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El negocio jurídico




Enviado por alarconflores



Partes: 1, 2

    1. La autonomía
      privada
    2. La figura del negocio
      jurídico
    3. La
      ineficacia de los negocios jurídicos
    4. La ineficacia
      funcional del negocio jurídico
    5. Conclusiones
      generales

    INTRODUCCIÓN

    La Doctrina Contemporánea desarrollo la
    Teoría
    del Negocio Jurídico, uno de los principales
    representantes fue el Código
    Civil Alemán de 1900 BCG, la Doctrina Alemana
    elaboró la Teoría del Negocio Jurídico, esta
    Doctrina señala que el Negocio es una declaración
    de voluntad orientada a conseguir una finalidad practica licita
    amparada por el ordenamiento legal, esta definición la
    saca de los Pandectistas Alemanes.

    Los Pandectistas ante la necesidad de justificar y
    conceptualizar los actos del hombre que son
    relevantes jurídicamente crearon y elaboraron el concepto del
    "Negocio Jurídico " que en su primera versión
    clásica pandectista coincidió totalmente con la
    versión clásica francesa, salvo el cambio de
    termino, pues mientras los clásicos franceses prefirieron
    la denominación de " acto jurídico" los
    Pandectistas optaron por la de " Negocio Jurídico" , pero
    coincidiendo totalmente en sus postulados, pues entendieron y
    definieron al negocio jurídico al igual que los franceses,
    como una declaración de voluntad que produce efectos
    jurídicos perseguidos por los sujetos.

    LA
    AUTONOMÍA PRIVADA:

    La autonomía privada es la aptitud del individuo, en
    cierto sentido connatural a él, para dar regla, por
    sí mismo, a sus propios intereses; el ordenamiento, en sus
    disposiciones sobre los negocios,
    afronta y regula este fenómeno de la autonomía, el
    cual pasa a constituir, así, el substracto material de
    tales normas.

    La autonomía privada configura también una
    autorregulación y específicamente, una
    regulación directa, individual, concreta, de determinados
    intereses propios, por obra de los mismos interesados. Entre el
    interés
    regulado y la voluntad reguladora (éste es el punto
    característico) existe aquí inmediata coincidencia,
    porque son, interés y voluntad, de las mismas
    personas.

    LA FIGURA DEL
    NEGOCIO JURÍDICO

    * EL NEGOCIO JURÍDICO COMO TÉRMINO
    TÉCNICO:

    La consagración del negocio jurídico como
    término técnico y figura básica de la
    dogmática del derecho privado, se debe al esfuerzo de los
    pandectistas Alemanes para sistematizar la ciencia
    jurídica.

    * LA DIFUSIÓN DEL USO DEL CONCEPTO DE NEGOCIO
    JURÍDICO:

    Los países del continente Europeo ha acogido el
    concepto y hasta buena parte de la dogmática Alemana sobre
    el Negocio Jurídico; pasando además el
    término de negocio jurídico al texto de
    algunas leyes por ejemplo
    el artículo 859 del Código
    Civil Austriaco reformado; artículos 33-35 Código
    de Obligaciones
    Suizo.

    * LA RECEPCIÓN DEL TÉRMINO EN LA
    DOCTRINA ESPAÑOLA:

    Los autores Españoles no se apresuraron en
    aceptar el concepto de negocio jurídico. No
    correspondía a nuestra tradición jurídica y
    no resultaba necesario. Además los textos legales
    empleaban las palabras "negocio" y "negocios civiles" en su
    sentido ordinario de asunto y de asuntos sometidos a
    decisión judicial

    EL CONCEPTO DE NEGOCIO
    JURÍDICO:

    Una definición corriente, en cambio, caracteriza
    el negocio como una manifestación de voluntad dirigida a
    producir efectos jurídicos.

    Con el negocio el individuo no viene a declarar que
    quiere algo, sino que expresa directamente el objeto de su
    querer, y este es una regulación vinculante de sus
    intereses en las relaciones con otros.

    También, se considera como negocio
    jurídico: "La declaración o acuerdo de voluntades,
    con que los particulares se proponen conseguir un resultado, que
    el Derecho estima digno de su especial tutela, sea en
    base sólo a dicha declaración o acuerdo, sea
    completado con otros hechos o actos". Se destaca el resultado
    propuesto con la declaración de voluntad. Esta ha de
    seguir siendo estimada como el fundamento del negocio
    jurídico.

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