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Causas y Consecuencias de la Despenalización del Aborto (página 2)



Partes: 1, 2, 3

OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN

Objetivo General:

  • Identificar causas y consecuencias con
    relación a la despenalización del aborto.

Objetivos Específicos:

  • Describir la situación actual, en materia
    legislativa, sobre aborto.
  • Identificar las causas que inciden en la
    despenalización del aborto.
  • Identificar las consecuencias que tendría como
    resultado la despenalización del aborto.

JUSTIFICACIÓN

El tema de investigación a desarrollar reviste gran
importancia, por entender que las respuestas a la
despenalización del aborto son necesariamente complejas.
En el análisis del mismo se pretende enfocar
desde una perspectiva política, que sea
dirigida en primer término a:

1- Ofrecer a la población información amplia sobre el problema objeto
de dicha investigación y el impacto que causaría la
despenalización del aborto, incidiendo de manera indirecta
en elevar el porcentaje de abortos en comparación con el
que existe en la actualidad.

2- Dar a entender que a quienes directamente daña
y afecta la despenalización del aborto es a la madre y al
feto, por
tanto los resultados de esta investigación deberán
servir para que la sociedad en
general reflexione.

3- Pretender llamar la atención de nuestros legisladores y del
Poder
Ejecutivo sobre la problemática que causaría la
despenalización del aborto.

4- Informar y educar a los jóvenes, pues a pesar
de que en la actualidad existe una gran variedad de métodos
para el control de la
fertilidad, embarazos no deseados y el aborto, son
problemas que
frecuentemente enfrenta una gran cantidad de mujeres de todas las
edades y de todos los ámbitos sociales.

5- Existe la certeza de que el acceso a la
información permite un ejercicio más responsable de
la sexualidad y
contribuye de manera importante a disminuir el riesgo de un
embarazo no
deseado que en definitiva es lo que induce a terminar con la vida
de un ser inocente y con derecho a nacer.

Capítulo I: Aspectos
Metodológicos de la Investigación

1.1 Tipo de Investigación

El tipo de investigación que realizaremos es de
carácter exploratorio-descriptivo, ya que
podremos llegar a identificar cuales son las causas que alegan
los legisladores para despenalizar el aborto y cuales
consecuencias traería dicha aprobación.

Con el método
descriptivo nos permitiremos describir en forma clara y precisa
los pasos que vamos a seguir para tener una buena
trayectoria

y desarrollo de
nuestro tema.

En el método documental se recopilaran datos
documentales, dentro de los cuales nos podremos referir a las
estadísticas existentes en el hospital
Nuestra Señora de La Altagracia, en materia de aborto,
folletos, publicaciones, etc.

1.2 Fuentes
Técnicas de la
Información

Las fuentes técnicas de la información son
los medios que
usaremos para desarrollar el tema que hemos elegido, las mismas
se dividen en:

1.2.1 Fuentes Primarias

Esta investigación será realizada tomando
como fuentes primarias datos estadísticos adquiridos en el
Hospital Nuestra Señora de La Altagracia y dos encuestas
aplicadas a una muestra
representativa de cien individuos.

1.2.2 Fuentes Secundarias

Las fuentes secundarias utilizadas en el desarrollo de
esta investigación serán: textos, revistas, datos
de Internet,
boletines, brochures, Código
Penal Dominicano, Constitución, leyes, entre
otros.

1.3 Tratamiento de la
Información:

El tratamiento de la información se
realizará mediante la observación, análisis y
tabulación de los resultados arrojados por la encuesta.

1.3.1 Población y Muestra:

La población es de 88,782 adultos, mayores de
edad, hombres y mujeres.

La muestra seleccionada fue de forma aleatoria simple al
azar se tomo una población de cien individuos de los
habitantes del municipio de Higüey, trabajamos con un margen
de error de un 10% y un nivel de confianza de un 95%, las
probabilidades a favor fueron de un 50% y por tanto las
probabilidades en contra fueron de un 50%. Para esta
información utilizamos la tabla para determinación
de la muestra, sacada de población finita en base a la
curva normal de probabilidades de Kart Gaus. (ver anexo No.
10).

Si observamos en la tabla la amplitud de la
población de 50,000 y 100,000 elementos permite tomar una
muestra de cien elementos y como la población objeto de
investigación es de 88,782 está dentro del
parámetro de cien por lo tanto utilizamos esta cantidad
como muestra.

1.4 Análisis de la Muestra:

La investigación fue realizada entre la segunda y
tercera semana del mes de mayo del año 2007.

La encuesta se realizó a cien habitantes adultos
y de ambos sexos del municipio de Higüey.

1.5 Trabajo de
Campo

Para un mejor discernimiento de esta importante
investigación, se anexa la tabulación de las
encuestas demostrando los resultados obtenidos mediante gráficos. Tomando en cuenta que la muestra
objeto de estudio de esta investigación se tomó de
cien personas entrevistadas de un total de 88,782 personas que
conforman la población higüeyana adulta.

La investigación está argumentada en un
sistema de
cuestionarios de preguntas abiertas y cerradas aplicados de
manera personal.

Capítulo II Marco de
Referencia

2.1 Marco Histórico

El pasar del tiempo, trae
consigo grandes avances en la ciencia y
la tecnología, por tal razón,
consideramos que deberíamos tener mejores condiciones de
vida, más paz y justicia;
podemos ver que este desarrollo es simplemente material, por lo
que no es fuente de superación para los seres humanos, sin
embargo, la ciencia y su
desarrollo han dado al hombre
fuerza de
destrucción mediante sus armas
modernas.

Gracias a los grandes avances, el hombre de
hoy cuenta con grandes conocimientos en la genética,
en la medicina
general, y en la ginecología; partiendo de ahí
vemos que muchos niños
nacen prematuramente y son salvados gracias a dichos
avances.

Hace más de 3000 años en Babilonia se
promulgó el código de Hammurabí, en el
año 1728 antes de Cristo, el cual imponía fuertes
disposiciones contra el aborto, que iban desde multas
económicas con monedas de plata hasta la omisión de
la vida en ciertos casos.

En Ashur, ciudad a orillas del Tigris en Babilonia, se
acopian esas mismas crueldades para castigar el aborto. Los
asirios y babilonios en sus legislaciones advierten penas
económicas a pagarse en las minas de plomo, azotes y penas
de muerte, cuando
se supone que el feto está vivo, esta pena era cumplida
"aún cuando el feto fuera femenino", estos pueblos
consideraban que la mujer era un
ser inferior y a pesar de tenerla al menos, igual daban alto
valor a la
vida y pagaban la muerte del
feto con la vida de quienes incitaban al aborto.

De los hebreos encontramos, poca información;
puesto que ellos no tenían mucha literatura al respecto.
Ellos consideraban a la criatura parte de la madre y dependiendo
del tiempo de gestación, al momento del aborto era mayor
la crueldad del castigo, pues, entendían que mientras
crecía el embrión, adquiría su
autonomía.

Los hindúes condenaban el aborto ya sea provocado
por la madre o con su consentimiento. Consideraban que la causa
del aborto se encuentra en el olvido de las enseñanzas de
los vedas.

Los budistas, basándonos en los textos vinayas,
consideran reprobable causarle la muerte al otro. A pesar de los
errores de la legislación de Grecia y
Roma, eran de
tipo socialista y por tal razón consideraban a los hijos
como propiedad del
Estado;
creían una estupidez que las mujeres abortasen; puesto que
podrían ser hijos perfectos para fines militares del
Estado.

Aristóteles, rehabilitó el valor de la
vida. El condenó el adulterio como
agresión al amor.
Admitía que los niños defectuosos debían ser
abortados; no aceptaba que se matara a ningún niño
concebido, aún cuando superara el límite de hijos
que establecía el estado por
familia.

El aborto tuvo su auge en la época imperial de
Babilonia, pues se convirtió en una práctica
habitual sin problemas de ilegalidad. Entre las gentes sencillas,
pero ante todo entre la aristocracia se practicaba con la misma
naturalidad que si fuera una obra teatral.

En Roma antes de la llegada del cristianismo,
su legislación sobrepasó el concepto de los
pensadores de Grecia que veían al infante y al feto como
un objeto del estado. Incluyeron los romanos una nueva ley donde
señalaban al padre del feto como dueño absoluto de
éste; es decir le otorgaban la patria
potestad con todos los derechos y el deber
jurídico para autorizar un aborto. También se
podía matar al recién nacido con problemas
congénitos.

Esta práctica no era concedida a nadie, pues de
incurrirse en privarle la vida a un nonato era expulsado de la
ciudad. Aunque veían al feto como una parte de la madre,
no respetaban el concepto de propiedad privada ya que esta no
podía destruir parte de ella misma y peor aún, no
le reconocían al feto ningún derecho ni valor
humano.

Durante el siglo XX la legalización ha
liberalizado la interrupción de embarazos no deseados en
diversas situaciones médicas, sociales o particulares. Los
abortos por voluntad de la madre fueron legalizados primero en
Rusia (1920);
luego en Japón y
en algunos países de Europa del este,
después de la segunda guerra
mundial.

A finales de la década de 1960 la
despenalización del aborto se extendió a muchos
países. Las razones de despenalizar fueron
tres:

  • El infanticidio
    (muerte de un niño) y la mortalidad materna asociada a
    la práctica de abortos ilegales;
  • La sobrepoblación mundial;
  • El auge del movimiento
    feminista.

SITUACIÓN LEGAL ACTUAL DEL
ABORTO EN DIFERENTES PAÍSES DE HABLA
HISPANA.

En Chile el aborto está penalizado en todas sus
formas, no existen excepciones legales a esta prohibición.
El aborto se considera como un problema de salud
pública que afecta principalmente a las mujeres. Las
leyes contra el aborto se encuentran en el Código Penal,
en sus artículos 342A y 245, bajo el título de
"Crímenes y Delitos contra
el Orden Familiar y la Moralidad
Pública", caracterizándose como una de las
legislaciones más restrictivas del mundo.

  Dentro de las mujeres penalizadas por
practica de aborto las más expuestas son las mujeres
pobres de Chile, primero por el riesgo sanitario que conlleva un
aborto clandestino y en segundo lugar por la recurrencia a
maniobras caseras de alto riesgo, situaciones que concluyen en el
requerimiento de una asistencia médica en los servicios
públicos de salud, lugar donde es
denunciada y entregada a la fuerza policial.

La penalización a las mujeres por practicarse un
aborto libera de toda responsabilidad al hombre, quien en esta
situación aborta también al abandonar a la mujer. Hasta el
momento la sociedad en su conjunto no asume ninguna
responsabilidad.

En Ecuador el
Aborto está penalizado en su Código Penal por el
artículo 1 el cual trata de los Delitos Contra La Vida, y
abarca desde el artículo 441 hasta el 447. En dichos
artículos se castiga severamente el aborto con
reclusión, la pena varia según sea cometido
voluntariamente por la madre o causado por terceros. El
artículo 477 introduce una excepción al
despenalizar el aborto cuando es practicado por un médico
con el consentimiento de la mujer o de su marido, bajo las
condiciones siguientes: 1. Si se ha hecho para evitar un peligro
para la vida o salud de la madre, y si este peligro no puede ser
evitado por otros medios; 2. Si el embarazo proviene de una
violación cometido en una mujer idiota o demente. En este
caso, para el aborto se requerirá el consentimiento del
representante legal de la mujer.

En Venezuela el
aborto también está penalizado en el
artículo 432 del Código Penal de ese País.
Las penas son de reclusión tanto para la madre que
abortare como para quien le facilite dicha práctica y
aumenta cuando por consecuencia del aborto o de los medios
empleados para efectuarlo sobreviene la muerte de la mujer.
Aunque igual como ocurre en Ecuador existe una excepción
en el artículo 435 en uno de sus párrafos y
establece que no habrá pena alguna para el que provoque el
aborto como medio indispensable para salvar la vida de la
parturienta.

Por otro lado, la Conferencia
Episcopal Venezolana (CEV) se ha manifestado en varias ocasiones
en contra de la legalización del aborto en Venezuela por
razones religiosas, éticas y jurídicas, sosteniendo
lo siguiente: "La despenalización del aborto provocado
significaría el abandono de un valor ético
fundamental en todo ordenamiento jurídico y en toda
convivencia social".

En el país de México el
Código Penal permite la interrupción del embarazo,
en casos tales como el resultado de una violación a la
mujer. En treinta estados mexicanos no castigan el aborto cuando
se da por imprudencia y en veintinueve estados, cuando hay
peligro de muerte para la madre; en diez estados de la
República existe la posibilidad legal de interrumpir un
embarazo cuando hay malformación del producto;
mientras que en diez estados mexicanos se permite cuando hay
grave daño
para la salud de la madre. Existe un estado llamado
Yucatán, donde está permitido abortar para las
mujeres que aluden razones económicas, siempre y cuando
hayan tenido tres hijos anteriores.

La Legislación Dominicana contempla la
penalización del aborto desde 1867 y penaliza este hecho
no sólo cometido por los terceros con pena de
reclusión, sino también a la mujer misma que lo
provocare. La Ley 1690 de Abril de 1948 fue la encargada de
adicionar un párrafo
al articulo 317 del Código Penal Dominicano de 1884 para
establecer como delito especial y
reza de la siguiente manera: "Aquellos que hayan puesto en
relación o comunicación una mujer embarazada con otra
persona para
que le produzca el aborto, siempre que el aborto se haya
efectuado, aún cuando no hayan cooperado directamente al
aborto".

También está prohibido indirectamente en
la Constitución Dominicana en su articulo 8,
acápite 1, cuando consagra como uno de los derechos
fundamentales de todos los dominicanos "La Inviolabilidad de la
Vida". En consecuencia, no podrá establecerse,
pronunciarse ni aplicarse en ningún caso la pena de
muerte, ni las torturas, ni ninguna otra pena o procedimiento
vejatorio o que implique la pérdida o la
disminución de la integridad física o de la salud
del individuo.

La Ley General de Salud, se refiere al aborto en el
artículo 28, literal J. El mismo menciona el Derecho a no
ser sometida (o) a tratamiento médico o quirúrgico
que implique grave riesgo para la integridad física de las
personas, e incluso su vida. Otro artículo de dicha Ley
específicamente el art. 29 contempla que se debe respetar
la salud de otras personas evitando realizar actos, efectuar o
intervenir en actividades perjudiciales para la salud de los
terceros, ya sea por la naturaleza de
dichas acciones o por
la forma en que se efectúan.

Actualmente en la República Dominicana se
está conociendo un anteproyecto para
modificar el Código Penal Dominicano, el cual incluye la
modificación del articulo 317 que penaliza el aborto , con
el propósito de legalizarlo, en ciertas circunstancias,
que son a saber: 1- violación a la mujer, 2- riesgo a la
salud de la madre y 3- malformación del feto. Esta posible
legalización ha encontrado un amplio rechazo por parte de
la sociedad dominicana.

2.2. Marco Conceptual:

Despenalización: Anular la sanción
prevista por la ley. Dejar de considerar algo como
delito.

Aborto: Expulsión espontánea o
provocada del feto antes de que sea visible.

Terapéutico: Terapia, tratamiento o
curación, fase de la medicina que se encarga del modo de
tratar las enfermedades.

Feto: Producto de la concepción que no ha
llegado todavía a término, pero que ya tiene las
formas de la especie.

Embrión: Organismo en vías de
desarrollo, a partir del huevo fecundado hasta la
realización de una forma capaz de vida autónoma y
activa.

Concepción: Concebir, quedar fecundada la
hembra.

Embarazo: es el proceso en el
que crece y se desarrolla el feto en el interior del
útero.

2.3 Marco
Teórico:

Para abordar el tema que nos ocupa, comenzaremos por
la definición de los conceptos más relevantes que
estarán contenidos en esta
investigación:

El Embarazo

Es el proceso natural, biológico a través
del cual una nueva vida comienza a desarrollarse en el
útero de la madre. El embarazo comienza en el momento de
la fecundación y termina con el parto.

Una vez iniciado el embarazo, las mujeres atraviesan por
una serie de cambios fisiológicos y anatómicos, por
encontrarse en estado hipervolémico crónico, es
decir, el volumen de
agua corporal
total aumenta; esto se da por aumento de la sed y por
retención de agua; esta mayor cantidad de agua ocasiona
dilución de la sangre, lo que
explicaría la anemia
fisiológica o propia del embarazo, además aumenta
el gasto cardíaco, el volumen urinario, la frecuencia
respiratoria, la depuración de creatinina, el volumen de
las mamas. Durante el embarazo se observan cambios posturales
importantes del esqueleto que se van acentuando a medida que la
gestación progresa y el desarrollo de los músculos
provoca una hipertrofia e hiperplasia, especialmente en dorso y
abdomen.

El embarazo, según su desarrollo se puede dividir
en tres etapas de tres meses cada una con el objetivo de
simplificar la referencia a los diferentes estados de la evolución del feto. Durante el primer
trimestre el riesgo de aborto es mucho mayor.

Entre las semanas 18 y 20 se comienzan a percibir los
movimientos del feto y los primeros síntomas de embarazo
son:

  • Mareos
  • Variantes en gustos y preferencias
  • Frecuentes deseos de orinar
  • Aumento de frecuencia respiratoria

El Aborto

Etimológicamente, "la palabra aborto procede del
latín abortus o aborsus, derivados de
ab-orior opuesto a orior, nacer".

La medicina entiende por aborto toda expulsión
del feto, natural o provocada en el período viable de su
vida intrauterina, es decir, cuando no tiene ninguna posibilidad
de sobrevivir. Si una expulsión del feto se realiza en
período viable, pero antes del término del
embarazo, se denomina parto prematuro, tanto si el feto sobrevive
como si muere.

En el lenguaje
corriente, el aborto es la muerte del feto por su
expulsión, natural o provocado, en cualquier momento de su
vida intrauterina.

El Aborto es la pérdida o expulsión
voluntaria del producto de la concepción antes de la
viabilidad. En el enfoque fisiológico, el aborto puede
ser: ovular, si ocurre en el primer mes del embarazo;
embrionario, cuando se produce en el segundo y tercer mes; y
fetal, del cuarto mes en adelante.

Tipos de Aborto

El aborto está dividido en tres grupos; tenemos
el aborto espontáneo o natural, el aborto provocado y el
aborto terapéutico.

Espontáneo o Natural:

El aborto espontáneo se debe a defectos de los
padres. Respecto a ésto, es digno señalar que del
40% al 50% de los abortos espontáneos de origen materno
son atribuidos a la sífilis,
muchas veces desconocida, ignorada, o negada. El restante 50% se
debe a alcoholismo
habitual y crónico, agotamiento físico o
intelectual, vejez, entre
otras.

Las malformaciones de cada uno de los órganos del
aparato genital femenino; los pólipos, fibromas,
cánceres, las endometritis, entre otras, son causas de
orden materno .También algunas enfermedades como diabetes,
hipertensión, o enfermedades producidas por
infecciones y bacterias o
virus son
causantes de aborto espontáneo.

Como causas conjuntas, paternas y maternas, y que
actúan a la vez, podemos citar los matrimonios muy
jóvenes, los tardíos, la vejez prematura o la
decadencia de uno de los cónyuges, la miseria, el hambre,
la privaciones, la desesperación, el alcoholismo
común, la sífilis o la tuberculosis,
también padecidas conjuntamente. Todas estas causas pueden
actuar en el momento de la fecundación.

Otras causas de aborto espontáneo son las
malformaciones del embrión.

Aborto Provocado

Durante los primeros tres meses y la catorceava semana
de gestación el aborto provocado se realiza por diferentes
medios y formas dentro de las cuales hemos querido citar los
más usados.

Métodos Utilizados:

Entre los métodos más utilizados para la
realización de abortos encontramos:

  • Aborto por operación
    cesárea
  • Aborto por envenenamiento salino
  • Aborto por succión
  • Aborto por dilatación y curetaje
  • Aborto por La Aspiración al
    Vacío
  • Aborto por Histerectomía
  • Aborto por parto parcial.
  • Aborto por operación
    cesárea
    :

Es cuando el feto es desprendido de su madre, por medio
de una cesárea, pero en este caso el feto se deja
morir.

  • Aborto por envenenamiento salino:

Es cuando el feto es envenenado y quemado por una
solución salina altamente concentrada introducida en el
líquido amniótico de la madre.

  • Aborto por succión:

Este método se lleva a cabo mediante una
aspiradora potente que aspira el feto destrozándolo
completamente.

  • Aborto por dilatación y
    curetaje
    :

Aquí el bebé es destrozado con un cuchillo
curvo (cureta), en este proceso el bebé es resumido a
varias partes, las cuales el médico une para asegurarse de
que haya salido por completo. El médico comienza el
procedimiento ampliando el conducto vaginal con un retractor,
luego se coge el cuello uterino con pinzas especiales llamadas
tenáculos, luego se inserta en el conducto cervical y
hacia la cavidad uterina se introduce una sonda para localizar el
embrión y ver su tamaño. Después se dilata
el conducto cervical y se extrae el feto, este procedimiento se
realiza bajo anestesia local o general.

La dilatación puede producirse también al
insertar tapones de laminaria, estas son varitas de algas
comprimidas y esterilizadas que se expanden para absorber
líquidos cervicales. Este procediendo es un proceso sin
dolor y lento para abrir el cuello uterino. Cuando el cuello
uterino se dilata por completo se introduce una cureta, que es un
instrumento semejante a una cuchara, y se raspa el revestimiento
uterino. Este proceso se realiza cuando la mujer tiene un periodo
de gestación avanzado. En la última parte del
trimestre, se insertan pinzas en la cavidad uterina para coger el
feto y sus membranas.

  • Aborto por la aspiración al
    vacío
    :

Este se realiza primero insertando en el útero
una cureta o cánula de plástico
que se une por medio de un tubo al aparato de aspiración,
seguido de éste se enciende la bomba y ésta
expulsará los tejidos fetales
hacia la cureta y a través del tubo transparente de esa
forma le permite al médico examinar el tejido y determinar
cuándo el aborto está realizado. Este proceso tarda
dos minutos.

Después de esto se inserta una cureta para
asegurarse de extraer todo el tejido fetal.

  • Aborto por histerectomía:

Es un método antiguo para practicar aborto
durante el trimestre medio, con rapidez ha sido sustituido por
solución salina.

  • Aborto por parto parcial:

El aborto por parto parcial comienza cuando el doctor
toma con unas pinzas al bebé dentro del vientre materno.
Cuando los pies del bebé están fuera del
útero, el abortista lo toma con sus manos y lo saca, como
si se tratara de un parto natural, pero asegurándose que
salga por los pies. Cuando el bebé tiene el cuerpo fuera
pero su cabeza está aún dentro del vientre materno,
el abortista le atraviesa la nuca con unas tijeras. El proceso
culmina cuando el abortista, mediante una sonda, succiona la masa
encefálica del bebé que, durante todo el proceso,
ha estado agitando su pequeño cuerpo para tratar
inútilmente de defenderse.

Terapéutico:

Es el que tiene por objeto evacuar
científicamente, por medio de maniobras regladas, la
cavidad uterina, vaciándola de todo su contenido. Este
aborto lo verifica un médico especializado y se toman las
medidas precisas para salvaguardar la vida de la paciente,
seriamente amenazada. Se realiza cuando la vida del feto se
considera producto muerto o representa un gravísimo
peligro para la madre

Entre las causas del aborto podemos citar:

    • Miedo por falta de capacidad económica
      para alimentar la criatura.
    • Miedo a los conceptos emitidos por los padres u/o
      demás personas.
    • Miedo a los nueve meses de embarazo y dolor de
      parto.
    • Problemas de salud.
    • Violación Sexual.
    • Anticonceptivos.
  • Miedo por falta de capacidad económica para
    alimentar a la criatura:

La situación económica de muchas personas
es una de las principales causas que conllevan al aborto; para
los futuros padres de escasos recursos es
más fácil tomar la decisión de abortar, ya
que consideran que es la mejor salida.

  • Miedo a los conceptos emitidos por los padres y/o
    demás personas:

Esta causa se da mayormente cuando la joven se embaraza
en el noviazgo, la misma teme a los conceptos y razonamientos
emitidos por sus padres y la sociedad en general.

  • Miedo a los nueve meses de embarazo y dolor de
    parto:

Estar embarazada y traer un hijo al mundo es uno de los
retos y misiones más grandes de una mujer; muchas no
logran afrontar dicha misión y
prefieren terminar con su reto antes del momento
correcto.

  • Problemas de salud:

Esta causa esta basada en las enfermedades de los
padres, puesto que algunos consideran que no deben traer al mundo
una criatura enferma.

  • Violación sexual:

La violación es un abuso horrible con efectos
traumáticos para muchas de sus víctimas. Para una
mujer, darse cuenta de que lleva en sus entrañas una
criatura, fruto de una violación, no es consuelo, por tal
razón, ésta es una de las principales causas por
las cuales se interrumpe un embarazo.

  • Anticonceptivos hormonales:

Cuando la mujer utiliza algún método
anticonceptivo y se de cuenta de que falló y está
embarazada, se siente frustrada en sus propósitos y muchas
veces recurre al aborto.

Existen también consecuencias, las cuales pueden
ser divididas en tres grandes grupos, los cuales son
denominados:

  • Consecuencias Físicas
  • Consecuencias Psicológicas
  • Consecuencias Morales

Dentro del grupo de las
consecuencias físicas podemos citar:

  • La muerte
  • Cáncer de mamas
  • Cáncer de Ovarios, Hígado y Cuello
    Uterino
  • Perforación de útero
  • Placenta Previa
  • Recién nacido discapacitado en posteriores
    embarazos
  • Embarazo ectópico
  • Afección inflamatoria
    pélvica
  • Endometritis
  • Complicaciones inmediatas
  • Riesgos añadidos para la mujer con
    múltiples abortos
  • Riesgos añadidos para las
    adolescentes
  • Por estado de salud en general
  • Riesgos añadidos por factores que hacen
    peligrar la salud
  • Muerte:

La muerte como consecuencia del aborto es debido a las
posibles hemorragias, infecciones, embolias, anestesias y
embarazos ectopicos sin diagnosticar.

  • Cáncer de mamas:

Es mayor el riesgo de cáncer de mamas
después de un aborto, ya que, altera el proceso natural
del desarrollo de los senos, dejando en ellos más células
que pueden volverse cancerosas.

  • Cáncer de ovarios, hígados y cuello
    uterino:

La práctica del aborto incrementa el cáncer
de ovario, hígado y cuello uterino aparentemente debido a
la interacción no natural de cambios
hormonales que acompañan al embarazo.

  • Perforación del
    útero:

El aborto causa perforaciones en el útero que son
difícilmente diagnosticadas; estas perforaciones pueden
complicarse en embarazos ulteriores provocando complicaciones
adicionales y lesiones permanentes.

  • Placenta previa:

La práctica del aborto aumenta el riesgo de
placenta previa en embarazos siguientes, por lo cual se pone en
peligro tanto la vida de la madre como del feto.

  • Recién nacido discapacitado en posteriores
    embarazos:

Debido a las lesiones del cuello del útero se
incrementa el riesgo de parto prematuro, desarrollo de la
placenta en posteriores embarazos y, complicaciones en el
parto.

  • Embarazo ectópico:

Una vez que se ha realizado un aborto, los embarazos
ectópicos, amenazan la vida y pueden causar un descenso en
la fertilidad.

  • Afección inflamatoria
    pélvica:

Es una enfermedad que pone en riesgo la vida de madre si
ésta en el momento del aborto tiene infección por
clamidia.

  • Endometritis:

La inflamación del endometrio, membrana que
recubre el útero, es un riesgo post-aborto para todas las
mujeres, pero sobre todo para las adolescentes
después del parto. Esta enfermedad produce dolor, fiebre, entre
otros, por tanto amerita tratamiento médico.

  • Complicaciones inmediatas:

Las mujeres están sujetas a una serie de
complicaciones inmediatas causadas por el aborto, tales como:
efusión excesiva de sangre, embolia, desgarro, o
perforación del útero, complicaciones de la
anestesia, convulsiones, lesión cervical y
"shock".

  • Riesgos añadidos para la mujer con
    múltiples abortos:

Las mujeres que tienen abortos múltiples encaran
un riesgo para su salud.

  • Riesgos añadidos para las
    adolescentes:

Las adolescentes están expuestas a mayores
riesgos y a
sufrir numerosas complicaciones relacionadas en el
aborto.

  • Peor estado de salud general:

En un estudio realizado por University of Houston sobre
1,428 mujeres. Los investigadores descubrieron que los embarazos
malogrados y en particular los debidos a abortos provocados se
asociaban de manera significativa a una salud general muy
deficiente.

  • Riesgos añadidos por factores que hacen
    peligrar la salud:

El aborto está ligado en buena medida a cambios
de conductas tales como: promiscuidad, abuso de las drogas y
desórdenes alimenticios que en conjunto contribuyen a
incrementar los riesgos de padecer problemas de salud.

Las consecuencias psicológicas del aborto
son:

  • Necesidad de tratamiento
    psicológico:

En estudios realizados sobre pacientes post-aborto a
sólo ocho semanas de haber abortado; han demostrado que
estas mujeres se quejan de trastornos nerviosos, alteraciones de
sueños, arrepentimiento de haberlo hecho.

  • Trastornos por estrés
    post-traumático:

La mayoría de las mujeres, después de
haberse practicado un aborto, muestran ciertos niveles de
estrés, así como una conducta evasiva
respecto a su experiencia abortiva.

Las mujeres pueden interiorizar el aborto como una
experiencia traumática por varias razones. En muchos casos
llegan a él forzadas por sus parejas, padres u otros. Como
consecuencia de esto entran en un estado de depresión,
la cual lleva consigo una descarga emocional con sus respectivas
consecuencias.

  • Disfunción sexual:

Las mujeres que han abortado pueden sufrir disfunciones
sexuales, que pueden ser breves o de larga duración. Estas
disfunciones son:

ausencia de placer sexual, dolor, aversión al
sexo o a los
hombres en general.

Las secuelas del aborto en muchas ocasiones han llevado
a estas mujeres al suicidio, otras lo han pensado o han tenido la
intención de suicidarse.

  • Refuerzo del hábito de
    fumar:

El post-aborto motiva en algunas mujeres a recurrir al
tabaquismo
como un medio de tranquilizar sus nervios y el
estrés.

Este es otro de los sectores negativos a que conlleva el
aborto, ya que, es otro medio de calmar su estrés, el cual
produce secuelas peores.

  • Desordenes alimenticios:

El estrés port-aborto en algunas mujeres se
asocia con desórdenes en la ingestión de alimentos tales
como: comer compulsivamente, bulimia y
anorexia nerviosa.

  • Divorcio y problemas crónicos en la
    relación:

Para la mayor parte de las parejas el aborto crea
problemas en su relación. Las parejas que han recurrido al
aborto están más expuestas a separarse o
divorciarse. Muchas mujeres que abortan tienen más
dificultades para establecer relaciones duraderas con un
compañero.

  • Aborto con repetición:

La mujer que ha tenido un aborto tiene mayor riesgo de
volver a abortar en un futuro, aún sin desear el aborto
siguiente.

Las consecuencias morales:

La más drástica de las consecuencias es la
sensación de culpa que siente la mujer al matar a su
propio hijo.

Capítulo III Legislaciones sobre el
Aborto

Las legislaciones son un conjunto de disposiciones de
carácter legislativo que conciernen a una materia
determinada. En este caso, analizaremos el alcance de las leyes
dominicanas en materia de aborto.

  1. Base Legal Actual:

El aborto esta reglamentado según las siguientes
bases jurídicas:

  • Código Penal de la República
    Dominicana
  • Constitución Dominicana
  • Ley 42-01, Ley General de Salud.

3.1.1 Código Penal:

En nuestro país el aborto está penalizado
bajo el código penal en su artículo no.317,
modificado por la Ley 16-90 de 1924, textualmente dice
así:

"El que por medio de alimentos, brebajes,
medicamentos, sondeos, tratamientos o de otro modo cualquiera,
causare o cooperare directamente a causar el aborto de una mujer
embarazada, aún cuando ésta consienta en él,
será castigado con la pena de reclusión. La misma
pena se impondrá a la mujer que causare un aborto o que
consintiere en hacer uso de las sustancias que con ese objeto se
le indiquen o administren o en someterse a los medios abortivos,
siempre que al aborto se haya efectuado. Se impondrá la
pena de prisión de seis meses a dos años a las
personas que hayan puesto en relación o
comunicación una mujer embarazada con otra persona para
que le produzca el aborto, siempre que el aborto se haya
efectuado, aún cuando no hayan cooperado directamente con
el aborto. Los médicos, cirujanos, parteras, enfermeras,
farmacéuticos y otros profesionales médicos, que,
abusando de su profesión causaren el aborto o cooperaren a
él, incurrirán en la pena de cinco a veinte
años de trabajos públicos, si el aborto se
efectuare. El que causare a otro una enfermedad o imposibilidad
de trabajo personal administrándole voluntariamente o de
cualquier otra manera sustancias nocivas a la salud, aún
cuando por su naturaleza no sea de aquellas que ocasionan la
muerte, será castigado con prisión de un mes a dos
años y multa de diez y seis a cien pesos. Si la enfermedad
o imposibilidad de trabajar personalmente ha durado más de
veinte días la pena será de
reclusión.

Si los delitos de que tratan en el párrafo
anterior se han cometido en la persona de uno de los ascendientes
del culpable, la pena en el primer caso será de
reclusión y en el segundo la de trabajos públicos.
En todos los casos de este artículo, los reos de los
delitos podrán ser condenados, además de la pena
principal a la accesoria de sujeción a la vigilancia de la
alta policía por cinco años, sin perjuicio de las
indemnizaciones que puedan resultar en favor de los
agraviados."

  1. La Constitución Dominicana

La Constitución Dominicana en su artículo
No. 8 numeral 1 establece la siguiente regla: "La
inviolabilidad de la vida. En consecuencia, no podrá
establecerse, pronunciarse ni aplicarse en ningún caso la
pena de muerte, ni las torturas ni ninguna otra pena o
procedimiento vejatorio o que implique la pérdida o la
disminución de la integridad física o de la salud
del individuo"

Entendemos que con la despenalización del aborto
estaríamos uno de los derechos fundamentales, "el derecho
a la vida", el que reza que nadie puede decidir a quién
dársela o quitársela, porque ese es un derecho de
todos; además, apoyando la medida abortiva,
estaríamos contribuyendo de alguna manera a la
destrucción de seres que podrían darlo todo por su
país y familias.

4.1.3 Ley General de Salud 42-01

La Ley General de Salud en su artículo 28,
literal J, menciona que las personas no pueden ser sometidas a
tratamientos médicos o quirúrgicos que traiga
consigo graves riesgos para su integridad física, su salud
o su vida, por tal razón cuando una mujer recurre o es
sometida a una práctica de aborto, está atentando
de manera directa contra su vida.

En el artículo 29 literal A y B mencionan las
obligaciones
de la población con relación a la salud:

A: "Respetar la salud de otras personas evitando
realizar actos efectuar o intervenir en actividades perjudiciales
para la salud de los terceros, ya sea por la naturaleza de dichas
acciones o por la forma en que se ejecutan"

B: "Velar, mejorar y conservar su salud personal,
familiar y de sus dependientes, especialmente si estos son
menores, ancianos o discapacitados, así como por la salud
comunitaria".

De estos dos literales podemos extraer que se obliga a
la población a cuidar su salud, pero, nos basaremos en el
cuidado que tiene que tener una mujer, pues es ésta, la
única con facultad para concebir, de manera tal, que al
ésta practicarse un aborto afectaría de muchas
maneras su salud y en consecuencia violaría cada una de
estas disposiciones.

El estado dominicano debe garantizar la salud de todos,
especialmente la de las mujeres embarazadas, puesto que si
éstas se sintieran protegidas por el estado no
acudirían al método abortivo.

3.2 Elementos Constitutivos del
Aborto:

Dentro de los elementos constitutivos del aborto
encontramos:

  1. Que el agente haya realizado el acto, lo que
    constituye el elemento material.
  2. Que ese acto éste previsto y sancionado por
    la ley, lo que constituye el elemento legal.
  3. Que el agente haya obrado con discernimiento y
    voluntad, lo que constituye el elemento moral.
  4. Que el acto no se justifique por el ejercicio de
    un derecho, el cumplimiento de un deber o no constituya la
    realización de un fin reconocido por el estado (elemento
    injusto).

El elemento material es la consumación del hecho
con el consentimiento de la madre por diferentes medios. El acto
de terminar con la vida del feto es el elemento
material.

Por otro lado se habla del elemento legal y ya hemos
establecido que el aborto se encuentra penalizado en el
artículo 317 del Código Penal Dominicano y
consagrado en el artículo 8 de la Carta Magna,
cuando expresa la inviolabilidad de la vida, además de
estar reconocido por los derechos humanos,
ley universal que la República Dominicana no debe obviar.
A todo esto le sumamos la voluntad de la madre la cual siempre es
manifestada, cuando recibe la presión de
la familia, y
de la sociedad en general, aquí entra el elemento moral,
muchas veces, olvidada por los participantes en el exterminio de
un ser indefenso.

Finalmente la madre no puede terminar con la vida de
quien crece en su vientre y quien necesita todos los cuidados
posibles para crecer fuerte y sano, además de que el
estado no aprueba en ninguna de las circunstancias terminar con
la vida del feto y esta voluntad la ha manifestado en sus leyes
las cuales han sido millones de veces olvidadas e irrespetadas
por aquellos que en algún momento no han llevado a feliz
término la vida del feto.

Capítulo IV Despenalización del
Aborto

Cuando hablamos de "despenalización" nos
estamos refiriendo a suprimirle el carácter penal a algo,
en este caso al aborto, y de esta manera considerarlo como un
acto legal.

En nuestro país se están tomando
algunas iniciativas por parte del Congreso Nacional en torno a la
despenalización del aborto, alegando varias razones o
causas entre las que se destacan las siguientes:

4.1 Causas de la Despenalización del
Aborto
:

  • Que el embarazo sea consecuencia de un hecho
    constitutivo de violación.
  • Peligro para la salud física de la
    embarazada.
  • Que se presuma que el feto habrá de nacer con
    graves taras físicas

Partes: 1, 2, 3
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