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El orden económico-financiero internacional Venezolano (1900-1958) (página 3)




Enviado por osram



Partes: 1, 2, 3

III.- Proyecto Nacional
Venezuela y la
Dimensión Económica Internacional: Política Exterior y
Política
Petrolera (1936-1958).

1.- Gobierno de Eleazar
López Contreras

A.- Orden Económico y Petrolero:

1.- Creación del Ministerio de Agricultura y
Cría: inicio de una programación agrícola y
pecuaria.

Por decreto de 25 de febrero de 1936, se crea el
Ministerio de Agricultura y
Cría. Esta rama había sido, hasta ese momento, una
sección del Ministerio de Salubridad y, consiguientemente,
este despacho se denominaba Ministerio de Salubridad y
Agricultura y Cría. Con este nuevo Departamento del
Ejecutivo Federal, se inicia la acción del Estado
venezolano sobre las fuentes de
producción agropecuarias. Los primeros
pasos fueron de organización y de formación de
personal. Se
podría decir que las actuaciones iniciales de este
Ministerio se concretaron a la docencia y a los programas de
experimentación. Después, se llevaran a cabo las
medidas proteccionistas de la agricultura y cría, y la
preparación del papel para
poder
fundamentar una reforma
agraria.

No obstante las críticas de la oposición,
que para ese tiempo se
agrupaba en nacientes partidos
políticos, como ORVE, PRP, PDN, y otros, y de
agrupaciones como la Federación de Estudiantes de Venezuela,
sobre los primeros pasos del Ministerio de Agricultura y
Cría, pues proponían que revolucionariamente se
procediera a la reforma
agraria, con expropiación de tierras y otras medidas
drásticas, no obstante, el Gobierno
inició por primera vez la intervención estatal en
la producción agropecuaria con medidas
fundamentales, que los mismos opositores al régimen no
podían dejar de aprobar.

Pero, una vez que el Ministerio de Agricultura y
Cría inició su funcionamiento, con una organización provisional, se dieron las
primeras orientaciones para la campaña de mejoramiento de
los diversos sectores de la producción agropecuaria. Con
un presupuesto
mínimo para la acción específica, se propone
crear instituciones
y servicios en
todo el territorio nacional.

Con ello, se iniciaron los estudios relacionados con
el
conocimiento de la riqueza agrícola nacional por medio
del Servicio
Botánico. Sin este conocimiento
había sido imposible, la instalación de Estaciones
y Centros Experimentales y Granjas Agrícolas de
demostración. Se crea en 1938, la Escuela Superior
de Agricultura y Zootecnia. También la Escuela Superior
de Veterinaria, de donde saldrán los primeros
médicos en esta rama. El Gobierno
llevó la enseñanza agrícola a diversos
sectores del país, a cuyo efecto práctico se
creó la Escuela Práctica de Agricultura y Centro de
Demostración del Estado Aragua.
Se creó la Escuela de Mayordomos, especialmente para
Haciendas de Café, por ser este fruto el que aún
para esa época suministraba divisas. Se creó la
Escuela de Demostración del Hogar Campesino, a fin de
difundir la educación de las
gentes del campo a fin de que recibieran los conocimientos y
modales que les permitiesen modificar sus propios hogares. Los
Clubes Agrícolas 5-V, para la educación de la
juventud
campesina; becó a 252 estudiantes en el país y 75
en el exterior para estudiar agronomía y Veterinaria. Se
crearon Escuelas de Botánica y Apicultura; se
filmaron películas para la ilustración agraria, y se creó la
Revista "El
Agricultor Venezolano", como elemento de
divulgación.

Para la defensa de la ganadería el Ministerio
creó el Instituto de Investigaciones
Veterinarias, con Laboratorios anexos para la elaboración
de productos
veterinarios. Construyó varios edificios para el
funcionamiento de este servicio. Se
establecieron las Estaciones de Zootecnia para los ensayos de
cruce de razas con las criollas; se construyeron 32 Estaciones de
Monta y se inició la campaña de erradicación
de la garrapata por medios
técnicos; se construyó aguadas; y en materia de
piscicultura, se introdujo en el país el cultivo de la
trucha en las regiones andinas, en donde se establecieron los
primeros viveros y los primeros satisfactorios resultados, que
hoy, aún, constituye una verdadera industria.

En relación con la economía
agrícola, y la economía popular se
establecieron los primeros silos y graneros en la Encrucijada,
Estado Aragua, y en Acarigua, Estado Portuguesa, y se fundaron
los Mercados Libres
en Caracas y en diversas ciudades del interior del país.
Dentro de este mismo criterio de protección y
expansión de las labores agrícolas, el Ministerio
creó las primeras Cajas Rurales, tipo Raiffeissen, con
aportaciones del propio Ministerios, del Banco
Agrícola y Pecuario y de los Gobiernos de los Estados.
También se da el suministro de semillas a los
agricultores, la apertura de la protección
creditícia que hasta ese momento se había cumplido
tímidamente a través del Banco
Agrícola y Pecuario, la recuperación e
inalienabilidad de Tierras Baldías y la campaña en
pro del fomento y conservación de la riqueza forestal.
Todo un vasto programa de
realizaciones fundamentales que serán la base del desarrollo
agropecuario de Venezuela se llevaron a cabo en 5 años los
que coloca a dicha administración Lopecista como la pionera en
el desarrollo de
este sector.

En definitiva, realmente fue en la Administración de López Contreras
que se empieza a dar una programación institucional al sector
agrícola, aunque luego este vaya a ser desplazado por el
sector petrolero. Sin embargo, si este tipo de programas hubiese
tenido apoyo y continuidad quizá la historia agrícola
nacional sería otra. Claro está que el estudio de
la Historia no
acepta este tipo de reflexiones.

2.- Creación
del Banco Central de Venezuela.

La creación del Banco Central de Venezuela
marca un punto
de partida para la
organización de las finanzas
nacionales, y la incorporación de Venezuela al grupo de
países latinoamericanos que ya habían alcanzado un
grado de evolución en la cuestión monetaria y
financiera.

Dentro de los puntos del Programa de
Febrero el Presidente López Contreras había
expuesto con claridad sus puntos de vista sobre la
instauración institucional de la República, y
dentro de estos puntos de vista, estaba, el estudio de la
organización bancaria, para su debida reforma, de
manera que los bancos respondan
mejor a las necesidades del comercio y
otras actividades económicas y tengan adecuada
protección los depositantes.

El establecimiento de un Banco Central de
Emisión, fue otro de los puntos del Programa de Febrero
que recibió ejecución. Después de estudios
realizados tanto en el país como en el exterior se
elaboró el Proyecto de
Ley del Banco
Central de Venezuela que fue discutido por primera vez en las
Cámaras Legislativas en sus reuniones ordinarias de 1939.
Sancionada la Ley del Banco
Central por el Congreso Nacional, recibió el
ejecútese del Presidente de la República el
día 8 de septiembre de 1939.

Entre sus actividades más importantes figura su
cooperación para el Decreto sobre Control de
Importaciones que
el Gobierno, dada la situación económica producida
por la Segunda Guerra
Mundial, se vio precisado a dictar en defensa de la
economía nacional, y para atender de manera equitativa al
pago de las importaciones,
pues la disminución de divisas ocasionada por la
disminución del volumen de
ventas de las
Compañías petroleras, traían
consecuencialmente un desajuste peligroso en la balanza de
pagos.

3.- Política
Petrolera.

3.1.-
Política Petrolera basada en la previsión para el
futuro.

La política petrolera del Presidente López
Contreras, en materia de
concesiones, fue de previsión para el futuro. Cuidó
la riqueza petrolífera nacional y con ello puso las bases
para que más tarde, a través de todos los cambios
en la política del país, se pudiera llegar a un
ensayo de
explotación directa. Renunció a la obtención
de grandes recursos
financieros que le huebieran permitido llevar a la
práctica todos sus grandes planes
administrativos.

Con la restricción total de las concesiones
abrió dos posibilidades: mayor participación del
país en sus recursos
petroleros, y reservas de riquezas que permitirán la
superación del país en un corto lapso de 30
años.

Las concesiones que el Gobierno otorgó entre 1936
y 1937, fueron dadas bajo condiciones que proporcionaron ventajas
especiales para la Nación, tales como: aumento del
impuesto de
exploración, del inicial de explotación y de
regalías; obligación por parte de los
concesionarios de depositar en el país, a la orden del
Ejecutivo Federal, sumas determinadas para ser invertidas en
obras de interés
nacional, y obligación, por parte de varios de los mismos
de establecer refinerías en el país con capacidades
diarias no menores de diez mil barriles.

Desde 1936 hasta 1940 la producción petrolera
mantuvo un movimiento
ascendente, el cual tuvo su origen en el desarrollo de la
industria en
los Estados Zulia, Monagas, Anzoátegui y el Territorio
Federal Delta Amacuro, de las incorporaciones de Tía Juana
y Pedernales en 1937, las de Temblador, Bachaquero y Oficina en 1938,
y la de Jusepín en 1939.

Así también, se realizaron varios
convenios con algunas compañías petroleras para
realizaciones beneficiosas para el país. Las
Compañías Venezuelan Oil Concession Limited,
Venezuela Oil Development Company y Caribean Petroleum Company,
se comprometieron a suministrar gas a Maracaibo
para usos domésticos, industriales y comerciales,
instalando al efecto un gasómetro
y las tuberías para la conducción y distribución del gas. Se creó,
también, la Dirección de Hidrocarburos
y se reorganizó y aumentó considerablemente el
servicio de inspección de los mismos.

3.2.- Ley de
Hidrocarburos
de 1938 y Reclamaciones de las Compañías
Extranjeras

Durante la administración 1936-1941 se tomaron
medidas para mejorar las condiciones de Venezuela dentro del
negocio petrolero que ocasionaron la reacción de las
Compañías. Una de esas medidas fue la
aprobación por el Congreso de una nueva Ley de
Hidrocarburos y demás minerales
combustibles en el año de 1938. El proyecto de esta Ley
fue presentado ante las Cámaras por Néstor Luis
Pérez, Ministro de Fomento. Algunos de los puntos de esta
nueva Ley eran la posibilidad de la constitución de empresas mixtas,
de capital
estatal y capital
privado para la explotación de las concesiones petroleras;
la obligación por parte del estado de instalar una planta
de refinación por sus propios recursos, y que los impuestos
petrolíferos podían ser exigidos por el estado en
oro o en moneda nacional y no en dólares o en otras
monedas extranjeras que pudieran sufrir devaluaciones en
épocas críticas.

Los diputados de la oposición apoyaron el
proyecto del Ministro con sus puntos positivos; pero cuando aquel
fue pasado al Ejecutivo habían desaparecido dichos puntos
ventajosos para la nación que inquietaban a las
compañías y fue sólo después de un
año que el texto de la
Ley pudo reconstruirse y enviarse al Presidente. Sin embargo, no
es hasta 1940 que se promulga dicha ley, cuando el Ministro
Egaña declara que se aplicará por igual a todos los
concesionarios.

Las Compañías presentaron su desacuerdo a
través de un Memorandum al
Ministro. En el Memorandum las
petroleras discreparon del criterio del Ministro de Fomento en
cuanto a su declaración de que el reglamento podía
ser aplicado en todas las situaciones. Las
compañías solo aceptaban que fuese aplicable a las
concesiones que se otorgasen de acuerdo a la Ley del año
1938. Más tarde, exponían que ni siquiera mediante
la promulgación de una nueva ley podrían
modificarse o limitarse en forma alguna, los derechos que a favor de las
compañías concesionarias consagraron las leyes
anteriores.

Otro punto objetado por las petroleras fue el referente
a las exoneraciones, pues en él se prescindía de
las palabras "derechos de
exoneración" que incluían todas las leyes anteriores.
Para las petroleras no era admisible que por un decreto
reglamentario de la Ley del año 1938 se desvirtúe
el carácter de un derecho reconocido por Leyes anteriores.
Además de los cambios introducidos en la
calificación de la exoneración el reglamento
establecía para que aquella fuese posible una serie de
requisitos adicionales, que según las
compañías carecían de sentido
práctico y eran imposibles de hacer.

Las petroleras exponían al Ministro de Fomento,
que el reglamento sometido a sus críticas, las privaba de
libre ejercicio de sus derechos otra vez más, pues al
imponerse a los dueños de concesiones regidos por Leyes
anteriores, la obligación de solicitar para los traspasos
un permiso especial, estableciendo por consiguiente, una
limitación del derecho que ellas tenían de hacer
tales traspasos con una simple notificación ulterior al
Ministerio.

Entre otras muchas críticas, estas son un ejemplo
de las reclamaciones de las petroleras extranjeras que
presentaron en su momento al gobierno venezolano. Entre las
compañías que firmaron dicho Memorandum estaban:
PP. The Caribbean Petroleum Company; PP. The Venezuelan Oil
Concessions, Ltd.; PP. The Colon Development Company, Ltd; The
Venezuelan Oil Development Co., Ltd; PP. Mene Grande Oil Company,
C.A.; PP. The Texas Company (Vnezuela), Ltd.; PP. Texas Petroleum
Company; PP. Compañía Consolidada de Petróleo;
PP. Caracas Petroleum Corporation; PP. North Venezuelan Petroleum
Co., Ltd.; PP. Tocuyo Oilfields of Venezuela, Ltd.

Otro enfrentamiento fue en este período, el que
tuvo el gobierno con la Mene Grande Co., antigua Gulf Oil Co. De
Venezuela, por concepto de
impuesto de
explotación de petróleo
no pagado desde febrero de 1927 hasta enero de 1931. Para ese
entonces, la Venezuela Gulf Co., debía pagar a la
Nación 30 millones de Bolívares. La
compañía no aceptaba la deuda. Esta actitud
intransigente de la Gulf y su resistencia a
cancelar la suma adeudada continuó hasta el año
1936 en que se dieron por fracasadas las discusiones. En 1937, el
Fisco Nacional ocurrió a la Corte Federal y de
Casación para solucionar judicialmente el reclamo, pero
luego se paralizó la demanda y se
reabrieron las conversaciones.

En 1940, López Contreras estaba deseoso de
solucionar amistosamente este asunto, y resolvió
comisionar a dos venezolanos para reanudar las conversaciones con
los Directores de dicha Compañía; luego de varios
viajes la Mene
Grande, finalmente, asumió la deuda por la cantidad
calculada por Venezuela, cancelando 40 millones de
Bolívares.

En definitiva, y por otra parte, esta nueva ley
autorizaba al Ejecutivo Federal a ejercer de manera directa su
potestad en cualquiera de las fases de la industria extractiva.
El Ejecutivo quedaba facultado al respecto para crear empresas,
establecimientos industriales e institutos oficiales
autónomos y también para reglamentar la
organización, el funcionamiento y la administración
de los mismos. Así, fue aumentada la carga impositiva con
el objeto de que el Estado
participara más en los proventos de la explotación
de los hidrocarburos. El impuesto de exploración fue
elevado de Bs. 0,10/ha. A Bs. 4/ha.; el canon inicial de
explotación fue aumentado de Bs. 2/ha. a Bs. 8/ha.; y el
canon mínimo, que era del 10% del valor del
mineral explotado, fue asimismo modificado,
estableciéndose la distinción entre concesiones
otorgadas sobre terrenos baldíos y concesiones sobre
terrenos nacionales, municipales y particulares. Para las
primeras se fijó un canon de 16% mínimo, y para las
segundas el mismo 16%, sólo que de este
correspondía el 15% a la Nación, y el 1% restante
debía repartirse entre la Municipalidad y el propietario
particular. Con esta nueva ley se le reconocía al
propietario participación o royalty sobre la riqueza
extraída. La ley autorizaba al Ejecutivo a elaborar un
sistema apropiado
para determinar el precio del
petróleo venezolano, ya que el Congreso consideraba
impropio que el valor de ese
recurso fuese fijado unilateralmente en el mercado
norteamericano.

Sin embargo, promulgada la ley el 13 de julio de 1938,
las compañías extranjeras no quedaron satisfechas
con los términos de la nueva ley; y a tal efecto, no
solicitaron concesiones y continuaron operando conforme a la
legislación gomecista; hasta la nueva ley de 1943 con el
Gobierno de Medina Angarita.

3-B.- Política Exterior:

3.B.1.- Convenios Comerciales con las Potencias
Mundiales con Motivo del conflicto
armado mundial

López Contreras anunció la necesidad de
dar un nuevo rumbo a la política comercial, superando las
fórmulas liberales seguidas hasta entonces y defendiendo
una política proteccionista para la producción
nacional, adaptada a las nuevas tendencias y condiciones del
comercio
internacional prevalecentes después de la guerra en la
mayor parte de los países. Movida por esta
intención, la Cancillería se dispuso a operar con
instrumentos tales como los tratados
comerciales y los sistemas de
cuotas para el logro de tales objetivos y el
Ministerio de Hacienda introdujo al Congreso un proyecto de ley
de arancel de aduanas, el se
aprobó el 13 de octubre de 1936.

En la exposición de motivo, se puso de manifiesto
la intención de intervenir en las actividades confiadas al
libre juego de los
intereses particulares, armonizando los aspectos fiscales con los
intereses económicos y sociales. Para ello, se propuso la
reducción de ciertos aforos para dar impulso a las
industrias
agrícolas y pecuarias que soportaban en su mayor parte la
tributación aduanera favoreciendo así el
instrumental económico necesario para el desarrollo del
país.

Esta ley afectó el comercio de
productos
norteamericanos, en especial aquellos relativos a la industria
automotriz y alertó a los funcionarios encargados del
comercio exterior
etadounidense sobre la necesidad de salvarguardar la exportación de productos de ese país
y la necesidad de iniciar la negociación de un Tratado Comercial que
controle este tipo de iniciativas.

Por su parte, el ministro de Relaciones Exteriores
venezolano, Esteban Gil Borges,
tomó la iniciativa de iniciar las conversaciones para la
firma de un Tratado Comercial con los Estados Unidos. A
medida que avanzaban las conversaciones, Venezuela va perdiendo
interés
en la firma del Tratado, pues la firma del mismo en los
términos en que lo planteaban los Estados Unidos,
sobre la base de la cláusula incondicional de la
nación más favorecida, sólo
beneficiaría a las compañías petroleras y no
al país, mediatizaría las posibilidades de
diversificación económica y exportación y afectaría al erario
nacional debido a las rebajas en las tarifas aduaneras promovidas
desde Norteamérica a través de la nueva
política comercial establecida por el Presidente Roosvelt
con el "Trade Agreement Act". Este representaba un instrumento en
manos del Presidente, que lo habilitaba para eliminar y modificar
las barreras internas al comercio
exterior, a la par que influyó en la
eliminación de las mismas en el contexto del comercio
internacional, mediante las firmas de tratados
comerciales sobre la base de la cláusula incondicional de
la nación favorecida.

Esta política constituyó una nueva
fórmula liberal, contradictoria con la política
proteccionista y nacionalista que intenta desarrollar el gobierno
de López Contreras, de la cual la Ley de Arancel de
Aduanas fue la
primera expresión.

La negociación del Tratado Comercial con los
Estados Unidos se dio en este marco de comercio internacional y
constituyó un proceso de
complicadas negociaciones que concluyeron con la firma del
tratado en noviembre de 1939.

Venezuela, convencida de los escasos beneficios que
recibiría de las concesiones petroleras y de que los
términos del tratado eran desfavorables para el
país; pero temiendo aislarse del proceso de
concertación global de tratados comerciales que se
firmaban en ese momento en el resto de países
latinoamericanos con los Estados Unidos y temerosa de granjearse
posibles discriminaciones y represalias por parte del gobierno
latinoamericano, principal suplidor comercial y cliente y
consciente también del deterioro de la situación
política y económica europea, resolvió
sugerir la conveniencia de establecer un modus vivendi con una
duración de un año que fuera idéntico al
Tratado propuesto.

Además de los anteriormente dicho, el 12 de abril
de 1938, se publicó un Decreto que creó el sistema de
contingentes para los productos que se importaban al
país.También, se firmaron convenios y modus vivendi
con Francia,
Dinamarca, Noruega, Colombia,
Alemania,
Italia,
Japón y Portugal. Con estas medidas, y con los
contingentamientos de impuestos, se
evitó que algunos países que practicaban sistemas
restrictivos redujeran sus importaciones de Venezuela y se
consiguió un aumento del cupo asignado a los productos
venezolanos, lográndose de ese modo la ampliación
de mercados.

2.- Creación de la Comisión
Económica, para el estudio de las consecuencias del
conflicto
europeo sobre la economía nacional.

La crisis
sobrevenida con motivo del conflicto europeo exigió
medidas de urgencia y estas fueron prontamente formuladas por el
Ministerio de Relaciones Exteriores y aplicadas con constancia.
Se revisaron los tratados de comercio con la cláusula de
la Nación más favorecida; se celebraron numerosos
tratados de compensación fundados sobre el equilibrio de
la balanza de comercio como principio regulador de las relaciones
económicas del país; se protegió el mercado interno
con los productos nacionales por medio del Decreto sobre
contingentes ya señalado; se protegió la integridad
de la moneda venezolana por la reglamentación de la
distribución de divisas por Decreto de
Octubre de 1940; se organizó la acción concertada
de los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Hacienda, de
Fomento y de Agricultura y Cría por el Decreto de 30 de
Noviembre de 1938 que creó la Comisión de Comercio
Exterior; se organizó la cooperación de los
grupos de
intereses comerciales, bancarios y agrícolas con el
Ministerio de Relaciones Exteriores; se revisó el Tratado
perpetuo con Gran Bretaña; se celebró un Tratado de
reciprocidad comercial con los Estados Unidos que abrió a
los principales productos de exportación venezolanos,
libres de derechos arancelarios, el vasto mercado norteamericano
y que aseguró la introducción con la
reducción de la mitad de los derechos arancelarios a 45
millones de barriles de petróleo venezolano.

El efecto de esas medidas que formaron un sistema
coherente de política defensiva del mercado interno, de la
moneda y de los productos de exportación en los mercados
exteriores, habían comenzado a dar resultados tangibles
cuando sobrevino la guerra
europea. En vista de la situación de emergencia creada por
el conflicto, se encargó el Ministerio de Relaciones
Exteriores de formular un plan que
coordinara la acción de los Departamentos del Ejecutivo y
proyectara las medidas necesarias para conjurar o atenuar las
consecuencias de la guerra sobre la economía nacional.
Así, se creó la Comisión Coordinadora y el
Ministerio de Relaciones Exteriores preparó el programa de
trabajo que comprendía las medidas necesarias para el
abastecimiento de la población; para la regulación y
coordinación de los medios de
transporte;
para evitar la elevación del costo de la vida
; para la seguridad del
mercado monetario y cambiario y la estabilidad de la balanza de pagos;
medidas financieras para conjurar la disminución de los
ingresos y el
desequilibrio del presupuesto.

Estas medidas constituyeron un plan de política
económica de emergencia, y oportunamente llevadas a la
práctica por la acción coordinadora de los
Departamentos del Ejecutivo, contribuyeron a disminuir las
consecuencias más peligrosas de la guerra sobre la
economía nacional.

2.- Gobierno de Isaías Medina
Angarita.

A.- Orden Económico y Petrolero:

1.- Ley de Hidrocarburos de 1943.

1.1.- Principales causas que motivaron la
promulgación de la Ley de Hidrocarburos en la
Administración del Presidente Medina Angarita.

En el año 1940, finalizando el gobierno de
López Contreras, la producción petrolera
descendió notablemente. Así, en 1939 se
habían producido 30.535.706 toneladas métricas, y
en 1940 la cifra llegó a 27.443.001 toneladas
métricas. Por consiguiente, este descenso petrolero
conllevaba una baja en los ingresos
fiscales. En 1939 se exportaron 28.238.688 toneladas
métricas de petróleo crudo, cifra que se redujo en
1940 a 23.437.539 toneladas métricas. Esta
situación de disminución, tanto de la
producción petrolera como de los ingresos fiscales, hizo
que el Ministro Egaña convocara a los representantes de
las Compañías petroleras en Venezuela.

Entre ellos, el representante del grupo Shell
expuso una explicación del descenso de la
producción, hecha en un informe
presentado al Ministerio inglés;
entre estas causas están:

.- Disminución del consumo de
petróleo y de sus derivados, es decir, disminución
del llamado consumo civil
(precaución de los gobiernos beligerantes y de los
neutrales), y disminución del consumo en el frente de la
guerra.

.- Menor número de buques-tanques en actividad.
Al comenzar las hostilidades el gobierno británico
tomó el control de los
buques-tanques que viajaban con bandera inglesa, de manera pues
que las vías marítimas no eran aquellas que la
Shell y otras empresas petroleras deseaban desarrollar, sino las
que permitía el Alto Comando Inglés.

El representante del grupo Standard, por su lado, hizo
notar que dicha caída en la producción de las
Compañías del grupo Lago (además de las
causas mencionadas por el representante de la Shell), era
más que todo relativa, puesto que los dirigentes de estas
empresas, tanto en el exterior como en Venezuela, creyeron al
comienzo de las hostilidades que iba a haber una gran demanda de
petróleo y por eso se ordenó aumentar la
perforación y abrir los pozos a su máxima
capacidad, con el resultado de que muy pronto se llenaron los
depósitos de almacenamiento, y
consiguientemente se tuvo que disminuir la
producción.

Sin embargo, las empresas se habían comprometido
a mantener estables sus cifras de producción; y al
finalizar el año 1941 la producción petrolera
había subido a 33.352.596 toneladas métricas. Para
1942 se produce otra baja y se llegan a producir 21.550.375
toneladas métricas.

La causa de este último descenso estaba en los
efectos que sobre la producción y la exportación de
petróleo desde los campos petroleros de Maracaibo
habían tenido los ataques submarinos en el Caribe, pues el
sistema completo de transporte se
desarticuló; así se redujo el embarque de crudo de
17.500.000 a 2.500.000 toneladas.

Con respecto a la reducción del ingreso fiscal
correspondiente al descenso en la producción petrolera en
ese año de 1942; las compañías petroleras
ofrecieron pagar el impuesto de explotación a una tasa
equivalente a la cantidad de 400.000 barriles diarios como un
crédito
cuando la producción exceda esas cifras. Pero, el gobierno
no aceptó estas ofertas, pues éste aspiraba a
solucionar ese problema de disminución de ingresos
fiscales de una manera permanente por medio de la Reforma a la
Ley de Hidrocarburos y de la promulgación de la Ley de
Impuesto sobre la
Renta.

Sin embargo, habían quienes se oponían a
estas soluciones
definitivas; alegando que dichos problemas eran
fácilmente solucionables con un aumento de impuestos sobre
Hidrocarburos, pues estas medidas no afectarían los
intereses extranjeros. De esta manera, fueron reajustados los
sueldos de la Administración
Pública, se gravaron de nuevos impuestos a la gasolina
y los fósforos, se cercenaron drásticamente las
partidas destinadas a estimular la producción industrial y
agrícola y se apeló al
empréstito.

Lo cierto es que el gobierno necesitaba ese dinero para
darle empuje a un amplio plan de obras públicas, que a su
vez solucionaría en parte el problema del desempleo creado
por la baja en la producción petrolera. Así, el
1° de Enero de 1943 entró en vigencia la Ley de
Impuesto sobre la
Renta y el 13 de Marzo de ese mismo año fue promulgada
la Ley de Hidrocarburos.

De esta manera se tiene que una de las causas que
impulsaron a la Administración Medina a la
promulgación de estas leyes fue la necesidad nacional de
lograr un aumento en los ingresos fiscales.

1.2.- Promulgación de la Ley de Hidrocarburos
de 1943: una ley negociada.

Por otra parte, como lo afirma Nora Bustamante: "… la
reforma del año 1943 fue negociada" . Pues se abrieron una
serie de conversaciones y consideraciones entre el Gobierno
Venezolano y las Petroleras extranjeras, con la finalidad de
llegar a una Ley acordada en la cual ambas partes estuvieran
satisfechas.

En principio, las compañías extranjeras
encontraron como un insulto el hecho de que el gobierno
venezolano pretendiera reformar la ley de 1938 para aumentar las
regalías. Sin embargo, luego de serias consideraciones por
parte de las peteroleras y de la intervención de
mediadores norteamericanos, aquellos aceptaron comenzar las
discusiones enumerando ciertas ventajas que las podrían
compensar por un incremento en las regalías a pagar;
éstas serían: extensión de la
duración de las concesiones, con acuerdo para el
otorgamiento de concesiones adicionales en tierras que tengan
posibilidades de contener petróleo y simplificación
de los procedimientos.

Claro está, el Gobierno tuvo la última
palabra en cuanto a las condiciones que puso a las
Compañías para llegar a un acuerdo
definitivo.

En todo el transcurso de las conversaciones siempre
estuvo presente la impresión del Estado Norteamericano y
de los representantes petroleros, sobre la revisión de la
política petrolera, fue el miedo a la expropiación,
y más aún, en dicho momento que vivían las
Naciones aliadas, sedes de los grandes consorcios petroleros,
Shell y Standard, con motivo de la Segunda Guerra
Mundial, era de vital importancia el
petróleo.

En este sentido, en un Memorándum al Presidente
Roosvelt del Presidente Medina, se planteó que con la
revisión de la Ley de Hidrocarburos no se pretendía
de ningún modo nacionalizar la industria, ni tampoco
despojar de sus concesiones a quienes las hubieran adquirido
legalmente. Tampoco había intención alguna de
perjudicar a la Industria sometiéndola a exigencias
irracionales.

Como respuesta a dicho Memorándum y por la visita
satisfactoria del Doctor Manrique Pacanins, Roosvelt le comunica
a Medina que entendía que la política del gobierno
venezolano fuese a tratar imparcialmente con las
Compañías americanas y otorgar pleno reconocimiento
a sus legítimos derechos y que era conocida la necesidad
de mantener la producción en el interés de ambos
países. El Presidente Roosvelt estaba seguro de que el
gobierno venezolano y las Compañías
encontrarían un ajuste satisfactorio a todas las
cuestiones que se encontraban en controversia.

Esto es una muestra endente
del reconocimiento norteamericano de que el Gobierno venezolano
tenía una verdadera y urgente necesidad de reformar la Ley
de Hidrocarburos de 1938, y que por lo tanto, las petroleras
debían aceptar las nuevas regulaciones que
dispondría el Gobierno. De esta manera, los representantes
de las Compañías reanudaron nuevas negociaciones,
que ya se habían interrumpido por diversas discrepancias
en cuanto a los derechos del Gobierno sobre las
regalías.

Las Compañías petroleras habían
presentado al Presidente Medina un Proyecto de Ley, que
éste rechazó absolutamente porque era desventajoso
para el país.

Las conversaciones continuaron satisfactoriamente hasta
que el 6 de Febrero de 1943 la Comisión que nombró
el Presidente para que redactara la Ley de acuerdo a las
líneas indicadas, había culminado el Proyecto de
ley, el cual fue presentado ante el Congreso para su
aprobación el día 5 de Marzo de 1943. La
Comisión consideró que el Proyecto de Ley fue el
resultado de una política venezolana, compartida por toda
la Nación.

En la discusión en el Congreso sobre la
aprobación de esta ley, una de las intervenciones
más controversial y fundamental fue la de Juan Pablo
Pérez Alfonso, representante del partido Acción
Democrática, quien señaló que en
síntesis podrían señalarse dos grandes
grupos de
ventajas: ventajas de orden técnico y jurídico; y
ventajas de orden económico. Entre las primeras
sobresalían la unificación de las relaciones de los
concesionarios y el Estado; y la más definida y clara
intervención que en el funcionamiento de la industria
había tenido el Estado. Entre los de orden
económico, estaban el aumento de los impuestos, tomadas en
conjunto, la supresión de las exoneraciones de tributos
aduaneros, la regulación del transporte del
petróleo, la obligación para las Empresas de llevar
en Venezuela su contabilidad
industrial, la supresión de diferencias injustificadas de
los impuestos cobrados a los Concesionarios por razón de
la ubicación de las parcelas, y los convenios respecto a
refinerías celebrados en relación con el
Proyecto.

Sin embargo, Pérez Alfonzo salvó su voto,
y razonó su oposición a dos puntos esenciales del
mismo: en primer lugar, se pronunció contra la sanatoria
total de los vicios de la industria del petróleo en
Venezuela. En segundo lugar, se opuso al Artículo 41 del
proyecto, el cual especificaba que el impuesto de
explotación sería igual al 162/3% del
petróleo crudo extraído, lo que representaba el 50
% de las ganancias petroleras a favor del Estado, porcentaje que
resultaba al hacer el cálculo
sobre 8 centavos de dólar como precio medio
de venta del barril
americano de petróleo en los años 1936, 1937 y
1938. En este sentido, Pérez razonó que la
relación de utilidades de 241/2 para el Estado y 161/2
para las Compañías, solo podía darse en
circunstancias que difícilmente ocurrirían en la
realidad, y de ocurrir serían contrarias a los intereses
nacionales, pues tendría que darse una explotación
muy baja y un precio igualmente muy reducido.

Evidentemente los hechos posteriores demostraron que los
cálculos de Pérez Alfonzo acerca de lo que
pasaría cuando subiera el precio del petróleo eran
exactos; pues, en el año 1943, las ganancias de la
industria petrolera fueron de un 54 % para las Empresas y de un
46 % para el Fisco. En 1944, el fisco obtuvo un 54% y las
petroleras un 46 %. Pero después al subir los precios
petroleros, la participación de las
Compañías: 58% fue superior a la del Estado: 42%. Y
llega el año 1946 con un 53% de ganancias para las
petroleras y un 47% para el estado. Sin embargo, esta
posición tomada por Pérez Alfonzo frente a la Ley
de Hidrocarburos de 1943, fue totalmente contradictoria a la que
tomó siendo miembro del Gabinete de la Junta
Revolucionaria de 1945.

Se reseñaron brevemente estos argumentos, que fue
entre muchos, uno de los más importantes para que se
puedan notar los resultados, tanto positivos como negativos que
trajo consigo la Ley de 1943 sobre Hidrocarburos, que sin embargo
mejoró la posición del Estado frente a las
ganancias de las Compañías petroleras.

En definitiva, para culminar este apartado dicha ley fue
negociada (como ya se dijo en principio), participando, incluso,
el Departamento de Estado norteamericano para que las
Compañías cambiasen su actitud
intransigente y su negativa a colaborar. Fue una Ley-Convenio.
Hubo concesiones de parte y parte; pero finalmente el gobierno
tuvo en sus manos un instrumento para hacer que las
Compañías aceptaran someterse a la filosofía
impositiva del Estado, ya que la Ley de Impuesto sobre la Renta
se aplicó en estrecha relación con la de
Hidrocarburos. Esta última, llevaba en sí mismas
las posibilidades de que el Estado venezolano fuera teniendo cada
día mayor injerencia en el negocio petrolero, hasta llegar
a la nacionalización.

1.3.- Balance de la Ley de Hidrocarburos de
1943.

Una de las consecuencias favorables de dicha ley fue la
unificación de la legislación petrolera que
selló los permanentes conflictos por
deudas, reclamaciones y enfrentamientos sobre antiguas
concesiones, ya que las empresas concesionarias se adaptaron de
inmediato a lo establecido en el nuevo estatuto legal. Desde
entonces regirían los deberes y derechos por igual para
todos los concesionarios. Con la ley de 1943 se ampliaron las
facultades administrativas y técnicas del Estado sobre la
industria extractiva; fueron limitados tanto los derechos de
traspaso como los privilegios de expropiación de las
compañías, reafirmándose asimismo la
potestad de la Nación para indagar acerca de las operaciones
técnicas y los procedimientos
contables de las empresas explotadoras. La carga impositiva fue
aumentada. El impuesto de exploración se fijó en
Bs. 6/hectárea, durante el término de 3 años
de la concesión de exploración, y debía ser
pagado por adelantado en 3 anualidades
consecutivas de Bs. 2 por año; el impuesto inicial de
explotación, que debía cancelarse de una sola vez
en el momento de otorgamiento de la concesión, se
estipuló en Bs. 8/hectárea; el impuesto superficial
quedó establecido en Bs. 5 anuales por hectárea
durante los primeros 10 años y cada 5 años
debía aumentar a Bs. 10, 15, 20 y 25 para alcanzar Bs. 30
hasta el término de la concesión. Igualmente se
uniformó para todos los concesionarios el impuesto de
explotación en 16,66% del petróleo crudo
extraído y medido en el campo de producción. El
Estado podía recibir el pago de ese impuesto, total o
parcialmente, en especie. De esto resultaba un ingreso especial
extraordinario que se incrementaba proporcionalmente con la
producción. El Estado tenía además la
posibilidad de una participación mayor en las ganancias de
las compañías concesionarias mediante la
manipulación y venta del 83,33%
del petróleo extraído, quedando facultado a
incrementarlo si decidía aumentar la escala del
Impuesto complementario de la Renta.

Por mandato de la de 1943, a diferencia de la
legislación precedente, las empresas concesionarias
estaban obligadas a pagar no sólo los impuestos fijados
hasta entonces, sino también el Impuesto sobre la
Renta.

El gobierno Medinista, al año siguiente de
aprobada la ley, abrió un período de
licitación, adjudicó numerosas concesiones,
distribuyó en 10 meses 6.500.000 hectáreas y
procedió además a prorrogar concesiones entonces
vigentes. Con la ley se estimuló el proceso de
refinación en el territorio nacional.

2.- Ley de Reforma Agraria.

2.1.- Antecedentes.

En palabras de Troconis Guerrero: "El abuso ilimitado
del Poder
Público, la solvencia fiscal y la
seguridad
internacional fueron recios sustentáculos de la dictadura
imperante desde 1908 hasta 1935. Pero ese régimen de
omnipotencia y duración excepcionales fue posible porque
descansaba sobre sólida base, lo que constituía el
feudalismo
agrario cuya consolidación se hizo en el lapso citado. El
uso ilícito de los caudales de la Nación, el
desconocimiento de derechos y garantías, el disfrute de
monopolios y otras consecuencias del régimen, permitieron
al Dictador y a muchos de sus lagartenientes crear gigantescas
fortunas inmobiliarias, predominantemente rurales."

El General Gómez y sus colaboradores ocuparon
grandes extensiones de tierras, apareciendo en documentos
oficiales como grandes terratenientes.

El problema en Venezuela no era pues, la escasez de
tierras ni de recursos; sino de acaparamiento de tierras, de
monopolios, de concentración de poder de quienes
acaparaban las tierras y monopolizaban sus cosechas, la
diseminación de la población, de contraste entre la ciudad y
el campo, entre la población urbana y la rural. El
problema era, también, demográfico, pues la 4/5
partes de la población estaban radicadas en 1/5 parte del
territorio, es decir, en la Zona Norte Costera.

El carácter latifundista de la propiedad
rural provocó la diseminación de la
población campesina a la que permitió que se
concentrara la propiedad de
la tierra en
el 4,4% de los propietarios rurales.

Tal situación prevalecía en el campo de la
agricultura en el año 1935. En los años anteriores
habían descendido las importaciones de productos
alimenticios y subido las exportaciones. En
1920 éstan llegan a Bs. 112. 500.000 y las importaciones
corresponden a Bs. 194.000.000 revelando un déficit de Bs.
81.500.000 en la balanza
comercial. En 1930, las exportaciones con
exclusión del petróleo, eran de Bs. 134.000.000,
las importaciones suben a Bs. 290.000.000 con un déficit
en la balanza
comercial de Bs. 156.133.000. Las exportaciones de
petróleo llegan a Bs. 588.000.000.

Se ha atribuido esa disminución de las
exportaciones agropecuarias a la deserción de los obreros
del campo, para ir a buscar mejores condiciones de trabajo y
salario
más altos en las compañías
petroleras.

Sin embargo, el paso de la economía venezolana de
agropecuaria a minero-extractiva no liquida la propiedad
latifundista ni las relaciones de producción propias del
latifundio.

En la constitución reformada por el Congreso, en
la Administración de López Contreras, aparece el
concepto de
"función social de la propiedad"; pero al mismo tiempo, garantiza
la estabilidad de las grandes propiedades.

Además, la política agraria de
López establece las cooperativas,
los créditos a las comunidades, las colonias
agrícolas, llegando a organizar un partido agrario: el
PAN. Sin embargo, durante ese período el acaparamiento de
las tierras continúa, los campesinos son desalojados, la
producción de frutos menores desciende cada año. A
los centros urbanos se abastece de cuanto necesitan con alimentos
importados y esas importaciones al mismo tiempo, retienen en los
campos y pueblos del interior los escasos frutos y animales que en
ellos se producen, por no poder competir con los importados, dado
los altos fletes.

Ese estado de cosas prevalece en el país cuando
llega a la Presidencia el General Medina Angarita, el conflicto
bélico que se desarrollaba mientras duró su
período gubernamental agudiza los problemas del
campo, haciéndolos evidentes para los habitantes de las
ciudades. Al disminuir la importación de alimentos,
había que buscar éstos en el campo venezolano que
es improductivo y no puede enfrentar el reto de suplir los
productos que ya no era posible importar.

Los campesinos pedían tierras en sus
concentraciones. Los habitantes de las ciudades protestaban por
el alto costo de la vida.
Los partidos
políticos recién legalizados pedían
tierras para los campesinos, protestaban porque las tierras eran
ocupadas por las petroleras, protestaban porque los
terratenientes se negaban a aprovechar los sistemas de riego
construidos por el gobierno.

El gobierno, ante esta situación, se preparaba a
tomar las medidas conducentes al establecimiento de nuevas
relaciones de producción en el campo venezolano, lo que
daría paso a la preparación del proyecto de reforma
de la Ley Agraria.

El gobierno se vio obligado a dictar acuerdos fijando
los precios de los
frutos menores para proteger al productor campesino contra los
acaparadores y especuladores, prohibiendo los desalojos de
campesinos y nombrando una comisión para la
elaboración de un ante-proyecto de Ley de Reforma
Agraria.

Como paso previo a la Reforma Agraria el 15 de Agosto de
1944, dictó el Ejecutivo Federal, un Decreto por medio del
cual impuso la intervención del Estado en la
regulación de los contratos que se
celebraran para evitar sus efectos perjudiciales sobre la labor
productiva de los campesinos. En el articulado del Decreto se
ordena la prórroga de los contratos de
arrendamientos de precios rústicos, destinados a
explotaciones agrícolas, pecuarias o mixtas. No pedirse la
desocupación de las tierras a los ocupantes que, durante
un plazo de más de un año y sin la oposición
del propietario las hubiesen desmontado y mantengan en
explotación agrícola, pecuaria, o mixta para la
fecha del presente decreto.

2.2.- Promulgación de la Ley Agraria: una ley
sin aplicación.

La comisión preparatoria de la Ley de Reforma
Agraria trabajó un año, para hacerse público
el ante-proyecto el 13 de Marzo de 1945.

Más tarde, el 29 de mayo de 1945, el Proyecto ya
discutido por la opinión pública y mejorado, fue
presentado a la Cámara de Diputados. Tras largas
discusiones, objeciones y puntos a favor fue aprobado por ambas
Cámaras, para que el día 13 de septiembre de ese
mismo año se diese el Ejecútese por el Presidente
Medina.

Tanto el decreto de Desalojos Campesinos como el
Proyecto de Ley Agrario fueron objeto de duras críticas de
gentes que militaban, o en la etrema derecha o en la extrema
izquierda. El Partido Acción Democrática
apoyó la Reforma con veticencias.

Entre las duras críticas que recibió el
mencionado Proyecto se encuentra el comunicado, aparecido en la
prensa, hecho
por la Federación Venezolana de Cámaras y
Asociaciones de Comercio y Producción, exponiendo lo que
consideraba defectos fundamentales del proyecto: a) un instituto
agrario demasiado subordinado a las dependencias
burocráticas; b) un sistema de expropiaciones que no
corresponden a nuestra realidad económica y a nuestra
situación demográfica; y, c) un sistema de
dotaciones demasiado limitado, orientado por preocupaciones
sociales y políticas.

También se hicieron comentarios de que la Ley
estaba inspirada en la Reforma Agraria Mexicana, es decir, en la
Revolución
Socialista efectuada en Rusia en 1917, pues el proyecto
establecía la abolición definitiva del derecho
privado sobre la Tierra que
pasa al Poder del Estado.

La ley fue aprobada por el Congreso a pesar de sus
múltiples críticas, pues la crítica realidad
presente hacía necesaria la reestructuración del
Sistema Campesino Venezolano.

La reforma agraria estaba orientada a inducir cambios
sociales al promover la redistribución de la tierra para
incorporarla al proceso productivo del país.

Quedó, así, fundado el Instituto Agrario
Nacional, que reemplazó en sus funciones al
Instituto de Inmigración y
Colonización.

Sin embargo, esta ley no recibió
aplicación, por lo que no se pudieron reconocer sus
resultados, pues quedó en suspenso al producirse, un mes
después de su promulgación, el golpe
cívico-militar del 18 de octubre de 1945.

Acción Democrática desde el poder deroga
la Ley Agraria medinista a pesar de que en la oposición
había presionado insistentemente para su
promulgación. Esto se explica, pues, porque el cambio de
estructuras
comenzado durante la Presidencia Medina Angarita había
causado malestar en las clases poderosas del país y en los
trusts internacionales; pero la Ley de Reforma Agraria
había ocasionado mucho más revuelo entre los grupos
reaccionarios criollos y mucha inquietud en determinados
intereses petroleros norteamericanos.

Los latifundistas arrullados dentro de una estructura
precapitalista, veían con horror un sólido
desarrollo capitalista. Los segundos porque con la
transformación del campo iban a desaparecer las relaciones
semi-feudales y con ellos sus aliados (los latifundistas) que
habían de ser sustituidos por nuevas clases de los
pequeños propietarios.

3.- Ley de Impuesto Sobre La Renta.

La Comisión de estudios de Legislación
fiscal presentó el Proyecto de Ley de Impuesto Sobre la
Renta al Ejecutivo Federal, y también, el Proyecto de
Reglamento de la misma. El Congreso Nacional sancionó
dicha ley con fecha de 10 de julio de 1942. El Presidente de la
República le puso el cúmplase el día 17 del
propio mes de julio.

Esta ley estuvo vigente durante 24 años, durante
los cuales apenas sufrió reformas parciales para
adaptarlas a las necesidades financieras del Estado.

Desde el comienzo de su período constitucional,
Medina se preocupó por patrocinar una reforma fiscal,
nombrando la Comisión redactora del Proyecto de Ley: Esta
ley significaba tanto una modernización de la estructura
impositiva del Estado, como un avance en la más equitativa
distribución en las cargas fiscales, ya que los impuestos
directos iban a ser proporcionales a las ganancias de los
contribuyentes y a su vez, permitirían rebajar los
impuestos indirectos que recaían por igual en personas con
ganancias muy pequeñas o abultadas.

Al entrar en vigencia la nueva ley en 1942, se
suprimieron, entre otros, la carga de Bs. 0,05 de precio de los
fósforos y de Bs. 0,05 el impuesto de la gasolina. El
impuesto de la sal se rebajó de Bs. 0,10 a Bs. 0,01 por
Kg.

Esta ley también tenía como
pretensión evitar las violentas fluctuaciones que se
suceden en los ingresos por circunstancias de carácter
internacional, cuando estos estaban basados, principalmente en
impuestos aduaneros. Así, con la creación del
Impuesto sobre la Renta, vino a culminar una vieja
aspiración que consistía en liberar al Fisco
Nacional de la dependencia casi exclusiva de la renta aduanera;
aspiración que empezó a ser realidad con la
reorganización hacendaria emprendida en 1915.

B.- Política Exterior.

Esta estuvo dirigida por dos cancilleres: Caracciolo
Parra Pérez y Gustavo Herrera Grau. Medina fue el primer
presidente venezolano que en ejercicio de sus funciones, sale
al exterior en misión
oficial. El 17 de julio dio comienzo a su viaje por las Naciones
Bolivarianas: Colombia,
Ecuador,
Perú, Bolivia y
Panamá;
estableciéndose una nueva modalidad en las relaciones de
los países latinoamericanos en la búsqueda de
unidad de intereses y de acción.

En enero de 1944, Medina visita también los
Estados Unidos y se entrevista en
Washington con el Presidente Franklin Delano Roosvelt,
planteándole en esa ocasión el punto de vista
venezolano respecto al cambio de
soberanía de Aruba y Curazao.

Durante el período de Medina, Venezuela establece
relaciones con China en 1943
y con la Unión Soviética en 1945.

.- Repercusiones de la Segunda Guerra Mundial en
Venezuela en el plano económico.

La repercusión del conflicto bélico en
Venezuela se sintió en otras áreas fuera de la
diplomática. Después del rompimiento de relaciones
de Venezuela con Alemania,
Italia y
Japón fueron tomadas todas las medidas que el caso
requería; pero, esas medidas fueron limitadas al fin
preciso que ellas buscaban, sin extremarse contra los nacionales
de esos países, muchos de los cuales eran factores
importantes en nuestra agricultura, industria o comercio, y
muchos de los cuales también habían hecho de
Venezuela su segunda Patria.

Tampoco, en la ocasión en que hubo necesidad de
restringir varias garantías económicas,
permitió el Presidente Medina que las presiones ejercidas
por los Estados Unidos, hicieron que las medidas a tomar en
contra de los nacionales de los países del Eje fueran muy
drásticas.

En Venezuela, la gestión
para solucionar el problema de los intereses económicos de
los nacionales de los países del Eje fue llevada a cabo
paulatinamente por medio de una serie de Decretos que fueron
complementándose unos a otros y corrigiendo deficiencias
sobre la marcha. En cumplimiento de dichos decretos, Venezuela se
adhirió a la "lista negra" de los Estados Unidos de
América
que contenía las firmas regentadas por ciudadanos de las
potencias que adversaban a los aliados.

El Ministerio de Relaciones Exteriores, llevó
ante Medina esos nombres que debían ser puestos en la
lista. Medina se negó a hacerlo porque muchos de los hijos
de las personas que aparecían allí, eran ya
venezolanos.

Sin embargo, el bloqueo de las firmas alemanas que el
gobierno venezolano consideró que deberían ser
controladas fue posible gracias a una serie de medidas que
éste tomó después de producirse el ataque
japonés
a Pearl Harbour, de acuerdo a lo previsto en la Resolución
XI de la Segunda Reunión de Consulta de Ministros de
Relaciones Exteriores americanos para defensa y seguridad de la
Nación. Por medio de dos decretos se restringieron en
territorio venezolano ciertas garantías constitucionales,
lo que permitía tomar las medidas que en el orden
económico contribuyeran a evitar efectos indeseables de la
infiltración de adversarios de los aliados en el medio
venezolano. En el primero de estos decretos se prohibía la
exportación de mercancías o valores, las
remesas, giros o transferencias de dinero para el
territorio de países que se encontraban en guerra con
cualquier República hispanoamericana u ocupados por ellos
o dirigidos a nacionales de dichos países, en cualquier
sitio donde se encontrara el destinatario, consignatario o
beneficiario de tales actividades.

Se creó dentro del Ministerio de Hacienda una
Comisión de Control de Bienes Sujetos
a Intervención, para el cumplimiento de las disposiciones
de los decretos dictados en esta materia.

Por medio de un Decreto fueron suspendidas algunas
restricciones respecto a personas naturales o jurídicas de
nacionalidad italiana, con excepción de las que tuvieran
su domicilio en Alemania, en estados aliados y con la
condición expresa de que las operaciones
comerciales y demás actos jurídicos que efectuaran
no fueran a aprovechar directa o indirectamente, a personas que
se encontraran en dichos territorios.

Las situaciones que el conflicto bélico crearan
en el Continente Americano exigieron en un momento dado algo
más que medidas de orden interno. Ese momento llegó
cuando la guerra submarina arribó a las costas venezolanas
que se vieron en peligro, de igual manera los puertos por donde
se exportaba petróleo. Para proteger unos y otros fue
necesario astillar algunos sitios neurálgicos.

3.- Junta Revolucionaria de Gobierno (19/10/1945
– 14/02/1948
).

A.- Orden Económico y Petrolero:

Al triunfar el movimiento del
18 de octubre del 1945, sustituye al Gobierno de Isaías
Medina Angarita una llamada "Junta Revolucionaria de Gobierno"
constituida por 5 civiles y 2 militares. Los civiles son
Rómulo Betancourt, quien la preside; Raúl Leoni,
Gonzalo Barrios, Luis Beltrán Prieto Figueroa, todos
dirigentes de Acción Democrática y Edmundo
Fernández, quien había sido el contacto y enlace
entre militares y civiles. Los dos militares son Carlos Delgado
Chalbaud y Mario Ricardo Vargas.

Con la autodenominada "Revolución
de Octubre" se va a iniciar un nuevo episodio en el escenario
político nacional, signado por la presencia del partido
Acción Democrática. Esto les permitió
emprender un proceso de marcado corte demócrata
burgués. Los hechos militares de 1945 permitieron el
ascenso de nuevos sectores sociales, de extracción
pequeño-burgués, al escenario político de la
nación, propiciando acciones
reformistas que durante los tres años de gobierno adeco
afecto la ingerencia de los latifundistas y la burguesía
internacional en las cuestiones inherentes al Estado.

La acción de gobierno de AD se inserta en una
propuesta de contenido anti-feudal y nacional. En un afán
de modernización del país, el partido de gobierno
emprende una serie de cambios económicos (tanto petroleros
como agropecuarios) donde buscaba un mayor margen en la
captación de ganancias por parte del Estado en los
Hidrocarburos y la conversión del arcaico sector rural en
las empresas capitalistas, con la firme intención de
dinamizar el aparato productivo. En ningún momento se
interesa en la correlación de fuerzas existentes entre los
protagonistas del proceso productivo; en otras palabras, no se
trató lo concerniente a la explotación de los
sectores desposeídos del país; los cuales
aumentaban vertiginosamente en la medida en que Venezuela se
adentraba en las formas de explotación y producción
del capitalismo.
Hay que destacar que la política de concesiones
establecida en 1943 siguió vigente. La acción
petrolera del gobierno, con marcados ribetes de reformismo,
estuvo canalizada a atacar el gobierno por ellos derrocado y su
práctica petrolera, y no a frenar la acción
devoradora de las transnacionales, manteniendo la posición
negadora de una posible nacionalización de la
industria.

¿Qué papel juega
el
petróleo dentro de este programa democrático?,
para estos años Juan Pablo Pérez Alfonso (que se ha
venido convirtiendo en el experto de Acción
Democrática, en materia petrolera) ha formulado vario de
los principios que
orientarán la política petrolera del
país.

El petróleo es ante todo un proveedor de recursos
fiscales para que el Estado aborde las otras numerosas tareas que
el programa plantea. Pero dada la magnitud de estas tares, el
Estado debe hacer esfuerzos sistemáticos para aumentar la
participación fiscal de la nación.

Hay que tener en cuenta, para cernir el tono de la
política petrolera del trienio, que cuando AD llega al
poder, ha venido desarrollando por varios años una
campaña de oposición al gobierno de Medina, uno de
cuyos aspectos centrales es la política petrolera
medinista, a la que AD considera timorata y
antipatriótica. Vienen, pues, los adecos en una actitud
agresiva, de terminar la expoliación que tanto han venido
denunciando. Además, se trata de un gobierno que se siente
en una posición negociadora mucho más fuerte que
los anteriores, puesto que cuenta con el respaldo popular
expresado explícitamente en las elecciones de 1946 y 1947.
Por otro lado, una de las razones de ser del golpe de octubre del
45 es el compromiso de llevar a cabo un agresivo plan de reformas
sociales, compromiso que se agranda con el respaldo electoral.
Este respaldo significa, el mandato de llevar adelante ese plan
de reformas sociales, mandato que es imperativo
obedecer.

Eso acentúa la necesidad de una política
petrolera más fuerte hacia las compañías. En
efecto, hay una importante relación entre el programa
político y la cuestión petrolera. La
relación es la de que todo programa político ha de
tener una parte petrolera implícita, que de por sí
trae la formulación de una determinada política
petrolera.

El 31 de diciembre de 1945, la Junta Revolucionaria de
Gobierno decretó un impuesto extraordinario sobre los
beneficios de las compañías petroleras. El
petróleo dejó de ser actividad de campo y
operación prohibida. El 14 de junio de 1946 se
firmó el primer contrato
colectivo entre los sindicatos y
las compañías concesionarias. El 26 de junio de
1947 el ministro Juan Pablo Pérez Alfonso ofreció
directamente el petróleo crudo de las regalías en
el mercado internacional.

De abril de 1947 a noviembre de 1948, el Ejecutivo
firmó los convenios para construir refinerías en
Amuay, Cardón, Bajo Grande, Puerto La Cruz y El Chaure.
San Silvestre Nº 2 descubrió el primer campo de la
cuenca de Barinas (1/2/1948).

Con la firme intención de hacer evidente su poder
político, los dirigentes de AD se abocan a la tarea de la
organización sindical tanto en la ciudad como en el campo.
Una gran cantidad de organismos laborales comienzan a tener el
signo de la presencia adeca, hecho este que le garantizaba una
relación con el pueblo muy diferente a ala observada hasta
la fecha en anteriores mandatarios, desplazando esa imagen de
caudillo que había caracterizado a los usufructores del
poder y que relegaba al pueblo a instancias inferiores a las
ahora disfrutadas.

Producción y
Exportación de Petróleo

1930 a 1945

Años

Producción

Exportaciones

Valor de las
Exportaciones

 

(millones de barriles)

(millones de barriles)

(millones de Bs.)

 

135

134

634

 

117

112

548

 

117

110

532

 

118

113

553

 

136

130

608

 

149

139

649

 

155

150

684

 

186

168

770

 

188

178

828

 

205

189

895

 

184

157

809

 

227

223

1001

 

148

141

636

 

179

174

786

 

257

250

1057

 

323

318

1025

Desde el momento mismo de su instalación, la
Junta Revolucionaria de Gobierno anuncia que se propone dos
objetivos:
establecer una institucionalidad democrática surgida del
voto secreto y moralizar la administración
pública. Lo primero se pondría en
práctica convocando a elecciones para una Asamblea
Nacional Constituyente con un estatuto electoral en el cual se
consagraba el voto de los jóvenes a partir de los 18
años de edad, el voto de las mujeres, y tal vez lo
más importante de todo, porque abría los colegios
electorales a la masa campesina, el voto de los
analfabetas.

En cuanto a la moralización de la
administración pública, la nueva Junta creó
el Jurado de Responsabilidad
Civil y Administrativa, encargado de establecer
responsabilidades por presuntos enriquecimientos ilícitos
de funcionarios gomecistas, lopecistas, medinistas y de sus
allegados. El cumplimiento de ambos compromisos trajo un buen
número de resentimientos y oposiciones. Muy poca gente
censuraba abiertamente la necesidad de democratizar la vida
pública, pero se temía que su puesta en
práctica, el ingreso brusco de un pueblo poco letrado a la
política, podría abrir la puerta a toda clase de
demagogias. A tal efecto, la oposición política al
nuevo régimen fue tomando cuerpo con la creación,
en diciembre de 1945, del partido Unión Republicana
Democrática (URD) y sobre todo, con la fundación,
en enero de 1946, del Comité de Organización
Política Electoral Independiente (COPEI).

Los juicios por peculado, iniciados con la
creación de la Junta de Responsabilidad Civil y Administrativa
(27/11/1945) cuyas actividades fueron supervisadas por el Nuevo
Procurador General de la Nación, Rafael Caldera, sirvieron
para profundizar los odios. Se analizaron 108 expedientes y se
dictaron condenas de restitución de bienes a la
Nación oir un total de 124 millones de bolívares.
Rómulo Betancourt fue acusado no solamente de crear
tribunales de excepción, sino de estar aprovechando la
oportunidad para enlodar la reputación de sus enemigos
políticos.

En sus primeros meses de actividad, la Junta
Revolucionaria de Gobierno creó el Ministerio de Comunicaciones, la Escuela Náutica y un
fondo de 10 millones de bolívares para establecer la
Marina Mercante Nacional; estableció la Corporación
Venezolana de Fomento (mayo de 1946) y la Flota Mercante Gran
Colombiana en sociedad con
Colombia y Ecuador; obtuvo
un aporte extraordinario de las compañías
petroleras de unos 100 millones de bolívares
aproximadamente por concepto de un remanente por cobrar sobre el
ejercicio fiscal del año 1944; rebajó los
alquileres de los inmuebles y de los pasajes aéreos
nacionales; decretó la reapertura de la Universidad del
Zulia (clausurada desde 1904); reorganizó la
policía, creando un nuevo cuerpo la Seguridad Nacional
(agosto de 1946) y fijó la fecha del 27 de octubre de 1946
para la elección de los representantes a la Asamblea
Nacional Constituyente.

Un decreto, el Nº 321, dictado a fines de mayo de
1946, acerca de las "Calificaciones, Promociones y
Exámenes en Educación Primaria, Secundaria y
Normal" y cuya meta era lograr un mayor control del Estado en
materia educativa, provocó un acalorado enfrentamiento con
los defensores de la educación privada, particularmente
los colegios religiosos. Manifestaciones y huelgas obligaron al
gobierno a suspender la aplicación del ‘321’.
Sin embargo, el debate en
torno a la
política educativa de la Junta exarcebó una
creciente ya oposición. A pesar de ello, las elecciones
para la Asamblea Nacional Constituyente arrojaron una
mayoría del 78,43% de los votos a favor de Acción
Democrática, lo cual avivó el temor de que
Venezuela se estaba encaminando hacia un régimen de
partido único a la mexicana, temor que parecía
confirmar el control férreo gradualmente asumido por
Acción Democrática sobre el movimiento sindical, en
detrimento particularmente del Partido Comunista.

La Asamblea Constituyente se reunió el 17 de
diciembre de 1946, ratificó el gobierno de la Junta,
aprobó su gestión
política-administrativa y sancionó una Nueva
Constitución Nacional, clausurando sus sesiones el 22 de
octubre de 1947 después de encendidos debates, mientras se
abría un nuevo proceso para elegir al Presidente de la
República, a los Cuerpos deliberantes y a los Concejos
Municipales.

El 14 de diciembre de 1947 resultó electo
presidente el novelista Rómulo Gallegos, para entonces
presidente de Acción Democrática, con el 75% de los
votos. La oposición militar a la Junta, sin embargo, se
iba precisando. Desde su primer año de gobierno, la Junta
Revolucionaria tuvo que enfrentar varios alzamientos, el
más serio de todos el 11 de diciembre de 1946, que
llegó a dominar a Valencia, La Victoria y a capturar
hangares y aviones militares en Maracay. Los conjurados eran
estimulados cuando no financiados desde la República
Dominicana por Rafael Leonidas Trujillo (según
también se dijo, pero no estaba comprobado) desde el
exilio por el General Eleazar López Contreras, quien
apelaba al sentimiento regional andino.

Pero no fueron esos elementos externos quienes dieron al
traste con el régimen inaugurado en octubre de 1945 y que
le entregaba el poder a Rómulo Gallegos, el 15 de febrero
de 1948, sino el acuerdo de todos los comandantes de las Fuerzas
Armadas quienes, a su vez, depusieron a Gallegos el 24 de
noviembre de 1948.

Producción y
Exportación de petróleo

1944 a 1957

Años

Producción

Exportaciones

 

257.037

249.756

 

323.404

317.701

 

388.479

375.290

 

434.891

423.696

 

490.000

469.074

 

482.301

459.847

 

546.766

519.658

 

622.196

588.511

 

660.233

625.782

 

644.223

606.480

 

691.788

654.884

 

787.384

738.628

 

899.183

846.221

 

1.014.424

940.311

4.- Gobierno de Rómulo Gallegos (15/02/1948
– 24/11/1948
).

A.- Orden Económico y Petrolero:

El periodo constitucional de Rómulo Gallegos en
la presidencia de la República se inicio el 15 de febrero
de 1948, este fue un periodo muy complejo y agitado por diversos
factores: la permanencia de problemas que no solucionó la
Junta Revolucionaria de Gobierno, incumplimiento de promesas
electorales, promulgación de leyes que causaron gran
impacto y sobre todo gran actividad de los partidos
políticos, cuya pugnacidad alcanzó niveles nunca
antes vistos.

Gallegos fue electo luego de una agitada campaña
que duró dos meses, en las primeras elecciones directas,
universales y secretas realizadas en Venezuela y que significaron
la cristalización de las consignas que justificaron y
legitimaron el gobierno de facto instaurado luego del
derrocamiento del presidente Medina.

En la conformación de su gabinete ejecutivo, se
encontraban al menos 6 miembros de la Junta Revolucionaria de
Gobierno, y el resto de los 13, eran todos militantes de AD, o en
su defecto simpatizantes. Aquí se puso de manifiesto la
falta de amplitud, el sectarismo adeco (adeísta para la
época) alimentaría la oposición que lo
usó como punto central de ataque al gobierno. El que el
gabinete fuese similar al de la Junta Revolucionaria hizo
sospechar que el hombre
fuerte detrás del presidente constitucional era el mismo
presidente de la Junta disuelta: Rómulo
Betancourt.

1.- La Ley Agraria de 1948.

La ley Agraria promulgada el 18 de octubre de 1948
tenía como objeto la transformación de la
estructura agraria nacional, la racionalización de la
exportación agropecuaria, el mejoramiento de la
condiciones de vida en el medio rural, la emancipación
social y económica del campesinado y la
regularización del derecho de ese campesinado a ser dotado
de tierras.

Para ello se establecieron las medidas
siguientes:

  1. Creación del Instituto Agrario Nacional como
    instrumento centralizador y organizador del proceso de reforma
    agraria, por los que las Asociaciones Campesinas y los
    individuos que aspiraban a tener tierras debían
    dirigirse a dicho organismo a solicitarlas.
  2. El Instituto Agrario Nacional procedería a
    adjudicar tierras en varias modalidades de posesión: A)
    Propiedad; B) Arrendamiento; y C) Usufructo y disfrute
    precario.
  3. Las tierras a adjudicar serían: A) Las
    incultas y las de mayor extensión; B) Las explotadas
    indirectamente por terratenientes absentistas, y C) Las
    agrícolas con uso indebido en pastoreo y ceba de
    ganado.
  4. Las tierras se organizarían como unidades de
    producción en tres modalidades: A) Colonias; B) Cooperativas; y C) Granjas
    Individuales.

Además contarían con dotación de
aguas, montes y áreas adecuadas para la construcción de escuelas, dispensarios,
viviendas, centros sociales, etc.

Si bien la Ley Agraria venía a satisfacer uno de
los reclamos hechos con insistencia por algunos de los sectores
de la sociedad
alarmados ante el abandono del campo, las continuas quemas y
asaltos de haciendas y el evidente desabastecimiento de productos
agrícolas en el mercado; también causó
malestar tanto en aquellos propietarios de tierras que se
sentían afectados como en otros sectores que consideraron
que estaba inadecuadamente establecida. La queja principal de los
hacendados y demás propietarios de tierras era que ella
limitaba el derecho a la propiedad privada y alentaba a los
campesinos sin tierras a invadir saquear sus
propiedades.

El gobierno y AD a través de su vocero principal
el periódico
El País rechazó tal acusación al argumentar
que la ley no puntualizaba la extensión de las tierras que
debían estar en manos de una persona sino que
reglamentaba el derecho a la propiedad con una función
social ejercida, es decir, se debía poseer la tierra que se
podía poner a producir.

A su vez los terratenientes protestaron aduciendo que el
principal latifundista era el Estado venezolano (de allí
que la ley no defina el latifundio), pero que contrariamente a
ello, las tierras invadidas y saqueadas eran particulares lo que
demostraría que las estatales permanecían ociosas.
Añadían que la dotación de tierras
conformaría una clase de pequeños propietarios que
lejos de lograr una mayor productividad
agropecuaria contribuiría a perpetrar el conuco, la vega y
todas aquellas formas de producción perniciosas para la
economía venezolana. Y por último consideraban que
el Instituto Agrario Nacional, al ser un ente autónomo
estaba condenado al fracaso, como otros entes creados
anteriormente, tales como el Banco Agrícola y
Pecuario.

Institucionalmente, los propietarios de tierras, a
través primero de la Cámara Agrícola de
Venezuela y posteriormente de Fedecámaras fijaron su
posición en torno a la Ley
cuando esta se encontraba en discusión en las
cámaras legislativas. Sus argumentos pueden resumirse
así:

  1. No están e contra de una reforma agraria ya
    que creen firmemente en la necesidad de transformar la
    estructura agraria del país y en la progresiva
    emancipación del campesinado, pero dicha reforma no debe
    perseguir fines estrictamente sociales al modificar el
    régimen jurídico de propiedad de la tierra pues
    el verdadero problema agrario es de producción
    agrícola, es decir, esencialmente económico. Por
    lo que no aceptan que sea la estructura principal de la
    decadencia de la economía rural.
  2. Niegan asimismo el carácter latifundista de la
    estructura agraria. Para ello el hecho de que la propiedad
    rural en algunas regiones venezolanas sea de gran
    extensión es un efecto del grado de desarrollo de la
    economía. Venezuela es un país ganadero y de
    agricultura extensiva donde la explotación rural es casi
    imposible, porque las propias condiciones económicas del
    campo obligan a expandir la propiedad y esta propiedad, o sea,
    la tierra, tiene muy poco valor económico.
  3. Basados en los puntos anteriores concluyen que si la
    Ley Agraria responde a un deseo plausible de modificar la
    estructura agraria, muchos de sus preceptos son inadecuados,
    deficientes o manifiestamente peligrosos, ya que obedecen a
    supuestos ajenos a la realidad económica
    nacional.
  4. La Ley Agraria habría de sembrar una
    inevitable inseguridad
    en relación a la pacífica posesión de la
    tierra cultivada al someter a toda propiedad particular a un
    régimen jurídico de expropiabilidad.
  5. La Ley Agraria, al modificar indebidamente el derecho
    a la tierra que la Constitución Nacional confiere a las
    Asociaciones de Campesinos y a los individuos, promueve el
    antagonismo personal y
    político en el medio rural pues la posibilidad de
    acceder a tierras podría despertar la codicia o
    apetencia del solicitante.
  6. La Ley Agraria menoscaba y limita la acción
    del verdadero empresariado rural, al establecer un sistema de
    dotación y de adjudicación de tierras que otorga
    privilegios a formas cooperativas de producción, lo que
    implica a su vez una excesiva intromisión de organismos
    públicos.

La discusión y posterior promulgación de
la Ley Agraria, trajo como consecuencia inmediata la
polémica acerca de cuál debería ser el papel
del Estado venezolano en la actividad agrícola, cuales
eran las causas del deterioro de la vida rural, que se
entendía por latifundio y por supuesto desató una
serie de acusaciones sobre las verdaderas intenciones de
AD.

2.- El Fifty-Fitfty.

En 1948, el gobierno de AD, con Rómulo Gallegos y
Juan Pablo Pérez Alfonzo como Ministro de Fomento,
llevó a cabo una reforma parcial a la ley de Impuesto
Sobre La Renta, añadiendo ciertos artículos
adicionales entre los cuales se destaca el Nº 31 del
capítulo XI, denominado "Del impuesto
adicional".

Ese reajuste a la ley tributaria sobre el
petróleo tenía como finalidad básica
establecer que en ningún caso la industria petrolera
podría percibir mayores ganancias que las correspondientes
al Estado venezolano, y que la suma de los impuestos de las
empresas no podía ser inferior a la mitad de las ganancias
de las mismas.

El 50/50 fue la denominación que tomó el
impuesto para garantizar las aspiraciones del Estado venezolano.
Es de notar sin embargo, que aunque implementado efectivamente en
1948, el 50/50 ya había sido contemplado en la Ley
Petrolera de 1943 durante el gobierno de Medina, pero fue le 31
de diciembre de 1945 cuando la Junta Revolucionaria de Gobierno
decidió aplicarlo a través de un decreto
extraordinario para solventar la disparidad porcentual de 43/57 a
favor de las compañías petroleras observada para el
año de 1944.

Como consecuencia de esto los ingresos petroleros pasan
de 548 millones en 1946 a 973 millones en 1948, representando
esto el 55,2% de los ingresos fiscales ordinarios. Las
erogaciones fiscales se ubican en 1644 millones de
bolívares. La deuda interna se situaba en 23 millones, ya
que no se recurrió al endeudamiento público con el
extranjero. Las reservas del Tesoro se cifraban en 251 millones
de Bs.

En julio de ese año Curazaíto 2
pasó por primera vez de los 5000 metros de
profundidad.

Gastos fiscales
ejecutados

 

 

Millones de Bs.

Mandato de:

Años

Precios corrientes

Cipriano Castro

1900-1908

433

Juan v. Gómez

1909-1935

3170

Eleazar López

1936-1941

805

Isaías Medina

1941-1945

1798

Rómulo Betancourt (JRG)

1945-1948

2249

Rómulo Gallegos

1948

1644

Marcos Pérez J.

1949-1958

24410

B.- Política Exterior.

1.- La sombra de Betancourt o Betancourt a la
sombra.

La injerencia de Betancourt en las decisiones de
gobierno, sería un fantasma que perseguiría a
Gallegos durante su mandato y una de las razones argumentadas por
los militares que finalmente lo derrocaron. Betancourt era algo
más que una sombra, su participación en el gobierno
no fue sólo tras bastidores. Acudió en calidad de
representante del gobierno venezolano a la Conferencia
Interamericana efectuada en Bogotá en marzo, cuando por
ser una reunión de cancilleres le tocaba asumir esa
responsabilidad a Andrés Eloy Blanco
(titular de Relaciones Exteriores).

Nuevamente la oposición haría de este
suceso blanco de sus críticas al gobierno. El principal
argumento esgrimido fue que Betancourt era un representante de
los intereses extranjeros en Venezuela, se le asociaba
directamente a la presencia de Nelson Rockefeller y de sus
proyectados CADA en el país.

2.- La Creación de la OEA.

En política exterior, Venezuela estrechó
sus relaciones con la Unión Panamericana; en tal sentido
asistió a la IX Conferencia de
Estados Americanos celebrada en marzo en Bogotá. En ella
se discutieron temas tales como: el establecimiento de normas comunes de
desarrollo de las riquezas, la explotación racional de
materias primas, la ayuda a países en vías de
desarrollo y la formación de un bloque continental de
seguridad capaz de enfrentar cualquier
agresión.

La delegación venezolana encabezada por
Rómulo Betancourt e integrada por 20 personas,
llevó como posición oficial de
Venezuela:

  1. La aplicación de la Carta
    económica de Chapultepec.
  2. El pronunciamiento en contra del coloniaje en
    América.
  3. La aplicación de los puntos contenidos en la
    Carta del
    Atlántico.
  4. La valorización del trabajo y
    protección del trabajador.
  5. El rechazo a la agresión económica y
    apoyo a la cooperación económica
    interestatal.
  6. El establecimiento de un cordón
    profiláctico alrededor de los países no
    democráticos de América
    Latina.

La IX Conferencia tuvo como resultado, en primer lugar,
la creación de la organización de los Estados
Americanos (OEA) como un
instrumento que permitiría lograr el desarrollo de la paz,
la solidaridad entre
las naciones americanas y sobre todo la defensa y e integridad
territorial del continente. En segundo lugar, un acuerdo contra
el comunismo y el
totalitarismo de cualquier índole, acuerdo suscrito por
Venezuela, aunque Betancourt expresó su creencia en la
autodeterminación de los pueblos.

Derivada de la idea de cooperación
económica interestatal expresada en la IX Conferencia, se
reunió en Quito el 24 de julio, la Conferencia
económica Grancolombiana, con representaciones de las
Repúblicas de Colombia, Ecuador, Panamá y
Venezuela. El temario de la conferencia que comprendía
asuntos tales como: la unión económica y aduanera
entre los países asistentes, la puesta en marcha de la
flota Gran Colombiana, la creación del Banco Gran
Colombiano, la Flota Área Civil, el Instituto de Investigaciones
Científicas y Técnicas, la Editorial Gran
Colombiana para el fomento de la cultura, la
unificación de sistemas de Seguro Social,
nos da una idea clara de los objetivos de la misma.

La delegación venezolana estuvo encabezada por
Alejandro García Maldonado, embajador de Venezuela en
Ecuador e integrada por Arturo Sosa Fernández, economista,
entre otros. La llamada Carta de Quito,
es decir, el convenio de unión económica y
aduanera, no fue bien acogida por la Cámara de
Industriales de Caracas ya que consideraba un convenio de tal
magnitud debía ser objeto de un estudio más
profundo y sometido a la consideración y discusión
de los organismos económicos del país pues
habría de tener consecuencias trascendentales en el
desarrollo de nuestra economía.

Igual opinión sustentó Santiago Alfonzo
Rivas en su carácter de Presidente del Consejo de
Economía Nacional, en carta dirigida al Ministro de
Relaciones Exteriores. Arturo Sosa replicó que
ningún daño o peligro representaba la firma de ese
convenio, pues él sólo implicaba el compromiso de
considerar la posibilidad de establecer la Unión
Económica y Aduanera Gran Colombiana y que además
sería el Congreso venezolano el que ratificaría o
no el convenio por lo que estaría sujeto a
debates.

5.- Dictadura de Marcos Pérez
Jiménez
.

A.- Orden Económico y Petróleo.

1.- El Gobierno del Partido Militar, la Estrategia
económica empresarial y sus grandes
beneficiarios.

El militarismo representado por la Junta que irrumpe
contra la constitucionalidad y que luego habría de
reafirmarse con la dictadura de
Marco Pérez Jiménez, es una fórmula para la
apertura de mayores desarrollo y prebendas a intereses
económicos y políticos, tanto internos como
foráneos. Con ello se buscaba el aprovechamiento al
máximo de importantes mecanismos de acción y
coacción del Estado, en particular el gasto público
por vía de la manipulación de los grandes recursos
provenientes del petróleo, para extender la cobertura de
sus negocios. La
intención consistía en aprovechar una coyuntura
nacional favorable y un auspicioso ámbito internacional
(el de la postguerra de 1945), caracterizado por un
redimensionamiento del aparato industrial y por una
reactivación acelerada de las transacciones
económicas.

El Estado estaba llamado a ser un ente más
dinámico, con políticas
muy bien definidas y concretas, orientadas a la
organización y ampliación del crédito
y a vigilar la salud económica del
país mediante la preservación del orden social y
político capaz de garantizarla. La demanda de
crédito imponía la liberalización en su
otorgamiento por parte del sector oficial; y el auxilio al
capital bancario, para atender las exigencias de la inversión, se convirtió en objetivo
prioritario de los grupos vinculados a la producción
interna.

El proyecto consistía, por un lado, en propiciar
un alto comercio de importación , expandir la
infraestructura financiera, la banca comercial y
en aumentar los servicios,
mientras por el otro, se trataba de incidir en el sector
agrícola, con un criterio capitalista, para erradicar
así ciertas tendencias de fines de los cuarenta, que se
expresaban en términos de cambio en la estructura agraria
y, en particular, en reformas profundas en las formas de tenencia
de la tierra. El gobierno fue concebido, entonces, como un
instrumento llamado a crear la ambientación más
adecuada para que tales propósitos se concretasen
rápidamente, sin intervencionismos obstruyentes, sin
posturas humanitarias frente a la fuerza de
trabajo y sus reinvindicaciones, y sin complejos de ninguna
especie frente a la inversión extranjera y a los lazos
estrechos e incondicionales con Estados Unidos.

El militarismo fue considerado como significativamente
más útil en esta línea de aprovechamiento
del ingreso petrolero y más eficaz en la tarea de alcanzar
aquellos designios en cortos plazos. La burguesía tuvo
claridad de los mismos y su estrategia
pareció cumplirse en dos grandes fases: la primera
mediante la utilización agresiva de la estructura
política para lucrar de los ingresos que ésta
manejaba y la segunda valiéndose luego de esta misma, para
oficializar ventajas máximas al capital extranjero, de
cuya alianza derivaba mejores condiciones para usufructuar los
recursos nacionales. La admisión sin mayores controles de
las inversiones
venidas de afuera era esencialmente beneficiosa a grupos de
particulares y distaba mucho de ser un factor efectivo de
desarrollo. Esa burguesía se insertaba en buena parte de
los negocios que
nacían como estamento parasitario, enclavada en el ramo
comercial, fungiendo sólo como intermediaria de firmas
deseosas de elevar los índices de demanda de sus
productos. Por otro lado, aprovecharon el gasto oficial para
introducirse en el ramo de las obras públicas.

Los estudios para la utilización del potencial
hidroeléctrico del Caroní, adelantados por el
Ejecutivo, fueron vistos como excelentes puntos de partida para
emprender un tipo de inversión sin precedentes en el
país. Surgió la idea de crear una
compañía siderúrgica privada de capital
mixto, nacional y extranjero y a tal efecto se formó una
junta de promoción o sindicato de
estudios que ratificó siempre el carácter privado
de la empresa. Esto
significaba colocarla al margen de todo intervencionismo estatal,
pero vinculada a los intereses de la United States
Steel.

Dicho proyecto ratifica las intenciones de aquella
élite en su invariable línea de valerse del Estado
y de su capacidad promotora, para erigir escenarios seguros de
inversión que luego y de distintos modos, serían
usufructuados por ella.

2.- El deseo empresarial por la inversión
extranjera.

El caso de La U.S. Steel no era o una postura aislada
sino parte de una política empresarial bien definida. La
premisa de la misma era la necesidad impostergable de capitales
que sólo podía ser satisfecha por la
inversión extranjera; de manera que para estimular su
entrada y garantizar su afluencia había que otorgarle
prebendas especiales. Para la dirigencia de ese sector cualquier
restricción era improcedente, de allí que lo que
estaba planteado era el estímulo a la inversión
conjunta de capitales nacionales y extranjeros en empresas
privadas, permitiéndoles a estos últimos la
repatriación de los beneficios percibidos sin ninguna
limitación.

Pese a la gravitación fundamental del Estado en
materia económica por el ingreso petrolero, su
función lo obligaba sólo a crear condiciones de
ambientación físico-territorial y a propiciar una
elevación del nivel de vida. La atención a este
rubro fue señalada por las élites económicas
como una razón más de la capacidad limitada del
gobierno para aportar recursos al sector privado, lo cual sumaba
argumentos a favor de la entrada del capital
extranjero.

Por ello la inversión extranjera copó
todos los renglones, desde los aparentemente de menor
proyección, como los servicios, hasta las finanzas, la
banca y la
industria.

B.- Política Exterior:

El 24 de julio de 1953, Venezuela decide separarse de la
flota Mercante Gran Colombiana, y retiene los 7 buques existentes
para continuar comerciando de manera independiente.

De cierta manera, Pérez Jiménez tuvo un
marcado sentimiento anti-yanqui, reflejado en sus discursos
antiimperialistas así como en su notado interés de
que América
Latina dejará de ser una zona de influencia de los
Estados Unidos de América. A pesar de que estos vieran con
agrado a Pérez Jiménez en los primeros años,
debido a las concesiones petroleras que se otorgaron; incluso el
gobierno norteamericano del presidente David Eisenhower, para
premiar la categoría y amistad de
Pérez Jiménez, lo exalta a la fama con la
máxima condecoración de los Estados Unidos, la
Orden al Mérito, en el grado de Comandante en Jefe, la
cual tuvo que entregarse en Caracas, porque el dictador no quiso
viajar al país norteño.

Años después, estados Unidos convoca a una
cumbre de presidentes latinoamericanos en Panamá, bajo la
cabeza ejecutoria de Eisenhower, a la cual MPJ se niega a ir,
para evitar ser parte de una comparsa de marionetas, pero ante
ese temor de su ausencia, , el gobierno norteamericano insiste
enviando a Venezuela al subsecretario Holland, a fin de que lo
convenza.

Pérez Jiménez accede, y una vez en
Panamá, propone la liberación económica de
América Latina, ofreciendo 100 millones de
bolívares para construir un Fondo Económico
Latinoamericano (Venezuela tenía la moneda más
estable del mundo, incluso por arriba de la libra esterlina), en
este sentido Eisenhower frunció el ceño y
declaró muerto políticamente a MPJ, pues en lo
sucesivo sería un peligro para las decisiones de la Casa
Blanca.

En su empeño en ayudar a los países
latinoamericanos, MPJ tenía pensado construir un
aeropuerto en Haití, viviendas en el Ecuador, el proyecto
de un nuevo canal interoceánico en Panamá y varias
inversiones
especiales, así como una carretera en el Chaco paraguayo.
Todo esto lo veía Estados Unidos como algo muy peligroso a
sus intereses hemisféricos, ya que Venezuela era la
primera potencia
económica de América Latina y la de mayor
crecimiento industrial, era el país con los mejores
depósitos de oro de la región, siendo el sexto
país en reservas internacionales.

Es por esto que los Estados Unidos colaboran en el
derrocamiento del dictador, por representar un peligro a la
hegemonía norteamericana en la región
latinoamericana.

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M.R.I. (Ministerio de Relaciones Interiores), Memoria al
Congreso de la república, año 1913, tomo I, pp 35 y
36.

Ministerio de Fomento, Memoria al
Congreso de la República, año 1913, tomo I,
exposición p. VII.

Recopilación de leyes y Decretos reglamentarios
de Venezuela. Tomo XIV, p 195. Reglamento de 21 de junio de
1904.

Tratados Públicos y Acuerdos Internacionales de
Venezuela, Tomo I, pp 928, ss. Edición de 1957.

Fuentes hemerograficas:

Cesar Zumeta, Revista
Nemesis, N#4. New York,1 de junio de 1903

RANGEL, Domingo Alberto: "Los Andinos en el
Poder", págs. 120-121.

Thurber, Ob cit, págs. 22-23.

BRITO FIGUEROA, Federico: "Historia
Económica y Social de Venezuela", UCV, Caracas,
1966.

DIAZ RANGEL, Eleazar: "La conspiración
del cable francés y otros temas de historia del periodismo",
El libro Menor,
Academia nacional de la Historia, Caracas, 1986, pág.
201.

Nota: no es descartable que en las cantidades
reconocidas todavía persistieran algunas reclamaciones
infladas, tal vez admitidas por los representantes venezolanos en
momentos de debilidad o para terminar de salir del
embrollo.

Fuentes: Ministerio de RREE. Libro Amarillo de
1904. Libro Amarillo de 1905

* El texto de este
documento se encuentra reproducido en : Libro amarillo. 1909,
sección Documentos, pp.
140-142.

** Libro amarillo, 1909, ibid., pp.
135-140.

*** Libro amarillo, ibid., pp.
145

^ Gaceta Oficial, nº 10.621
(Caracas, 16 de febrero de 1909).

**** Anuario Estadistico, 1912
(Caracas. Impenta Nacional, 1916), pp.187-202; por D.A. Rangel,
Capital y Desarrollo: La Venezuela Agraria (Caracas, UCV,
Facultad de Ciencias
Económicas y sociales, 1974), p. 214.

***** Vivas Gallardo, Freddy.
Venezuela en la Sociedad de las Naciones 1920-1939: Descripcion y
analisis de una Actuacion Diplomática. Facultad de
Ciencias Juridicas y Politicas. UCV. Caracas, 1981.
pp.49.

&Citado de: Vivas Gallardo,
Freddy. Venezuela en la Sociedad de las Naciones 1920-1939:
Descripcion y
analisis de una Actuacion Diplomática. Facultad de
Ciencias Juridicas y Politicas. UCV. Caracas, 1981.
pp.50.

&& &Citado
de: Vivas Gallardo, Freddy. Venezuela en la Sociedad de las
Naciones 1920-1939: Descripcion y analisis de una Actuacion
Diplomática. Facultad de Ciencias Juridicas y Politicas.
UCV. Caracas, 1981. pp. 53-54.

$ En "Venezuela en la Sociedad de
las Naciones, Archivo del
Ministerio de Relaciones Exteriores., Carpeta Nº 22,
expediente 21.

# Carrera Damas, German. Una
nacion llamada
Venezuela. Monte Avila Editores. Quinta Edicion. Caracas, 1988.
pp.136.

@ Para un acercamiento de la
cantidad total de deuda pagada , Vease cuadros anexos sobre
Deuda Publica,
Deuda Interna y Deuda Externa
(1904-1930).

Fuente: Revista de Hacienda, febrero de 1937,
año I, Nº 6.

Fuente: "Memoria y Cuenta del Ministerio de
Hacienda" (años correspondientes).

Fuente: "Memoria y Cuenta del Ministerio de
Hacienda" (años correspondientes).

Fuente: "Memoria y Cuenta del Ministerio de
Hacienda" (años correspondientes. (*) A partir de este
año se renegocia e incorpora a la Deuda Diplomática
con Bélgica.

Ver Anexo, Cuadro N° ¿

BUSTAMANTE, Nora: "Isaías Medina
Angarita", N°145, Biblioteca de autores y temas tachirenses,
Caracas, 1998, p. 208.

TROCONIS GUERRERO, Luis: "La Cuestión
Agraria en la Historia Nacional", Biblioteca de Temas y Autores
Tachirenses, 1962, p. 137.

Fuente: Ministerio de Minas e Hidrocarburos,
PODE: 1974. p. 22.

Fuente: Ministerio de Minas e Hidrocarburos
"Petróleo y otros datos
estadísticos" 1972, p. 21.

Fuente: Ministerio de Hacienda .

 

 

Autor:

Oswaldo Ramírez Colina

Partes: 1, 2, 3
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