Monografias.com > General > Salud
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Responsabilidad Profesional – Análisis General y Criterios




Enviado por jterragno



Partes: 1, 2

    Indice
    1.
    Introducción

    2. Algunas
    definiciones


    4.
    Tipos de Responsabilidad Profesional

    5. Tipos de
    delitos

    6. Tipos Relación Médico –
    Paciente

    7. Obligaciones de los
    Médicos

    8. Defensa del Profesional de la
    Salud

    9. Relación Médico –
    Paciente

    10. Historia Clínica
    Completa

    11. Conductas Generales

    12. Conductas
    Específicas

    13. Propiedad
    de la Historia Clínica

    14. La
    Epicrisis

    15. Causas de los Juicios por
    Responsabilidad
    Profesional

    16. De los
    Médicos

    17. Del Paciente

    18. Del Derecho

    19.
    Para evitar cuestionamientos

    20.
    ¿Cómo actuar frente a una demanda?


    21. Derechos de los
    Médicos

    22.
    Estadísticas

    23.
    Conclusiones

    24. Resumen

    25.
    Bibliografía

    1.
    Introducción

    Es sabido que la Responsabilidad de los Médicos (R.P.M.),
    extensible a todo el accionar humano, implica el compromiso en
    todas y cada una de sus acciones para
    con si y para terceros en sus intentos de vivir la vida. Y es
    así que todas las actitudes del
    hombre
    contienen una intencionalidad, en más o en menos, de
    llegar a un fin.

    A través de los siglos el hombre ha
    intentado llegar a las perfecciones que le han sido vedadas por
    su condición falible. Ello motivó y motiva
    reconocimiento y rechazo de aquellos que, sólo observando,
    se han constituido en jueces, autorizados o no, de sus acciones y
    que como estímulo o freno, nos han llevado al desarrollo
    sociocultural y científico que hoy padecemos y
    disfrutamos.

    Los numerosos avances tecnológicos proponen una
    especialización cuasi puntual que olvida lo
    genérico. Los individualismos han hecho que lo
    interdisciplinario lleve a que aquellos sean objetados no siempre
    con fundamento.

    El médico, por su vocación y entrenamiento,
    centraliza sus acciones en el paciente y en la enfermedad sin
    darse cuenta que los tiempos económicos han hecho que por
    detrás y a la espera, se hallan numerosas expectativas de
    terceros, muchas veces difíciles de sortear.

    Recordemos que los que juzgarán el accionar
    médico no lo son. Son abogados que manejan una
    terminología y conceptos sobre el tema desconocidos para
    nosotros. Las grandes verdades médicas no son siempre
    acompañadas por una sentencia esperable por el
    médico. Se debe tratar de comprender cómo piensan
    los jueces y de esa manera evitar ser blanco de los que lucran
    con la actividad médica.

    No pretendemos enseñar Derecho, pero trataremos
    de hacer en un solo trabajo un resumen que integre los diferentes
    conceptos que hacen nuestro accionar diario como médicos.
    Trataremos de que estos conocimientos sirvan para comprender,
    aunque sea en su mínima expresión, los riesgos que el
    segundo milenio ha traído a los que ejercemos nuestra
    tarea con una pasión mal controlada.

    Hablaremos de lo genérico evitando particularizar
    (R.P.M. en los fueros, R.P.M. de los peritos). Sólo
    haremos una síntesis sobre Consentimiento Informado
    (C.I.)

    El presente trabajo no pretende confeccionar un
    normativo esquemático para todas las actividades
    profesionales ni reemplazar reglas ya asignadas a los diferentes
    estamentos de la cultura
    médica. Pero sí intentamos compilar algunos
    elementos en un solo contexto que pueda ser consultado sin
    necesidad de grandes y prolíficos tratados que han,
    hasta la fecha, profundizado sobre el tema de la Responsabilidad
    Profesional de los Médicos (R.P.M.).

    De seguir en la tesitura de enjuiciar todo sin
    discriminar si existe fundamento o no hará que los
    médicos se comprometan cada vez menos en los casos de
    riesgo. La
    enfermedad se verá desatendida y ello debemos
    evitarlo.

    2. Algunas definiciones
    (20)

    a. Deontología Médica: Es el estudio de
    las obligaciones y
    deberes, de todo aquél que desarrolla una actividad
    relacionada con el arte de curar y
    se halla comprendido en ella.

    Aspectos: (2)

    1. Ético: Tiene que ver con los problemas
    morales que se les plantean al estudiante y al médico. En
    este último es importante resaltar el trato de los
    enfermos, conducta
    interprofesional, experimentación humana y delito de
    genocidio y actitud donde
    se debe actuar como juez de colegas demandados.

    2. Gremial. Actualmente ha sido absorbido por la
    diceología médica. Se ocupa de los aspectos
    económicos. Incluye clase médica, gremio
    médico, sindicato
    médico. Se ocupa de carrera médico –
    hospitalaria, incompatibilidades del ejercicio médico,
    leyes de
    previsión, socialización de la medicina.

    3. Deontología Médica Universitaria. Se
    ocupa de los deberes y derechos de estudiantes y
    docentes entre si, en relación de la institución y
    a los pacientes que deben atender en las cátedras y
    hospitales escuela.
    Anteriormente a estas épocas velaban por las leyes de
    ejercicio profesional. (2)

    4. Deontología Médica Jurídica.
    Denominada clásicamente como Jurisprudencia
    Médica. Fija normas para el
    ejercicio de las Medicina.

    Ø Código de Ética
    Médica: fija las normas que rigen el ejercicio profesional
    de los que se dedican al arte de curar (médicos,
    odontólogos, obstétricas). Fue aprobado por la
    COMRA en 1955 y tiene 18 capítulos y 125 artículos.
    (1) Previamente se había creado la Federación
    Médica Nacional en 1934.

    Ø Colegios Médicos: Tienen
    personería jurídica. Persigue fines comunes
    superiores a los privados.

    Ø Corporaciones: Tiene por fin un interés
    público.

    Ø Orden Médico: Es oficial y obligatoria.
    Sus decisiones tienen fuerza de
    ley.

    Todas deben velar por el cumplimiento de la
    Deontología Médica.

    Ø Gremio Médico: Se refiere a todos los
    trabajadores de "igual clase" que desarrollan la actividad, en
    especial los nucleados para defender los intereses
    económicos y mantener y mejorar el nivel ético de
    la profesión. Se ajustan, en su ejercicio, a la carta
    médica de La Habana de 1946.

    Ø Clase Médica: referida a los que en
    conjunto ejercen la medicina y su rol en la Sociedad.

    Ø Sindicatos
    Médicos: Busca ocuparse de la creación de sociedades de
    previsión y seguros para el
    ejercicio profesional. El futuro presenta como principal problema
    la cuestión del seguro nacional
    de salud.
    (2)

    b. Culpa Civil: Ante una falta más o menos grave
    cometida voluntariamente y a sabiendas se refiere a una
    compensación por medio de un resarcimiento patrimonial. A
    veces las Instituciones
    llevan parte de la responsabilidad. No implica intención
    de dañar sino el efecto puntual de que el daño se
    ha producido. El acusado puede ser eximido en el fuero
    penal.

    c. Culpa Profesional: Coincidentemente con el punto
    anterior se acota el alcance al ejercicio de las diferentes
    profesiones y a los yerros que su ejercicio ha
    producido.

    d. Responsabilidad
    Civil: Es el cargo u obligación moral que
    resulta para uno del posible yerro en cosa o asunto determinado.
    Es obligación de reparar y satisfacer de una culpa o de
    otra causa legal. Implica la responsabilidad de responder de los
    propios actos.

    e. Responsabilidad Profesional: Es la condición
    fundamental para el ejercicio de la actividad para la que ha sido
    capacitado y cuya incorrecta aplicación lo coloca en la
    obligación de responder ante la justicia por
    el correspondiente reproche que ésta le
    formule.

    f. Daño: Es el efecto de dañar. Su
    concepto es
    causar perjuicio, dolor o molestia.

    g. Dolo: Es el acto o hecho que implica la voluntad o
    intención de producir un daño.

    h. Negligencia: Descuido, omisión o falta de
    aplicación en una tarea donde que nos hemos comprometido
    realizar. Implica abandono, desidia, dejadez. (18)

    i. Impericia: Realizar una tarea con inhabilidad o
    ineptitud. Implica falta de conocimiento,
    talento o instrucción. También falta de capacidad o
    aptitud. (18)

    j. Imprudencia: Se carece de una de las cuatro virtudes
    cardinales.

    Consiste en no discernir y no distinguir lo que es bueno
    o malo para seguirlo o huir de ello. (18)

    3. Criterios y
    Tipos

    4. Tipos de Responsabilidad
    Profesional

    · Civil: Se encuadra dentro del concepto de
    responsabilidad común a todos los individuos. Si se
    daña se debe reparar. Afecta al Patrimonio.

    · Penal: Afecta a las personas. La pena que se
    aplica es la Prisión.

    · Administrativa: No tiene nada que ver con las
    dos anteriores responsabilidades. La pena que se aplica es el
    Apercibimiento o la Inhabilitación.

    5. Tipos de
    Delito

    Culposo: No hay intención de producir
    daño. Son los analizados y de los que se acusa al
    médico, incluso en los casos h), i) y j) de las
    definiciones.

    Doloso: Hay intención de producir un
    daño

    6. Tipos de Relación Médico –
    Paciente

    CONTRACTUAL: Hay algo pactado entre el Médico y
    el Paciente. Se realiza en todas las prácticas a
    requerimiento del paciente. Muchas veces conviene imponer este
    punto de vista frente a posibles demandas. (8)

    · "La Responsabilidad de los Médicos es de
    carácter contractual, sin que obste a ello el hecho de que
    el paciente no haya contratado directamente sus servicios, ni
    que éstos fueren gratuitos". (Código Nacional
    Civil, Sala D – 30/09/81)

    · "La Responsabilidad del Médico es de
    origen contractual, mientras no existan matices dolosos que
    encuadren en los actos ilícitos, y responde frente al
    enfermo en mérito a lo dispuesto por el CC – Arts.
    511, 512, 520 y 902" (Código Nacional Civil, Sala G
    – 15/04/85) (5)

    · "El Médico a quien se le requiere la
    prestación de servicios profesionales es responsable por
    las consecuencias dañosas que derivaran de la mala
    realización de esta labor. Se trata de una responsabilidad
    contractual que queda comprometida si el paciente demuestra la
    culpa en la realización de la atención
    médica prestada y, así mismo, la existencia del
    daño que le hubiera sobrevenido a causa de ese hecho". (CC
    Capital, Sala
    F – 27/07/76) (6) (7)

    NO CONTRACTUAL: Por ejemplo asistencia a un paciente
    inconsciente en ruta luego de un accidente de Tránsito.
    Mal pudo si estaba inconsciente prestar su aprobación. No
    habría contrato.
    Sería similar a la atención de un psicótico
    o un suicida.

    7. Obligaciones de los
    Médicos:

    a. Obligación de Medios: El
    médico se halla obligado a poner todo su empeño,
    conocimientos y técnicas a su alcance para recuperar la
    salud perdida. Su obligación principal es cuidar al
    paciente. Los métodos de
    prevención y profilaxis (vacunación, estudios pre
    operatorios, evitar interacciones medicamentosas nocivas, etc.)
    serán su prioridad y a ello tenderán la investigación, todos los planes de salud, y
    la práctica médica diaria. Ninguno está
    exento a este cuidado. A posteriori si puede, curar al
    enfermo.

    b. Obligación de Resultados: El ejemplo
    clásico es la Cirugía Estética. Otros son
    Anatomía
    Patológica, Laboratorio y
    Radiología. En estos rubros (Especialidades) se promete un
    resultado concreto.

    8. Defensa del
    Profesional la de Salud

    Se basa en dos columnas indisolubles y paralelas donde
    la aplicación de una no niega ni excluye la total
    aplicación de la otra.

    9. Relación
    Médico – Paciente.

    Necio sería olvidar que una buena relación
    médico – paciente evita la mayoría de los
    cuestionamientos del enfermo a las terapias por recibir o
    recibidas. El paciente (incluso el menos letrado) exige
    saber.

    A veces pide informes
    parciales, a veces solicita detalles y numerosas aclaraciones a
    sus dudas. Muchos de sus miedos demandan de nuestra
    comprensión y apoyo. No basta con que le digamos lo que
    tiene y lo que haremos (o hemos decidido hacer) sino que espera
    nuestra comprensión. En algunos casos le interesa nuestra
    "complicidad" o nuestra prudencia en el informe a sus
    familiares. A veces son éstos los que solicitan nuestro
    silencio. Cada enfermo es un individuo, una persona no
    comparable a otra, cada cual requiere una atención
    personalizada de su enfermedad y siempre demanda que
    ella sea integral.

    Lo físico le importa, pero también las
    posibles consecuencias de nuestro accionar u omisión. Su
    presente y su futuro se hacen visibles en cada consulta
    médica. Su mente rechaza o acepta el mal que lo aqueja, no
    reacciona como quiere, sino que lo hace como puede y no siempre
    colaborando con las necesidades de su búsqueda de ayuda en
    su relación con nosotros.

    Muchas veces escapa conciente o no en un estado de
    inseguridad e
    indefensión simulando una convicción que lejos
    está de sentir.

    Sus pedidos de ayuda pueden ser enmascarados bajo una
    actitud de dudosa expectativa, pueden cuestionar lo
    incuestionable. Siempre existe una pregunta latente:
    ¿porqué a mí? En nosotros están para
    él todas las respuestas, nos exige convicción y
    claridad en ellas.

    Habiendo pasado la época del "paternalismo" y
    dominio
    médico nos encontramos en la etapa de todos los
    ¿porqué?. La falta de respuestas adecuadas nos
    acerca a la demanda oral y/o legal que tratamos de
    evitar.

    Un paciente que ha demandado una vez nunca más
    confía en ningún médico y se halla expuesto
    al abandono, la angustia y su futuro es realmente
    dramático. Se rige por el "nunca más" o el "nada
    más" y su desilusión hacia la vida misma lo lleva a
    actitudes que todos los días lo deterioran un poco
    más.

    10. Historia Clínica
    Completa. (H.C.C.)

    La escritura no
    reemplaza los actos médicos correctos.

    Es un documento con valor
    médico legal. Debemos priorizar aspectos formales y
    asistenciales.

    Puede parecer reiterativo pero aquél que va a
    juzgarlo no será otro colega sino un juez. Debemos adaptar
    las exigencias a su forma de ver las cosas. No habrá
    brechas en la confección de la H.C. que den lugar a dudas.
    Una de las primeras acciones que se ordenan es el secuestro de la
    H.C. con el objeto de sorprender y encontrar error u
    omisión que sirva a la causa. La H.C. es considerada un
    punto flaco del accionar médico al que se debe
    atacar.

    Si bien no será garantía de

    "buen ejercicio" su correcta confección
    será de acertada intencionalidad y demostrará la
    dedicación de todo el equipo médico que puede
    encontrarse cuestionado.

    Sabemos que escribir es, muchas veces, un esfuerzo mayor
    que la prestación médica misma.

    Varios son los recaudos que deberemos adoptar, algunos
    de ellos son:

    11. Conductas Generales: (Código Penal –
    Capítulo 3)

    · Confirmar la identidad del
    paciente: En ciertas circunstancias el enfermo puede simular una
    identidad que no es la suya y que la ley cuestiona.
    (delincuentes, los que buscan beneficiarse por una cobertura
    social a la que no pertenecen).

    Y también hemos sido testigos presenciales de
    incisiones quirúrgicas fuera de la región
    quirúrgica que debía ser realizada al confundirse
    la región topográfica (incisión de Mc Burney
    para intervenir un paciente portador de una Hernia Inguinal
    Izquierda).

    En una oportunidad más grave se confundió
    el enfermo y el sexo: paciente
    ingresado de sexo masculino para ser intervenido por una litiasis
    vesicular no complicada. Paciente omitido: mujer de 42
    años portadora de eventración medina
    supraumbilical. En ambos casos se vitó la demanda por una
    buena relación médico – paciente y
    justificativos que conformaron a los pacientes. Pero el error
    existió y si se hubiera demandado ambas hubieran condenado
    a los involucrados. Sin lugar a dudas.

    · Será contemporánea a los hechos
    evitando posponer su redacción (en los casos en que sea
    posible), solo es aceptable su confección a posteriori
    cuando la gravedad o urgencia en la atención médica
    lo justifique.

    · Hecha y firmada por él o por los
    médicos tratantes: Es muy común delegar en
    ayudantes no autorizados (estudiantes, auxiliares, secretarias,
    etc.) la confección de la historia clínica y otra
    documentación (órdenes de estudios complementarios,
    recetas, etc.) por partes de los médicos para evitar
    "pérdidas de tiempo". Hemos
    visto desastres

    redactados por ellos. Si se diera la circunstancia de
    que por problemas de demanda llegaran a manos del Juez nos
    veríamos en un conflicto
    agregado de severa sanción. La firma implica identificar y
    el hacerse responsable de aquellos actos médicos que ha
    recibido el enfermo.

    · Legible y sin tachaduras: Es común que
    los legos atribuyan a "letra de médico" lo ilegible y
    verdaderamente horroroso desde el punto de vista de lo
    lingüístico. Recomendamos que todos los escritos
    (incluso, por supuesto la Historia Clínica) sean
    confeccionados con letra clara que la Justicia pueda leer y sin
    tachaduras que puedan hacerle dudar de los contenidos.

    · No escribir sobre lo escrito: Toda enmienda que
    se redacte en la H.C. y que no sea salvada puede dar lugar a
    dudas por parte de los legistas y mal predisponer ante una
    demanda.

    · Coincidentemente con las anteriores se
    recomienda evitar borraduras que puedan pensar en ocultamiento de
    información.

    · Los espacios en blanco harán pensar en
    que el profesional actuante se halla predispuesto a agregar
    datos a
    posteriori.

    · Se evitarán los agregados en
    interlíneas por la posibilidad del supuesto de fraguar
    información.

    · Se aclararán los errores de escritura
    con resaltadores u otro método
    usual. Escribir "ERROR" y aclarar lo que sea redactado mal es una
    buena idea.

    · Las abreviaturas (S/P, HTA, URS u otros)
    harán que los Jueces y Abogados soliciten aclaraciones que
    no debe ser necesario hacer.

    · Las hojas serán numeradas (foliadas):
    pensemos que como todo documento debe tener las seguridades para
    si y para terceros que eviten las posibilidades, aún las
    mínimas, de adulteración. (4)

    · La Objetividad: será de buena norma
    tratar de evitar frases comunes como "compatible con", "parece
    ser", "impresiona como", etc.

    · Traslado de H.C.: Hemos visto a través
    de nuestra carrera toda suerte de absurdos. Uno de ellos se
    producía en nuestro Hospital.

    Un Servicio de
    Internación trasladaba parte de la H.C. al consultorio
    externo dejando en sala de internación solamente las
    indicaciones.

    Con ello no confeccionaba ficha clínica de
    consultorio externo y "ahorraba tiempo". Era digno de ver a esos
    profesionales correr de lado en lado buscando los "diferentes
    pedazos" de H.C. para rearmar, ante un pedido de la justicia, un
    documento que nunca habría que haber "disecado" como se
    hizo. En la búsqueda recorrían camas, baños,
    armarios, sillas, etc. La H.C. nunca se completaba, los
    resultados fueron en varias oportunidades dolorosos, algunos con
    demandas en curso actualmente.

    El traslado ser realizará en mano en caso de
    necesitar aclaraciones y retornará de ese modo al concluir
    el uso. En los ateneos anátomo clínicos el procedimiento
    será similar.

    · Parte Quirúrgico (P.Q.): En
    contraposición con el punto anterior aconsejamos el
    traslado de la H.C. completa a quirófano junto al enfermo.
    El Anestesiólogo incorporará al concluir la
    intervención quirúrgica (I.Q.) el parte
    anestésico, los especialistas (no cirujanos) sus
    informes.

    El Cirujano responsable redactará su informe
    donde constarán: 

    a. Hora de Inicio.

    b. Hora de Finalización.

    c. Nombre y Apellido del Paciente.

    d. Edad.

    e. Nº de H.C. (en nuestro Hospital se sigue el Tipo
    y Nº de Documento.

    f. Informe detallado de la I.Q. sin abstracción
    de ningún momento quirúrgico.

    Hemos visto P.Q. acotados a "cuatro palabras" que no
    sirvieron para aclarar nada. Ante la demanda y citado el
    cirujano, este debió declarar detalles que por el tiempo
    transcurrido no fueron ni completos ni claros, dejaron dudas a la
    justicia y fueron agravantes en el momento de la
    sentencia.

    Partes: 1, 2

    Página siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter