Consideraciones acerca de la formación Posgraduada en masaje terapéutico del egresado universitario
- Algunos presupuestos
teóricos sobre la Educación de Posgrado en
Cuba
Definiciones teórico conceptuales de la Educación
de posgrado- Las
particularidades de la enseñanza de
posgrado - El
Currículo en el Posgrado. Enfoques y
definiciones - La
enseñanza del masaje. Definiciones de
términos - La
concepción del curso de posgrado en masaje
terapéutico - Conclusiones
- Bibliografía
En este primer capítulo se realiza un análisis de los presupuestos
teóricos de la educación de
Posgrado en Cuba, se
analizan algunas consideraciones generales sobre el currículo en el posgrado, partiendo del
criterio de diferentes autores, así como se enfatiza en
algunos elementos de las generalidades en la enseñanza del masaje y se profundiza en la
teoría
de la Educación posgraduada en masaje
terapéutico. Todo ello sin dudas constituye fundamentos
filosóficos, psicológicos y pedagógicos que
sustentan la propuesta de programa de curso
posgrado en masaje terapéutico para los egresados de la
escuela
internacional de educación
física.
Algunos presupuestos
teóricos sobre la Educación de Posgrado en
Cuba
Primeros intentos de reglamentación de los estudios de
posgrado a escala
institucional y nacional.
En nuestro país, los cursos de posgrado cobraron
fuerza en la
década de los setenta como parte del desarrollo de
la educación
superior, pero no fue hasta la segunda mitad de la
década de los ochenta que se planteó, con la
asunción de un profesional de amplio perfil en su
formación, la necesidad de implementar la
especialización posgraduada que orientase al egresado
hacia diferentes áreas del desempeño laboral y
profesional. Se plantea así la generalización de la
Especialidad de Posgrado como una forma académica del
posgrado, la que encontró su antecedente más
cercano en las especialidades médicas, ya con una fuerte
tradición en la formación médica cubana.
La Reforma Universitaria dictada en 1962 constituyó el
marco legal donde se planteaba, por primera vez, el posgrado como
importante función de
las universidades. En la misma se reserva el doctorado
“como título ulterior de alta jerarquía
meramente académica, sólo adjudicable a quienes
cumplan severas condiciones de estudios y trabajos de
postlicenciatura” (Consejo Superior de Universidades,
1962). Aunque el vertiginoso desarrollo de la educación
superior en esa década enrumbó por otros derroteros
la formación doctoral, la Reforma señaló la
necesidad de tener un índice académico elevado en
los estudios de grado (85 puntos de 100) y planteó que
“el Consejo Nacional de Universidades regularía
posteriormente los estudios, trabajos y demás
condicionantes mediante los cuales podrá otorgarse el
título de Doctor” (Consejo Superior de
Universidades, 1962).
El Ministerio de Salud Pública
elaboró, desde 1962, normativas y resoluciones para el
establecimiento de dos niveles de especialización en el
sector de las Ciencias
Médicas, además de establecer mecanismos para la
superación continúa. (Stolik, 2001)
El desarrollo alcanzado en las ciencias médicas
propició la
organización de un sistema de
docencia
dentro del Sistema Nacional de Salud y se crearon las direcciones
nacionales de educación continua y de
especialización, responsabilizadas con el posgrado. En la
década del 80 este subsistema se expandió y
consolidó: Se reorganizó la Dirección Nacional de
Especialización; se completó en todo el país
la red de Centros de
Educación Médica Superior, que en 1987 asumieron la
responsabilidad del desarrollo de la 20
especialización; se creó el Centro Nacional de
Perfeccionamiento Médico y Medios de
Enseñanza (CENAPEM), (Actualmente Escuela Nacional de
Salud
Pública-ENSAP) encargado de dirigir el proceso de
educación continua de los profesionales del sistema y se
fundó la Facultad de Salud Pública como centro
rector de la formación y superación de los cuadros
dirigentes. (Fernández, 1996)
En julio de 1976, el Consejo de Ministros crea el Ministerio
de Educación Superior mediante la Ley 1306 la cual
en su Artículo 3 define que le corresponderá
“establecer los planes nacionales de desarrollo de la
educación superior y de la educación de posgrado
según la estructura de
especialidades y especializaciones aprobadas para la primera y
sobre la base de las necesidades de reorientación,
especialización y actualización de los
conocimientos que requieran los egresados de los centros de
educación superior”. En su Artículo 7 define
la estructura de las universidades: Universidad,
Facultad, Departamento y asigna a estos entre otras la tarea de
la superación de los graduados universitarios.
Posteriormente la Ley número 1323 del 30 de noviembre de
1976 Ley de Organización de la
Administración Central del Estado dispuso
como una de las funciones del
Ministerio de Educación Superior, la de “establecer
los planes nacionales de desarrollo de la educación de
posgrado”. (Gaceta Oficial de Cuba, 1976)
La creación del Ministerio de Educación Superior
implicó también la creación de la
Dirección de Educación de Posgrado como parte de la
estructura del mismo. Desde el comienzo se estableció la
división de la Educación de Posgrado en dos grandes
vertientes, una conducente a grados científicos (Sistema
de Grados Científicos) y otra tendente a garantizar la
necesaria superación de todos los egresados de la
Educación Superior (Sistema de Superación
Profesional de Posgrado).
Dentro de esta última se diseñó un
Sistema para la Superación de los Profesores
Universitarios el cual jugó un importante papel en la
capacitación de los mismos y por
consiguiente para el desarrollo de las instituciones
de educación superior, que crecían y se
multiplicaban en todo el país.
Para cada una de las vertientes se elaboraron procedimientos y
normativas las cuales permitieron su crecimiento y mejora
cualitativa hasta finales de los años 80, según
refiere Stolik (2001).
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