Todos los cargos tenían determinadas características comunes, entre las que se pueden citar:
Entre los magistrados se destacan los censores, que eran magistrados extraordinariamente autorizados y respetados, su cargo no estaba sujeto a responsabilidad y según la costumbre se elegía entre los excónsules. Entre sus funciones se destaca la vigilancia de las costumbres y la moral.
Es necesario destacar que la magistratura plebeya nació como un órgano revolucionario, y como tal se mantuvo durante el período que duró la lucha de clase.
En la república romana existían tres formas de asambleas populares: la de las curias, la de las centurias, y las de tribus. Las asambleas populares no tenían derecho a la iniciativa legislativa, lo que significa que de su seno no podía partir ninguna propuesta, solo podían votar, las propuestas hechas por aquellos funcionarios que las habían convocado, las cuales no podían ni discutir ni modificar, solo aprobar o rechazar (6).
Los valores que distinguen este modelo ius publicístico
Los valores que sustentaban este modelo democrático, en este contexto se pueden definir, a partir de las características comunes a todas las magistraturas, pues son exigencias sociales sin las cuales el sistema resulta infuncional. Según nuestra consideración los fundamentales son los siguientes:
La importancia de estos valores radica en que los que son garantía para que la administración pudiera funcionar adecuadamente no solo internamente, sino en su relación con el pueblo.
Los procedimientos para la censura moral
Estos procedimientos responden a la necesidad de garantizar la seguridad del sistema, a un largo plazo, por la severidad de las sanciones. Entre los romanos existía el proceso mediante el cual se declaraba infame a cualquier ciudadano producto a una conducta indebida, por acción del censor, edicto del pretor, o por disposición legal. Como consecuencia de esto se producía una restricción de privilegios, que incluía la prohibición de realizar acciones populares y desempeñar cargos públicos.
Capítulo II:
El modelo cultural. La filosofía.
El fundamento iluminista.
La visión de Rousseau sobre el modelo iuspublicístico romano está marcada por la intención de superar la tendencia autodestructiva de la civilización humana es por tanto una utopía política, que a pesar de su basamento histórico, exaltó lo ético, desde una proyección humana general como premia de la libertad del individuo, que lo acerca a su ser natural. En sus obras fundamentales: El contrato social (1762) y Emilio, o De la educación (1762), se proyecta un sistema propugna por un sistema político, que exige una contribución esencial de la educación y por consiguiente de la pedagogía. De esta relación se redefine la educación como un proceso que debía conducir a la comunión de pueblo soberano, familia, patria y estado, como realización de la naturaleza humana.
En la concepción de este modelo se destaca la relación entre dos valores centrales, la libertad y la autoridad, tanto en lo político como lo educativo.
La historia de Roma y de la República, sirven de base a Rousseau para ilustrar la formación de un pueblo, la soberanía popular, el respeto a la pluralidad y la igualdad de derecho y de poder entre el pueblo y el príncipe del senado.
La idea del Contrato Social.
El Contrato Social describe la esencia de los elementos que, sobre el plano político, constituyen la soberanía política característica del contrato autoridad-libertad. Para Rousseau, este contrato instituye un orden social, un derecho sagrado que concreta una necesidad como base de todas las demás. Sin embargo, este derecho es convencional y no natural. Pero, por el hecho de que el hombre nace libre, sin tener derecho a desprenderse de ella, no existe fundamento alguno para la tiranía, la eliminación de la libertad. Luego fundamenta el cambio político, y su legitimidad en la institución de la libertad, excluyendo ésta una relación de dominación o el sometimiento. Al existir el principio de libertad, el pueblo es libre; de ahí se desprende que la legitimidad de un gobierno proviene del pueblo, pues éste es libre de aceptar o rechazar cualquier gobierno. Condición para ello es que el pueblo se apropie del poder y represente a la autoridad.
La alineación como proceso social.
Rousseau revela la estructura de la alineación e incluso parte del mecanismo de su desarrollo. Además de la alineación política, que surge históricamente como ruptura entre la utilidad autentica y los intereses personales deformados de la gente que conduce a la alineación de los gobernantes respecto a sus súbditos y las necesidades del Estado, señala la alineación socioeconómica ( de las diferencias en la propiedad se deriva el mal); la moral ( tratando de vivir mejor, los hombres se asumen en el empobrecimiento moral), la psicológica ( a la medida que avanza el desarrollo social los hombres se sienten dominados por el sentimiento de la soledad) y la alineación cultural en general( la mentira y la falsedad penetran en el arte, en la ciencia y en las relaciones entre los hombres.
En el plano de las relaciones políticas administrativas la alienación adopta la forma de abusos burocráticos, "Las diferencias políticas inevitablemente traen consigo diferencias que solo tienen significado en la vida particular de los ciudadanos. Pero la vida del gobernante no solo tiene un significado particular, sino universal. (7)
En este pensador encontramos además una fundamentación deísta de la conducta, por la emotividad del hombre para su participación del hombre en la comunidad humana.
El ideal político, que resulta de estas posiciones se resume como sigue:
"Encontrar una forma de tal asociación que defienda y proteja con toda la fuerza común la persona y a los bienes de cada participante y en la cual cada uno uniéndose con todo, no obedezca mas que a uno mismo y permanezca tan libre como era antes" (8)
A partir de estos presupuestos se pueden entender, el basamento ético del modelo iuspublicístico que tiene como momentos fundamentales la fundamentación filosófica, que considera las razones del contrato social; el aspecto histórico donde apela a la experiencia de Roma; la crítica al modelo de democracia representativa. En cada uno de ellos está presente el elemento ético, que se expresa en aquellos valores que debe sustentar la actividad política.
El aspecto psicológico
Al fundamentar la necesidad del contrato social, Rousseau apela a la idea del reconocimiento de la necesidad, que se expresa en el plano psicológico como interés y en el plano moral como deber, al respecto considera: " Así el deber y el interés obligan igualmente a las dos partes contratantes a ayudarse mutuamente( 9). Así aunque la premisa es la valoración no estamos ante una postura estrictamente individualista, por el carácter social de la necesidad.
El interés en sí tiene por tanto una doble naturaleza el es la necesidad social que se individualiza, que toma cuerpo en un ser particular y al mismo tiempo es la conciencia de ese ser de su socialidad. Por ello en el soberano es posible la conjunción de todos los intereses. Dice al respecto el autor: "Estando formado el cuerpo soberano por los particulares, no tiene ni puede tener interés contrario a ellos".(10)
Aspecto funcional del modelo.
En este aspecto se destaca en Rousseau la determinación de la naturaleza de las relaciones entre el soberano y quienes ejercen el poder, al establecer como sus principios fundamentales los siguientes:
El tribunado no es una parte constitutiva de la ciudad, ni debe tener participación alguna en el poder legislativo ni en el ejecutivo, pues en ello estriba que el suyo sea mayor, toda vez que no pudiendo hacer nada, puede impedirlo todo. Es más sagrado y más reverenciado, como defensor de las leyes, que el príncipe que las ejecuta y el soberano que las da.
Los valores que distinguen el modelo de Rousseau
De esta forma quedan definidos los valores fundamentales los siguientes:
En su esencia estos valores son modos de superación de la alineación política y moral, solo se realizan en sistema.
Aspecto formativo del modelo
La matriz valorativa que proponemos, nos permite enfocar la trascendencia del modelo iuspublicístico romano, desde la perspectiva ética, cuestión que no siempre es tratada, y que sin embargo tiene una trascendencia vital en el mundo contemporáneo. Su fundamento teórico metodológico general radica en la comprensión de la manifestación de lo particular y lo universal en la relación de la ética y el derecho. En tal sentido sostenemos la tesis, de que la ética tiende a lo universal, porque sus valores, encarnan la esencia humana en general, y por tanto en ellos es característico cierta atemporalidad. Los valores del derecho sin embargo están más atados a las contingencias socio-históricas y clasistas, por lo que convierten en imperativos, los ideales de convivencia humana. Es en la política donde lo ético, alcanza su universalidad más concreta.
La visión de Rousseau sobre el modelo iuspublicístico romano, marcada por el racionalismo del espíritu ilustrador, tiene la importancia de señalar, en las condiciones particulares del establecimiento del capitalismo, el tema de la alienación política, que marca hoy todavía el desarrollo de este sistema, y que constituye un argumento esencial, en la demostración de la necesidad de su superación efectiva.
Este enfoque nos permite además, considerar que la construcción de la nueva utopía social, no podrá realizarse sin la humanización de la política, a partir de la inclusión en ella de valores cada vez más universales, cuya garantía real sea la participación conciente del pueblo en el ejercicio del poder.
____ El derecho Romano como universalización cultural frente a la globalización neoliberal.
Autores:
Lic. Juan Alberto blanco Rivera
Lic. Yosnaisy Garrido Cordero
ygarrido[arroba]fcsh.upr.edu.cu
Lic. Anabela Borrego Cruz
Datos de los autores:
Se trata de licenciados en derechos, actualmente son profesores de la Universidad de Pinar del Río de Cuba, han presentado este trabajo como ponencia en el Segundo Seminario Internacional de Derecho Romano latinidad e Integridad, habana- Cuba, 2002.
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