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Subterráneos de Buenos Aires (Argentina) (página 2)




Enviado por Ignacio Vega



Partes: 1, 2, 3

Desarrollo:

  1. Definición, características y
    propiedades del CO

El monóxido de carbono es un
gas incoloro,
inodoro e insípido, ligeramente menos denso que el
aire. Una de sus
posibles formas de generación es la combustión incompleta de los combustibles
que contienen carbono y presente también en algunos
procesos
industriales y biológicos.

La importancia de su control en cuanto
a la concentración reside en que establece un fuerte
enlace de coordinación con el átomo de
hierro del
complejo protoheme de la hemoglobina y forma de esta manera
carboxihemoglobina (HbCO), sustancia que disminuye la capacidad
de transporte del
oxigeno.

La presencia de carboxihemoglobina también altera
la disociación de la oxihemoglobina de tal modo que
resulta aún más disminuida la provisión de
oxigeno a los tejidos. La
afinidad de la hemoglobina con el monóxido de carbono es
aproximadamente de 240 veces superior que con el
oxigeno.

Su absorción se produce al respirar por los
pulmones, y la concentración (en masa) de
carboxihemoglobina depende de distintos factores. Ya sea la
relación de monóxido de carbono y oxigeno inhalado,
el tiempo de
exposición, ventilación pulmonar y
la carboxihemoglobina presente antes de inhalar aire
contaminado.

El monóxido de carbono, además de
combinarse con la hemoglobina, reacciona con la mioglobina, los
citocromos y algunas enzimas. No se
conoce bien la importancia de éstas reacciones, por lo que
son desestimadas.

La generación de monóxido de carbono puede
producirse en forma natural o antrópica, pero su
porcentaje mayor deriva de actividades realizadas por el hombre. El
90,6 por ciento es de tal origen (Sanz Sá, 1991). A su vez
los focos antropogénicos se pueden clasificar
en:

Focos Fijos; ya sean industriales, derivado de procesos
industriales e instalaciones fijas de combustión. O
domésticas, producido por instalaciones de
calefacción.

Focos Móviles; se pueden identificar los
vehículos de desplazamiento terrestre, las aeronaves y por
otro lado los buques.

Focos Compuestos; se puede sectorizar ya sea por zonas
industriales o áreas urbanas.

En el presente estudio adquiere gran importancia
la
contaminación producida por los vehículos, su
aumento masivo y constante que contribuyen a generar el aumento
de contaminantes en el aire resultado de la
combustión.

Según Sanz Sá el porcentaje
correspondiente a la generación de monóxido de
carbono a nivel mundial es:

Transporte: 73,7 por ciento

Industria : 19,9 por ciento

Residuos sólidos: 5,2 por ciento

Combustión fija: 1,3 por ciento

  • Considerando al transporte se produce:

Monóxido de carbono: 77,2 por ciento

Hidrocarburos: 13,6 por ciento

Óxidos de Nitrógeno: 7,7 por
ciento

Aerosoles: 0,8 por ciento

Óxidos de azufre: 0,7 por ciento

  • La combustión fija produce:

Óxidos de azufre: 55 por ciento

Óxidos de nitrógeno: 22,6 por
ciento

Aerosoles: 16,3 por ciento

Monóxido de carbono: 4,1 por ciento

Hidrocarburos: 2 por ciento

Aerosoles: 36,4 por ciento

Monóxido de carbono: 30,3 por ciento

Óxidos de azufre: 18,9 por ciento

Hidrocarburos: 13,9 por ciento

Óxidos de nitrógeno: 0,5 por
ciento

  • Los residuos
    sólidos generan:

Monóxido de carbono: 66,3 por ciento

Hidrocarburos: 16,8 por ciento

Aerosol: 11,8 por ciento

Óxidos de nitrógeno: 3,4 por
ciento

Óxidos de azufre: 1,7 por ciento

Hay que considerar que la proporción emitida a la
atmósfera
de cada uno de los contaminantes es muy variable, estando
relacionada en función
del tipo de vehículo y condiciones del motor.

Por litro de combustible se produce
aproximadamente:

Contaminante Motor a gasolina Motor diesel

Monóxido de carbono 360 g. 7 g.

Óxidos de nitrógeno 15 g. 20 g.

Hidrocarburos 30 g. 40 g.

Partículas 1 g. 14 g.

Considerando las calefacciones urbanas es de tener en
cuenta que son uno de los principales focos de combustión
fija que contribuyen a la contaminación
atmosférica de la ciudad, la misma es producida en
gran medida por la utilización de combustibles gaseosos
como método de
generación de calor. Este
tipo de combustión produce pocos contaminantes, pero la
combustión incompleta genera gran cantidad de
monóxido de carbono. Algo a tener en cuenta como
característica de este modo de contaminación es su carácter estacional (aumentando en
épocas de frío), su gran número de focos,
amplia dispersión en el terreno y la variabilidad de la
altura en que se produce. De este modo la concentración
ambiental variará entre 0,01 a 0,8 ppm, y será
necesario considerar variables
tales como:

  • Condiciones meteorológicas.
  • Tránsito del automotor.
  • La hora del tránsito.
  • La distancia de las fuentes.
  • La configuración de los edificios.
  • La distancia a la calle.

Se observan valores
máximos en condiciones de estabilidad
meteorológica. Se pueden encontrar concentraciones altas
en lugares como túneles, garajes y sectores cerrados donde
circulan vehículos como estacionamientos, así como
también la posibilidad de acumulamiento en
subterráneos. (Derek E., 1994)

  1. La mayoría de los animales
    mueren cuando las concentraciones de carboxihemoglobina
    superan aproximadamente el 70 %. En caso que sea mayor del
    50 % hay lesiones de órganos como encéfalo y
    corazón. Las concentraciones
    más bajas son más difíciles de
    distinguir. Hay pruebas
    en que el animal se adapta a altas
    concentraciones.

    En las concentraciones que van de 10 a 20 % se
    pueden producir modificaciones histológicas
    comprobables en el miocardio, los vasos sanguíneos y
    el sistema
    nervioso central. Se aseguró que afectan la
    fijación de colesterol en la aorta y arterias
    coronarias. (Organización Panamericana de la
    Salud,
    1970).

  2. Efectos en animales
  3. Efectos en el hombre

Concentraciones de 10 % o menos: No se
observan síntomas ni signos
negativos. Es posible que personas con alguna afección
respiratoria o problema respiratorio sean más propensas a
sufrir efectos nocivos. También es probable que personas
anémicas, de edad avanzada, pacientes quirúrgicos o
personas que sufren arteriosclerosis cerebro vascular
puedan correr un riesgo
mayor.

Generalmente las mediciones se hacen en promedio de ocho
horas. Es el tiempo en que las concentraciones de
carboxihemoglobina y monóxido de carbono se estabilizan
con el ambiente.

  1. "Hay sonido cuando
    un disturbio, que se propaga por un medio elástico,
    causa una alteración de la presión o desplazamiento de las
    partículas del material, que pueden ser reconocidas
    por una persona o por
    un instrumento". (Beranck L., 1977)

    Ruido, en cambio,
    hace referencia a sonidos desagradables. Está formado
    por sonidos complejos con una composición
    armónica no definida.

    La importancia del nivel del ruido es
    que ha ido incrementándose como consecuencia de los
    avances
    tecnológicos hasta constituirse en un elemento
    inseparable del entorno ambiental del hombre. El
    ruido se presenta en el
    trabajo, en el desplazamiento, cuando busca
    distracción y, aún, en la intimidad del hogar
    pero en el caso presente el foco de generación es
    reducido por lo que se evidencia a partir de la llegada del
    transporte y dentro del mismo. Siendo los
    valores comunes producidos por distintos tipos de trenes
    de:

    trenes rápidos que generan entre 88 y 90
    dB

    trenes de mercancías que producen entre 89 y
    92 dB

    (Sanz Sá, 1987)

      1. Ruido y malestar

      Los ruidos no sólo amenazan al hombre con
      la pérdida de audición sino a través
      de una molestia incesante. En ciertas ocasiones causa
      tensión constante e intolerable. Si bien no todas
      las personas quedan sordas, nadie escapa al malestar y
      perturbación. Con respecto a la duración,
      cuanto mayor es el tiempo que perdura el ruido, mayor es
      la molestia experimentada. El desagrado guarda
      relación directa con el nivel de ruido
      máximo alcanzado, así, el órgano del
      oído se caracteriza por su delicada
      estructura y por su sensibilidad a las
      agresiones que en ocasiones será variable
      según la persona pero de cualquier manera carece
      de la más mínima posibilidad de aislarse de
      las ondas
      sonoras. Como consecuencia del incremento del nivel del
      ruido, existe hoy un aumento real de los discapacitados
      auditivos. Hoy en día parece ser que tener un
      descenso de 20 dB ya no parece ser un signo de deterioro.
      (Werner, 1990)

      En comparación con otros países,
      se estima que en Estados
      Unidos más de ocho millones de personas
      están expuestas a niveles superiores a 80 dB en
      sus puestos de trabajo, con un 65 por ciento de los
      mismos por encima de los 85 dB. En la comunidad Económica Europea se
      calcula que unos 30 millones de trabajadores están
      expuestos a más de 80 dB. (Kryter D., 1970). En la
      Argentina, según De Marco, la población trabajadora expuesta a
      ruido industrial es de un millón de personas, de
      las cuales dos cientos mil presentan algún tipo de
      daño auditivo, tanto por la
      acción del ruido como por otras
      causas.

      La Dirección Nacional de Higiene y
      Seguridad en el Trabajo presentó un trabajo
      efectuado en 499 establecimientos industriales
      principalmente de Capital Federal y Gran Buenos
      Aires con una población de 8117 trabajadores
      ocupados en diferentes actividades industriales en el
      cual 400 de los 680 casos (59 por ciento), los niveles de
      ruido medidos suponían la existencia de riesgo
      para los trabajadores, al superar los 90 dB. Y
      considerando la medida de 85 dB, la cantidad aumentaba al
      77 por ciento. Así la hipoacusia inducida por
      ruido se va a producir en base al nivel de presión
      sonora, el tiempo de exposición y las
      características de cada individuo. De la interrelación de
      estos factores surge el concepto, que es considerado
      también en la legislación, de "dosis de
      ruido".

      La percepción será diferente
      según las actividades de las personas obligadas a
      escucharlas, se deben distinguir los individuos para los
      cuales los ruidos son sinónimos de
      trabajo.

      Los trenes subterráneos clásicos,
      con sus ruedas metálicas generan ruidos de baja
      frecuencia que llegan a la superficie, tanto en las
      calles como en los edificios, acompañados de
      vibraciones. (Werner, 1990)

      Audición normal:

      120 dB umbral dolor

      90 dB umbral malestar

      50 dB umbral comodidad

      0 dB umbral auditivo

      Efecto en animales

      Expuestos a sonidos breves e intensos se
      advierten distintos efectos como: aceleración del
      ritmo respiratorio y cardíaco, aumento de la
      presión arterial, o disminución de la
      secreción de jugo gástrico. En las investigaciones los efectos enumerados
      culminan junto con el ruido.

      De todas maneras no puede deducirse que suceda
      lo mismo con las personas.

      Se denota también que a mayor ruido hay
      una mayor agresividad, tienden a demostrar que el
      sistema
      endócrino actúa como un sistema de retroacción para
      compensar los efectos del sonido en el sistema
      nervioso central.

      1. Psicológicos:
    1. Efectos en el hombre
  2. Definición y características del
    ruido

Molestia

Disminución de la eficiencia y
rendimiento en actividades que requieren atención y concentración.

Distracción.

Fatiga: No es fácil demostrar que la fatiga
aumenta en un medio ruidoso. Los fenómenos son
difíciles de evaluar objetivamente. (Moch A.,
1988)

Otros efectos asociados son los fisiológicos,
tales como:

Hipoacusia: Deterioro del órgano auditivo, que
genera pérdida de su capacidad en forma gradual. En el
estudio que estamos presentando podría darse el caso que
un ruido debido a una exposición tan intensa lesionara la
membrana timpánica, pudiendo producir daño sobre
otros órganos del oído interno.

Disminución de la resistencia
eléctrica de la piel,
reducción de la actividad gástrica o aumento de la
tensión muscular. Comprobado por métodos
electromiográficos en varias oportunidades. (David, 1932,
Oginski, Radecki & Bugajski, 1964; Gopfert, 1960)

Para la
Organización Mundial de la Salud, la pérdida de
la capacidad auditiva se da de manera que la persona afectada no
la percibe. La situación se complica por la falta de
interés
y, a su vez, el temor que el o los estudios den lugar a pleitos o
a medidas legislativas.

"El costo para la
industria de la pérdida de la audición debido al
ruido es mayor que el de cualquier otra enfermedad profesional"
(Gloric, 1961)

El coeficiente de absorción es un elemento a
tener en cuenta, junto con el tiempo de reverberación. El
primero es el resultado de una parte de la energía
incidente que es absorbida por la superficie, y otra parte que es
reflejada, lógicamente siendo ésta última
más débil que la incidente. Este proceso
adquiere importancia debido al material que tiene la estructura
del subterráneo, el mismo se compone principalmente en los
tramos de recorrido de hormigón armado y en las estaciones
del mismo material revestido de cerámicos. De esta manera
el coeficiente de absorción, que en el sistema de unidades
internacional es el Sabine, está inusualmente
próximo a cero. Siendo uno el coeficiente de
absorción perfecto, como podría ser una ventana
abierta. Así se expresa la capacidad de una superficie
para absorber energía sonora.

El tiempo de reverberación se produce cuando se
interrumpe la emisión de ruido, así, la
energía acústica decrece exponencialmente a lo
largo del tiempo. Al tiempo, en segundos, que tarda el nivel
sonoro en caer 60 dB se lo llama "tiempo de
reverberación". Este factor es una característica
fundamental que define el comportamiento
de un sitio dado. Que para el caso del subterráneo
adquiere poca importancia ya que el mismo presenta un trayecto
extenso en forma horizontal que permite que el tiempo de
reverberación sea bajo.

Área de estudio:

El trabajo se llevó a cabo en el
área de recorrido de la línea C de
subterráneo que atraviesa de norte a sur la Capital
Federal, entre dos puntos de gran importancia, como lo son las
estaciones de Constitución y Retiro.

El orden en que encontraremos las estaciones es:
Estación Constitución (cabecera Terminal),
Estación San Juan, Estación Independencia,
Estación Mariano Moreno, Estación Avenida de Mayo,
Estación Diagonal Norte, Estación Lavalle,
Estación San Martín y por último
Estación Retiro.

Comenzando por Estación Constitución, las
primeras cinco estaciones están por debajo de la calle
Carlos Pellegrini, a partir de la Estación
Diagonal

Norte el subterráneo va por debajo de la calle
Esmeralda hasta llegar a Estación Retiro.

Mapa detallado:

Materiales y
Métodos:

Para llevar a cabo las mediciones de
monóxido de carbono se utilizó el medidor de
monóxido de carbono digital marca Silix
(rango 0,1-50 ppm); muestreando a la altura aproximada de
respiración del ser humano (1,5 m de
altura). Las estaciones de muestreo fueron
Constitución, Diagonal Norte y Retiro, consideradas las
más transitadas. También se tomó en cuenta
un punto de muestra en
superficie establecido en la intersección de las calles
Carlos Pellegrini y Av. Roque Sáenz Peña. El ciclo
de muestreo se llevó a cabo durante todos los posibles
intervalos de tiempo, basado en la técnica de Mc.
Mullen.

El total de las muestras fue tomado en el mes de
noviembre de 2004 y el mes de abril de 2005. El
total de muestras tomadas fue de 126 en el primer mes y de 90 en
el segundo.

Para el muestreo de ruido se utilizó el medidor
de ruido digital, modelo TES-1350 A, en condiciones
estandarizadas de dB A, rango alto y lectura
rápida. Los valores fueron tomados entre estación y
estación cada cinco segundos, a partir del movimiento del
tren hasta que se detiene. Se consideró necesaria la
discriminación entre el trayecto 1
(Constitución-Retiro) y el trayecto 2
(Retiro-Constitución).

La toma de muestras se realizó entre marzo y
abril de 2005.

Para el análisis fue necesario realizar la
conversión, transformando los datos de escala
logarítmica (dB) a escala aritmética y de esta
manera poder realizar
el análisis estadístico.

Para lo cual se utilizó:

I = watt/m2

L (dB) = 10 x Log x (I / I0)

El total de muestras fue de 365 para el trayecto 1 y 450
para el trayecto 2. El porcentaje de error total de ambos
trayectos fue menor al diez por ciento.

Resultados:

Es necesario considerar que Metrovías
implementó un plan de obras
cuyo objetivo fue
reducir el impacto sonoro. Los trabajos consistieron en la
colocación de paneles acústicos fonoabsorbentes a
lo largo de los túneles. Estos paneles de dos metros de
altura aproximadamente, colocados en las paredes del túnel
cumplen la finalidad de absorber parte del ruido generado por el
paso de las formaciones, disminuyendo su reverberación.
Hasta fines del 2003, se instalaron 1560 paneles que revistieron
1880 metros de túnel de la Línea C. En enero de
2004, se cubrieron otros 400 metros entre las estaciones M.
Moreno y Av. De Mayo y 370 metros entre esa estación y
Diagonal Norte. Los tramos restantes para finalizar las obras
están en ejecución.

Otra medida que llevó a cabo es la
reducción de velocidad y
marcha regulada en varios tramos, sobre todo en las curvas, la
incorporación de balasto en ambas vías del tramo
Lavalle-San Martín; también se realiza un
seguimiento de las variaciones del ruido.

Esta línea de subte cuenta con formaciones de
seis coches cada una, el total de formaciones antiguas (que
superan los cincuenta años de antigüedad) es de diez;
y las formaciones modernas son tres. Con respecto a la frecuencia
del servicio que
brinda el subterráneo, si bien pueden existir leves
variaciones, cada tren pasa durante los días
hábiles en promedio cada cinco minutos, lo que representa
un total de doce trenes por hora (considerando sólo un
sentido); y siendo su servicio de las 5 a las 22:30 horas se
estiman que 210 formaciones pasan en total durante las 17 horas y
media que brinda el servicio al público, transportando a
un total aproximado de 120 mil personas diarias.

En cuanto a la cantidad de trabajadores de mayor
exposición, conviene distinguir entre:

  • Trabajadores de metrovías, que llegan a un
    total de 72 operarios que manejan y controlan la
    formación. De los cuales 26 trabajan en el primer turno
    (de 4:30 a 10:30 horas), 22 en el segundo turno (de 10:30 a
    17:30 horas) y 24 operarios que trabajan en el tercer turno (de
    17:30 a 22 horas).
  • Trabajadores externos, que en su mayoría son
    empleados de kioscos de diarios y revistas presentes en los
    andenes. En las estaciones Independencia, M. Moreno, Lavalle y
    San Martín vamos a encontrar una persona por turno (son
    dos turnos de siete horas aproximadamente). En las estaciones
    Av. de Mayo y Diagonal Norte trabajan dos personas por turno.
    En las cabeceras vamos a encontrar negocios de
    venta de
    comida, kioscos y venta de productos
    para regalo. En la estación Constitución se
    encuentra la mayor cantidad de trabajadores, llegando a un
    total de doce personas por turno de ocho horas. La
    estación Retiro presenta numerosos negocios con
    aproximadamente 20 personas por turno. El total de personas que
    trabaja como externo a Metrovías llega a 80
    personas.

Ruido

A continuación figuran la frecuencia de los
niveles sonoros, comprendidos entre 55 a 70 dB, considerado
valor
aceptable; 70 a 85 dB considerado bajo y entre 85 y 110 dB
inaceptable. (Conesa F., 1990)

Tramo Constitución-Retiro

Frecuencia

Frecuencia
Relativa

Trayecto

Número de
Muestras

55 a 70 dB

70 a 85 dB

85 a 110 dB

55 a 70 dB

70 a 85 dB

85 a 110 dB

C.-S.J.

45

3

22

20

6,7

48,9

44,4

S.J.-I.

40

1

24

15

2,5

60

37,5

I.-M.M.

50

3

21

26

6

42

52

M.M.-Av.M.

40

3

19

18

7,5

47,5

45

Av.M.-D.N.

50

4

10

36

8

20

72

D.N.-L.

40

1

15

24

2,5

37,5

60

L.-S.M.

50

2

15

33

4

30

66

S.M.-R.

50

4

27

19

8

54

38

Total

365

21

153

191

45,2

339,9

414,9

Siendo:

C.: Constitución

S.J.: San Juan

I.: Independencia

M.M.: Mariano Moreno

Av.M.: Avenida de Mayo

D.N.: Diagonal Norte

L.: Lavalle

S.M.: San Martín

R.: Retiro

Tramo Retiro-Constitución

Frecuencia

Frecuencia
Relativa

Trayecto

Número de
Muestras

55 a 70 dB

70 a 85 dB

85 a 110 dB

55 a 70 dB

70 a 85 dB

85 a 110 dB

S.J.-C.

80

7

48

25

8,8

60,0

31,3

I.-S.J.

55

3

22

30

5,5

40,0

54,5

M.M.-I.

60

4

18

38

6,7

30,0

63,3

Av.M.-M.M.

45

1

18

26

2,2

40,0

57,8

D.N.-Av.M.

60

1

25

34

1,7

41,7

56,7

L.-D.N.

45

2

14

29

4,4

31,1

64,4

S.M.-L.

65

2

21

42

3,1

32,3

64,6

R.-S.M.

40

4

17

19

10,0

42,5

47,5

Total

450

24

183

243

42,3

317,6

440,1

En la figura 1 están representados los promedios
totales de los trayectos entre estación y estación,
discriminados entre Constitución-Retiro y
Retiro-Constitución. El porcentaje de error fue de 9,3
para el primer trayecto y 9,7 para el segundo.

Figura 1:

Representación de los niveles sonoros promedios,
en dB entre cada una de las Estaciones.

Analizando la generalidad de los datos se puede apreciar
que el nivel de ruido promedio en ningún momento es
inferior a los 80 dB. Los valores más frecuentes oscilan
entre 89 y 92 dB. Los picos registrados

fueron de 107 dB en el trayecto de Diagonal Norte a
Lavalle. El valor mínimo fue muestreado en el trayecto de
San Martín a Retiro con 64,3 dB.

Figura 2:

En la cual se representa el promedio total de las
frecuencias de ambos tramos.

Clasificando:

55-70 dB: Aceptable

70-85 dB: Bajo

85-110 dB: Inaceptable

De esta manera se observa la deficiente calidad que
presenta el servicio, siendo la mayor parte la calidad baja e
inaceptable.

Monóxido de carbono

Para la correcta evaluación
de los resultados es necesario considerar la ubicación de
las rejas de ventilación natural, que consiste en
aberturas enrejadas de una superficie variable (en general de dos
metros cuadrados a 4 metros cuadrados) para lo cual se
realizó un diagrama a
escala. También se debe tener en cuenta la cantidad de
ventilación artificial (producida por extractores de aire)
y ventiladores en los andenes. Para lo cual se confeccionó
el siguiente cuadro:

Ventilación interna tramo
Constitución-Retiro

Estación

Ventilación Natural

Ventilación Artificial

Ventiladores

Constitución

20

2

14

San Juan

1

1

10

Independencia

2

1

6

Mariano Moreno

3

2

8

Av. De Mayo

2

3

10

Diagonal Norte

5

1 extendida en todo el andén con varias
bocas

1

Lavalle

2

2

12

San Martín

2

13

Retiro

3

2

12

En los siguientes gráficos se pueden apreciar la distancia a
la que se encuentra cada estación y el posicionamiento
de las formas de ventilación que se utilizan en el
subte.

Figura 3:

Aquí se quiere demostrar la profundidad a que se
encuentra cada estación y estimar la variación que
se produce en el recorrido del tren.

 

Figura 4:

En este corte de planta seccionado en cuatro
gráficos se visualiza la ubicación y se detalla el
tipo de ventilación.

 

En el siguiente cuadro se representa mediante un corte
transversal cada uno de los perfiles de las estaciones y la
variación del túnel según el tramo, a su
vez, se detalla la medida de espacio físico que
ocupan.

Promedio total del muestreo de monóxido de
carbono. Llevado a cabo entre 5/11 al 25/11 y 3/4 al
6/4.

Horas

Retiro (ppm)

Diagonal Norte
(ppm)

Constitución
(ppm)

Superficie
(ppm)

07:00

6,7

7,4

7,8

08:00

9,2

7,9

6,6

12:00

7,9

8,3

8,0

7,3

13:00

9,9

9,6

8,9

8,0

14:00

7,6

8,0

7,6

6,0

17:00

10,7

9,9

5,3

18:00

7,6

5,7

9,4

9,5

Desvío Estándar:

Retiro 1,11

Diagonal Norte 1,72

Constitución 0,96

Superficie 1,4

Figura 5:

Se representan en forma de curvas la
concentración de monóxido de carbono a lo largo del
tiempo.

Valores recomendados

  1. Contaminante

    Concentración
    Límite

    CO

    26 ppm en una
    hora

  2. Valor máximo recomendado por la OMS

    Parámetro

    Niveles

    Atención

    Alerta

    Emergencia

    CO

    Ppm (8 hs.)

    15

    30

    40

  3. Índice de Brasil
  4. Índice de la EPA

Calidad

CO

Nivel

Buena

3,9

50 % CMA

Aceptable

7,8

100 % CMA

Inadecuada

13

Atención

Mala

26,2

Alerta

Pésima

34,9

Emergencia

Crítica

427,7

Crítico

Aspecto
legislativo:

A nivel nacional se introdujo en la Constitución
Nacional el marco para que pueda ser desarrollada una política que
considere el medio en que vivimos. En su primer párrafo, que es el de mayor
aplicación al presente estudio, se establece que "Todos
los habitantes gozan del derecho de un ambiente sano,
equilibrado, apto para el desarrollo
humano, y para que las actividades productivas satisfagan las
necesidades presentes sin comprometer la de las generaciones
futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño
ambiental generará prioritariamente la obligación
de recomponer, según lo establezca la ley".

Se consagra el derecho en sentido amplio, la
Constitución va más allá que otras que solo
se refieren a los "ciudadanos". Por otro lado considera el
derecho de vivir y desarrollarse en un ambiente físico,
social y cultural adecuado. El otro punto importante es la
responsabilidad de los particulares por los
daños derivados de la contaminación producida por
ellos.

En lo que respecta a la contaminación del aire, la
preservación de la calidad de
vida humana desde el punto de vista de los efectos que
determinadas personas o grupo de
personas puedan producir de manera directa o indirecta sobre el
entorno, se puede asegurar que constituyen una ausencia
sustantiva, denominado por Jorge Franza, especialista en derecho
ambiental, como una verdadera laguna jurídica,
fomentando las inacciones para que al menos progresivamente las
condiciones ambientales mejoren.

Existe la ley Nº 20.284, sobre la
preservación de los recursos del aire
que expresa en su fundamento "que el aire, el agua y el
suelo son los
elementos que conforman el ambiente ecológico en que se
desenvuelve el hombre y toda acción que tienda a
preservarlos en las mejores condiciones posibles está
dirigida a las sociedades que
se sirven de ellos". El ámbito de aplicación de
esta ley, juntamente con sus tres anexos, comprenden a todas las
fuentes capaces de producir contaminación
atmosférica ubicadas en jurisdicción federal y en
las provincias que se adhieran a la misma. La autoridad de
aplicación es la Autoridad Sanitaria Nacional, Provincial
y de la Ciudad de Buenos Aires. Se crea también el
Registro
Catastral de Fuentes Contaminantes, a cargo de la Autoridad
Sanitaria Nacional, la que también estará facultada
para fijar normas de calidad
de aire y las concentraciones de contaminantes correspondientes.
El art. 7 faculta a la autoridad sanitaria local a fijar por cada
zona niveles máximos de emisión de los distintos
tipos de fuentes fija, y el art. 8 faculta iguales atribuciones
respecto de las fuentes móviles. En el capítulo III
se fija que la autoridad sanitaria local establecerá un
Plan de preservación de situaciones críticas de
contaminación atmosférica, basándose en tres
niveles de contaminación, que determinará la
existencia de estados de: alerta, alarma y emergencia.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires encontramos
particularmente la Ley 1356, de preservación del recurso
aire y la prevención y control de la contaminación
atmosférica. El objeto de la misma es la regulación
en materia de
preservación del recurso aire y la prevención y
control de la contaminación atmosférica, que
permitan orientar las políticas
y planificación urbana en salud y la
ejecución de acciones
correctivas o de mitigación entre otras. Su
aplicación está dirigida a todas las fuentes
públicas o privadas capaces de producir
contaminación atmosférica en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, propendiendo a la
coordinación interjurisdiccional e interinstitucional en
lo atinente a su objeto, sin perjuicio de lo establecido en la
Ley Nacional Nº 20.284. Si bien está dirigida a las
fuentes que generan la contaminación atmosférica,
la vamos a considerar a modo complementario dado que dispone los
valores límites de
concentración de un contaminante en el ambiente
público.

En su art. 3 define a la contaminación
atmosférica como "la introducción directa o indirecta mediante
la actividad humana de sustancias o energías en la
atmósfera, que puedan tener efectos perjudiciales para la
salud humana o calidad del ambiente, o que puedan causar
daños a los bienes
materiales o
deteriorar o perjudicar el disfrute u otras utilizaciones
legitimas del ambiente". En su art. 4 denomina al estándar
de calidad atmosférica como la disposición legal
que establece el valor límite, primario o secundario, de
concentración o intensidad de un contaminante en la
atmósfera durante un período de tiempo dado. Son
límites primarios los destinados a la protección de
la salud de la población y son límites secundarios
los destinados a mejorar el bienestar público, que incluye
la protección de los recursos
naturales y el ambiente. En el Título VI: Del
monitoreo y la vigilancia epidemiológica, art. 34 se
establece que la Autoridad de Aplicación debe implementar
un programa de
monitoreo permanente, continuo y sistemático de
contaminantes atmosféricos y variables
meteorológicas, que permitan conocer la variación
de la concentración o nivel en el tiempo para las zonas
que se determinen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En el art. 37 se dispone que; cuando en un punto, dentro del
perímetro de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires,
las mediciones de concentración o nivel de uno o
más contaminantes superen las normas de calidad
atmosférica, la Autoridad de Aplicación debe
realizar los estudios técnicos pertinentes para
identificar las fuentes de emisión causantes de su
deterioro a los fines de lograr la reducción,
mitigación o eliminación de la emisión
causante del deterioro de la calidad atmosférica. En el
anexo I A se publica la tabla que fija los estándares de
la calidad de aire ambiente en el cual el monóxido de
carbono no debe superar la cantidad e 9 ppm por un período
de 8 horas y de 35 ppm por un lapso de una hora. Caso contrario
quedará sometido al régimen de infracciones que
brinda la misma ley.

Con respecto al ruido y vibraciones existe más
legislación, quizás debido a que su producto es
resultado de una fuente puntual e identificable. Federico Miyara
hizo un análisis de la legislación concerniente.
Considerando en primer lugar la legislación que protege al
trabajador fijando límites de exposición, luego
están las disposiciones ambientales que protegen a la
comunidad y por último aquellos reglamentos destinados a
regular fuentes particulares, como ser el transporte o los
espectáculos.

Existen dos leyes laborales
que consideran la cuestión del ruido: la Ley Nº
19.587/72, de Higiene y
seguridad en
el trabajo, con su decreto reglamentario Nº 351/79; y la Ley
Nº 24.557/95 de Riesgos del
Trabajo, que va acompañada por los decretos reglamentarios
Nº 170/96 y Nº 333/96, la Resolución Nº
38/96 SRT y el Laudo Nº 156/96 MTSS.

La Ley Nº 19.587/72 es de carácter
técnico, su filosofía central la da su art. 4: "La
higiene y seguridad en el trabajo comprenderá las normas
técnicas y medidas sanitarias,
precautorias, de tutela o de
cualquier otra índole que tengan por objeto: a) Proteger
la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de
los trabajadores. b) Prevenir, reducir, eliminar o aislar los
riesgos de los distintos centros o puestos de trabajo. c)
Estimular y desarrollar una actitud
positiva respecto de la prevención de los accidentes o
enfermedades que
puedan derivarse de la actividad laboral." Se
cubren por lo tanto tres aspectos: protección,
prevención y concienciación. Se establecen
exámenes médicos al ingreso, de adaptación y
en forma periódica. Fija los niveles a los que el
trabajador puede estar expuestos; el mismo no puede estar
sometido a 90 dBA de nivel sonoro continuo equivalente, pero
considera 85 dBA un valor precautorio en el que ya hay que tomar
medidas para reducirlo.

El artículo 5 indica como básicos ciertos
principios y
métodos, entre los cuales se destacan la
"aplicación de técnicas de corrección de los
ambientes de trabajo en los casos en que los niveles de los
elementos agresores, nocivos para la salud, sean permanentes
durante la jornada de labor", la "difusión y publicidad de las
recomendaciones y técnicas de prevención que
resulten universalmente aconsejables o adecuadas", y la
"realización de exámenes médicos
preocupacionales y periódicos, de acuerdo a las normas que
se establezcan en las respectivas reglamentaciones".

En los artículos 6 y 7 se establece que las
reglamentaciones deberán considerar, entre las condiciones
de higiene, "factores físicos: ruidos, vibraciones…", y
entre las condiciones de seguridad, los "equipos de
protección individual de los trabajadores".

Los artículos 8 y 9 obligan al empleador "al
suministro y mantenimiento
de los

equipos de protección personal", a
"eliminar, aislar o reducir los ruidos y/o vibraciones
perjudiciales para la salud de los trabajadores", y a "promover
la capacitación del personal en materia de
higiene y seguridad en el trabajo, particularmente en lo relativo
a la prevención de los riesgos específicos de las
tareas asignadas".

El artículo 10, finalmente, obliga al trabajador
a "cumplir con las normas de higiene y seguridad y con las
recomendaciones que se le formulen referentes a las obligaciones
de uso, conservación y cuidado del equipo de
protección personal…"

El decreto reglamentario 351/79 está organizado
en 8 anexos. El anexo I reglamenta la ley en general, con 24
capítulos y 232 artículos, mientras los restantes 7
anexos se ocupan de temas específicos. Algunas de sus
partes fueron derogadas por el decreto 1336/96.

El capítulo 13 del anexo I (artículos 85 a
94), trata específicamente la cuestión de los
ruidos y vibraciones. El artículo 85 expresa que
"ningún trabajador podrá ser expuesto a una dosis
de nivel sonoro continuo equivalente superior a la establecida en
el Anexo V." El artículo 87 resume: "Cuando el nivel
sonoro continuo equivalente supere en el ámbito de trabajo
la dosis establecida en el Anexo V, se procederá a
reducirlo adoptando las correcciones que se enuncian a
continuación y en el orden que se detalla:

1. Procedimientos de
ingeniería, ya sea en la fuente, en las
vías de transmisión

o en el recinto receptor.

2. Protección auditiva del trabajador.

3. De no ser suficiente las correcciones indicadas
precedentemente, se procederá a la reducción de los
tiempos de exposición."

Se observa que de todas las soluciones
resultan preferibles aquellas que implican la reducción
del ruido. Los artículos que siguen, 88 y 89, van
aún más lejos, requiriendo una
fundamentación ante la autoridad competente en caso de que
no puedan aplicarse las dos primeras correcciones, y en ese caso
establecen la "obligatoriedad del uso de protectores auditivos
por toda persona expuesta" o la "reducción de los tiempos
de exposición" según corresponda.

El artículo 92 establece que cuando en un
trabajador expuesto a una dosis superior a 85 dBA de nivel sonoro
continuo equivalente "se detecte un aumento persistente del
umbral auditivo, el afectado deberá utilizar en forma
ininterrumpida protectores auditivos", y que "en caso de
continuar dicho aumento, deberá ser transferido a otras
tareas no ruidosas". Este artículo tiene en cuenta el
hecho de que la susceptibilidad individual a experimentar
daño auditivo es muy variable, y respalda por lo tanto al
porcentaje de trabajadores que estadísticamente llegan a
la hipoacusia con los niveles admitidos por la ley. Si bien esto
impide la profundización del problema, de hecho tiene la
inocultable limitación que se basa en el hecho consumado,
es decir, que se protege al trabajador cuando ya ha sufrido un
daño irreversible. Esto es consecuencia de que los niveles
tolerados son excesivamente altos.

La Ley 24.557/95 plantea los objetivos en
su artículo 1, que son: reducir la siniestralidad laboral
derivada del trabajo, reparar los daños derivados de
accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales, promover
la recalificación y recolocación de trabajadores
damnificados, y promover la negociación colectiva laboral para la
mejora de medidas de prevención y de las prestaciones
reparadoras.

El decreto reglamentario 170/96 reglamenta algunos
aspectos de la ley de Riesgos del Trabajo, entre ello lo
correspondiente al Plan de Mejoramiento planteado en el
artículo 4, inciso 2. En el mismo se establecen cuatro
niveles; el primero manifiesta el tiempo que puede permanecer el
trabajador en condiciones que no se cumpla con las obligaciones
del empleador; el segundo nivel establece que una vez comenzadas
las obras de mejora o mitigación puede extenderse el
tiempo de permanencia en situación de no cumplimiento de
la reglamentación; el tercer nivel implica el total
cumplimiento de las disposiciones legales relativas a higiene y
seguridad en el trabajo; el cuarto nivel es optativo y consiste
en la instrumentación de pautas y medidas de
higiene y seguridad en el trabajo que exceden lo requerido por la
legislación vigente.

Partes: 1, 2, 3
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