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Modelos de gestión de las organizaciones no gubernamentales según las distintas formas de evaluar (página 4)




Enviado por Carolina Rodriguez



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  1. Estatuto para la Asociación…….Pág
    N° 76

    Acta de la Asamblea Constitutiva de la
    Asociación Civil…..Pág N ° 101

    Entrevista realizada al presidente de la Ong…..Pág. N ° 103

  2. Anexos

  3. Entrevista al cura párroco de la Ong Iglesia
    ….Pág N °105

    Entrevista
    a un integrante de la Asociación Ama de Casas
    ……Pág N ° 108

    Entrevista a un integrante del Centro de Residente
    Chamamecero…….Pág N ° 110

    Entrevista a un integrante de la Ong del Taller
    Protegido……Pág N ° 112

    Entrev. a un integ. de la Ong Asociación
    Civil sin Fines de Lucro…Pág N ° 114

    Cuestionarios ….Pág N ° 116

  4. Entrevista un integrante de la Ong Iglesia
    …….Pág N °107

    1. ARTICULO 1:

      Constituyendo, con fecha de de 2004, bajo la
      denominación de una Asociación Civil sin
      fines de lucro y por tiempo
      indeterminado, con asiento y domicilio en la ciudad de
      Rosario, provincia de Santa Fe, República
      Argentina.

      ARTICULO 2:

      La entidad será regida por las
      disposiciones del presente estatuto y sus normas
      acordes con la legislación vigente, con todos los
      derechos y obligaciones emergentes del mismo y de las
      normas legales.

      ARTICULO 3:

      Será jurisdicción del territorio
      dentro de los límites de la ciudad de
      Rosario.

      ARTICULO 4:

      La entidad es autónoma, se rige por su
      Estatuto y esta gobernada por las autoridades legalmente
      constituidas y libremente elegidas por sus
      asociados.

    2. CAPITULO 1: DENOMINACIÓN, DOMICILIO,
      DURACIÓN Y JURISDICCIÓN

      ARTICULO 5:

      La Asociación. Civil tendrá por
      objeto:

      1) la colaboración mutua entre los
      asociados promoviendo, estimulando y organizando acciones tendientes a mejorar y
      desarrollar la calidad de
      vida de la comunidad y la solución de todo
      asunto o problema colectivo relacionado con
      ella.

      2) – Promover la cultura y fomentar la amistad entre los asociados.

      3) Estimular y organizar actividades sociales,
      culturales, deportivas, que fomenten los vínculos
      de unión, fraternidad y solidaridad social.

      Para el logro de tales objetivos, la Asociación Civil
      podrá realizar las siguientes
      actividades:

      A)- Relacionarse con las autoridades
      municipales, provinciales y/o nacionales; las empresas estatales y/o privadas
      proveedoras de bienes
      y/o servicios para la solución de los
      problemas o cuestiones existentes en su
      jurisdicción B)- Creación de un comedor
      comunitario y copa de leche
      tendientes a paliar las carencias alimentarias que
      sufrieren niños, ancianos y/o discapacitados
      de al zona. C)- Creación de talleres de apoyo
      escolar y de alfabetización destinados a cubrir
      las necesidades de esta índole. D)-
      Creación de un costurero comunitario tendiente a
      reciclar toda prenda obtenida en donación y/o
      confeccionar nuevas prendas a los fines de asistir a los
      niños, ancianos y discapacitados de la zona que
      tuvieren necesidades en este sentido. E) Creación
      de una Huerta Comunitaria cuyo producido será
      destinado a cubrir necesidades del Comedor Comunitario o
      distribuidas de manera equitativa a los vecinos de la
      zona.

      La enunciación precedente no tiene
      carácter limitativo, por lo que la
      Asociación podrá realizar todas las
      actividades necesarias y/o convenientes para el mejor
      cumplimiento de su objeto y en ningún caso
      importarán directa o indirectamente beneficios y/o
      ventajas económicas para sus asociados.

      ARTICULO 6:

      La Asociación Civil, se declara
      totalmente desvinculado y ajeno a cualquier tendencia
      política, religiosa, racial,
      gremial o ideológica, quedando prohibido a sus
      Asociados plantear, discutir, comentar, considerar,
      resolver, promover o difundir cuestiones sobre los temas
      mencionados, como así también sobre temas
      contrarios a la
      moral y a las buenas costumbres.

    3. CAPITULO II: FINES Y OBJETIVOS
    4. CAPITULO III: CAPACIDAD Y PATROMONIO DE LA
      ENTIDAD

    ARTICULO 7:

    La entidad tiene plena capacidad jurídica:
    podrá ejercer por medio de sus órganos toda
    clase de
    actos jurídicos y todos los contratos
    necesarios y que se correspondan con su naturaleza
    jurídica, quedando en consecuencia autorizada a
    efectuar los actos, trámites, gestiones y peticiones
    que sean necesarias y/o convenientes a saber: adquirir a
    título oneroso o gratuito bienes muebles o inmuebles,
    Venderlos, permutarlos, cederlos en comodatos,
    locación, uso o usufructo, gravarlos con derecho de
    hipoteca; contraer mutuos; otorgar, hacer y recibir
    donaciones; aceptar legados,
    subsidios, herencias o subvenciones; hacer operaciones
    con instituciones bancarias, a plazo fijo, cuenta corriente o
    cualquier otra operación que permitan sus cartas
    orgánicas y que tiendan al cumplimiento de sus fines y
    objetivos sociales y de cualquier otra entrada o ingreso
    lícito acorde con el fin de la
    Institución.

    ARTICULO 8:.

    El patrimonio
    esta formado por: A)- Las cuotas que abonen los asociados,
    sean de ingreso mensual o especiales que pudieran resolverse
    en Asamblea convocada a tal efecto. B)- Los bienes que
    adquiera por cualquier título, así como de sus
    frutos y productos
    .. C)- Las donaciones, herencias, legados, subsidios,
    subvenciones, oblaciones voluntarias que se le otorguen y que
    acepte. D)- Los beneficios que se obtengan en la organización de reuniones
    sociales, conferencias, torneos y competencias
    deportivas, festivales, excursiones o cualquier
    espectáculo público. E)- Los intereses o
    ganancias que devenguen los fondos de la entidad. F)-
    Cualquier entrada lícita que no desvirtúe los
    fines y objetivos sociales.

    CAPITULO IV: DE LOS ASOCIADOS.

    ARTICULO 9: CATEGORÍAS DE
    ASOCIADOS.

    La Asociación Civil tiene y reconoce las
    siguientes categorías de asociados: a) Activos,
    b) Adherentes. c) Honorarios. :

    ARTICULO 10 CONDICIONES, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO
    PARA EL INGRESO DE ASOCIADOS.

    Podrá ser admitido como Asociado de la
    entidad, cumpliendo los requisitos correspondientes a la
    categoría a la cual ingrese y los requerimientos
    establecidos en el presente Estatuto, toda persona
    jurídica o física, mayor de
    edad, que gocen de plena capacidad que compartan el objeto de
    la entidad, de conducta
    respetable, reputación y antecedentes irreprochables y
    ocupación o profesión lícita, que cumpla
    los siguientes requerimientos: a)- solicitar el ingreso,
    llenando y firmando un formulario que le suministrara la
    entidad, b)- que la Comisión Directiva apruebe el
    ingreso del postulante como Asociado, c)- Abonar la cuota de
    ingreso vigente al momento en que la Comisión
    Directiva apruebe el ingreso. Las personas de existencia
    ideal podrán actuar en el seno de la entidad mediante
    el representante que acrediten expresamente para
    ello.

    ARTICULO 11:

    Las solicitudes de ingreso de los postulantes, se
    expondrán en lugar visible en la sede durante 15
    días, a efecto que la Comisión Directiva pueda
    recibir posibles objeciones escritas al ingreso requerido por
    parte de algún Asociado, las objeciones formuladas no
    se darán a publicidad, deberán ser de
    carácter reservado.

    ARTICULO 12:

    La Comisión Directiva, considerara las
    solicitudes en la primera reunión que realice y por
    orden de presentación de aquellas. La
    aceptación o rechazo, se hará por
    votación y la decisión se comunicara por
    escrito al postulante.

    ARTICULO 13:

    El postulante a quien se le hubiera rechazado el
    ingreso, podrá solicitar reconsideración de tal
    decisión dentro de los 15 días de haberse
    notificado la Resolución recaída.

    De ratificarse la resolución que
    tomará la Comisión Directiva en primera
    instancia, será inapelable.

    El postulante, podrá presentar una nueva
    solicitud de ingreso, transcurrido un año del primer
    rechazo.

    ARTICULO 14: ASOCIADOS ACTIVOS.

    Serán Asociados activos, las personas mayores
    de 21 años de edad, que simpaticen con los fines y
    objetivos de la entidad.

    ARTICULO 15: .

    Son derechos de los Asociados Activos los
    siguientes: a) Recibir una credencial que acredite su
    condición y categoría de Asociado; b)
    Frecuentar la sede social, haciendo uso de todas las
    instalaciones y servicios, participar en todas las
    actividades que programe la entidad, según
    corresponda; c) Participar con voz y voto en las Asambleas;
    d) Elegir y ser elegidos miembros de la Comisión
    Directiva y demás autoridades; cuando reúnan la
    correspondiente antigüedad, no registren deudas con la
    Tesorería y se hallen incluidos en el padrón
    respectivo. e) Integrar sub- comisiones, en caso de ser
    elegidos; f) Sugerir a la comisión directiva, toda
    iniciativa que estime beneficiosa para la entidad; g) Objetar
    por escrito, fundamentada y en forma reservada ante la
    Comisión Directiva, la solicitud de ingreso de
    cualquier postulante a Asociado; h) Solicitar a la
    Comisión Directiva, la convocatoria a Asamblea
    Extraordinaria, la que deberá celebrarse dentro de los
    40 días de solicitada; i) Peticionar a la
    Comisión directiva, la inclusión de
    determinados puntos en el Orden del Día de la Asamblea
    Ordinaria, siempre que la solicitud se efectúe hasta
    15 días posteriores al cierre del ejercicio Socio
    Anual, por 20 socios activos como mínimo.

    ARTICULO 16:

    Los Asociados activos, ejercitaran sus derechos de
    la siguiente manera: a) Desde la fecha de aprobado el
    ingreso: los derechos explicativos en los incisos a) y b) del
    artículo 15. b) Con una antigüedad mínima
    e ininterrumpida de 6 meses en la categoría: todos los
    derechos explicativos en el artículo 15.

    ARTICULO 17:

    Son deberes de los Asociados Activos, los
    siguientes: a) Conocer, respetar y cumplir con las
    prescripciones del Estatuto, Reglamentos y resoluciones de la
    Comisión Directiva y de las Asambleas; b) Abonar
    puntualmente las cuotas sociales y contribuciones resueltas
    por Asambleas según corresponda, como así
    también los adicionales resultantes por la
    prestación de servicios adicionales;. c) Velar, en
    toda ocasión, por el prestigio y buen nombre de la
    entidad y cooperar con la Comisión Directiva, en su
    gestión para el logro de los fines y objetivos
    sociales; d) Mantener dentro de la Sede social, y
    demás dependencias de la entidad, y en todo momento
    que actúe como asociado, una conducta digna e
    irreprochable, con modales y actitudes
    correctas y utilizando un lenguaje
    moderado en sus manifestaciones hacía los demás
    asociados y la entidad; e) Comunicar los cambios de
    domicilio…

    ARTICULO 18: ASOCIADOS ADHERENTES.

    Serán Asociados Adherentes, las personas
    menores de 21 años de edad que, simpaticen con los
    objetivos y fines de la entidad. y los que, compartiendo el
    objeto social, no desean tener participación en la
    actividad de la entidad. Sus derechos son los prescritos en
    los incisos a) y b) del artículo 15, pueden asistir a
    las Asambleas, exclusivamente con derecho a voz cuando
    tuvieren la edad de 18 años como mínimo. Sus
    deberes son los prescritos en el artículo 17.
    Abonarán una cuota inferior a la fijada para los
    asociados activos.

    ARTICULO 18 bis: ASOCIADOS HONORARIOS:

    Revestirán el carácter de honorarios
    las empresas, personas o instituciones en general que
    colaboren con el cumplimiento del objeto de la entidad y se
    hagan acreedores del reconocimiento como tales por parte de
    la Comisión Directiva. La designación
    quedará supeditada a la aprobación de la
    Asamblea de asociados.

    Son derechos y obligaciones de los asociados
    Honorarios, además de los que se les asignan en otras
    disposiciones estatutarias, los siguientes:

    a) conocer, respetar y cumplir fielmente con estos
    estatutos y con las disposiciones emanadas de la Asamblea y
    la Comisión Directiva. b) exponer verbalmente o por
    escrito ante la Asamblea o la Comisión Directiva las
    ideas, proyectos o sugerencias que consideren útiles
    para el mejor cumplimiento de los fines de la
    Asociación c) concurrir con voz y sin voto a las
    Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de la
    Asociación.

    ARTICULO 19: CAMBIOS DE CATEGORÍA.

    Los Asociados Adherentes que alcancen la
    mayoría de edad, podrán solicitar su ingreso a
    la categoría de Asociados Activos. Una vez aceptado el
    ingreso, si así lo decidiera la Comisión
    Directiva, deberán abonar la diferencia existente
    entre las cuotas de ingreso de ambas categorías, si
    estas fueran de distinto importe.

    ARTICULO 20: DE LAS SANCIONES A LOS
    ASOCIADOS.

    En caso de verificarse alguna transgresión a
    los requerimientos específicos en el estatuto,
    Reglamento o al no acatamiento de las resoluciones de la
    Comisión Directiva y Asambleas o inconducta manifiesta
    de los Asociados, la Comisión Directiva, esta
    facultada para aplicar las siguientes sanciones: a)
    APERCIBIMIENTO: Consiste en un llamado de atención, mediante el cual se
    notificara al Asociado la falta cometida y la posibilidad de
    suspender o expulsar, en caso de reincidencia; b)
    SUSPENSIÓN: Consiste en la suspensión
    temporaria de los derechos del Asociado sancionado,
    manteniéndose los deberes. El tiempo de
    suspensión lo decidirá la comisión
    Directiva, en virtud de la falta cometida y de acuerdo a las
    pruebas
    que disponga. Se procurara aplicar este tipo de sanciones con
    la mayor prudencia; c) CESANTÍA: Consiste en la
    pérdida de la condición de Asociado. Se
    aplicará en los casos de morosidad de los Asociados o
    cuando estos sean declarados en Concurso Preventivo o
    Quiebra,
    esta sanción se mantendrá hasta la
    rehabilitación de los así declarados; d)
    EXPULSION: Consiste en la pérdida definitiva de
    la condición de Asociado, prohibiéndosele al
    sancionado el ingreso y permanencia en la sede Social y
    demás instalaciones, asimismo se le exigirá la
    devolución de la credencial social.

    ARTICULO 21:

    Previo a la aplicación de cualquiera de las
    sanciones mencionadas precedentemente, la
    Comisión

    Directiva, citara al Asociado, a efectos que este
    efectúe su defensa. Luego de efectuada esta, la
    Comisión Directiva resolverá de acuerdo a las
    disposiciones estatutarias. La notificación de
    cualquier sanción, se hará mediante comunicación escrita, dirigida al
    último domicilio denunciado por el Asociado. La
    vigencia de la sanción, comenzara a partir del momento
    en que el Asociado se notifique de la resolución
    recaída.

    ARTICULO 22:

    Todo Asociado que hubiere sido sancionado, tiene el
    derecho de apelar la sanción de que hubiera sido
    objeto, ante la primera Asamblea, que se celebre, sin admitir
    cláusulas que importen la renuncia al fuero
    judicial.

    El recurso de Apelación, deberá ser
    interpuesto por el Asociado sancionado dentro de los 15
    días de notificada la sanción.

    ARTICULO 23: DE LA PERDIDA DE LA CONDICION DE
    ASOCIADO

    Los Asociados perderán la condición de
    tales, por las siguientes causas: a) Fallecimiento; b)
    Renuncia; c) Cesantía; d) Expulsión.

    ARTICULO 24: RENUNCIA.

    Los Asociados podrán renunciar a su
    condición de tales, presentando una nota dirigida a la
    Comisión Directiva, en la cual exprese su
    decisión voluntaria de renunciar. La renuncia
    sólo se aceptará cuando el asociado que la
    solicite se encuentre al día con la
    Tesorería.

    Si así no fuera, se le intimará al
    efecto por medio fehaciente y de no cumplir en el
    término que se le fije será considerado
    asociado moroso y podrá ser excluido.

    La Comisión Directiva, tratará la
    renuncia en la primera reunión que efectúe, y
    el renunciante mantendrá todas las obligaciones hasta
    tanto le sea aceptada la renuncia.

    ARTICULO 25: CESANTIA.

    La cesantía de los Asociados se
    producirá por los siguientes motivos: a) Morosidad; b)
    Cuando los Asociados sean declarados en Concurso Preventivo o
    en Quiebra.

    ARTICULO 26:

    Todo Asociado que adeudare las cuotas
    correspondientes a 3 meses o cualquier otra suma a la
    entidad, será notificado fehacientemente mediante
    comunicación escrita dirigida al último
    domicilio denunciado por el Asociado.

    Una vez notificado, tendrá un plazo de 15
    días para regularizar su situación con la
    tesorería, abonando lo adeudado más un 5% de la
    suma resultante en concepto de
    gastos
    administrativos. Vencido este plazo y no satisfecha la deuda
    a valores
    actualizados, será declarado cesante y perderá
    su condición de Asociado.

    ARTICULO 27:

    Excepcionalmente, la Comisión Directiva,
    considerará los casos de morosidad producidos por
    situaciones de fuerza
    mayor, carencias económicas profundas, desempleo o
    cualquier otro motivo evidentemente justificado, estando
    facultada para otorgar plazos y condiciones especiales para
    el pago de las deudas que los Asociados mantuvieran con la
    entidad.

    ARTICULO 28:

    Los Asociados declarados en Concurso Preventivo o en
    Quiebra, serán declarados cesantes y perderán
    su condición de Asociados.

    ARTICULO 29: EXPULSION.

    Son causales de expulsión: a) Faltar
    voluntariamente al cumplimiento de las obligaciones impuestas
    por el Estatuto, Reglamentos, Resoluciones de asambleas o
    Resoluciones Estatutaria tomadas por la Comisión
    Directiva; b) Observar una conducta inmoral; c) Haber
    cometido graves actos de deshonestidad, engañando o
    tratando de engañar a la entidad para obtener
    beneficios en provecho propio o de terceros, utilizando su
    condición de asociado o la denominación de la
    entidad; d) Hacer voluntariamente daño a la entidad, provocar
    desórdenes graves en su seno u observar una conducta
    notoriamente perjudicial a los intereses sociales; e)
    Transgredir el artículo 6; f) Por la comisión
    de hechos delictivos, con sentencia firme
    judicial.

    ARTICULO 30: REINGRESO DE ASOCIADOS.

    Los Asociados renunciantes, o declarados cesantes,
    por morosidad, no podrán solicitar su reingreso hasta
    después de transcurrido un año, salvo que
    abonen las cuotas entre la fecha de su renuncia o
    cesantía y la fecha de reingreso, a valores
    actualizados, más el 20% de la cuota de ingreso en ese
    momento y, en su caso, lo adeudado a la entidad.

    Transcurrido el año, serán
    considerados nuevos postulantes, los asociados declarados
    cesantes por haber sido declarados en Concurso Preventivo o
    en Quiebra, podrán reingresar a la entidad luego de su
    rehabilitación, si lo solicitarán expresamente
    y si lo aprobará la Comisión
    Directiva.

    ARTICULO 31:

    Los Asociados, deberán abonar la cuota social
    por mes adelantado en el local de la Sede Social. La entidad
    podrá efectuar el cobro de las cuotas a través
    de cobradores domiciliarios. La eventual falencia de estos
    cobradores no será justificativo para la morosidad de
    los Asociados.

    ARICULO 32: DEL INICIO Y FINALIZACION DEL EJERCICIO
    SOCIAL ANUAL.

    El ejercicio socio anual, se iniciará el
    día 1 del mes de Enero y finalizará el
    día 31 del mes de Diciembre de cada
    año.

    CAPITULO V: DE LA COMISION DIRECTIVA Y DEMAS
    AUTORIDADES.

    ARTICULO 33: COMPOSICION DE LAS AUTORIDAES DURACION
    DE LOS MANDATOS.

    La Asociación Civil será gobernada,
    dirigida y administrada por una Comisión directiva, a
    saber: 1 Presidente, 1 Vice- Presidente, 1 Secretario, 1
    Tesorero, 2 Vocales Titulares, habrá también 2
    Vocales Suplentes. .

    ARTICULO 34:

    Los miembros de la Comisión Directiva,
    Vocales y Vocales Suplentes, durarán dos años
    en sus cargos y funciones.

    ARTICULO 35:

    La Comisión Directiva y las demás
    autoridades, serán elegidas en la Asamblea Ordinaria
    Anual, por simple mayoría de votos de los Asociados
    presentes en la Asamblea. Todos podrán ser
    reelectos.

    ARTICULO 36:

    Para poder ser
    miembro de la Comisión Directiva y demás
    autoridades, se deberán cumplimentar los siguientes
    requisitos: a) Ser Asociado Activo y tener una
    antigüedad mínima de 6 meses, en forma
    ininterrumpida; b) Estar en el pleno goce de sus derechos
    como Asociado y tener plena capacidad jurídica; c)
    Estar al día con la Tesorería Social; d) No
    estar ejerciendo cargos políticos; e) No tener
    antecedentes policiales o penales infamantes o haber sido
    declarados en Concurso Preventivo o en Quiebra y no estar
    rehabilitado.

    ARTICULO 37:

    Los cargos de la Comisión Directiva y
    demás Autoridades, son de carácter personal e
    indelegable. A los miembros de la Comisión Directiva y
    demás Autoridades, les esta prohibido percibir sueldos
    o remuneración alguna por el desempeño de los
    cargos, o por trabajos o servicios prestados a la
    entidad.

    ARTICULO 38:

    Las reuniones de la Comisión directiva se
    realizarán validamente con la presencia de la mitad
    más 1 de los miembros que la integran y las
    resoluciones se adoptaran por mayoría absoluta de los
    miembros presentes.

    Las reconsideraciones de asuntos ya resueltos,
    requerirán el voto de las 2 terceras partes, en
    reunión de igual o mayor número de asistentes
    de aquella en que se resolvió el asunto a
    reconsiderarse.

    ARTICULO 39:

    La Comisión Directiva se reunirá no
    menos de 1 vez cada 15 días, en día y hora que
    se fija en el cronograma de reuniones, que fijará
    aquella en la primera reunión que se efectúe en
    el año y que tendrá vigencia para todo el
    año que cursa.

    ARTICULO 40:

    La Comisión Directiva también se
    reunirá por petición del Presidente o su
    reemplazante, por petición del Síndico Titular
    o pedido de 3, como mínimo, de sus miembros, debiendo
    en estos casos realizarse la reunión dentro de los 5
    días de efectuada la solicitud. La citación se
    hará en forma personal y por escrito, a través
    del Secretario y con una anticipación no menor a los 2
    días.

    ARTICULO 41:

    El miembro de la Comisión Directiva que,
    debidamente citado, faltara sin previo aviso justificado a 3
    reuniones consecutivas o a 6 alternadas en un año
    calendario, podrá ser desplazado de su
    cargo.

    ARTICULO 42:

    Todo miembro de la Comisión Directiva que,
    por razones muy fundadas no pueda asistir a las reuniones o
    atender la misión
    que se le encomendara, podrá solicitar licencia
    parcial o temporal, la que será acordada en
    reunión de Comisión Directiva.

    ARTICULO 43:

    En caso de renuncia, fallecimiento, ausencia,
    expulsión, cesantía o cualquier otro
    impedimento de cualquier miembro titular, que le impida
    ejercer su cargo y función, será reemplazado por un
    suplente hasta la terminación de la ausencia o del
    mandato del miembro reemplazado. El miembro reemplazante,
    tendrá las mismas atribuciones y obligaciones que el
    miembro a quién reemplace.

    ARTICULO 44: REGIMEN DE REEMPLAZOS.

    En caso de aplicación del artículo 43,
    el régimen de reemplazos será el siguiente: El
    Presidente será reemplazado por el Vice- Presidente,
    el Secretario por el 1er. Vocal y el tesorero por el 2do.
    Vocal. Los Vocales titulares, serán reemplazados por
    los Vocales Suplentes y el Síndico Titular será
    reemplazado por el Síndico Suplente.

    ARTICULO 45:

    Cuando el número de miembros de la
    Comisión Directiva, quede reducido a menos de la mitad
    más 1 de la totalidad, habiendo ya sido llamados todos
    los suplentes a reemplazar a los titulares, deberá
    convocarse a Asamblea a los efectos de su integración, dentro de los 20
    días, todo esto sin perjuicio de las responsabilidades
    que puedan recaer sobre los miembros directivos renunciantes
    o ausentes. Los electos durarán en sus cargos por el
    resto del período de los que reemplazan.

    ARTICULO 46:

    Queda prohibido a los miembros de la Comisión
    Directiva y demás autoridades lo siguiente: a) Hacer
    públicas las manifestaciones que, individualmente,
    hubieran hecho los miembros en las deliberaciones, por
    sí o por terceras personas.

    ARTICULO 47: ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE LA
    COMISION DIRECTIVA.

    Son atribuciones y obligaciones de la
    Comisión Directiva: a) Ejecutar las resoluciones de
    las Asambleas, cumplir y hacer cumplir este Estatuto y los
    reglamentos, interpretándolos en caso de duda, con
    cargo a dar cuenta a la Asamblea más próxima
    que se celebre; b) Ejercer la
    administración de la entidad; c) Convocar a
    Asamblea conforme a las disposiciones establecidas en esta
    estatuto ; d) Resolver la admisión de los que
    soliciten ingresar, como asociados y las renuncias que
    presenten los mismos; e) Dejar cesantes, apercibir, suspender
    o expulsar a los asociados; f) Otorgar plazos y condiciones
    especiales para el pago de las deudas que los asociados
    mantuvieran con la entidad; g) Nombrar empleados y todo el
    personal que se requiera para el cumplimiento de los fines y
    objetivos sociales, asignarles sueldo, fijarles las
    obligaciones, amonestarías, suspenderlos y
    despedirlos; h)Presentar a la Asamblea General Ordinaria, la
    Memoria,
    Balance
    General, Inventario,
    Cuenta de Gastos y Recursos e
    informe
    del Síndico y el Presupuesto y la Programación para el siguiente
    ejercicio; i) Realizar los actos que especifica y determina
    el art. 1881 y concordantes del Código Civil, aplicables a su
    carácter jurídico y con cargo de dar cuenta a
    la primera Asamblea que se celebre, salvo los casos de
    adquisición, enajenación, hipotecas y constitución de gravámenes de
    bienes inmuebles o de bienes muebles de comprobado y real
    gran valor, en
    que será necesaria la previa aprobación por
    parte de una Asamblea; j) Dictar los reglamentos necesarios
    para el cumplimiento de sus finalidades los que
    deberán ser aprobados por la asamblea y luego
    presentados a la Inspección general de Personas
    Jurídicas de la Provincia de Santa Fe para que esta
    los apruebe, previo a ser aplicados; k) Crear subcomisiones y
    nombrar sus presidentes e integrantes; l) Fijar y ajustar las
    cuotas sociales, pudiendo aumentarlas o disminuirlas de
    acuerdo a las necesidades, fijar cuotas extraordinarias o
    cualquier contribución transitoria, pudiendo aumentar
    o disminuir su importe o decidir la suspensión
    transitoria de aquella, en función de la
    obtención de los fines y objetivos sociales. Todo esto
    con cargo de dar cuenta a la primera Asamblea que se celebre;
    m) Adoptar medidas disciplinarias con los miembros que
    infrinjan lo establecido en los artículos 41 y 46; n)
    Resolver los asuntos no contemplados en este Estatuto y que
    sean urgentes, con cargo a dar cuenta a la primera Asamblea
    que se celebre. o) Remitir a la Inspección General de
    Personas Jurídicas dentro de los quince días
    (15) de efectuada la Asamblea Ordinaria, copia de la Memoria
    y Balance del último ejercicio y nómina de la nueva Comisión
    Directiva (si así correspondiera) e
    Inventario.

    DEL PRESIDENTE Y VICE –
    PRESIDENTE.

    ARTICULO 48:El Presidente tiene las atribuciones y
    obligaciones siguientes: a) Es el representante legal de la
    entidad; b) Convocar a las reuniones de la Comisión
    Directiva y a las Asambleas y presidirlas; c) Tendrá
    derecho a voto en las reuniones de la Comisión
    Directiva, al igual que los demás miembros del cuerpo
    y, en caso de votaciones empatadas votara nuevamente para
    desempatar; d) Firmar conjuntamente con el secretario, las
    actas de reuniones de Comisión directiva y de las
    Asambleas y la correspondencia y todo documento de la
    entidad; e) Autorizar con el Tesorero, las cuentas de
    Gastos, firmando los recibos y demás documentos de
    la Tesorería, conforme lo resuelto por la
    Comisión directiva, no permitiendo que los fondos
    sociales sean invertidos en objetos ajenos a los prescritos
    por este Estatuto; f) Velar por la buena marcha y la correcta
    administración de la entidad,
    observando y haciendo observar este Estatuto, los
    Reglamentos, las resoluciones de Comisión Directiva y
    de las Asambleas.

    ARTICUL0 49:

    El Vice- Presidente tiene las atribuciones y
    obligaciones siguientes: a) Asistir a las reuniones
    de

    la Comisión Directiva y a las Asambleas; b)
    Colaborar estrechamente con la gestión del
    Presidente.

    El Vice- Presidente, reemplazara al Presidente en
    caso de la aplicación del artículo 43 y
    según el artículo 44.

    DEL SECRETARIO

    ARTICULO 50:

    El Secretario tiene las atribuciones y obligaciones
    siguientes: a) Asistir a las reuniones de la Comisión
    directiva y a las Asambleas, firmando conjuntamente con el
    Presidente las Actas de las mismas; b) Firmar, conjuntamente
    con el presidente la correspondencia y todo documento de la
    entidad; c) Citar a los miembros de la Comisión
    directiva a aquellas reuniones no previstas en el cronograma
    anual, en forma personal y escrita, con la debida
    antelación; d) Encargarse de todo lo concerniente a
    las convocatorias de las asambleas, cuidando que aquellas se
    realicen estatutariamente en tiempo y forma; e) Llevar de
    acuerdo con el Tesorero, el Registro de
    Asociados.

    DEL TESORERO

    ARTICULO 51:

    El Tesorero tiene las atribuciones y obligaciones
    siguientes: a) Asistir a las reuniones de la Comisión
    Directiva y a las Asambleas; b) Llevar, de acuerdo con el
    secretario, el Registro de Asociados, ocupándose de
    todo lo relacionado con el cobro de las cuotas sociales y
    demás acreencias; c) Llevar los libros de
    Contabilidad; d) Presentar a la
    Comisión Directiva Balances mensuales y nóminas de asociados morosos y prepara,
    anualmente, el Balance General, Inventario y Cuenta de Gastos
    y Recursos, que deberá aprobar la Comisión
    Directiva para posteriormente, ser sometidos a
    consideración de la Asamblea General Ordinaria; e)
    Firmar con el Presidente, los recibos y demás
    documentos de la Tesorería, efectuando los pagos
    resueltos por la Comisión directiva; f) Efectuar en el
    o los bancos que
    designe la Comisión Directiva, a nombre de la entidad
    y a la orden conjunta del Presidente y del Tesorero, los
    depósitos de dinero y
    valores ingresados a la Caja Social, pudiendo retener en la
    misma hasta la suma que estime la Comisión directiva,
    a los efectos de los pagos de urgencia; g) Los cheques,
    giros u otros documentos para la extracción de fondos,
    deberá firmarlos conjuntamente con el Presidente; h)
    Dar cuenta del estado patrimonial, económico y
    financiero de la entidad, toda vez que la Comisión
    Directiva o el Síndico Titular se lo
    soliciten.

    DE LOS VOCALES TITULARES Y
    SUPLENTES

    ARTICULO 52:

    Los Vocales Titulares tienen las atribuciones y
    obligaciones siguientes: a) Asistir a las reuniones de la
    Comisión Directiva y a las Asambleas; b) Colaborar con
    el resto de la Comisión Directiva y desempeñar
    las tareas y comisiones que la Comisión Directiva le
    asigne.

    Los Vocales Titulares reemplazaran a los
    demás integrantes de la Comisión Directiva, en
    caso de aplicación del artículo 43 y
    según el artículo 44.

    ARTICULO 53:

    Corresponde a los Vocales Suplentes: a) Asistir a
    las Asambleas; b) Entrar a formar parte de la Comisión
    directiva, reemplazando a los Vocales Titulares, en aso del
    artículo 43 y según el artículo 44; c)
    Concurrir a las reuniones de la Comisión directiva,
    teniendo únicamente derecho a voz, su asistencia no se
    computará a los efectos del quórum.

    CAPITULO VI.: DEL ORGANO DE CONTRALOR

    ART. 54:

    Las funciones de contralor institucional y de
    revisión y fiscalización de las operaciones
    sociales serán ejercitadas por LA SINDICATURA, que
    estará integrada por un Titular y un Suplente. Duran
    dos años en sus funciones, son reelegibles sin
    limitación de períodos, y su elección se
    hará en forma conjunta con la renovación del
    órgano directivo. Para integrar la Sindicatura se
    requieren las condiciones exigidas en el art. 36 del
    presente.

    ARTICULO 55: ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL SINDICO
    TITULAR

    Son atribuciones y obligaciones del Síndico
    Titular, las siguientes: a) Examinar los libros y documentos
    de la entidad, no menos de una vez por mes; b) Asistir a las
    reuniones de la Comisión Directiva, cuando lo juzgue
    necesario, teniendo únicamente derecho a voz; c)
    Fiscalizar la administración, verificando
    frecuentemente el estado
    de la Caja y la existencia de títulos
    y valores de toda clase; d) Comprobar el cumplimiento de
    las leyes,
    Estatuto y Reglamentes; e) Dictaminar sobre la Memoria,
    Inventario, Balance General y Cuenta de Gastos y Recursos,
    presentadas por la Comisión Directiva; f) Convocar a
    Asamblea General Ordinaria, cuando omitiere hacerlo la
    Comisión Directiva; g) Solicitar la Asamblea general
    Extraordinaria cuando lo considere necesario, poniendo
    en conocimiento de la Inspección general
    de Personas Jurídicas los antecedentes que justifiquen
    su pedido, cuando se negare acceder a ello la Comisión
    Directiva; h) Vigilar, supervisar y fiscalizar las
    operaciones de la liquidación de la
    entidad.

    El Síndico Titular, cuidara de ejercer sus
    funciones de manera que no entorpezca o dificulte la marcha
    normal de la administración social.

    El Síndico Suplente, reemplazara al
    Síndico Titular en caso de aplicación del
    artículo 43 y según el artículo
    44.

    CAPITULO VII: DE LAS ASAMBLEAS

    ARTICULO 56:

    Las Asambleas serán la máxima autoridad
    de la entidad. Podrán ser, según el caso,
    Ordinarias y Extraordinarias.

    ARTICULO 57: ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

    La Asamblea General Ordinaria, se efectuará,
    una vez por año dentro del plazo de 120 días
    contados a partir de la fecha del cierre del ejercicio socio
    anual.

    En ella, se deberá: a) Considerar, aprobar o
    modificar la Memoria, Inventario, Balance General, Cuenta de
    Gastos y Recursos e Informe del Síndico; b) Elegir los
    miembros de la Comisión Directiva y demás
    autoridades, que reemplacen a los que cesan en sus mandatos;
    c) Considerar, si lo hubiere, cualquier otro asunto
    consignado en la convocatoria; d) Tratar, si se hubiere
    peticionado, los asuntos propuestos por los asociados con
    derecho al inciso h del artículo 15.

    ARTICULO 58:

    Los asociados con derecho al inciso h del
    artículo 15 , deberán peticionar por escrito en
    original y copia, a la Comisión Directiva el
    cumplimiento de este derecho. La copia del pedido, con la
    constancia de recepción, será devuelta a los
    asociados peticionantes.

    Este derecho, solamente podrá ser ejercitado,
    siempre que los peticionantes totalicen 20 o más
    asociados con ese derecho.

    ARTICULO 59 ASAMBLEA GENEAL
    EXTRAORDINARIA.

    Las Asambleas Generales Extraordinarias,
    serán convocadas siempre que la Comisión
    Directiva lo juzgue necesario, o cuando las soliciten el
    Síndico Titular o un mínimo de 20 Asociados con
    derecho a voto; el plazo para la realización de la
    misma no podrá superar los 40 días, caso
    contrario los solicitantes podrán acudir ante la
    Inspección General de Personas Jurídicas a sus
    efectos. Estos pedidos, deberán ser efectuados por
    escrito y dando razón de ello a la Comisión
    Directiva; los pedidos deben ser resueltos dentro de un plazo
    no mayor a los 10 días de la presentación de
    los mismos.

    ARTICULO 60:

    Todas las Asambleas serán convocadas mediante
    circulares remitidas al domicilio de los Asociados, con una
    anticipación no menor de 15 días a la fecha de
    realización.

    Las circulares, deberán establecer lugar,
    fecha y hora de realización de la Asamblea y el Orden
    del Día a tratarse. Con la misma anticipación
    que la convocatoria de la Asamblea, se expondrá en el
    local de la sede social y en lugar visible, la documental que
    se vaya a tratar en aquella. Así se expondrán,
    para la libre inspección de los Asociados, la Memoria,
    Balance General, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos e
    Informe del Síndico, tanto como
    correspondiere.

    En los casos en que se sometan a la
    consideración de la Asamblea, reformas al Estatuto o
    Reglamentos, el proyecto de
    las mismas se expondrá de igual manera que la
    documental anteriormente citada.

    No podrán tratarse en las asambleas otros
    asuntos que los incluidos en el orden del día
    explicitado en la convocatoria.

    ARTICULO 61:

    La Comisión directiva, formulará un
    padrón de los Asociados en condiciones de participar
    en la Asamblea según lo prescrito en éste
    Estatuto. El Padrón se exhibirá en lugar
    visible, en el local de la sede social, con la misma
    anticipación que la establecida para la convocatoria.
    Los Asociados, podrán inspeccionar libremente
    éste Padrón y oponer reclamaciones hasta 8
    días antes de la Asamblea.

    Los Asociados que mantuvieran deudas con la
    Tesorería, deberán cancelarlas, como
    máximo, 48 horas antes de la realización de la
    Asamblea, para poder participar en ellas.

    ARTICULO 62:

    Para la toma de resoluciones de las Asambleas se
    requerirá el voto de la mitad más uno de los
    asociados con este derecho. Las Asambleas se
    celebrarán válidamente, aún en los casos
    de reforma de Estatuto o Reglamentos y de disolución
    de la entidad, sea cual fuere el número de los
    Asociados concurrentes media hora después de la
    señalada en la convocatoria, si antes no se hubiera
    reunido ya, la mitad más uno de todos los Asociados
    con derecho a voto.

    CAPITULO VIII: DISOLUCION, REFORMA DEL
    ESTATUTO

    ARTICULO 63:

    La Asamblea no podrá declarar la
    disolución de la entidad, mientras existan 20
    Asociados Activos, dispuestos a sostenerla; quienes en tal
    caso, se comprometerán a preservarla en el
    cumplimiento de los fines y objetivos sociales.

    De resolverse la disolución, se
    nombrarán los liquidadores, pudiendo ser éstos
    la misma Comisión Directiva o 4 cualesquiera Asociados
    Activos, que la Asamblea determine. La liquidación
    deberá ser fiscalizada por el
    Síndico.

    La Asociación Civil decide que, en caso de
    disolución y una vez pagadas las deudas, el remanente
    de los bienes que resulten de la liquidación, pase a
    poder de la Sociedad Damas Protección al
    Huérfano o, si esta no existiera o hubiere quedado
    marginada de la dispensa exentiva al momento de la
    disolución, a otra entidad con personería
    jurídica y objetivos a fines a esta asociación,
    reconocida como exenta en el Impuesto a
    las Ganancias por la AFIP- DGI u organismo que en el futuro
    lo reemplace o a poder de la Nación, Provincia o Municipio. La
    liquidación de la entidad, deberá resolverse en
    una Asamblea General Extraordinaria, convocada a tal efecto y
    con el voto de las dos terceras partes de los Asociados
    presentes. La designación de la entidad que reemplace
    en su caso a la Sociedad de Damas Protección al
    Huérfano quedará a cargo de la asamblea general
    en la que se hubiere decidido la disolución de la
    asociación civil motivo del presente
    estatuto

    ARTICULO 64:

    El presente Estatuto o los Reglamentos,
    podrán ser modificados parcial o totalmente si las
    necesidades lo determinan, por la Asamblea General
    Extraordinaria de Asociados, convocada a tal efecto, conforme
    a lo dispuesto en el artículo 62 y con el voto
    favorable de las dos terceras partes de los Asociados Activos
    presentes en la Asamblea.

    ARTICULO 65:

    Iguales previsiones que las prescriptas en el
    artículo 29, serán necesarias para la
    remoción de los miembros de la Comisión
    Directiva y demás Autoridades, que hubiera actuado en
    forma negligente, deficiente o hubiese transgredido las
    disposiciones contenidas en éste Estatuto.

    CAPITULO IX: DE LAS ELECCIONES.

    ARTICULO 66:

    El acto comicial para las elecciones de las
    autoridades que reemplacen a las que finalizan su mandato, se
    realizará en la Asamblea General Ordinaria
    Anual.

    ARTICULO 67:

    El voto será personal y secreto;
    ningún Asociado tendrá derecho a más de
    un voto y deberá emitirse por Lista Completa a los
    cargos.

    La Lista del candidato tendrá que
    oficializarse ante la comisión directiva, con un
    anticipación de 10 días a la fecha de
    realización de la Asamblea y, deberá contar con
    el respaldo de un mínimo de 20 Asociados Activos. Los
    candidatos deberán manifestar la aceptación a
    sus candidaturas y posterior nombramiento, si correspondiera,
    firmado de conformidad.

    Cada Lista tendrá un delegado al que se
    deberá dirigir las objeciones a la misma, teniendo
    éste la obligación de completar la Lista con
    Asociados en condiciones de ser elegidos.

    ARTICULO 68:

    Los candidatos deberán cumplimentar las
    exigencias del artículo 36.

    ARTICULO 69:

    La Asamblea designará la Junta Electoral que
    será responsable de la normalidad y claridad del
    Comicio. Estará integrada por 3 Asociados Activos,
    elegidos, los delegados de la Lista, quienes actuarán
    así mismo como fiscales y un miembro de la
    Comisión directiva, el que presidirá la Junta
    Electoral.

    ARTICULO 70:

    Todo voto que presente tachaduras, enmiendas,
    manchas o leyendas,
    como así mismo en el sobre que lo contenga,
    será anulado.

    ARTICULO 71:

    Finalizada la votación, la Junta Electoral,
    procederá a realizar el recuento y escrutinio de los
    votos emitidos e informará el resultado obtenido,
    firmando el acta correspondiente. Los ganadores serán
    proclamados de inmediato. El resultado, si se ha
    cumplimentado todos los requisitos estatutarios, será
    inapelable.

    ARTICULO 72:

    En caso de oficialización de una Lista de
    Candidatos, el acto comicial no se
    realizará.

    Los mismos serán proclamados vencedores sin
    más trámite.

    ARTICULO 73:

    Los candidatos vencedores, tomarán
    posesión de sus cargos en la Reunión de la
    Comisión Directiva programada en el cronograma anual
    que suceda inmediatamente después de las
    elecciones.

    Los miembros reemplazados, deberán presentar
    todo aquello que fuera de sus responsabilidades, en tiempo y
    forma.

    ARTICULO 74:

    La entidad deberá llevar como mínimo
    los siguientes libros: a) Actas de Asambleas; b) Asistencia
    de los Asociados a las Asambleas; c) Registro de Asociados;
    d) Caja; e) Inventario y Balance.

    Los libros estarán foliados y se harán
    rubricar por la entidad de contralor.

    DISPOSICIONES TRANSITORIAS:

    ARTICULO 75:

    Durante los primeros 6 meses de vida de la Entidad,
    no será exigible los mínimos de antigüedad
    establecidos en el presente Estatuto.

    ACTA DE LA ASAMBLEA CONSTITUTIVA DE LA
    ASOCIACIÓN CIVIL

  5. ESTATUTO PARA LA ASOCIACIÓN
  6. En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe,
    República Argentina, a los días del mes de
    ……..de 2004 , se reúnen autoconvocados y en el local
    de ………de Rosario las siguientes
    personas:…………………………………………………………………,
    Residentes en la ciudad de Rosario. Los nombrados se encuentran
    reunidos en este acto, con la finalidad de fundar una
    ASOCIACION CIVIL, SIN FINES DE LUCRO, destinada a promover
    acciones tendientes a mejorar y desarrollar la calidad de vida
    de la comunidad; velar por la generación de actividades
    sociales y culturales que respondan a sus necesidades, como
    así también de todo asunto o problema colectivo
    relacionado con la comunidad, fomentando la amistad entre los
    asociados.
  7. Por resolución unánime de los
    presentes, y antes de comenzar las deliberaciones, son
    designadas en carácter de Presidente y Secretario de
    esta Asamblea, los/as
    señores/as………………………y
    …………………. respectivamente, quienes aceptan los
    cargos asignados.
  8. Seguidamente, y luego de un breve debate, los
    presentes deciden FUNDAR una Asociación Civil sin Fines
    de Lucro y por tiempo indeterminado, cuya denominación
    será "……..", cuyo domicilio quedara fijado en la
    ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, siendo esto aprobado
    por unanimidad.- Acto seguido, y en uso de la palabra, el /la
    señor/a Presidente/a manifiesta que existe un proyecto
    de Estatuto, el que será leído
    íntegramente en este acto, a efectos de su posterior
    consideración y tratamiento por parte de la Asamblea;
    el/la Señor/a secretario/a, procede a dar lectura al
    citado proyecto de Estatuto.-.
  9. Finalizada la
    lectura, se efectúa un intercambio de opiniones;
    solicita la palabra la Sra. ………., quien dice que
    habiendo sido leído el proyecto de Estatuto y
    analizado su contenido, los presentes no encuentran
    objeciones al mismo, por lo tanto se mociona que el Estatuto
    leído sea aprobado en la forma en que esta redactado.-
    Puesta a votación la moción presentada, es
    aprobada por unanimidad.-

    Seguidamente se procede a la elección de los
    integrantes de la primera Comisión Directiva, la cual
    queda integrada del siguiente modo:

  10. El/ La Sr/a. Presidente/a, continúa diciendo
    que: "Habiendo sido aprobado el Estatuto leído,
    éste regirá a la entidad y se adjuntará
    por separado, pero debiéndoselo considerar como parte
    integrante de la presente Acta, siendo esto aprobado por
    "unanimidad"

    (Aunque estuvimos una hora conversando puso como
    condición que no siempre estuviera el grabador
    prendido)

    ¿Cómo llegó a ser presidente de
    la Ong?

    Fui el que inició toda esta movida de la
    Ong… en un primer momento no tenía a nadie que
    quisiera hacer lo que yo quería hacer, además
    me molesta que la gente no entienda y tengas que repetirle
    tantas veces una cosa… yo me puse solo.

    ¿Por qué es presidente? ¿Le
    gusta ese cargo?

    Por que me gusta el cargo y el poder que te da …me
    gusta que me digan ahí vienen el presidente… yo
    busco los subsidios y los gasto.

    ¿Usted como presidente de la Ong toma las
    decisiones que cree oportuno o necesario para resolver los
    problemas?

    Yo solo no decido nada, cuando hay que tomar una
    determinación trato de que antes se converse en el
    grupo y vemos si estamos todos de acuerdo, si el tiempo no
    nos alcanza porque es muy importante trato de que nos
    reunamos tantas veces como sea necesario. Si la
    mayoría resuelve tal cosa el resto o sea la
    minoría lo acata tal como la democracia
    misma es sino… hablando la gente se entiende. Aunque si ,
    siempre soy el que tiene la última palabra.

    ¿Es el secretario de actas el que lleva los
    libros de actas?

    No yo lo doy un borrador , por si se olvida y el lo
    pasa, en una ONG puede haber la distribución de cargos según lo
    estipula los estatutos vigentes… integrantes que tengan
    títulos profesionales, sean políticos,
    gremialistas o llevar varios años trabajando
    socialmente sin tener fines de lucro pero si no se respeta la
    palabra de todos, sino se busca el consenso, si no se
    basan las actividades en principios de
    libertad y
    de igualdad
    de derechos y deberes la ONG no se mantiene en el tiempo
    podrán querer ir a la entrega de subsidios, Juan,
    Pedro, Josefa… yo los escucho… no se convencen que no
    saben qué tienen que hacer ni que decir, algunos de
    ellos ni siquiera saben ALGUNO DE ELLOS NI SIQUIERAN SABER
    ESCRIBIR , no saber escribir…eh… mejor no me fío y
    voy yo, … la realidad es que no es lo mismo ser el
    presidente de una ONG que el último vocal, frente a
    otras organizaciones o a los políticos ser el
    presidente es el que tiene más capacidad o el mejor
    preparado sea por el tiempo que lleva en la misma o porque
    tuvo motivos para crearla, es mejor estar solo que rodeados
    de inútiles.

    La verdad que no sé ni me interesa que
    piensan los otros integrantes de la Ong, con ellos
    conversamos muy de vez en cuando y casi que no tratamos
    ningún tema ,,, yo hago solo,,, ni los llamo todos
    están muy ocupado.

    El que la quise formar a la Ong fui yo y necesitaba
    según los estatutos varias personas que llenaran los
    distintos cargos , pero solo de papeles.

    Muchos patos en un plato hacen mucho garabatos, yo
    sé lo que quiero y lo hago…. para que más ,
    mejor usamos el tiempo para otra cosa.

    Entrevista a una integrante de la
    asociación Amas de Casa " Blanca del Valle
    Ríos
    "

    ¿A que actividades le remite el concepto
    evaluar?.

    En realidad uno al evaluar al otro y al otro, y al
    otro es decir a todos los integrantes de la ONG se
    evalúa a uno mismo, puesto que se reflexiona sobre lo
    que hicimos todos y en todo momento, no tenemos nadie que nos
    coordine, ni nos mande todo lo hacemos solos y nos
    responsabilizamos nosotros,… muchas veces no nos va bien…
    la ONG se resiente y no nos dan subsidio… que va a hacer a
    lo mejor después aprendemos.

    Evaluar si nos preguntamos que hicimos, cómo
    lo hicimos, cuando lo hicimos diremos que fue en grupo y que
    los éxitos y errores lo asumimos entre todos, aunque
    no todos tengan el mismo nivel de compromiso, todos es de
    todos y no queremos el mandamás, el control de
    la sociedad, bueno, del Estado tienen que ser cumplidas
    pero… a veces por tener tantas reuniones y no poder
    concretar nada no podemos cumplirlas y quedamos mal frente a
    la sociedad y a nosotros mismos, algunos integrantes no
    soportan a estas desprolijidades (así dicen ellos y…
    se van), las que estamos desde el principio somos siempre las
    mismas y no vamos a buscar a nadie , nos sentimos
    cómodas y listo.

    1. Entrevista al cura párroco de la
      Ong. Iglesia "Nuestra Sra de La Paz"
  11. Entrevista realizada al presidente de la Ong
    Fundación San Francisco

¿Padre usted cree que la iglesia es una
Organización no gubernamental?

Si lo vemos por el lado de que no depende del Estado, si
lo es dado que depende de la caridad de la gente y algún
que otro subsidio del Estado para arreglo de infraestructura o en
aquellas iglesias que dan de comer puede ser para compra de
insumos y ollas, es decir todo lo que hace falta. Aunque se
consiguen muchas donaciones.

La compra de lo necesario lo coordino yo y lo voy a
comprar , a mí siempre me hacen descuentos y además
como no tengo horarios sujetos a un trabajo tengo más
tiempo libre. Además nunca se me cuestiona lo que compro y
creo que compro lo que es necesario. La gente que me
acompaña, cocina, lava , prepara pero en muchos casos es
gente que no posee estudios y mucho que digamos no se desenvuelve
con la matemática.

¿Podríamos decir que hay una forma
política en el manejo con la gente, en especial con el
grupo de colaboradores?

Y… por supuesto la política de los partidos
está siempre presente… a no olvidarse que hasta en la
democracia debe haber un orden, una escala
jerárquica y los roles se ponen de arriba hacia abajo para
no caer en una anarquía.

¿ Las reuniones que se realizan son con
evaluación?

Yo sé lo que esta gente necesita y se los doy
creo que no están en condiciones de evaluar , ni se si
saben que es eso. Ellos hacen y cumplen hasta con los
políticos, se les pide y hacen.

¿Cuándo tienen que contratar algún
profesional o arreglar algún artefacto eléctrico
que se les rompe, quién es el encargado?

Muchas veces les he dicho y me contestan que son
voluntarios, que de eso me encargue yo , han depositado toda la
confianza en mi y yo soy el que resuelvo.

¿El Estado cumple un Rol de contralor, respecto
de los subsidios que entrega?.

No, además sino nos alcanza nos ayudamos con las
ofrendas, la
gente es muy caritativa.

¡Piensa que sería oportuno realizar
evaluación?

Lo hacemos de hecho pero no de palabras, la gente no se
quiere hacer responsable, además tampoco hace mucha falta
, esa función es de la iglesia, usted me dirá que
la organización es de uno , yo, y le digo que si , que
otra queda.

Entrevista a un integrante de la Ong Iglesia Nuestra
Sra. de la Paz.

(Integrante que no ha terminado sus estudios secundarios
y pertenece a un nivel económico bajo).

¿Usted tiene la oportunidad de evaluar en las
reuniones que realizan?

Nosotros opinamos y evaluamos a los pobres que vienen a
buscar comida, ropa o calzado… suelen ser mal educado y ni
gracia te dicen, todo lo quieren ya.

¿Cómo participan en las reuniones, hablan
sobre lo que estuvo bien y lo que estuvo mal?

Acá nada anda mal, el padre todo lo sabe y
siempre consigue lo que quiere, el es que llama a la gente que
necesita cuando hay que hacer arreglos… el conoce a todos y
maneja bien los números… nosotros hablamos en general…
todos hacemos lo que nos dice el padre … para eso estamos si
usted fuera cualquier cosa la gente que diría de una
iglesia… debemos dar el ejemplo…cada uno hace muy bien sus
tareas y el que lleva los pantalones es el padre, además
la gente viene dos o tres veces y después se cansa y se va
… acá as reglas están claras sino les gusta se
van a otro lado y listo.

¿Hay libros de actas donde el secretario deje
acentado lo que se trató en las reuniones?

Como yo no quiero problemas de lo que está
escrito y como no sé que es lo que quiere el presidente
que escriba en los libros mejor él me da el borrador hecho
y yo lo paso, a mi no me cuesta nada.

Entrevista a una integrante de la
Asociación Ama de Casas.

(Ong formada por mujeres que no han terminado la escuela
primaria)

Antes de que empieces a preguntarme te quiero contar
algunas cosas… yo creo y mis compañeras también
que una golondrina no hace verano, sino nos salvamos todos juntos
no sirve ningún esfuerzo.

No podes quedarte callado y guardar lo que sabes y
aprendiste no tiene sentido si a mi me pasa algo el otro que
hace, todos debemos aprender, es tan lindo saber, cuanto
más sabes mejor haces las cosas, y mejor queres y respetas
a tu semejante, quien quiere equivocarse al propósito ,
nadie, hay que aprender a reconocer los errores en uno mismo y no
señalar con el dedo las culpas de los
demás.

Uno ya está crecidito y no necesita de la
mamá ni de la maestra para que te digan que es lo que
hiciste bien o mal, tampoco tienen que estar tu compañero
con el dedo acusador mirando la paja en el ojo ajeno, si vos
queres evaluarte simplemente con un conversación te
alcanza y te sobra, claro además el permitís al
otro la critica constructiva sin que te hiere y te destroce y
listo, nada se puede hacer solo, todas las actividades son de por
lo menos dos personas, mejor sería que quedara escrito
porque la memoria a veces te falla, desde lo que está en
los papeles vos vas haciendo el caminito. Para que no haya
equivocación alguna todos tenemos que saber de antemano
que es lo que se va a tener en cuenta al momento de evaluar y que
te van a dejar pasar, es interesante tener en capacidad para
criticarse y decirse en voz alta las cosas y no esconder información acertada o
desacertada

¿A qué se refieren cuando dicen que
ustedes evalúan en todas sus reuniones a todo el personal
y las responsabilidades que tenían?

En nuestro grupo no hay una línea
jerárquica, es decir los cargos fueron asignados al solo
efecto de llenar una planilla, pero todas estamos enteradas de
todo lo que pasa. No hay una tarea única para cada una,
según se presenten las cosas nos vamos rotando en ese
rol.

Todas vivimos cerca y entre los subsidios y lo que nos
entra por trabajar en distintos proyectos podemos decir que
estamos bien, que honestamente llevamos la comida y más a
nuestros hijos.

Nosotras sabemos que si nos macaneamos especialmente en
la "guita" se pudre Todo, sabemos de no comer, sabemos de dar
vuelta por todos lados y nada… entonces no queremos pasar
momentos malos de nuevos.

¿El Estado les entrega subsidios y los
controla?

Los controlamos nosotras entre todas sin
distinción alguna, hace rato que estamos juntas antes sin
una Ong que nos uniera y ahora en esto.

Es mejor la Ong viene el subsidio para comida y a veces
para una ropita o calzado, hacemos el balance, no sabemos mucho
de números pero pagamos a un contador y vamos para
adelante… la regla de oro es todas
conocer todo.

Cuando tenemos alguna feria o reunión vamos con
hijo y todo ninguna deja su lugar salvo que esté enferma,
la evaluación nos sirve para ser mejores como personas y
como organización. Las cosas hay que hablarlas sino se
hace cayo, dureza y duele y nadie se quiere ir, cuando empezamos
nos queríamos agarrar de los pelos no teníamos
paciencia pero fuimos aprendiendo a bajar los gritos … somos
mujeres apasionadas y … pero nos queremos y nos
necesitamos.

Si alguien hizo algo y a la otra no le gustó, se
habla, se opina, se dice hasta aclarar todas las dudas, antes nos
agredíamos y a veces nos insultábamos pero vimos
que no queremos que una sola se beneficie así que no le
damos el gusto. Mejor que gritar es dialogar y si te vas perdes
así que mejor es quedarte y hablarlo.

Entrevista a un integrante de la Ong. del Centro
de Residente Chamamecero.

Antes que nada te digo que yo soy el presidente y el
responsable por lo tanto creo y estoy seguro de que es
así, de que las cosas no deben que hablarse sino hacerse
al que le gusta bien y al que no también, donde se ha
visto de que se hable con el resto de la comisión, los
estatutos me habilitan para decidir en tal caso lo consulto con
la almohada. La evaluación no es buena conductora de
relaciones personales, casi siempre terminamos rotulando a la
gente, yo no tengo problemas para evaluar, si quieren evaluar les
dejo una hojita y la completan, en la cancha se ven los pingos. A
diario llenan y ponen como hicieron lo que les dejé para
hacer y así la sociedad ve qué hacemos en esta
Ong.

¿Cuáles son las actividades que ustedes
realizan?

Fomentar el chamamé y toda la cultura de los
paisanos que están relacionados con la música del
litoral.

¿Tienen gasto?

Si claro de transporte, en
los viajes, hay
que comprar cosas que te vienen a pedir y otras cosas,

¿Cómo resuelven quién las va a
compra y cómo lo va a ser?

Lo hace el presidente, en las reuniones que no son
muchas , el habla y nosotros escuchamos, siempre estamos de
acuerdo.

¿Pueden realizar una evaluación
escrita?

Pero no … no hay tiempo ni ganas , en un plato que
muchos gatos meten manos se perjudican.

¿Le gustaría ser el presidente de la
Ong?

Y.. si , si, si claro que si … es como que te tienen
más respeto,,, te da
"dique" (poder) sos el PRESIDENTE, te miman , te ofrecen un vino
o privilegios que se yo, la pucha que es lindo…. pero claro es
uno solo, el resto acata, acepta sin chistar.

¿Todo lo que hace el presidente está bien,
nunca se equivoca?

La verdad que ni pensamos en eso. Es así y listo
sino te podes ir , mira empezamos un montos y en poco tiempo la
gente se cansa y se va porque dicen que hay privilegiados, yo no
me doy cuenta, antes que nada me quedo acá por lo menos
tengo un lugar y siempre todo y algo gano.

¿Te gusta opinar sobre las cosas que están
bien o mal?

Claro que me gusta pero no te dejan dicen que no hay
tiempo que son pavada y sino que me vaya y tus compañeros
no te apoyan hablan de atrás o se van. Claro que los
amigos o los parientes se benefician más con mas "yous"
show , con viajes o con otras cosas pero bueno algún
día a lo mejor me toca a mí, esta se la armó
él y así es.

Entrevista a un integrante de la Ong del Taller
Protegido.

¿Cómo surge esta Ong?

Esta organización surge a través de una
mamá que había quedado viuda y que tenía un
hijo con síndrome de Down, entonces ella creía que
los chicos de alguna forma debían ganarse la vida en algo
digno y estar ocupados… por lo tanto resuelve formar una
organización y se pone a conseguir fabricar trapos de
piso, bolsas de nylon para vender a fábricas y empresas
también a la municipalidad.

En esta organización todo se habla, nos lleve el
tiempo que nos lleve, muchas veces somos dos o tres y a la
reunión siguiente se agrega alguien, le volvemos a contar
todo lo que estuvimos tratando antes por eso nos lleva mucho
tiempo redondear y darle un cierre a las acciones, cuanto
más hablemos más aprendemos y así nos
ayudamos entre nosotros, la información y los datos necesarios
lo tenemos , mejor dicho lo sacamos de la conversión
misma… es como una rueda de carro , si nosotros sabemos y
actuamos en la Ong, ésta va creciendo aunque en nuestro
caso por hablar tanto el proceso es lento. En esta Ong es como
que siempre estimulamos a que los compañeros se sientan
bien tratados es por
eso que no decimos nada sobre los errores sino que sobre alabamos
los aciertos, creemos que nadie se equivoca a propósito y
que todos sabemos simplemente conversando con el otro o en el
grupo entero cual es el error.

¿Cómo son las reuniones?

No tenemos reuniones.

¿Se plantean si cada uno se hizo cargo de lo que
planificó? ¿Hay evaluación?

Es como que todo está armado y casi todos tenemos
un sueldito por esto, la palabra la tienen la directora o
presidenta o no se bien cual es el cargo… bueno la responsable,
ella decide y pensamos que está bien … en las veces que
nos han convocado nos cuenta que logró por ej una
camioneta y máquinas.

¿A nombre de quien están esos
bienes?

No sabemos ni hemos preguntado nunca, ¿te parece
que tendríamos que saber?

¿Nunca hay decisiones que deban tomarse en
conjunto?

Parece que no.

¿Reciben dinero del Estado?

Yo sé que hay Ong que reciben dinero y mucho del
gobierno no se si
municipal o provincial pero por ej. La granja de los soles que
también trabajan con chicos especiales tiene varios
colectivitos y me dijeron que la plata se las da el gobierno,
ahora me dejaste pensando y no se a nombre de quien lo pusieron ,
nunca me puse a pensar en eso. Pero como no te dejan opinar que
vas a hablar te quedas o te vas, mucha gente se ha ido yo no hace
mucho que estoy acá no se respetan las funciones que
están detalladas según los cargos

La otra vez escuché una discusión una
mujer que se fue
le decía que no la hiciera reír que sin fines de
lucro cualquier día, que toda la familia de
la que manda vive de este taller, le decía que la estaban
usando que porque no repartía mejor la torta. Vos antes me
dijiste la evaluación esa palabra solo la escuché
una vez en la escuela de mi hija que la maestra dijo la
evaluación salió mal y lo de la escuela no tiene
que ver con esto ¿o si?

Todos nos damos cuenta de que hay cosas que se deben
cambiar pero al principio te dicen que todos tenemos derecho a
opinar pero de última no es así, es como que es de
mentiritas… te dicen cuidemos esto que es de todos y vos sabes
que no es así.

Yo también tengo un nene Down y bueno por eso me
quedo.

Entrevista a un integrante de la Ong
Asociación Civil sin fines de lucro.
(Es una
señora con estudios secundarios terminados)

¿Cómo se formó esta Ong?

Bueno te cuento que dos
personas pensaron que había mucho para hacer para el
barrio y a través de una organización que tuviera
los papeles en regla se podían hacer, a mi me invitan a
tener un cargo, solo eso tengo un cargo porque nunca me entero de
qué hacen, cuando lo hacen y por qué lo hacen o
bueno… me entero cuando ya todos los vemos, te da rabia por que
te sentís un cero a la izquierda, es como que vos no sabes
, o no podes o que se yo.

¿Tienen reuniones para poder intercambiar ideas,
para poder evaluarse?

Cuando el otro día leía el cuestionario
que me diste para que llenara iba pensando en el poder que te da
ser el encargado o director de la organización y pensaba
que para que la hicieron nos usan por que se necesita formar una
comisión pero de última no podes hacer ni decir
nada porque se enojan y te piden que te vayan si ellos pueden…
pueden claro que pueden hacen como quieren… a vos te rabia como
manejan las cosas a su antojo a quien le dan y a quien tardan
para darle a quien llaman para trabajar y a quien no lo quieren
ni ver… a nombre de quien se ponen el terreno que compraron …
todo eso es secreto… de pepe que te enteras por eso hacen tanto
hasta que te cansas y te vas… que payasada y cuando vamos a
feria que convoca el gobierno … dicen las decisiones las
tomamos entre todas… acá no hay nadie que mande todos
somos iguales… vos sabes que no es así….pero el
gobierno tiene mucha culpa bien podía darse una vuelta
para ver que pasa… se podría … claro que se
podría… pero a nadie le importa anda… hay mucha plata
pero se resuelve entre gallos y media noche … no es grupo son
una o dos personas que resuelven todo a su antojo… los
subsidios llegan y como llegan se van… ahora cuando en las
reuniones que muy a las cansadas convoca el gobierno el
comentario es el mismo ¿por qué la gente se va? Y
todos nos miramos … el otro día un muchacho dijo las Ong
son el gobierno del pueblo para el pueblo… me largué a
reír… nadie nos pregunta nada… todo es muy bonito
cuando entras pero a la larga todo es igual… mi hija va a una
escuela y participa de un encuentro de los países que
también lo lleva adelante una Ong, te cobran por
participar y todo es a la alta escuela, se reúnen en el
centro … La gente está confundida, se piensa que no hay
plata, que solo son comedores las Ong, no es así …
mientras que hablo estoy pensando si no irme … es lo mismo que
esté o no esté.

Quiero agradecer por este medio:

A mi padre que a pesar de que físicamente nos
dejó cuando sólo contaba con trece años me
marcó con su ser y hacer para toda la vida… con su
dulzura, con su amor, con su
preocupación por el otro, especialmente por los
niños y por los animales… por
tener tantos y tantos amigos y enseñarme a querer a los
niños por sobre todas las cosas y saber qué es la
Amistad.

A mi madre que me permitió ser MAESTRA en una
época en donde no nos dejaban elegir la carrera que
queríamos estudiar …

Al padre de mis hijas por haberse casado con una
mujer "contestataria" que luchó a lo largo de toda
esta vida por el dolor del otro, por las injusticias, por
defender los derechos propios y ajenos, en sí por sus
ideales.

A la directora de esta Tesis, Prof.
Florencia Serravalle.

A las compañeras de la Biblioteca
Pedagógica "Eudoro Díaz" por haberme facilitado en
todo momento la bibliografía que solicitaba, hubo momentos
que les daba datos sueltos y con paciencia buscaban rastreando en
qué libro
podía estar, y al rato venía en el montalibro el
libro con un papelito que decía "PARA CAROLINA". Y sobre
todo porque me contuvieron en un momento muy especial de mi
vida… la pérdida de mi madre.

"El querer es poder cuando te acompañan los
afectos"

 

Prof. Carolina Juana Roselli Carolina
Roselli

Tesina presentada para la obtención del
Título de

Licenciada en Ciencias de la
Educación

Directora : Prof. y Lic. Florencia Serravalle

UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO

FACULTAD DE HUMANIDADES Y ARTES

Rosario 2005

Partes: 1, 2, 3, 4
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