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La autonomía de la fe religiosa de los desplazados en los pueblos étnicos. Una lectura evangélica pentecostal (página 2)



Partes: 1, 2

Artículo 2

1. Nadie será objeto de discriminación por motivos de religión o
convicciones por parte de ningún Estado,
institución, grupo de
personas o particulares.

2. A los efectos de la presente Declaración, se
entiende por "intolerancia y discriminación basadas en la
religión o las convicciones" toda distinción,
exclusión, restricción o preferencia fundada en
la religión o en las convicciones y cuyo fin o efecto
sea la abolición o el menoscabo del reconocimiento, el
goce o el ejercicio en pie de igualdad de
los derechos
humanos y las libertades 9

Sin embargo, en un informe del
Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las
libertades fundamentales de los indígenas, fechado el 27
de febrero de 2007, el Sr. Rodolfo Stavenhagen dice que: "Si bien
ha habido avances en la adopción
de normas que
reconocen los derechos de los pueblos indígenas, se sigue
manteniendo la brecha de la implementación de estas
normas. Para dar visibilidad a sus necesidades y sus derechos,
los indígenas han recurrido a distintas formas de organización y movilización social
que con frecuencia resultan ser la única vía para
que sus demandas sean escuchadas. Sin embargo, son demasiado
frecuentes los casos en los que se criminaliza la protesta
social, dando lugar a nuevas y a veces graves violaciones de los
derechos humanos.5

El Relatoir especial de la ONU reconoce que:
"Las crecientes migraciones de personas indígenas son una
de las expresiones de la
globalización y de la desigualdad y pobreza generada
por ésta. Los indígenas migrantes están
particularmente expuestos a violaciones de sus derechos humanos
en los trabajos agrícolas y mineros, en el ambiente
urbano y a nivel internacional. Hacen falta políticas
adecuadas de protección de los derechos humanos de los
indígenas, cada vez más numerosos, que se
encuentran en estas circunstancias. Especialmente merecedoras de
atención son las mujeres y las
jóvenes indígenas migrantes, que sufren
desproporcionadamente la violencia y la
explotación sexual. El Relator Especial también
presenta en este informe algunas recomendaciones al Consejo y a
los Estados con el objeto de mejorar la protección de los
derechos humanos de los pueblos
indígenas."6

Añade que : "En países como Camboya,
Chile, Filipinas y México, la
práctica demuestra que estos conflictos a
veces se solucionan en contra de los intereses y derechos de los
pueblos indígenas"7.

Este Relator de la O.N.U documenta en su reporte que: La
criminalización de la protesta social y su
represión por la fuerza
pública (policías, fuerzas armadas, a veces incluso
grupos
paramilitares) siguen siendo hechos denunciados con frecuencia
por las organizaciones
indígenas y civiles.

En 2006, por ejemplo, hubo actos civiles de protesta en
que participaron indígenas y no indígenas, que
fueron violenta y arbitrariamente reprimidos por el Gobierno mexicano
en Atenco y Oaxaca, produciéndose numerosas violaciones a
las garantías
individuales. Pese a diversos intentos de diálogo
entre las partes, el conflicto y
las protestas continúan. La Comisión Nacional de
Derechos Humanos recibió más de 1200 quejas, y
registró a 20 personas fallecidas, 350 detenidos y 370
lesionados, concluyendo que las partes en conflicto y la
Policía Federal Preventiva han utilizado la violencia
reiterada y excesivamente. La sociedad civil
denunció también secuestros, violaciones a la
libertad de
expresión, amenazas, hostigamiento, torturas, violaciones
sexuales y agresiones cometidas por distintas policías,
agentes del Estado y grupos armados supuestamente parapoliciales.
Aunque algunas de las personas detenidas y transportadas a
cárceles lejanas sin apego a la ley han sido
liberadas, el Gobierno no ha investigado los delitos
imputados ni ha procedido contra los responsables de estas
violaciones.8

Análisis

Entiendo que el espectro que tiene que cubrir un Relator
de la
Organización de las Naciones Unidas
es universal y que en un documento de diecinueve cuartillas se
tienen que sintetizar muchos asuntos a nivel mundial, pero
óiganlo bien, ni en su resumen, ni en su introducción, ni en sus noventa y dos
párrafos de su informe menciona el tema de los desplazados
por cuestiones religiosas.

Desplazados sin defensa internacional

En este sentido no es lo mismo desplazado que refugiado,
como lo anota en su página web
Choike. org. de origen Uruguayo: El término "personas
desplazadas internamente" (PDI) atañe a las personas que
se ven obligadas a abandonar sus hogares para establecerse en
otra zona, dentro de las fronteras de su país. Bajo la
Convención de 1951 sobre Refugiados, el término
"refugiados" refiere a quienes deben abandonar sus países.
Esta diferencia es crucial, pues los desplazados internos no
obtienen la protección de la legislación
internacional que reciben los refugiados, ni hay un órgano
con un mandato específico para prestarles
asistencia.

Según el Consejo Noruego para los Refugiados
(CNR),
Esta institución, en su informe anual publicado
este lunes 14 de mayo de 2007 en Ginebra, señaló
que en América
Latina hay 4,1 millones de personas desplazadas de sus
hogares, los otros desplazados internos de la región
están en Guatemala,
México y Perú. Asimismo se señala que los
desplazados internos latinoamericanos "están de manera
general mejor organizados que en otros continentes, pero los
resultados de sus acciones
colectivas son escasos frente a la magnitud de sus problemas".
Los expertos de esta agencia apuntan también a que
Latinoamérica es una de las regiones del
mundo en que hay concentrada mayor riqueza entre sus
élites y mayor número de personas sin propiedades y
desposeídos, muchos de ellos indígenas y
desplazados.10

Multiculturalismo y religión:

El término "multiculturalismo" tiene, al
menos, tres significados diferentes. En su vertiente
demográfica-descriptiva, se refiere al hecho de la
diversidad cultural o étnica; en su sentido
ideológico-normativo, se aplica a los argumentos
filosóficos que subrayan la legitimidad de las
reivindicaciones para que se reconozca la identidad de
determinados grupos; y, en su sentido político, pertenece
a cualquier política
diseñada para responder a los problemas planteados por la
diversidad, promocionando de forma activa el derecho reconocido
de participación de las minorías étnicas,
religiosas y lingüísticas en la esfera
pública.11

¿Qué somos, quiénes somos, para
quién somos y… de veras somos?

En este sentido, pues, se ha dicho hasta la saciedad que
no somos un solo México, sino muchos
"Méxicos". Todas las partes tenemos que
reconocernos unos a otros, como el cuerpo físico se
reconoce siendo muchos miembros en un solo cuerpo así
nosotros como país, somos muchos pensamientos, diferentes
visones, diversidad de opiniones, muchas ofertas espirituales y
religiosas. Cada quien deberá optar por la de su
preferencia y en ésta vertiente la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público en su título primero y
artículo 2º. dice lo siguiente:

Art. 2º.- El Estado
Mexicano garantiza a favor del individuo, los
siguientes derechos y libertades en materia
religiosa:

a).- Tener o adoptar la creencia religiosa que
más le agrade y practicar, en forma individual o
colectiva, los actos de culto o ritos de su
preferencia.

b).- No profesar creencias religiosas; abstenerse de
practicar actos y ritos religiosos y no pertenecer a una
asociación religiosa.

c).- No ser objeto de discriminación,
coacción u hostilidad por causa de sus creencias
religiosas, ni ser obligado a declarar sobre las
mismas.

e).- No ser obligado a prestar servicios
personales ni a contribuir con dinero o en
especie al sostenimiento de una asociación, iglesia o
cualquier otra agrupación religiosa, ni a participar o
contribuir de la misma manera en ritos, ceremonias, festividades,
servicios o actos de culto religioso.11

Muchas cosas en nuestro país se ven muy bien en
el papel, uno es el discurso y
otra la realidad. En el último párrafo
inciso e).- dice que nadie puede ser obligado a prestar servicios
personales ni a contribuir con dinero en especie de una
asociación… ni a participar o contribuir de la
misma manera en ritos, ceremonias, festividades, servicios o
actos de culto religioso. Sin embargo muchos de los
desplazamientos de las comunidades étnicas tienen que ver
en que se han convertido al cristianismo
evangélico y son obligados a prestar servicios y a aportar
econonómicamente y en especie para la fiesta del santo
patrono de la localidad.

Asimismo, tenemos que reconocer que las tendencias del
cambio
religioso en México se ha acentuado en el sureste mexicano
y por ende, ha sido acelerado. El famoso "status quo"
está siendo desafiado, como lo documenta la
película "Chamula, tierra de
sangre"(donde
la realidad supera la ficción), esta película narra
cómo un pastor evangélico es desollado, colgado de
un árbol y su lengua
cortada.

Cambios, cambios y más
cambios:

Renée de la Torre en su artículo "Perfiles
socio-demográficos del cambio religioso en México"
nos proporciona las siguientes estadísticas: el censo del 2000
reportó un 87.99% de población católica, es decir, un 1.7
puntos porcentuales menos que diez años atrás, 8.18
menos que en 1970, y 10.22 menos que hace 50 años.
12 En el estado de Chiapas, el
porcentaje de población católica es de solamente
63.8, mientras que en estados de la frontera
norte, como Baja California, dicho porcentaje descendió de
86.15 en 1990 a 81.46% en el 2000, es decir, una diferencia de
4.74 puntos porcentuales en solo diez años.

En el sureste del país, el protestantismo de tipo
pentecostal ha logrado conquistar importantes proporciones de la
población, como son los estados de Chiapas,
Yucatán, Campeche y Quintana Roo (donde se concentran la
poblaciones indígenas y donde las misiones
católicas fueron más escasas que en el resto del
país) los evangélicos alcanzan casi una tercera
parte (30%) de la población (Garma 1998:122). Hay quienes
explican que ello se debe a que esas zonas han vivido rezagadas
del progreso de la modernización nacional y el cambio
religioso ha significado una alternativa para liberarse del
poder caciquil
tradicional, que ha estado íntimamente relacionado con el
catolicismo tradicional (Bastián 1997).

La profesora e investigadora del Centro de Investigaciones y
Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS) Occidente dice
que:
"Lamentablemente algunas expresiones de dicho cambio se
ven acompañadas de conflictos locales y episodios de
intolerancia religiosa. Éstos no necesariamente aparecen
en aquellas regiones en donde la diversidad religiosa es mayor,
sino en aquellos contextos en donde el cambio religioso es
más acelerado, y donde las estructuras
tradicionales del poder están emparentadas con el
catolicismo popular. Ejemplo de ello fue la expulsión
sangrienta de los evangélicos de San Juan Chamula en
Chiapas iniciada en 1974, el pastor pentecostal que fue quemado
en 1997 en el pueblo de Santa Ana Niche, en el estado de
México, o la expulsión de evangélicos
ocurrida en 1998 en Hidalgo, Morelos."13

Consideraciones finales

Sin duda que los análisis multivariados y
sociológicos encuentran como principales variables
asociadas al cambio religioso las siguientes: pobreza, etnicidad,
urbanización y migración.
Sin embargo tenemos que reconocer que existe un hartazgo en los
diferentes "Méxicos" que se traduce también
en anhelar un cambio en las vidas de nuestros hermanos que viven
en la marginalidad. Las
diferentes expresiones de la iglesia evangélica en
México hemos tratado de cumplir lo que consideramos un
mandato divino: "id y predicad el evangelio a todos los ethnos"
.En esta babel de cosmovisiones, filosofías, religiones y credos urge dar
certeza a nuestros grupos étnicos de México y el
mundo y decirles no sólo a través de leyes y acuerdos
internacionales que somos uno con ellos.

En este trabajo de ir
y predicar no sólo se trata el asunto espiritual, el cual
es el más importante, sino su entorno social y
económico.

En este sentido, el ala pentecostal del cristianismo
evangélico ha entendido el papel fundamental del Espíritu
Santo y ha surgido como la vía de cambio en la
mayoría de pueblos étnicos de nuestro país,
ante el rotundo fracaso del pragmatismo a
ultranza de la Teología de la Liberación y de la
pastoral social de la religión mayoritaria de nuestro
país, los pentecostales han tomado la estafeta de la
proclama con poder y autoridad
espiritual ante la necesidad imperiosa de un cambio radical en
nuestro país.

En una misión
centrífuga y no centrípeta han salido a los cuatro
puntos cardinales de nuestro país y hoy podemos decir que
casi el 100% de nuestros grupos étnicos tienen ya
representatividad evangélica.

Si bien en este proceso
existen factores biológicos, culturales,
geográficos, económicos y sociales, la iglesia
cristiana evangélica ha sabido comunicar a través
de la rejilla intercultural el evangelio sencillo de cambio a
favor de las diferentes naciones existentes en nuestro
país, sin menoscabo de ninguna de ellas. Puesto que
ninguna cultura es
más que otra, solo son diferentes. Tratamos de ser
respetuosos con cada cultura e ir al fondo del asunto: el
problema está en el corazón
del ser humano, las religiones,
instituciones
y entidades gubernamentales no han producido tal cambio.
Sólo el poder del evangelio predicado y practicado en
forma sencilla ha hecho el trabajo.
Cuando el evangelio (no la religión) llega a una persona, familia o grupo
étnico, existe un antes y un después. Esto es
definitivo, las estadísticas lo comprueban.

Por último, ¿a quién beneficia la
opresión y persecución que sufren nuestros hermanos
desplazados en el sureste mexicano?

¿Cuándo aprenderemos a vivir como el
país multicultural que somos en sus tres vertientes:
demográfico-descriptivo, ideológico-normativo y
político?

Todos los actores políticos, sociales y
religiosos debemos hacer un compromiso de aceptar y respetar la
autonomía de la fe religiosa en los desplazados del
sureste mexicano.

Señores, es el siglo XXI, no es la época
colonial, es la Constitución de 1917 no la de 1824 (donde
la religión católica era la única
oficialmente autorizada).

¡Por un México sin fronteras!

 

Pastor Baltazar Zamora Zamora. ®

® Trabajo elaborado por el suscrito.

Partes: 1, 2
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