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Diseño del sistema de control de calidad para el peritaje contable judicial (página 2)



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  1. El ejercicio de contaduría publica, como
    actividad profesional independiente desarrolla todas aquellas
    que la Ley de
    profesionalización del contador
    público- le establece, de esta forma el contador
    público brinda servicios
    profesionales relacionados con la consultoría, asesoría, auditoría, contabilidad y todas aquellas otras funciones
    complementarias. Su campo de acción, además de la
    auditoría y la contabilidad es la asesoría y
    consultoría. Una breve descripción de las principales
    actividades del contador público se menciona a
    continuación:

    • Auditoría

    • Contabilidad

    • Consultoría

    • Asesoría empresarial

    Peritaje
    contable

    Peritaje contable: Constituye la especialidad del
    contador público para dictaminar determinadas
    situaciones de controversia contable, financiera o tributaria
    y en este caso el contador público es designado por el
    fiscal y
    juez para emitir su opinión profesional. En otras
    circunstancias actúa como perito de parte

  2. El EJERCICIO PROFESIONAL DEL CONTADOR PUBLICO Y EL
    PERITAJE
  3. RESPONSABILIDAD DEL CONTADOR COMO PERITO CONTABLE
    EN UN JUICIO

La responsabilidad que asume el Contador
Público al aceptar desarrollar un trabajo de
peritaje en un juicio, es muy importante, ya que se está
aceptando el revisar e interpretar las pruebas
ofrecidas en el litigio para que el juez pueda entender con
claridad lo que se está ofreciendo como
testimonio.

Los peritos contables son, por la naturaleza
propia de su función,
auxiliares en la justicia y
su actuación se limita a proporcionar una ayuda al
juzgador con base en los conocimientos técnicos de su
profesión; esa asistencia no comprende la
aclaración de puntos jurídicos, ya que
éstos son asuntos en los que el juez por la naturaleza
propia de su función, tiene amplios
conocimientos.

Dentro de las responsabilidades de los peritos
contables se encuentran las siguientes:

  • Los peritos que acepten el cargo, tienen la
    obligación de presentarse ante el juez o el Ministerio
    Público, para que se les tome la protesta legal. En
    casos urgentes, la protesta la harán al producir y
    ratificar el pericial.
  • El juez fija a los peritos el tiempo
    razonable en que deben desempeñar su trabajo.
    Transcurrido éste, si no rinden su dictamen pericial,
    serán apremiados por el juez del mismo modo que a los
    testigos y con iguales sanciones.
  • Si agotados los medios de
    apremio, el perito no presenta su dictamen pericial, se
    procederá en su contra por los delitos
    previstos por el Código Penal para estos casos o de
    acuerdo a las disposiciones establecidas en las leyes,
    según se trate de un juicio mercantil, , civil o
    penal.
  • Los peritos contables deberán ser citados en
    la misma forma que los testigos; reunirán además,
    las propias condiciones de éstos y estarán
    sujetos a iguales causas de impedimento.
  • Los peritos deben dictaminar en relación con
    los puntos propuestos por las partes y aprobados por el juez,
    sin perjuicio de que éste les haga las preguntas
    adicionales que estime pertinentes.

El juez, cuando lo crea conveniente, podrá
ordenar que asistan los peritos a alguna diligencia y que se
impongan de todo el proceso o de
parte de él. Conviene aquí insistir en que como
profesionales de la Contaduría Pública, al
aceptar un trabajo de perito contable debemos desarrollar
nuestro trabajo con responsabilidad, calidad y
cuidando dar cabal cumplimiento a las disposiciones normativas
de nuestra profesión.

Es importante reiterar que el informe del
perito contable debe contener sólo la información y opinión que solicita
el juez referente a las pruebas y testimonios aportados al
juicio, lo que en algunas ocasiones da como resultado que sea
limitada la forma de expresar el dictamen del perito contable,
pidiéndosele que se sujete a un simple cuestionario
con respuestas de "sí" o "no"; esto puede suceder
dependiendo del tipo de litigio en el que se esté
participando y del criterio del juez, de acuerdo a la
legislación vigente de cada entidad.

CAPÍTULO 2
DISEÑO DEL SISTEMA DE
CONTROL DE
CALIDAD PARA EL PERITAJE CONTABLE JUDICIAL

  1. En este capítulo se establecen los
    criterios para implementar un sistema de control
    de calidad del Peritaje Contable Judicial.

    Una de las preocupaciones de los organismos
    profesionales, Poder
    Judicial y Ministerio Público es el control de
    calidad de los Peritajes Contables Judiciales., ambas
    instituciones entienden que la practica
    pericial del contador público es el servicio
    público para el esclarecimiento de litigios
    relacionados a controversias en situaciones
    económicas, contables y financieras Este tema es de
    crucial importancia para los Comités de Peritos
    Judiciales, en las que el prestigio es el intangible
    más importante para asegurar el valor
    del peritaje contable, en especial su
    confiabilidad.

    Cada Comité de Peritos Judiciales
    deberá diseñar un sistema, a su medida, de
    control de calidad, que se ajuste a sus necesidades
    específicas pero enmarcadas en la normatividad del
    sistema global del control de calidad aplicable al
    país y la región en donde está
    desarrollando sus actividades. En resumen, el sistema de
    control de calidad del peritaje contable judicial es el
    sistema de control
    interno del Comité y consiste básicamente
    en la implementación de determinadas normas
    contra las cuales se va a medir, las políticas adoptadas y los procedimientos establecidos para proveer con
    razonable seguridad que las normas profesionales,
    normas contables, normas reglamentarias de la pericia
    judicial, el y ética, son observadas en el ejercicio
    de la pericia, en forma consistente, otorgando valor a los
    servicios profesionales que brinda el Perito Contable
    Judicial.

  2. 1. INTRODUCCIÓN
  3. 2. IMPORTANCIA DEL CONTROL DE
    CALIDAD

La implementación de un sistema de control de
calidad para el peritaje contable judicial permite el diseño de políticas, normas y
procedimientos de control de calidad asegurando un servicio
profesional al Ministerio Público y Poder
Judicial, no solo en calidad , sino en eficiencia, y
eficacia

  • El sistema de control de calidad asegura conocer de
    cerca la seriedad del ejercicio profesional mejorando su
    imagen y
    credibilidad ante los Magistrados, litigantes y comunidad
  • Advertencia anticipada a problemas
    potenciales. El sistema de control de calidad establece
    revisiones internas y externas con determinada periodicidad,
    cuyos resultados permiten adoptar medidas correctivas evitando
    que los problemas puedan afectar la practica pericial y evitar
    incluso demandas que puedan realizarse afectando su prestigio
    profesional ante la comunidad
  • Efectiva herramienta de entrenamiento.
    El uso de manuales,
    guías y checklist del sistema de control de calidad le
    dará a los peritos, entrenamiento valioso de gran
    utilidad para
    el desarrollo
    de su trabajo profesional. Los miembros de las comisiones
    designadas para la revisión semestral de Informes
    Periciales, encontrarán una valiosa experiencia para
    plantear las mejoras del servicio pericial que se brinda, que
    será utilizada con gran experiencia. Este material
    también es muy útil para los peritos que se
    incorporan al Comité porque asegura entrenamiento
    apropiado y uniformidad de criterio en el desarrollo de las
    actividades.
  • Motivación a los miembros del Comité.
    Los peritos se siente motivado cuando desarrolla sus
    actividades dentro de un ambiente
    apropiado de calidad.

Los Peritos Judiciales necesitan cumplir con las
normas y postulados contables, normas reglamentarias para el
ejercicio pericial y el código de ética al llevar
a cabo el peritaje. De igual forma, El Comité de Peritos
Contables Judiciales debe establecer políticas y
procedimientos de control de calidad para obtener una seguridad
razonable de que se está cumpliendo con las normas
profesionales contable y normas reglamentarias de la pericia
judicial. La naturaleza y extensión de las
políticas y procedimientos de control de calidad del
Comité de Peritos Judiciales depende de factores tales
como el grado de organización interna, delimitación
de responsabilidades de sus agremiados, coordinaciones externas
con los organismos usuarios del peritaje para el cumplimiento
adecuado de asignación de peritajes y el pago por los
servicios brindados.

  1. 3. CONCEPTO DEL
    SICCPJC

El sistema de control de calidad SICCPJC es definido
como el conjunto de normas, políticas y procedimientos
establecidos para los Peritos Judiciales que aseguran que sus
trabajos se ejecutan conforme a las normas internacionales y
Locales, normas reglamentarias de la pericia judicial y
ética pertinentes enmarcadas en el ejercicio profesional
de la pericia. El sistema de control de calidad debe asegurar
que todas las etapas o fases del trabajo profesional, es decir,
planificación, ejecución e informe
se desarrollan en forma cuidadosa y aplicando los
estándares generalmente aceptados para el ejercicio
pericial que le sea aplicable.

Para que un sistema de control de calidad sea
adecuado, se requiere un mínimo de requisitos que en su
conjunto representan los criterios para su diseño
organizacional e implementación. Un breve resumen se
describe a continuación:

  • Documentación apropiada relacionados con los
    objetivos y
    la metodología, de un sistema de control de
    calidad en cada tipo de pericia. Esta documentación deberá ser
    desarrollada en forma de manuales, cuestionarios y otra forma
    que permita que cada perito en ejercicio profesional de la
    firma lo pueda conocer y desarrollar, así como peritos
    que recién se incorporan.
  • Establecer en forma semestral una revisión del
    control de calidad de carácter interno a cargo de una
    comisión designado por el Comité que
    evalúe el cumplimiento del sistema implementado
    determinando las diferencias y situaciones por
    superar.
  • Los cursos de capacitación y el récord de cada
    perito deberá contener la información necesaria
    para evaluar en cada caso su idoneidad para el ejercicio
    pericial

Establecer por lo menos cada tres años una
revisión de control de calidad externa y peer review de
tal forma que una organización distinta emita un informe
que evidencie el cumplimiento del control de calidad
implementado en los Comités en base a una muestra
selectiva de los Informes periciales presentados, obviamente
esta evaluación debe desarrollarse de acuerdo
con normas y procedimientos que le corresponde dictar al
organismo profesional en este caso la
Federación.

Debe ser una practica de difusión de los
resultados de la revisión del control de calidad para
recibir comentarios de los peritos involucrado para mejorar la
practica pericial y permitir que cada uno de los peritos la
posibilidad de conocer sus limitaciones, mejorar los
procedimientos y metodología de trabajo en beneficio del
peritaje y los usuarios. En algunos casos los resultados del
control de calidad permitirán a los Comités de
peritos adoptar las medidas correctivas más apropiadas
que incluya la capacitación y el entrenamiento de los
peritos

  1. 4. OBJETIVOS Y ALCANCE DEL
    SICCPCJ

Objetivos

Un sistema de control de calidad para del peritaje
contable judicial, deberá proporcionar seguridad
razonable, que las actividades periciales en sus diversas
especialidades, se está desarrollando conforme a normas
y procedimientos profesionales , normas reglamentarias de la
pericia judicial, código de ética
profesional, y normas legales vigentes

Los objetivos de un óptimo sistema de control
de calidad son:

  • Establecer políticas y procedimientos para
    cada uno de los elementos de control de calidad en la medida de
    que estos sean aplicables a las practicas
    periciales
  • Difundir y entrenar adecuadamente a los peritos sobre
    las políticas y procedimientos diseñados de tal
    forma que su cumplimiento sea una parte de la actividad
    pericial.
  • Establecer procedimientos apropiados para el
    monitoreo sobre la efectividad de las políticas y
    procedimientos establecidos para el ejercicio
    pericial.
  • Revisiones de control de calidad de carácter
    interno y externo para ser exhibidas en los Comités y
    Convenciones de peritos como una forma de transparencia y
    seriedad profesional de la practica pericial.
  1. El alcance del sistema de control de calidad se
    implementará de acuerdo con los criterios
    siguientes: Evaluar el cumplimiento de todas las normas
    contables, normas reglamentarias para el ejercicio de la
    pericial judicial, código de ética que sean
    aplicables en el ejercicio de la pericia.

  2. Alcance
  3. 5. ELEMENTOS DE UN SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD
    SICCPJC

Los elementos de un adecuado sistema de control de
calidad fundamentalmente las fases o los atributos que deben
implementar los Comités de Peritos Contables
Judiciales

Los elementos de control de calidad en la practica son
la base para el diseño de las políticas y
procedimientos que sirven para la evaluación y la
revisión del sistema de control de calidad implementado
de acuerdo a las normas y el monitoreo del organismo
profesional, que en este caso son los Comités de Peritos
Judiciales Colegios de contadores públicos y de
Federación, cuando corresponda.

Los elementos de control de calidad utilizados por los
Comités de Peritos Judiciales para diseñar los
manuales, guías y listas de verificación cubre lo
siguiente: 1) La independencia, integridad y objetividad de la
firma y sus miembros, 2) las cualidades, conocimientos y
competencia de
los peritos, 3) la designación de profesionales
capacitados para el ejercicio de la pericia, 4) su dirección y supervisión, 5) la aceptación y la
retención de los usuarios 6) la inspección
interna de los procedimientos de los controles de calidad., 7)
revisión externa.

Los elementos de control de calidad más
importantes que se desarrollan en este trabajo nacional son:
Independencia, integridad y objetividad ( cumplimiento del
reglamento de ética profesional y normas reglamentarias
de la pericia judicial). Dirección, Asignación,,
Aceptación y Retención (capacitación,
cumplimiento de normas reglamentarias de la pericia judicial).
Y Ejecución de los trabajos ( Aplicación del la
normas de control de calidad del Informe pericial,),
Monitoreo/Evaluación/Inspección (
ejecución a cargo de comisión interna del
Comité y comisión externa).

Inspección, independencia, integridad y
objevidad.

Las políticas y procedimientos adoptados por
los Comités deben proveer con seguridad razonable la
independencia de los peritos en todas las circunstancias con
integridad y mantener objetividad en el enfoque de su trabajo y
opinión, en aplicación estricta del código
de ética profesional..

Independencia, es definida como la imparcialidad,
equidad y
autonomía en la forma de pensar y actuar de los peritos
no solo con los litigantes sino con los Magistrados

Integridad, requiere que los peritos sean honestos de
actitudes
recta, intachable y proba tomando en cuenta los requisitos de
confidencialidad hacia los litigantes

Objetividad, es el estado
mental y cualidad que da valor a los servicios de los peritos
judiciales y que constituye básicamente en ser
imparcial, intelectualmente, honesto y libre de cualquier
conflicto de
interés, capaz de sostener sus opiniones
profesionales en cualquier nivel.

Para asegurar la independencia, objetividad e
integridad del perito judicial el Comité debe comunicar
las políticas y procedimientos . En tal sentido, se
sugiere:

  • Informar a los peritos las políticas y
    procedimientos de independencia, integridad y objetividad en el
    ejercicio de la pericia, su compromiso para su cumplimiento
    preferentemente al código de ética
    profesional.
  • Enfatizar la independencia y objetividad de la
    actitud
    mental en los programas de
    entrenamiento. en la supervisión y revisión de
    los Informes periciales.

Dirección, Asignación,
Aceptación y Retención del Peritaje Contable
Judicial.

El Comité de peritos contables judiciales, debe
establecer políticas y procedimientos que provean
seguridad razonable que las profesiones que ejerzan la pericia,
tengan el grado de eficiencia, técnica necesario en las
circunstancias, de modo que comprendan y resuelvan los
peritajes asignados.

Se debe precisar que el contador público asume
una gran responsabilidad por el ejercicio pericial que realiza
y es por ello que sus actividades deben estar enmarcadas en el
cumplimiento de la normatividad profesional, normas del
ejerció pericial, código de ética,
aplicable así como el esmero y cuidado que debe ejercer
en cada trabajo que desarrolla.

Para tal efecto, es muy importante que el
Comité de Peritos judiciales mantenga actualizado, a los
peritos, debiendo cumplir un programa de
educación continua de acuerdo con sus
competencias. Y
la
organización de eventos
académicos exigiendo a los peritos la acumulación
anual de 300 horas de capacitación para su
ratificación.

La Junta Directiva de los Comités de Peritos
Judiciales, debe supervisar y exigir la aplicación
correcta del reglamento de peritos judiciales del poder
judicial, efectuando la coordinación directa con el administrador
del REPEJ ,y magistrados sobre la asignación rotativa de
peritajes, pago de honorarios de acuerdo a escala y
cumplimiento de la presentación de los informes
periciales, extendiéndose esta gestión al ministerio publico, con la
finalidad de medir la eficiencia en la
administración pericial y adoptar medidas
correctivas en situaciones incorrectas.

  1. Las políticas y procedimientos establecidos
    por los comités deben proveer seguridad razonable de
    que las pericias desarrollados por los peritos se cumpla de
    conformidad con normas de control de calidad del informe
    pericial aprobado en lV convención de peritos
    judiciales, normas , postulados de la profesión
    contable, código de ética profesional, normas
    reglamentarias de la pericia judicial, y normas legales
    vigentes.

  2. Ejecución de los trabajos

    La supervisión es el elemento más
    importante del control de calidad. Incluye todas las
    políticas y procedimientos que deben ser adoptados e
    implantados asegurando su cumplimiento, a fin de obtener
    adherencia a los procedimientos y normatividad legal y
    profesional. Por consiguiente, la supervisión abarca
    el enfoque completo del peritaje judicial, desde su
    asignación, ejecución , el informe y su
    revisión posterior.

    Los procedimientos para la inspección debe
    estar a cargo del Comité y el monitoreo y
    evaluación a cargo de una comisión elegido
    por el comité

  3. Monitoreo/Evaluación/Inspección
  4. 6. EL CONTROL DE CALIDAD DEL PERITAJE
    CONTABLE

En el Perú no existen normas de control de
calidad y un sistema institucionalizado de control de calidad,
aplicable al peritaje contable judicial: solo existe un trabajo
aprobado sobre control de calidad del informe pericial en la IV
convención nacional de Peritos Contables Judiciales
realizado en la ciudad de Huancayo en el año de 1,998.
Así mismo existe un trabajo sobre el Control de Calidad
para firmas de Auditores presentado y aprobado en el Congreso
de Contadores públicos realizado en Huaraz en el
año 2002, el mismo que plantea los lineamientos
generales para la Organización del sistema de Control de
calidad de la profesión contable por la
Federación de Contadores del Perú.

7. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL DE
CALIDAD DEL PERITAJE CONTABLE JUDICIAL

Corresponde a los Comités de Peritos Contables
Judiciales desarrollar lo siguiente:

  • Diseñar el manual,
    políticas, procedimientos, formularios y
    demás documentos
    normativos aplicados al desarrollo del peritaje que
    permitirán la evaluación y la revisión de
    la práctica
    profesional. Y que serán propuestos al Comité
    de Peritos para su debate
    interno para su aprobación.
  • Implementar una revisión interna por lo menos
    dos veces al año, los cuales le permitirá hacer
    las correcciones, recomendaciones y proponer sanciones que sean
    necesarias
  • Desarrollar programas de capacitación continua
    aplicable a los Peritos Judiciales, en el cual, se incluyan las
    normas de control de calidad, además de los
    estándares profesionales
  • Conformar una comisión para la revisión
    de control de calidad de los peritajes efectuados. Bajo los
    términos siguientes-
    • Las revisiones del control de calidad con
      objetividad , independencia integridad y cumpliendo las
      normas de control de calidad aprobadas por la
      Federación y el Comité de Peritos Judiciales
      departamentales..
    • Una muestra selectiva de los Informes
      desarrollados incluyendo todas las áreas que
      corresponde la practica pericial que deberán cumplir
      con las normas de control de calidad del sistema y las que
      son aplicables al ejercicio de la pericia.
    • Corresponde a los revisores evaluar el
      cumplimiento de las normas profesionales, normas del
      ejercicio pericial, código de ética
      profesional, y normas legales vigentes.
    • Emitir un informe de revisión de control
      de calidad así como las recomendaciones para mejorar
      el sistema.
    • Los informes que emita como consecuencia de la
      revisión serán presentados y sustentados en
      asamblea del comité de peritos
      judiciales.
  • Difundir en caso necesario el informe de
    revisión de control de calidad de los peritajes
    efectuados como un medio de mostrar ante la comunidad la
    calidad del servicio que se presta en el peritaje
  • Corresponde aprobar o desaprobar a la
    Convención de Peritos Judiciales sobre el funcionamiento
    del Organo externo para la revisión de calidad de
    peritajes efectuados

CONCLUSIONES.

  1. Un sistema de control de calidad para la
    profesión del contador público es definido como
    el conjunto de normas, políticas y procedimientos que
    asegure el cumplimiento de las normas profesionales de acuerdo
    a estándares internacionales.
  2. Corresponde a los Comités de peritos y los
    organismos representativos de la profesión contable del
    Perú: planear, organizar y supervisar el sistema de
    control de calidad para la Pericia Contable Judicial para su
    Acreditación.
  3. Una adecuada distribución de funciones debe
    establecer:
  1. Que la Federación apruebe un reglamento
    general del sistema y las normas y políticas necesarias
    para su funcionamiento a nivel nacional del Control de calidad
    del Peritaje Contables a propuesta de la Convención de
    Comités de peritos contables judiciales.
  2. Que los Comités de peritos Judiciales de los
    Colegios de Contadores Públicos del país tengan a
    su cargo la capacitación, difusión,
    supervisión y acreditación de los revisores del
    control de calidad del Peritaje Contable, de acuerdo a la
    normatividad aprobada por la Federación.
  3. Corresponden a la Convención de Peritos
    Judiciales aprobar o desaprobar el funcionamiento de un
    órgano externo especializado que ejercerán la
    función de revisión y evaluación del
    sistema de Control de Calidad del Peritaje Contable , de tal
    forma, que se logre objetividad, transparencia,
    confidencialidad y objetividad en las revisiones de control de
    calidad que se practicarán a los informes periciales en
    el país
  1. El sistema de control de calidad deberá cubrir
    necesariamente todas las responsabilidades que le corresponden
    al perito contable judicial. El alcance de la revisión
    abarcará a los peritos de parte.
  2. Corresponderá a los organismos representativos
    de la profesión, ya sea federación o colegios
    profesionales, comités de peritos judiciales, difundir a
    todo nivel los lineamientos generales del sistema de control de
    calidad del peritaje contable judicial, de tal forma que se
    eleve el nivel profesional del perito contable judicial y
    asegure una mayor transparencia en las importantes funciones
    que tiene frente al poder judicial, ministerio público,
    litigantes y comunidad en general.

BIBLIOGRAFÍA.

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    2002.

 

 

 

Autor:

Jesús Pedro Guerreros Meza

Partes: 1, 2
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