A través de este trabajo
(extraído y adaptado de "Criminología de la Inocencia", del autor,
publicado por Ed. La Rocca, Bs. As., 2005), se analizan desde un
punto de vista antropológico y filosófico, los
motivos, estructuras y
condiciones inconscientes e irracionales de la pena. No se trata
de todos los motivos que conllevan al sostenimiento de un
sistema de
castigos, que resulta implícito a la convivencia y
educación,
ni de todos los motivos irracionales que permiten la
multiplicación de la violencia
desde el poder. Sin
embargo, constituye un aporte útil para la
reflexión de las políticas,
herramientas e
insumos que se destinan para evitar los excesos de esa
maquinaria.
En la documentación
histórico-antropológica se encuentran numerosos
ejemplos de fenómenos de separación, de
segregación, de desvinculación de un individuo o de
un grupo dado.
Respecto de leprosos, moribundos, locos, ancianos,
impúberes, esclavos, homosexuales, "vagos", y otros tipos
cuya enumeración excedería los límites de
la generalidad, se llevó y se mantiene llevando a cabo
apartamientos, distinciones, señales, prevenciones, cuidados y
resentimientos.
Quitando al extrañamiento todo contenido
emocional positivo o negativo, toda idea de premio o de castigo
respecto del sujeto o el objeto al que se dirige, podemos
hallarlo como integrando clasificaciones dentro de la historia de vida de los
sujetos; de la división de funciones en los
grupos; de la
categorización de las jerarquías, los valores,
las identidades; de la determinación de grupos entre
grupos; y de la conciencia de
todos frente a algunos.
Tenemos así, el alejamiento de los púberes
de su grupo familiar a efectos de lograr su tránsito a la
adultez; la reunión de los ancianos a efectos de incidir
en las decisiones de la aldea; la cuarentena de los infectados;
el período de duelo de los cercanos al difunto; los
partícipes de un culto en sus diversos roles ceremoniales;
las formaciones de un ejército; el asilamiento de los
viejos; etc.
Intentando poner un poco de orden en esta diversidad,
notamos la existencia de dos categorías de estos ritos de
extrañamiento, que llamaremos "de tránsito" o "de
constitución". En los primeros, se trata de
señalar a aquellos sujetos que se encuentran en una
frontera (de
la pubertad a la
adultez; de la enfermedad a la cura; de una religión a otra). En
los segundos, se trata de establecer a aquellos sujetos que se
estiman detrás de una frontera (los ilegales, moribundos,
proscritos, infieles).
Lo característico de la función
del extrañamiento, que a la vez le asume su función
ritual, su proceso
intenta dar a lo extraño un rumbo predeterminado. La
voluntad del extrañado se halla en él normada
pormenorizadamente. Resulta en cuanto otro, previsible. Ambigua
modalidad que apunta una diferencia y la reduce a una
uniformidad. Administración de lo que pudiera ser
imprevisible. Puntillismo de los cambios y detalle de las
diversidades. Capacidad de cierre de las definiciones.
Taxatividad del Universo.
Llevando esta clasificación a la labor de
nuestros tribunales, hallamos que el procesado es quien atraviesa
un rito de extrañamiento de transición; en tanto
que el condenado lo es a consecuencia de un rito de
extrañamiento constitutivo.
¿Cómo distinguir, luego por el contenido y
las áreas de su manifestación, los ritos de
extrañamiento mencionados? No estará precisamente
en el objeto de imputación de cada extrañamiento,
ya que en muchos casos resulta ajeno a la causa que lo provoca.
Pasivo a las decisiones de otra voz, de otro murmullo. Así
que habrá que indagar en los motivos de quienes se colocan
al nivel de sujeto de la acción.
O más bien, en las ideas o poderes en que fundan o a los
que refieren la legitimación del rito.
De esta manera, hallamos el poder de la cura, respecto
de los enfermos, apartados; el de la utilidad respecto
de los locos, enrarecidos; el de la virilidad respecto de los
adolescentes,
incompletos; el de la victoria respecto de los príncipes,
aún no coronados; el de la realidad respecto de los
infieles, oscuros.
¿Qué especial contenido del tipo de
rito penal (irrupción del castigo) que lo distinga del
resto de los ritos de extrañamiento?
El pensamiento
arcaico asocia el mal a formas preconcebidas como tales, aquellas
que en su alteración del curso acostumbrado de las cosas
irrumpen con su carga de provocación y repugnancia. El
delito es
entonces sostenido en la propia definición del mal. Es un
derivado de su definición. Así, las manchas de la
lepra, los tiznes del cuerpo, las malformaciones, los goces
solitarios, en cuanto contenían en sí el germen de
un desvío, la pulsión de un secreto destino
desafiante, eran los determinantes de la pena, o de la
reparación. Allí donde hubiera una cualquier
enfermedad visible, deformante, la misma era la seña y la
probanza del pecado. La evitación del contagio ya
importaba un apartamiento de aquellos que exhibieran tales
signos.
¿Miedo a la muerte a
través de la clara demostración de la debilidad? O
más bien miedo a la debilidad, a la contracción que
enumere el paisaje de las dudas y subvierta cualquier culto
redentista. No ya sobre la espera de lo que será sino
sobre las tibias seguridades de lo que se
pretende.
Así, el sujeto es un mero portador de su pecado,
de su delito, de su concreta desviación. Es él
quien padece las consecuencias de su propia culpa. Aún hoy
persisten los componentes de la infamia en la mirada soslayada
con que se examina a los sidosos. Los ademanes de alejamiento de
quien se nos acerca.
Por tal razón, en la carne misma del pecador
está marcado asimismo el pecado. Y pecado y pecador son
una misma y sola cosa. Mas, por ello mismo, aún guardaba
en sí los extremos de la fascinación del mal. Ese
vasto imperio de lo oscuro impenetrable. Entonces, no era
necesaria la existencia de un tal abogado que velase por el
cumplimiento de las formas, ni por la seguridad de asir
la realidad de las imputaciones. La imputación era
autoinfligida por el propio sujeto de su descarga.
El procesamiento era la ocasión de la condena.
Por ende, no hacía falta más víctima que la
propiciatoria. Y sin embargo se multiplicaba en procura de un
sagrado sacrificio.
En tal sistema, no hacía falta un abogado, sino
que podía conformarnos un veedor, un escribano, un
tomanotas.
De todas formas, hizo falta la representación de
un rito, a través del cual se reconocía la mancha,
se apresuraba la infamia, se lo extractaba de su familia, de su
grupo, de su zona de pertenencia.
Se trata de la adopción
de diversos ritos de extrañamiento, cuya necesidad viene
impulsada por tres principales razones:
Evitar la represalia del grupo de
pertenencia. Débese apartar en la medida
exacta en que se le reconoce, al sujeto sobre el que se
irá a descargar la pena. Señalarlo, sin que al
mismo tiempo dicha
identificación suponga asociaciones o vínculos, que
arrastre consigo otras realidades, cualidades, historias,
redes de su
articulación. A raíz de este impulso debe dotarse
de publicidad al
hecho, de visualización, de verificabilidad. En una
palabra, debe ser objetivado. Mostrarse a la vez como algo
querido por la autoridad, y
algo inexorable por el ejercicio del poder. Decisión
interior y exterior al agente que la impone. Golpe con culpa.
Sombra de la inocencia. Incomodidad del poder.
Legitimar la sanción a
adoptar.Trátase de establecer un contenido
positivo en un movimiento que
implícita y explícitamente se caracteriza por la
negación. Así se conformarán los discursos
mágico-razonables de la pureza y del renacimiento. De
esta forma se pierde el carácter de descarga apuntada contra
alguien, sustituyéndolo por la función de
saneamiento dirigido a una institución. Como
recuperación o mantenimiento
de un valor
determinado, aparece la declaración de
extrañamiento como una afirmación de pertenencia,
de inclusión, hasta de sosiego.
Fijar la certeza en el sujeto de
imputación. Indúcese a ser partícipe
de su separación al mismo segregado, en forma ex ante, por
intermedio de la aceptación de las reglas del rito, y en
forma ex-post, a través de su testimonio de carne.
Resultar finalmente un externado. Un ser que ha de tener que
refugiarse en el afuera, aún permaneciendo a veces en el
interior de su comunidad. Se
vivencia la lógica
de la convivencia como lógica del poder, trasvasando los
lazos horizontales por los verticales, confundiéndolos,
mezclándolos, insertándolos en una red que lo
desplaza.
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