- Orígenes y
Antecedentes - Desarrollo
- Productos
Excluidos del ATPDEA - Impacto
del ATPDEA - Los
Beneficios del ATPDEA - Conclusiones
- Bibliografías
El ATPDEA es una ley de
preferencias arancelarias andinas otorgado por los Estados
Unidos; uno de los países beneficiados con este
régimen es Perú.Este régimen consiste en incentivar las
exportaciones mediante el establecimiento de
un mercado
preferencial.El ATPDEA cambio su
régimen el 7 de agosto del 2002, donde todos los
productos
que gozaban de los beneficios del ATPA anterior gozan
nuevamente de dicho trato preferencial y, adicionalmente,
extiende dichos beneficios, desde el 1 de octubre del
2002.A continuación les mostramos los
orígenes y antecedentes del ATPDEA, así como
también cuales son los productos que están
libres de aranceles
y cuales son los productos excluidos del ATPDEA.El impacto que tuvo el ATPDEA en el Perú y
cuáles fueron sus beneficios.- Introducción
La Ley de Preferencias Arancelarias Andinas (ATPA,
por sus siglas en inglés) es un régimen de
excepción otorgado unilateralmente por los Estados
Unidos al Perú, Bolivia,
Colombia y
Ecuador
para apoyar la lucha contra el tráfico ilícito
de drogas.
Fue otorgada por primera vez el 4 de diciembre de 1991
ofreciendo ingreso libre de aranceles a cerca de 5,500
productos dónde no se encontraban incluidos, entre
otros, los textiles y las confecciones. Venció el 4 de
diciembre del 2001. El régimen tiene por objeto
incentivar las exportaciones mediante el establecimiento de
un mercado preferencial que genere fuentes de
trabajo
alternativas que apoyen la sustitución del cultivo de
la hoja de coca y la reducción del narcotráfico.Luego de su vencimiento el 4 de diciembre del 2001, el
Perú buscaba en sus gestiones ante el Poder
Ejecutivo y Legislativo de los EE.UU., alcanzar tres
objetivos:
1) La renovación retroactiva del ATPA, 2) La
ampliación a todos los productos excluidos (de
particular importancia para el Perú, la
inclusión de las confecciones textiles elaboradas con
insumos regionales) y 3) Mantener las preferencias del ATPA a
productos como el espárrago ya que existían
constantes amenazas de retirarle los beneficios.Luego de más de tres años de trabajo
coordinado entre el sector
público y privado, el Congreso de los EE.UU.
aprobó un nuevo texto
renovando y ampliando los beneficios del ATPA, que ahora
pasará a ser llamada "Ley de Promoción Comercial Andina y
Erradicación de la Droga"
(ATPDEA, por sus siglas en inglés). La firma del
Presidente George W. Bush concretó el 6 de agosto del
2002 el texto en Ley definitiva, acabando así con la
incertidumbre generada al no haberse renovado el mecanismo el
4 de diciembre del 2001.Con problemas
como el narcotráfico y el terrorismo
que son caras de la misma moneda que amenazan la estabilidad
de nuestros países, la aprobación de este ATPA
renovado y ampliado constituirá una herramienta
fundamental para fortalecer la seguridad
nacional y las instituciones democráticas, luchar
contra la pobreza y
servir como medio para el desarrollo
económico de los países andinos. - Orígenes y
Antecedentes: - Desarrollo:
El ATPDEA renueva las preferencias arancelarias a los
productos que se beneficiaban del ATPA de 1991, hasta el 31 de
diciembre del 2006; es decir, desde el 7 de agosto del 2002
todos los productos que gozaban de los beneficios del ATPA
anterior gozan nuevamente de dicho trato preferencial y,
adicionalmente, extiende dichos beneficios, desde el 1 de
octubre del 2002 y previa designación como país
beneficiario por el Presidente de los EE.UU., a nuevos
productos que se detallan a continuación:
- Ingreso libre de aranceles a las prendas de vestir
elaboradas con insumos regionales, hasta por un monto
equivalente al 2%, en metros cuadrados, del total de prendas de
vestir importadas por los EE.UU. del mundo,
incrementándose cada año hasta llegar al 5% en el
2006 (en el 2001, las exportaciones de prendas de vestir de los
4 países andinos beneficiarios representaron, en metros
cuadrados, menos del 0.88%, lo que da la posibilidad al menos
de duplicar las exportaciones de dichos productos en el primer
año de vigencia del programa), - Ingreso libre de aranceles, sin limitación de
cuota, a las prendas de vestir elaboradas con insumos de los
EE.UU. (maquila), - Ingreso libre de aranceles, sin limitación de
cuota, a las prendas de vestir elaboradas con pelos finos de
alpaca, llama y vicuña, - Ingreso libre de aranceles, sin limitación de
cuota, al atún envasado al vacío en empaques
flexibles ("tuna pouches", bolsas de aluminio por
ejemplo). No recibe beneficios el atún en
conserva.
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