El término propio proviene de la expresión latina Principiun que equivale a la idea de un fundamento o Inicio de algo, aunque cierta parte de la doctrina opina que principio proviene de la voz griega Arche
Los principios pueden concebirse como criterios que regulan las diferentes actuaciones que integran el procedimiento.
Existen muchos principios y su adopción obedece al momento histórico y al sistema político de cada país, los principios se refieren a determinados procedimientos cuando su ámbito de actuación es mayor y constituye el medio rector del proceso, estructura a lo que se le denomina sistemas, como sucede con el inquisitivo y el dispositivo.
-La Doctrina Argentina sostiene que la palabra "Principio" se logra significar aun analógicamente la característica esencial de los principios generales del derecho
-La Doctrina Colombiana y Panameña optan por la idea de considerarlos como reglas generales del derecho
-La Doctrina Española expresa que son líneas directrices, las líneas fundamentales, los hilos conductores que dan ala sistema un conjunto de instituciones que integran al derecho privado
La corriente y la escuelas doctrinarias se han pronunciado sobre el origen de estos principios
A) Positivismo: manifiesta que los principios civiles nacen por la generalización y decantación de las leyes y estos se deducen de estas ultimas
B) Iusnaturalistas: mencionan que el origen de los principios no son en las leyes sino son suprapositivos es decir el derecho natural
C) Cientificistas: Los principios jurídicos surgen de la Doctrina por que el derecho es un ciencia.
D) Eclécticos: Son aquellos que asimilan la posición tanto positivista como la iusnaturalista, la última como fuente de inspiración y los primeros como la obligatoriedad de su cumplimiento
E) Culturista: Los principios son productos sociales, es decir criterios producidos por cada cultura, que en armonía con los valores y creencias sociales
-Al darle sentido al texto literal de las normas Procesales Civiles
-No limitándose a la comprensión de las normas sino a su extensión
- y como controladores de su cumplimiento
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