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Estudio de factibilidad para la creación del Instituto de aguas del Páramo del Sumapaz, localidad 20 Bogotá D.C. (página 4)



Partes: 1, 2, 3, 4, 5

  1. RUTA DE
    CREACIÓN DEL INSTITUTO

  1. Estas autoridades pueden acordar la creación
    del Instituto de aguas, según lo mencionado en el
    artículo 38 de la Constitución Política de Colombia:

    "Se garantiza el derecho de libre
    asociación para el desarrollo
    de las distintas actividades que las personas realizan en
    sociedad".

    La ley 489 de
    1998, contempla la asociación de entidades
    públicas de la siguiente manera:

    "Artículo 95. Asociación entre
    entidades públicas. Las entidades públicas
    podrán asociarse con el fin de cooperar en el
    cumplimiento de funciones
    administrativas o de prestar conjuntamente servicios
    que se hallen a su cargo, mediante la celebración de
    convenios ínter administrativos o la
    conformación de personas jurídicas sin
    ánimo de lucro.

    Las personas jurídicas sin ánimo de
    lucro que se conformen por la asociación exclusiva de
    entidades públicas, se sujetan a las disposiciones
    previstas en el Código
    Civil y en las normas para
    las entidades de este género".

    "Artículo 96. Constitución de
    asociaciones y fundaciones para el cumplimiento de las
    actividades propias de las entidades públicas con
    participación de particulares. Las entidades
    estatales, cualquiera sea su naturaleza
    y orden administrativo podrán, con la observancia de
    los principios
    señalados en el artículo 209 de la
    Constitución, asociarse con personas jurídicas
    particulares, mediante la celebración de convenios de
    asociación o la creación de personas
    jurídicas, para el desarrollo conjunto de actividades
    en relación con los cometidos y funciones que
    les asigna a aquéllas la ley".

  2. Debe existir un acuerdo de voluntades entre las tres
    entidades interesadas, que en este caso tienen la
    particularidad de ser del sector
    público. Este acuerdo convoca al rector de la
    Universidad
    Distrital, Dr. CARLOS JAVIER MOSQUERA SUAREZ, a la Alcaldesa,
    MAGNOLIA AGUDELO, y al Gerente de
    la Empresa de
    Acueducto y Alcantarillado, Dr. EDGAR RUIZ.
  3. De las tres entidades, la mas opcionada para crear el
    instituto es la Universidad Distrital, por las siguientes
    razones de orden jurídico:

Según la ley 30 de 1992:

"ARTÍCULO 2o. La Educación
Superior es un servicio
público cultural, inherente a la finalidad social del
Estdo.

CAPÍTULO II.

OBJETIVOS

ARTÍCULO 6o. Son objetivos de
la
Educación Superior y de sus instituciones:

i) Promover la preservación de un medio ambiente
sano y fomentar la educación y cultura
ecológica".

  1. Lo más importante, es que el instituto se cree
    legalmente.
  2. Las primeras diligencias legales se deben hacer al
    interior de cada institución y ante la cámara de
    comercio de Bogotá, de acuerdo al decreto 03-93 del
    8 de Febrero de 1991, por el cual se dictan las normas sobre
    asociación para actividades científicas y
    tecnológica, proyectos de
    investigación y creación de
    tecnológicas:

Ley 03-93 de 1991

"Articulo 1: Modalidades de asociación. Para
adelantar actividades científicas y tecnológicas
como proyectos de
investigación creación de
tecnologías, la nación y sus entidades descentralizadas
podrán asociarse bajo dos modalidades:

  • Mediante la creación y organización de sociedades
    civiles y comerciales y personas sin animo de lucro como
    corporaciones y fundaciones.
  • Mediante la celebración de convenios
    especiales de cooperación.

Articulo 2: Propósitos de la
asociación, bajo cualquiera de las modalidades previstas
en el articulo anterior la asociación tendrá los
siguientes propósitos.

  1. Adelantar proyectos de investigación
    científica.
  2. Apoyar la creación el fomento el
    desarrollo y financiamiento de empresas que
    incorporen innovaciones científicas o
    tecnológicas aplicables, a la producción nacional, al manejo del
    medio ambiente y
    al aprovechamiento de los recursos
    naturales.
  3. Organizar centros científicos y
    tecnológicos….

Articulo 3: autorización especial y aportes.
Autorícese a la nación y a sus entidades centralizadas
para crear y organizar con los particulares sociedades civiles
y comerciales y personas jurídicas sin ánimo de
lucro como corporaciones y fundaciones con el objeto de
adelantar las actividades científicas y
tecnológicas, proyectos de investigación y
creación de tecnología para los propósitos
señalados en el artículo
anterior".

De acuerdo con lo anterior y según la
cámara de comercio de
Bogotá, comercial y jurídicamente las entidades,
organizaciones
o empresas son de dos clases:

  • Sin ánimo de lucro
  • Con ánimo de lucro.
    1. Cómo las tres instituciones son de
      carácter público darán
      origen a un instituto público, sin animo de
      lucro.

    Las entidades sin ánimo de lucro, como
    personas jurídicas capaces de ejercer derechos y
    contraer obligaciones, así como de ser
    representadas judicial y extrajudicialmente, deben atender
    ciertos lineamientos de carácter jurídico,
    tanto para constituirse como para actuar dentro de un marco
    de legalidad
    que definitivamente garantice su adecuado desarrollo
    jurídico y social (Gaitán, 2002: 3).

    1. La entidad sin ánimo de lucro, es una
      persona
      jurídica, diferente de las personas naturales que
      las conforman, que puede ejercer derechos y contraer
      obligaciones, así como estar representada tanto en
      actuaciones judiciales como extrajudiciales.

    Esa entidad, como su nombre lo indica, no persigue
    ánimo de lucro, es decir, no pretende el reparto,
    entre los asociados, de las utilidades que se generen en
    desarrollo de su objetivo
    social, sino que busca engrandecer su propio patrimonio
    para el cumplimiento de sus metas y objetivos que, por lo
    general, son de beneficio social ya que éste se
    encamine hacia un grupo de
    personas o hacia la comunidad en
    general. (Gaitán, 2002:7).

    Las entidades sin ánimo de lucro se
    diferencian de la
    organización no gubernamental, conocida como
    ONG, en
    que es una entidad creada por particulares para el
    desarrollo de actividades altruistas y beneficio común
    y no forman parte de la estructura
    político administrativa de un Estado.
    (Gaitan: 23, 2005)

    Las entidades sin ánimo de lucro ofrecen una
    diversidad de posibilidades jurídicas y se clasifican
    de acuerdo a la actividad que desarrollen. La Cámara
    de Comercio las clasifica entres grupos
    así:

    1. fundaciones
    2. Asociaciones y Corporaciones
    3. Entidades del sector solidario.

    La fundación, es una persona jurídica
    sin ánimo de lucro que nace de la voluntad de una o
    varias personas naturales o jurídicas y cuyo objetivo
    es propender por el bienestar común, bien sea de un
    sector determinado de la sociedad o de toda la población en general.

    La fundación surge de la destinación
    que haga su fundador o fundadores de unos bienes o
    dineros preexistentes para la realización de unas
    actividades que, según su sentir, puedan generar
    bienestar social. La fundación tiene una naturaleza
    patrimonial y existe mientras subsista el
    patrimonio.

    La asociación o corporación, es un
    ente jurídico sin ánimo de lucro que nace de la
    voluntad de varios asociados o corporados, los cuales pueden
    ser personas naturales o jurídicas y que tienen como
    finalidad ofrecer bienestar físico, intelectual o
    moral a
    sus asociados o a la comunidad en general.

    Para la creación de una Corporación o
    Asociación, se requiere la presencia de mínimo
    dos constituyentes o asociados fundadores, ya sean personas
    naturales o jurídicas.

    Las asociaciones o corporaciones al constituirse
    personas jurídicas pueden ejercer derechos y contraer
    obligaciones, así como ser representadas por personas
    naturales o jurídicas, en asuntos judiciales y
    extrajudiciales.

    La base fundamental para la existencia de una
    asociación o corporación son las personas que
    la conforman, es decir, los asociados de la misma.

    Se dice que la asociación o
    corporación existe mientras sus asociados lo hagan, o
    hasta cuando estos decreten la disolución de la misma,
    o cuando la reducción del número de sus
    asociados conlleve su disolución (Gaitán;
    2002:12 y 13).

    1. La entidad del sector solidario, es una entidad
      sin ánimo de lucro, que se constituye para realizar
      actividades que se caracterizan por la cooperación,
      ayuda mutua, solidaridad y autogestión de sus
      asociados, que pueden ser actividades democráticas y
      humanísticas, de beneficio particular y
      general.

    Su inspección, control y
    vigilancia están a cargo de la superintendencia de la
    economía solidaria.

    La solidaridad se plantea como la responsabilidad compartida para ofrecer bienes
    y servicios que ofrezcan bienestar común a sus
    asociados, a sus familias y a los miembros de la comunidad en
    general.

    1. La constitución de una entidad sin
      ánimo de lucro debe surgir de la
      manifestación de la voluntad del fundador o
      fundadores o constituyentes y debe plasmarse en un
      documento con unas mínimas formalidades y que se
      denomina acta o asamblea de constitución
    1. COMO SE CONSTITUYE UNA ENTIDAD SIN ANIMO DE
      LUCRO

    Dado el carácter voluntario y asociativo de
    las entidades sin animo de lucro, su constitución debe
    surgir de la manifestación de la voluntad del fundador
    o constituyente o de los fundadores o
    constituyentes.

    Esta manifestación de voluntad de crear una
    entidad sin ánimo de lucro debe plasmarse en un
    documento con unas mínimas formalidades y que se
    denomina acta de asamblea de constitución.

    1. Asamblea de
      constitución:

    La asamblea de constitución es la
    reunión que deben celebrar todas las personas
    naturales, bien sea que actúen en nombre propio o en
    representación de otras personas naturales o
    jurídicas, que tienen la voluntad de asociarse y dar
    nacimiento a una persona jurídica sin animo de
    lucro.

    La asamblea se puede llevar a cabo en lugar
    diferente del domicilio principal de la entidad que se
    constituya, y para desarrollarla deben tenerse en cuenta los
    siguientes pasos:

    1. Paso 1: indicar el lugar de la
      reunión, es decir, determinar donde se encuentran
      los fundadores o constituyentes de la entidad y la fecha de
      celebración de la misma, especificando además
      la hora en la que se inicio la reunión.
    1. Paso 2: elaborar una lista de las personas
      que asistan a la reunión y que tengan la calidad
      de fundadores o constituyentes, indicando su numero de
      identificación y si están actuando en nombre
      propio o en representación del otro, así como
      el lugar donde se encuentren domiciliados, es decir, la
      ciudad o municipio donde vivan (no indicar la dirección de la casa).
    1. Paso 3: entre todos los asistentes a la
      reunión, escoger quien va a dirigir la
      reunión, es decir, quien va a actuar como presidente
      que se encargará de dar la palabra y establecer el
      orden; así mismo, elegir un secretario de la
      reunión, que será quien tome nota de las
      intervenciones de los asistentes y ayude en la
      elaboración del acta respectiva.
    1. Paso 4: estudiar y escoger el tipo de
      identidad que se desea constituir (una
      fundación, corporación o asociación o
      una entidad del sector solidario), que se ajuste a los
      intereses del objetivo por desarrollar y manifestar
      expresamente su voluntad de constituirla o
      crearla.
    1. Paso 5: elaborar y proponer los estatutos
      o relación de disposiciones que den nacimiento a la
      identidad, los cuales deben elaborarse conforme a las
      normas especiales que regulan el tipo de identidad que se
      va a construir.
    1. Paso 6: leer los estatutos elaborados y
      someterlos a consideración de los asistentes a la
      asamblea de constitución, para que estos den su
      aprobación. Indicar el número de votos con el
      que se aprueban los estatutos y determinar que porcentaje
      representa frente al total de votos.
    1. Paso 7: efectuar la designación de
      los directivos, representantes legales y órganos de
      control de la entidad que esta constituyéndose.
      Establecer el número de votos con el que se
      designan, indicar el nombre completo, el número de
      identificación y el cargo para el cual son elegidos
      y dejar constancia de la aceptación de los
      nombramientos, si las personas elegidas se encuentran en la
      reunión. Si no están presentes, anexar
      carta de
      aceptación del cargo.
    1. Paso 8: elaborar el acta de
      constitución, la cual debe contener toda la información de lo sucedido en la
      reunión y que se encuentre directamente relacionada
      con el acto de constitución de la entidad sin
      ánimo de lucro.
    1. Paso 9: elaborada el acta de
      constitución, que puede incluir los estatutos, o
      simplemente hacer referencia a que forman parte del acta
      (pero no están escritos en un documento anexo),
      someterla a consideración de la asamblea de
      constitución, es decir, leérsela a los
      asistentes a la reunión y dejar constancia de su
      aprobación, indicando el numero de votos o el
      porcentaje con el que se aprobó.
    1. Paso 10: aprobada el acta, esta debe ser
      firmada por el presidente y el secretario de la
      reunión, quienes además deben adelantar una
      diligencia de presentación personal
      ante juez, notario o ante el secretario de la Cámara
      de Comercio y enviarla junto con los estatutos a registro a
      la entidad que corresponda, para obtener la
      personería jurídica, es decir, para nacer
      jurídicamente.

    Nota: si la entidad sin ánimo de lucro
    constituida es de aquellas que se registra en las
    cámaras de comercio, enviar el acta de
    constitución, los estatutos y demas documentos a
    la cámara de comercio que funcione o tenga
    jurisdicción, en el lugar del domicilio principal de
    la entidad sin ánimo de lucro constituida.

    Es pertinente mencionar que antes, las entidades sin
    ánimo de lucro inscritas en la Cámara de
    Comercio de Bogotá debían solicitar un
    certificado de existencia y representación legal para
    acudir a la Dirección de Impuestos y
    Aduanas
    Nacionales, DIAN, con el fin de que les fuera expedido su
    numero de identificación tributaria, NIT; hoy
    día, este tramite ha sido suprimido en virtud a un
    convenio que realizó la Cámara de Comercio de
    Bogotá con la DIAN.

    En consecuencia de lo anterior, una vez se alleguen
    el acta de constitución, los estatutos y demas
    documentos para la constitución de una entidad sin
    animo de lucro a la Cámara de Comercio de
    Bogotá, debe solicitarse un formulario adicional de
    registro para fines tributarios, mediante el cual se
    reportara una información que será verificada
    por la DIAN, entidad que en cumplimiento de sus funciones
    asignara el correspondiente NIT.

    Si la entidad sin ánimo de lucro constituida
    no se registra en las cámaras de comercio, hay que
    enviar los mismos documentos a la entidad gubernamental que
    corresponda.

    Una vez registrada la entidad sin ánimo de
    lucro en la cámara de comercio correspondiente, debe
    remitirse, dentro de los diez (10) días hábiles
    siguientes a la fecha de inscripción, copia del acta
    de constitución, copia de los estatutos y un
    certificado de existencia y representación legal,
    expedido por la cámara de comercio, a la entidad
    gubernamental que le otorgó personería
    jurídica según al caso.

    Los pasos para realizar una asamblea de
    constitución de una entidad sin ánimo de lucro
    se esquematizan a continuación.

    Tomado de "guía practica de las
    entidades sin ánimo de lucro y el sector
    solidario"

    MODELO DE ACTA DE
    CONSTITUCIÓN

    En la ciudad de ____________, siendo las_________
    (a.m. /p.m.), del día_________, del año
    _______, se reunieron en ____________ las siguientes personas
    (constituyentes o fundadores), con el objeto de constituir
    una entidad sin ánimo de lucro:

    Nombre completo Identificación Domicilio
    (municipio)

    __________________ _______________
    ___________________

    __________________ _______________
    ___________________

    __________________ _______________
    ___________________

    Los constituyentes o fundadores, para dar un
    desarrollo ordenado a la reunión de
    constitución, han previsto el siguiente

    Orden del día:

  • Designación de presidente y secretario de la
    reunión.
  • Manifestación de voluntad de constituir una
    entidad sin ánimo de lucro.
  • Aprobación de los estatutos.
  • Nombramiento se directivos, representante legal y
    órganos de fiscalización (fiscal,
    revisor fiscal).
  • Lectura y aprobación del texto
    • Designación de presidente y secretario
      de la reunión

Se designaron como secretario y presidente de la
reunión a
___________________________________________________________,
identificados como aparece al pie de sus firmas, quienes tomaron
posesión de sus cargos.

  • Manifestación de voluntad de constituir una
    entidad sin ánimo de lucro

Los fundadores o constituyentes antes mencionados
manifestaron su voluntad de constituir en la fecha, una entidad
sin ánimo de lucro denominada
_________________________________________________.

  • Aprobación de los estatutos

Una vez elaborados y analizados los estatutos de la
entidad sin ánimo de lucro que se constituye, los
fundadores o constituyentes dieron su aprobación por
unanimidad, indicando que se adjuntan a la presente acta forman
parte integral de la misma.

  • Nombramiento de directivos, representante legal y
    órganos directivos de fiscalización (fiscal,
    revisor fiscal)

De conformidad con lo acordado en los estatutos que
rigen a la entidad, se aprobó por unanimidad la
designación de las siguientes personas para integrar sus
órganos de administración y
fiscalización:

  1. Nombre:
    ____________________________________________________

    Documento de identificación No.:
    _________________________________

  2. Representante legal:

    Principales:

    Nombre Documento de
    identificación

    ______________________
    ___________________________

    ______________________
    ___________________________

    ______________________
    ___________________________

    ______________________
    ___________________________

    ______________________
    ___________________________

    Suplentes:

    Nombre Documento de
    identificación

    ______________________
    ___________________________

    ______________________
    ___________________________

    ______________________
    ___________________________

    ______________________
    ___________________________

    ______________________
    ___________________________

  3. Junta directiva:

    Nombre:
    ____________________________________________________

    Documento de identificación No:
    _________________________________

  4. Revisor fiscal (este nombramiento no es obligatorio
    para todas las entidades, solamente para las fundaciones,
    cooperativas, fondos de empleados, asociaciones
    mutuales y las entidades que su patrimonio sea superior a 500
    salarios
    mínimos mensuales legales vigentes):
  5. Fiscal:

Nombre:
____________________________________________________

Documento de identificación No:
________________________________

Las personas designadas firman la presente acta en
señal de aceptación de los cargos para los cuales
fueron elegidas:

Nombre Documento de
identificación

______________________
___________________________

______________________
___________________________

Sometida a consideración de los fundadores, la
presente acta fue leída y aprobada por la unanimidad y en
constancia de todo lo anterior se firma por el presidente y
secretario de la reunión:

_______________________
_______________________

Presidente Secretario

C.C. C.C.

  1. REGISTRO EN CÁMARAS DE
    COMERCIO

Una vez constituida la entidad sin animo de lucro, debe
procederse a su registro en la entidad correspondiente, bien sea
cámaras de comercio, si se trata de aquellas entidades que
se registran en cámara de comercio, o en la
Alcaldía Mayor, las gobernaciones, etc., cuando así
corresponda.

Pasos que se deben tener en cuenta:

Tomado de "guía practica de las entidades
sin ánimo de lucro y el sector
solidario"

Cuando la entidad sin ánimo de lucro tenga el
domicilio en Bogotá y los municipios aledaños, el
registro debe efectuarse en la Cámara de Comercio de
Bogotá, según los municipios asignados a su
jurisdicción.

Para el caso del Instituto de aguas, esta entidad,
considera que las corporaciones, entidades científicas,
tecnológicas, culturales e investigativas, así como
las entidades ambientalistas deben ser registradas ante la
cámara de comercio. (Gaitan, 2002: 18-49).

  1. La entidad que ejerce el control y vigilancia, es el
    Alcalde Mayor de Bogotá y el Director del
    DAMA.

  2. La inspección, control y vigilancia la ejercen
    el Estado y
    el poder
    Ejecutivo, específicamente el Presidente de la
    República, de acuerdo a lo contemplado en la
    constitución Política de 1991 sobre las entidades
    sin ánimo de lucro.
  3. De lo expuesto anteriormente se concluye, que el
    Instituto a crear, legal y comercialmente, debe ser una entidad
    con el siguiente perfil:
  1. De carácter público
  2. Sin ánimo de lucro
  3. Bajo la clasificación de CORPORACION, que es
    la figura que más se adecua para los propósitos
    del instituto.
  4. De economía mixta (que depende de los rubros
    de la nación y también puede conseguir recursos de
    manera particular)

En Adelante se denominará la nueva entidad como:
CORPORACION INSTITUTO DE AGUAS.

En conclusión la creación del Instituto se
resume en tres aspectos generales:

  1. Acuerdo de voluntades
  2. Acuerdo u ordenanza del consejo Superior
    Universitario.

3. Constituir la Corporación Instituto ante la
Cámara de Comercio

4. Registro Mercantil, Cámara de Comercio de
Bogotá.

Foto Nº 12 Campesinos Con
Gallos.

"Pensamos que Colombia tiene que
construirse desde la formación de la identidad, la cultura
y la autonomía de sus regiones….

Apoyamos e inventamos con los pobladores
de cada región un imaginario colectivo tejido de las
tradiciones, los sueños y los interpelantes propios que
impulsan a vivir y a amar a la gente y a la tierra"
RedProdepaz

  1. ESTUDIO
    TÉCNICO PARA LA CREACIÓN DEL
    INSTITUTO

Este Instituto se crea porque existe una
problemática de abastecimiento de agua para
Bogotá, la región de Sumapaz y el
País.

La manera cómo se creará el Instituto
parte de la necesidad de conservación y
recuperación de los ecosistemas
estratégicos, desde el saber, cuidado y custodia de las
culturas ancestrales que habitan estas zonas, las cuáles
no deben ser excluidas por la legislación que rige para
las áreas de reserva.

El Instituto, se crea para que, la localidad 20 del
Distrito capital se
integre dentro de la conceptualización de Ciudad Ecosistema,
como oferta
hídrica ambiental sostenible, con toda su diversidad
cultural para Colombia y el Mundo.

A continuación se desglosará cada elemento
que compone un Instituto:

  1. NOMBRE DEL INSTITUTO

El nombre del instituto, se inspira en la labor del
notable Geógrafo, educador e investigador, ERNESTO GULH
NIMTZ, quien nació en Berlín, en donde
adelantó sus estudios hasta llegar a la Universidad, de la
cual se retiró el día que vio llegar a sus maestros
con el uniforme Nazi. Emigró a Suramérica en 1953 y
se estableció en Colombia, donde se convirtió en
uno de los geógrafos
más importantes, llegando a ser reconocido por sus
discípulos como el padre de los estudios
geográficos modernos del país.

Foto Nº 13. Ernesto Guhl. Tomado de
www.google.com

Más de 25 años de docencia en la
universidad Nacional en cátedra permanente y repartida su
aula en la ciudad blanca y al aire libre en
excursiones con sus discípulos, observando y
enseñándoles las realidades físicas del
país; le permitieron la profunda comprensión del
complejo ecosistema páramo.

Y su incansable cámara fotográfica
captó los grandes y mínimos detalles del paisaje;
los nichos ecológicos; los cantos rodados; los yermos
pajonales; los frailejones de formas arrocetadas y pubescentes;
los arbustos con sus colores vistosos;
los llamados bosques enanos de encenillos y también las
altas turberas con sus curiosos cojines de Plantágo y
Distichia, que forman abigarrados almohadones; y esos tapetes de
sphagmun, que son los que contribuyen a mantener el
régimen hídrico.

Todos estos conjuntos que
incluyen las morrenas y otras huellas glaciales, así como
las preciosas lagunas que ayudan a formar la mayor estrella
fluvial del centro del país, llaman la atención sobre el papel decisivo como
fuente de agua y recurso natural insustituible por los pueblos
para su existencia y que nos mueva a su ardorosa defensa.
(Arango; 2006: 29).

Por lo anterior y como un sencillo homenaje a este
Geógrafo, se considera que el instituto lleve su
nombre.

Para la elección del nombre del Instituto se
propusieron seis alternativas, a las que sucesivamente se les
asignó un puntaje sobre 0.20 de acuerdo a seis
categorías, como se verá a
continuación:

  1. Corporación Instituto de Recursos
    Hídricos y Ecosistema Páramo de Sumapaz, Ernesto
    Gulh. (CIRHEPS)
  2. Corporación Instituto de Aguas del
    Páramo de Sumapaz. (CIAPS)
  3. Corporación Instituto de Conservación
    de los ecosistemas páramo y aguas del Sumapaz.
    (CICEPA)
  4. Corporación Aguas y páramo del Sumapaz.
    (CAPS)
  5. Corporación Instituto de Aguas.
    (IDAGUA)
  6. Corporación Instituto de Investigación
    en aguas y ecosistema del

Páramo del Sumapaz. Aguas y Páramo del
Sumapaz, Ernesto Gulh. (APS)

SIGLA

OBJETO

COMPRENSION

IDENT. CULTURAL

AMPLITUD

TOTAL

 

CIRHEPS

 

0.20

 

0.20

 

0.20

 

0.15

 

0.75

CIAPS

0.20

0.10

0.15

0.10

0.55

CICEPA

0.15

0.10

0.15

0.10

0.50

CAPS

0.20

0.10

0.10

0.10

0.50

IDAGUA

0.10

0.10

0.10

0.10

0.50

APS.

0.20

0.20

0.20

0.20

100

Por asignación de todo el puntaje al nombre
número 6, luego de haber analizado cada uno se
optará este último, de tal manera que el nombre del
instituto será el siguiente:

  1. Se considera que este nombre incluye el binomio agua
    páramo como ecosistema y objeto de estudio del
    instituto, involucra el término Corporación que
    da sentido al tipo de entidad; para los términos agua,
    páramo y sumapaz, la gente de la región se los
    apropia más fácilmente.

    Toda entidad o empresa
    generalmente tiene un logo, para el caso del Instituto, las
    siglas de los términos Agua, Páramo y Sumapaz;
    se ha elaborado un sencillo diseño. El color azul
    representa el agua,
    el verde, el páramo y el amarillo la flor del
    frailejón.

    El logo de la corporación Instituto de
    Investigación en Aguas y Ecosistema Páramo del
    Sumapaz. Aguas y Páramo del Sumapaz, Ernesto Guhl
    Nimtz, es el siguiente:

    AGUAS Y PÁRAMO DEL
    SUMAPAZ

    ERNESTO
    GUHL.

  2. CORPORACIÓN INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN EN
    AGUAS Y ECOSISTEMA PÁRAMO DEL SUMAPAZ, AGUAS Y
    PÁRAMO, ERNESTO GULH NIMTZ.

    LA CORPORACION INSTITUTO DE INVESTIGACION EN AGUAS Y
    ECOSISTEMA PÁRAMO DEL SUMAPAZ, AGUAS Y PÁRAMO
    DEL SUMAPAZ, ERNESTO GULH NIMTZ, es una entidad corporativa,
    sin ánimo de lucro, que agrupa entidades
    públicas, como la Alcaldía del Sumapaz, la
    Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, y la
    academia de la Universidad Distrital Francisco José de
    Caldas.

    Se concibe como una institución de
    carácter investigativo, técnico
    académico que valida y reconoce el saber ancestral de
    las comunidades campesinas, en torno a la
    defensa del agua, el territorio y la seguridad
    alimentaria.

    Se propone a corto plazo, validar y promover el
    empoderamiento comunitario campesino
    en la recuperación y conservación del
    ecosistema páramo y sus aguas.

    A mediano plazo, propiciar escenarios de
    articulación de los actores sociales e institucionales
    en la construcción de tejido social en torno
    a la defensa de la cultura del agua.

    Largo plazo, desarrollar estrategias de investigación,
    tecnología y academia para la recuperación,
    conservación y sostenibilidad del ecosistema
    páramo y sus recursos hídricos.

  3. VISIÓN:

    Es lograr la recuperación,
    conservación y sostenibilidad del ecosistema de
    páramo y sus aguas a través del conocimiento de la cultura campesina para
    perpetuar la fábrica de agua de Bogotá y el
    País.

  4. MISIÓN:
  5. UBICACIÓN DEL INSTITUTO:

Los siguientes aspectos se tendrán en cuenta para
la fase de implementación de la presente
propuesta.

  1. Macrolocalizacion:

El universo a tener
en cuenta para la ubicación de la planta física del Instituto
de aguas, es la localidad 20. De ese universo se descarta el
resto de las localidades de Bogotá, con base en las
siguientes razones:

  • El objeto del presente estudio esta ligado a tres
    aspectos fundamentales que son:
  • El Recurso Hídrico – Seguridad
    Alimentaria
  • El Recurso Páramo
  • Su gente
  • Esta labor implica por parte de quienes desarrollen
    la propuesta una gran permanencia en la localidad
    20.
  • También observación y estudios detallados e
    inventarios de
    los recursos hídricos, que apenas están siendo
    abordados por otras entidades.
  • Contacto con la comunidad
  • El páramo visto como un laboratorio
    de investigación
  • Lo anterior plantea la necesidad de un fuerte
    trabajo de
    campo en la región.

Para los aspectos de orden administrativo y conducto
regular, las localidades 8 y 15 de Bogotá, son las
más apropiadas, pues allí se puede encontrar, la
Universidad, la Alcaldía, y la Empresa de Acueducto de
Bogotá, puesto que el cuerpo de funcionarios se puede
reunir allí para tomar decisiones y lo relacionado con
asuntos de tramitología.

  1. Microlocalización:

La Corporación Aguas y Páramo del Sumapaz,
se puede construir dentro de la zona rural de la localidad, en el
corregimiento de SAN JUAN, de acuerdo a las siguientes
razones.

  1. Es un punto equidistante entre Bogotá y el
    Páramo.
  2. Por ser punto equidistante permite la movilidad entre
    uno y otro lugar.
  3. El desplazamiento es posible por que la carretera
    está más o menos en buen estado.
  4. Contribuye en el tiempo de
    desplazamiento por que los otros lugares que podrían
    pensarse para el instituto, están más alejados y
    no cumplen con todos los requisitos de servicios
    públicos.
  5. Hacia Bogotá, es importante la cercanía
    porque allí se concentra la parte administrativa y
    gerencial.
  6. Hacia el páramo porque allí se
    llevarán los estudios ambientales con mayor
    rigor.
  7. Es el corregimiento más poblado de los
    tres.
  8. Por ser la zona más poblada, el contacto con
    la comunidad es mayor.
  9. Este corregimiento, tiene servicios como agua,
    luz, y comunicaciones.
  10. El centro de Comunicaciones del Páramo, que
    cuenta con servicios de telefonía e Internet, lo
    cual contribuye enormemente a las necesidades logísticas
    del instituto.
  11. También el corregimiento tiene un gran
    auditorio o centro de convenciones del Páramo, este es
    el lugar de encuentro de la comunidad, y la cercanía con
    el Instituto permite viabilizar parte de los propósitos
    del mismo como son el observatorio del agua.
  12. La alcaldía proyecta crear la Granja de la
    Cultura, en el mismo corregimiento, así pues, el
    Instituto puede quedar en red de intereses con el
    centro de convenciones, centro de comunicaciones y granja de la
    cultura, como un circuito cultural del
    Páramo.
  13. Todo lo anterior contribuye en el proceso de
    construcción de territorio, apropiación e
    identidad en la localidad, a partir de lo
    institucional.
  1. TAMAÑO DEL INSTITUTO

Se ha cotizado con algunas personas de la localidad el
costo de una
fanegada de terreno en un precio de 5
millones de pesos. Dentro de ese perímetro el Instituto se
edificará en un área de 70 x 70 m2.

  1. El Terreno:

El terreno en donde reproyecta el instituto de Agua y
Páramo, Ernesto Gulh, preferiblemente debe estar ubicado
cerca de los sitios mencionados con anterioridad, y considerarse
la posibilidad de una propuesta técnica mejor
diseñada a cargo de un ingeniero civil, que incluya toda
la tramitología ambiental y licencias de
construcción.

  1. PLANTA FÍSICA:

El Instituto de Agua y Páramo Ernesto Guhl,
deberá contar con una estructura física, con los
siguientes elementos mínimos:

  1. Antejardín/zona verde.
  1. Portería.
  1. Recepción.
  1. Oficina de gerencia/Dirección.
  1. Secretaria.
  1. Sala de Juntas.
  1. Auditorio.
  1. Baños/hombres, mujeres.
  1. Biblioteca Física.
    1. Cafetería/cocina integral.
  1. Sala Virtual.
  1. Sección de Laboratorio.
  1. Sala de Investigadores.
  1. Habitaciones para huéspedes.
  1. Aulas de Clase.
  1. Zona de Parqueo.

Esta distribución se realizara en el área
de 70×70 m2, organizados en una construcción de un solo
piso y con techos cónicos o curvos por razones
térmicas. La distribución espacial la
realizará un arquitecto en una maqueta con sus respectivos
planos. El costo de la maqueta es de $1´500.000.

  1. MATERIAS PRIMAS:

Todos los insumos para la edificación del
Instituto de Agua y Páramo, se adquirirán y
transportaran desde Bogotá, ya que en el páramo no
hay depósitos de construcciones.

La propuesta y costos de la
construcción del Instituto, la debe elaborar un ingeniero
civil, quien mejorara la presente propuesta.

  1. MUEBLES Y ENCERES:

Los espacios físicos del instituto mencionados
con anterioridad deben estar debidamente equipados
así:

  1. Antejardín con zona verde y aviso publicitario
    que contenga el nombre y logo del instituto (razón
    social).
  2. Portería con un teléfono, un fax,
    conmutador y mueble de recepción.
  3. Oficina de gerencia: con un teléfono interno,
    un computador,
    un escritorio y tres sillas para atención al
    público.
  4. Oficina de secretaria: un teléfono, un
    escritorio tres sillas, un computador, un archivador,
    papelera.
  5. Sala de juntas: una mesa grande de juntas, diez
    sillas.
  6. Auditorio con cien sillas, cabina de sonido.
  7. Sala de audiovisuales: un video vind, dos
    televisores, dos DVD., un
    proyector de acetatos, dos grabadoras, dos cámaras
    digitales.
  8. Biblioteca física: diez estantes para libros, un
    escritorio con silla, cinco archivadores, tres computadores,
    cinco mesas y veinte sillas.
  9. Sala virtual: diez computadores, diez muebles de
    computación, diez sillas, un escritorio
    con silla y un teléfono, conexión a Internet
    banda ancha,
    dos cámaras filmadoras, tres agendas
    electrónicas, una fotocopiadora, calculadoras. Puertos
    USB.
  10. Seis baños completos (enchapados,
    grifería, espejos, etc.).
  11. Cafetería: con cocina integral, vitrinas, un
    horno microondas,
    una nevera, menaje de cocina nueve mesas con sus respectivas
    sillas.
  12. Sala de investigadores: cinco mesas, cinco
    sillas.
  13. Tres habitaciones amobladas con baño y
    ducha.
  14. Cinco aulas de clase con tableros y cincuenta
    pupitres.
  15. Un parqueadero: con una caseta de vigilancia,
    citófono, mesa y silla. Un baño.
  16. una camioneta cuatro por cuatro para andar por
    trocha, para uso y transporte
    de los funcionarios del Instituto.

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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