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Proyecto Educativo Institucional PEI 2006-2010 (página 8)



Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8

ESTUDIOS SOCIALES

COMUNES
OBLIGATORIOS

INCORPORADOS

  • El Ecuador: Distribución de su población, recursos
    naturales y sectores económicos.
  • El Ecuador: Los elementos del
    estado y su soberanía
  • El continente Americano:
    División geográfica y cultural, formas de
    vida.
  • El continente Americano: Aspecto
    físico, El cinturón del Fuego del
    Pacífico.
  • El continente Americano:
    División geográfica, diversidad de
    países y sus expresiones culturales.
  • Grandes civilizaciones antiguas de
    América: Incas, Mayas y Aztecas. Elementos de su identidad.
  • Los Incas en el territorio del
    actual Ecuador: Expresión Imperial; integración socio –
    cultural.
  • La declaración de los
    derechos fundamentales del
    niño.
  • Características Generales

 

 

 

  • Relieve de América.

 

  • Generalidades
  • Importancia
  • Análisis de cada derecho.

CIENCIAS NATURALES

COMUNES
OBLIGATORIOS

INCORPORADOS

CIENCIAS DE LA VIDA

LA VIDA Y SU DIVERSIDAD:

Reino Vegetal y Animal:

  • Importancia de estos grupos
  • Especies locales más
    importantes.

 

  • Protección y cuidado de la fauna y flora.

El Ser humano

  • El Sistema
    Muscular, el Sistema
    Respiratorio, el Sistema Óseo, el Sistema
    Nervioso.
  • El Aparato
    Reproductor.

Salud y enfermedad.

  • Automedicación y riesgos
  • Tabaquismo, drogadicción y
    alcoholismo
  • Medicina Natural y Alternativa.

 

LA VIDA Y SU
INTERACCIÓN

Factores físicos y Bióticos en el
ambiente.

CIENCIAS DE LA TIERRA

El suelo
agrícola en el Ecuador.

  • Técnicas Agrícolas.

El agua

  • Ciclo de agua
    en la naturaleza
  • El agua y los seres vivos
  • Potabilización del agua.

El aire

  • Propiedades, importancia y
    utilidad

CIENCIAS FÍSICAS Y
QUÍMICAS

Materia y Energía

 

  • Características generales del Reino
    Vegetal y del Reino Animal

 

  • Estructura y funcionamiento

 

  • Fecundación. Características
    hereditarias

 

  • Formas de prevención
  • Precauciones para evitar su
    contagio
  • Propiedades curativas.
  • Medios de prevención

 

 

 

  • Técnicas apropiadas.
    Preparación del suelo
  • Riego y limpieza
  • Proceso
  • Utilización
  • Fases.

 

 

 

 

– Cuerpos simples.

RECURSOS

METODOLOGÍA Y
EVALUACIÓN

RECURSOS

LENGUAJE Y
COMUNICACIÓN

MATEMÁTICA

Diccionario

– Recortes de prensa

– Tarjetas

– Folletos

Periódico

– Poemas

– Láminas

– Carteles

– Esquemas

– Crucigramas

Gráficos

– Medida

Juego
geométrico

– Balanza

– Metro

– Carteles

– Recursos del medio

CIENCIAS
NATURALES

ESTUDIOS
SOCIALES

– Insectos

– Plantas

– Animales

– Carteles de experiencia

– Experiencias

– Libros

– Cuestionarios

– Agua

Mapas

– Atlas

– Revistas

– Esferas

– Láminas

– Textos

– Diarios

– Carteles

METODOLOGÍA

LENGUAJE Y
Comunicación

MÉTODOS

Analítico – Sintético

Inductivo – Deductivo

Deductivo – Inductivo

PROCESOS

Investigación

Estudio dirigido

Discusión

Comparación

Globalización

Declamación

MATEMÁTICA

MÉTODOS

Heurístico

Solución de problemas

Inductivo – Deductivo

Deductivo – Inductivo

PROCESOS

Tareas Dirigidas

Demostraciones

Comparación

Razonamiento

Comprensión

Investigación

CIENCIAS
NATURALES

MÉTODOS

Experimental

Científico

Comparado

Heurístico

Investigación

Observación Directa

Observación Indirecta

PROCESOS

Investigación

Comprobación

Demostraciones

Comparación

Generalización

ESTUDIOS
SOCIALES

MÉTODOS

Itinerarios

Observación Directa

Observación Indirecta

Interpretación

Investigación
Bibliográfica

PROCESOS

Expositivo

Estudio Dirigido

Discusión

Dramatización

Tareas Dirigidas

EVALUACIÓN

LENGUAJE Y Comunicación

MATEMÁTICAS

Pruebas Orales

Pruebas escritas

Trabajos Individuales

Trabajos en grupo

Trabajos de investigación

Actuación en clase

Mapas conceptuales

Crucigramas

Sopa de Letras

Ejercicios en clase

Resolución de Problemas

Pruebas orales

Pruebas escritas

Crucigramas

CIENCIAS NATURALES

ESTUDIOS SOCIALES

Sopa de letras

Actuación en clase

Trabajos individuales

Trabajos en grupo

Trabajos de investigación

Pruebas orales

Pruebas escritas

Trabajos en grupo

Trabajos de investigación

Pruebas orales

Trabajos individuales

Actuación en clase

Crucigramas

Mapas conceptuales

Sopa de letras

CAPÍTULO IV

GESTIÓN
INSTITUCIONAL

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA
INSTITUCIÓN

ORGÁNICO
FUNCIONAL

  • Del Director
  • De la Junta de Profesores
  • Del Personal
    Docente
  • Del Profesor de
    Turno
  • De los Padres de Familia
  • Del Gobierno
    Estudiantil
  • Alumnos

REGLAMENTO
INTERNO

Las escuelas pluridocentes, pertenecientes a la UTE No.
8 Cumandá – Huigra, Provincia de
Chimborazo.

CONSIDERANDO

QUE: Para el normal desenvolvimiento de nuestra
Institución Educativa debe establecerse un Instrumento
Legal que determine las responsabilidades asignadas a cada
miembro que conforma cada Plantel.

QUE: De conformidad con el Art. 97 literal e) del
Reglamento General de la Ley
Orgánica de Educación Vigente,
faculta elaborar el Reglamento Interno o sus Reformas.

ACUERDAN

Expedir el siguiente Orgánico Funcional para la
Escuela Fiscal Mixta
"República de Paraguay",
perteneciente al recinto Sacramento, Parroquia Matriz,
Cantón Cumandá, de la UTE Nº 8, CUMANDÁ
– HUIGRA, Zona 1.

DATOS INFORMATIVOS

NOMBRE DEL PROYECTO : El
trabajo en equipo
mejora la
educación.

INSTITUCIÓN RESPONSABLE :
"República de Paraguay"

DIRECTOR : Lcda. María B.
Aguirre

UBICACIÓN

  • PROVINCIA : Chimborazo
  • CANTÓN : Cumandá
  • PARROQUIA : Matriz
  • RECINTO : Sacramento
  • TIPO DE ESCUELA : Hispana
  • RÉGIMEN : Costa
  • SOSTENIMIENTO : Fiscal.
  • ZONA : Rural
  • JORNADA : Matutina
  • SEXO : Mixto
  • CLASE : Común
  • FECHA DE INICIO : 22 DE MARZO
    2006
  • FECHA TERMINAL : 15 DE ENERO 2010

CAPÍTULO II

Art. 1. A más de los objetivos que
contempla en la Ley de Educación Vigente y su Reglamento
se establece los siguientes;

  • Continuar y ejecutar las finalidades para la
    cual fueron creadas.
  • Programar el hecho educativo en el
    año escolar con la participación armònica
    de las personas que intervienen para conseguir resultados
    positivos.
  • Impartir una educación Integral a los
    niños
    acordes a las necesidades
  • Impartir una educación
    Práctica de acuerdo con las necesidades culturales,
    tecnológicas y socioeconómicas de los
    alumnos.
  • Impartir una educación integral a los
    niños y niñas acorde a las
    necesidades.
  • Respetar la
    personalidad e individualidad de los educandos y aprovechar
    su experiencia.
  • Trabajar activa y disciplinadamente,
    autoridades, maestros y alumnos en procura de la
    superación y prestigio del Plantel.

Art. 2. Son objetivos del presente
reglamento:

a) Normar las actividades de cada uno de los organismos
y personas que conforman el plantel, asignando responsabilidades
especìficas.

b) Conocer los deberes y derechos que tiene el colectivo
educativo.

c) Respetar y hacer respetar las disposiciones legales y
reglamentarias, para conseguir la marcha ordenada y eficaz de
actividades en beneficio del plantel.

d) Mejorar y mantener buenas condiciones el aspecto
físico del establecimiento.

Art. 3. La jornada de trabajo de las
escuelas en mención se efectuara en forma matutina con el
horario de 07H30 a 12H40 de lunes a viernes.

CAPÍTULO III

DE LA ADMINISTRACIÓN Y DEL
FINANCIAMIENTO:

Art. 4. De acuerdo al artículo 70 del
Reglamento General de Educación, el Director será
designado por la Autoridad
Educativa competente previo concurso de merecimientos y
oposición.

Art. 5. La
administración de las escuelas es de absoluta responsabilidad del señor(a) Director(a),
la misma que lo hará en concordancia con las Leyes y
Reglamentos de Educación Vigente.

Art. 6. Esta escuela se financiará con los
recursos dados por el Estado y
aportes dados por los padres de familia.

CAPÍTULO IV

ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL

Art. 7. La Escuela Fiscal Mixta "Repùblica
de Paraguay" regirá su funcionamiento y organización de acuerdo al Art. 76 del
Reglamento General de la Ley de Educación de la siguiente
forma:

  • DIRECTOR (A)
  • PERSONAL DOCENTE

CAPÍTULO V

DEL DIRECTOR

Art. 8. El Director es la primera autoridad de la
escuela y el representante oficial de la misma.

Art. 9. Son deberes y atribuciones del Director,
a más de lo establecido en el Art. 70 del Reglamento
General de la Ley de Educación:

  • Mantener el respeto y
    las buenas relaciones con sus colaboradores
  • Atender y dar trámites con
    oportunidad, cortesía y ética
    profesional a profesores, alumnos y padres de familia y
    otras que lo solicitan su atención.
  • Orientar al personal docente de la
    Institución de acuerdo a sus necesidades.
  • Permanecer dentro del plantel durante todas
    las horas laborables, salvo el caso de comisiones que
    beneficien al establecimiento.
  • En caso de ausencia del plantel,
    notificará por escrito y encargará la dirección a la autoridad inmediata
    inferior que este presente.
  • Controlar el movimiento
    económico del plantel y responsabilizarse solidariamente
    en le manejo de fondos con el tesorera (o).
  • Designar a los profesores para que hagan
    turnos y representen a la Institución en las fechas
    cívicas.
  • La toma de
    decisiones serán tomadas en forma
    democrática.
  • Dirigir, orientar y controlar la disciplina
    del plantel.
  • Elaborar el plan
    estratégico Institucional, durante el período
    de matrículas en colaboración con todo el
    personal docente.
  • Dirigir la planificación,
    ejecución y evaluación de las acciones de
    recuperación pedagógica.
  • Promover la participación de la
    comunidad en las actividades de la escuela.
  • Participar con todo el personal docente en
    las actividades tendientes al desarrollo
    de la comunidad.
  • Convocar y presidir la sesión de
    profesores.
  • Mantener actualizado el inventario y
    responder por los bienes del
    establecimiento.
  • Visitar las salas de clases, patios, anexos
    y más lugares dónde se desarrollen las labores
    educativas.
  • Organizar el comité de padres de
    familia y promover su participación en las actividades
    de la escuela.
  • Conceder licencia al personal docente y de
    servicio
    hasta por cinco días no consecutivos por trimestre, en
    caso debidamente justificados por la supervisión.
  • Organizar actividades culturales, sociales,
    deportivas, defensa del medio
    ambiente y educación para la salud, con la
    participación de la comunidad.
  • Enviar oportunamente los datos
    estadísticos, informes y
    más documentos solicitados por la Supervisión o
    la Dirección de Educación.
  • Legalizar las libretas de calificaciones,
    pases de año, pases a otro plantel del mismo
    régimen de estudios y más documentos de su
    competencia.
  • Hacer conocer a las autoridades superiores
    con la debida oportunidad de las novedades que se susciten en
    el establecimiento.
  • Proponer a la Dirección Provincial de
    Educación cambios del personal docente por razones
    determinadas en la Ley de Escalafón y sueldos del
    Magisterio y su Reglamento.
  • Hacer conocer al personal docente de las
    decisiones del Concejo y Dispocisiones superiores, así
    como, por escrito para los actos programados.
  • Suscribir los partes de asistencia
    conjuntamente con el profesor de turno y comunicar a sus
    autoridades superiores con la debida oportunidad.

CAPÍTULO VI

DE LOS PROFESORES

Art. 10. Son deberes y atribuciones de los
profesores a más de los señalados en el Art. 83 del
Reglamento General de la Ley de Educación, las
siguientes:

  • Cumplir con las políticas de la Institución
    respeto a la forma de desarrollo del proceso de enseñanza
    aprendizaje.
  • Permanecer en el establecimiento durante
    programas especiales que tenga la
    Institución.
  • Participar en seminarios y cursos de
    perfeccionamiento docente y organizado por Instituciones Educativas.
  • Promover concursos de carácter literario, científico y
    deportivo en fechas oportunas.
  • Preparar a los alumnos para que puedan
    expresarse públicamente de acuerdo a sus
    necesidades.
  • Vigilar los fondos y bienes del plantel al
    finalizar el año escolar, se realizará una
    revisión de inventario de la escuela y suscribirá
    un acta de esta diligencia.
  • Llegar al plantel por lo menos 10 minutos
    antes de la entrada a labores y permanecer en el
    establecimiento toda la jornada de trabajo.
  • Asistir al período de
    matrículas para cumplir con lo establecido en la ley y
    llenar documentos reglamentarios.
  • Anotar con legalidad en
    el registro de
    asistencia de profesores la hora exacta de llegada y la
    estadística escolar que sería
    controlada por el profesor de turno en las formaciones y
    recesos.
  • Colaborar con el profesor de
    turno.
  • Presentar con regularidad y en fechas
    establecidas los documentos solicitados por sus
    superiores.
  • Presentar cuadros y libretas de
    calificaciones, máximo después de ocho
    días de terminado el trimestre.
  • Trabajar activa y disciplinadamente,
    Autoridades, maestros y estudiantes en procura de la
    superación y prestigio del plantel.
  • El personal docente de la
    Institución, asistiremos a clases con el respectivo
    uniforme establecido (Solamente un mandil).
  • Llevar técnica y
    sistemáticamente el registro de asistencia.
  • Realizar el mejoramiento material y
    estético del aula.
  • Concurrir a las sesiones debidamente
    convocadas.
  • Participar obligatoriamente en todos los
    actos y sesiones de padres de familia, actos públicos
    organizados por las autoridades educativas, siempre y cuando
    hayan sido convocados.
  • Acatar las resoluciones tomadas por la
    mayoría de votos en las reuniones
    programadas.
  • Presentar en forma oportuna los
    cuestionarios de las pruebas
    trimestrales y aplicarlas cuando hayan obtenido el visto bueno
    de la directora del plantel.
  • En caso de quejas contra el director del
    plantel deberá dirigirse a las autoridades inmediatas
    superiores de la zona.
  • Cuando el supervisor haga uso de su derecho
    o licencia de hasta cinco días en el trimestre por
    causas justificadas o por tiempo mayor
    por enfermedad está obligado a poner el reemplazo
    correspondiente el mismo que será remunerado por el
    profesor titular.
  • Cuando hubiere presunción de que el
    profesor ha cometido actos antirreglamentarios por
    desconocimiento o negligencia de sus funciones o por
    acciones incorrectas antes de ser sancionado deberá ser
    notificado para ejercer legitimo derecho a la
    defensa.

Art. 13. Está prohibido a los
profesores:

  • Cometer actos inmorales o en contra de las
    buenas costumbres.
  • Emplear términos ofensivos a la
    dignidad de
    los educandos o cometer actos de violencia o
    de hecho para solucionar falta de estudiantes.
  • Enviar o dejar solos a los estudiantes en
    actividades: deportivas, curriculares o competencias de
    otra índole.

CAPÍTULO VII

DE LAS COMISIONES PERMANENTES

Art. 14. Las escuelas contarán con las
siguientes comisiones permanentes:

  • Socio – Cultural
  • Cruz Roja y Defensa Civil
  • Deportiva

Art. 15. Cada Comisión tendrá su
respectiva planificación y será responsable de la
misma.

Art. 16. Durante el primer mes de cada año
escolar, cada comisión elaborará su
planificación anual de trabajo y la pondrá a
consideración del director de la escuela para la
respectiva aprobación. El presidente de la comisión
es el responsable del cumplimiento y éxito
de la planificación.

Art. 17. Son deberes y atribuciones de la
Comisión sociocultural:

  • Servir de nexo entre la escuela y la
    comunidad para los diferentes programas de carácter
    social que se realicen en el transcurso del año
    escolar.
  • Presentar proyectos para
    estimular a lo Profesores y Alumnos que se hayan destacado en
    el año escolar.
  • Responsabilizarse de la
    organización y ejecución de los programas
    sociales que puedan realizarse con ocasión de la
    celebración de la Navidad,
    fiestas patronales y ocasionales.
  • Promover concursos internos e interestelares
    de carácter científico, Literario,
    dramático, deportivo, etc.
  • Coordinar y colaborar con los programas a
    desarrollarse en los momentos cívicos de los días
    lunes en las fiestas cívicas y costumbristas que celebre
    el plantel.
  • Investigar y recopilar datos acerca de
    los valores
    personales de la comunidad, así como su riqueza natural
    para darlos a conocer a los demás.

Art. 18. Son deberes y atribuciones de la
Comisión Deportiva:

  • Responsabilizarse de la Organización
    y ejecución de las competencias atléticas,
    deportivas y de recreación de carácter interno e
    interestelar.
  • Responsabilizarse de la conformación
    de los diferentes equipos, así como la
    preparación física
    técnica de los mismos. Consecución de uniformes e
    implementos deportivos.
  • Inscribir con la debida oportunidad y
    veracidad a los equipos que vayan a participar en las distintas
    disciplinas.
  • Colaborar con la supervisión de
    Educación
    Física en el desarrollo de los eventos
    programados.

Art. 19. Son deberes y atribuciones de la
Comisión de Cruz Roja y Defensa
Civil:

  • Colaborar con mingas de Limpieza del plantel
    y Comunidad con los miembros del recinto.
  • Colaborar con la Dirección de Salud
    de la Provincia, para preservar la salud física y mental
    de los niños, maestros y miembros del
    Recinto.
  • Gestionar ante las Instituciones respectivas
    una alimentación básica.
  • Formar la brigada de primeros
    auxilios
  • Prestar ayuda al alumno que hubiera sufrido
    algún accidente
  • Realizar campañas continuas de aseo e
    higiene
    ambiental tanto en la escuela como en perímetro.
    Y
  • Organizar y orientar la conformación
    y funcionalidad de la Cruz Roja.

CAPÍTULO VIII

DE LOS PROFESORES DE LA ESCUELA

Art. 20. Son deberes y atribuciones de los
profesores:

  • Planificar, organizar, ejecutar y evaluar el
    currículo correspondiente a su
    grado.
  • Permanecer en el establecimiento durante las
    jornadas ordinarias, extraordinarias y en otras actividades
    planificadas por la escuela.
  • Utilizar procesos
    didácticos que permitan la participación activa
    de los alumnos y que garanticen un aprendizaje
    efectivo.
  • Estimular y evaluar sistemáticamente
    el trabajo
    de los alumnos en función
    a los objetivos planteados.
  • Observar un comportamiento digno y
    constituirse frente a sus alumnos como ejemplo permanente de
    cumplimiento, puntualidad, responsabilidad y buena
    presentación.
  • Organizar y atender grupos de
    recuperación pedagógica con los alumnos que
    presenten problemas de aprendizaje.
  • Proporcionar a los alumnos un trato
    adecuado, respetando su personalidad
    y las características de su desarrollo.
  • Promover la integración social y
    velar por la preservación de la salud y seguridad
    personal de los alumnos.
  • Promover y fomentar una permanente
    integración entre el establecimiento, los padres de
    familia y la comunidad en general.
  • Coordinar las actividades con los profesores
    especiales
  • Elaborar el material didáctico y
    utilizar oportunamente
  • Participar en los programas de
    perfeccionamiento profesional
  • Llevar prolijamente los libros, registros y
    más instrumentos curriculares
  • Concurrir puntualmente a las sesiones de
    trabajo organizadas por el director, la supervisión y
    otras autoridades competentes.
  • Mantener el respeto y las buenas relaciones
    con las autoridades, padres de familia, alumnos y
    profesores.
  • Informar oportunamente al director de la
    escuela a cerca del desarrollo de las actividades de su
    grado.
  • Cumplir con las comisiones encomendadas por
    el director o junta de profesores y presentar los informes del
    caso.
  • Firmar en el leccionario de control
    académico al finalizar la clase llenando los casilleros
    que en él se indique.

CAPÍTULO IX

DEL PROFESOR DE TURNO

Art. 21. A más de lo establecido en el
Art. 20 de este reglamento, el profesor de turno debe:

  • Estar presente en la escuela 15 minutos
    antes del inicio de las labores escolares de cada
    día.
  • Controlar la disciplina del alumnado y la
    conversación del local escolar y sus anexos.
  • Revisar diariamente el aseo del alumnado,
    con la colaboración de los profesores de grado y alumnos
    comisionados.
  • Responsabilizarse por todo cuanto suceda a
    los alumnos durante los 15 minutos anteriores a la entrada de
    clases, en los recreos y a la salida de las
    labores.
  • Ser exacto en los toques de campana, tanto
    en el momento de entrada, recreo y salida de clases.
    Será el único responsable en caso del
    incumplimiento del horario.
  • Al iniciar la semana de labores,
    velará por la realización del momento
    vico y
    saludo a la bandera.
  • Elaborar el registro de asistencia diario y
    entregar el parte de asistencia al finalizar la
    semana.

CAPÍTULO X

DE LOS ALUMNOS

Art. 22. A más de lo señalado en el
Art. 140 del Reglamento de la Ley de Educación, los
alumnos de la Escuela Fiscal Mixta "República de
Paraguay", quienes después de haber obtenido su
matrícula, se hallaren asistiendo al establecimiento
educativo tienen los siguientes deberes y derechos.

Art. 23. Son deberes de los alumnos:

  • Participar puntualmente en el proceso de
    formación.
  • Asistir con el uniforme a clases y a los
    diversos actos cívicos, culturales, deportivos y
    sociales organizados por el establecimiento.
  • Guardar la debida consideración y
    respeto a los superiores, compañeros y profesores dentro
    y fuera del establecimiento educativo.
  • Participar bajo la dirección de los
    profesores, en actividades estudiantiles de carácter
    cultural, social, deportivo, defensa del medio ambiente y
    educación para la salud.
  • Rendir las pruebas de evaluación con
    honestidad y
    con sujeción al horario determinado por las
    autoridades.
  • Concurrir puntualmente a clases o los actos
    que programe el plantel.
  • Observar en todos sus actos, dentro del
    plantel o fuera de él un comportamiento
    correcto.
  • Cuidar su buena presentación en el
    vestido e higiene.
  • Velar por el prestigio y buen nombre del
    establecimiento, contribuir con la buena conservación
    del edificio, anexos, muebles, material didáctico y
    más pertenencias del establecimiento. Asumir
    responsabilidad por el deterioro de cualesquier bien ocasionado
    por él y pagar el costo de su
    reparación o reposición.
  • Permanecer en el establecimiento durante
    toda la jornada de trabajo.
  • Asumir responsabilidad por el deterioro de
    cualquier bien ocasionado por èl y pagar el costo de su
    reparación o repocisiòn.
  • Informar a sus representantes las
    resoluciones e inquietudes que envía la
    escuela

Art. 24. Son derechos de los alumnos

  • Recibir una educación completa e
    integral, acorde con sus aspiraciones y aptitudes.
  • Desenvolverse en un ambiente de
    comprensión, seguridad y tranquilidad.
  • Ser respetados en su dignidad e
    integridad.
  • Presentar sus aspiraciones y reclamos a
    profesores y autoridades del establecimiento en forma
    respetuosa y recibir de ellos la respuesta
    correspondiente.
  • Los estudiantes que sobresalieren en
    conducta,
    aprovechamiento en eventos deportivos, culturales, internos e
    ínter escolares serán estimulados con premios o
    menciones honorìcas.
  • Solicitar asesoramiento a sus profesores en
    aspectos académicos.
  • Participar en actividades sociales,
    culturales y educativas en las cuales intervenga el
    establecimiento.

Art.26. Está prohibido a los
alumnos:

  • Intervenir en trabajos en aulas
    que no les corresponde.
  • Manchar, raspar o destruir paredes, puertas,
    ventanas, pupitres, mesa, carteles, etc. El responsable del
    perjuicio será amonestado y deberá reparar los
    daños ocasionados.
  • Salir del plantel en horas laborables y
    recreo.

CAPÍTULO XI

DE LAS ORGANIZACIONES
ESTUDIANTILES

Art. 27. Con el fin de fortalecer la
formación integral de la personalidad del alumno, se
establecerá en la escuela organizaciones estudiantiles
encaminadas al cultivo de los valores
éticos, estéticos, cívicos,
científicos y al fortalecimiento del espíritu
cooperativista con la dirección del director y de los
profesores designados para el acto.

Art. 28. Las organizaciones estudiantiles se
conformarán tanto a nivel de grado como de
establecimiento, de acuerdo con las prácticas
democráticas reconociendo los méritos morales,
intelectuales
y de rendimiento de los estudiantes que habrán de ser
elegidos para ejercer dignidades.

Art. 29. Las organizaciones estudiantiles se
conformaran y funcionarán sobre la base del reglamento
especial expedido por el Ministerio.

Art. 30. Los niños, niñas y
adolescentes
gozarán de los derechos comunes al ser humano,
además de los específicos a su edad. El Estado les
asegurará y garantizará el derecho:

  • A la vida
  • A la integridad física y
    psíquica
  • A su identidad, nombre y
    ciudadanía
  • A su salud integral y nutrición
  • A tener una familia y convivir en
    comunidad
  • A la participación social
  • A ser consultados en los asuntos que nos
    afectan.

Consejo de Aula

Art. 31. Es la forma en que los niños y
niñas de un aula se organizan para hacer y compartir
muchas actividades:

  • Para apoyarse entre compañeros en estudios y
    actividades culturales del grado.
  • Para apoyarse a favor de la salud y medio
    ambiente
  • Para promover el deporte y la
    recreación
  • Para asegurar que se cumpla con los derechos de los
    niños y niñas.

Organización del Consejo de
Aula

Art. 32. El Consejo de Aula está
conformado de la siguiente manera:

  • Alcaldes y Vicealcaldes
  • Secrerio
  • Comisión de Educación y
    Cultura
  • Comisión Defensora de los Derechos de las
    niñas y niños
  • Comisión de Salud y Medio Ambiente

Consejo Estudiantil

Art. 33. Es la forma en que los niños y
las niñas de toda una escuela se organiza para hacer y
compartir muchas actividades:

  • Para apoyar entre todos a favor de la
    educación y la cultura
  • Para apoyar entre todos a favor de la salud y el
    medio ambiente
  • Para tener recursos y tesorería de los
    estudiantes
  • Para promover el deporte y la
    recreación
  • Para asegurar que los derechos de los niños se
    cumplan en las escuelas.

Organización del Consejo
Estudiantil

Art. 34. El Consejo Estudiantil está
formado de la siguiente manera:

  • Presidente
  • Secretario
  • Vicepresidentes
  • Comisión de Educación y
    Cultura
  • Comisión Defensora de los Derechos de los
    niños y niñas
  • Comisión de Servicios y Recursos
  • Comisión de Deportes y
    Recreación
  • Comisión de Salud y Medio Ambiente
  • Coordinador

NOTA: Cada comisión coordina un
vicepresidente.

Art. 35. La Asamblea estudiantil es el
máximo representante de los alumnos y alumnas.

  • Ser evaluados en forma justa, considerando
    su trabajo y esfuerzo y notificados con los resultados en corto
    plazo.
  • Recibir orientación y estímulo
    ya sea en sus actividades para superar los problemas que se
    presenten en sus estudios o en sus relaciones con los
    demás miembros del establecimiento.
  • Utilizar los servicios e instalaciones con
    que cuenta el establecimiento, de acuerdo con el reglamento
    interno.
  • Recibir atención oportuna a sus
    requerimientos de certificados, calificaciones, solicitudes y
    más trámites relacionados con su vida
    estudiantil. Y.
  • No ser sancionado sin que se pruebe su
    responsabilidad y se ofrezca la oportunidad de ser escuchados y
    de defenderse.

CAPÍTULO XII

DE LOS PADRES DE FAMILIA:

Art. 36. A más de lo estipulado en el Art.
148 de la Ley de Educación y su Reglamento, los padres de
familia o representantes de los alumnos, organizarán el
Comité Central de padres de familia. Este comité no
podrá inferir en la toma de decisiones administrativas de
la escuela.

Art. 37. El Comité Central de Padres de
Familia estará integrado por: un presidente, un
vicepresidente, un tesorero y el profesor designado como
secretario, el director de la escuela integrará el
comité como miembro nato y los cuatro principales vocales.
(Los presidentes de grado se constituyen en vocales de dicho
comité).No podrán ser reelectos más de una
vez consecutiva.

Art. 38. Son funciones del comité de
padres de familia:

  • Colaborar con el personal docente y
    autoridades en el desarrollo de las actividades
    educativas.
  • Fomentar el fortalecimiento de la comunidad
    educativa
  • Desplegar gestiones tendientes al
    mejoramiento de las condiciones materiales
    del establecimiento.
  • Participar con las comisiones designadas por
    los directivos de la escuela.
  • Cumplir las funciones establecidas en el
    reglamento interno del plantel.

Art. 39. Son funciones de los padres de familia o
representantes.

a) El padre de familia o representante debe proveer todo
lo que su representado necesita para el normal desenvolvimiento
de sus actividades estudiantiles.

b) Asistir puntual y obligatoriamente a sesiones o a
cualquier llamado que haga el director de la escuela, el profesor
del grado o el comité de padres de familia.

c) Concurrir oportumemente en el período de
matriculas portando documentos reglamentarios.

d) Colaborar con las autoridades y personal docente en
el desarrollo de actividades educativas.

e) Justificar faltas y
atrasos a la escuela de sus representados al día
siguiente.

f) Proporcionar al personal docente un trato adecuado y
de respeto.

g) Acudir a la escuela para dialogar con las autoridades
o profesores cuando lo comuniquen o soliciten.

h) Acatar las resoluciones tomadas por la mayoría
de padres de familia.

i) Aceptar comisiones o delegaciones que se origine por
parte de la escuela o de sus compañeros
representantes.

j)Cumplir con todas las resoluciones del Comité
de padres de familia siempre y cuando sean para el normal
desarrollo de las actividades de la escuela.

k) Controlar la ejecución de tareas aseo y buena
presentación de sus hijos o representados.

De las sanciones de los padres de
familia

Art.40 A los miembros de la directiva y a todos
los padres de familia que no cumplieran con todas las obligaciones
estipuladas dentro del reglamento interno Art. 39 con sus
literales b, i, j, serán sancionados
económicamente, según acuerdo por resolución
de Asamblea en sesión ordinaria.

Art.41 El padre de familia que no cumpliere su
obligación estipulada en el Art. 39, literal e, su
representado será devuelto a su domicilio hasta que haya
una justificación del representante.

CAPÍTULO XIII

DE LA ASISTENCIA Y DISCIPLINA

Art. 42. Es responsabilidad solidaria del
director, docentes,
padres de familia y estudiantes, crear y mantener las condiciones
adecuadas para que la disciplina y la asistencia faciliten el
óptimo desarrollo de las actividades
educativas.

Art. 43. El control y registro de asistencia son
obligatorios.

Art. 44. La inasistencia de los estudiantes debe
ser justificada por sus representantes, al día siguiente
del retorno del alumno a clases ante el profesor del grado. Si
excede de los días será justificada ante el
director del establecimiento.

Art. 45. Iniciadas las clases, el alumno no
podrá abandonarlas salvo el caso de tener permiso del
profesor o director.

Art. 46. El incumplimiento de normas de
disciplina se notificará a la autoridad inmediata para su
respectiva sanción.

Art. 47. Prohíbase los castigos corporales
y psíquicos que atente en contra la integridad y
personalidad del educando.

CAPÍTULO XIV

DE LAS FIESTAS Y EXCURSIONES

Art. 48. Las fiestas y excursiones tendrán
el carácter educativo y recreativo, servirán para
fomentar el
conocimiento del país y sus valores cívicos,
históricos y folklóricos. La preparación de
estas fiestas, no interrumpirá el horario de clases y su
celebración no durará más de dos
días. Las excursiones serán planificadas por el
profesor del grado y tendrán la autorización del
director y el Supervisor.

DE LAS FIESTAS PATRONALES

Art. 49. Durante los festejos patronales o
cívicos, se estimularán a los profesores que
cumplan 25 años de servicio al magisterio, que se acojan a
la jubilación o hayan tenido actuación
sobresaliente en la escuela o fuera de ella. También a los
alumnos que se hayan destacado en aprovechamiento, conducta,
concursos escolares y en representaciones sociales, culturales y
deportivas.

Art. 50. Los aspectos científicos como
conferencias, disertaciones, certámenes, debates; los
aspectos artísticos: como cantos, recitaciones, bailes,
rondas, gimnasia,
dramatizaciones deben ser respectivamente planificadas y
aprobadas por el personal docente.

DE LAS EXCURSIONES Y GIRAS
ESTUDIANTILES

Art. 51. Toda visita de observación, excursión o paseos
deben ser debidamente planificados y podrán realizarse
previa autorización legal del director. Para las visitas
de observación deben cumplirse tal como fue planificado y
aprobado.

Art. 52. Serán responsables de la
disciplina, integridad física y éxito de la
excursión el director y los profesores que organizan. En
las excursiones pueden tener la calidad de
invitados las autoridades educativas, miembros del comité
de padres de familia y personal docente de la escuela.

Art. 53. Los profesores que no participen en esta
actividad deberán permanecer laborando con normalidad en
el plantel con sus respectivos grados.

Art. 54. El número de alumnos que ocupen
el vehículo no debe excederse de 40 si es bus, 35 si es colectivo y 25
si es furgoneta.

Art. 55. Se prohíbe realizar excursiones y
giras con la participación exclusiva de los maestros y en
días laborables y si esto sucediera será necesario
la autorización del director y supervisor.

CAPÍTULO XV

DE LOS CAMPEONATOS Y CONCURSOS
INTERNOS

Art. 56. Los campeonatos y concursos internos
tendrán la finalidad de contribuir el desarrollo integral
de los alumnos, fomentar las buenas relaciones
humanas y el compañerismo.

Art. 57. Los concursos podrán ser de
carácter científico, cultural, artístico,
social y deportivo. Los profesores comisionados para este evento,
presentarán la planificación respectiva para el
estudio y aprobación de la autoridad correspondiente. La
elaboración de la planificación y su respectivo
estudio y aprobación no interferirá en el horario
de clases.

CAPITULO XVI

DEL ABANDERADO Y DEL JURAMENTO A LA
BANDERA

Art. 58. La elección del abanderado es el
máximo estímulo que se otorga al estudiante. Se
realizará con sujeción al Reglamento especial
expedido por el Ministerio de Educación.

  • Ser ecuatoriano por nacimiento o por
    naturalización.
  • Estar legalmente matriculado y asistiendo
    normalmente a clases.
  • Obtener el más alto puntaje como
    resultado de los promedios globales de promoción de segundo a sexto año
    de educación básica.
  • Haber obtenido una calificación
    promedio mínima equivalente muy buena en conducta en
    cada uno de los años.

Art. 59. De acuerdo con lo puntajes obtenidos se
asignarán las distinciones en la siguiente manera y
orden.

Primer puesto: Abanderado del Pabellón
Nacional.

Segundo Puesto: Porta estandarte de la Provincia o del
Establecimiento.

Tercero y Cuarto Escoltas del Pabellón
Nacional.

Quinto y Sexto: Escoltas del Poeta estandarte
respectivo.

Art. 60 Para el estudio del Record Estudiantil se
conformará una comisión Integrada: Director del
Plantel, Delegado del Personal Docente o Consejo Técnico,
Profesor Secretario del Plantel, Presidente del Comité de
Padres de Familia, Presidente del Gobierno Estudiantil o su
representante. Este record se elegirá en el período
de matrículas.

Art. 61 El acto cívico de
exaltación del abanderado de los alumnos del
séptimo año de educación básica se
realizará el 26 de septiembre. En este acto se
proclamará también al portaestandarte del
establecimiento y a los miembros de la escolta. El juramento a la
Bandera es obligatorio para todos los niños del sexto
grado.

Art. 62. A los Abanderados se les
entregará las Banderas en la Primera sesión
ordinaria de Padres de Familia de cada año
escolar.

Art. 63. El Abanderado izarà la Bandera
todos los dìas lunes y fechas cìvicas a partir de
su entrega.

Art. 65 Los alumnos que, por circunstancias de
fuerza mayor
no pudieran realizar el juramento en la fecha prevista, lo
harán en horas destinadas al civismo, antes de la
finalización del año escolar, con la
autorización del director.

CAPÍTULO XVII

DE LOS DERECHOS DE MATRICULA

Art. 66. En la Escuela Fiscal Mixta
"República de Paraguay", no habrá pago de derechos
por concepto de
matrículas ni de exámenes.

CAPITULO XVIII

DE LOS LIBROS Y REGISTROS

Art. 67. Los profesores de estas escuelas
llevarán los siguientes libros y registros:

Directores

  • Libro de matriculas.
  • Libro de evaluación y promociones trimestrales
    y final de los alumnos.
  • Registro de trabajo del director y
    profesores
  • Libro de actas juntas de profesores y Padres de
    Familia
  • Actas de sesiones del Personal Docente, de
    circulares, de asistencia del alumnado.
  • Registro de trabajo y de asistencia del personal
    docente.
  • Inventario general de la escuela.
  • Actas del Comité de Padres de Familia, de
    Citaciones.
  • Historia de la Escuela
  • Archivo de la escuela, del movimiento
    económico.
  • Proyecto Educativo Institucional (PEI),
    etc.
  • Actas:
  • Consejo Estudiantil
  • Abanderados y escoltas

Profesores

  • Registro de Asistencia de los alumnos.
  • Libro de Vida.
  • Plan de unidades Didácticas.
  • Planes y Programas vigentes.
  • Ley de Educación, etc.
  • Libro de actas de sesiones de profesores.

CAPÍTULO XIX

DE LA PRESENTACIÒN DE LAS
AULAS

Art. 68. Para dar como préstamo un aula la
persona
interesada debe presentar una solicitud y recibirá
mediante un acta de entrega- recepción de
bienes.

Art. 69. La prestación del aula se lo
hará por tiempo determinado, la misma que debe ser
entregad limpia y con todas sus pertenencias con las llaves
respectiva, caso contrario la autoridad educativa está
facultada en cambiar la seguridad para evitar el mal uso de dicha
aula.

CAPÍTULO XX

DE LA COMIDA ESCOLAR

Art. 70. Se lo hará por turnos, cada padre
de familia en orden alfabético y complementarán las
raciones necesarias.

Art. 71. De los utencillos de cocina deben ser
tratados con
responsabilidad y cuidado, por cada turno, en caso de
pérdida será repuesto por el turno a
cargo.

CAPÍTULO XXI

DE LA PRINCESITA DE NAVIDAD DEL
PLANTEL

Art. 72. La princesita será electa en
mutuo acuerdo con padres de familia y docentes, en democracia o
votación.

Art. 73. Se debe hacer un acto social para su
coronación y exaltación en el mes de diciembre, la
misma que tendrá una corte de honor con un mínimo
de cuatro niños y niñas, ellos participarán
en forma obligatoria.

Art. 74. Una vez realizadas las actividades
sociales las instalaciones de la escuela deberán cerrarse
enseguida de terminados dichos actos y así evitar
daños o destrucción por personas no competentes a
la educación.

CAPÍTULO XXII

DEL MANTENIMIENTO DEL ÁREA
ESCOLAR

Art.75. Al finalizar el período escolar la
planta física con toda su área escolar
quedará a cargo de la directiva de padres de familia en
cabezada por el presidente en turno, mediante el inventario de
bienes muebles e inmuebles.

Art. 76. La directiva será la encargada
durante el período de vacaciones, organizar mingas de
mantenimiento, limpieza y cuidado del área del plantel en
especial de los jardines y juegos
recreativos.

CAPITULO XXIII

DISPOSICIONES GENERALES:

Art. 77. El toque de campana para la
formación, revisión de aseo, etc. Se hará 10
minutos antes de la iniciación de labores.

Art. 78. Los casos que no estuvieren previstos en
este reglamento, serán resueltos por las autoridades
competentes.

Art. 70. El presente Reglamento Interno de las
Escuela fiscal Mixta "República de Paraguay" del Recinto
Sacramento de la Parroquia Matriz del Cantón
Cumandá fue discutido y aprobado en sesión
Ordinaria de Padres de Familia y del Personal Docente los
días 15 y 16 de abril de 2004 y entrará en vigencia
a partir de su aprobación.

MANUAL DE CONVIVENCIA

Los estudiantes recibirán una educación
completa e integral, de acuerdo a sus aptitudes y aspiraciones,
una atención eficiente de sus autoridades, de sus
profesores, en los aspectos pedagógicos, en su
formación integral en la Escuela Fiscal Mixta
"República de Paraguay".

EL DIRECTOR: Con su personal docente debe tener
una comunicación fluida, directa, respetuosa,
amable, es decir crear un ambiente propicio, saludable, para la
convivencia institucional.

  • Debe orientar, guiar, sugerir, ayudar, colaborar en
    el aspecto pedagógico.
  • Con el Comité Central de PP. FF, debe
    coordinar actividades de mejoramiento en los diferentes
    ámbitos del quehacer educativo.
  • Con los padres de familia debe crear un ambiente apto
    para la ejecución de las actividades a desarrollarse
    durante el año escolar.
  • Con el Gobierno Estudiantil debe ser su asesor
    general, guía, amigo, para que esta organización
    cumpla con los objetivos propuestos durante el año
    escolar.
  • Con los alumnos debe poner en práctica los
    valores con el ejemplo.
  • EL MAESTRO con el director debe propiciar un
    clima de
    respeto, consideración y responsabilidad dentro del aula
    y fuera de ella.
  • El maestro con los padres de familia debe propiciar
    una relación basada en la
    comunicación, respeto y responsabilidad mutua dentro
    del quehacer educativo.
  • El maestro con los alumnos debe constituirse en
    amigo, guía, orientador, para alcanzar el desarrollo
    integral de los niños.

EL COMITÉ CENTRAL DE PADRES DE FAMILIA,
debe estar predispuesto a colaborar junto a las actividades
planificadas por el director, encaminadas al mejoramiento de la
institución.

  • Debe apoyar y participar en todas las actividades
    socio-culturales, pedagógicas, deportivas que organicen
    los maestros.
  • Con los padres de familia debe mantener una constante
    comunicación para mantenernos informados de todas las
    actividades que se realizan durante el año
    lectivo.
  • El Comité Central de Padres de Familia debe
    estimular a los alumnos que han sobresalido en las diferentes
    actividades educativas.
  • El Comité Central de Padres de Familia
    estará integrado por: un presidente, un vicepresidente,
    un tesorero y el profesor designado como secretario, el
    director de la escuela integrará el comité como
    miembro nato y los cuatro principales vocales. (Los presidentes
    de grado se constituyen en vocales de dicho comité).No
    podrán ser reelectos más de una vez
    consecutiva.
  • Participar con las comisiones designadas por los
    directivos de la escuela.
  • Acudir en forma obligatoria y puntual al llamado de
    los maestros cuando el caso lo amerite.

DE LOS ALUMNOS con el director, deben ser los
portavoces de las inquietudes y necesidades, para así,
complementar sus aspiraciones encaminadas al desarrollo integral
de su personalidad.

  • Con los profesores deben ser respetuosos,
    críticos y responsables en todas las actividades que
    desarrollan dentro del campo educativo.
  • Con los padres de familia, deben retribuir con
    responsabilidad y sacrificio el esfuerzo de los mismos; para
    así, convertirse en entes activos,
    reflexivos y productivos para sí mismos y la sociedad.
  • Velar por el prestigio y buen nombre del
    establecimiento, contribuir con la buena conservación
    del edificio, anexos, muebles, material didáctico y
    más pertenencias del establecimiento.
  • Permanecer en el establecimiento durante toda la
    jornada de trabajo.
  • Asumir responsabilidad por el deterioro de cualquier
    bien ocasionado por èl y pagar el costo de su
    reparación o repocisiòn.
  • Informar a sus representantes las resoluciones e
    inquietudes que envía la escuela

DEBERES Y DERECHOS DE ESTUDIANTES, PROFESORES, PADRES
DE FAMILIA, ETC.

DIRECTOR:

  • Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y
    más disposiciones de autoridades superiores, tomando
    siempre en cuenta el aspecto humano.
  • Responsabilizarse de la ejecución del PEI que
    estamos elaborando para los cinco años.
  • Orientar el trabajo del personal docente y estimular
    su capacitación con
    responsabilidad.
  • Dar y recibir en forma cortés y respetuosa
    cualquier orden y sugerencia.

PERSONAL DOCENTE:

  • Desempeñar con dignidad, eficiencia y
    puntualidad sus funciones.
  • Mantener una conducta ejemplar en el establecimiento
    y la comunidad.
  • Cumplir su trabajo de acuerdo con las normas, leyes,
    reglamentos y disposiciones impartidas por las autoridades
    competentes.
  • Propiciar las buenas relaciones con autoridades,
    educandos, padres de familia y comunidad.
  • Que el profesor de turno cumpla a cabalidad con su
    responsabilidad durante la jornada de trabajo.
  • Que todos los maestros colaboren con el control de la
    disciplina en la formación y el recreo, para evitar
    accidentes.
  • Que los maestros mantengan una presentación
    aceptable frente a los alumnos.
  • Los maestros especiales deben cumplir con el horario
    establecido en las instituciones que laboran.
  • No abandonar la institución dentro de las
    horas laborables.
  • Cumplir con la planificación diaria con
    mística profesional.
  • Elaborar material didáctico utilizando los
    recursos del medio.
  • Se sugiere realizar actividades de
    recuperación con los niños que presentan
    dificultad de aprendizaje.
  • Evaluar las tareas enviadas a casa.
  • Elaborar el cuadro de honor de los mejores
    estudiantes.

ALUMNOS

  • Asistir puntualmente al establecimiento educativo y a
    todas las actividades que en el se desarrollen.
  • Mantener la debida consideración y respeto a
    los maestros y compañeros dentro y fuera del
    establecimiento educativo.
  • Cuidar de su buena presentación y aseo
    personal.
  • Permanecer dentro del establecimiento durante la
    jornada de trabajo.
  • Exigir una educación adecuada, completa e
    integral acorde con sus actitudes y
    aspiraciones.
  • Expresar en forma respetuosa sus inquietudes y
    necesidades a profesores y autoridades.
  • Solicitar una evaluación justa en caso de ser
    requerida.
  • Asumir responsabilidad por el deterioro de
    cualesquier bien ocasionado por él y pagar el costo de
    su reparación o reposición.

PADRES DE FAMILIA:

  • Mantener un ambiente agradable con maestros,
    autoridades y demás padres de familia.
  • Colaborar activamente en las actividades tendientes
    al mejoramiento del plantel.
  • Solicitar información sobre el rendimiento escolar
    de sus representados en forma constante.
  • Motivar a sus hijos en el cultivo de valores con todo
    el colectivo pedagógico.
  • Controlar el aseo y presentación diaria de sus
    hijos antes de enviarlos al establecimiento.
  • Guiar y firmar en los trabajos o tareas escolares de
    sus hijos.
  • Justificar la inasistencia de su representado al
    siguiente dìa.

MANUAL DE TAREAS

DEL DIRECTOR:

  • Velar por el bienestar de la
    institución.
  • Mantener buenas relaciones humanas con: maestros,
    alumnos, padres de familia y comunidad.
  • Tener una buena comunicación clara y
    respetuosa manteniendo un nivel de respeto hacia los
    demás.
  • Preocuparse de la capacitación del personal
    docente, para alcanzar mejor calidad de
    educación.
  • Planificar talleres de convivencia con los padres de
    familia para crear un ambiente saludable.
  • Gestionar obras conjuntamente con el colectivo
    pedagógico, para mejorar la institución y
    comunidad.

PERSONAL DOCENTE

  • Fortalecer el prestigio de la
    institución.
  • Colaborar con las actividades designadas por el
    director en forma amigable, respetuosa y sincera.
  • Cumplir con responsabilidad su rol dentro y fuera del
    aula.
  • Mantener un ambiente de cordialidad y amabilidad con
    todos los actores del hecho educativo.
  • Educar con el ejemplo para una formación
    integral del educando.
  • Dar y aceptar sugerencias encaminadas a la buena
    marcha de la institución.
  • Implementar los ambientes
    didácticos.
  • Que los maestros mantengan una presentación
    aceptable frente a los alumnos y deberá portar como
    uniforme el mandil.
  • Solucionar con prudencia los inconvenientes generados
    entre compañeros.

COMITÉ CENTRAL DE PADRES DE
FAMILIA

  • Organizar el Comité Central de Padres de
    Familia en forma democrática y activa, al inicio del
    año lectivo.
  • Colaborar con las actividades planificadas en la
    institución.
  • Realizar gestiones para el mejoramiento de la
    institución.
  • El Comité no podrá inferir en la toma
    de decisiones administrativas o técnicas
    del establecimiento.
  • Representar a la institución en lo que
    disponga la autoridad educativa.
  • Cumplir las funciones establecidas en el reglamento
    interno del plantel.

PADRES DE FAMILIA

  • Colaborar en las gestiones encaminadas al mejor
    cumplimiento de los fines educativos.
  • Acatar las disposiciones de las autoridades del
    plantel.
  • Fomentar el fortalecimiento del colectivo
    pedagógico.
  • Acatar las resoluciones tomadas por la mayoría
    de padres de familia.
  • Aceptar comisiones o delegaciones que se origine por
    parte de la escuela o de sus compañeros
    representantes.
  • Cumplir con todas las resoluciones del Comité
    de padres de familia siempre y cuando sean para el normal
    desarrollo de las actividades de la escuela.
  • Controlar la ejecución de tareas aseo y buena
    presentación de sus hijos o representados.
  • Acudir en forma obligatoria y puntual al llamado de
    las maestras.
  • Revisar y firmar las tareas enviadas a
    casa.
  • Mejorar las condiciones físicas del
    establecimiento con entusiasmo y responsabilidad.
  • Apoyar decididamente a sus representados en la
    ejecución de la planificación del Gobierno
    Estudiantil.

GOBIERNO ESTUDIANTIL

  • Fortalecer el espíritu cooperativista entre
    compañeros con la dirección de las autoridades
    del plantel.
  • Planificar actividades encaminadas al mejoramiento
    escolar.
  • Participar activamente en las sesiones ordinarias y
    extraordinarias para expresas sus intereses y
    necesidades.
  • Defender y fortalecer sus derechos.
  • Participar de las diferentes actividades programadas
    en la institución.

ABANDERADOS Y ESCOLTAS

  • Dar ejemplo de superación y constancia en el
    aspecto social, cultural, académico y
    deportivo.
  • Orientar a los compañeros que necesitan
    recuperación pedagógica.
  • Estar predispuestos a representar con entusiasmo en
    diferentes eventos.

ALUMNOS

  • Asistir puntualmente a todas las actividades del
    quehacer educativo.
  • Guardar la debida consideración y respeto a
    las autoridades del plantel, dentro y fuera de
    él.
  • Cumplir con las responsabilidades académicas
    con responsabilidad y honestidad.
  • Cuidar su buena presentación en el vestido e
    higiene personal.
  • Contribuir al buen mantenimiento de muebles,
    materiales didácticos y más pertenencias del
    establecimiento.
  • Cubrir el costo del bien mueble o inmueble
    dañado o perdido por él.
  • Participar activamente durante toda la jornada de
    trabajo.

COMITÉ DE COORDINACIÓN DE
COLACIÓN ESCOLAR

  • Receptar y almacenar las remesas alimenticias en un
    lugar propicio.
  • Adecuar un lugar par la cocción de los
    alimentos.
  • Implementar el comedor escolar.
  • Organizar y vigilar la preparación diaria del
    almuerzo escolar.
  • Dar charlas de buenos modales en la mesa.

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS.

DE MATRICULAS.– El período de
matrículas está establecido por el Ministerio de
Educación del 15 al 30 de marzo, las ordinarias, las
extraordinarias las dos primeras semanas de abril y las
especiales hasta el segundo trimestre.

Los requisitos de matrícula para segundo
año básico son: partida de nacimiento, certificado
médico y libreta de calificaciones si lo tuviere; y de
tercero a séptimo año básico partida de
nacimiento y libreta de calificaciones seis fotos a color
tamaño carnet con el respectivo uniforme.

DE ABANDERADOS Y ESCOLTAS.– Se hace el estudio de
los record estudiantiles en el período de
matrículas, por la comisión integrada por: el
Director de la escuela, el Profesor de séptimo año,
el profesor /a secretario /a el presidente del Comité
Central de Padres de Familia el Presidente del Gobierno
estudiantil u otro miembro del mismo.

DEL GOBIERNO ESTUDIANTIL.- Se elegirán los
gobiernos estudiantiles, durante el segundo mes de iniciado el
año lectivo.

  • Presidente
  • Secretario
  • Coordinador

Se conformarán las siguientes
comisiones:

  • Comisión de Educación y
    Cultura
  • Comisión de Salud y Medio Ambiente
  • Comisión de Deportes y
    Recreación
  • Comisión de Servicios y Recursos
  • Comisión de Defensa de los Derechos de
    niños y niñas.

DEL COMITÉ CENTRAL DE PADRES DE FAMILIA.-
Se elegirá en la primera sesión ordinaria del
año lectivo; con las siguientes dignidades:

  • Presidente
  • Vicepresidente
  • Secretario
  • Tesorero
  • Vocales principales (cuatro).
  • Se elegirá una directiva por cada
    maestra.

DEL COMITÉ DE COORDINACIÓN DE
COLACIÓN ESCOLAR.
– Para el desarrollo del programa de
colación escolar, se nombra un comité de coordinación del mismo, en una
sesión ampliada de padres de familia, antes de empezar su
ejecución.

La directiva estará conformada de la siguiente
manera:

  • Coordinador /a
  • Secretario /a
  • Tesorero /a
  • Vocales
  • Esta comisión la integraran el comité
    Central de Padres de Familia.

El presente trabajo es el PEI de la
Institución enunciada.

Se han realizado algunas modificaciones en los
manuales.

El código
de Convivencia se encuentra en Construcción.

 

Marcelo Aldaz

SUPERVISOR PROVINCIAL DE EDUCACION DE
CHIMBORAZO

UTE Nº 8, ZONA 1, CUMANDÁ-HUIGRA.
CHIMBORAZO, ECUADOR

CUMANDA – HUIGRA

CHIMBORAZO, ECUADOR

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN HISPANA DE
CHIMBORAZO

UNIDAD TERRITORIAL EDUCATIVA Nº 8

ZONA 1

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8
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