Este documento representa el cierre de semestre para la materia de Introducción al Derecho de la Universidad Nueva Esparta. En el mismo se establece un resumen con los principales aspectos que integran a este conjunto de principios de orden normativo que conocemos como Derecho.
Toda la información aquí expuesta, está basada íntegramente en los enunciados y análisis del padre Luis María Olaso, en su libro Introducción al Derecho, cuya más reciente edición pertenece al año en curso.
El desarrollo de estos temas permitirá complementar los estudios ya realizados en torno a la materia del Derecho.
Etimológicamente del participio pasivo re-laum ("conllevado", "enlazado con", "referido a"), relación que equivale a comunicación entre dos seres. En este sentido, el universo, el mundo, los hombres, nos aparecen como un conjunto de seres envueltos en una innumerable serie de relaciones mutuas.
En el hombre, "existir" es "coexistir", es decir, "existir con otros". Toda la actividad de la vida humana, estará necesariamente "referida" a otras personas o cosas.
Se puede definir la Relación Jurídica como un vínculo jurídico que existe, ya sea entre persona y persona, o bien entre persona y cosa.
Constituyen los llamados derechos personales, de crédito u obligaciones.
Es el vínculo jurídico que nos constriñe en la necesidad a pagar alguna cosa, según el Derecho de nuestra ciudad.
Sujeto: Uno activo (el acreedor) y el otro pasivo (el deudor).
Objeto: Es la prestación que puede consistir en dar algo, en no hacer o en hacer.
El Vinculo: es la relación que ata a los sujetos.
Constituye los llamados Derechos Reales.
Son una clasificación de los Derechos Absolutos que consisten en el poder de una persona sobre una cosa.
Sujeto: uno activo individualmente determinado y como sujeto pasivo toda la colectividad.
Objeto: es una cosa corporal específicamente determinada.
Según Mouchet y Zorraquin, la Relación Jurídica "es el nexo o vínculo que se establece entre dos o más personas (sujetos de Derecho) a raíz de un acontecimiento (hecho jurídico) al cual la norma jurídica atribuye determinadas consecuencias".
Relación Jurídica es el vínculo que se establece entre sujetos del Derecho, nacido de un hecho condicionante al cual la norma atribuye determinadas consecuencias que consisten en poderes y deberes, y cuyo objeto son ciertas prestaciones garantizadas, en su caso por la coacción, en vista de un interés social que se considera necesario tutelar.
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