En relación al término IGUALDAD, no nos detendremos a ahondar en su significado.
El simple hecho de mencionar que este término se enfoca ( siempre sin descarrilarnos de nuestro tema – en términos de Sistemas de Salud- ) a considerar a todos los individuos como semejantes en su funcionamiento interno y social, hace de manera directa refutar su probable utilización como sinónimo de EQUIDAD.
Este último tiene en cuenta las diferencias de situación, la política de cada sector, las necesidades de una región, y no de una persona en particular que se colectiviza, sin poder cumplir con los objetivos y principios de la Salud Pública y Sistemas de Salud.
Además tiene un marco legal, que considera a toda persona igual a los demás, con similares deberes, derechos y obligaciones como civil (se expresa en el Artículo 43 de la Constitución de nuestro país).
Pero no lleva en cuenta la colectividad, requisito imprescindible para la organización y enfoque de un Sistema de Salud, que pretende llegar a la población, y no únicamente a lo particular.
No restamos mérito a su concepción, pero no encuentra sitio en términos de servicios de Salud Pública y menos como una remota IGUALDAD con la EQUIDAD.
Autor:
MsC. Juan Francisco Tejera Concepción
Departamento de Post Grado
PROFESOR AUXILIAR DPTO DE INVESTIGACIONES
FILIAL DE CIENCIAS MEDICAS
CIENFUEGOS
2008
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