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Cambios económicos en el marco de una revolución democrática (Bolivia) (página 2)



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En agosto de 1971 asumió el mando del país
el coronel Hugo Banzer, por un período de siete
años, hasta 1978, dando continuidad a la época de
los gobiernos militares que desde hacia algunos años
dirigían el país. El coronel Banzer llevó a
efectos una política un tanto
conservadora en cuanto a economía, y hasta
cierto punto seguidora de sus predecesoras inmediatas. El pueblo
boliviano recuerda este periodo tristemente porque durante el
mismo sufrió la más cruel de las dictaduras; sin
embargo el acontecer mundial favoreció a Bolivia con el
aumento del precio del
petróleo y un siguiente crecimiento del
intercambio comercial, coyuntura que aprovechó Banzer para
la construcción de carreteras, mejoramiento de
aeropuertos, oleoductos y gaseoductos.

Lo anterior representó un aumento de la deuda externa
boliviana de 3000 millones. Pero aunque parecía que la
economía iba en ascenso nunca había estado Bolivia
más cerca de la crisis, ya que
a merced del acontecer externo, en la medida en que se
desarrollaron las grandes economías, se hizo más
difícil el intercambio que sustentaba al país
andino. Esto resultó evidente a principio de los 80 con el
recrudecimiento de las condiciones políticas
internas y la posterior asunción del poder por
Hernán Siles Zuazo. Fue entonces cuando la actividad
económica cayó considerablemente, en poco
más de un quinquenio y se produjo una hiperinflación que condujo a Bolivia, dado
un momento de auge neoliberal en América
Latina, a una plena subordinación a las leyes del
mercado, idea
iniciada en la búsqueda de la estabilidad
macroeconómica.

Todo comenzó desde el punto de vista legal con el
Decreto Supremo 21060, ya durante el nuevo gobierno de Paz
Estensoro, que de forma mesurada aplicó una
política de estabilización como antesala a
posteriores medidas más lejanas del Capitalismo de
Estado de años atrás. Este Decreto, en un actuar
inteligente y como reflejo de un modelo
neoliberal que pasaba por su fase primitiva en esta nación,
no reguló la capitalización ni la privatización de las empresas
estatales, fundamentales en el programa de
ajuste estructural de reforma estatal impulsado por el Fondo Monetario
Internacional (FMI), el Banco Mundial
(BM) y el Banco
Interamericano de Desarrollo
(BID). Por otra parte se descentralizó Yacimientos
Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) y la
Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) y se
procedió a la disolución de la Corporación
Boliviana de Fomento (CBF). Las principales reformas introducidas
por esta norma fueron: la reforma tributaria, la
liberalización parcial de la tasa de interés,
un tipo de cambio
competitivo y la apertura importadora. Pero una segunda fase no
se hizo esperar y en julio de 1987 el Decreto Supremo 21660
profundizó la apertura para las importaciones.
Como consecuencia de lo anterior en noviembre de 1990 cobra
vigencia una Nueva Ley de
Hidrocarburos N0. 1194, que introduce la figura de los
contratos de
asociación en exploración y explotación de
los recursos
naturales; y de igual forma en todas las otras actividades
relacionadas con el tema.

Ya avanzada la década de los 90 con el primer
mandato de Gonzalo Sánchez de Lozada, comenzó la
era capitalizadora y privatizadora de las empresas estatales,
para así pasar a manos de empresas extranjeras; la
propiedad,
la
administración y el control de las
empresas públicas. Ello fue implementado por la Ley de
Privatización Nº 1330 de abril de 1992 a partir de la
cual se transfirieron un total de 34 pequeñas empresas
estatales.Pero este fue solo el comienzo, ya que en 1994 la Ley
de Capitalización hizo efectiva la entrega al sector
privado de 10 de los principales monopolios
estatales.

En este tiempo y bajo
la coyuntura capitalizadora van a suceder importantes cambios en
el llamado sector estratégico boliviano, es decir el
sector de los hidrocarburos.
La empresa
estatal YPFB, creada en 1936 mediante Decreto Ley con el objetivo de
dirigir y fiscalizar toda actividad vinculada a la
explotación, exploración, producción y comercialización de Hidrocarburos, va ha
ser desarticulada para la posterior constitución de tres sociedades de
economía mixta; dos de ellas en
exploración/producción (Empresa Petrolera
Chaco y Empresa Petrolera Andina) y una en transporte de
estos recursos
naturales (Transredes). De esta forma se permitió que los
trabajadores adquirieran acciones de
sus respectivas empresas hasta el monto de sus beneficios
sociales; mientras el 50 por ciento restante del paquete
accionario de cada sociedad
anónima mixta fue entregado a nuevos propietarios
internacionales mediante un proceso de
licitación. Esta apertura a la inversión
extranjera en un sector tan sensible produjo la
pérdida por el Estado y el
pueblo boliviano de la propiedad y posibilidad de participar en
la toma de
decisiones, la generación, control y distribución de excedente económico
resultante de estas actividades. Esta vez toda búsqueda de
la igualdad
social se iba de las manos del Estado, en tanto dependía
de intereses imposibles de apartar del lucro personal. De esta
forma, en una fase final de la época de la
privatización, el saldo de empresas, en todos los
sectores, bajo este régimen era de 94,
convirtiéndose Bolivia hacia 1999 en el país con
mayor índice de privatizaciones en América
Latina.

Se impone en este punto un análisis más detallado de la
normativa fundamental que en los años 90 propició
la inserción de Bolivia al modelo neoliberal. Surgieron
entonces leyes claves para el sustento de las nuevas
políticas del gobierno, como:

  • Ley No. 1182 Ley de Inversiones
    (17 – septiembre -1990)
    . Donde en un texto
    relativamente pequeño se establecen facilidades para
    nuevas inversiones, ya sean nacionales o extranjeras, entre las
    que se encuentran: la libre determinación de los
    precios en
    el mercado (Art. 9) y la libertad de
    contratación laboral (Art.
    13), lógicamente estas medidas en tanto beneficiaban al
    inversionista , perjudicaban la situación del pueblo
    boliviano y la estabilidad del mercado interno .De igual forma
    se introduce la figura de los contratos de riesgo
    compartido(Art. 16), como nueva forma para efectuar la inversión de capitales. El objetivo
    fundamental de esta ley era abrir el camino a nuevas
    inversiones sin medir consecuencias, lo cierto es que ella fue
    la base para futuras normas
    más agresivas.
  • Ley No. 1544 Ley de Capitalización
    (21-marzo-1994).
    Esta vez se preceptúa la
    conversión de empresas públicas en sociedades de
    economía mixta, donde además podrán
    suscribir acciones los mismos trabajadores de las entidades
    (Art. 1). El segundo artículo es más
    específico autorizando la capitalización de
    Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, la Empresa
    Nacional de Electricidad,
    la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, la Empresa Nacional de
    Ferrocarriles y la Empresa Metalúrgica Vinto, de esta
    forma el sector estratégico de la economía
    boliviana ya no era del total dominio
    estatal. Igualmente queda establecido la manera en que se
    procederá a la capitalización y el límite
    de acciones en manos del inversionista (50%), todo ello en el
    artículo 4. Entre otros objetivos,
    que suponían cierto avance económico, con esta
    ley se pretendía lograr un mecanismo de ahorro para
    redistribuir los beneficios en la población. En fin, esta ley
    capitalizadora implementó la transferencia del 50 % que
    en las sociedades de economía mixta capitalizadas
    pertenecían al Estado, a un fondo fiduciario manejado
    por administradores de pensiones privados para beneficio de un
    segmento particular de la sociedad
    boliviana (Art. 6), surge así, posteriormente el Bono
    Solidario conocido como Bonosol, a otorgarse en pagos anuales
    vitalicios a todos los ciudadanos beneficiarios a partir de sus
    65 años de edad. Lo anterior como parte de una "política
    social", que dibujaba un entorno propenso a erradicar
    la pobreza,
    mientras las estadísticas a lo largo de los
    años se encargarían de mostrar una realidad
    colmada de carencias nada aliviadas por la existencia del
    Bonosol. Es justo resaltar que el artículo 11 alude a la
    supremacía constitucional y la inviolabilidad del
    artículo 139 de la Carta Magna
    Boliviana; pero esto bajo la realidad que define la
    capitalización y aleja las decisiones estatales de las
    distintas actividades económicas relacionadas con los
    hidrocarburos; no es más que un formalismo. Si a ello
    agregamos el criterio ya discutido del trato constitucional del
    tema, expuesto a todo tipo de interpretaciones debido al escaso
    desarrollo de un precepto (Art. 139) suficientemente ambiguo en
    el que se define al Estado como único encargado de la
    exploración, explotación, comercialización
    y transporte de hidrocarburos y al mismo tiempo se da la
    posibilidad de transferir estos derechos por un tiempo
    considerablemente extenso (40 años Art., 134); donde
    resulta difícil establecer la línea divisoria
    entre constitucionalidad e inconstitucionalidad.
  • Ley No. 1689. Ley de Hidrocarburos (30 -abril
    -1996)
    En lo concerniente al sector estratégico
    establece la necesaria celebración, para la
    exploración, explotación y
    comercialización de hidrocarburos, de contratos de
    riesgo compartido, por tiempo limitado, entre YPFB y personas
    individuales o colectivas, nacionales o extranjeras . El
    límite máximo de tiempo para la duración
    de estos contratos es de 40 años, según el
    artículo 23 de la Ley en cuestión, este
    término aún legitimado por el artículo 134
    de la Carta Magna
    boliviana resulta demasiado amplio si se trata de la
    explotación de recursos naturales de un peso
    indiscutible para la economía nacional. El
    artículo 18 referente a la forma de realización
    de los contratos de riesgo compartido en su inciso e inclina la
    balanza hacia los inversionistas, limitando las ganancias de
    YPFB a un 18%, es evidente que ello conlleva a un aumento de
    las inversiones y una consiguiente reducción de los
    ingresos
    estatales en cuanto a este sector. Luego los artículos
    50, 51 y 52 regulan respectivamente: la manera en que se
    efectuará la distribución del 18% correspondiente
    a YPFB, la creación de una Regalía Nacional
    Complementaria a la Producción de Hidrocarburos
    Existentes del 13% del valor de la
    producción fiscalizada de hidrocarburos existentes, que
    se liquidará y abonará mensualmente y en forma
    directa por los productores al Tesoro General de la Nación y la estabilidad de este
    régimen de patentes y regalías durante la
    vigencia de los contratos de riesgo compartido. Es importante
    resaltar que la política antes mencionada también
    era aplicada según el articulado de esta ley a aquellas
    empresas que sucediesen a YPFB como resultado del proceso de
    capitalización de las unidades de exploración,
    explotación y comercialización.

Es preciso señalar que el error no
radicó, del todo, en el fomento de la Inversión
extranjera y la capitalización como método
para salvar la economía boliviana, sino en la forma
desmedida en que estas fueron utilizadas y una normativa que
apuntaba más a la desregulación que a la debida
regulación . De igual manera el pensar que solo, con
este tipo de medidas se podía mejorar la
situación económica existente, no fue una
opción adecuada.

El reflejo negativo de las desacertadas
políticas económicas adoptadas en esta
década, neoliberal por excelencia, no se hizo esperar.
Hacia 1998 se produjo una nueva crisis económica que
como era lógico tuvo una marcada incidencia en la
economía extremadamente abierta y susceptible de
Bolivia. La apertura comercial Boliviana no fue de la mano del
crecimiento
económico, aunque no se debe negar que en un inicio
existió cierta disminución de la
inflación; más bien se fomentó la exportación de materias primas
principalmente en los sectores de hidrocarburos y minería,
obviándose la esfera productiva y con ello el devenir de
una inestabilidad en el crecimiento, dependiente del mercado
internacional. Definitivamente las facilidades para la
inversión extranjera no resolvieron el problema y en
1999 cuando existían 985,20 millones de dólares
procedentes de capitales extranjeros invertidos en el
país, cifra nunca antes lograda, el porcentaje de
crecimiento del PIB fue el
más bajo registrado en mucho tiempo (0,3 %). Bolivia
sufrió un proceso en el que la actividad industrial
perdía cada vez más fuerza, en
1985 el PIB de la industria
representaba el 16 % del total y en el 2005, el grado de
industrialización bajó a 11,7%. Fue así
como lo que comenzó en lo años 80 con la
búsqueda de la estabilidad económica se fue
inclinando hacia una política, que en lo concerniente al
desarrollo interno fue neutral e ineficiente, condicionando
entre 1999 y 2004 un decrecimiento del promedio del producto
interno de 2,2%, la mitad de la tasa registrada en años
anteriores. También fue evidente el crecimiento del
saldo de la deuda externa, la cual duplicó con creces su
valor entre 1980 y 2003, logrando un total de 4794 millones de
dólares.

He aquí que nos encontramos en el punto de
partida, la entrada de Bolivia al mundo globalizado a favor del
libre mercado , solo perfeccionó una economía por
años colonizada y extremadamente dependiente .Esta vez
el Derecho obedeció a una voluntad política
viciada por influencias externas que parecían dar la
solución, mientras frenaban el avance nacional. Cada
nueva norma en los últimos años fue el resultado
de un Estado que se apartaba del control de la actividad
económica de las empresas transnacionales y, a la vez,
olvidaba su labor como Estado- Empresario
del mismo modo, Estado-control.Todo ello al amparo de
designios constitucionales que no dejan claro el papel del
Estado en la Economía.

Es entonces cuando el ciudadano boliviano agobiado por
la extrema pobreza,
carente de fuentes de
empleo y
marginado de la política económica, acude a
métodos
no convencionales de participación en la toma de
decisiones políticas y traza el camino a seguir para el
necesario cambio. A
penas iniciado el nuevo milenio ya Bolivia sufría un
estallido de reclamos sociales como respuesta a las
políticas destinadas a la entrega de los recursos
naturales. Estas protestas fueron intensificándose y
condujeron, incluso, a la renuncia de más de un
presidente constitucional, que lejos de responder las
peticiones populares contribuyó con sus decisiones a
afianzar el modelo económico neoliberal. Nuevamente el
Derecho toma el papel protagónico y el 18 de julio del
2004 se realiza una consulta popular mediante
Referéndum, con el objetivo principal de modificar el
destino del sector estratégico boliviano. Los resultados
de esta consulta evidenciaban un ambiente
propicio al retorno de los principales bienes
nacionales a manos del Estado. Solo que no es hasta mayo del
2005,bajo nuevas y más intensas presiones sociales, que
se hacen efectivos legalmente los resultados del mencionado
referéndum; con la nueva Ley de Hidrocarburos, la cual
abroga la Ley de Hidrocarburos Nº 1689, de 30 de abril de
1996. Esto último como parte de un Capitulo II en el
Titulo I destinado al cumplimiento y ejecución, en cada
una de sus cláusulas, de lo popularmente acordado el 18
de julio del 2004. La refundación de Yacimientos
Petrolíferos Fiscales Bolivianos, para asegurar la
participación estatal en toda la cadena productiva
concerniente a los hidrocarburos; y la obtención del 50%
del producto de la actividad hidrocarburífera por el
Estado boliviano son otros de los logros alcanzados por esta
ley en sus artículos 6 y 8 respectivamente. El efectivo
cumplimiento de la normativa en cuestión no podrá
evidenciarse de inmediato debido a las difíciles
condiciones en las que se encontraba entonces Bolivia; para
ello será necesario la llegada al poder de un gobierno
con amplio respaldo popular y un sólido programa
económico que revierta el orden hasta ese momento
existente.

El
Movimiento Al
Socialismo en
el progreso económico.

Los miembros del Movimiento Al Socialismo, conscientes
de la realidad económica-social imperante en Bolivia hacia
el año 2005 y herederos de una historia colmada de
opresión, exclusión económica y constantes
luchas sociales en busca de una nación más
equitativa; elaboraron un programa político con propuestas
económicas coherentes. A continuación los
principales cambios económicos a efectuarse en Bolivia
desde la visión planteada por MAS en su programa de
gobierno:

  • Nacionalización de los recursos naturales en
    beneficio de pueblo boliviano.
  • Movilización de las energías nacionales
    a través de un nuevo modelo económico
    participativo
  • Recuperación nacional y fortalecimiento de las
    Empresas estratégicas del Estado, dentro de una planificación global e integradora de la
    economía nacional, con participación
    popular dentro un sistema
    comunitario de explotación.
  • Redistribución y racionalización del
    ingreso nacional para aumentar la capacidad adquisitiva de los
    sectores populares.
  • Postergación del pago de la deuda externa, de
    sus intereses y amortizaciones.
  • Rechazo del neoliberalismo que impone al pueblo condiciones
    y sacrificios insoportables de miseria, de desocupación, de salarios
    insuficientes, contribuciones impositivas injustas, así
    como una enorme cuota de privaciones, desesperanzas e
    incertidumbres.
  • Reactivación de la industria nacional,
    aprovechamiento de toda su capacidad instalada y la
    adquisición obligatoria de los bienes y productos de
    la industria nacional por las instituciones, empresas estatales
    descentralizadas, sector
    público y empresas privadas que explotan recursos
    naturales no renovables.
  • Reagrupamiento de la tierra,
    reversión al Estado de los latifundios y parcelas
    improductivas, dotación de territorio a los pueblos y
    comunidades indígenas originarias y campesinas para
    satisfacer sus necesidades y requerimientos y apoyo productivo
    del agro en sus aspectos de producción, créditos, insumos,
    comercialización, almacenamiento, tecnificación,
    transporte, seguro de
    precios y otros para impulsar el desarrollo y la
    modernización de las áreas rurales.

Lo anterior es el sustento de lo que Álvaro
García Linera, actual vicepresidente de la
República, define como Capitalismo
Andino-amazónico. Él mismo explica que este es un
modelo de desarrollo concebido dentro del capitalismo que se
entiende como el equilibrio y
aporte al progreso nacional de las tres plataformas
económicas vigentes en Bolivia: la moderna o estrictamente
industrial, la andina comunitaria y la amazónica; las dos
últimas partiendo de criterios regionales y culturales.
Esto no es más que brindar una oportunidad de desarrollo a
los segmentos mayoritarios de la vida económica boliviana
que han sido desconocidos y maltratados por la existencia de
grandes empresas tanto nacionales como internacionales. Este
programa pretende otorgar a las fuerzas comunitarias, artesanales
y a los pequeños productores, la capacidad de auto
organizarse y prosperar guiados por un Estado que regula y dirige
la actividad económica a todos los niveles, incluso
aquellos más industrializados. Un Estado que transfiere
recursos al ámbito comunitario para potenciar el
desarrollo mercantil propiamente andino y amazónico, es
decir con plena identidad.

En resumen, el programa de Gobierno del MAS, en su
aspecto económico, apunta hacia una evidente
eliminación de toda sombra neoliberal. La necesaria
intervención del Estado en la Economía boliviana,
defendida por el mencionado partido de izquierda, no parece ser
el regreso a un modelo completamente estatizado. Se observa
entonces la intención de que el Estado retome, con la
fuerza debida, su función de
guía de la sociedad; como máximo ente encargado del
equilibrio entre crecimiento económico y progreso social.
Más allá de seguir esquemas que dividen las
tendencias de las políticas económicas entre: la
libertad de mercado y el dominio económico totalitario del
Estado ; el MAS habla de un modelo económico que dentro
del sistema capitalista destaca la participación de todos
los sectores ,propuesta cercana a la idea actualmente dominada de
una Economía Social y Participativa .Lo
cierto es que entre las necesidades apremiantes de los bolivianos
está la oportunidad de ser parte , no solo de la toma de
dediciones públicas de carácter económico, sino
también de todo el proceso productivo, incluyendo el
disfrute de los beneficios. Una participación que se
implementa desde la nacionalización de los recursos
naturales, la redistribución de las tierras improductivas
beneficiando al pueblo boliviano en general. Es evidente que una
vez en el poder el MAS, habrá de aludir a la posibilidad
de crear Derecho que presenta el Estado para materializar y
legitimar su política.

Nuevas Medidas Revolucionarias.

Luego del 22 de enero del 2006, Bolivia vive el momento
de llevar a efectos todo lo propuesto en el programa
económico del MAS. Existen entonces medidas que no se
pueden hacer esperar como parte de la construcción del
nuevo modelo económico propuesto y en respuesta a
sólidas demandas populares. En el transcurso del
año 2006 la norma se torna lenguaje del
Movimiento Al Socialismo, como partido en el poder
ejecutivo, fundamentalmente en aquellos temas relativos al
sector estratégico y la política sobre la Reforma
Agraria.

  1. Sector Estratégico(
    Hidrocarburos):

En este caso el texto legal que cambia la
situación existente, es el Decreto Supremo No. 28701
"HEROES DEL CHACO" (mayo/2006), sobre la Nacionalización
de los Hidrocarburos. Este decreto desarrolla la Ley No. 3058
(mayo/2005) anteriormente tratada. Entre los cambios que
reglamenta en el sector estratégico boliviano se
encuentran:

  • Centralización de la actividad productiva
    hidrocarburífera en la empresa pública
    Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos. ( Art.
    2.1)
  • Suscripción de nuevos contratos de
    inversión en el sector acorde a los preceptos
    constitucionales (Art. 3.1).
  • Establecimiento de la participación del
    Estado en un 82% del valor de la producción y en un
    18% para las compañías que realizan la
    actividad, durante el periodo de transición (Art.
    4.1).
  • Transferencia en propiedad a YPFB de las acciones
    de los ciudadanos bolivianos que formaban parte del Fondo de
    Capitalización Colectiva en las empresas petroleras
    capitalizadas: Chaco SA., Andina SA. y Transredes S.A.; y
    asunción por el Estado del pago del BONOSOL (Art.
    6).
  • Plena participación del Estado en toda la
    cadena productiva del sector de Hidrocarburos (Art.
    7.1).

A la luz de este
decreto El Gobierno de Bolivia ha negociado 44 contratos
petroleros con 12 empresas multinacionales hasta el 1 de
noviembre de 2006, los cuales luego fueron aprobados por el
Congreso bajo la modalidad de Contratos de Operación,
quedando así obsoleta para este caso la modalidad
anteriormente existente (contratos de riesgo compartido). Estos
contratos se refieren a las mismas áreas en las que, las
empresas operaban anteriormente, y en su mayoría son por
un plazo de 30 años; solo que esta vez las condiciones son
más favorables para el desarrollo
económico de Bolivia. Las diferencias con la
política seguida en el pasado, son palpables, ya que esta
voluntad de partes comprende en sus cláusulas
fundamentales:

  • Comercialización de los productos en su
    totalidad por YPFB.
  • YPFB como única propietaria de los
    hidrocarburos.
  • Incremento del nivel de control y
    fiscalización: YPFB pasa a aprobar planos de trabajo,
    costos
    recuperables y procesos
    de licitación.

De esta manera se asegura la inversión de las
ganancias obtenidas en la explotación, exploración,
producción y comercialización de hidrocarburos; en
el proceso de desarrollo de la economía mercantil de base.
Existe además una reivindicación del Estado no solo
como director de los sectores más importantes de la
economía nacional, sino también en la
materialización de la dimensión Estado-empresario.
Por demás con este decreto se elimina todo resto de las
anteriores políticas neoliberales que apartaban a la
ciudadanía del dominio de los recursos
naturales patrios, al eliminarse los beneficios antes otorgados a
los inversionistas tanto nacionales como
internacionales.

2. Política sobre la Reforma
Agraria:

En el marco de la regulación legal de
políticas revolucionarias en materia
económica, es oportuno resaltar la aprobación en
noviembre del 2006 de la Ley de Reconducción Comunitaria
de la Reforma Agraria, que modifica la Ley del Servicio
Nacional de Reforma Agraria No. 1715 (octubre /1996), ya que a
pesar de la regulación distinguida que merece el tema
agrario en Bolivia, no es posible negar la importancia que
entraña el mismo como base para el fomento de una
economía comunitaria. Además con esta norma se
tributa sustancialmente a lo que se identifica como modelo
participativo, destacándose la inclusión de los
sectores mayoritarios de la sociedad en la tenencia de las
tierras y la consecuente producción agrícola. En su
contenido resaltan medidas que benefician el progreso
económico y social de Bolivia como son:

  • Ampliación de la concepción de
    Función Económica Social que han de cumplir las
    tierras.
  • Establecimiento de garantías legales a los
    Derechos de los Pueblos Originarios en la posesión de la
    tierra.
  • Democratización del Servicio Nacional de
    Reforma Agraria, al aumentar la composición de la
    Comisión Agraria Nacional con representantes de los
    distintos movimientos sociales bolivianos.
  • Ampliación de las causales de reversión
    de la tierra y los Principios
    Generales de las Justicia
    Agraria en correspondencia con la nueva definición de
    Función Económico Social de la
    tierra.

Otras medidas:

  • El 21 de marzo del 2006 fue implementada mediante
    Decreto Supremo No. 28653, la Tarifa Dignidad en
    el sector de los servicios
    eléctricos. Esta medida consiste en un necesario
    descuento de la tarifa a pagar, por la prestación del
    servicio de electricidad, para los consumidores domiciliarios.
    Todo ello como resultado de la firma, en igual fecha, del
    Convenio de Alianza Estratégica del Gobierno de la
    República de Bolivia y las Empresas que operan en el
    Mercado Eléctrico Mayorista.
  • En cuanto al transporte por carreteras es importante
    destacar la aprobación en este año de las Leyes
    No. 3506 y No. 3507 de 27 de octubre de 2006, las cuales
    terminaron con el antiguo Servicio Nacional de Caminos para
    así crear la Administradora Boliviana de Carreteras
    (ABC).Fundamentalmente la Ley 3507, define a la ABC como una
    entidad pública dotada de la debida personalidad
    jurídica y poseedora de autonomía para la
    realización de la labor que le corresponde. Todo lo
    anterior habrá de condicionar un impulso al desarrollo
    de todas las funciones de la
    administración vial en Bolivia, de
    fundamental importancia.
  • Como parte de una política destinada a
    recuperar el espacio de la empresa estatal en la
    economía boliviana, otra medida fue tomada el 31 de
    octubre del 2006, se trata del Decreto Supremo No. 28901, esta
    vez relacionado con el tema de la minería que pasa a
    manos de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) todo
    lo relacionado a la actividad a realizar con los yacimientos
    del cerro Posokoni en el Departamento de
    Potosí.

Resultados económicos alcanzados en el
año 2006.

Acorde al criterio de expertos en Bolivia se ha iniciado
un nuevo ciclo económico-social sustentado en la nueva
política del gobierno del MAS. La misma ha demostrado
tener como premisa la preservación del equilibrio
macroeconómico, unido a los necesarios cambios
estructurales para eliminar la pobreza, contribuyendo así
a un crecimiento económico que se traduzca en beneficios
sociales. Numerosos datos muestran el
real avance económico del país andino en el
año 2006 y la incidencia que en ello tuvo fundamentalmente
la Nacionalización de los Hidrocarburos implementada
mediante Decreto Supremo No. 28701 , representando un importante
viraje para la economía boliviana.

De modo general, en Bolivia se evidenció en el
2006 un crecimiento del Producto Interno
Bruto de más de un millón y medio de
bolivianos, equivalente a un 4,5%. Lo anterior está
acompañado de una tasa de desempleo, que
descendió sustancialmente de un 8,15% en el 2005 a un 7,6%
en el 2006.De igual forma la deuda externa pública de
mediano plazo alcanzó el saldo más bajo desde 1984,
esta vez con $3234,5 millones. Entre las más sorprendentes
cifras logradas se encuentra el registro de un
superávit fiscal
considerado el más alto en 66 años,equivalente a un
5,9% del PIB, en oposición al déficit existente el
año anterior de -2,3%.Además existen tendencias
guiadas hacia el equilibrio fiscal en los próximos
años.

Sin dudas el 1 de mayo y la creación del Decreto
Supremo "HEROES DEL CHACO" marcó un antes y un
después de la Nacionalización de los Hidrocarburos.
Bajo las nuevas condiciones implementada por esta normativa, las
recaudaciones provenientes del sector de hidrocarburos
constituyeron un factor determinante del superávit fiscal,
representando el 13.4% del PIB. La venta de
hidrocarburos tuvo un crecimiento del 368%, reflejándose
las ventas
realizadas en el mercado interno por parte de YPFB, empresa
estatal cuyo dominio de la actividad del sector es fundamental en
todo progreso registrado. Por su parte la entrada en vigor de los
nuevos contratos de exportación de gas a Brasil y
Argentina condicionó en el tercer trimestre de 2006, una
tasa de crecimiento de 9,1%, con una incidencia de 1% en la tasa
global del PIB. Todo ello condiciona que los ingresos totales por
hidrocarburos constituyan el 16% del PIB. Los beneficios
aportados, a la economía boliviana, a raíz de los
cambios en el sector estratégico amparados como se conoce
legalmente; se proyectan hacia el futuro en la previsión
de una tasa de crecimiento en el año 2007 del 5%.Esto no
solo está sustentado en las actividades extractivas, sino
también en una nueva Ley de Tierras, encaminada al mayor
aprovechamiento de las tierras y consecuente aumento de la
productividad
agrícola, así como el fortalecimiento del mercado
interno.

De momento las cifras citadas han hallado
expresión en el ámbito social, puesto que con los
recursos derivados de la Nacionalización de los
hidrocarburos se ha creado, por el gobierno de Evo Morales, el
bono escolar Juancito Pinto, que aporta financiamiento
a las escuelas públicas. Ello se hace acompañar de
una voluntad política determinante de la equitativa
distribución de los frutos del crecimiento
económico, como motor impulsor de
un desarrollo que parta de la esencia productiva de pueblo
boliviano.

Un
nuevo Modelo Económico en las propuestas hacia la Asamblea
Constituyente.

El análisis de las medidas tomadas por Evo
Morales en el marco de una Revolución
Democrática; y la lectura de
los resultados materiales
derivados de estas decisiones , no son más que la
implementación de un nuevo modelo económico, ya
explicado en el programa del Movimiento Al Socialismo. Esta
opción no surge de la nada, sino producto de una
situación económica consecuencia de
políticas neoliberales y siglos de exclusión de
sectores de importancia básica en la economía
patria. Es la respuesta a la necesidad de refundar
económica y socialmente un país cuya estructura
estatal ha negado su esencia productiva y los requerimientos de
los más perjudicados.

Resulta imposible que se encuentre ajena a cualquier
error en el orden nacional, la Constitución
Política del Estado, la cual en correspondencia con una
nefasta situación que en gran medida ella misma ha
condicionado, muestra sus
debilidades. Es por ello que la refundación de una
nación lleva implícita una reforma constitucional
total, como la que acontece en Bolivia. Todo Proceso
Constituyente abre las puertas a un cúmulo de propuestas,
de una u otra forma, coincidentes con las condiciones materiales
que propician el cambio. Revertir un orden económico es el
principio para un cambio total y necesario, esto solo se
logrará una vez que la solución quede debidamente
legitimada en un nuevo texto constitucional.

Obedeciendo los criterios anteriores el Movimiento Al
Socialismo propone una nueva regulación del Régimen
Económico en la futura Carta Magna, que no solo supla las
carencias de la actual, sino que también defina un camino
a construir sobre la base de la participación popular en
la economía y el control estatal. Según los
contenidos a regular en esta parte del texto y desde una primera
visión, lo propuesto por el MAS es, en cuanto
a:

  1. Derechos Económicos:
  • Reconocimiento del Derecho a la propiedad, en sus
    formas individual y colectiva en la parte correspondiente a
    derechos individuales.
    • Distribución equitativa de las
      riquezas.
    • Participación del Estado en la
      Economía.
    • Solidaridad regional.
    • Correspondencia entre la iniciativa privada y
      Economía Social y Comunitaria.
    • Fortalecimiento de la Soberanía económica.
      Regulación de los Bienes Nacionales:
    • Propiedad del pueblo sobre los recursos naturales
      y estratégicos y administración por el Estado mediante
      empresas Estatales.
    • Consulta a los pueblos indígenas sobre las
      decisiones en torno a
      los recursos naturales que se encuentren en su
      territorio.
    1. Política Económica
      Estatal:
    • Desarrollo de una economía planificada por
      el Estado con el apoyo de la consulta
      ciudadana.
    • Fomento por el Estado de la iniciativa privada a
      todos los niveles siempre que esta contribuya al Desarrollo
      nacional.
    • Reconocimiento e impulso de la propiedad
      colectiva y estructuras asociativas dando prioridad a la
      economía comunitaria.
    1. Política Financiera:
    • Sistema basado en la solidaridad y equilibrio entre regiones
      acorde a una nueva estructura.

    Esta continúa siendo una idea que aún
    adolece de profundidad y un debate
    enriquecedor; donde se debe acotar la necesaria
    ampliación de aspectos puntuales, como es el caso de
    los derechos económicos, los cuales no son tratados
    íntegra y organizadamente. Tampoco se hace referencia
    expresa al tema de la protección nacional ante nuevas
    posibilidades de endeudamiento internacional que afecten el
    debido desarrollo. Sin embargo más allá de los
    fundamentos teóricos este primer planteamiento
    responde a un sentir generalizado dentro de la sociedad
    boliviana, ávida de intervenir tanto en la toma de
    decisiones económicas, como en la propia actividad
    productiva. Tanto es así que no solo este partido
    político con amplio respaldo social ha traído a
    colación un cambio en el orden socio-económico.
    Otras propuestas defensoras de la misma idea son las
    de:

      • Distribución equitativa de las
        riquezas como principio.
      • Defensa de los hidrocarburos como patrimonio nacional
      • Fomento de la productividad por el Estado
        basado en diversas formas de organización empresarial
        (comunitaria, PYMES y grandes empresas)
      • Implementación de una nueva política financiera que determine
        una deuda externa en condiciones
        favorables.
    1. Partido Político: Movimiento Bolivia
      Libre.
    2. Coordinadora de Integración de Organizaciones Económicas Campesinas
      de Bolivia.
    • Reconocimiento y fomento de la economía
      comunitaria.
    • Protección de la propiedad
      colectiva.
    • Protección e impulso del mercado
      interno.

    Consideraciones Finales.

    Las nuevas tendencias de reforma en el ámbito
    económico han demostrado una vez más el
    carácter obsoleto de los preceptos constitucionales en
    este tema. Los mismos preceptos que debido a su flexibilidad
    han fomentado durante una cantidad importante de años
    la estabilidad y duración del mencionado texto. Esta
    estabilidad se vio quebrantada cuando el carácter
    flexible hizo viable la implementación de
    políticas abusivas, que a mediano plazo provocaron una
    catástrofe económica, social y política
    en Bolivia. Por tanto resulta evidente la inmediata necesidad
    de una normativa constitucional establecedora de principios
    de mayor especificidad que ilustren claramente el camino a
    seguir. Surge entonces, la idea del capitalismo
    andino-amazónico como reflejo de nuevas ideas
    encaminadas a la legitimación de un modelo donde la
    sociedad en su conjunto sea el centro de desarrollo
    económico, y no el mercado como sucedía hasta
    el momento. Aquí toma protagonismo el binomio
    Estado-Ciudadanía, ya que ambos han de marchar de la
    mano camino al progreso. Por su parte, en Bolivia, el
    término ciudadanía merece un rescate desde
    todos los sectores, debido a la diversidad cultural existente
    en un mismo marco nacional, que se traduce en diversidad
    productiva. Por tanto la consagración constitucional
    de un nuevo modelo que incentive la participación
    económica popular bajo la dirección estatal como salvaguarda de
    intereses colectivos, es fortalecer la condición
    legitimadora suprema de la normativa constitucional, como
    punto de partida y cúspide en la implementación
    de un modelo que responde a una Economía Social y
    Participativa.

    Bibliografía

    • Bassols Coma, Martin. Constitución y
      Sistema Económico. Madrid
      1988.
    • Dorado Aranibar, Hugo y Humérez Quiroz,
      Julio. Una aproximación de los determinantes del
      crecimiento económico en Bolivia
      1960-2004.
    • Lenguitti, Rosalía. Nuevos aires para la
      América Latina.
    • Mansilla, H. C. F. Para entender la
      Constitución política del Estado.
    • Quintana Taborga, Juan Ramón. Bolivia entre la crisis y el
      caos: ¿Existe una salida negociada?
    • San Miguel Giralt, Johannes. El camino de la
      emancipación: La Propuesta Económica del MAS
      a la Constituyente.
    • Sunkel, Osvaldo. En busca del desarrollo
      perdido.
    • MAS-IPSP. Refundar Bolivia para vivir
      bien.
    • CIOEC Bolivia. Propuesta para la Asamblea
      Constituyente. Régimen Económico y
      Régimen Agrario.
    • Villegas Quiroga, Carlos. Rebelión popular
      y los derechos de propiedad de los
      hidrocarburos.
    • Zegada, Oscar. Regímenes de la C.P.E.
      Regímen Económico y Financiero. Seminario
      anual de la Federación de Entidades Privadas de
      Cochabamba.

    Legislación

    • Decreto Ley 10170.
    • Decreto Supremo 21060.
    • Decreto Supremo 21660(julio/1987).
    • Ley No. 1182 Ley de Inversiones
      (septiembre/1990).
    • Ley No. 1544 Ley de Capitalización
      (marzo/1994).
    • Ley No. 1689 Ley de Hidrocarburos
      (abril/1996).
    • Ley No. 1715 Ley del Servicio Nacional de Reforma
      Agraria (octubre /1996).
    • Ley No. 3058 (mayo/2005).
    • Decreto Supremo No.
      28653(marzo/2006).
    • Decreto Supremo No. 28701 "HEROES DEL CHACO"
      (mayo/2006).
    • Ley No. 3506 (octubre/2006).
    • Ley No. 3507 (octubre/2006).
    • Decreto Supremo No.
      28901(octubre/2006).
    • Ley de Reconducción Comunitaria de la
      Reforma Agraria (noviembre/2006).

    Biografía de la autora:

    Licenciada en Derecho Yamisell Góngora
    García (Bakú, Azerbaiján, 1985).
    Egresada de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana en junio del 2007.
    Durante el transcurso de su carrera universitaria
    formó parte del Departamento de Asesoría
    Jurídica de la Facultad en cuestión, en
    condición de alumna ayudante. En virtud de dicha
    categoría impartió clases con carácter
    eventual a años inferiores de Derecho Económico
    y durante el curso 2006-2007 realizó actividades
    vinculadas a la docencia
    como miembro de la Cátedra Nacional de Derecho del
    Programa de Formación de Trabajadores Sociales
    Extranjeros. Participó como ponente en el Evento
    Internacional de Democracia
    y Sistemas
    Políticos celebrado en La Habana, Cuba en
    marzo del 2007, auspiciado por la Unión de Juristas de
    Cuba; así como en el Taller del Centro de Investigaciones Jurídicas del
    Ministerio de Justicia de Cuba , correspondiente al
    año 2007.

     

    Autora:

    Lic. Yamisell Góngora
    García

    Facultad de Derecho

    Universidad de La Habana

    Ciudad de La Habana, Cuba.

    Abril del 2007

  1. Principios del Régimen
    Económico:

Partes: 1, 2
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