Si bien la Constitución Política del Perú en su artículo 42º señalaba desde ya, la prohibición de participar en huelgas a los funcionarios públicos, no existía norma que señalase una sanción disciplinaria a la misma, salvo, las indicadas en el Código Penal en cuanto a disturbios.
Este Decreto Legislativo 982º ha creado varios enfrentamientos, y suena incluso a ironía las reacciones de distintos funcionarios regionales que estando en contra del mismo dispositivo legal, optan por realizar una "huelga" en protesta a una ley que impide un derecho que poseen.
Es cierto, que todos tenemos derecho de huelga, salvo, aquellos quienes ejercen función pública; derecho que deberían de tener conocimiento, sobretodo, aquellos que pretenden denominarla inconstitucional, aunque bien, esté bien impreso en la Constitución.
Conforme a lo siguiente, existen distintos puntos de vista:
Asimismo, mantienen la visión por la cual fueron electos como representantes de una institución, y la misión que poseen que es la de liderar y servir a los que se encuentran bajo su mando, más no, la de liderar grupos sindicalistas, y que de ello están a cargo los presidentes sindicales. Por otro lado, se indica el acuerdo con el dispositivo, debido a que "al ser Funcionarios Públicos y por el hecho de pertenecer todos a un mismo cuerpo estatal, sería ridículo pensar en ir en contra de sí mismos". Por otra parte, la Ministra de Trabajo Susana Pinilla, opina que el Decreto está bien formulado, que no es inconstitucional, y que lo mejor para aquellos quienes no acepten lo dispuesto sería renunciar a sus puestos. Del mismo modo, Javier Velásquez Quesquén señaló "si un presidente regional quiere protestar, que pida licencia y baje al llano"
Según el Presidente de CONFITEP (Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas) Jaime Cáceres Sayán "la ley es igual para todos y, en este sentido, no debe existir inmunidad. De ninguna manera (esta norma atenta contra las autoridades) todo lo contrario, quien estaría colisionando sería una autoridad que instigue a la violencia; y eso no puede quedar en nada" dando así su aceptación a lo dispuesto.
Mientras tanto, la Ministra de Justicia María Zavala precisa que la modificatoria ha sido dada sobre algo que ya estaba escrito, sino que nadie advertía, y que se está tomando en cuenta por el mal uso de los cargos.
Jorge Del Castillo opina que "quienes representan al Estado no tienen derecho a hacer huelga. Eso estaría contra el Estado".
Los Presidentes Regionales, sobretodo, han sido quienes se han quejado de la emisión de este Decreto, diciendo en su defensa, que ellos si bien parece lo contrario, no tienen la calidad de funcionarios públicos, sino más bien, que ellos son "actores políticos" dando a entender que sobre ellos no ha de caer la ley cuando sean partícipes en huelgas.
Otro personaje quien se encuentra en contra del Decreto es la Decana del Colegio de Abogados de Lima, Luz Áureas Sáenz Arana denominándola de inconstitucional y diciendo asimismo que no cabe la penalización el simple hecho de salir a las calles a manifestarse contra una determinada decisión del gobierno; lo cual no es delictivo.
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