Sociedades Off Shore, Paraísos
fiscales, Evasión Impositiva, Lavado de
Dinero
Resumen
Sociedades y Estado en puja
por ser más eficaces en la recaudación tributaria y
la evasión o elusión de las mismas, no nos dan los
mejores ejemplos en un mundo globalmente comprometido con el
desarrollo
económico de los pueblos y, por sobre todas las cosas,
la responsabilidad que les compete.
Sociedades "Off Shore"
Para explicar el por qué los empresarios deciden
colocar sus excedentes y reinvertir su capital en
paraísos fiscales; en primer lugar haremos una breve
revisión del rol del Estado como ente recaudador y
administrador
del bien público. Entendido este como los ingresos que
el Estado
tiene que administrar para cumplir con el rol asignado en
democracia por
los ciudadanos mediante su Carta Magna o
así también llamada Constitución.
Asumiendo un criterio lo más objetivo
posible, comenzaremos señalando que el Estado tiene
ingresos, que en su mayoría lo representan los impuestos, es
decir aquellos montos dinerarios que el ciudadano o entidad debe
abonar indefectiblemente al Estado de lo contrario se tomara de
su patrimonio o
sueldo para cobrársele. Y si consideramos los gastos del
Estado, estos contemplan no solo aquellos en los que incurre para
cumplir con su rol, es decir educación, salud, seguridad etc. .
sino también estamos señalando el gasto
administrativo que conlleva el manejo de personal tanto
administrativo como de los políticos propiamente
dichos.
Nadie en su sano juicio pretendería acceder a un
cargo público sino pensara en obtener un beneficio
extraordinario que significa no solo acceder a un sueldo no
despreciable sino también a la posibilidad de contar con
un presupuesto.
El Estado gasta más de lo que recauda. Se endeuda
hacia delante. El presupuesto, que significa una
apreciación de los futuros e inciertos ingresos contra los
gastos reales o ciertos; también implica una evaluación
de los gastos de los años anteriores.
El político de turno accede al manejo de un
presupuesto dado; el cual considera el gasto del año
anterior; si decidiera ahorrar y no gastar todo el presupuesto,
el mismo se reduciría y nadie esta dispuesto a perder
parte de una cuenta abierta al gasto. De cualquier manera el
Estado se endeuda hacia delante. El estado fija un presupuesto,
estima el ingreso y si le sobra parte del mismo no reparte con
los contribuyentes, sino que reparte hacia los administradores,
los políticos. Estos a su vez reparten a los
contribuyentes de modo que su accionar sea realmente visto y
aceptado como un hecho real de buena administración porque debe asegurarse su
continuidad en el poder; puesto
que como él existen otros tantos que van a querer acceder
a ese lugar de privilegio.
Como se dijo anteriormente el Estado, gasta más
de lo que recauda, se endeuda hacia delante; el Estado tiene
gastos de administración.
El Estado por medio de sus administradores, los
políticos, intenta una difusión en el
espacio1 que le permita evitar el efecto de la
repentina clarividencia del contribuyente, que descubre asombrado
que da más de lo que recibe a cambio. Dicho
espacio lo representan aquellos contribuyentes a los que se grava
con mayor intensidad. Llámese Impuesto al que
gana más o Impuesto a los ricos; estos impuestos
satisfacen la conciencia del
contribuyente individual pero aísla irremediablemente al
empresario que
ve aumentar desmesuradamente sus cargas y costes y lo impulsa a
la busqueda de soluciones
alternativas representadas muchas veces por la evasión
fiscal e
impositiva propiamente dicha o directamente la elusión; y
lo hoy por hoy, conocido como recurso de refugiarse en el
extranjero en los llamados paraísos fiscales.
Aún así sería demasiado optimista
pensar que gravando a los ricos se resolvería el problema
del gasto del Estado puesto que las empresas que si
paguen o resuelvan su situación de pérdida
permanente frente al ente recaudador no son tantas ni tan
poderosas como para que se puedan cubrir el gasto
público. Con este método de
recaudación se llegará concretamente a sumir el
prevaleciente en Estados Unidos de
America durante el gobierno de
Ronald Reagan asesorado por los pensamientos del profesor
Arthur Laffer; quién sugirió que existe un punto o
pico más alto de un tipo impositivo determinado el cual a
partir de allí debe dejar de subir y comenzar su descenso
de modo de poder llegar al final de su ciclo de vida
útil con su misión
cumplida, recaudar lo más posible, sin perjudicar
demasiado a quienes va dirigido.
Para paliar entonces la brecha entre ingreso presunto y
gasto real el Estado utiliza la difusión en el
tiempo2, esto es, se endeuda. El Estado intenta
presentar esa deuda como una virtud, afirmando que da lugar a un
gasto que genera resultados positivos al aumentar la
productividad3 o estimular la coyuntura4,
ambas teorías
probadas como agrandamiento del Estado y mayor
participación del mismo en la economía propiamente
dicha como empresario y no ya como ente recaudador y
administrador simplemente sino como un empresario más con
injerencias sobre la oferta y demanda
de bienes y
servicios.
En cuanto al tema central a tratar diremos que el Estado
no favorece con su participación activa en la
economía nacional al mantenimiento
de, tanto las producciones locales, cuya inversión es reducida como así
tampoco a las inversiones de
capital extranjero, cuya búsqueda se torna estéril
ante la oferta de
beneficios de parte de los otros Estados que también
ansían atraer capitales del exterior.
Por lo que no nos queda otra cosa que analizar en
profundidad el rol del Estado frente a sus leyes y
reglamentaciones que en un todo impedirían el proceso de
industrialización que necesita un País para
realizarse y cubrir así sus necesidades como así
también el evitar las evasiones fiscales e impositivas y
la posterior huída de capitales tanto propios como ajenos
a otras jurisdicciones más aventajadas en cuanto a su
reglamentación.
Sociedades
Según reza el Capítulo I, en las
Disposiciones Generales, Sección I, De la Existencia de la
Sociedad
Comercial, en el artículo número 1 de la ley
195505 (Ley de Sociedades
Comerciales de la República Argentina), el concepto y la
tipicidad, será lo que a continuación se
transcribe:
"Habrá sociedad comercial cuando dos o más
personas en forma organizada, conforme a uno de los tipos
previstos en esta ley, se obliguen a realizar aportes para
aplicarlos a la producción o intercambio de bienes o
servicios participando de los beneficios y soportando las
pérdidas".
De lo expresado tomaremos para este breve análisis lo concerniente al tipo de
sociedad, para poder llegar así a adentrarnos en
profundidad más adelante al tema que nos convoca y que son
las sociedades "off-shore".
Retomando el concepto diremos que las sociedades
encarnan per sé una persona
jurídica al reconocerlas por ley como tales y otorgarles
tanto derechos como
obligaciones6.
Incluiremos en detalle la mención al articulado
de referencia de modo de evitar el distraer la atención hacia la terminística
legista.
So pena de resultar redundante recordaremos la
previsión de la ley que implica no sólo atenerse a
ella en calidad de parte
sino a la hora del recurso como justificación de su
actuación en su letra y forma.
Ahondaremos en primera instancia en la sujeción
que hacen las sociedades a las disposiciones fijadas por
ésta, no como meras recomendaciones sino como
obligación7.
Ahora bien, como la ley indica existen sociedades las
cuales no tienen la atención directa de las formas
requeridas y sin embargo consta en actas que a la hora de la
prueba se considerará cualquier medio8. No
obstante, si optaren por regularizar su situación
también están previstos los mecanismos a
seguir.
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