adoptadas
En El Salvador A Partir De 1950

-Ley de la adopción
(1955)

Código
de menores (1974)

-Ley del menor infractor (1993)

-Ley del instituto salvadoreño de
protección al menor (1993)

por la ley procesal familiar (1993)

La Convención De Los Derechos Del Niño
Es Universal

Es decir que tiene el mismo significado para todos los
países

El espíritu de la convención es el
interés superior del niño, con un enfoque positivo
y progresista

En cuanto a los derechos de la niñez es un
desafío para las futuras generaciones garantizar que estos
derechos sean una realidad.

Pero, si somos la futura generación
¿Quién hará realidad nuestros
derechos?

Estos derechos serán realidad en la medida que el
gobierno, la asamblea, el poder judicial y
la cooperación técnica y financiera de otros
países finalmente las instituciones
y ONG’s
asuman con responsabilidad la promoción de la defensa de los derechos
humanos a fin de garantizar, salud, educación, justicia,
alimenticios y protección de los derechos de la
niñez.

7.0 Derechos de los adultos
mayores

Las personas de la tercera edad, son aquellas que hayan
cumplido 60 años o más (art. 389 del código
de familia)

Y están protegidas en el régimen especial
qué reconoce y regula sus deberes y derechos (art. 390
CODIGO DE FAMILIA)

Según la constitución de la republica de
EL Salvador, los adultos mayores, como parte de la familia
cuentan con iguales derechos, por lo que deben de recibir
atención especial en lo físico,
psicológico, social, y jurídico etc.

Los adultos mayores no deben de ser discriminados en la
razón de su edad (art 394 del código de
familia)

Los adultos mayores no deben abandonarse nunca tienen
que disfrutar de forma gratuita, de programas
culturales, recreativos o de simple esparcimiento. Deben ser
informados sobre estos derechos y las leyes que se los garantizan
(art. 394 Cod. Familia)

Según el articulo 398 del código de
familia el estado esta
obligado a proteger los adultos mayores, a través de
acciones
coordinadas por la secretaria nacional de la familia.

8.0
¿Qué es La Declaración Universal de Los
Derechos Humanos?

La declaración universal se proclama el 10 de
diciembre de 1948, como ideal común en todas las naciones,
la cual contiene múltiples derechos civiles,
políticos, económicos, sociales y
culturales.

Inicialmente la declaración universal se
concibió como una exposición
de objetivos que deberían alcanzar los estados, por lo que
no formo parte del derecho
internacional obligatorio.

Sin embargo el hecho que tantos estados la hayan
aceptado, le ha dado considerable peso moral y
político.

Mas tarde en 1968, la conferencia
internacional de las naciones unidas sobre los derechos humanos
continuo una obligación para los miembros de la comunidad
internacional incluido El Salvador.

La declaración de derechos humanos constituye el
primer segmento de la carta
internacional de los derechos humanos que comprende:

El pacto internacional de derechos económicos,
sociales, y culturales (1966) y el protocolo
facultativo de este de este pacto (1966) ,

Los dos primeros artículos de la
declaración universal declaran que todas las personas
nacen libres e iguales en dignidad sin distinciones.

En los 19 artículos se habla de derechos civiles
y políticos que tiene el ser humano.

Los artículos 22 y 27 se refieren a los derechos
económicos, sociales y culturales

Los artículos 28 al30 reconocen que todos tenemos
derecho a que establezca un orden social e internacional para que
estos derechos se hagan efectivos y se hace énfasis en que
aso como tenemos derechos también tenemos deberes para la
familia, la comunidad y el
estado.

Protección De Los Derechos Humano (Nacional E
Internacional)

La protección nacional e internacional de los
derechos humanos, requiere que los estados aseguren por lo menos
el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  1. Instrumentos legales de protección a los
    derechos humanos Ejemplo: constitución, leyes
    secundarias, declaraciones y tratados
    internacionales.
  2. Órganos de protección de los derechos
    humanos ejemplo: tribunales de justicia, PDH, fiscalia,
    comisión de derechos humanos (ONU), comisión
    interamericanos de la OEA
  3. Mecanismos de protección de los derechos
    humanos Ejemplo: denuncia y aviso ante un juez, habeas
    corpus, recurso de amparo,
    denuncia ante la procuraduría de derechos humanos,
    denuncia ante los órganos de protección de la
    OEA y
    ONU.

9.0 Instrumentos Legales de Protección a Los
Derechos Humanos

En El Salvador están vigentes las leyes
secundarias que están relacionadas directamente con los
derechos humanos y su protección entre ellos se puede
mencionar:

LEYES SECUNDARIAS:

  1. La procuraduría general para la defensa de los
    derechos humanos
  2. El código de familia y ley procesal
    familiar
  3. El código del trabajo
  4. La ley del instituto salvadoreño de
    protección al menor
  5. El código de salud
  6. El código electoral
  7. El código penal
  8. El código procesal penal
  9. La ley del menor infractor
  10. El código de justicia militar
  11. La ley de armas de fuego
    y explosivos y artículos similares
  12. La ley orgánica de la policía
    nacional
  13. La ley del ministerio publico

Tratados Internacionales.

Entre los tratados que son
leyes para El Salvador podemos mencionar los
siguientes:

  1. Pacto internacional de los derechos Civiles y
    políticos ( 0NU 1966)
  2. El Pacto internacional de los derechos
    económicos sociales y culturales (NU 1966)
  3. La convención sobre los derechos del
    niño (ONU 1989)
  4. La convención sobre el estatuto de los
    refugiados
  5. Convención Americana sobre derechos humanos
    (OEA 1969)
  6. Las convenciones sobre asilo diplomático y
    asilo territorial (EA 1954)
  7. Las dos convenciones interamericanas sobre la
    concesión de los derechos civiles y políticos de
    de la mujer (EA 1958)
  8. Las 4 convenciones de ginebra del 12 de Agosto de
    1949 ( (regula guerras y
    conflicto
    armados)
  9. Los dos protocolos
    1977 adicionales a los 4 convenios de ginebra ( regula las
    guerras internas e internacionales ., las obligaciones entre
    las partes beligerantes ., y los demás derechos de la
    población civil
  10. Convención contra la prevención y
    sanción del delito
    degenosidio ( ONU 1948)
  11. La convención interamericana para prevenir y
    sancionar la tortura ( OEA 1985) Y OTRAS

10.0
Órganos o instituciones de protección de los
Derechos Humanos.

Según la constitución de la republica
son varios los órganos del estado que tienen competencia
para reconocer situaciones relacionados con los derechos
humanos de los salvadoreños.

Entre ellos podemos mencionar el siguiente:

  1. Corte suprema de la justicia
  • Cámara segunda de instancia
  • Juzgados de primera instancia ( JUSGADOS DE LOS
    PENAL)
  • Juzgados de paz.
  • Tribunales especiales.

Estos órganos de estado son los que tienen la
responsabilidad de investigar las violaciones a los derechos
humanos, imponer las sanciones legales a los culpables e
indemnizar a las victimas.

  1. La asamblea legislativa.

Es la encargada de reformar la constitución,
decretar, reformar y de rodar leyes segundarias, ratificar
tratados internacionales y nombrar comisiones especiales de
investigación para asunto de interés
internacional.

La asamblea legislativa tiene las siguientes
comisiones:

-Comisión de justicia y de derechos
humanos

– Comisión de la mujer, la familia y el
niño

– Comisión del medio ambiente
etc.

Órgano ejecutivo

Integrado por:

Presidente, vicepresidente, y los ministros.

El presidente esta obligado a cumplir y hacer cumplir la
constitución, los tratados sobre derechos humanos y
demás leyes del país.

El consejo de ministro (salud, trabajo, justicia,
educación, etc.) puede proponer a la asamblea legislativa
la suspensión de garantías constitucionales en caso
de emergencia nacional.

Ministerio Público.

Según la constitución, en el
artículo 191, el ministerio publico esta integrado por el
fiscal de la
republica, el procurador general de la republica y el procurador
para la defensa de los derechos humanos.

Según el artículo 193 de la
constitución le corresponde al fiscal l de la
republica:

  1. Defender los intereses del estado y de la
    sociedad
  2. Promover la acción de la justicia en defensa de la
    legalidad
  3. Dirigir investigaciones
    sobre delitos y en
    particular de los hechos que han de someterse a la
    jurisdicción penal.
  4. promover la acción penal y de oficio o
    petición.
  5. Nombrar comisiones especiales para el cumplimiento de
    sus funciones

Otras atribuciones.

Procurador para la defensa de los derechos
humanos.

  1. Velar por el respeto y
    garantía a los derechos humanos.
  2. Investigar por iniciativa propia o denuncia casos de
    violaciones a los derechos humanos
  3. Asistir presuntas victimas de violaciones a los
    derechos humanos.
  4. Promover recursos
    judiciales o administrativos para la protección de los
    derechos humanos
  5. Vigilar la situación de las personas privadas
    de su libertad.
  6. Practicar inspecciones donde lo estime necesario a
    fin de asegura el respeto a los derechos humanos.
  7. Promover reformas ante los órganos del estado
    para el progreso de los derechos humanos.
  8. Desarrollar un programa
    permanente de actividades de promoción y
    educación sobre el
    conocimiento y respeto a los derechos humanos

Procurador General De La Republica.

  1. Velar por la defensa de la familia y de las personas
    y derechos de los menores y demás personas incapaces
    …( físico y mentalmente)
  2. Dar asistencia legal a las personas de escasos
    recursos economices y representarlas judicialmente en la
    defensa de su libertad individual y sus derechos
    laborales
  3. Proporcionar por el medio del departamento de
    defensora publica, un defensor gratuito a toda persona
    detenida o acusada de cometer un delito, que carezca de un
    defensor.

Organizaciones Internacionales que pueden conocer la
situación de los derechos humanos en El
Salvador.

  • Comisión de derechos humanos de la naciones
    unidas (ONU)

En 1946, el consejo económico y social de las
naciones unidas ceo oficialmente la comisión de derechos
humanos, para que ayudara al consejo en asuntos relacionados
con los derechos humanos y para que elaborara la carta
internacional de los derechos humanos.

Atribuciones de la comisión de derechos humanos
de la ONU

  • Hacer estudios sobre problemas
    de derechos humanos.
  • Hacer recomendaciones a los estados en materia de
    derechos humanos
  • Investigar denuncias de violaciones de derechos
    humanos
  • Elaborar proyectos de
    declaraciones y tratados sobre derechos humanos
  • Recibir denuncias de cualquier persona u
    organización sobre violaciones a los derechos civiles
    y políticos atribuidos a los estados
  • También ayuda al consejo, a coordinar
    actividades relacionadas con los derechos
    humanos.

Otras Instancias Con que cuentan las naciones Unidas y
que dan protección a El Salvador son:

  1. El grupo de
    trabajo sobre desapariciones forzadas (
    involuntarias)
  2. El relator especial de la tortura.
  3. El relator especial de las ejecuciones
    sumarias.
  4. El relator especial sobre los estados de
    excepción
  5. El grupo de trabajo sobre detenciones y
    prisión, etc.

Estas instancias también reciben denuncias e
informes

Comisión Interamericana De Derechos
Humanos De La Organización De Estados Americanos
(Oea)

La colisión interamericana de derechos humanos,
fue establecida en 1959 tiene su cede en Washington estados
unidos.

Una de la principales funciones es atender las
peticiones de personas o grupos que
alegan violaciones a los derechos humanos, cometidas por los
países miembros de la OEA … los derechos que
estas protegidos por este órgano se detallan en
:

  1. La declaración americana de derechos y
    deberes del hombre (1948) y.
  2. La convención americanas sobre derechos
    humanos ( 1969)

Esta comisión puede formular recomendaciones a
los estados y

Publicar sus conclusiones sobre los distintos casos de
violaciones a los derechos humanos (derechos civiles y
políticos). La fuerza de la
comisión radica en la persuasión y en la
publicación de informes sobre los abusos de las
autoridades, ya que no puede forzar legalmente a los estados a
que tomen medidas.

Las denuncias pueden ser las personas particulares
victimas, ONG`S E instituciones privadas

Mecanismo De Defensa De Los Derechos
Humanos

Según la constitución de la republica,
todos los ciudadanos tenemos derecho a la protección de
los derechos humanos.

Derecho a las garantías del debido proceso
legal y a las garantías judiciales.

Y para lograrlo se han establecido mecanismos de
defensa entre los que podemos mencionar:

1. Denuncia y aviso a los jueces (por
delitos)

2. Habeas corpus.

3. Recurso de amparo

4. Demanda de
inconstitucionalidad

5. Denuncia ante la procuraduría para la
defensa de los derechos humanos

6. Denuncia ante los organismos internacionales de
protección de la ONU y la OEA.

Procedimientos o mecanismos de protección de
los derechos humanos en materia de la justicia
penal.

11.0 Recursos legales
para denunciar abusos a los derechos humanos (delitos) y a que
instancias acudir

FACULTAD DE DENUNCIAR DELITOS.

Según el articulo 125 del código procesal
penal, cualquier persona may de 18 años de edad que se
considere ofendido por un delito, podrá denunciarlo ante
un juez y si el ofendido es menor de edad, puede hacerlo por
medio de su representante legal o la persona que tenga bajo su
cuidado al menor

La denuncia también puede presentarla un
vecino, un amigo o un compañero del ofendido y puede
hacerse de forma verbal o escrita.

Si se hace por escrito el denunciante deberá
identificarse y firmar la denuncia si pudiere. Y si la denuncia
se hace verbal, esta será recibida en el tribunal por
medio de acta en la que en forma de declaración se
expresará todo lo que sepa sobre el hecho denunciado y
las circunstancias en que sucedió, esta acta será
firmada por el denunciante, si pudiere. (Art. 126 Código
Procesal Penal).

Contenido de la denuncia:

  1. Relación circunstanciada del hecho, es decir
    lugar, tiempo, y
    modo, como fue perpetrado.
  2. Nombre de los actores y demás participes y
    personas que presenciaron el hecho y pudieran tener conocimiento, vecinos inmediatos, si se
    supiere.
  3. Todas las indicaciones que puedan conducir a la
    comprobación sobre el hecho denunciado. (Art.127
    Código Procesal Penal).

El Juez que reciba la denuncia con todos los
requisitos legales

Estará obligado a iniciar proceso para la
averiguación de los hechos denunciados, pero la
declarara inadmisible cuando tales hechos no constituyan delito
(Art. 130 Código Procesal Penal).

La denuncia puede presentarse ante un juez de paz o de
primera instancia (Mixto o Juez de lo penal) del lugar donde
sucedió el hecho denunciado.

Cuando se trate de delitos privados, por ejemplo una
violación en este caso podrá presentar la
denuncia solamente la persona ofendida si es mayor de edad (18
años) o su representante legal, o los padres cuando el
ofendido es menor de edad. (18 años).

En casos de violación o abusos sexuales cometidos
en menores de edad que no tengan representante legal, cualquier
persona podar acudir a la Procuraduría General de la
Republica a solicitar que intervenga en la protección
legal del menor victima de los abusos sexuales, para que lo
represente en el juicio respectivo (Art.224 Código de
Familia)

Facultad Para Dar Aviso De Un Delito A Un
Juez.

Cualquier persona que tuviere noticia de haberse
cometido un delito podrá dar aviso al juez del lugar donde
sucedió; a la Fiscalía de la República; o a
los oréanos auxiliares de la
administración de justicia (PNC)

(Art. 131 Código Procesal Penal)

¿Entonces, en un delito de Homicidio o robo
podrá cualquier persona, independientemente de su edad o
relaciones con la victima, darle aviso al juez de paz, de Primera
Instancia o Juez de lo Penal y al Fiscal?

Sí, pero también puede darle aviso a la
Policía Nacional Civil (PNC) Y puede hacerlo de forma
verbal o por escrito.

El aviso al igual que la denuncia debe incluir los
siguientes datos del
denunciante:

Nombre, número de DUI u otro documento,
ocupación, edad, dirección exacta información básica sobre el hecho
(Lugar, hora, etc.)

Si el aviso es recibido por el juez del lugar donde
sucedió el hecho, este deberá iniciar de inmediato
el proceso que corresponde.

Si fuese dado a la fiscalia de la republica
deberá pedir al juez competente para que inicie el
juicio.

Y si fuese dado a los órganos auxiliares, por
ejemplo la PNC, estos deberán informar de inmediato al
juez competente y a la fiscalia general de la republica e iniciar
también la investigación (Art. 131 código
procesal penal)

Procedimientos De Protección De Los Derechos
Humanos En Materia De Derecho Constitucional.

Habeas Corpus.

Es el derecho que tiene toda persona detenida o
acusada de cometer un delito de que se revise si la orden de
detención o captura se ha hecho de acuerdo a la
constitución y a las leyes del país.

Se conoce también, como EXHIBICION PERSONAL,
Porque el detenido tiene que ser mostrado ante el funcionario
que tramita el habeas corpus.

Con el habeas corpus se busca evitar que una persona
sea detenida injustamente o que este detenido sin ser juzgada
también busca evitar la incomunicación, la
tortura o malos tratos en los detenidos.

El habeas corpus protege el derecho a:

  1. No ser forzado a declarar ante las autoridades
    policiales o judiciales
  2. No ser detenido ilegal o arbitrariamente
  3. No ser secuestrado o desaparecido
  4. Pasar a la orden de un juez amas tardar en 72 horas
    después de la captura
  5. No ser incomunicado
  6. Ser asistido por el abogado defensor desde que es
    capturado.
  7. Que la procuraduría general de la republica
    nombre un defensor, si no tiene recursos.
  8. Una persona que huye de una orden de detención
    injusta

¿Cuando Debe Interponerse Un Habeas
Corpus?

Cuando una persona esta detenida por cualquier motivo,
ya sea que a la orden de un juez, autoridad
militar, cuerpo de policías o a la orden de autoridades
civiles.

En caso de que un particular sea el responsable de la
detención o privación de libertad.

Pero también puede solicitar un habeas corpus
cuando una persona a sido amenazada en su libertad., cuando es
perseguida o vigilada., cuando a desparecido y se cree que esta
detenida cuando a sido secuestrada., o cuando por cualquier
otro motivo se impide su libertad de transito o
circulación por el territorio nacional.

En términos generales, el habeas corpus puede
solicitarse cuando una persona es detenida o apresada o desde
que es amenazada su libertad.

¿Quien pude solicitar un habeas
corpus?

Cualquier persona detenida puede solicitar un habeas
corpus a su favor…. También puede solicitarlo el
defensor de una persona detenida, cualquier abogado, familiar,
amigo, o compañero de trabajo, sea nacional o
extranjero.

¿Ante quien puedo presentar el habeas
corpus?

Ante la sala de lo constitucional de la corte suprema
de justicia y ante las cámaras de segunda instancia o
cámaras de lo penal que existen en el
país.

¿Como se solicita un habeas corpus?

Puede solicitarse por escrito en papel común
por carta escrita a maquina o a mano, o puede pedirse por medio
de telegrama.

¿Que Datos Debe De Tener Un Habeas
Corpus?

  1. Nombre de la institución a la que esta
    dirigido.
  2. Los datos completos de la persona de que lo
    solicita
  3. Datos exactos de la persona detenida.
  4. Debe relatar brevemente los hechos relacionados con
    la captura.
  5. El solicitante debe manifestar que lo que ha dicho en
    la carta o telegrama es la verdad.
  6. De último debe poner la fecha, la ciudad donde
    se presenta, la firma y si no puede firmar debe poner las
    huellas digitales.

Primero Veamos Como Hacer La Carta

Sala de lo constitucional de corte de suprema de
justicia.

Yo Juan Pérez de 24 años de edad,
albañil del domicilio de Dulce nombre de
María, Chalatenango
con DUI # 02544585-3

Atentamente expongo:

Que el señor Pablo Hernández
Pérez , mayor de edad, jornalero del domicilio de San
Rafael departamento de Chalatenango, fue detenido el DIA 2 de
los corrientes a las 7 de la mañana en el
kilómetro 8 de la troncal del norte por soldados
uniformados quien los condujeron a las cárceles de
____________ donde se encuentra detenido .

Por lo antes expuesto solicito con todo
respeto:

Se decrete auto de EXHIBICION PERSONAL a favor del
señor Pablo Hernández Pérez.

Juro que lo dicho es la verdad.

Chalatenango, 20 de Junio de 2007.

Firma del solicitante __________

Segundo Por Medio Del Telegrama.

Dulce Nombre de Maria, 13 de Junio de 2007

Cámara de lo penal de la segunda sección
de oriente de San Miguel solicito exhibición personal a
favor de Pedro Hernández López, mayor de edad,
empleado, domicilio Hocícala detenido 2 de Marzo por la
PNC de Gotera, juro que lo dicho es verdad

Juan Antonio Pérez

DUI # 08091545-4

De 34 años de edad.

Albañil Barrio San José.

Usted puede presentarse a solicitar un habeas corpus
en los siguientes lugares:

  1. Sala de lo constitucional de la corte suprema de
    justicia en San Salvador ( Centro de Gobierno)
  2. Cámara de lo penal de occidente, Santa
    Ana.
  3. Cámara de lo penal de la primera
    sección de oriente, San Miguel.
  4. Cámara de la segunda sección de
    oriente, Usulutan
  5. Cámara de la segunda sección de centro,
    Cojutepeque.
  6. Cámara de tercera sección del centro ,
    San Vicente
  7. Cámara de la cuarta sección del centro,
    Nueva San Salvador.

Exciten otras consulte al promotor

RECURSO DE AMPARO

(Art.12, 14, 15 de la ley de procedimientos
constitucionales y Art.174.247, de la constitución de la
republica)

Toda persona puede pedir AMPARO ante la corte suprema
de justicia, por violación de sus derechos que le otorga
la constitución, y procede cuando una autoridad o
funcionario del estado comete algún acto de
violación de los derechos humanos.

¿Y a quien le presento la demanda de
amparo?

A la secretaria de la corte suprema de
justicia

¿Y solo el ofendido puede presentar la
demanda?

NO, puede presentarla el ofendido, o su representante
legal.

Y deberá hacerse por escrito.

Y en el caso de las personas que vivimos fuera de san
salvador,¿ Cómo podemos presentar una demanda de
amparo y quien?

En estos casos, pueden presentarla al juez de primera
instancia de su localidad. El juez deberá elaborar una
nota donde pondrá el día y la hora de su
presentación, luego el juez y el secretario firmaran y
sellara esta nota y la enviará por correo certificado a
la secretaria de la corte suprema de justicia.

La demanda de amparo debe contener la siguiente
información:

  1. nombre, edad, identificación,
    dirección, profesión, del demandante o quien
    gestione por el.
  2. la autoridad o funcionario demandado
  3. el acto contra el que se reclama
  4. el derecho de la constitución que se
    considera violado y el art. Respectivo
  5. expresar con claridad en que consiste la
    violación
  6. lugar y fecha del escrito y firma del demandante o
    de quien lo hiciere.

Si la demanda la hace por medio de una
organización o persona jurídica deberá
poner los datos del apoderado legal y el nombre, naturaleza y
domicilio de la institución.

En todo caso usted puede pedir asesora jurídica
a entidades que trabajan en la protección de los
derechos humanos.

Entre Ellas Podemos Mencionar:

  • Procuraduría para la defensa de los derechos
    humanos,
  • Comité de familiares de victimas de
    violaciones de los derechos humanos. (CUDEFAM)
  • Comisión no gubernamental de derechos
    humanos.
  • Tutela legal del arzobispado.
  • Oficina de asistencia legal de la UCA.
  • Socorro jurídico popular de la universidad nacional.
  • Socorro luterano
  • Fundación madelane lagadec y
    otros.

12.0 Inconformidad con las leyes
dictaminadas

Demanda De Inconstitucionalidad

Ver art. 6, 7, 8, 10, de la ley de procedimientos
constitucionales y art. 174, y 183 de la constitución de
la republica.

El proceso de inconstitucionalidad es aplicable cuando
la asamblea legislativa aprueba leyes que van en contra de la
misma constitución de la republica.

Por ejemplo si la asamblea aprueba una ley de
amnistía perdonando graves crímenes cometidos por
funcionarios y autoridades de el estado (desaparecidos,
tortura, asesinatos colectivos etc.) en este caso
dejaría sin protección judicial a las victimas,
en contra de lo que ordena la constitución (art.1, 2,
244, de la constitución)

Entonces podemos acudir a la sala de lo constitucional
de la corte suprema de justicia a poner una demanda de
inconstitucionalidad.

Debe presentarse por escrito debidamente firmada por
el interesado, el cual deberá identificarse y ser
salvadoreño, presentando la certificación de su
partida de nacimiento.

Una Demanda De Inconstitucionalidad Debe Contener Los
Siguientes Datos:

  1. El nombre, identificación, profesión,
    oficio y domicilio del interesado o peticionario.
  2. la ley, el derecho o reglamento que se estime
    inconstitucional, citado el numero y fecha del diario oficial
    en el que se hubiere publicado o si no el recorte de otro
    periódico donde haya sido
    publicado.
  3. los motivos por los que considera inconstitucional
    una ley citando los artículos de la
    constitución que se consideran violados.
  4. la petición de la declaratoria de la
    inconstitucionalidad de la ley, decreto o
    reglamento.
  5. lugar, fecha y firma del peticionario.

La sentencia definitiva no admitirá ningún
recurso y será obligatoria de un modo general para los
órganos del estado, para sus funcionarios y autoridades y
para toda persona natural o jurídica.

Para presentar una demanda de inconstitucionalidad puede
solicitar asesoria jurídica ante las entidades que ya
mencionamos.

13.0
Conclusión

Con la información recalcada anteriormente sobre
lo Derechos humanos nos hace constatar como seres humanos que
desde el momento de la concepción nos merecemos estos
derechos para lo cual es importante hacer saber a las personas
que no conocen sobre esto ya que en nuestra sociedad existe la
discriminación y esto no tiene que ser así puesto
que en nuestra Constitución y demás leyes se
argumenta que hay que aplicar estas leyes por igualdad para que
se hagan cumplir nuestros derechos. Además en nuestro
país la situación sería muy distinta si los
derechos humanos se cumplieran sería otra realidad en
nuestro país en nuestro vida. También es importante
que haga saber sobre el Habeas Corpus ya que es un derecho que
tiene toda persona detenida o acusada de cometer un delito de que
se revise se la orden de detención o captura se haga de
acuerdo a la Constitución y a las leyes de nuestro
país.

 

Hecho por:

Mario E. Navas

www.humano.ya.com/mnavas42/Ingresarsistema.htm

16/06/2007

Partes: 1, 2
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