La intención de nuestro grupo es dar a conocer a los compañeros, detalles de la LEY DEL COMERCIANTE.
Ayudar a comprender sobre sus alcances y cómo nos afectará en el futuro como potenciales profesionales del área del comercio.
Dicha ley tiene por objeto regular la actividad profesional del comerciante, sus derechos y obligaciones, la competencia comercial, la transferencia de los establecimientos mercantiles y caracterizar los actos de comercio.
A continuación trataremos todos los puntos detallados anteriormente y que abarcan el programa de nuestras carreras.
"DEL COMERCIANTE"
DE LOS COMERCIANTES
1. Disposiciones Generales
Comerciante es: la persona que comercia. La persona propietaria de un comercio ó la persona a quien son aplicables las especiales leyes mercantiles (Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española).
Son comerciantes:
Las personas que realicen accidentalmente actos de comercio no son considerados comerciantes. Quedan, sin embargo, sujetos en cuanto a las disposiciones de dichos actos, a la legislación comercial (art. 5 Ley Del Comerciante).
a. Toda persona que tenga libre administración de sus bienes puede ejercer el comercio (art. 6 Ley Del Comerciante).
b. Todo menor que haya cumplido diez y ocho años, podrá ejercer el comercio si se halla autorizado legalmente o emancipado. En caso de oposición del representante legal deberá resolver el Juez de Menores. La autorización otorgada no podrá ser retirada al menor sino por dicho Juez, a instancia del padre, de la madre o del tutor según el caso (art. 7 Ley Del Comerciante).
Los que tienen la calidad de comerciantes según la ley, están sujetos a la legislación comercial en los actos que realicen como tales (art. 4 Ley Del Comerciante). En el caso de las mujeres que desarrollan actividades como comerciantes, su matrimonio no altera sus derechos y obligaciones relativos al comercio (art. 8 Ley Del Comerciante).
No pueden ejercer por incompatibilidad de estado:
En este punto debemos tener presente que, el art. 10 de la Ley Del Comerciante hace la salvedad de que, el art. 9 de la Ley Del Comerciante, no incluye el realizar contratos de préstamos a interés, siempre y cuando no lo convierta en profesión habitual de comercio. Igualmente, menciona que esas personas a las que la Ley no permite ejercer el comercio, sí pueden formar sociedades mercantiles, aunque sin dirigir o administrar las mismas (art. 10 Ley Del Comerciante).
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